13/ ), /1/2014 (BO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "13/ ), /1/2014 (BO"

Transcripción

1 Res. MEFP 13/14 Ref. Dumping - Transformadores trifásicos de dieléctrico líquido (NCM ), de Brasil - Cierre del examen - Derecho antidumping definitivo. 17/1/2014 (BO 08/04/2014) VISTO el Expediente Nº S01: /2012 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y CONSIDERANDO: Que mediante la Res.MEP 2/07 de fecha 18 de julio de 2007 del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se procedió al cierre de la investigación que se llevara a cabo para las operaciones de exportación hacia la REPUBLICA ARGENTINA, de transformadores trifásicos de dieléctrico líquido de potencia superior a DIEZ MIL KVA ( KVA) pero inferior o igual a SEISCIENTOS MIL KVA ( KVA) originarias de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, que se despachan a plaza por la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) , con la aplicación de derechos antidumping definitivos ad valorem por el término de CINCO (5) años. Que mediante el expediente citado en el Visto, la CAMARA DE INDUSTRIALES DE PROYECTOS E INGENIERIA DE BIENES DE CAPITAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA - C.I.P.I.B.I.C. solicitó la revisión de la medida antidumping dispuesta por la resolución citada en el primer considerando de la presente medida. Que la Res.MEFP 380/12 de fecha 17 de julio de 2012 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, declaró procedente la apertura del examen de la medida antidumping fijada por la Res.MEP 2/07 del ex-ministerio DE ECONOMIA Y PRODUCCION manteniendo vigente el derecho antidumping, hasta tanto se concluya el procedimiento de revisión iniciado. Que con posterioridad a la apertura del examen se invitó a las partes interesadas a realizar sus correspondientes ofrecimientos de prueba. Que habiéndose producido el vencimiento del plazo otorgado para los mismos, se procedió a elaborar el proveído de pruebas. Que una vez vencido el plazo otorgado para la producción de la prueba ofrecida, se procedió al cierre de la etapa probatoria del examen, invitándose a las partes interesadas a tomar vista del expediente citado en el Visto para que, en caso de considerarlo necesario, las mismas presentaran sus alegatos. Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 11.4 del Acuerdo Relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, incorporado a nuestra legislación por medio de la Ley , la Autoridad de Aplicación, con el objeto de dar cumplimiento a las distintas instancias que componen el examen, ha hecho uso del plazo adicional. Que por su parte, la Dirección de Competencia Desleal dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de la ex- SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, en su respectivo Informe de Determinación Final Relativo al Examen por Expiración de Plazo de fecha 19 de noviembre de 2013 concluyó que "En cuanto a la posibilidad de recurrencia del dumping, del análisis de los elementos de prueba relevados en el expediente permitiría concluir que existiría la probabilidad de recurrencia en caso que la medida fuera levantada". Que en el mencionado informe se determinó un margen de dumping para la Empresa WEG EQUIPAMENTOS ELECTRICOS SOCIEDAD ANONIMA de SESENTA COMA SESENTA POR CIENTO (60,60%) y de CUARENTA Y DOS COMA SETENTA Y UNO POR CIENTO (42,71%) considerando el precio de exportación del producto de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL a la REPUBLICA DEL ECUADOR.

2 Que el Informe mencionado fue conformado por la entonces señora Secretaria de Comercio Exterior. Que la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, organismo desconcentrado en el ámbito de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS mediante el Acta de Directorio Nº 1785 de fecha 17 de enero de 2014 concluyó que "...se encuentran reunidas las condiciones para determinar que, ante la eventual supresión de la medida dispuesta por la Res.MEP 2/07, de fecha 18 de julio de 2007 (Boletín Oficial el día 23 de julio de 2007), resulta probable la repetición del daño sobre la rama de producción nacional y, toda vez que subsisten las causas que dieran origen al daño por las importaciones objeto de revisión desde este origen y que respecto de las mismas se ha determinado la existencia de probable recurrencia del dumping, están dadas las condiciones de causalidad requeridas por la normativa vigente". Que finalmente el citado organismo indicó que "De acuerdo con lo expresado la Sección 'X. ASESORAMIENTO DE LA CNCE A LA SECRETARIA DE COMERCIO' de la presente Acta de Directorio, se recomienda aplicar a las importaciones de 'Transformadores trifásicos de dieléctrico líquido, de potencia superior a diez mil KVA ( KVA) pero inferior o igual a seiscientos mil KVA ( KVA), excepto los transformadores trifásicos de dieléctrico líquido para horno con potencia superior a treinta mil KVA ( KVA)' originarios de la República Federativa del Brasil una medida antidumping bajo la forma de un derecho ad-valorem equivalente al 38%". Que mediante la Nota CNCE/GI-GN Nº 43 de fecha 17 de enero de 2014, la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR remitió los indicadores de daño indicando que "...por Acta Nº 1785 del 17 de enero de 2014, el Directorio de la CNCE, por unanimidad, concluyó que '...se encuentran reunidas las condiciones para determinar que, ante la eventual supresión de la medida dispuesta por la Res.MEP 2/07, de fecha 18 de julio de 2007 (Boletín Oficial el día 23 de julio de 2007), resulta probable la repetición del daño sobre la rama de producción nacional y, toda vez que subsisten las causas que dieran origen al daño por las importaciones objeto de revisión desde este origen y que respecto de las mismas se ha determinado la existencia de probable recurrencia del dumping, están dadas las condiciones de causalidad requeridas por la normativa vigente. Asimismo, recomendó '...aplicar a las importaciones de 'Transformadores trifásicos de dieléctrico líquido, de potencia superior a diez mil KVA ( KVA) pero inferior o igual a seiscientos mil KVA ( KVA), excepto los transformadores trifásicos de dieléctrico líquido para horno con potencia superior a treinta mil KVA ( KVA)' originarios de la República Federativa del Brasil una medida antidumping bajo la forma de un derecho ad-valorem equivalente al 38%'...". Que la Comisión prosiguió señalando que "En una evaluación de recurrencia de daño adquiere gran relevancia el análisis de los precios a los que podría ingresar el producto importado investigado. Así, a fin de evaluar un posible escenario sin la vigencia de los derechos antidumping objeto de la presente revisión y dado que los precios de importación del producto objeto de revisión se encuentran afectados por la aplicación de la medida antidumping, se considera que resultan particularmente relevantes aquellas estimadas sin la incidencia de la citada medida, es decir aquellas que consideran los precios de las exportaciones brasileñas a terceros mercados, analizando, tanto el efecto de considerar o no tanto el derecho antidumping objeto de la presente revisión, como el referido régimen de 'compre de trabajo argentino'. En este marco, se han realizado comparaciones a partir de los precios nacionalizados de las exportaciones a terceros mercados informados por las peticionantes así como también a partir de los precios nacionalizados de las exportaciones a terceros mercados informados por los distintos exportadores (desagregados por niveles de tensión)". Que asimismo agregó que "De la comparación de los precios del conjunto de todos los transformadores de la industria con los precios nacionalizados de las

3 exportaciones a terceros mercados informados por los peticionantes surgen, en todos los casos, subvaloraciones del producto importado, aun considerando la medida antidumping vigente. Es decir, se registra una importante subvaloración del producto importado en cualquier hipótesis, aunque sin la medida antidumping, ésta alcanza niveles aún mayores". Que además señaló que "...de la comparación de los precios de la industria con los precios nacionalizados de las exportaciones a terceros mercados informados por los exportadores desagregados por niveles de tensión, surge, en primer término, la existencia de significativas diferencias entre los propios exportadores en los precios por kilogramo informados por los distintos exportadores, por lo cual, a partir de 2011, se observan casos con subvaloración y con sobrevaloración respecto del correspondiente precio de la industria, registrándose situaciones con diferencias de precios significativas en uno y otro sentido. Asimismo, dependiendo de la empresa exportadora que se considere, se observa que una misma empresa puede presentar sobrevaloraciones respecto del precio nacional en uno de los grupos de transformadores, y subvaloraciones en el otro grupo". Que seguidamente observó que "...los precios nacionalizados de las exportaciones brasileñas han sido, en general, inferiores a los respectivos precios de la industria nacional, más allá de que tales diferencias se reducen al considerarse el efecto del derecho antidumping objeto de la presente revisión y el del referido régimen de 'compre de trabajo argentino'. Se destaca que, aún de lo informado por las propias exportadoras brasileñas surgen también subvaloraciones del producto importado, que varían según la empresa, el tipo de transformador y el período considerado, las que en ciertos casos alcanzan niveles significativos, lo que muestra que -aún con los precios informados por ellas mismas- la mayoría de las productoras brasileñas pueden exportar a precios capaces de repetir el daño oportunamente determinado sobre la rama de producción nacional". Que prosiguió señalando que "Las subvaloraciones observadas, tanto para el conjunto de los transformadores como en el caso de los precios informados por las firmas exportadoras brasileñas muestran que, en ausencia de medidas, las exportaciones brasileñas tienen la capacidad de repetir el daño oportunamente determinado sobre la rama de producción nacional". Que a continuación remarcó que "El análisis de las características del mercado internacional y nacional de transformadores y la evolución registrada en las variables relacionadas a dicho producto durante el período por el cual estuvo vigente la medida antidumping, permiten concluir que la medida antidumping ha permitido a la industria nacional mantener ciertos niveles de actividad y rentabilidad, aunque con oscilaciones, a lo largo de todo su período de vigencia". Que señaló a continuación que "En atención a lo expuesto, esta Comisión considera que existen en el expediente pruebas que avalan el pedido de la rama de producción nacional de mantener los derechos antidumping, toda vez que existe la probabilidad de que reingresen importaciones desde Brasil a precios y en cantidades que incidirían negativamente en la rama de producción nacional, dando lugar a la repetición del daño determinado en la investigación original". Que en forma posterior expresó que "Respecto al análisis de otros factores de daño, distintos de las importaciones con presunto dumping objeto de revisión, en cuanto a las importaciones distintas de las investigadas, China y Corea constituyen los dos principales orígenes y se encuentran sujetos a otra investigación antidumping, aunque su posible efecto sobre la rama de producción nacional no obsta a las conclusiones a las que se arriba en esta acta respecto de la probabilidad de repetición del dumping y daño a la industria nacional causado por las importaciones originarias de Brasil". Que prosiguió señalando que "Asimismo, del Informe de Dumping elaborado por la Dirección de Competencia Desleal (DCD) y conformado por la entonces Secretaria de Comercio Exterior (SCEX), surge que este organismo ha determinado que la supresión del derecho antidumping podría dar lugar a la posibilidad de recurrencia

4 de la práctica de comercio desleal". Que finalmente concluyó que "Teniendo en cuenta las conclusiones a las que arribara la DCD y conformada por la SCEX en cuanto a probabilidad de recurrencia del dumping y las conclusiones a las que arribara esta Comisión en cuanto a la probabilidad de repetición del daño en caso de que se suprimieran las medidas vigentes, se concluye que están dadas las condiciones de causalidad requeridas para mantener la medida antidumping objeto de la presente revisión". Que la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, sobre la base de lo recomendado por la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, elevó su recomendación relativa a la aplicación de medidas antidumping definitivas al producto objeto de examen. Que ha tomado la intervención que le compete la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS. Que la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD consultó a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS respecto de los potenciales efectos de la eventual aplicación de una medida antidumping definitiva. Que la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION mencionada a través de la nota de fecha 17 de enero de 2014 señaló que "...cabe mencionar que los transformadores trifásicos citados en la mencionada Nota, son utilizados en obras de infraestructura que tienen como principal destino la generación de energía eléctrica, y se orientan a fomentar el desenvolvimiento del Sistema Energético Nacional". Que continuó indicando que "Puntualmente las obras pretenden asegurar el normal desenvolvimiento del Sistema Eléctrico Nacional como así también el abastecimiento de la demanda vinculada con el crecimiento económico del país, incrementar la potencia instalada, y modernizar la tecnología de generación, contribuyendo de esta forma, al mejoramiento de la infraestructura y al desarrollo de la región". Que asimismo agregó que "Es dable destacar, que la demanda de energía ha registrado en los últimos años un incremento sostenido, evidenciando una correlación positiva entre el ciclo de expansión económica y el aumento del consumo, tornándose fundamental y necesaria la continuidad de obras de generación eléctrica que acompañen y contribuyan al crecimiento de la demanda y las proyecciones para los próximos años". Que finalmente concluyó que "En virtud de las consideraciones expuestas, se considera propicia una medida de suspensión que pretenda morigerar los potenciales efectos adversos vinculados al incremento de los costos que obstaculizarían los compromisos del Estado Nacional de llevar a cabo las obras". Que las Res.MEOSP 763/96 de fecha 7 de junio de 1996 y Res.MEOSP 381/96 de fecha 1 de noviembre de 1996, ambas del ex- MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, instituyen el contenido y los procedimientos referidos a la presentación de un certificado en los términos del denominado control de origen no preferencial, para el trámite de las importaciones sujetas a tal requerimiento, de acuerdo a lo previsto en el Acuerdo sobre Normas de Origen que integra el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, aprobado por la Ley Que de acuerdo a lo dispuesto por las resoluciones citadas en el considerando precedente, la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS es la Autoridad de Aplicación del referido régimen y en tal carácter dispone los casos y modalidades en que corresponda cumplimentar tal control.

5 Que a tal efecto puede decidir la exigencia de certificados de origen cuando la mercadería esté sujeta a la aplicación de derechos antidumping o compensatorios o específicos o medidas de salvaguardia de acuerdo a lo dispuesto por el inciso b) del Artículo 2 de la Res.MEOSP 763/96 del ex- MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS. Que en razón de lo expuesto en considerandos anteriores, resulta necesario instruir a la Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a fin de que mantenga la exigencia de los certificados de origen. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete. Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (Texto ordenado por el Dec.438/92 y sus modificaciones), y el Dec.1393/08. Por ello, EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS RESUELVE: ARTICULO 1 - Procédese al cierre del examen por expiración de plazo de la medida vigente impuesta por la Res.MEP 2/07 de fecha 18 de julio de 2007 del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION a las operaciones de exportación hacia la REPUBLICA ARGENTINA de transformadores trifásicos de dieléctrico líquido de potencia superior a DIEZ MIL KVA ( KVA) pero inferior o igual a SEISCIENTOS MIL KVA ( KVA), excepto los transformadores trifásicos de dieléctrico líquido para horno con potencia superior a TREINTA MIL KVA ( KVA), originarias de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, mercaderías que clasifican en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) ARTICULO 2 - Fíjase para las operaciones de exportación hacia la REPUBLICA ARGENTINA de transformadores trifásicos de dieléctrico líquido de potencia superior a DIEZ MIL KVA ( KVA) pero inferior o igual a SEISCIENTOS MIL KVA ( KVA), excepto los transformadores trifásicos de dieléctrico líquido para horno con potencia superior a TREINTA MIL KVA ( KVA), originarías de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, mercaderías que clasifican en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) , un derecho antidumping ad valorem definitivo calculado sobre los valores FOB declarados de TREINTA Y OCHO POR CIENTO (38%). ARTICULO 3 - Cuando se despache a plaza la mercadería descripta en el Artículo 2 de la presente resolución el importador deberá abonar un derecho antidumping AD VALOREM calculado sobre los precios FOB de exportación declarados. ARTICULO 4 - Notifíquese a la Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS que las operaciones de importación que se despachen a plaza de los productos descriptos en el Artículo 2 de la presente resolución, se encuentran sujetas al régimen de control de origen no preferencial en los términos de lo dispuesto por el Artículo 2, inciso b) de la Res.MEOSP 763/96 de fecha 7 de junio de 1996 del ex- MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS. Asimismo se requiere que el control de las destinaciones de importación para consumo de las mercaderías alcanzadas por la presente resolución, cualquiera sea el origen declarado, se realice según el procedimiento de verificación previsto para los casos que tramitan por Canal Rojo

6 de Selectividad. A tal efecto se verificará físicamente que las mercaderías se corresponden con la glosa de la posición arancelaria por la cual ellas clasifican como también con su correspondiente apertura SIM, en caso de así corresponder. ARTICULO 5 - El requerimiento a que se hace referencia en el artículo anterior, se ajustará a las condiciones y modalidades dispuestas por las Res.MEOSP 763/96 y Res.MEOSP 381/96 de fecha 1 de noviembre de 1996 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, sus normas complementarias y disposiciones aduaneras que las reglamentan. ARTICULO 6 - La presente medida comenzará a regir desde el día de su firma por el término de CINCO (5) años. ARTICULO 7 - Suspéndese la aplicación de la medida establecida en el Artículo 2 de la presente resolución, por el término de UN (1) año contado a partir de la fecha de su firma. ARTICULO 8 - La publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial se tendrá a todos los fines como notificación suficiente. ARTICULO 9 - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res. MP 774/16 Ref. Dumping - Arandela de muelle (resorte) de acero (NCM 7318.21.00), de CHINA - Valor mínimo de exportación FOB provisional. 06/12/2016 (BO 07/12/2016) VISTO el Expediente Nº S01:0044451/2015

Más detalles

Ref. Transformadores trifásicos de dieléctrico líquido, de Brasil - Apertura de examen por expiración de plazo - Mantiene derecho antidumping.

Ref. Transformadores trifásicos de dieléctrico líquido, de Brasil - Apertura de examen por expiración de plazo - Mantiene derecho antidumping. Boletín Oficial 19/07/2012 Res.MEFP 380/12 Ref. Transformadores trifásicos de dieléctrico líquido, de Brasil - Apertura de examen por expiración de plazo - Mantiene derecho antidumping. VISTO el Expediente

Más detalles

Ref. Dumping - Transformadores trifásicos de dieléctrico líquido (NCM ), de INDIA - Continúa investigación (BO 11/04/17)

Ref. Dumping - Transformadores trifásicos de dieléctrico líquido (NCM ), de INDIA - Continúa investigación (BO 11/04/17) Res. SC 286/17 Ref. Dumping - Transformadores trifásicos de dieléctrico líquido (NCM 8504.23.00), de INDIA - Continúa investigación. 2017-04-07 (BO 11/04/17) VISTO el Expediente Nº S01:0021620/2016 del

Más detalles

Que una vez vencido el plazo otorgado para la producción de la prueba ofrecida, se procedió al cierre de la etapa probatoria del examen, invitándose

Que una vez vencido el plazo otorgado para la producción de la prueba ofrecida, se procedió al cierre de la etapa probatoria del examen, invitándose Res. MEFP 1900/15 Ref. Dumping - Equipos acondicionadores de aire (- 6.500 frigorías/hora) (NCM 8415.10.19), de Tailandia - Cierre de investigación - Derecho antidumping Ad Valorem definitivo. 03/12/2015

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res. MP 775/16 Ref. Dumping - Globos de caucho, incluidos los globitos para agua (NCM 9503.00.99 y 9505.90.00), de CHINA - Derecho antidumping provisional bajo la forma de un derecho específico. 06/12/2016

Más detalles

Ministerio de economia y finanzas publicas - resolución nro 704 de 2014

Ministerio de economia y finanzas publicas - resolución nro 704 de 2014 Ministerio de economia y finanzas publicas - resolución nro 704 de 2014 VISTO el Expediente Nº S01:0132028/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y CONSIDERANDO: Que mediante

Más detalles

Ref. Dumping - Bicicletas de China y Taiwán - Cierre de examen - Mantiene derecho antidumping. 12/5/2015 (BO 13/05/2015)

Ref. Dumping - Bicicletas de China y Taiwán - Cierre de examen - Mantiene derecho antidumping. 12/5/2015 (BO 13/05/2015) Res. MEFP 328/15 Ref. Dumping - Bicicletas de China y Taiwán - Cierre de examen - Mantiene derecho antidumping. 12/5/2015 (BO 13/05/2015) VISTO el Expediente N S01:0171462/2013 del Registro del MINISTERIO

Más detalles

237/13 - ( ), - 24/5/2013 (BO

237/13 - ( ), - 24/5/2013 (BO Res. MEFP 237/13 Ref. Dumping - Termos y demás recipientes isotérmicos con ampolla de acero inoxidable (9617.00.10), de China - Valor FOB mínimo definitivo. 24/5/2013 (BO 30/05/2013) VISTO el Expediente

Más detalles

45/ ), - 3/4/2014 (BO

45/ ), - 3/4/2014 (BO Res. SC 45/14 Ref. Dumping - Maderas contrachapadas de espesor inferior o igual 6 mm (NCM 4412.32.00), de China, Brasil y Uruguay - Continúa investigación. 3/4/2014 (BO 08/04/2014) VISTO el Expediente

Más detalles

VISTO el Expediente N S01: /2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

VISTO el Expediente N S01: /2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y 07-09-2016 MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Resolución 429 - E/2016 Buenos Aires, 02/09/2016 VISTO el Expediente N S01:0236216/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución

Más detalles

688/ ) /9/2014 (BO

688/ ) /9/2014 (BO Res. MEFP 688/14 Ref. Dumping - Neumáticos para bicicletas (NCM 4011.50.00) de Tailandia, Indonesia y China - Examen por expiración de plazo y cambio de circunstancias - Mantiene derechos antidumping.

Más detalles

FOB 66/ ) - - 4/4/2014 (BO

FOB 66/ ) - - 4/4/2014 (BO Res. MEFP 66/14 Ref. Dumping - Termos y demás recipientes isotérmicos con ampolla de vidrio de China (NCM 9617.00.10) - Cierre de examen - mantiene valor FOB mínimo. 4/4/2014 (BO 12/05/2014) VISTO el Expediente

Más detalles

FOB 1181/ ), - 23/10/2015 (BO

FOB 1181/ ), - 23/10/2015 (BO Res. MEFP 1181/15 Ref. Dumping - Accesorios de cañería para soldar a tope (fittings) (NCM 7307.19.20 y 7307.93.00), de China - Valor FOB mínimo. 23/10/2015 (BO 26/10/2015) VISTO el Expediente N S01:0151451/2014

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res. MP 500/17 Ref. Dumping - Poli (Tereftalato de Etileno) en gránulos (NCM 3907.60.00), de Corea, China, Taipei, India y Tailandia - Cierraexamen - Fija Derecho antidumping definitivo - Mantiene exclusiones.

Más detalles

Res. MEFP 65/14 Ref. Dumping - Bornes de conexión eléctrica (NCM , y ) de China - Apertura de examen por expiración

Res. MEFP 65/14 Ref. Dumping - Bornes de conexión eléctrica (NCM , y ) de China - Apertura de examen por expiración Res. MEFP 65/14 Ref. Dumping - Bornes de conexión eléctrica (NCM 8536.10.00, 8536.50.90 y 8536.90.90) de China - Apertura de examen por expiración de plazo - Mantiene derecho antidumping. 4/4/2014 (BO

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res.MP 701/16 Ref. Dumping - Placas y baldosas de gres fino "porcellanato" y "porcelana", sin barnizar ni esmaltar, de CHINA (NCM 6907.90.00) - Apertura de examen por cambio de circunstancias. 17/11/2016

Más detalles

Res. MP 348/18 03/09/2018 (BO 04/09/2018)

Res. MP 348/18 03/09/2018 (BO 04/09/2018) Res. MP 348/18 Ref. Dumping - Hornos de microondas de capacidad inferior o igual a 37 l (8516.50.00), de China - Examen por expiración de plazo y cambio de circunstancias - Mantiene valor FOB 03/09/2018

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res. SC 866/17 Ref. Dumping - Artículos sanitarios de cerámica: inodoros, depósitos o cisternas, lavatorios, columnas (pedestales) y bidés (NCM 6910.10.00 y 6910.90.00), de CHINA - Continúa investigación.

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res. MP 247/17 Ref. Dumping - Productos de lana de vidrio aglomerados con resinas fenólicas termoendurecibles (NCM 7019.39.00), de MEXICO - Examen por expiración de plazo - Mantiene derecho antidumping.

Más detalles

Estado: Vigente Publicado en B.O.: Publicado en B.O.: 17/04/2015 [+] [-]

Estado: Vigente Publicado en B.O.: Publicado en B.O.: 17/04/2015 [+] [-] Consultas Datos Herramientas Tipo: RESOLUCION Nº: 243 Año: 2015 Organismo: Ministerio de Economía y Finanzas Públicas Estado: Vigente Publicado en B.O.: Publicado en B.O.: 17/04/2015 [+] [-] DUMPING Se

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res. MP 397/17 Ref. Dumping - Motores eléctricos de corriente alterna, asincrónicos, monofásicos, de potencia nominal + 0,12 kw - 3 kw (NCM 8501.40.19), de China - Examen por expiración d eplazo y cambio

Más detalles

Bartolomé Mitre 226 C1036AAD Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Bartolomé Mitre 226 C1036AAD Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res. MPT 107/18 Ref. Dumping - Rodamientos de bolas radiales, excluidos los tipificados como RST (8482.10.10), de CHINA - Derechos antidumping definitivos bajo la forma de valores mínimos de exportación

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res. MP 694/17 Ref. Dumping - Rodamientos de bolas radiales, excluidos los tipificados como RST (8482.10.10), de China - Apertura del examen por expiración de plazo y cambio de circunstancias - Mantiene

Más detalles

VISTO el Expediente N S01: /2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y CONSIDERANDO:

VISTO el Expediente N S01: /2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y CONSIDERANDO: Res. MEFP 1913/15 Ref. Dumping - Cadenas y cierres de cremallera (NCM 9607.11.00, 9607.19.00 y 9607.20.00), de China y Perú - Cierre de examen - Acepta compromiso de precios - Fija derechos antidumping.

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res. MP 510/17 Ref. Dumping - Hojas de sierra manuales rectas de acero rápido (NCM 8202.91.00 y 8202.99.90), de INDIA - Examen por cambio de circunstancias y por expiración de plazo - Mantiene medida antidumping.

Más detalles

MEFP 436/ /6/2015 (BO

MEFP 436/ /6/2015 (BO Res. MEFP 436/15 Ref. Dumping - Artículos sanitarios de cerámica de Brasil y Uruguay - Examen por expiración de plazo - Mantiene derechos antidumping. 10/6/2015 (BO 12/06/2015) VISTO el Expediente N S01:0045637/2015

Más detalles

VISTO el Expediente Nº S01: /2015 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

VISTO el Expediente Nº S01: /2015 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y Res. MP 776/16 Ref. Dumping - Equipos acondicionadores de aire de capacidad menor o igual a 6.500 frigorías/hora (NCM 8415.10.11, 8415.10.19, 8415.90.10 y 8415.90.20), de CHINA - Cierre del examen - Mantiene

Más detalles

VISTO el Expediente N S01: /2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y CONSIDERANDO:

VISTO el Expediente N S01: /2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y CONSIDERANDO: Res. MEFP 1856/15 Ref. Dumping - Mecanismo motor para ascensores y montacargas (NCM 8425.31.10), de China - Apertura de examen por expiración de plazo - Mantiene derecho antidumping. 02/12/2015 (BO 04/12/2015)

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res. MP 22/18 Ref. Dumping - Placas y baldosas de gres fino 'porcellanato' y 'porcelana', sin barnizar ni esmaltar, para pavimentación o revestimiento (NCM 6907.21.00), de CHINA - Examen por expiración

Más detalles

855/ /09/2015 (BO

855/ /09/2015 (BO Res. MEFP 855/15 Ref. Dumping - Tejidos de Mezclilla ("Denim") de China - Apertura de examen por expiración de plazo y cambio de circunstancias - Mantiene valor FOB mínimo. 07/09/2015 (BO 09/09/2015) VISTO

Más detalles

FOB 21/ ), - 27/1/2015 (BO

FOB 21/ ), - 27/1/2015 (BO Res. MEFP 21/15 Ref. Dumping - Brocas helicoidales de cabo cilíndrico, brocas helicoidales con vástago cono morse normal y brocas cabo cilíndrico con inserto de metal duro (NCM 8207.50.11 y 8207.50.19),

Más detalles

VISTO el Expediente N S01: /2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y CONSIDERANDO:

VISTO el Expediente N S01: /2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y CONSIDERANDO: Res. MEFP 1556/15 Ref. Dumping - Accesorios de tuberías de fundición de hierro maleable (NCM 7307.19,10 y 7307.19,90) de Brasil y China - Apertura de examen por expiración de plazo - Mantiene derechos

Más detalles

VISTO el Expediente N S01: /2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

VISTO el Expediente N S01: /2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y Bs. As., 10/6/2015 VISTO el Expediente N S01:0045637/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución N 206 de fecha 10 de junio de 2010 del

Más detalles

VISTO el Expediente N S01: /2015 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y CONSIDERANDO:

VISTO el Expediente N S01: /2015 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y CONSIDERANDO: Res. MP 60/16 Ref. Dumping - Unidades compresoras a tornillos para gases de Brasil (NCM 8414.80.32 y 8414.30.99) - Examen por expiración de plazo - Mantiene derecho antidumping. 10/03/2016 (BO 16/03/2016)

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res. MP 511/17 Ref. Dumping - Anteojos de sol, armazones para anteojos y gafas (anteojos) correctoras o pregraduadas (NCM 9003.11.00, 9003.19.10, 9003.19.90, 9004.90.10, 9004.10.00), de CHINA - Examen

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res. MP 521/17 Ref. Dumping - Procesadoras y batidoras de uso manual (NCM 8509.40.10, 8509.40.20 y 8509.40.50), de CHINA - Derecho antidumping provisional. 06/10/2017 (BO 09/10/2017) VISTO el Expediente

Más detalles

VISTO el Expediente N S01: /2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y CONSIDERANDO:

VISTO el Expediente N S01: /2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y CONSIDERANDO: Res. MP 231/16 Ref. Dumping - Ventiladores de mesa, de pared y turbo y ventilador de pie (NCM 8414.51.10, 8414.51.90 y 8414.59.90), de CHINA - Examen por expiración del plazo y cambio de circunstancias

Más detalles

VISTO el Expediente N S01: /2015 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y CONSIDERANDO:

VISTO el Expediente N S01: /2015 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y CONSIDERANDO: Res. MP 8/16 Ref. Dumping - Hojas de sierra manuales rectas de acero rápido y hojas de sierra manuales (NCM 8202.91.00 y 8202.99.90), de Suecia - Apertura de examen por expiración de plazo - Mantiene derechos

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res. SC 591/17 Ref. Dumping - Rejillas metálicas de protección de los tipos utilizados en ventiladores con motor eléctrico incorporado (NCM 8414.90.20), de CHINA y TAIPEI CHINO - Continúa investigación.

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res. MP 701/17 Ref. Dumping - Ventiladores de mesa, de pared y turbo y ventilador de pie (NCM 8414.51.10, 8414.51.90 y 8414.59.90), de CHINA - Cierre de examen - Fija derecho antidumping definitivo. 30/11/2017

Más detalles

23/ ), /1/2015 (BO

23/ ), /1/2015 (BO Res. MEFP 23/15 Ref. Dumping - Bombas para líquido refrigerante o agua (NCM 8413.30.90), de China - Apertura de examen por expiración de plazo - Mantiene derechos antidumping. 28/1/2015 (BO 29/01/2015)

Más detalles

Ref. Dumping - Arandela de muelle (resorte), de acero (NCM ), de CHINA - Apertura de investigación. 28/03/2016 (BO 01/04/2016)

Ref. Dumping - Arandela de muelle (resorte), de acero (NCM ), de CHINA - Apertura de investigación. 28/03/2016 (BO 01/04/2016) Res. SC 46/16 Ref. Dumping - Arandela de muelle (resorte), de acero (NCM 7318.21.00), de CHINA - Apertura de investigación. 28/03/2016 (BO 01/04/2016) VISTO el Expediente N S01:0044451/2015 del Registro

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res. MP 593/17 Ref. Dumping - Aparatos eléctricos para calefacción de espacios o suelos, de uso doméstico (NCM 8516.29.00), de CHINA - Cierre de examen - Derecho antidumping definitivo. 03/11/2017 (BO

Más detalles

Ref. Dumping - Ruedas de Aleación de Aluminio (NCM ), de CHINA - Continúa investigación (BO 16/06/17)

Ref. Dumping - Ruedas de Aleación de Aluminio (NCM ), de CHINA - Continúa investigación (BO 16/06/17) Res. SC 460/17 Ref. Dumping - Ruedas de Aleación de Aluminio (NCM 8708.70.90), de CHINA - Continúa investigación. 2017-06-13 (BO 16/06/17) VISTO el Expediente Nº S01:0303778/2015 del Registro del ex MINISTERIO

Más detalles

Bartolomé Mitre 226 C1036AAD Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Bartolomé Mitre 226 C1036AAD Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res. MP 143/18 Ref. Dumping - Motores eléctricos de corriente alterna, asincrónicos, monofásicos, de potencia nominal + 0,12 kw - 3 kw (NCM 8501.40.19), de China - Cierre de examen - Fija derecho antidumping.

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res. MP 331/17 Ref. Dumping - Hojas de sierra manuales rectas de acero rápido y hojas de sierra manuales, de Suecia - Cierre de examen - Mantiene Derecho Específico para SNA Europe AB. 28/07/2017 (BO 31/07/2017)

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res.MP 778/16 Ref. Dumping - Trajes (ambos o ternos), conjuntos y chaquetas (sacos) (NCM 6203.11.00, 6203.12.00, 6203.19.00, 6203.22.00, 6203.23.00, 6203.29.10, 6203.29.90, 6203.31.00, 6203.32.00, 6203.33.00

Más detalles

VISTO el Expediente N S01: /2015 del Registro del ex - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y CONSIDERANDO:

VISTO el Expediente N S01: /2015 del Registro del ex - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y CONSIDERANDO: Res. MP 18/16 Ref. Dumping - Equipos acondicionadores de aire de capacidad menor o igual a 6.500 frigorías/hora (NCM 8415.10.11, 8415.10.19 y 8415.90.00) de China - Apertura de examen por expiración de

Más detalles

Ref. Dumping - Aisladores de porcelana (NCM ), de Brasil, China y Colombia - Derecho antidumping provisional. 30/12/2014 (BO 23/01/2015)

Ref. Dumping - Aisladores de porcelana (NCM ), de Brasil, China y Colombia - Derecho antidumping provisional. 30/12/2014 (BO 23/01/2015) Res. MEFP 1105/14 Ref. Dumping - Aisladores de porcelana (NCM 8546.20.00), de Brasil, China y Colombia - Derecho antidumping provisional. 30/12/2014 (BO 23/01/2015) VISTO el Expediente N S01:0097137/2013

Más detalles

Boletín oficial 06/12/ Res.MEFP 754/12

Boletín oficial 06/12/ Res.MEFP 754/12 Boletín oficial 06/12/2012 - Res.MEFP 754/12 Ref. Dumping - Rodamientos de bolas radiales, excluidos los tipificados como RST (8482.10.10), de China - Valor FOB mínimo definitivo. 30/11/2012 (BO 06/12/2012)

Más detalles

80/ , , , , , , ) - 6/6/2014 (BO

80/ , , , , , , ) - 6/6/2014 (BO Res. SC 80/14 Ref. Dumping - Guardas, listeles y plaquitas para revestimiento (NCM 6802.10.00, 6802.91.00, 6907.10.00, 6907.90.00, 6908.10.00, 6908.90.00, 7016.10.00 y 7016.90.00) de España, China y Brasil

Más detalles

FOB 608/ ), - - 5/9/2014 (BO

FOB 608/ ), - - 5/9/2014 (BO Res. MEFP 608/14 Ref. Dumping - Vasos, copas y jarros de vidrio (NCM 7013.28.00 y 7013.37.00), de China - Valores mínimos FOB definitivos - Compromiso de precios. 5/9/2014 (BO 06/10/2014) VISTO el Expediente

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res.MP 777/16 Ref. Dumping - Tejidos de lana (NCM 5112.11.00, 5112.19.10, 5112.20.10, 5112.30.10, 5112.90.00 y 5515.13.00), de BRASIL - Derecho antidumping Ad Valorem provisional. 06/12/2016 (BO 07/12/2016)

Más detalles

Estado: Vigente Publicado en B.O.: Publicado en B.O.: 16/07/2014 [+] [-]

Estado: Vigente Publicado en B.O.: Publicado en B.O.: 16/07/2014 [+] [-] Consultas Datos Herramientas Tipo: RESOLUCION Nº: 238 Año: 2014 Organismo: Ministerio de Economía y Finanzas Públicas Estado: Vigente Publicado en B.O.: Publicado en B.O.: 16/07/2014 [+] [-] DUMPING Se

Más detalles

VISTO el Expediente N S01: /2015 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y CONSIDERANDO:

VISTO el Expediente N S01: /2015 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y CONSIDERANDO: Res. MP 245/16 Ref. Dumping - Artículos sanitarios de cerámica: inodoros, depósitos o cisternas, lavatorios, columnas (pedestales) y bidés (NCM 6910.10.00 y 6910.90.00), de BRASIL - Cierre de revisión

Más detalles

), - 4/7/2014 (BO

), - 4/7/2014 (BO Res. SC 98/14 Ref. Dumping - Fungicidas a base hidróxido de cobre, oxicloruro de cobre u óxido cuproso (NCM 3808.92.91), de Uruguay, Chile, Perú, y EE.UU. - Continúa investigación. 4/7/2014 (BO 08/07/2014)

Más detalles

Ref. Dumping - Transformadores trifásicos de dieléctrico líquido (NCM ), de INDIA - Investigación. 12/08/2016 (BO 18/08/2016)

Ref. Dumping - Transformadores trifásicos de dieléctrico líquido (NCM ), de INDIA - Investigación. 12/08/2016 (BO 18/08/2016) Res. SC 221/16 Ref. Dumping - Transformadores trifásicos de dieléctrico líquido (NCM 8504.23.00), de INDIA - Investigación. 12/08/2016 (BO 18/08/2016) VISTO el Expediente Nº S01:0021620/2016 del Registro

Más detalles

Ref. Dumping - Máquinas de lavar vajilla de tipo doméstico (NCM ), de TURQUÍA y CHINA - Investigación. 05/12/2016 (BO 07/12/2016)

Ref. Dumping - Máquinas de lavar vajilla de tipo doméstico (NCM ), de TURQUÍA y CHINA - Investigación. 05/12/2016 (BO 07/12/2016) Res.SC 406/16 Ref. Dumping - Máquinas de lavar vajilla de tipo doméstico (NCM 8422.11.00), de TURQUÍA y CHINA - Investigación. 05/12/2016 (BO 07/12/2016) VISTO el Expediente Nº S01:0385768/2016 del Registro

Más detalles

Ref. Dumping - Ruedas de Aleación de Aluminio (NCM ), de CHINA - Investigación. 01/07/2016 (BO 07/07/2016)

Ref. Dumping - Ruedas de Aleación de Aluminio (NCM ), de CHINA - Investigación. 01/07/2016 (BO 07/07/2016) Res. SC 169/16 Ref. Dumping - Ruedas de Aleación de Aluminio (NCM 8708.70.90), de CHINA - Investigación. 01/07/2016 (BO 07/07/2016) VISTO el Expediente N S01:0303778/2015 del Registro del ex-ministerio

Más detalles

Ref. Dumping - Aparatos para iluminación de emergencia (NCM ), de CHINA - Apertura de investigación. 31/08/2017 (BO 04/09/2017)

Ref. Dumping - Aparatos para iluminación de emergencia (NCM ), de CHINA - Apertura de investigación. 31/08/2017 (BO 04/09/2017) Res.SC 665/17 Ref. Dumping - Aparatos para iluminación de emergencia (NCM 9405.10.99), de CHINA - Apertura de investigación. 31/08/2017 (BO 04/09/2017) VISTO el Expediente Nº S01:0271661/2017 del Registro

Más detalles

), /1/2014 (BO

), /1/2014 (BO Res. MEFP 16/14 Ref. Dumping - Brocas helicoidales (NCM 8207.50.11 y 8207.50.19), de China - Apertura de examen - Mantiene derecho antidumping. 28/1/2014 (BO 14/02/2014) VISTO el Expediente Nº S01:0234892/2013

Más detalles

Que del informe referido en el considerando anterior se desprende que el presunto margen de dumping determinado para el inicio de la presente

Que del informe referido en el considerando anterior se desprende que el presunto margen de dumping determinado para el inicio de la presente Res.SC 316/16 Ref. Dumping - Cuchillos de mesa de hoja fija, tenedores y cucharas, de acero inoxidable (NCM 8211.10.00, 8211.91.00, 8215.20.00 y 8215.99.10), de CHINA y BRASIL - Apertura de investigación.

Más detalles

Ref. Dumping - Resinas poliéster insaturadas alcídicas sin aceite (NCM ), de BRASIL - Apertura de investigación. 26/09/2018 (BO 28/09/2018)

Ref. Dumping - Resinas poliéster insaturadas alcídicas sin aceite (NCM ), de BRASIL - Apertura de investigación. 26/09/2018 (BO 28/09/2018) Res. SC 46/18 Ref. Dumping - Resinas poliéster insaturadas alcídicas sin aceite (NCM 3907.91.00), de BRASIL - Apertura de investigación. 26/09/2018 (BO 28/09/2018) VISTO el Expediente N EX-2018-28337396-

Más detalles

Estado: Vigente Publicado en B.O.: Publicado en B.O.: 24/10/2014 [+] [-]

Estado: Vigente Publicado en B.O.: Publicado en B.O.: 24/10/2014 [+] [-] Consultas Datos Herramientas Tipo: RESOLUCION Nº: 840 Año: 2014 Organismo: Ministerio de Economía y Finanzas Públicas Estado: Vigente Publicado en B.O.: Publicado en B.O.: 24/10/2014 [+] [-] DUMPING Se

Más detalles

Boletín oficial 17/12/ Res.MEFP 833/12

Boletín oficial 17/12/ Res.MEFP 833/12 Boletín oficial 17/12/2012 - Res.MEFP 833/12 Ref. Dumping - Plaguicida sólido fumigante a base de fosfuro de aluminio (3808.91.95) de CHINA - Cierre de examen por expiración de plazo - Mantiene derecho

Más detalles

SCE 221/13 - ( ), - 28/11/2013 (BO

SCE 221/13 - ( ), - 28/11/2013 (BO Res. SCE 221/13 Ref. Dumping - Aisladores de porcelana de los tipos utilizados en transformadores (8546.20.00), de Brasil, China y Colombia - Apertura de investigación. 28/11/2013 (BO 04/12/2013) VISTO

Más detalles

Ref. Dumping - Planchas eléctricas ( ) de China - Apertura de examen - Mantiene derecho antidumping. 17/10/2013 (BO 21/10/2013)

Ref. Dumping - Planchas eléctricas ( ) de China - Apertura de examen - Mantiene derecho antidumping. 17/10/2013 (BO 21/10/2013) Res. MEFP 647/13 Ref. Dumping - Planchas eléctricas (8516.40.00) de China - Apertura de examen - Mantiene derecho antidumping. 17/10/2013 (BO 21/10/2013) VISTO el Expediente Nº S01:0150906/2013 del Registro

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res.MP 779/16 Ref. Dumping - Radiadores para automóviles y tractores (NCM 8708.91.00), de CHINA - Derecho antidumping Ad Valorem definitivo. 06/12/2016 (BO 07/12/2016) VISTO el Expediente Nº S01:0235702/2014

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res. MP 76/18 Ref. Dumping - Transformadores trifásicos de dieléctrico líquido (NCM 8504.23.00), de India - Cierre de investigación sin aplicación de derechos antidumping definitivos. 15/02/2018 (BO 16/02/2018)

Más detalles

Ref. Dumping - Llaves de ajuste de mano fijas de China, India y Taipei (NCM ) - Apertura de investigación. 4/6/2014 (BO 09/06/2014)

Ref. Dumping - Llaves de ajuste de mano fijas de China, India y Taipei (NCM ) - Apertura de investigación. 4/6/2014 (BO 09/06/2014) Res. SC 78/14 Ref. Dumping - Llaves de ajuste de mano fijas de China, India y Taipei (NCM 8204.11.00) - Apertura de investigación. 4/6/2014 (BO 09/06/2014) VISTO el Expediente Nº S01:0113882/2013 del Registro

Más detalles

309/ , , , , , , ) - 2/7/2014 (BO

309/ , , , , , , ) - 2/7/2014 (BO Res. MEFP 309/14 Ref. Dumping - Guardas y listeles de cerámica (NCM 6802.10.00, 6802.91.00, 6907.10.00, 6907.90.00, 6908.10.00, 6908.90.00, 7016.10.00 y 7016.90.00) de España, China y Brasil - Medida definitiva

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res. SC 842/17 Ref. Dumping - Aspiradoras, con motor eléctrico incorporado, de potencia inferior o igual a 2.500 W y de capacidad del depósito o bolsa para el polvo inferior o igual a 35 l. (NCM 8508.11.00

Más detalles

VISTO el Expediente N S01: /2015 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y CONSIDERANDO:

VISTO el Expediente N S01: /2015 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y CONSIDERANDO: Res. MP 314/16 Ref. Dumping - Procesadoras o multiprocesadoras (NCM 8509.40.50) de BRASIL y CHINA - Cierra examen - Mantiene derecho antidumping. 05/07/2016 (BO 07/07/2016) VISTO el Expediente N S01:0070025/2015

Más detalles

Boletín Oficial 02/01/ Res.SCE 185/12

Boletín Oficial 02/01/ Res.SCE 185/12 Boletín Oficial 02/01/2013 - Res.SCE 185/12 Ref. Dumping - Transformadores trifásicos de dieléctrico líquido (+10.000-600.000 KVA) (8504.23.00), de China y Corea - Apertura de investigación. 27/12/2012

Más detalles

Ref. Dumping - Pelotas de tenis de China, Filipinas y Tailandia (NCM ) - Continúa investigación. 21/7/2014 (BO 22/07/2014)

Ref. Dumping - Pelotas de tenis de China, Filipinas y Tailandia (NCM ) - Continúa investigación. 21/7/2014 (BO 22/07/2014) Res. SC 109/14 Ref. Dumping - Pelotas de tenis de China, Filipinas y Tailandia (NCM 9506.61.00) - Continúa investigación. 21/7/2014 (BO 22/07/2014) VISTO el Expediente N S01:0431625/2012 del Registro del

Más detalles

Ref. Dumping - Porcellanato (NCM y ), de China - Investigación. 12/08/2016 (BO 18/08/2016)

Ref. Dumping - Porcellanato (NCM y ), de China - Investigación. 12/08/2016 (BO 18/08/2016) Res. SC 220/16 Ref. Dumping - Porcellanato (NCM 6907.90.00 y 6908.90.00), de China - Investigación. 12/08/2016 (BO 18/08/2016) VISTO el Expediente Nº S01:0003540/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN,

Más detalles

Ref. Dumping - Máquinas de lavar vajilla de tipo doméstico (NCM ), de TURQUÍA y CHINA - Continúa investigación. 10/08/2017 (BO 15/08/2017)

Ref. Dumping - Máquinas de lavar vajilla de tipo doméstico (NCM ), de TURQUÍA y CHINA - Continúa investigación. 10/08/2017 (BO 15/08/2017) Res. SC 622/17 Ref. Dumping - Máquinas de lavar vajilla de tipo doméstico (NCM 8422.11.00), de TURQUÍA y CHINA - Continúa investigación. 10/08/2017 (BO 15/08/2017) VISTO el Expediente Nº S01:035768/2016

Más detalles

Res. SC 282/18 10/05/2018 (BO 17/05/2018)

Res. SC 282/18 10/05/2018 (BO 17/05/2018) Res. SC 282/18 Ref. Dumping - Placas, láminas, hojas y tiras de poli (metacrilato de metilo) (NCM 3920.51.00 y 3926.90.90), de CHINA y BRASIL - Cierra investigación sin aplicación de derechos 10/05/2018

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS SECRETARÍA DE COMERCIO

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS SECRETARÍA DE COMERCIO MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS SECRETARÍA DE COMERCIO Resolución 655/2015 Bs. As., 02/12/2015 VISTO el Expediente N S01:0173495/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS,

Más detalles

48/13 - ( ), - 11/4/2013 (BO

48/13 - ( ), - 11/4/2013 (BO Res. SCE 48/13 Ref. Dumping - Fungicidas a base hidróxido de cobre, oxicloruro de cobre u óxido cuproso (3808.92.91), de Uruguay, Chile, Perú, y EE.UU. - Apertura de investigación. 11/4/2013 (BO 18/04/2013)

Más detalles

Ref. Dumping - Plaguicida sólido fumigante a base de fosfuro de aluminio ( ), de India - Cierre de investigación. 11/4/2013 (BO 18/04/2013)

Ref. Dumping - Plaguicida sólido fumigante a base de fosfuro de aluminio ( ), de India - Cierre de investigación. 11/4/2013 (BO 18/04/2013) Res.SCE 52/13 Ref. Dumping - Plaguicida sólido fumigante a base de fosfuro de aluminio (3808.91.95), de India - Cierre de investigación. 11/4/2013 (BO 18/04/2013) VISTO el Expediente Nº S01:0271311/2011

Más detalles

Ref. Dumping - Jeringas hipodérmicas descartables (NCM y ) de China - Derecho antidumping definitivo. 08/11/2017 (BO 14/08/17)

Ref. Dumping - Jeringas hipodérmicas descartables (NCM y ) de China - Derecho antidumping definitivo. 08/11/2017 (BO 14/08/17) Res. MP 360/17 Ref. Dumping - Jeringas hipodérmicas descartables (NCM 9018.31.11 y 9018.31.19) de China - Derecho antidumping definitivo. 08/11/2017 (BO 14/08/17) VISTO el Expediente N S01:0355576/2015

Más detalles

Ref. Dumping - Toallas ( , , , y ) de Brasil - Cierre de investigación. 21/6/2012 (BO 05/04/2012)

Ref. Dumping - Toallas ( , , , y ) de Brasil - Cierre de investigación. 21/6/2012 (BO 05/04/2012) Res.MEFP 299/12 Ref. Dumping - Toallas (6302.60.00, 6302.91.00, 6302.93.00, 6302.99.10 y 6302.99.90) de Brasil - Cierre de investigación. 21/6/2012 (BO 05/04/2012) VISTO el Expediente Nº S01:0420449/2010

Más detalles

MEFP 1006/ /12/2014 (BO

MEFP 1006/ /12/2014 (BO Res. MEFP 1006/14 Ref. Ref. Dumping - Accesorios de tuberías de fundición de hierro maleable de Brasil y China - Derechos antidumping definitivos - Aclaración. 17/12/2014 (BO 23/12/2014) VISTO el Expediente

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res. SC 589/17 Ref. Dumping - Porcellanato (NCM 6907.90.00 y 6908.90.00), de INDIA, MALASIA, VIETNAM y BRASIL, y Porcellanato (NCM 6908.90.00), de CHINA - Continúa investigación. 28/07/2017 (BO 02/08/17)

Más detalles

Boletín Oficial 02/01/ Res.SCE 186/12

Boletín Oficial 02/01/ Res.SCE 186/12 Boletín Oficial 02/01/2013 - Res.SCE 186/12 Ref. Dumping - Guardas y listeles de cerámica, mármol, vidrio, etc. (6802.10.00, 6802.91.00, 6907.10.00, 6907.90.00, 6908.10.00, 6908.90.00, 7016.10.00 y 7016.90.00)

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res.SC 407/16 Ref. Dumping - Placas, láminas, hojas y tiras de poli (metacrilato de metilo) (NCM 3920.51.00 y 3926.90.90), de CHINA y BRASIL - Investigación. 05/12/2016 (BO 07/12/2016) VISTO el Expediente

Más detalles

Ref. Dumping - Aisladores de porcelana (NCM ), de Brasil, China y Colombia - Derecho antidumping definitivo. 4/6/2015 (BO 05/06/2015)

Ref. Dumping - Aisladores de porcelana (NCM ), de Brasil, China y Colombia - Derecho antidumping definitivo. 4/6/2015 (BO 05/06/2015) Res. MEFP 410/15 Ref. Dumping - Aisladores de porcelana (NCM 8546.20.00), de Brasil, China y Colombia - Derecho antidumping definitivo. 4/6/2015 (BO 05/06/2015) VISTO el Expediente N S01:0097137/2013 del

Más detalles

EE.UU. 231/ , , ), - 7/11/2014 (BO

EE.UU. 231/ , , ), - 7/11/2014 (BO Res. SC 231/14 Ref. Dumping - Vacunas para la medicina veterinaria (NCM 3002.30.10, 3002.30.90, 3002.30.40 y 3002.30.50), de Francia y EE.UU. - Apertura de investigación. 7/11/2014 (BO 11/11/2014) VISTO

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res.SC 405/16 Ref. Dumping - Placas, láminas, hojas y tiras de polipropileno monoaxialmente orientado (NCM 3920.20.90), de PERU - Continúa investigación. 05/12/2016 (BO 07/12/2016) VISTO el Expediente

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res. SC 82/18 Ref. Dumping - Tejidos de mezclilla ('DENIM') de BRASIL y PERU, y tejidos de algodón de BRASIL, PERÚ y CHINA (NCM 5208.43.00, 5209.42.10, 5209.42.90, 5209.49.00, 5210.49.10, 5211.42.10, 5211.42.90

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res.SC 429/16 Ref. Dumping - Tubos de acero de los tipos utilizados en oleoductos o gasoductos (NCM 7304.19.00 y 7306.19.00), de CHINA - Investigación. 06/12/2016 (BO 07/12/2016) VISTO el Expediente Nº

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res. SC 258/17 Ref. Ref. Dumping - Anhídrido Ftálico (NCM 2917.35.00), de MEXICO y COREA - Ortoftalato de di-2-etilhexilo (DOP) (NCM 2917.32.00), de COREA y CHILE - Investigación. 2017-03-30 (BO 04/04/17)

Más detalles

VISTO el Expediente Nº S01: /2015 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y CONSIDERANDO:

VISTO el Expediente Nº S01: /2015 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y CONSIDERANDO: Res. SC 181/16 Ref. Dumping - Poli (tereftalato de etileno), en gránulos (resina PET grado botella) (NCM 3907.60.00), de EE.UU e Indonesia - Continúa investigación. 27/07/2016 (BO 02/08/2016) VISTO el

Más detalles

Res. SC 367/18 25/06/2018 (BO 28/06/2018)

Res. SC 367/18 25/06/2018 (BO 28/06/2018) Res. SC 367/18 Ref. Dumping - Radiadores de aluminio, de uso doméstico, para calefacción central, de calentamiento no eléctrico (NCM 7615.10.00), de ESPAÑA, ITALIA y CHINA - Apertura de 25/06/2018 (BO

Más detalles

VISTO el Expediente N S01: /2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

VISTO el Expediente N S01: /2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y Esta norma fue consultada a través de InfoLEG, base de datos del Centro de Documentación e Información, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS Resolución

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res. MP 235/17 Ref. Dumping - Papel y cartón estucados (NCM 4810.13.89, 4810.13.90, 4810.19.89 y 4810.19.90) de Austria, China, EEUU y Finlandia - Examen por expiración de plazo y cambio de circunstancias

Más detalles

VISTO el Expediente Nº S01: /2015 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

VISTO el Expediente Nº S01: /2015 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y MINISTERIO DE PRODUCCIÓN SECRETARÍA DE COMERCIO Resolución 405 - E/2016 Ciudad de Buenos Aires, 05/12/2016 VISTO el Expediente Nº S01:0217427/2015 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Más detalles