MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL MODALIDAD PARTICULAR ATRACADERO RÚSTICO EN LA ZONA MARINA DE LA BAHÍA DE MUJERES

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1 MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL MODALIDAD PARTICULAR DEL PROYECTO ATRACADERO RÚSTICO EN LA ZONA MARINA DE LA BAHÍA DE MUJERES LOCALIZADO EN ZONA MARINA AL SUR DE LA TERMINAL MARÍTIMA DE PUNTA SAM, EN EL MAR TERRITORIAL FRENTE A LA ZONA CONTINENTAL DEL MUNICIPIO ISLA MUJERES, QUINTANA ROO, MÉXICO PROMOVIDO POR OPERADORA HOTELERA VILLA GROUP CANCÚN, S.A. DE C.V. ELABORADO POR BIOL. LUIS A. GUILLERMO GARCÍA JUNIO DE 2011

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3 ÍNDICE I. DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL... 5 I.1. DATOS GENERALES DEL PROYECTO... 5 I.2. DATOS GENERALES DEL PROMOVENTE... 6 I.3. DATOS GENERALES DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL... 6 II. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO... 7 II.1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROYECTO... 7 II.2. CARACTERÍSTICAS PARTICULARES DEL PROYECTO II.3. PROGRAMA GENERAL DE TRABAJO II.4. DESCRIPCIÓN DE OBRAS ASOCIADAS AL PROYECTO III. VINCULACIÓN CON LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES EN MATERIA AMBIENTAL Y, EN SU CASO, CON LA REGULACIÓN DEL USO DE SUELO III.1. ANÁLISIS DE LOS INSTRUMENTOS NORMATIVOS III.2. VINCULACIÓN CON LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS APLICABLES III.3. ANÁLISIS DE LOS INSTRUMENTOS DE PLANEACIÓN III.4. OTROS INSTRUMENTOS NORMATIVOS III.5. ESTATUS JURÍDICO AMBIENTAL DEL PROYECTO IV. DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA AMBIENTAL Y SEÑALAMIENTO DE LA PROBLEMÁTICA AMBIENTAL DETECTADA EN EL ÁREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO IV.1. DELIMITACIÓN DEL ÁREA DE ESTUDIO IV.2. CARACTERIZACIÓN Y ANÁLISIS DEL SISTEMA AMBIENTAL IV.3. DIAGNÓSTICO AMBIENTAL V. IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES DEL PROYECTO. 86 V.1. IDENTIFICACIÓN DE LAS ACCIONES DEL PROYECTO QUE PUEDEN CAUSAR IMPACTOS V.2. POSIBLES EFECTOS AMBIENTALES DE LAS OBRAS PROYECTADAS V.3. IDENTIFICACIÓN DE LOS FACTORES AMBIENTALES DEL ENTORNO SUSCEPTIBLES DE RECIBIR IMPACTOS V.4. IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS POTENCIALES V.5. MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y/O MITIGACIÓN DE IMPACTOS POTENCIALES V.6. VALORACIÓN CUALITATIVA DE LAS ACCIONES IMPACTANTES Y DE LOS FACTORES AMBIENTALES IMPACTADOS VI. MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE MITIGACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES VI.1. DESCRIPCIÓN DE LA MEDIDA O PROGRAMA DE MEDIDAS DE LA MITIGACIÓN O CORRECTIVAS POR COMPONENTE AMBIENTAL Página iii

4 VI.2. PROGRAMA CALENDARIZADO DE INSTRUMENTACIÓN DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES VI.3. PROGRAMA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL VII. PRONÓSTICOS AMBIENTALES Y EN SU CASO, EVALUACIÓN DE ALTERNATIVAS VII.1. PRONÓSTICO DEL ESCENARIO VIII. CONCLUSIONES IX. IDENTIFICACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS METODOLÓGICOS Y ELEMENTOS TÉCNICOS QUE SUSTENTAN LA INFORMACIÓN SEÑALADA EN LAS FRACCIONES ANTERIORES IX.1. FORMATOS DE PRESENTACIÓN IX.2. METODOLOGÍA PARA IDENTIFICAR Y EVALUAR LOS IMPACTOS AMBIENTALES IX.3. GLOSARIO DE TÉRMINOS IX.4. BIBLIOGRAFÍA IX.5. FUENTES DE CONSULTA ELECTRÓNICA X. ANEXOS DOCUMENTALES Página iv

5 I. DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL I.1. DATOS GENERALES DEL PROYECTO I.1.1. Nombre del proyecto Atracadero rústico en la zona marina de la Bahía de Mujeres. I.1.2. Ubicación del proyecto El proyecto se localiza en la zona marina de la Bahía de Mujeres al sur de la Terminal Marítima de Punta Sam, en el mar territorial frente a la Zona Continental del municipio Isla Mujeres, Quintana Roo, México (Figura 1). Figura 1. Croquis de localización del proyecto y vías de acceso al área de interés. I.1.3. Tiempo de vida útil del proyecto Dado que el atracadero será construido con madera dura de la región, la vida útil de los elementos constructivos de la obra proyectada se estima en 20 años, sin embargo, el proyecto como tal será Página 5 de 135

6 permanente ya que el promovente pretende perpetuar la vida útil de la obra sustituyendo los materiales que se deterioren y haciendo las reparaciones que se requieran, a fin de conservar la funcionalidad del atracadero proyectado. I.1.4. Presentación de la documentación legal El proyecto se llevará a cabo por la empresa Operadora Hotelera Villa Group Cancún, S.A. de C.V., cuyo representante legal es el Lic. Raúl Capitán Contle, según lo señala la escritura pública número 15,184 de fecha 18 de mayo de 2009, otorgada ante la fe del licenciado José de Jesús Ruiz Higuera, Notario Público Titular de la Notaría número 8 en la ciudad de Puerto Vallarta del Estado de Jalisco debidamente inscrita en el Registro Público del mismo estado bajo el folio electrónico No *12. La zona marina que se pretende aprovechar es propiedad de la Nación y forma parte del Mar Territorial en los términos que establecen la Ley federal del mar (LFM) y la Ley general de bienes nacionales (LGBN), y sus respectivos reglamentos. I.2. DATOS GENERALES DEL PROMOVENTE El promovente es la empresa Operadora Hotelera Villa Group Cancún, S.A. de C.V., I.3. DATOS GENERALES DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL La elaboración de la manifestación de impacto ambiental, modalidad particular, estuvo a cargo de la empresa LG Soluciones Ambientales, S.C., siendo el responsable técnico el Biol. Luis Armando Guillermo García Página 6 de 135

7 II. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO II.1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROYECTO II.1.1. Naturaleza del Proyecto La obra proyectada corresponde, de acuerdo con la Ley general del equilibrio ecológico y la protección al ambiente a desarrollos inmobiliarios que afecten los ecosistemas costeros (Artículo 28, fracción IX), que de acuerdo con el Reglamento en materia de evaluación del impacto ambiental incluye la construcción y operación de hoteles, condominios, villas, desarrollos habitacionales y urbanos, restaurantes, instalaciones de comercio y servicios en general, marinas, muelles, rompeolas, campos de golf, infraestructura turística o urbana, vías generales de comunicación, obras de restitución o recuperación de playas, o arrecifes artificiales, que afecte ecosistemas costeros (Artículo 5, inciso Q). La obra que se pretende ejecutar corresponde a un atracadero rústico o muelle, de uso particular, para la prestación de servicios turísticos, consistentes exclusivamente en el embarque y desembarque de pasajeros, utilizando embarcaciones menores, es decir, de menos de 500 unidades de arqueo bruto o menos de 15 metros de eslora cuando no sea aplicable la medida por arqueo, que realizarán visitas a sitios de buceo, viajes de pesca deportiva y excursiones a puntos de interés en áreas cercanas al atracadero. El tipo de navegación que se realizará es exclusivamente de Interior y de Cabotaje, de acuerdo con el artículo 38 de la Ley de navegación y comercio marítimos. No se llevará a cabo navegación de Altura. También se aclara que esta obra no será utilizada para llevar a cabo la operación de carga y descarga de mercancías en embarcaciones de carga descritas en la Ley de puertos (artículo 44, fracción III) o para llevar a cabo contratos descritos en el Capítulo IV de la Ley de navegación y comercio marítimos. El tipo de embarcación que utilizará el atracadero, se limita exclusivamente a embarcaciones de transporte de pasajeros, de recreo y deportivas (incluyendo pesca deportiva) conforme a lo dispuesto en el artículo 10, Fracción I incisos a) y d) de la Ley de navegación y comercio marítimos, y que asimismo cuenten con permiso de la SCT para prestar servicios de transporte de pasajeros, cruceros turísticos, turismo náutico con embarcaciones menores de recreo y deportivas mexicanas, conforme a lo dispuesto en el artículo 42, Fracción I incisos a) y b) de la Ley de navegación y comercio marítimos. La imagen objetivo que se persigue se ilustra en la Figura 2. Página 7 de 135

8 Figura 2. Imagen objetivo del atracadero proyectado. Fuente: R. García/Cedral, II.1.2. Selección del sitio La selección del sito para la ubicación del atracadero está directamente relacionada con la ubicación del hotel Villa del Palmar a cargo de Operadora Hotelera Villa Group Cancún, S.A. de C.V. Desde el punto de vista del hotel, el atracadero se localizará en el extremo norte de su frente de playa, que es la zona más próxima a la infraestructura portuaria existente, para que de esta forma se concentren las actividades náuticas cerca de los sitios en que ya ocurren y permita un mayor aprovechamiento de la playa para los bañistas, libre de riesgos por el tráfico de embarcaciones. II.1.3. Justificación del proyecto La construcción de un atracadero rústico en el sitio propuesto se justifica considerando que: La zona ya presenta uso náutico por lo que las actividades proyectadas no afectarán las actividades cotidianas que se llevan a cabo. La obra proyectada servirá como apoyo del desarrollo turístico aledaño, permitiendo la diversificación de actividades que se pueden realizar para el disfrute de los huéspedes, teniendo como punto de partida el propio desarrollo turístico y como áreas de visita los sitios turísticos o recreativos del destino turístico. La obra proyectada, por su estructura y diseño, no modificará la línea de costa y permitirá el libre flujo y reflujo de las aguas marinas producto del viento, marea, corrientes y oleaje-, por lo que no impacta sobre la dinámica costera. La obra proyectada abrirá nuevas oportunidades de negocio y contribuirá a la creación de más y nuevos empleos, favoreciendo la dinámica socioeconómica del Municipio Isla Mujeres, en particular la de los grupos organizados de lancheros de la isla. Página 8 de 135

9 II.1.4. Ubicación física del proyecto y planos de localización El proyecto se localiza en la zona marina al sur de la Terminal Marítima de Punta Sam, en la Bahía de Mujeres, en el mar territorial frente a la zona continental del Municipio Isla Mujeres, Quintana Roo, y tiene como coordenada de arranque el punto X = 520,607, Y = 2 347,916 (UTM, WGS-84, Z16Q, ± 6 m) y de remate el punto X = 520,687, Y = 2 347,896 (UTM, WGS-84, Z16Q, ± 6 m), como se ve en la imagen área y el plano georreferenciado del sitio. Bahía de Mujeres Zona Continental de Isla Mujeres Marina Playa Mujeres Terminal Marítima Punta Sam Hotel Villa del Palmar Atracadero propuesto Figura 3. Ubicación física del atracadero rústico proyectado. Figura 4. Detalle de la ubicación física del atracadero rústico proyectado. Foto C. González, Página 9 de 135

10 Figura 5. Plano georreferenciado de localización del atracadero rústico proyectado en la zona marina de la bahía de mujeres. Se aprecia la obra propiamente dicha, el área de maniobras de las embarcaciones y la línea de boyas que se prevé para separar las áreas con uso náutico de las áreas con uso recreativo. II.1.5. Inversión requerida El monto de inversión estimado para la construcción del atracadero y la gestión de los permisos correspondientes es de 750,000 pesos. Página 10 de 135

11 II.1.6. Dimensiones del proyecto La obra proyectada ocupará un área estimada en m 2 y tendrá 83.2 m de longitud. Constará de una escalera abatible que se localizará en la zona intermareal, fuera del polígono de la zona federal marítimo terrestre, que ocupará una superficie 4.80 m 2, que permitirá el acceso a una pasarela de 2.40 m de ancho por m de largo de penetración en el mar ( m 2 de superficie) y conducirá a la plataforma de atraque de 6.0 m de ancho por 9.60 m de largo (57.60 m 2 de superficie), sobre la que se levantará un gazebo 1, consistente de una estructura ligera a base de madera y palapa con estructura de madera dura y techumbre de zacate, de 5 x 6 m. La plataforma se ubicará en una zona con profundidad promedio de 2.0 m y tendrá un altura promedio de 1.40 m sobre el nivel medio del mar. Toda la estructura estará anclada sobre pilotes de madera dura (Figura 6, Cuadro 1). Para la aproximación y salida de embarcaciones se estima un área de maniobra de 1,020 m 2 la cual estará delimitada al sur de la obra por boyas para separar el área de uso náutico y el área con uso recreativo. Cuadro 1. Dimensiones de la obra proyectada. Concepto Dimensión Superficie total del atracadero rústico m 2 Superficie de agua marina sobre la que se asienta el proyecto m 2 Superficie terrestre sobre la que se asienta el proyecto 0.00 m 2 Superficie operativa, es decir, área de atraque para embarque y desembarque m 2 Superficie no operativa, es decir, área complementaria a la superficie operativa formada por la pasarela cuya finalidad es conducir personas desde tierra hacia m 2 la zona de atraque Superficie ocupada por la escalera de acceso 4.80 m 2 Área de maniobra de las embarcaciones 1, m 2 Superficie de apoyo y servicios, es decir, en las que se realizan actividades complementarias a la actividad principal 0.00 m 2 Vialidades y estacionamientos 0.00 m 2 Áreas verdes o recreativas 0.00 m 2 Obras no especificadas 0.00 m 2 Longitud de la escalera de acceso 2.00 m Longitud de la pasarela m Longitud del área operativa 9.60 m Longitud total del atracadero sobre la zona marina m Longitud total del atracadero sobre la zona terrestre 0.00 m 1 Un gazebo es un pabellón de planta simétrica, generalmente hexagonal o circular, que comúnmente se encuentra en los parques, jardines y en áreas públicas abiertas. Los gazebos se encuentran aislados, techados y abiertos por todos los lados; proporcionan sombra, un abrigo de características básicas, función ornamental en un paisaje, y un lugar de descanso. Tomado de wikipedia.org. Página 11 de 135

12 Figura 6. Arreglo general del atracadero proyectado en la zona marina de la Bahía de Mujeres. La obra proyectada ocupará un área estimada en m 2 y tendrá 83.2 m de longitud de penetración en el mar. El área de maniobra se estima en 1,020 m 2. La plataforma se ubicará en una zona con profundidad promedio de 2.0 m y tendrá un altura promedio de 1.40 m sobre el nivel medio del mar. Toda la estructura estará anclada sobre pilotes de madera dura. Fuente: R. García/Cedral, Página 12 de 135

13 II.1.7. Uso actual del suelo y/o cuerpos de agua en el sitio del proyecto y en sus colindancias El cuerpo de agua en el sitio del proyecto corresponde a la zona marina conocida como Bahía de Mujeres. Esta bahía tiene intenso uso náutico para el desarrollo de actividades comerciales, turísticas, pesqueras, recreativas y transporte de pasajeros (Figuras 7). Al norte del sitio donde se proyecta el atracadero rústico, a 75 m, se ubica la Terminal Marítima de Punta Sam que ofrece el servicio de transbordador entre Isla Mujeres y la zona continental, así como de cruce de pasajeros. Más al norte se ha desarrollado el proyecto Playa Mujeres que incluye una marina interior con escollera, campos de golf y hotel. Al sur, a unos 200 m de distancia, frente a la torre escénica, existen dos pequeños atracaderos rústicos de uso privado. Al oeste, la zona continental aledaña tiene uso turístico de acuerdo con el Programa Parcial de Desarrollo Urbano de la Península Chacmuchuch en la Zona Continental del Municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo (2007) y el Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio Isla Mujeres, Quintana Roo (2008). Terminal marítima Punta Sam, localizada al norte del sitio donde se pretende levantar el atracadero rústico. Oficinas del Ayuntamiento de Isla Mujeres. A la izquierda Fraccionamiento El Meco y al fondo se aprecia la marina del desarrollo turístico Playa Mujeres. Vista aérea de la playa donde se proyecta la construcción y operación del atracadero rústico. Al fondo el hotel. Foto. C. González. Primer plano del sitio propuesto para la construcción del atracadero rústico. Figura 7. Usos del cuerpo de agua en el sitio de interés y en sus colindancias. Página 13 de 135

14 II.1.8. Urbanización del área y descripción de servicios requeridos La zona continental aledaña al sitio donde se desplantará la obra proyectada está desde hace varios años en proceso de urbanización y en ella se están levantando tanto desarrollos turísticos como zonas habitacionales. Por ello, la zona cuenta con servicio de energía eléctrica, abasto de agua potable, servicio de recolección de residuos sólidos, tránsito y seguridad pública y de telefonía por cable. La carencia más relevante es la de drenaje sanitario. Debido a que en la etapa de operación el atracadero rústico únicamente será utilizado para el embarque y desembarque de pasajeros, no demandará servicios públicos y por ende no requerirá de infraestructura de servicios. La iluminación será provista con lámparas con fotoceldas, el agua será abastecida con manguera desde el hotel, los servicios sanitarios serán proporcionados en el hotel. II.1.9. Políticas de crecimiento futuro No se prevé la necesidad de ampliación de la obra proyectada, al menos no en el corto o mediano plazos, sin embargo, en caso de requerirse se tramitarían oportunamente las autorizaciones correspondientes. II.2. CARACTERÍSTICAS PARTICULARES DEL PROYECTO En la zona marina se proyecta la construcción de un atracadero de 83.2 m de longitud, calado de 7 pies (2.10 m) y altura de 1.40 m, el cual se construirá en su totalidad con vigas y duela de madera dura tropical, principalmente de chicozapote (Manilkara zapota) (se anexa ficha técnica), con defensas de hule industrial tipo D shape color blanco. El área total de desplante o huella del embarcadero en la zona marina es de m 2. El atracadero contará con una escalera de acceso abatible que se localizará en la zona intermareal, fuera del polígono de la zona federal marítimo terrestre, de 2.0 m de longitud por 2.40 m de ancho, por lo que ocupará una superficie de 4.80 m 2. Desde ésta se accederá a una pasarela de 2.40 m de ancho por m de largo de penetración en el mar ( m 2 de superficie). En su arranque la pasarela tendrá una profundidad de m y en su parte más profunda m. La plataforma o piso será a base de madera dura de la región fijada a la estructura con pijas inoxidables. La parte distal del atracadero contará con una plataforma de atraque con gazebo consistente de una estructura ligera a base de madera y palapa con estructura de madera dura y techumbre de zacate, de 5 x 6 m (Figura 8). La plataforma tendrá 6.0 m de ancho por 9.60 m de largo (57.60 m 2 de superficie) y se ubicará en una zona con profundidad promedio de 2.0 m. La obra se fijará al piso mediante pilotes de madera dura de la región de 12 a 14 diámetro, anclados por fricción, hincados con maniobra, hasta alcanzar la profundidad de anclaje requerida y señalada en el proyecto ejecutivo, de conformidad con los estudios de mecánica de suelos practicados. Se estima una profundidad de anclaje entre 6 a 8 m en el sustrato marino compuesto a base de una capa de arena no consolidada y arcillas no comprensibles consolidadas. Los pilotes Página 14 de 135

15 se sembrarán a una distancia de 2.4 m longitudinal y transversalmente, arriostrados con vigas, contravientos y largueros de madera de la región de 3 X 8 fijadas a pilas con tornillería inoxidable. La totalidad de la madera del atracadero será colocada en su estado natural (no tratada), la cual es apta para su uso marítimo gracias a su dureza y resistencia. Ésta será adquirida con algún proveedor forestal autorizado por la SEMARNAT para el aprovechamiento de recursos forestales y contará con la guía forestal correspondiente. Figura 8. Imagen de una plataforma de atraque con gazebo. Fuente: R. García/Cedral, Se instalará un sistema de alumbrado nocturno a base de lámparas solares activadas con fotocelda tipo Carmanah M502 color blanco en arreglo de tresbolillo. Dichas lámparas se colocarán sobre el nivel de piso del atracadero con la finalidad de generar luz indirecta para los usuarios del atracadero y dado que se trata de lámparas pequeñas de 154 mm de alto por 113 mm de anchoque emiten luz fría, se anticipa bajo impacto sobre el mar y la vida acuática. También se colocarán pantallas de atraque en las cuatro posiciones de atraque, que consistirán en dos vigas de madera tropical de 8 X 2 sujetadas a la estructura, a fin de impedir que las embarcaciones se metan por debajo del atracadero. Entre los ejes 28 a 29 en ambas bandas de atraque de la pasarela se colocará un escalón con la finalidad de facilitar el acceso a las embarcaciones ubicadas en las posiciones 1 y 2. Adicionalmente, el atracadero contará con protecciones a base defensas D-Shape a base de hule industrial color blanco fijadas con tornillería inoxidable. Para colocar el señalamiento marítimo indicado por la Autoridad portuaria el atracadero contará con una baliza tubular de 5 m. El señalamiento marítimo consistirá en lámparas de posición tipo Carmanah M601 (color verde, rojo o ámbar de conformidad con la determinación de la SCT) con alcance de 2NM, energizadas por paneles solares activados por fotocelda, de 30 destellos por minuto. El atracadero contará también con un letrero de seguridad de acero galvanizado o aluminio con cinta reflejante, indicando calado en la banda de atraque, posiciones de atraque, tonelaje máximo permitido de embarcaciones que atracarán, así como el nombre del atracadero y del concesionario del mismo. Página 15 de 135

16 Finalmente, se instalará en la pasarela un barandal a base de soga de seda de 1 sobre postes de madera fijados al atracadero con tornillería inoxidable. Así como siete bitas de amarre para posiciones de atraque, consistentes en extensión de los pilotes estructurales existentes a una altura de 60 cm sobre el nivel de piso del atracadero; en tanto que la plataforma de atraque contará con ocho bitas de amarre para dos posiciones de atraque. Durante el desarrollo de la obra, debido a la colocación de los pilotes, se afectará una superficie estimada en 56 m 2 cubierta de pastos marinos compuestos principalmente por las especies Thalassia testudinum y Syringodium filiforme; sin embargo, esta superficie no es significativa tomando en cuenta que la zona marina de la Bahía de Mujeres cuenta con una amplia cobertura de pastos marinos. Tampoco se verá afectada la fauna bentónica que potencialmente puede utilizar la zona ya que se llevará a cabo un rescate previo. Por otra parte, dado el diseño de la obra proyectada, no se modificará ni la línea litoral, ni las corrientes, ni el oleaje, ni el libre flujo y reflujo de mareas, ni el transporte litoral que prevalece en la zona. II.3. PROGRAMA GENERAL DE TRABAJO La ejecución de las obras se llevará a cabo en aproximadamente 21 semanas contadas a partir de la obtención de la autorización en materia de impacto ambiental por la SEMARNAT y los permisos de la SCT, tal como se desglosa enseguida. Cuadro 2. Programa de trabajo. FUENTE: R. García/Cedral, Actividad Adecuación / retiro del almacén temporal de obra Suministro de materiales Habilitado de materiales Colocación/ retiro de la malla Reubicación de fauna bentónica Construcción en sitio de obra Acabados y señalización Limpieza Mes 1 Mes 2 Mes 3 Mes 4 Mes Página 16 de 135

17 II.3.1. Descripción de obras y actividades provisionales del proyecto La madera que se suministrará deberá ser almacenada en la playa aledaña al sitio de construcción, por lo que será necesario establecer un área provisional de almacenamiento, la cual también servirá como área de trabajo para la preparación del material y para el resguardo del equipo e insumos de trabajo. Se estima que se ocupará un área no mayor a 300 m 2 (15 m X 20 m), misma que estará delimitada con una cerca perimetral de malla ciclónica y contará con un piso de lona que evite el contacto directo con la arena. En todo momento el promovente se asegurará que no se interrumpa el libre tránsito por la zona federal marítimo terrestre. En el área de trabajo provisional se colocarán dos contenedores de residuos sólidos de 200 L de capacidad, dos gabinetes de plástico para guardar las herramientas menores e insumos de trabajo y una mesa de madera. También se contará con una caseta móvil en la que se almacenará combustible (gasolina) en bidones plástico de 40 L, con tapa y un kit de recuperación de posibles escurrimientos, así como extintor, el equipo y la herramienta de mayor valor. Para evitar accidentes a los usuarios de la playa se colocarán letreros preventivos claramente visibles y legibles desde una distancia de 20 m. En el área de trabajo provisional, en un sitio de fácil acceso para el equipo de limpieza, se colocará un sanitario portátil para el uso de los trabajadores, mismo que estará sobre una base de madera y una cubierta de plástico que asegure la contención de líquidos. De manera previa al inicio de la construcción del atracadero rústico se colocará alrededor del área de trabajo una malla geotextil para contener el sedimento que será suspendido durante la maniobra de inyección de agua para hincado de pilotes en la arena. La malla es de polipropileno tejido con trama cerrada, inhibido contra luz solar, tipo Propex 4 X 6, de alta resistencia, de abertura máxima aparente en seco de mm. Durante su uso se desarrolla una capa que aumenta la retención de finos en suspensión en presencia de agua. Como se aprecia en la Figura 9, la malla lleva en la parte superior un flotador continuo de poliestireno de alta densidad y durabilidad de 200 mm de diámetro. Bajo el flotador corre un cable guía de polipropileno, de 15 mm de diámetro y que sirve para dar forma y tensar la malla. Como lastre se utiliza una cadena de acero con eslabones de 6.35 mm de diámetro. Tanto en la parte superior como en la inferior, la malla lleva anclas de acero de 15 Kg, tipo areneras. Lleva también una serie de boyas de señalización de 200 mm de diámetro, de color blanco, que tienen el propósito de indicar la presencia de la malla, a fin de reducir el riesgo de accidentes. La malla a utilizar viene en tramos de 50 m, por lo que en los extremos lleva cintas de unión, con cabos de polipropileno de 6.3 mm de diámetro. Estas preparaciones permiten la unión de varias secciones de malla de forma traslapada, de tal suerte que no se generan aberturas por donde puedan escapar los finos que contienen. Una vez colocada la malla, dado que en el área marina a intervenir es posible encontrar fauna bentónica, sésil y móvil, para prevenir su afectación se ha previsto la implementación de un programa de rescate de fauna bentónica, durante el cual se realizarán inmersiones con equipo de buceo autónomo para localizar los ejemplares y, en su caso, colectarlos y trasladarlos fuera del área de trabajo. La colecta será en contenedores de plástico y será llevada a cabo por especialistas con experiencia en el rescate de fauna bentónica. Página 17 de 135

18 Tras su registro, los ejemplares se liberarán inmediatamente en las áreas aledañas al área de trabajo, fuera de la malla. El sitio de traslado se ubicará con GPS y se marcará con una boya a fin de poder ubicarla fácilmente y realizar monitoreos posteriores que permitan dar seguimiento al desarrollo de los organismos trasladados. Figura 9. Características de la malla antidispersión. Fuente: Chacón-González, J./Marenter, II.3.2. Descripción del proceso constructivo del atracadero De acuerdo con la memoria técnica del proyecto de atracadero elaborada por R. García/Cedral, 2009 (Anexa), las características o criterios constructivos del atracadero se muestran en la Figura 10, en tanto que el proceso constructivo incluye los siguientes pasos: 1. Adecuación del área de almacenamiento temporal y sitio de trabajo provisional. 2. Trazo de estructuras colocando referencias físicas de trazo y boyado perimetral al sitio del proyecto. 3. Colocación de malla geotextil para contener el sedimento que será suspendido durante la maniobra de inyección de agua para hincado de pilotes en la arena. 4. Rescate selectivo de fauna sésil y traslado fuera del área de trabajo. 5. Hincado y nivelación de pilotes de madera dura del arranque, pasarela y plataforma del atracadero, hincados en arena utilizando chorro de agua inyectada (water jetting). 6. Fijación de contravientos, vigas, largueros y duela utilizando tornillería de acero inoxidable. 7. Colocación de gazebo en parte distal del atracadero sobre la plataforma de atraque. Página 18 de 135

19 8. Colocación de barandales, lámparas Carmanah y señalizaciones. 9. Colocación de defensas de atraque. 10. Retiro de la malla geotextil. 11. Limpieza submarina y restablecimiento del sitio. 12. Desmantelamiento del área de almacenamiento temporal y sitio de trabajo provisional. 13. Acarreo de material de desperdicio fuera del sitio de la obra. Página 19 de 135

20 Figura 10. Criterios constructivos del atracadero proyectado. Fuente: R. García/Cedral, Página 20 de 135

21 II.3.3. Etapa de preparación del sitio Los trabajos de preparación del sitio se inician con la adecuación del almacén temporal de obra. En la zona marina se inicia con la colocación de las referencias físicas de trazo y la colocación de la malla geotextil en el perímetro del área de trabajo; posteriormente se ubicarán y marcarán con boyas los sitios de hincado de pilotes y en un radio de 1 m alrededor de cada punto, se colectarán para su trasplante los elementos de fauna marina sésiles o de lento desplazamiento que pudieran verse afectados. II.3.4. Etapa de construcción El primer paso consiste en sacarle punta al pilote, a fin de facilitar su hincado y penetración en el terreno. Esta acción se realiza en el área de trabajo provisional, utilizando motosierra, sobre una cubierta plástica que asegure la contención de astillas, aserrín y otros residuos sólidos, para evitar la afectación de la arena en el área de trabajo provisional (Figura 11). Figura 11. Previo al inicio de los trabajos en la zona marina se requiere el almacenamiento de la madera en la playa y su preparación. Fuente: R. García/Cedral, Posteriormente hay que meter el pilote al agua, lo que se consigue rodándolo hasta el mar, para luego colocarlo en el sitio donde se hincará para lo cual se hace uso de equipo topográfico de precisión y de una estructura metálica, así como de poleas y cuerdas para colocarlo en forma horizontal y fijarlo. Todas estas acciones son a mano, sin intervención de grúas o maquinaria pesada. Conforme avanza la obra también se puede usar la propia estructura de madera para alzar los pilotes y colocarlos en su sitio (Figura 12). Una vez en su sitio, se hincan los pilotes utilizando la técnica de chorro de agua inyectada o water jetting, la cual consiste en bombear agua a presión en el sitio donde se hincará el pilote de tal suerte que se genere un hueco por donde se desliza el pilote hasta alcanzar la profundidad deseada. Este proceso desplaza agua, arena y sedimentos del fondo hacia la superficie, por lo que para contener los sólidos en suspensión se utilizará una malla geotextil que rodeará el área de Página 21 de 135

22 trabajo. La suspensión de sedimentos que causará esta actividad es similar a la que ocurre durante eventos meteorológicos que elevan el oleaje en 1 metro de altura, mismos que son comunes en la zona, ya que esta elevación puede alcanzarse durante los suestes, nortes o huracanes. Figura 12. Para armar el muelle, los pilotes son arrastrados hasta el sitio en que se hincarán con ayuda de poleas y cuerdas. Luego son puestos en vertical con apoyo de una estructura metálica y fijados con cuerdas. Fuente: R. García/Cedral, Con el pilote en vertical se bombea agua a presión debajo de éste, lo que crea la cavidad por donde se desliza, pues el agua desplaza la arena hacia afuera. A fin de introducir el chorro de agua cada vez más abajo, se utiliza un tubo rígido en el extremo distal de la manguera que inyecta el agua a presión. En ocasiones, dependiendo de la dureza del terreno y la flotabilidad del pilote, será necesario empujarlo desde arriba. Para asegurar la verticalidad del pilote se utilizan niveles y la alineación se verifica con equipo topográfico de precisión (Figura 13). Figura 13. Acción de hincado de un pilote utilizado chorro de agua (izquierda) y ejemplo de chorro que puede crear una bomba (derecha). Fuente. Página 22 de 135

23 Ya hincados los pilotes se procede a armar y ensamblar la superestructura con vigas y tablones de madera largueros, contravientos, duela o piso- fijados con tornillería inoxidable. Lo anterior se realizará con maniobras a mano, sin maquinaria pesada, utilizando taladros, motosierra y herramienta menor de carpintería Posteriormente se lleva a cabo la construcción del gazebo proyectado utilizando herramienta menor de carpintería. Por último, se realizan los acabados de obra, se añaden las lámparas, barandales, señalización y defensas de atraque (Figura 14). Durante todo el proceso se colocan letreros informativos que alerten a los usuarios de la playa sobre el riesgo de aproximarse a la obra, invitándoles a mantenerse alejados y a transitar con precaución, así como a no arrojar basura. Al término de los trabajos se realizará una limpieza general de la playa y del fondo marino y se retirará la malla geotextil, así como el área de almacenamiento provisional. Los desperdicios que se colecten serán dispuestos a través del servicio de limpia pública que opera en el sitio del proyecto. Figura 14. Una vez fijados los pilotes se procede al armado de la estructura del muelle. Durante la construcción el sitio de obra tendrá una apariencia semejante a la que se observa en estas imágenes. Fuente: R. García/Cedral, Página 23 de 135

24 II Requerimientos de personal, insumos y materiales en las etapas de preparación del sitio y construcción Para la ejecución de la obra proyectada se estima la contratación de 16 personas como se desglosa enseguida. Cuadro 3. Personal a contratar para la construcción del atracadero. FUENTE: R. García/Cedral, Perfil Tipo de contrato Puesto Personal Ingeniero Civil Temporal Supervisor 1 Topógrafo Temporal Topografía 2 Carpintero Temporal Carpintería 5 Obrero Temporal Ayudantes 8 II Requerimientos de insumos de construcción Los insumos serán adquiridos en comercios locales. Los recursos naturales renovables serán adquiridos en establecimientos que cuenten con los permisos establecidos para su explotación, ubicados en la región de Isla mujeres o en la ciudad de Cancún como se desglosa enseguida. Cuadro 4. Principales insumos que se adquirirán durante el desarrollo de la obra, señalando su naturaleza, volumen o cantidad a ocupar, lugar de obtención y modo de empleo. FUENTE: R. García/Cedral, Recurso natural renovable Madera dura Zacate Recurso natural no renovable Recurso natural transformado o materiales Tornillería inoxidable Volumen, peso o cantidad 15,000 pies 2,500 rollos Lugar de obtención Proveedor autorizado ante SEMARNAT Proveedor autorizado ante SEMARNAT Modo de empleo Estructura 1 lote Comercio local Estructura Gasolina 2,750 L Comercio local Techumbre del gazebo Operación de bombas hidráulicas y motosierras Página 24 de 135

25 II Requerimiento de maquinaria y equipo La relación de maquinaria y equipo previsto para la construcción de la obra se indica en el siguiente Cuadro. Cuadro 5. Se indica la cantidad de semanas y las horas/día que será utilizada la maquinara y el equipo en la construcción de las obras proyectadas. FUENTE: R. García/Cedral, Equipo y maquinaria Cantidad Tiempo empleado en obra (semanas) Horas por día Bomba hidráulica 8 Hp de Motosierra Stihl Equipo topográfico Estructura metálica II.3.5. Etapa de operación y mantenimiento del atracadero rústico proyectado La operación del atracadero rústico consistirá exclusivamente para el atraque temporal de embarcaciones de pequeñas a medianas, comúnmente utilizadas para pesca deportiva, buceo deportivo y actividades turísticas recreativas, así como para el ascenso y descenso de personas. Las características de las embarcaciones que podrán hacer uso del atracadero se indican en el Cuadro 6 y se muestran en las imágenes de la Figura 15. Conforme a lo señalado en el artículo 44 de la Ley de puertos, únicamente se prestarán servicios portuarios a las embarcaciones para realizar sus operaciones de navegación interna, tales como el pilotaje, remolque, amarre de cabos y lanchaje (fracción I) y servicios generales a las embarcaciones, tales como el avituallamiento, agua potable, comunicación y recolección de basura o desechos (fracción II); aclarando que no se proveerán los servicios de carga de electricidad o combustible ni la eliminación de aguas residuales, por tanto el atracadero rústico proyectado no contará con infraestructura para la recepción y manejo de aguas residuales y no se permitirá el achicamiento de sentinas en el agua marina. Cuadro 6. Características de las embarcaciones para las cuales está diseñado el atracadero proyectado. Fuente: R. García/Cedral, Tipo de embarcación Calado Desplazamiento Manga (m) Eslora (m) Puntal (m) (m) (Ton métricas) Pesca deportiva a a a Pesca deportiva a a a a 12 Buceo deportivo a Catamarán turístico a a a Página 25 de 135

26 Figura 15. Ejemplos de embarcaciones que podrían utilizar el atracadero proyectado. Fuente: R. García/Cedral, Respecto a los requerimientos de servicios para la adecuada operación del atracadero, se manifiesta que no se prevé una instalación permanente para el suministro de agua, ya que ésta será suministrada por medio de mangueras flexibles desde las instalaciones contiguas existentes. Se estima una demanda de 800 L diarios para el enjuague de arena y sal que se acumule en las cubiertas de las embarcaciones. Se colocarán señalamientos prohibiendo el nado debajo del atracadero o en sus alrededores, así como clavados desde el atracadero. Lo anterior con el fin de evitar accidentes ocasionados por las embarcaciones a nadadores, golpes con el fondo marino o golpes contra la estructura por efecto del oleaje. También se marcará con boyas el límite de la zona de nado para evitar que nadadores entren en el área de maniobras de embarcaciones. Con el fin de evitar el derrame de hidrocarburos y la posible contaminación del agua marina, quedará estrictamente prohibido el llenado de tanques y la carga de combustible dentro del área Página 26 de 135

27 marina de influencia del atracadero rústico. Tampoco se permitirá el cambio de aceite ni lubricantes de transmisión de maquinaria, ni la reparación de las mismas, dentro del área y zona adyacentes al atracadero. Se vigilará que los recipientes de combustible de las embarcaciones que utilicen el atracadero sean de probada resistencia a procesos erosivos y rupturas, los cuales deberán estar construidos a base de aluminio, fibra de vidrio con espesores mínimos de 6 mm o plástico duro. No se permitirán maniobras a menos de 30 m del litoral a fin de evitar que la propulsión de los motores pueda causar daño a la vegetación del fondo marino. II.3.6. Número estimado de embarcaciones que se utilizarán en el atracadero rústico diariamente El número exacto de embarcaciones que utilizarán el atracadero diariamente no se puede definir a priori, pues esta cifra dependerá de variables no controlables por el promovente, tales como las condiciones del clima, el número de huéspedes en un momento dado en el inmueble aledaño mercado meta-, la oferta de servicios náuticos, etc. Por tanto, el análisis seguido para atender este requerimiento se concentró en determinar la capacidad de carga o número máximo de embarcaciones que podrían utilizar el atracadero a lo largo de un día. El atracadero rústico proyectado tendrá capacidad para cuatro posiciones de atraque, lo que significa que el número máximo de embarcaciones que podrá recibir el atracadero de manera simultánea es de cuatro. Sin embargo, considerando que el tiempo de embarque y desembarque puede tomar unos 30 minutos, es posible prever que a lo largo de una hora podrían entrar y salir hasta ocho embarcaciones. Hay que considerar también que las embarcaciones que partirán del atracadero tendrán como destino áreas de pesca, buceo y actividades náuticas recreativas cercanas, cuyos recorridos podrían variar de 4 a 6 horas, por lo que las horas más probables de salida tendrán lugar por la mañana, principalmente entre las 8 y las 13 horas, en tanto que las de retorno oscilarán entre el medio día y la tarde. Con base en lo anterior, el número de horas útiles de salida es de 5. Adicionalmente, no hay que descartar que eventualmente algunos usuarios pudieran requerir salidas al alba o por la noche, de tal suerte que conviene considerar otras cuatro salidas potenciales en cada caso. Con estas consideraciones se estima que a lo largo del día, el número máximo de embarcaciones que podría hacer uso del atracadero es de 48 (Cuadro 7), lo anterior por supuesto, suponiendo una operación a tope. Sin embargo, es muy poco probable que esta situación teórica ocurra en la realidad y más acertado esperar que el número de embarcaciones a lo largo del día oscile entre 15 y 20 en un día de alta operación y entre 8 y 12 en un día de baja operación. Página 27 de 135

28 Cuadro 7. Capacidad de uso del atracadero rústico. Horario de salida Número de embarcaciones potenciales por día Alba 4 Matutino 40 Nocturno 4 II.3.7. Etapa de abandono del sitio No se tienen intenciones de abandonar la obra una vez construida, y en caso de afectaciones derivadas de fenómenos naturales, como huracanes, se tiene la intención de rehabilitar o reconstruir la obra, en el marco de la regulación ambiental aplicable. No obstante, en caso que tuviese lugar la necesidad imperante de abandonar el sitio, se procederá conforme a la normatividad aplicable al retiro de las obras e instalaciones construidas y a la restauración del sitio a su condición natural. II.3.8. Utilización de explosivos Ninguna de las actividades proyectadas implica la utilización de explosivos. II.3.9. Generación, manejo y disposición de residuos sólidos, líquidos y emisiones a la atmósfera II Residuos vegetales Durante la construcción, derivado de la actividad de preparación de la madera que se empleará en la estructura del atracadero rústico, se generará viruta y aserrín, así como trozos de madera. Estos residuos serán trasladados al área de vivero del hotel y convertidos en mulch mismo que se empleará como abono para el mejoramiento de suelos en las áreas verdes y jardines del hotel. Durante la etapa operativa no se anticipa la generación de residuos vegetales. II Aguas residuales Durante la construcción, los empleados que participarán en la obra utilizarán un sanitario portátil que se colocará en el área de trabajo provisional que se adecuará en la playa adyacente al sitio del proyecto. Las aguas residuales serán recolectadas cada tercer día por la empresa arrendadora del sanitario y trasladados hasta el sitio de disposición final que la autoridad competente determine para esta empresa. A fin de asegurar un buen manejo de las aguas residuales durante la construcción, se exigirá a la empresa arrendadora del sanitario que demuestre contar con los permisos municipales correspondientes. Página 28 de 135

29 Debido a que no se proyecta dotar al atracadero con una infraestructura sanitaria para la recolección ni disposición final de aguas residuales, durante la etapa de operación los usuarios y operadores podrán hacer uso de la infraestructura localizada en las instalaciones contiguas del hotel, distantes unos 40 m del arranque del atracadero. II Residuos sólidos urbanos y de manejo especial Durante la construcción se espera la generación de residuos sólidos derivados del consumo de alimentos y bebidas de los trabajadores a lo largo de las jornadas de trabajo. También se esperan residuos resultantes de la construcción del muelle que estarán compuestos por la mezcla de trozos de madera, astillas, aserrín, pedazos de zacate, tornillería en mal estado, bolsas de papel, etc. No se puede determinar el volumen de generación durante la etapa de construcción, pero se ha contemplado que con la colocación de dos contenedores de 200 litros de capacidad, con bolsa para el almacenamiento temporal de los mismos será suficiente para contenerlos. Diariamente el contenido será trasladado al almacén de residuos sólidos del hotel aledaño que opera la promovente y de ahí se dispondrán en el relleno sanitario del Municipio Benito Juárez empleando para ello el servicio de limpia pública que opera en la zona. Durante la operación, cada embarcación deberá disponer de un contenedor para recepción de basura inerte y otro con tapa para basura orgánica, mismos que serán vaciados antes de cada salida y su contenido será trasladado a las cámaras húmeda o seca, según corresponda, del hotel contiguo y dispuesto a través del servicio de limpia pública municipal junto con los residuos sólidos que se generan en el hotel a los que se incorporarán. En esta etapa, considerando que la capacidad máxima de operación diaria es de 48 embarcaciones y suponiendo una media de 6 usuarios por embarcación, así como un volumen de generación promedio de 650 gramos de residuos por pasajero, el volumen máximo de residuos sólidos que cabría esperar por día es de Kg, lo que convierte a esta infraestructura en un gran generador de residuos y al tipo de residuos generados en residuos de manejo especial de acuerdo con la legislación estatal vigente. Con base en la Ley para la prevención y la gestión integral de residuos del estado de quintana roo (P.O. el 17 de Diciembre del 2007) y su Reglamento, es competencia del estado la regulación y gestión de los residuos que tendrán lugar y el promovente deberá elaborar e implementar un Plan de Manejo de Residuos de Manejo Especial. II Residuos peligrosos Para la operación de las motosierras se usará combustible y aceite para motor. Los envases vacíos de estas sustancias, así como las estopas y trapos impregnados con hidrocarburos que puedan generarse durante el proceso constructivo son residuos peligrosos de acuerdo con la normatividad aplicable. Estos residuos serán contenidos en un bote de 200 L de capacidad, con tapa, que se pintará de rojo y se etiquetará para su fácil distinción. Al término del proceso constructivo serán enviados al almacén de residuos peligrosos del hotel Villa del Palmar y dispuestos a través de una empresa Página 29 de 135

30 autorizada por la SEMARNAT. Se dejará constancia de este manejo en la bitácora de control y manejo de residuos peligrosos del hotel. II Emisiones a la atmósfera Las emisiones esperadas provendrán del empleo de equipo y maquinaria durante la etapa constructiva y de las embarcaciones en la etapa de operación. Sin embargo, considerando el tamaño del equipo y el número de unidades a emplear, no se anticipa que estas emisiones puedan dar lugar a contaminación atmosférica. No obstante, el promovente se asegurará que la empresa constructora y los operadores tengan en buen estado mecánico el equipo, maquinaria y vehículos a fin de minimizar las emisiones. II.4. DESCRIPCIÓN DE OBRAS ASOCIADAS AL PROYECTO No existen obras asociadas al proyecto de construcción del atracadero rústico. Sin embargo, como parte de las medidas de seguridad proyectadas se ha previsto la colocación de un rosario de boyas que delimite el área de maniobras de las embarcaciones que harán uso del atracadero y la zona con uso turístico recreativo. Esta acción no dará lugar a impactos ambientales ya que usará materiales inertes sin efecto sobre el ambiente y un sistema de anclaje que incluye un muerto de concreto en su extremo distal más alejado de la playa- con nulo impacto sobre el fondo marino. Página 30 de 135

31 III. VINCULACIÓN CON LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES EN MATERIA AMBIENTAL Y, EN SU CASO, CON LA REGULACIÓN DEL USO DE SUELO III.1. ANÁLISIS DE LOS INSTRUMENTOS NORMATIVOS III.1.1. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su Reglamento en materia de evaluación del impacto ambiental Esta Ley es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente, en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción. Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto propiciar el desarrollo sustentable, así como, el aprovechamiento sustentable, la preservación y, en su caso, la restauración del suelo, el agua y los demás recursos naturales, de manera que sean compatibles la obtención de beneficios económicos y las actividades de la sociedad con la preservación de los ecosistemas. La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) establece en su Artículo 28 que la evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Secretaría) establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente. Para ello, en los casos que determine el Reglamento en materia de evaluación del impacto ambiental (REIA), quienes pretendan llevar a cabo cualquier tipo de obra civil en litorales o zonas federal (Artículo 5, Inciso A, Fracción III del REIA), requerirán previamente la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría. De acuerdo con el Artículo 30 de la LGEEPA se requiere presentar a la Secretaría una manifestación de impacto ambiental, la cual se consideró en la modalidad particular porque las obras proyectadas no encajan en los supuestos que establece el artículo 11 del REIA, fracciones I a IV; y que deberá contener, por lo menos, una descripción de los posibles efectos en el o los ecosistemas que pudieran ser afectados por la obra o actividad de que se trate, considerando el conjunto de los elementos que conforman dichos ecosistemas, así como las medidas preventivas, de mitigación y las demás necesarias para evitar y reducir al mínimo los efectos negativos sobre el ambiente. Atendiendo a estas disposiciones, el presente manifiesto, de modalidad particular, describe los procesos y componentes de los ecosistemas que pudieran ser afectados Capítulo IV-, los cuales fueron considerados en conjunto. Además, con base en el análisis de impacto ambiental Capítulo V-, establece las medidas preventivas y de mitigación con las que se evitarán o reducirán al mínimo los efectos negativos sobre el ambiente Capítulo VI-, cumpliendo cabalmente con los requisitos de contenido que establece la LGEEPA. Página 31 de 135

32 Los resultados que aquí se expresan se obtuvieron, de acuerdo a nuestro leal saber y entender, a través de la aplicación de las mejores técnicas y metodologías comúnmente utilizadas por la comunidad científica del país en el ámbito de la consultoría ambiental, y del uso de la mayor información disponible. Las medidas de prevención y mitigación sugeridas son las más efectivas para atenuar los impactos ambientales que potencialmente podrían presentarse. En otro orden de ideas, el Artículo 35 de la LGEEPA, párrafos segundo y tercero, señala que para la autorización de las obras y actividades a que se refiere el artículo 28, la Secretaría se sujetará a lo que establezcan los ordenamientos antes señalados, así como los programas de desarrollo urbano y de ordenamiento ecológico del territorio, las declaratorias de áreas naturales protegidas y las demás disposiciones jurídicas que resulten aplicables. Asimismo, para la autorización a que se refiere este artículo, la Secretaría deberá evaluar los posibles efectos de dichas obras o actividades en el o los ecosistemas de que se trate, considerando el conjunto de elementos que los conforman y no únicamente los recursos que, en su caso, serían sujetos de aprovechamiento o afectación. De aquí se desprende que resultan aplicables: la Ley general de vida silvestre, la Ley general para la prevención y gestión integral de los residuos y su Reglamento, la Ley de puertos y su Reglamento, y la Ley para el uso y aprovechamiento del mar territorial, vías navegables, playas, zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar y su respectivo reglamento. No existen ordenamientos ecológicos ni planes de manejo que interesen para el área de estudio. Finalmente, es relevante considerar lo señalado en el Capítulo VII del REIA que establece en su Artículo 44 que la Secretaría, al evaluar las manifestaciones de impacto ambiental deberá considerar: I. Los posibles efectos de las obras o actividades a desarrollarse en el o los ecosistemas de que se trate, tomando en cuenta el conjunto de elementos que los conforman, y no únicamente los recursos que fuesen objeto de aprovechamiento o afectación; II. La utilización de los recursos naturales en forma que se respete la integridad funcional y las capacidades de carga de los ecosistemas de los que forman parte dichos recursos, por periodos indefinidos, y III. En su caso, la Secretaría podrá considerar las medidas preventivas, de mitigación y las demás que sean propuestas de manera voluntaria por el solicitante, para evitar o reducir al mínimo los efectos negativos sobre el ambiente. III.1.2. Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos La Ley general para la prevención y gestión integral de los residuos (LGPGIR) es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la protección al ambiente en materia de prevención y gestión integral de residuos, en el territorio nacional. Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto garantizar el derecho de toda persona al medio ambiente adecuado y propiciar el desarrollo sustentable a través de la prevención de la generación, la valorización y la gestión integral de los residuos Página 32 de 135

33 peligrosos, de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial de competencia federal-; prevenir la contaminación de sitios con estos residuos y llevar a cabo su remediación. Durante la construcción y operación de la obra proyectada no se generarán residuos sólidos urbanos o de manejo especial de competencia federal. Sin embargo, se anticipa durante la construcción la generación de una pequeña cantidad de residuos peligrosos, consistentes en envases vacíos de aceite para motor, estopas y trapos impregnados con hidrocarburos y envases con residuos de combustible. El manejo y control de estos residuos peligrosos será incorporado a los procesos y procedimientos de manejo de residuos peligrosos del hotel Villa del Palmar, conforme al Plan de manejo de residuos de manejo especial de Operadora Hotelera Villa Group Cancún, S.A. de C.V. (en proceso de elaboración). No se anticipa la generación de residuos peligrosos durante la operación del atracadero rústico, ya que las embarcaciones sólo harán uso del atracadero para embarque y desembarque de pasajeros. De acuerdo al tipo y cantidad de residuos que se estima se generarán en la etapa de operación del atracadero y conforme a la legislación aplicable en el Estado de Quintana Roo, corresponde a la Secretaría de Ecología y Medio Ambiente (SEMA) del Estado de Quintana Roo el control de los residuos de manejo especial que se generarán y que se estiman en Kg/día como máximo, suponiendo una operación a tope del atracadero. De acuerdo con este marco regulatorio, Operadora Hotelera Villa Group Cancún, S.A. de C.V., es considerada un gran generador y deberá contar con un plan de manejo de residuos de manejo especial autorizado por la SEMA. De acuerdo con la legislación estatal y tomando en cuenta que Operadora Hotelera Villa Group Cancún, S.A. de C.V. está elaborando un plan de manejo de residuos de manejo especial para la operación del Hotel Villa del Palmar, la promovente puede incorporar la gestión de los residuos provenientes de la operación del atracadero rústico en el plan de manejo de residuos de manejo especial del hotel, situación que será considerada así una vez obtenida la autorización en materia de impacto ambiental para la construcción y operación del atracadero rústico descrito en el Capítulo II de este manifiesto. III.1.3. Ley General de Bienes Nacionales La Ley general de bienes nacionales es de orden público e interés general y tiene por objeto establecer, entre otros, los bienes que constituyen el patrimonio de la Nación, así como las normas para la adquisición, titulación, administración, control, vigilancia y enajenación de los inmuebles federales, incluida la zona federal marítimo terrestre. De acuerdo con la Ley, corresponde a la Secretaría de la Función Pública emitir el acuerdo administrativo de destino de inmuebles federales con excepción de las áreas de la zona federal marítimo terrestre y de los terrenos ganados al mar, en cuyo caso la emisión del acuerdo respectivo corresponderá a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT). En todo caso, los usos que se den a los inmuebles federales y de las entidades, deberán ser compatibles con los previstos en las disposiciones en materia de desarrollo urbano de la localidad en que se ubiquen, así como con el valor artístico o histórico que en su caso posean. Página 33 de 135

34 Según esta Ley, el mar territorial, las playas marítimas y la zona federal marítimo terrestre son bienes nacionales de uso común cuyo aprovechamiento requiere concesión, autorización o permiso otorgados con las condiciones y requisitos que establezcan las leyes; sin embargo, las concesiones, permisos y autorizaciones sobre estos bienes no crean derechos reales; otorgan simplemente frente a la administración y sin perjuicio de terceros, el derecho a realizar los usos, aprovechamientos o explotaciones, de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes y el título de la concesión, el permiso o la autorización correspondiente. En este sentido, para poder llevar a cabo el proyecto se requiere obtener la concesión y permiso de operación correspondientes, situación que será atendida ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes oportunamente. III.1.4. Ley de Puertos La Ley de puertos es de orden público y de observancia en todo el territorio nacional, y tiene por objeto regular los puertos, terminales, marinas e instalaciones portuarias, su construcción, uso, aprovechamiento, explotación, operación y formas de administración, así como la prestación de los servicios portuarios. De acuerdo con esta ley, el atracadero o atracadero rústico proyectado corresponde a una instalación portuaria, entendida como aquella obra de infraestructura y las edificaciones o superestructuras, construidas en un puerto o fuera de él, destinadas a la atención de embarcaciones, a la prestación de servicios portuarios o a la construcción o reparación de embarcaciones. Así mismo, se trata de una instalación, por su tipo de navegación, de cabotaje puesto que sólo atenderá embarcaciones, personas y bienes en navegación entre puertos o puntos nacionales; y por sus instalaciones y servicios, en turística ya que se dedicará preponderantemente, a la actividad de cruceros turísticos y marinas; y por su uso, de tipo particular, pues el titular las destinará para sus propios fines, y a los de terceros mediante contrato. Para la construcción, operación de las instalaciones proyectadas, así como para prestar servicios portuarios se requerirá de concesión o permiso que otorgue la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. En todo caso, la solicitud correspondiente deberá integrarse en los términos que señala esta Ley. En este sentido, para poder llevar a cabo el proyecto se requiere obtener la concesión y permiso de operación correspondientes, situación que será atendida ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes oportunamente. III.1.5. Ley de Navegación y Comercio Marítimos Esta Ley es de orden público y tiene por objeto regular las vías generales de comunicación por agua, la navegación y los servicios que en ellas se prestan, la marina mercante mexicana, así como los actos, hechos y bienes relacionados con el comercio marítimo. Página 34 de 135

35 De acuerdo con esta ley la navegación que tendrá lugar en el atracadero proyectado es de cabotaje, ya que ésta se dará por mar entre puertos o puntos situados en zonas marinas mexicanas y litorales mexicanos y las embarcaciones que en él operen deberán contar con el permiso correspondiente para prestar servicios de Turismo náutico con embarcaciones menores de recreo y deportivas mexicanas o extranjeras-. En relación con la prevención y control de la contaminación marina es importante destacar el Artículo 76 de la Ley, que señala que De conformidad con lo que establecen los tratados internacionales, se prohíbe derramar hidrocarburos persistentes que se transporten como carga, o que se lleven en los tanques de consumo de las embarcaciones. Asimismo, se prohíbe descargar, derramar, arrojar o cualquier acto equivalente, lastre, escombros, basura, aguas residuales, así como cualquier elemento en cualquier estado de la materia o energía que cause o pueda causar un daño a la vida, ecosistemas y recursos marinos, a la salud humana o a la utilización legítima de las vías navegables y al altamar que rodea a las zonas marinas mexicanas identificadas en la Ley federal del mar. La responsabilidad civil por daños derivados de la contaminación marina procedente de embarcaciones, artefactos navales e industrias costeras se regirá por los tratados internacionales, por el capítulo respectivo de esta Ley, así como por la legislación aplicable en cada especie de contaminación marina. A las sanciones administrativas derivadas de las infracciones a lo señalado en este capítulo, se sumará la obligación de reparación del daño, consistente en la limpieza y restauración efectiva de las áreas contaminadas. Esta disposición no prejuzga sobre la responsabilidad penal en que incurran los sujetos contaminantes, ni los servidores públicos que por cualquier modo autoricen o consientan el acto o la omisión resultante en la contaminación. Durante la operación del muelle se realizarán inspecciones que eviten su mal funcionamiento, ya que el atracadero sólo contará con servicios de recolección de residuos sólidos, y servicio de agua potable por medio de una manguera flexible conectada a una red de servicio ubicada en el hotel contiguo; y no contará con servicios de llenado de tanque, reparación de embarcaciones, recolección de agua residuales. En caso de haber afectaciones al ambiente provocadas por el derrame accidental de algún hidrocarburo, aceite lubricante para motor o transmisión, o algún residuo sólido se harán las acciones correspondientes para el saneamiento del medio marino. III.1.6. Reglamento para el uso y aprovechamiento del mar territorial, vías navegables, playas, zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar El Reglamento para el uso y aprovechamiento del mar territorial, vías navegables, playas, zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar es de observancia general en todo el territorio nacional y tiene por objeto proveer, en la esfera administrativa, al cumplimiento de las leyes general de bienes nacionales, de navegación y comercio marítimos y de vías generales de comunicación en lo que se refiere al uso, aprovechamiento, control, administración, inspección y vigilancia de las playas, zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito que se forme con aguas marítimas y de los bienes que formen parte de los recintos portuarios que estén destinados para instalaciones y obras marítimo portuarias. Página 35 de 135

36 De acuerdo con este Reglamento para el debido aprovechamiento, uso, explotación, administración y vigilancia de la zona federal marítimo terrestre y los terrenos ganados al mar, se considerarán sus características y uso turístico, industrial, agrícola o acuícola, en congruencia con los programas maestros de control y aprovechamiento de tales bienes, cuya elaboración estará a cargo de la SEMARNAT. Así mismo, las playas y la zona federal marítimo terrestre podrán disfrutarse y gozarse por toda persona sin más limitaciones y restricciones que las impuestas por la SEMARNAT en relación con las áreas, horarios y condiciones en que no podrán utilizarse vehículos o llevarse a cabo actividades que pongan en peligro la integridad física de los usuarios de las playas, de conformidad con los programas maestros de control; la construcción e instalación de elementos y obras que impidan el libre tránsito por dichos bienes con excepción de aquéllas que apruebe la SEMARNAT atendiendo las normas de desarrollo urbano, arquitectónicas y las previstas en la Ley general del equilibrio ecológico y la protección al ambiente (LGEEPA); y la realización de actos o hechos que contaminen las áreas públicas. En este sentido, las obras y actividades proyectadas en la zona marina no darán lugar a situaciones o actividades que pongan en peligro la integridad física de los usuarios de las playas, ni impedirán el libre tránsito por la zona federal marítimo terrestre, ni generarán contaminación que pudiera afectar las áreas públicas o la vida silvestre que hace uso de la playa y el mar. Por otro lado, tal como lo señala el artículo 55 de este Reglamento, compete a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, otorgar concesiones, permisos y autorizaciones para el uso, aprovechamiento, ocupación y construcción de obras en el mar territorial, en las playas, la zona federal marítimo terrestre y los terrenos ganados al mar, a cualquier depósito que se forme con aguas marítimas, lacustres o fluviales cuando formen parte de los recintos portuarios o se utilicen como astilleros, varaderos, diques para talleres de reparación naval, muelles y demás instalaciones a las que se refiere la Ley de navegación y comercio marítimos. Para construir obras o para ocupar las zonas a que se refiere el párrafo anterior deberá integrarse una solicitud a la Secretaría en los términos del artículo 56 del Reglamento. No obstante, se requiere que de manera previa las obras proyectadas estén autorizadas en materia de impacto ambiental. III.2. VINCULACIÓN CON LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS APLICABLES III.2.1. Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 La Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 establece el listado de especies nativas de México de flora y fauna silvestres, categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio. Es de observancia obligatoria para las personas físicas o morales que promuevan la inclusión, exclusión o cambio de las especies o poblaciones silvestres en alguna de las categorías de riesgo en el territorio nacional, establecidas por esta Norma. Dado que el promovente no pretende promover inclusión, exclusión o cambio de especies o poblaciones silvestres en alguna de las categorías de riesgo, esta Norma no es aplicable al proyecto en este Página 36 de 135

37 sentido, sin embargo, es un referente para la aplicabilidad de algunos artículos de la Ley General del Equilibrio y la Protección al Ambiente así como de la Ley General de Vida Silvestre. Al comparar el listado de especies registrado para la zona marina de interés (Capítulo IV) con el listado de la Norma, no se encontró especie alguna en alguna categoría de riesgo. III.2.2. Norma Oficial Mexicana NOM-022-SEMARNAT-2003 La Norma Oficial Mexicana NOM-022-SEMARNAT-2003 establece las especificaciones para la preservación, conservación, aprovechamiento sustentable y restauración de los humedales costeros en zonas de manglar y señala en su Apartado 3.36, que los humedales costeros son ecosistemas costeros de transición entre aguas continentales y marinas, cuya vegetación se caracteriza por ser halófita e hidrófita, estacional o permanente, y que dependen de la circulación continua del agua salobre y marina. Asimismo, se incluyen las regiones marinas de no más de 6 m de profundidad en relación al nivel medio de la marea más baja.. De acuerdo con el Apartado 1.1 esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer las especificaciones que regulen el aprovechamiento sustentable en humedales costeros para prevenir su deterioro, fomentando su conservación y, en su caso, su restauración., especificando en su Apartado 1.2 que para efectos de esta Norma se entiende por humedal costero las unidades hidrológicas integrales que contengan comunidades vegetales de manglares., y en su Apartado 1.3 que las disposiciones de la presente Norma Oficial Mexicana son de observancia obligatoria para los responsables de la realización de obras o actividades que se pretendan ubicar en humedales costeros o que por sus características, puedan influir negativamente en éstos. La unidad hidrológica, según el Apartado 3.69 de la Norma está constituida por: el cuerpo lagunar costero y/o estuarino, y la comunidad vegetal asociada a él (manglares, marismas y pantanos), las unidades ambientales terrestres circundantes, la o las bocas que pueden ser permanentes o estacionales, la barrera y playa, los aportes externos (ríos, arroyos permanentes o temporales, aportes del manto freático) y la zona de influencia de la marea, oleaje y corriente litoral. En este contexto, la zona marina que pretende aprovecharse para la construcción y operación del atracadero rústico no forma parte de un humedal costero ya que no forma parte de una zona de transición entre aguas continentales y marinas como señala el apartado 3.36 de la Norma, sino que se localiza en una zona francamente marina, carente de evidencias que sugieran una comunicación subterránea. Adicionalmente, está fuera de la unidad hidrológica más próxima que contiene comunidades vegetales de manglar, que es el Sistema Lagunar Chacmochuch, como se aprecia en la Figura 16. No obstante y para asegurar que las obras y actividades proyectadas garantizan la integralidad de la comunidad de manglar presente en la unidad hidrológica del Sistema Lagunar Chacmochuch, enseguida se vinculan al proyecto y analizan las especificaciones que la Norma establece en su Apartado 4 (Cuadro 8). Página 37 de 135

38 Zona de intercambio Laguna costera-mar Sistema Lagunar Chacmochuch Flujo preferencial del agua continental Flujo preferencial al interior del sistema Atracadero proyectado Bahía de Mujeres Afloramientos de agua dulce Figura 16. Se ilustra la ubicación del proyecto con relación a la unidad hidrológica del humedal del Sistema Lagunar Chacmochuch, delimitado al sur por la zona urbana de Cancún, al este por la carretera intermunicipal y desarrollos habitacionales y turísticos, al oeste por el camino a Rancho Viejo y la zona urbana de la zona continental de Isla Mujeres. La zona de mezcla de agua salina y dulce (intercambio mar-laguna costera) se localiza en extremo norte de la unidad. Se ilustra el flujo preferencial del agua continental y las zonas de afloramiento de agua dulce en el sistema. IMAGEN: Landsat 7, Página 38 de 135

39 Cuadro 8. Vinculación de las obras y actividades proyectadas con las especificaciones de la Norma Oficial Mexicana NOM-022-SEMARNAT Especificaciones de la Norma Análisis de la vinculación con el proyecto 4.0 Especificaciones, el manglar deberá preservarse como comunidad vegetal. En la evaluación de las solicitudes en materia de cambio de uso de suelo, autorización de aprovechamiento de la vida silvestre e impacto ambiental se deberá garantizar en todos los casos la integralidad del mismo, para ello se contemplarán los siguientes puntos: La integridad del flujo hidrológico del humedal costero; La integridad del ecosistema y su zona de influencia en la plataforma continental; Su productividad natural; La capacidad de carga natural del ecosistema para turistas; Integridad de las zonas de anidación, reproducción, refugio, alimentación y alevinaje; La integridad de las interacciones funcionales entre los humedales costeros, los ríos (de superficie y subterráneos), la duna, la zona marina adyacente y los corales; Cambio de las características ecológicas; Servicios ecológicos; Ecológicos y eco fisiológicos (estructurales del ecosistema como el agotamiento de los procesos primarios, estrés fisiológico, toxicidad, altos índices de migración y mortalidad, así como la reducción de las poblaciones principalmente de aquellas especies en status, entre otros). 4.1 Toda obra de canalización, interrupción de flujo o desvío de agua que ponga en riesgo la dinámica e integridad ecológica de los humedales costeros, quedará prohibida, excepto en los casos en los que las obras descritas sean diseñadas para restaurar la circulación y así promover la regeneración del humedal costero. 4.2 Construcción de canales que, en su caso, deberán asegurar la reposición del mangle afectado y programas de monitoreo para asegurar el éxito de la restauración. 4.3 Los promoventes de un proyecto que requieran de la existencia de canales, deberán hacer una prospección con la intención de detectar los canales ya existentes que puedan ser aprovechados a fin de evitar la fragmentación del ecosistema, intrusión salina, azolvamiento y modificación del balance hidrológico. El proyecto no incluye obras de canalización, interrupción de flujo o desvío de agua que ponga en riesgo la dinámica e integridad ecológica de los humedales costeros. El proyecto no es ni incluye la construcción de canales y tampoco afectará alguna comunidad de mangle. El proyecto no incluye la construcción de canales y la ejecución de las obras proyectadas no los requieren. Página 39 de 135

40 Especificaciones de la Norma 4.4 El establecimiento de infraestructura marina fija (diques, rompeolas, muelles, marinas y bordos) o cualquier otra obra que gane terreno a la unidad hidrológica en zonas de manglar queda prohibida excepto cuando tenga por objeto el mantenimiento o restauración de ésta. 4.5 Cualquier bordo colindante con el manglar deberá evitar bloquear el flujo natural del agua hacia el humedal costero. 4.6 Se debe evitar la degradación de los humedales costeros por contaminación y azolvamiento. 4.7 La persona física o moral que utilice o vierta agua proveniente de la cuenca que alimenta a los humedales costeros, deberá restituirla al cuerpo de agua y asegurarse de que el volumen, ph, salinidad, oxígeno disuelto, temperatura y la calidad del agua que llega al humedal costero garanticen la viabilidad del mismo. 4.8 Se deberá prevenir que el vertimiento de agua que contenga contaminantes orgánicos y químicos, sedimentos, carbón metales pesados, solventes, grasas, aceites combustibles o modifiquen la temperatura del cuerpo de agua; alteren el equilibrio ecológico, dañen el ecosistema o a sus componentes vivos. Las descargas provenientes de granjas acuícolas, centros pecuarios, industrias, centros urbanos, desarrollos turísticos y otras actividades productivas que se vierten a los humedales costeros deberán ser tratadas y cumplir cabalmente con las normas establecidas según el caso. 4.9 El permiso de vertimiento de aguas residuales a la unidad hidrológica debe ser solicitado directamente a la autoridad competente, quien le fijará las condiciones de calidad de la Análisis de la vinculación con el proyecto El proyecto consiste en la construcción y operación de un muelle pero éste no implica ganarle terreno a la unidad hidrológica, por lo que no está prohibida. El proyecto no incluye la construcción de bordos que pudieran bloquear el flujo natural del agua hacia el humedal costero. El desarrollo del proyecto no provocará degradación del humedal por contaminación o azolvamiento puesto que incluye la infraestructura necesaria para la captación, tratamiento y disposición final de las aguas residuales y residuos sólidos que generará. El proyecto no contempla la utilización o vertimiento de agua proveniente de la cuenca que alimenta al humedal costero. Las aguas negras que se generen durante la etapa constructiva del proyecto serán contenidas en el sanitario portátil que para tal efecto se rentará. Dichas aguas serán manejadas y dispuestas por la empresa arrendataria fuera del predio y del área de influencia de la cuenca hidrológica del Sistema Lagunar Chacmochuch. Por otro lado, en la etapa operativa el atracadero no proporcionará servicios sanitarios por lo que no dará lugar a aguas residuales; ni permitirá a las embarcaciones el achicamiento de sentinas, la carga de combustible o llevar a cabo reparaciones, por lo que no habrá riesgo de vertimientos que contengan contaminantes orgánicos o químicos. El proyecto no requiere verter aguas residuales a la unidad hidrológica. Página 40 de 135

41 Especificaciones de la Norma descarga y el monitoreo que deberá realizar La extracción de agua subterránea por bombeo en áreas colindantes a un manglar debe de garantizar el balance hidrológico en el cuerpo de agua y la vegetación, evitando la intrusión de la cuña salina en el acuífero Se debe evitar la introducción de ejemplares o poblaciones que se puedan tornar perjudiciales, en aquellos casos en donde existan evidencias de que algunas especies estén provocando un daño inminente a los humedales costeros en zona de manglar, la Secretaría evaluará el daño ambiental y dictará las medidas de control correspondientes Se deberá considerar en los estudios de impacto ambiental, así como en los ordenamientos ecológicos el balance entre el aporte hídrico proveniente de la cuenca continental y el de las mareas, mismas que determinan la mezcla de aguas dulce y salada recreando las condiciones estuarinas, determinantes en los humedales costeros y las comunidades vegetales que soportan En caso de que sea necesario trazar una vía de comunicación en tramos cortos de un humedal o sobre un humedal, se deberá garantizar que la vía de comunicación es trazada sobre pilotes que permitirán el libre flujo hidráulico dentro del ecosistema, así como garantizar el libre paso de la fauna silvestre. Durante el proceso constructivo se utilizarán métodos de construcción en fase (por sobre posición continua de la obra) que no dañen el suelo del humedal, no generen depósito de material de construcción ni genere residuos sólidos en el área La construcción de vías de comunicación aledañas, colindantes o paralelas al flujo del humedal costero, deberá incluir drenes y alcantarillas que permitan el libre flujo del agua y de luz. Se deberá dejar una franja de protección de 100 m (cien metros) como mínimo la cual se medirá a partir del límite del derecho de Análisis de la vinculación con el proyecto El proyecto no contempla la extracción de agua subterránea en ninguna de sus fases. El proyecto no incluye, en ninguna de sus etapas, la introducción de ejemplares o poblaciones, de flora o fauna, que se puedan tornar perjudiciales para el humedal o el resto de los recursos naturales de la región. El proyecto no modificará en modo alguno el balance hídrico proveniente de la cuenca continental o de las mareas, ya que la zona de aporte de las primeras se localiza a más de 4 Km de distancia, al Oeste, y de las segundas a unos 25 Km al Norte. El proyecto no requiere trazar una vía de comunicación en tramos cortos de un humedal o sobre un humedal, ya que se realizará exclusivamente en la zona marina, a la cual se puede acceder por las vialidades existentes. El proyecto no es ni incluye la construcción de vías de comunicación, por lo que no es aplicable este criterio. Página 41 de 135

42 Especificaciones de la Norma vía al límite de la comunidad vegetal, y los taludes recubiertos con vegetación nativa que garanticen su estabilidad Cualquier servicio que utilice postes, ductos, torres y líneas, deberá ser dispuesto sobre el derecho de vía. En caso de no existir alguna vía de comunicación se deberá buscar en lo posible bordear la comunidad de manglar, o en el caso de cruzar el manglar procurar el menor impacto posible Las actividades productivas como la agropecuaria, acuícola intensiva o semi-intensiva, infraestructura urbana, o alguna otra que sea aledaña o colindante con la vegetación de un humedal costero, deberá dejar una distancia mínima de 100 m respecto al límite de la vegetación, en la cual no se permitirá actividades productivas o de apoyo La obtención del material para construcción, se deberá realizar de los bancos de préstamo señalados por la autoridad competente, los cuales estarán ubicados fuera del área que ocupan los manglares y en sitios que no tengan influencia sobre la dinámica ecológica de los ecosistemas que los contienen Queda prohibido el relleno, desmonte, quema y desecación de vegetación de humedal costero, para ser transformado en potreros, rellenos sanitarios, asentamientos humanos, bordos, o cualquier otra obra que implique pérdida de vegetación, que no haya sido autorizada por medio de un cambio de utilización de terrenos forestales y especificada en el informe preventivo o, en su caso, el estudio de impacto ambiental Queda prohibida la ubicación de zonas de tiro o disposición del material de dragado dentro del manglar, y en sitios en la unidad hidrológica donde haya el riesgo de obstrucción de los flujos hidrológicos de escurrimiento y mareas. Análisis de la vinculación con el proyecto El proyecto no requiere del tendido de postes, ductos, torres o líneas. El proyecto no consiste o implica actividades productivas como la agropecuaria, acuícola intensiva o semi-intensiva o infraestructura urbana. La distancia mínima entre la zona marina de interés y la vegetación del humedal costero del Sistema Lagunar Chacmochuch es de 250 m, con dirección Oeste. La obtención de material para construcción será en comercios organizados de la ciudad de Cancún o en la zona continental de Isla Mujeres. Los recursos forestales serán adquiridos de productores forestales debidamente autorizados por la SEMARNAT y que provendrán de áreas que se localizan fuera de la unidad hidrológica del Sistema Lagunar Chacmochuch. El desarrollo y operación de las obras propuestas no implica el relleno, desmonte, quema y/o desecación de vegetación de humedal costero. Tampoco implica la remoción de vegetación forestal. El proyecto no implica la ubicación de zonas de tiro o disposición del material de dragado Queda prohibida la disposición de residuos sólidos en El proyecto contará con un plan de manejo de residuos sólidos, Página 42 de 135

43 Especificaciones de la Norma humedales costeros Queda prohibida la instalación de granjas camaronícolas industriales intensivas o semi-intensivas en zonas de manglar y lagunas costeras, y queda limitado a zonas de marismas y a terrenos más elevados sin vegetación primaria en los que la superficie del proyecto no exceda el equivalente de 10 % de la superficie de la laguna costera receptora de sus efluentes en lo que se determina la capacidad de carga de la unidad hidrológica. Esta medida responde a la afectación que tienen las aguas residuales de las granjas camaronícolas en la calidad del agua, así como su tiempo de residencia en el humedal costero y el ecosistema No se permite la construcción de infraestructura acuícola en áreas cubiertas de vegetación de manglar, a excepción de canales de toma y descarga, los cuales deberán contar previamente con autorización en materia de impacto ambiental y de cambio de utilización de terrenos forestales En los casos de autorización de canalización, el área de manglar a deforestar deberá ser exclusivamente la aprobada tanto en la resolución de impacto ambiental y la autorización de cambio de utilización de terrenos forestales. No se permite la desviación o rectificación de canales naturales o de cualquier porción de una unidad hidrológica que contenga o no vegetación de manglar Se favorecerán los proyectos de unidades de producción acuícola que utilicen tecnología de toma descarga de agua, diferente a la canalización La actividad acuícola deberá contemplar preferentemente post-larvas de especies nativas producidas en laboratorio. Análisis de la vinculación con el proyecto que incluirá el acopio, almacenamiento temporal y traslado al sitio de disposición final (relleno sanitario Norponiente en Benito Juárez), por lo que no se violentará esta disposición. No aplica al proyecto ya que éste no es ni pretende la instalación de granjas camaronícolas industriales intensivas o semi-intensivas. No aplica al proyecto ya que éste no es ni pretende la instalación de infraestructura acuícola. No aplica al proyecto ya que éste no es ni incluye obras de canalización. No aplica al proyecto ya que éste no es ni pretende la instalación de infraestructura acuícola. No aplica al proyecto ya que éste no es ni pretende la instalación de infraestructura acuícola Los canales de llamada que extraigan agua de la unidad No aplica al proyecto ya que éste no es ni incluye obras de Página 43 de 135

44 Especificaciones de la Norma hidrológica donde se ubique la zona de manglares deberá evitar, la remoción de larvas y juveniles de peces y moluscos Las obras o actividades extractivas relacionadas con la producción de sal, sólo podrán ubicarse en salitrales naturales; los bordos no deberán exceder el límite natural del salitral, ni obstruir el flujo natural de agua en el ecosistema La infraestructura turística ubicada dentro de un humedal costero debe ser de bajo impacto, con materiales locales, de preferencia en palafitos que no alteren el flujo superficial del agua, cuya conexión sea a través de veredas flotantes, en áreas lejanas de sitios de anidación y percha de aves acuáticas, y requiere de zonificación, monitoreo y el informe preventivo Las actividades de turismo náutico en los humedales costeros en zonas de manglar deben llevarse a acabo de tal forma que se evite cualquier daño al entorno ecológico, así como a las especies de fauna silvestre que en ellos se encuentran. Para ello, se establecerán zonas de embarque y desembarque, áreas específicas de restricción y áreas donde se reporte la presencia de especies en riesgo En áreas restringidas los motores fuera de borda deberán ser operados con precaución, navegando a velocidades bajas (no mayor de 8 nudos), y evitando zonas donde haya especies en riesgo como el manatí El turismo educativo, ecoturismo y observación de aves en el humedal costero deberán llevarse a cabo a través de veredas flotantes, evitando la compactación del sustrato y el potencial de riesgo de disturbio a zonas de anidación de aves, tortugas y otras especies. Análisis de la vinculación con el proyecto canalización, ni canales de llamada para extraer agua de la unidad hidrológica. No aplica al proyecto ya que éste no es ni incluye actividades extractivas relacionadas con la producción de sal. El proyecto puede ser considerado como infraestructura turística ya que persigue la prestación de servicios náuticos que se ofertarán a turistas, y aunque no se ubicará dentro de un humedal costero, cumple con la condición de ser de bajo impacto, construida con materiales locales, estará anclada sobre pilotes que no alterarán el flujo superficial del agua marina y se ubica en una área lejana a sitios de anidación y percha natural de aves acuáticas. El proyecto incluye actividades de turismo náutico que se desarrollarán en la zona marina y no en los humedales costeros en zonas de manglar. El proyecto incluye actividades de turismo náutico que se desarrollarán en la zona marina y no en los humedales costeros en zonas de manglar. No aplica al proyecto porque éste no incluye actividades de turismo educativo, ecoturismo y observación de aves en el humedal costero Deberá de evitarse la fragmentación del humedal costero No aplica al proyecto porque éste no contempla la apertura de Página 44 de 135

45 Especificaciones de la Norma mediante la reducción del número de caminos de acceso a la playa en centros turísticos y otros. Un humedal costero menor a 5 km de longitud del eje mayor, deberá tener un solo acceso a la playa y éste deberá ser ubicado en su periferia. Los accesos que crucen humedales costeros mayores a 5 Km de longitud con respecto al eje mayor, deben estar ubicados como mínimo a una distancia de 30 Km uno de otro La construcción de canales deberá garantizar que no se fragmentará el ecosistema y que los canales permitirán su continuidad, se dará preferencia a las obras o el desarrollo de infraestructura que tienda a reducir el número de canales en los manglares Se debe evitar la compactación del sedimento en marismas y humedales costeros como resultado del paso de ganado, personas, vehículos y otros factores antropogénicos. Análisis de la vinculación con el proyecto vialidades que impliquen la fragmentación del humedal costero. No aplica al proyecto porque éste no es ni incluye obras de canalización. El proyecto no incluye o implica actividades o acciones que pudieran derivar en la compactación del sedimento en marismas y humedales costeros, puesto que las obras proyectadas se desplantarán en la zona marina Se dará preferencia a las obras y actividades que tiendan a Si bien las obras y actividades proyectadas no están encaminadas restaurar, proteger o conservar las áreas de manglar ubicadas en a restaurar, proteger o conservar las áreas de manglar ubicadas en las orillas e interiores de las bahías, estuarios, lagunas costeras y las orillas e interiores de las bahías, estuarios, lagunas costeras y otros cuerpos de agua que sirvan como corredores biológicos y otros cuerpos de agua que sirven como corredores biológicos y que faciliten el libre tránsito de la fauna silvestre. que faciliten el libre tránsito de la fauna silvestre en la unidad hidrológica del Sistema Lagunar Chacmochuch, tampoco darán lugar al incremento en el deterioro de estas áreas Se deberán restaurar, proteger o conservar las áreas de Las áreas de manglar ubicadas en las orillas e interiores de las manglar ubicadas en las orillas e interiores de las bahías, estuarios, bahías, estuarios, lagunas costeras y otros cuerpos de agua del lagunas costeras y otros cuerpos de agua que sirvan como Sistema Lagunar Chacmochuch están protegidas por el Programa corredores biológicos y que faciliten el libre tránsito de la fauna de Ordenamiento Ecológico Territorial de la Zona Continental de silvestre, de acuerdo como se determinen en el Informe Isla Mujeres y no serán afectadas en modo alguno por el Preventivo. desarrollo de las obras y actividades proyectadas. Estas áreas se localizan a más de 250 m al Oeste de la zona marina de interés Se deberá favorecer y propiciar la regeneración natural de la Aunque en la zona costera, dado el alto grado de fragmentación y Página 45 de 135

46 Especificaciones de la Norma unidad hidrológica, comunidades vegetales y animales mediante el restablecimiento de la dinámica hidrológica y flujos hídricos continentales (ríos de superficie y subterráneos, arroyos permanentes y temporales, escurrimientos terrestres laminares, aportes del manto freático), la eliminación de vertimientos de aguas residuales y sin tratamiento protegiendo las áreas que presenten potencial para ello Los programas y proyectos de restauración de manglares deberán estar fundamentados científica y técnicamente y aprobados en la resolución de impacto ambiental, previa consulta a un grupo colegiado. Dicho proyecto deberá contar con un protocolo que sirva de línea de base para determinar las acciones a realizar La restauración de humedales costeros con zonas de manglar deberá utilizar el mayor número de especies nativas dominantes en el área a ser restaurada, tomando en cuenta la estructura y composición de la comunidad vegetal local, los suelos, hidrología y las condiciones del ecosistema donde se encuentre Queda estrictamente prohibido introducir especies exóticas para las actividades de restauración de los humedales costeros La mayoría de los humedales costeros restaurados y creados requerirán de por lo menos de tres a cinco años de monitoreo, con la finalidad de asegurar que el humedal costero alcance la madurez y el desempeño óptimo Los estudios de impacto ambiental y ordenamiento deberán considerar un estudio integral de la unidad hidrológica donde se ubican los humedales costeros La prohibición de obras y actividades estipuladas en los numerales 4.4 y 4.22 y los límites establecidos en los numerales 4.14 y 4.16 podrán exceptuarse siempre que en el informe Análisis de la vinculación con el proyecto avance del desarrollo turístico y urbano ya no es concebible el retorno a las condiciones ambientales naturales de origen, las obras proyectadas no representan riesgos para el humedal costero cercano puesto que no afectará la dinámica hidrológica regional o local y no verterá aguas residuales al medio. Las obras y actividades proyectadas no consisten en un programa o proyecto de restauración de manglares. Las obras y actividades proyectadas no consisten en un programa o proyecto de restauración de manglares. Las obras y actividades proyectadas no consisten en un programa o proyecto de restauración de manglares. Las obras y actividades proyectadas no consisten en un programa o proyecto de restauración de manglares. La zona marina de interés para el desarrollo del proyecto se localiza fuera de la unidad hidrológica donde se ubican los humedales costeros del Sistema Lagunar Chacmochuch, por lo que no se requiere el estudio integral de la unidad. Las obras y actividades proyectadas no son contrarias a las prohibiciones establecidas en los numerales 4.4 y 4.22 ó las limitaciones establecidas en los numerales 4.14 y Página 46 de 135

47 Especificaciones de la Norma preventivo o en la manifestación de impacto ambiental, según sea el caso se establezcan medidas de compensación en beneficio de los humedales y se obtenga la autorización de cambio de uso de suelo correspondiente. Análisis de la vinculación con el proyecto Página 47 de 135

48 III.3. ANÁLISIS DE LOS INSTRUMENTOS DE PLANEACIÓN III.3.1. Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo 2 El Programa de ordenamiento ecológico local del Municipio Isla Mujeres (POEL-IM), tal como lo señala el Artículo 1 del Decreto publicado el 9 de abril de 2008, regula y reglamenta el desarrollo del municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo, por lo tanto, sus disposiciones no son aplicables a la zona marina, lugar en donde tendrán lugar las obras proyectadas. De acuerdo con la zonificación del POEL-IM, la zona continental frente al sitio donde se pretende la construcción del atracadero se encuentra en la Unidad Territorial de Gestión Ambiental (UGA) 09, denominada Península Chacmuchuch (Figura 17), para la que aplica la política de Aprovechamiento Sustentable 3 y cuyos parámetros de aprovechamiento están sujetos a lo que establece el Plan Parcial de Desarrollo Urbano de la Península de Chacmuchuch en la Zona Continental del Municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo (PPDUPCh). 2 Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo Decreto del Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo, México, Tomo I, No. 36 Extraordinario, Séptima Época, 9 de abril de Se refiere a la política de aprovechamiento sustentable en los centros de población, dicha sustentabilidad es vinculante y deriva del concepto de desarrollo sustentable que se define como: El proceso evaluable mediante criterios e indicadores del carácter ambiental, económico y social que tiende a mejorar la calidad de vida y la productividad de las personas, que se fundan en medidas apropiadas de preservación del equilibrio ecológico, protección del ambiente y aprovechamiento de recursos naturales, de manera que no se comprometa la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras. FUENTE: Decreto del POEL-IM. Página 48 de 135

49 Sitio del proyecto Figura 17. Usos del suelo en la zona continental frente a la zona marina a aprovechar de acuerdo con el Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Isla Mujeres. Fuente: Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo, III.3.2. Plan Parcial de Desarrollo Urbano de la Península Chacmuchuch en la zona continental del Municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo 4 Por definición Constitucional los programas de desarrollo urbano tienen como función imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con el objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana, atribuyéndole a los municipios la facultad para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal dentro de su ámbito territorial. En este sentido el Programa de desarrollo urbano de la Península Chacmuchuch en la zona continental de Isla Mujeres no afecta la zona federal marítimo terrestre, ni la zona marina o mar territorial donde tendrán lugar las obras proyectadas, por lo que este instrumento normativo no es vinculante con el proyecto. 4 Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo Plan Parcial de Desarrollo Urbano de la Península Chacmuchuch en la zona continental del Municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo. Tomo III, No. 91 Extraordinario, 7ª. Época, del 27 de diciembre de Página 49 de 135

50 La zona continental adyacente al sitio donde se proyecta la obra está regulada por el Plan parcial de desarrollo urbano de la Península Chacmuchuch en la zona continental del Municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo (PPDUPCh), el cual tiene por objeto, entre otras, la determinación y regulación de las áreas urbanizadas, de conservación y de aprovechamiento urbano, así como los usos y destinos del suelo en el área de aplicación del mismo. Según la zonificación primaria de este instrumento, en toda la extensión territorial de su área de aplicación define cuatro tipos de áreas: 1) de aprovechamiento urbano; 2) de transición; 3) de conservación; y 4) las no urbanizables. La región frente al área marítima de interés corresponde al Sector 2 que abarca del límite municipal hasta Punta Sam, con la Clave AU2-3, y es un área de aprovechamiento urbano (Figura 18). Los parámetros urbanos establecidos para la zona AU2-3 en este instrumento de planeación señalan un uso de suelo Turístico Hotelero. Sitio del proyecto Figura 18. Usos del suelo en la zona continental frente a la zona marina a aprovechar de acuerdo con el Plan Parcial de Desarrollo Urbano vigente. FUENTE: Elaboración propia a partir del plano UD-02 del PPDUPCh. Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, Tomo III, No. 91 Extraordinario, 7ª. Época, del 27 de diciembre de III.4. OTROS INSTRUMENTOS NORMATIVOS III.4.1. Decretos de áreas naturales protegidas La zona marina donde se ubicará el muelle no forma parte ni colinda con algún área natural protegida. Sin embargo, se encuentra relativamente cercana a dos áreas naturales protegidas incorporadas al Sistema Estatal y a dos polígonos de un Parque Marino Nacional. Página 50 de 135

51 Al oeste, del otro lado de la vialidad intermunicipal y a una distancia de aproximadamente 300 m, se encuentra el límite del Área Natural Protegida denominada Sistema Lagunar Chacmochuch, con categoría de zona sujeta a conservación ecológica, refugio estatal de flora y fauna ubicada en los Municipios de Benito Juárez e Isla Mujeres, Quintana Roo. Adyacente al límite sur del Sistema Lagunar Chacmochuch se encuentra la región denominada Laguna Manatí, área protegida con categoría de zona sujeta a Conservación Ecológica ubicada en el Municipio Benito Juárez, Quintana Roo, la cual dista del sitio del proyecto unos 3 Km, al sur. Al este, a unos 1,500 m se localiza el Polígono I del Parque Marino Nacional Costa Occidental de Isla Mujeres, Punta Cancún y Punta Nizuc (Figura 19). Página 51 de 135

52 Figura 19. Vinculación del proyecto con las áreas naturales protegidas más próximas. Página 52 de 135

53 III.4.2. Regiones prioritarias establecidas por CONABIO 5 Con el fin de optimizar los recursos financieros, institucionales y humanos en materia de conocimiento de la biodiversidad en México, la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO) ha impulsado un programa de identificación de regiones prioritarias para la biodiversidad, considerando los ámbitos terrestre (regiones terrestres prioritarias), marino (regiones prioritarias marinas) y acuático epicontinental (regiones hidrológicas prioritarias), para los cuales, mediante sendos talleres de especialistas, se definieron las áreas de mayor relevancia en cuanto a la riqueza de especies, presencia de organismos endémicos y áreas con un mayor nivel de integridad ecológica, así como aquéllas con mayores posibilidades de conservación en función a aspectos sociales, económicos y ecológicos. Con este marco de planeación regional, se espera orientar los esfuerzos de investigación que optimicen el conocimiento de la biodiversidad en México. El Proyecto Regiones Terrestres Prioritarias (RTP), en particular, tiene como objetivo general la determinación de unidades estables desde el punto de vista ambiental en la parte continental del territorio nacional, que destaquen la presencia de una riqueza ecosistémica y específica comparativamente mayor que en el resto del país, así como una integridad ecológica funcional significativa y donde, además, se tenga una oportunidad real de conservación. Respecto a las Regiones Marinas Prioritarias (RMP) la CONABIO señala que la vastedad de los ecosistemas marinos es una de las principales razones por las que su conocimiento e información son, frecuentemente, escasos y fragmentados. Sin embargo, la intrincada dependencia del hombre de los recursos y la conciencia de que estos recursos están siendo fuertemente impactados por las mismas actividades humanas, ha planteado la necesidad de incrementar el conocimiento sobre el medio marino, a todos los niveles, para emprender acciones que conlleven a su mantenimiento, conservación, recuperación o restauración. En mayo de 1998, la CONABIO inició el Programa de Regiones Hidrológicas Prioritarias (RHP), con el objetivo de obtener un diagnóstico de las principales subcuencas y sistemas acuáticos del país considerando las características de biodiversidad y los patrones sociales y económicos de las áreas identificadas, para establecer un marco de referencia que pueda ser considerado por los diferentes sectores para el desarrollo de planes de investigación, conservación uso y manejo sostenido. Para las regiones prioritarias identificadas se elaboraron mapas del territorio nacional de las áreas prioritarias consensuadas por su biodiversidad, uso de recursos, carencia de información y potencial para la conservación, así como una ficha técnica de cada área con información de tipo biológico y físico, problemática y sugerencias identificadas para su estudio, conservación y manejo. Aprovechando estas cartas se vinculó la zona marina de interés con dichas áreas encontrando que el sistema ambiental regional en el que está inmerso el sitio del proyecto, es adyacente con la RTP No. 146 denominada Dzilam-Ría Lagartos-Yum Balam y la RHP No. 103, denominada Contoy, y se traslapa con la RMP No. 62 denominada Dzilam-Contoy, como se ve en las siguientes imágenes. 5 Información obtenida de la página de Internet de CONABIO: Página 53 de 135

54 Figura 20. Vinculación del proyecto con las regiones terrestres prioritarias más próximas. Página 54 de 135

55 Figura 21. Vinculación del proyecto con las regiones hidrológicas prioritarias más próximas. Página 55 de 135

56 Figura 22. Vinculación del proyecto con las regiones marinas prioritarias, nótese que el área de interés se localiza dentro de la Región Marina Prioritaria No. 62 Dzilam-Contoy. Página 56 de 135

57 La RTP 146, Dzilam-Ría Lagartos-Yum Balam, adyacente a la zona marina de interés, comprende los humedales del norte de Yucatán; posee un alto valor tanto biogeográfico como ecosistémico y constituye un área homogénea desde el punto de vista topográfico. El principal tipo de vegetación representado en esta región es el manglar. Dentro de esta RTP se incluyen dos ANP: Isla Holbox y Ría Lagartos. De acuerdo con la ficha técnica de esta región, el valor para la conservación de esta área se considera como sigue: Por su diversidad ecosistémica: medio (2) Por su integridad ecológica funcional: alto (4) Por su función como corredor biológico: no se conoce (0) Por la presencia de endemismos: medio (2) Por su riqueza específica: bajo (1) Por su función como centro de origen y diversificación natural: no se conoce (0) Por su función como centro de domesticación o mantenimiento de especies útiles: no se conoce (0) Por la pérdida de superficie original: nulo (0) Por el nivel de fragmentación de la región: medio (2) Por los cambios en la densidad poblacional: estable (1) Por la presión sobre especies clave: no se conoce (0) Por la concentración de especies en riesgo: no se conoce (0) Por prácticas de manejo inadecuado: medio (2) Por la proporción del área bajo algún tipo de manejo adecuado: medio (2) Por la importancia de los servicios ambientales: medio (2) Por la presencia de grupos organizados: alto (3) La problemática ambiental asociada a esta región incluye el crecimiento urbano desordenado en la zona costera, las actividades industriales con poca regulación incluyendo la pesca, la salinera y el sobrepastoreo de ganado. Es importante señalar que las obras proyectadas no afectarán en modo alguno el ecosistema de manglar localizado al Oeste de la zona marina de interés y no contribuirá a agravar la problemática asociada a esta región, porque no dará lugar a crecimiento urbano desordenado, y no impulsará actividades industriales sin regulación ni sobrepastoreo de ganado. La RHP 103, denominada Contoy, adyacente a la zona marina de interés, es la reserva de acuíferos más importante del noreste de la península de Yucatán. El agua subterránea forma todo un sistema de estructuras tipificadas por los cenotes y las cavernas. Las sabanas inundables propician el escurrimiento y la captación de agua de lluvia. Presenta suelos tipo Regosol, Gleysol, Litosol, Luvisol, Rendzina y Solonchak (rocas sedimentarias calcáreas), muy planos; la hidrografía se regula con la microtopografía. Su biodiversidad es relevante. Incluye los tipos de vegetación: selva mediana subperennifolia, selva baja perennifolia, selva baja inundable, palmar inundable, manglar, vegetación de dunas costeras, pastizal cultivado, sabana, tintal y tular. Diversidad de hábitats: dunas costeras, humedales, petenes, playas, estuarios y pastos marinos. La zona está considerada como una de las de mayor diversidad biológica y de endemismos. Flora característica: tasiste Acoelorraphe wrightii, Annona glabra, Bactris balanoidea, B. mexicana, ramón Brosimum alicastrum, chaca Bursera Página 57 de 135

58 simaruba, nanche Byrsonima crassifolia, cedro Cedrela mexicana, palma Coccothrinax readii, jícaro Crescentia cujete, Dalbergia glabra, Erythroxylum campechanium, palo de Campeche Haematoxylum campechianum, chicozapote Manilkara zapota, chechen Metopium brownei, Paurotis wrightii, palma Pseudophoenix sargentii, Roystonea regia, tule Typha latifolia, axnique Vitex gaumeri. Flora de Contoy: Acanthocereus tetragonus, Ageratum littorale, Ambrosia hispida, Avicennia germinans, Borrichia frutescens, Bumelia americana, Caesalpinia vesicaria, Canavalia rosea, Capparis incana, Cenchrus echinatus, Cenchrus sp., Coccoloba uvifera, Cocos nucifera tasiste, Conocarpus erectus, Cordia sebestena, Eustachys petraea, Fimbristylis thermalis, Guaiacum sanctum, Hymenocallis sp., Laguncularia racemosa, Opuntia stricta, Phyla nodiflora, Pisonia aculeata, Pithecellobium dulce, Rhizophora mangle, Sesuvium portulacastrum, Spartina spartinae, Sporobolus virginicus, Suriana maritima, Thrinax radiata, Trixis inula. Fauna característica: de crustáceos como el misidáceo Antromysis (Antromysis) cenotensis; el palemónido Creaseria morleyi; el anfípodo Mayaweckelia cenoticola; los decápodos Typhlatya mitchelli y T. pearsei; de peces Anguilla rostrata, Astyanax aeneus, Cichlasoma synspilum, Poecilia latipinna; de aves el chipe galán Dendroica discolor, el mímido negro Dumetella glabrirostris, el mosquero Elaenia martinica, la fragata magnífica Fregata magnificens, la paloma suelera pechiclara Leptotila jamaicensis, el cormorán Phalacrocorax olivaceus, la paloma Zenaida aurita. Contoy es sitio de anidación de gran relevancia de aves marinas y palustres como Columba leucocephala, Egretta rufescens, E. thula, E. tricolor, el halcón peregrino Falco peregrinus, el pelícano gris Pelecanus occidentalis, Phalacrocorax auritus, Sterna anaethetus, S. antillarum y de refugio y reproducción del bobo patas cafés Sula leucogaster. Además, se puede encontrar en esta región a los reptiles como las tortugas caguama Caretta caretta, blanca Chelonia mydas, de carey Eretmochelys imbricata y el cocodrilo Crocodylus acutus. Endemismo de plantas como Acacia gaumeri, Cephalocereus gaumeri, Enriquebeltrania crenatifolia, Eragrostis yucatana, Mammillaria gaumeri, Nopalea gaumeri; de peces Archocentrus octofasciatus, Fundulus grandissimus, F. persimilis, Menidia colei, Ogilbia pearsei, Ophisternon infernale, Poecilia velifera; de aves como la matraca yucateca Campylorhynchus yucatanicus, la chara yucateca Cyanocorax yucatanicus, el colibrí tijereta Doricha eliza, el bolsero yucateco Icterus auratus, el copetón yucateco Myiarchus yucatanensis y el vireo yucateco Vireo magister. Especies amenazadas: de aves el pavo ocelado Agriocharis ocellata, la espátula rosada Ajaia ajaja, la cerceta aliazul Anas discors, la garza gigante Ardea herodias occidentalis, Buteo jamaicensis, Buteogallus anthracinus, Charadrius melodus, Circus cyaneus, el hocofaisán Crax rubra, las garzas Egretta rufescens y E. thula, el halcón peregrino Falco peregrinus, Helmitheros swainsonii, el jabirú Jabiru mycteria, Mycteria americana, el flamenco Phoenicopterus ruber, el zopilote rey Sarcoramphus papa, Sterna antillarum, el chipe encapuchado Wilsonia citrina; de reptiles los cocodrilos Crocodylus acutus y C. moreletii, las tortugas caguama Caretta caretta, blanca Chelonia mydas, laúd Dermochelys coriacea y carey Eretmochelys imbricata; de mamíferos el mono aullador Alouatta pigra, el mono araña Ateles geoffroyi, el cacomiztle Bassariscus sumichrasti, el tlacuachillo dorado Caluromys derbianus, el ocelote Leopardus pardalis, el jaguar Panthera onca, el puma Puma concolor, el oso hormiguero Tamandua mexicana, el temazate Mazama americana, el tapir Tapirus bairdii, el manatí Trichechus manatus. Zona de anidación y refugio para aves, de alimentación y reproducción para peces, tortugas y manatíes. Se estima que en el área se encuentra más del 80 % de los vertebrados tetrápodos conocidos en la entidad. La problemática identificada incluye la modificación del entorno: asentamientos irregulares, sobrepastoreo por ganado. Zona fuertemente perturbada por ciclones, quemas no controladas, explotación forestal y pesca sin manejo adecuado. Amenazada fuertemente por crecimiento Página 58 de 135

59 urbano y construcción de caminos. Introducción de fauna exótica a la isla de Contoy. Uso de recursos: uso de trampas no selectivas y tráfico ilegal de especies. Actividad forestal, turística, pesquera y pecuaria. Cacería furtiva. Saqueo de nidos de tortuga. La región constituye una importante fuente de abastecimiento de agua y recursos forestales. Las obras y actividades proyectadas no fomentarán asentamientos irregulares ni sobrepastoreo por ganado o pesca sin manejo adecuado o cacería furtiva, ni se introducirán especies exóticas en el área de influencia del proyecto. De hecho la construcción y operación del atracadero rústico no incluye el aprovechamiento de los recursos hidrológicos, ya que el agua requerida para la operación del muelle será proveída desde el hotel adyacente. Para no afectar la biodiversidad de la playa se ha previsto la ejecución de un programa de rescate de fauna bentónica y el traslado de los ejemplares recolectados a las áreas aledañas de la playa que se conservarán en condición natural. La RMP 62, Dzilam-Contoy que incluye la zona marina de interés, así como playas, dunas, marismas, petenes, arrecifes en la zona norte de Quintana Roo, presenta aportes de agua dulce por ríos subterráneos y lagunas. Es una zona de transición entre la biota de Golfo de México y la del Mar Caribe, cuya biodiversidad incluye plancton, moluscos, poliquetos, equinodermos, crustáceos, tortugas, peces, aves, mamíferos marinos, manglares. Hay endemismos de plantas (Mammillaria sp., Coccothrinax readii, Echites yucatanensis, Hylacereus undatus, Krugiodendrum jeneum, Nopalia gaumerii) y moluscos (Octopus maya). Es zona migratoria, de reproducción, anidación, crecimiento y refugio de aves, crustáceos (langosta y camarón) y peces. Es de importancia ecológica por presentar ecosistemas de sostenimiento para muchos organismos. Presenta pesca muy activa, organizada en cooperativas, industrial, cultivos y libres; se explotan moluscos (pulpo), peces (escribano, escama), camarón y langosta. También presenta zonas turísticas pequeñas pero de relevancia (turismo de alto impacto y ecoturismo). La problemática señalada en la ficha técnica incluye la modificación del entorno: fractura de arrecifes, remoción de pastos marinos y dragado; contaminación: en los muelles y puertos, por petróleo, embarcaciones pesqueras, turísticas y de carga; y uso de recursos: presión sobre las langostas y el caracol rosado. Hay pesca ilegal, arrastres, trampas no selectivas y colecta de especies exóticas. Las obras y actividades proyectadas no contribuirán significativamente a agravar la problemática detectada por la CONABIO, en principio por su magnitud y la de su área de influencia respecto de la región marina prioritaria; además porque no afectará en modo alguno los arrecifes cercanos, ni incrementará la presión sobre la langosta o el caracol rosado, ni dará lugar a la pesca ilegal. Si bien es cierto que la obra implica el retiro de 56 m 2 de pastos marinos de la playa, la superficie de afectación es ínfima respecto de la cobertura de pastos marinos en la región marina prioritaria. III.4.3. Áreas de importancia para la conservación de las aves (AICA s) El programa de las áreas de Importancia para la Conservación de las Aves (AICAS), surgió como una idea conjunta de la Sección Mexicana del Consejo Internacional para la preservación de las aves (CIPAMEX) y BirdLife International. Inició con apoyo de la Comisión para la Cooperación Ambiental Página 59 de 135

60 de Norteamérica (CCA) con el propósito de crear una red regional de áreas importantes para la conservación de las aves. Cada área o AICA contiene una descripción técnica que incluye descripción biótica y abiótica, un listado avifaunístico que incluye las especies registradas en la zona, su abundancia (en forma de categorías) y su estacionalidad en el área. La zona marina de interés no se traslapa con alguna de las AICA s identificadas para la Península de Yucatán como se ve en la imagen de la página siguiente. III.4.4. Sitios RAMSAR La Convención sobre los Humedales de Importancia Internacional, llamada la Convención de Ramsar, es un tratado intergubernamental que sirve de marco para la acción nacional y la cooperación internacional en pro de la conservación y el uso racional de los humedales y sus recursos. La misión de la Convención es la conservación y el uso racional de los humedales mediante acciones locales y nacionales y gracias a la cooperación internacional, como contribución al logro de un desarrollo sostenible en todo el mundo (Official site of the secretariat for the Convention on Wetlands 6 ). El Convenio de Ramsar o Convención relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como Hábitats de Aves Acuáticas, se firmó en la ciudad de Ramsar, Irán, el 2 de febrero de 1971 y entró en vigor en En diciembre de 2000 contaba con 123 Partes Contratantes (Estados miembros) en todo el mundo (Pro Diversitas 7 ).México se adhiere a la Convención a partir del 4 de noviembre de 1986 al incluir a la Reserva de la Biosfera Ría Lagartos como humedal de importancia internacional. En Febrero de 2008, existían 158 partes contratantes, dando un total de 1,720 sitios designados, cubriendo un área de 159 millones de hectáreas. México, por su parte, cuenta con 112 sitios Ramsar en una superficie de ocho millones de hectáreas (CONANP 8 ). En Quintana Roo existen 12 sitios incorporados (claves 1320, 1323, 1329, 1332, 1343, 1351, 1353, 1360, 1364, 1449, más dos sitios sin clave), sin embargo, ninguno de ellos se establece sobre el área de interés por lo que no son relevantes para el presente manifiesto (Figura 24). El más próximo corresponde al Sistema Lagunar Nichupté, cuyo punto más cercano dista varios kilómetros al sur CONANP, Dirección de Cooperación Internacional, 2007 En: que_hacemos/humedales1.php Página 60 de 135

61 Figura 22. Vinculación del proyecto con las AICA s de la Península de Yucatán. Página 61 de 135

62 Figura 22. Vinculación del proyecto con los sitios RAMSAR de la Península de Yucatán. Página 62 de 135

63 III.5. ESTATUS JURÍDICO AMBIENTAL DEL PROYECTO El Artículo 35 de la Ley general del equilibrio ecológico y la protección al ambiente establece que para la autorización de las obras y actividades a que se refiere el artículo 28 de la Ley, la SEMARNAT se sujetará a lo que establezca esta Ley, su Reglamento y las normas oficiales mexicanas aplicables, así como los programas de desarrollo urbano y de ordenamiento ecológico del territorio, las declaratorias de áreas naturales protegidas y las demás disposiciones jurídicas que resulten aplicables. Una vez evaluada la manifestación de impacto ambiental, la Secretaría emitirá, debidamente fundada y motivada, la resolución correspondiente, y únicamente podrá negar la autorización solicitada cuando: a) Se contravenga lo establecido en esta Ley, sus reglamentos, las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones aplicables; b) La obra o actividad de que se trate pueda propiciar que una o más especies sean declaradas como amenazadas o en peligro de extinción o cuando se afecte a una de dichas especies, o c) Exista falsedad en la información proporcionada por los promoventes, respecto de los impactos ambientales de la obra o actividad de que se trate. Como quedó de manifiesto en los apartados previos de este Capítulo, las obras y actividades propuestas para el desarrollo del proyecto Atracadero Rústico no contravienen la Ley general del equilibrio ecológico y la protección al ambiente ni su Reglamento en materia de evaluación del impacto ambiental, la Ley general para la prevención y gestión integral de los residuos o su Reglamento, la Ley general de bienes nacionales ni su Reglamento, la Ley de puertos ni su Reglamento, la Ley de navegación y comercios marítimos o su Reglamento, Reglamento para el uso y aprovechamiento del mar territorial, vías navegables, playas, zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar. De acuerdo con los análisis realizados, la zona marina en la que se proyecta construir y operar el atracadero no está regulada por instrumento alguno de planeación ya que hasta el momento no existe algún ordenamiento marino para la zona de interés. La zona tampoco se localiza al interior de algún área natural protegida de competencia federal o estatal, por lo que no cuenta con plan de manejo. Tampoco se localiza al interior de un área de importancia para la conservación de las aves, no es un sitio Ramsar, no se encuentra al interior de alguna región hidrológica prioritaria, ni de alguna región terrestre prioritaria. De acuerdo con el análisis de vinculación con las normas oficiales mexicanas aplicables, es claro que las obras y actividades proyectadas no rebasan los límites establecidos en ellas, no afectarán especies con alguna categoría de riesgo, ni la integridad del flujo hidrológico del humedal costero cercano o su productividad natural o la integridad de sus zonas de anidación, reproducción, refugio, alimentación y alevinaje o la integridad de las interacciones funcionales entre los humedales costeros, los ríos (de superficie y subterráneos), la duna, la zona marina adyacente y los corales, ya que la zona donde tienen lugar los intercambios de agua marina y dulce se localizan a unos 25 Km al norte del área de interés. Página 63 de 135

64 Por otra parte, aunque la zona marina forma parte de la región marina prioritaria Dzilam-Contoy, las obras y actividades proyectadas no contribuirán significativamente a agravar la problemática detectada por la CONABIO, en principio por su magnitud y la de su área de influencia respecto de la región marina prioritaria; además porque no afectará en modo alguno los arrecifes cercanos, ni incrementará la presión sobre la langosta o el caracol rosado, ni dará lugar a la pesca ilegal. Si bien es cierto que la obra implica el retiro de 56 m 2 de pastos marinos de la playa, la superficie de afectación es ínfima respecto de la cobertura de pastos marinos en la región marina prioritaria. Se arriba a la conclusión que las obras y actividades proyectadas no pondrán en riesgo la calidad ambiental de la zona, no generarán riesgo ambiental o daño ecológico, ni afectarán de manera irreversible los recursos naturales presentes en la zona de construcción o su área de influencia por la operación del atracadero rústico, puesto que las obras y actividades propuestas no rebasan los parámetros establecidos en la legislación vigente. Finalmente, en la generación de la información que se presenta en este manifiesto no existe falsedad, ni dolo respecto de los impactos ambientales de la obra o actividad que se evalúa. Como se mencionó previamente y como se sanciona en la Carta Responsiva que acompaña este manifiesto, las aseveraciones plasmadas son ciertas y están sustentadas en los datos, mismos que fueron recogidos utilizando las mejores técnicas a nuestro alcance y mediante un proceso repetible y medible cuyo método de empleo forma parte de este documento. Página 64 de 135

65 IV. DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA AMBIENTAL Y SEÑALAMIENTO DE LA PROBLEMÁTICA AMBIENTAL DETECTADA EN EL ÁREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO IV.1. DELIMITACIÓN DEL ÁREA DE ESTUDIO Para delimitar el área de estudio donde se construirá el atracadero se siguieron los criterios que establece la Norma Mexicana NMX-AA-120-SCFI-2006 para delimitar la playa. Según esta Norma se considera como límite inferior la distancia de 200 m medidos a partir del límite hacia el mar de la zona federal marítimo terrestre y en caso de no existir dicho límite, la medición se considerará perpendicularmente desde la proyección vertical de la línea de pleamar hacia el mar; como límite superior la presencia de algún tipo de construcciones cimentadas, presencia de vegetación permanente, presencia del segundo cordón de dunas o presencia de cantiles costeros. Adicionalmente se consideró como límite norte la barrera que forma la terminal marítima Punta Sam y como límite sur el lindero sur del Hotel Villa del Palmar operado por la promovente. El área de estudio delimitada tiene un extensión de 5.52 hectáreas o 55,261 m 2 y se construye con los vértices indicados en el Cuadro 9 (Figura 23). De esta superficie, 49,883 m 2 corresponden a la zona marina y 5,378 m 2 a la playa arenosa. Cuadro 9. Cuadro de construcción del área de estudio. Coordenadas geográficas Vértices (UTM, WGS-84 16N) X Y 1 520, ,347, , ,347, , ,347, , ,347, , ,347, , ,347, , ,347, , ,347, , ,347, , ,347, , ,347, Página 65 de 135

66 Figura 23. Los límites este y oeste del área de estudio se establecieron con base en la Norma Mexicana NMX-AA-120-SCFI-2006, en tanto que el límite norte se fijó por la presencia de la barrera física que constituye la Terminal Marítima de Punta Sam. El límite sur se tomó por extensión del límite sur del hotel operado por la promovente. Página 66 de 135

67 IV.2. CARACTERIZACIÓN Y ANÁLISIS DEL SISTEMA AMBIENTAL IV.2.1. Caracterización de los aspectos abióticos del sistema ambiental IV Clima Basados en el régimen climático para la región se puede inferir que el área de estudio presenta características de cálido subhúmedo con lluvias en verano, categoría que incluye a los subtipos menos húmedos de los cálidos subhúmedos cuya precipitación del mes más seco es menor de 60 mm. De acuerdo con la clasificación de Köppen modificada por García (1988), corresponde al subtipo climático es Aw 0 (x ). Dentro del grupo de climas del Estado de Quintana Roo, este clima se caracteriza por ser de los más cálidos, con temperatura media mayor a los 22 :C y la del mes más frío superior a los 18 :C, isoyetas cercanas a los 1,500 mm y cociente precipitación/temperatura mayor que Temperaturas promedio mensuales, anuales y extremas. Para tener una aproximación de la temperatura que prevalece en el área de estudio definida, se utilizaron los datos climáticos de la Estación climatológica de Cancún (23,155) operada por la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), ubicada a menos de 5 Km del sitio y considerando los datos del período Según esta base de datos las temperaturas promedio anuales van de 24.1 a 29.8 :C y la temperatura anual media fue de 27.0 :C. Las temperaturas promedio extremas fueron de 17.8 :C la mínima, y 37.6 :C la máxima. De acuerdo con las temperaturas promedio registradas en este período el mes más frío es enero con 24.1 :C y julio el más caluroso con 29.3 :C, con una oscilación térmica de 5.2 :C. Por su parte, en un período de 17 años registrados en Isla Mujeres y reportados por García (1988), se obtuvo una temperatura anual promedio de 27.4 :C, siendo enero el mes más frío con un promedio de 25.0 :C y agosto el mes más cálido, con 29.4 :C. Precipitación promedio mensual, anual y extrema. La precipitación pluvial promedio anual en el período fue de 1,387.2 mm. El año de mayor precipitación fue 2005, con un registro de 2,001.5 mm; mientras que 1996 presentó la menor cantidad con 1,032.0 mm de lluvia. De acuerdo con los datos, la mayor precipitación mensual ocurre en el mes de octubre, el cual tiene un promedio de mm de lluvia mensual; mientras que abril es el mes que presenta la menor precipitación mensual promedio, con un registro de mm. En este período, la precipitación máxima registrada en 24 horas ocurrió en el mes de octubre del 2005 y fue de mm, mientras que la precipitación promedio mensual máxima, de 1,188.8 mm, se registró en octubre de Humedad relativa. En la zona, los valores medios de humedad van del 80 al 90 % como consecuencia del régimen de lluvias presente. La temporada de lluvias dura casi todo el año, pues la temporada seca únicamente incluye los meses de febrero a mayo y la canícula en el mes de julio. El balance de escurrimiento medio anual es de 0-20 mm mientras que el déficit por evapotranspiración para la zona es de 600 a 700 mm anuales. Frecuencia de eventos climáticos extremos. El área de estudio definida se encuentra constantemente expuesta a fenómenos meteorológicos extremos de diferentes tipos, incluyendo huracanes, tormentas tropicales, nortes y suradas o suestes. En los últimos 50 años se han originado 494 huracanes, de los cuales 21 han tocado tierra o han pasado en un radio de 100 Km Página 67 de 135

68 de la costa de Quintana Roo (NOAA, 2005). La temporada de huracanes en la zona abarca de mayo a octubre, siendo septiembre el mes en el que se ha registrado el mayor número y los de mayor fuerza. Los huracanes más significativos que han afectado la zona de interés durante los últimos años son Gilberto en 1988; Roxanne en 1995 y Emily y Wilma en Este último es reconocido como el de más importancia que ha impactado las costas del Norte del Estado de Quintana Roo, por sus efectos catastróficos sobre la industria turística y por los cambios sustanciales en la geomorfología costera. IV Caracterización oceanográfica Mareas. La variación del nivel del mar debido a la marea en la zona particular de estudio no es muy amplia, apenas de entre 20 y 40 cm durante el año. De acuerdo a las tablas de predicción de mareas promedio, la varianza mayor se presenta durante las épocas cercanas a los solsticios y a los equinoccios. Para el análisis de las mareas se utilizaron datos del CICESE y de la Secretaría de Marina, que cuentan con tablas para todo el año 2009 para Isla Mujeres, el punto más cercano a la zona de interés, y cuyos promedios se muestra en el siguiente Cuadro. Cuadro 10. Variación de mareas. FUENTE: CICESE y Secretaría de Marina, Pleamar máxima Pleamar media Nivel medio del Pleamar media Pleamar mínima superior superior mar inferior inferior Datos en centímetros. Es muy importante tomar en cuenta la batimetría y los efectos de la marea con la finalidad de monitorear los niveles de fondo y tomar en cuenta dicha información para asegurar que los cascos de las embarcaciones y las propelas no tocarán con el fondo. Se sugiere la colocación de testigos en el atracadero, con la finalidad de poder medir visualmente la profundidad del tirante de agua en todo momento. Oleaje. Para definir lo referente al oleaje que incide en el sitio de proyecto, éste se documentó en las Cartas de Oleaje SEA and SWELL preparadas por el Cuerpo de Ingenieros de la Armada de los Estados Unidos de Norteamérica, de donde se tiene que el oleaje normal en la zona se presenta con mayor incidencia a lo largo del año con dirección Este (58.60 %), seguida de la dirección Noreste (28.15 %) y con menor incidencia con Dirección Sureste (13.25 %), por lo que la rosa de oleaje resultante es la que se aprecia en la siguiente Figura. Página 68 de 135

69 Figura 24. Rosa de Oleaje. Fuente: L. Chacón/Marenter, El oleaje ciclónico, conocido también como Régimen extraordinario del olaje, producto de la acción del viento cuando se desplaza a velocidades superiores a los 120 Km/hr, ocasionando como su nombre lo indica un oleaje con características extraordinarias, es relativamente frecuente en la zona ya que ésta se encuentra dentro de las trayectorias de huracanes del Atlántico. Los antecedentes más recientes y relevantes para la zona, Gilberto (1988), Wilma (2005), dieron lugar a olas del orden de los m con períodos de 13 segundos 9. Con el apoyo de las cartas del SEA and SWELL, se estableció la altura de ola significante para la condición de oleaje normal, o sea la representativa del espectro del oleaje que tiene lugar en la zona, resultando que las olas con dirección Noreste alcanzan alturas de 2.56 m, las olas con dirección Este alcanzan 2.43 m y las que presentan dirección Sureste llegan a 2.26 m. En cuanto al período significante se refiere, éste tiene un valor igual a 5 segundos. Lo anterior se apoya en la fuente de información tomada para definir dicho concepto (Estudios de Factibilidad para Desarrollos Turísticos en Quintana Roo, publicada por FONATUR), misma que indica que el % del tiempo, el oleaje se presenta con períodos del orden al indicado. El coeficiente de refracción del oleaje en la zona se calculó en 0.62, lo cual significa que la ola sufrirá una disminución en su altura desde aguas profundas hasta la cara de la playa, del orden del 38 % (L. Chacón/Marenter, 2009). Vientos. Los vientos dominantes en la zona son los vientos Alisios cuya dirección es del Este y Sureste. En temporada invernal la dirección del viento cambia al Norte Noroeste principalmente, ocasionando los eventos de nortes. Es durante los meses de invierno que el área comprendida dentro del Golfo de México y la parte occidental del Caribe se ve afectada por líneas frontales de baja temperatura, generando vientos con intensidades que sobrepasan los 40 nudos (20 m/seg) y llegan a alcanzar rachas de 60 (30 m/seg) a 70 (35 m/seg) nudos, lo que provoca marejadas 9 Lo anterior se determinó del análisis de predicción del oleaje ciclónico efectuado mediante el empleo del método de Sverdrup-Munk-Bretschneider, tomando como base de datos lo ocurrido durante la presencia del Huracán Gilberto. R. Chacón/Marenter, Página 69 de 135

70 considerables y alteraciones al patrón de circulación marina. La dirección y valores de los vientos obtenidos para la zona se señalan en la siguiente gráfica. Figura 25. Rosa de vientos. Fuente: L. Chacón/Marenter, Corrientes. De acuerdo con los datos generales aportados por Merino-Ibarra para las costas de Quintana Roo, la corriente marina en la zona tiene una dirección Sur-Norte, particular de la Bahía de Mujeres. Estudios más puntuales y detallados, como el realizado por la Comisión Federal de Electricidad 10 (CFE) entre febrero de 2000 y mayo de 2001, tomados para Punta Cancún, indican que durante abril y mayo se registran velocidades medias elevadas, del orden de los 40 a 50 cm/s, sin embargo, concluyen predominan las corrientes de 30 a 40 cm/s con un 22,76 % de frecuencia, seguidas por el intervalo de 20 a 30 cm/s con 19,88 % y por el de 0 a 10 cm/s con 17,89 % de frecuencia. En general las velocidades son de moderadas a fuertes, con valores máximos que rebasan los 50 cm/s durante todos los meses del estudio. En cuanto a la dirección de flujo y considerando la totalidad del período de medición de la CFE, para este sitio predominaron las corrientes al E-NE con casi el 73 % de ocurrencia, siendo la dirección noreste la segunda en frecuencia con 6 % adicional. Existe también aproximadamente un 5 % de corrientes al SO. Transporte litoral. Actualmente no se cuentan con estudios sedimentológicos del área de estudio, pero se cuentan con datos y registros indirectos que indican que el transporte litoral es de baja intensidad y actúa preferentemente en la dirección Norte. En el área de estudio la Terminal Marítima Punta Sam se ha convertido en una barrera física para los finos de arrastre y el material flotante compuesto principalmente por restos de algas y pastos marinos- provocando su 10 Estudios, Modelos de Simulación y Proyecto Ejecutivo para la Rehabilitación Integral de las playas en el tramo comprendido entre Punta Cancún y Punta Nizuc, Cancún, Quintana Roo. Tercera Etapa. Resultados de la campaña de mediciones con equipo autónomo de oleaje y corrientes, en Cancún, Quintana Roo. (de Febrero de 2000 a Mayo de 2001). Página 70 de 135

71 acumulación en la orilla sur de la escollera y alterando la estructura de la arena sedimentada por acumulación de material orgánico (Figura 26). Figura 26. Zona de acumulación de sedimentos y material flotante debido a la barrera física que representa el arranque del muelle de la Terminal Marítima Punta Sam. Batimetría. El perfil batimétrico en el área de estudio presenta una suave pendiente de 1.3 % pues en el límite inferior de la playa a 200 m de la orilla-, la profundidad es de apenas m, salvo en las inmediaciones de la Terminal Marítima de Punta Sam, donde por efecto del transbordador se alcanza una profundidad de m (Figura 27). La profundidad de m se alcanza alrededor de los 60 m desde la línea de costa en la zona donde se proyecta construir el atracadero rústico, y a 83 m longitud de penetración del atracadero en la zona marina- la profundidad es 2.50 m. Por tanto, en la zona de embarque y desembarque, así como en el área de maniobras la profundidad es mayor a los m, lo que asegura que la propulsión generada por los motores de las embarcaciones no afectará los pastos marinos del fondo, ni dará lugar a remoción de sedimentos. Página 71 de 135

72 Figura 28. Carta batimétrica del área de estudio. Fuente: Elaboración propia a partir de los datos generados por Sanchez-Vega, R./Marenter, Página 72 de 135

73 IV.2.2. Aspectos bióticos: Flora y fauna marina IV Técnica empleada para la caracterización A fin de caracterizar la zona marina, durante los meses de marzo y agosto de 2010 se realizaron una serie de recorridos subacuáticos a lo largo de transectos perpendiculares a la línea de costa, localizados dentro del área de estudio previamente delimitada, con énfasis en la zona en la que se proyecta la construcción del atracadero rústico, estableciendo el primer transecto a 20 m con dirección Norte del sitio proyectado para el muelle, el segundo sobre el sitio de desplante proyectado y los siguientes a 20, 50, 100 y 150 m con dirección Sur, desde el sitio proyectado para el muelle. Todos los transectos iniciaron en la línea de costa y se siguieron hasta una distancia aproximada de 150 m al interior del mar (Figura 29b). Para ampliar el área de reconocimiento en la zona donde se proyecta el área de maniobras de las embarcaciones, entre los transectos A y C desde los 50 m y hasta los 125 m desde la línea de costa, se realizaron una serie de recorridos en zigzag, más o menos paralelos a la línea de costa. Para alinear los recorridos se utilizó un par de banderolas en la parte seca de la playa, con diferentes alturas, de tal suerte que al mirar desde el mar pudieran indicar la referencia de alineación (Figura 29a). Los recorridos se hicieron a medio día, entre las 11 y las 14 horas, para aprovechar la mayor cantidad de luz posible. Al detectar la presencia de corales u otros organismos sésiles se utilizó hilo y plomada para estimar la profundidad a la que se encontraban, anotando el número de transecto y tomando como referencia el muelle de la Terminal Marítima Punta Sam para estimar la distancia a la costa. Con estos datos se calculó el área de distribución más probable dentro de la playa de la fauna bentónica presente. El equipo utilizado incluyó dos banderolas, visor y snorkel, cámara subacuática, hilo y plomada para estimar profundidad, tabla de aluminio para notas subacuáticas y lápiz. Figura 29a. En estas imágenes se muestra la técnica de alineación de los transectos y el área de trabajo de campo para la caracterización marina en el área de influencia del proyecto. Página 73 de 135

74 Figura 29b. En esta gráfica se ilustra el trabajo de campo ejecutado para la caracterización marina en el área de influencia del proyecto. Las letras A-E identifican los transectos levantados. El transecto B corresponde al área de desplante proyectada para el atracadero rústico. Fuente: L. Guillermo, Página 74 de 135

75 Para establecer el área de cobertura de pastos marinos en la zona de interés se analizaron fotografías aéreas de Google Earth de 2009 y 2010 (versión libre), e imágenes de satélite (LANDSAT 7, 2001), utilizando la plataforma GMX-Editor para construir un Sistema de Información Geográfica del área de estudio. Los polígonos obtenidos fueron comparados con los datos aportados por L. Chacón/Marenter obtenidos durante los trabajos de batimetría marina en 2009 y en su caso se hicieron las correcciones o afines. IV Caracterización del fondo marino Prácticamente la totalidad de los ambientes en la zona marina estudiada corresponden a comunidades de pastos marinos, mismos que, salvo por una franja delgada próxima a la costa y otra sección en las inmediaciones de la Terminal Marítima de Punta Sam, abarcan toda la superficie del área de estudio, cubriendo una extensión de 39,757 m 2, que representan 79.7 % de la zona marina estudiada. El resto, 10,126 m 2, corresponde a un arenal con escasa o nula presencia de pastos marinos. Los pastos marinos presentan características que denotan ser una comunidad muy antigua y muy estable, la cual ha sido poco afectada por fenómenos naturales, como son la densidad de las agrupaciones; el tamaño de las hojas, tanto en longitud como en ancho y grosor; así como un color verde obscuro e intenso de las mismas. Estas praderas de pastos marinos están constituidas principalmente por la especie Thalassia testudinum y en menor proporción por la especie Syringodium filiforme, y a veces contienen grupos de algas como Penicillus sp., Halimeda tuna, Rhipocephalus phoenix, grupos pequeños de algas cafés como Lobophora variegata y Dictyota cervicornis, además de asociaciones de algas rojas del grupo de las ceramiales (Ceramium sp.). Dentro de la fauna bentónica se registraron algunos ejemplares dispersos de holotúridos o pepinos de mar (Holoturia sp.), estrellas de mar Oreaster reticulatus, individuos de caracol rosado (Strombus gigas), algunas colonias del coral escleractinio Manicina areolata y formando una franja cercana a la costa colonias de coral del género Porites (Figura 30). De las comunidades de peces sólo se registraron escuelas de juveniles de hemúlidos (Haemulon sp.) y algunos peces pluma Calamus calamus. Las colonias de coral escleractinio Manicina areolata se observaron en buen estado de conservación, ya que no se apreció que estuvieran cortadas, fragmentadas o sepultadas, ni se apreció que estuvieran invadidas por algas o esponjas, ni se apreciaron zonas muertas o dañadas en su estructura. Las colonias observadas nueve en total (Cuadro 11)-, presentaron dimensiones entre 5 y 10 cm de largo por 3 a 5 cm de ancho. Se observaron tanto en rodeadas por pastos y algas como aisladas, muy dispersas entre sí distribuyéndose a partir de la cota de -2.5 m, ya que en los seis transectos levantados no se observaron en zonas menos profundas. Por su parte, las colonias de coral del género Porites se registraron únicamente en zonas poco profundas, entre y cm de profundidad y a aproximadamente entre los 15 y 35 m de distancia desde la línea de costa. Las colonias observadas son pequeñas, en su mayoría de menos de 15 cm de ancho o largo y de no más de 10 cm de alto, pero abundantes, pues el número de colonias osciló en los transectos A-F entre 40 y 68 (Cuadro 12). Su estado de conservación varió de bueno a regular menor afectación a mayor distancia del muelle de la Terminal Marítima Punta Sam-, ya que se observaron algunas colonias rotas, sepultadas o dañadas, presumiblemente por el uso recreativo Página 75 de 135

76 de la playa, ya que ésta tiene libre acceso y es de uso público es utilizada por la población local-, con presencia de bañistas principalmente los fines de semana. Figura 30. Fauna asociada a la comunidad de pastos marinos: arriba izquierda: un cardumen de peces juveniles; arriba derecha: un ejemplar de caracol rosado; medio izquierda: una colonia del coral Manicina areolata; medio derecha: un ejemplar de estrellas de mar del género Oreaster. Fotos: C. Padilla. Abajo izquierda: una colonia del coral Manicina areolata; abajo derecha: una colonia de coral escleractinio Porites sp. Fotos: L. Guillermo. Página 76 de 135

77 Cuadro 11. Número de colonias de Manicina areolata y zona de distribución estimada. Transecto Número de colonias registradas Distancia desde la costa (m) Profundidad (m) A B C a D E F Cuadro 12. Número de colonias de coral del género Porites y zona de distribución estimada. Transecto Número de colonias registradas Distancia desde la costa (m) Profundidad (m) A B a -1.0 C a -1.0 D a -1.0 E a -1.0 F a -1.0 A lo largo del transecto B, cuya sección de 0 a 83 m corresponde al sitio de desplante propuesto para el atracadero proyectado, se registró la presencia de tres colonias de coral Manicina areolata aproximadamente entre los 95 y 115 m de distancia de la costa, es decir, fuera del área de desplante del atracadero rústico proyectado, pero dentro del área de maniobras de las embarcaciones. Dado que la zona de distribución de este coral ocurre en profundidades de -2.5 m o mayores, no se anticipa que la propulsión de los motores de las embarcaciones pueda representarles un riesgo. Por otra parte, a lo largo de este mismo transecto se registró una franja de 10 m entre los 25 y 35 m de distancia desde la costa- con presencia de colonias de coral del género Porites, que se traslapa con la huella de desplante del atracadero rústico proyectado, por lo que será necesario implementar medidas preventivas para no afectar la población. En las zonas más profundas del área de estudio, a partir de los m, se observaron ejemplares de estrella de mar (Oreaster reticulatus) y del caracol rosado (Strombus gigas). De este último sólo se registraron dos ejemplares. De la estrella de mar se observaron 14 ejemplares, siendo el transecto A en el que se registró el mayor número, con siete, principalmente en la zona de arenal (Cuadro 13). En todos los casos los ejemplares se registraron fuera del área de desplante del atracadero proyectado. Página 77 de 135

78 Cuadro 13. Número de ejemplares de estrella de mar (Oreaster reticulatus) y del caracol rosado (Strombus gigas) y zona de distribución estimada. Transecto Número de ejemplares Distancia Profundidad registrados desde la costa (m) estrella de mar caracol rosado (m) A a -3.5 B a C a D E a F En la zona de playa se observaron ejemplares del playerito (Calidris alba), pelícano (Pelecanus occidentalis), cormorán (Phalacrocorax brasilianus), rabihorcado (Fregata magnificens) y de la gaviota (Larus argentatus) (Figura 31). De éstos la única especie que se observó aprovechando alguno de los recursos presentes en el área de estudio fue el playerito, que se registró alimentándose en la zona intermareal y entre los cúmulos de sargazo acumulado en la orilla del mar. Las demás especies se observaron en tránsito o descansando. Fue común observar cormoranes perchando en los postes hincados en la playa y que al parecer son fueron colocados por los lancheros que los usan para el amarre de embarcaciones. Figura 31. En la imagen de la izquierda se observa una parvada de playeritos (Calidris alba), mientras que la de la derecha se observa un par de cormoranes (Phalacrocorax brasilianus) perchando en unos postes que se utilizan para el amarre de embarcaciones menores por los pescadores locales. Fotos: L. Guillermo, En la Figura 32 se presenta una sobreposición del área de estudio caracterizada con la obra proyectada a fin de apreciar el efecto de ésta sobre la comunidad de pastos marinos y la fauna bentónica registrada. Como se observa los primeros 25 m del atracadero se asentarán sobre un arenal y los siguientes 58 sobre la pradera de pastos marinos. Página 78 de 135

79 Figura 32. Sobreposición de la obra proyectada respecto de las praderas de pastos marinos y las áreas de distribución de las colonias de corales Manicina areolata y Porites sp., registradas en el área de estudio. Página 79 de 135

80 IV Especies de interés comercial De las especies encontradas en el área de interés que tienen importancia comercial, hay que citar al caracol rosado (Strombus gigas) y a la estrella de mar (Oreaster reticulatus) que son comercializadas en la Península de Yucatán. El caracol es relevante tanto como alimento como por su concha la cual es representativa del Caribe Mexicano por su tamaño y colorido, en tanto que la estrella de mar se comercializa disecada en las tiendas de artesanías y mercados. En la Península de Yucatán también el pepino de mar (Holoturia sp.), tiene importancia en las pesquerías, pero su aprovechamiento es aún incipiente. Durante los trabajos de construcción del muelle ninguna de estas especies será afectada en su distribución y abundancia o dinámica poblacional, ya que no se distribuyen en la zona de desplante del atracadero; además, previamente a realizar los trabajos se acordonará el área con una malla geotextil y luego se realizarán inmersiones con equipo de buceo autónomo para localizar posible ejemplares y, en su caso, colectarlos y trasladarlos fuera del área de trabajo. Durante la operación no se anticipa afectaciones a estas especies ya que se distribuyen en zona de más de 2.0 m de profundidad, de tal suerte que la propulsión generada por los motores ya no es significativa. IV Especies amenazadas, protegidas, en riesgo o en peligro de extinción Ninguna de las especies de flora o fauna registradas dentro del área de estudio se encuentra incluida en el listado de la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT IV.2.3. Paisaje El paisaje de la zona marina generado por el color azul turquesa del mar que contrasta con las arenas blancas ofrece una calidad visual admirable a los visitantes que arriban estos lugares y por lo tanto se favorece a un crecimiento turístico. La obra proyectada no le resta en ningún sentido gracia al entorno y favorecería al desarrollo económico obtenido por el turismo aprovechando al máximo este paisaje. Al nivel del área de estudio, la escollera de la Terminal Marítima de Punta Sam se ha convertido en una barrera física que atrapa material flotante que transporta la corriente marina y lo deposita en su cara sur. Pese a que existe un programa de limpieza permanente a cargo del H. Ayuntamiento de Isla Mujeres, es tal la acumulación de este material que se pudre y genera mal olor, lo que se convierte en un factor que degrada el paisaje de la zona. Visualmente tanto la terminal marítima como la marina del proyecto Playa Mujeres contrastan el paisaje natural y lo transforman en un puerto de importancia para la navegación. Estas obras han modificado la armonía visual con la creación de un paisaje artificial. Las obras proyectadas no modificarán la dinámica natural del cuerpo de agua, ni modificarán la dinámica natural de las comunidades de flora y fauna; tampoco darán lugar a barreras físicas que limiten el tránsito de peatones en la zona federal marítimo terrestre o el desplazamiento de la Página 80 de 135

81 fauna en la zona marina; no afectarán la armonía visual en la playa de interés, porque la obra proyectada en comparación con las obras marinas existentes en la zona es pequeña. IV.2.4. Medio socioeconómico IV Demografía En el II Conteo General de Población y Vivienda 2010 (INEGI, 2010), se reporta para el Municipio Isla Mujeres una población de 16,203 habitantes. En cuanto a la estructura de la población del Municipio Isla Mujeres por sexo, se tiene que de los 16,203 habitantes 7,845 son mujeres y 8,358 hombres, 48.4 % y 51.6 % respectivamente, cifras que indican una proporción similar. En relación a la estructura de edades de la población se tiene que, a nivel Municipal 29.1 % de la población total, es mayor de 15 años y el 5.4 % de la población total tiene más de 60 años, por lo que se puede afirmar que la población es predominantemente adulta, INEGI, 2005 Por otra parte, la Zona Continental de Isla Mujeres se encuentra casi deshabitada y su escasa población se asienta a lo largo de los caminos existentes, en donde destaca el corredor urbano, limitado por las localidades El Meco y Punta Sam, que se ubica en una angosta franja del litoral, que ha originado una estructura urbana lineal a lo largo del camino que va a Punta Sam y donde se distribuyen de manera dispersa usos mixtos, habitacionales, comerciales y de servicios turísticos. Esta zona, cuya extensión es de 40.3 hectáreas, manifiesta una tendencia al establecimiento de desarrollos residenciales destinados a la clase social con altos ingresos. IV Economía Debido a la cercanía que tiene la Zona Continental de Isla Mujeres con Cancún, ésta provee la mayor parte de los servicios a esa porción del Municipio Isla Mujeres, por lo que Cancún constituye un Centro Estatal de Servicios cuyo desarrollo económico ha permitido proporcionar los servicios básicos al corredor urbano turístico El Meco- Punta Sam y ha favorecido el desarrollo de la zona (FOA Consultores en FONATUR, 2000). El Municipio Isla Mujeres pertenece a la región económica tipo C, dado que en la cabecera municipal las actividades económicas del sector terciario agrupan a la mayor parte de la población, particularmente a los rubros de comercio y servicio, y en menor escala a otras que pertenece al sector secundario, con actividades enfocadas a la comunicación y transporte, la construcción y la industria de la transformación (INEGI, 2006). La economía en la zona es de tipo mixto, ya que se compone de la pequeña y gran industria, la primera representada por los productores locales y la segunda por las grandes cadenas hoteleras, empresas de servicio y franquicias, entre otras, las cuales se ubican principalmente en la zona Isleña del Municipio. Seguido por el sector secundario, donde se agrupan la minería, industria manufacturera, gas y agua, entre otras; y finalmente el sector primario donde se incluye la ganadería, agricultura, caza y pesca. Esta tendencia se ha mantenido durante las últimas tres décadas. Página 81 de 135

82 Según los resultados definitivos del último censo poblacional (INEGI, 2001), del total de la población de 15 años o más, del Municipio Isla Mujeres (7,319), que corresponde a aquella que potencialmente puede recibir remuneración, 4,910 constituyen la Población Económicamente Activa (PEA), mientras que 2,995 constituyen la Población Económicamente Inactiva. Para el año 2007, se reportó que el 43 % de la población, es decir, 5,725 personas constituían la PEA (Angulo- Jiménez, 2007) 11. En el Municipio, la mayor proporción de la PEA se incluye en un rango de ingresos que va de 2 a 5 salarios mínimos (S.M.), es decir el 40.8 % de esa población, valor que indica la representatividad de la clase media-baja. En un rango de 2 S.M. se encuentran 1,497 empleados, 30.4 %, valor que sitúa a la clase social baja. A medida que se incrementa el número de Salarios Mínimos, decrece significativamente la población, poniendo de manifiesto que el mayor poder adquisitivo se reduce a un pequeño grupo social. Destaca también el número de individuos que se encuentra en el rango de la población que no percibe ingresos que puede representar a los miembros de familia que trabajan en negocios familiares. IV Servicios y vías de comunicación En cuanto a viviendas, el Municipio Isla Mujeres contaba con un total de 4,517 viviendas (INEGI, 2010), con un promedio de 3.6 ocupantes por vivienda particular. Del total de viviendas existentes en el 2010, el 90 % cuentan con energía eléctrica, el 75.2 % con agua de la red pública en el ámbito de la vivienda y el 92 % disponen de drenaje. De acuerdo con el Censo de Población y Vivienda (INEGI 2010), en el Municipio Isla Mujeres la mayor parte de las viviendas existentes presentan condiciones adecuadas en cuanto a las características constructivas y materiales utilizados, ya que, en únicamente 346 viviendas (7.2 %), cuentan con piso de tierra. A pesar de que la Zona Continental del Municipio Isla Mujeres ha incrementado su población en la última década, el desarrollo urbano es incipiente, limitándose al corredor urbano El Meco-Punta Sam, en donde se registraron 53 viviendas y a las inmediaciones del camino de acceso a Rancho Viejo donde la urbanización y la concentración poblacional ha ido en aumento en el último quinquenio. La baja densidad en la zona costera ha provocado que no se justifique el abastecimiento de servicios y ha propiciado un rezago en infraestructura urbana. Sin embargo, los proyectos de desarrollo turístico para esta porción del Municipio, anticipan la ampliación de la cobertura de servicios en un corto plazo. En cuanto a energía eléctrica, el suministro de energía eléctrica es proporcionado por la Comisión Federal de Electricidad (CFE) a través de dos líneas de 34.5 KVA provenientes de la subestación Cancún, que prestan el servicio a la zona de Rancho Viejo y Punta Sam a lo largo de los caminos de acceso en ambas zonas. En el corredor urbano El Meco-Punta Sam, se tiene una cobertura del 71.6 %, por debajo de la que presenta la zona isleña con 97.2 %, en donde el servicio eléctrico es también abastecido desde la zona continental. 11 Angulo Jiménez, L Estudio del Mercado de Vivienda del Estado de Quintana Roo. Hipotecaria Nacional. División Sureste. Página 82 de 135

83 El agua potable que abastece al Municipio de Isla Mujeres proviene de la zona de captación localizada a 18 Km de Puerto Juárez, en el Municipio Benito Juárez. El líquido se suministra a través de 2 tuberías de 8 con un gasto de 80 l/s; que entre otros, atiende a 2,461 usuarios distribuidos en las diversas localidades del Municipio, en donde destaca la zona isleña por contar con 2,329 tomas domiciliarias y únicamente 37 usuarios a lo largo del corredor El Meco-Punta Sam. Para este último se tiene proyectado adicionar 25 l/s al gasto actual debido a la proyección de desarrollo de esa zona, conforme al Programa de Centro de Población de la Zona Continental de isla Mujeres, Municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo. El municipio no cuenta con drenaje sanitario en la zona continental, en donde algunas viviendas utilizan fosas sépticas, sistema que no asegura completamente que las aguas residuales pasen por un tratamiento adecuado. Sin embargo, el hotel aledaño que dará apoyo en infraestructura al atracadero proyectado, cuenta con una planta de tratamiento de aguas residuales autorizada por la SEMARNAT y que garantiza el manejo correcto de estos residuos y su disposición final. Dentro de la infraestructura marítima portuaria del Municipio en la zona continental se encuentra el muelle del transbordador en Punta Sam que presta el servicio de traslado a Isla Mujeres por medio de dos transbordadores con capacidad para 300 personas y 30 vehículos cada uno. El servicio se proporciona por medio de siete viajes al día. Este muelle se localiza 75 m al Norte del sitio donde se proyecta la construcción y operación del atracadero rústico. En cuanto a equipamiento, el relleno sanitario que se utiliza actualmente es el ubicado en el Norponiente del Municipio Benito Juárez, ya que los antiguos rellenos sanitarios localizados en la zona continental de Isla Mujeres están en proceso de saneamiento y cierre. Para la zona continental del Municipio Isla Mujeres y ante la demanda de hospitales y clínicas, la población utiliza la infraestructura médica del Municipio Benito Juárez, en particular de la Ciudad de Cancún, debido a que ésta cuenta con clínicas y hospitales de 1er, 2º. y 3er. Nivel, cuenta con seis unidades médicas del IMSS, cuatro de las cuales ofrecen consulta externa, una es de hospitalización general y una de hospitalización especializada; el ISSSTE es de hospitalización general, y existen además instituciones de asistencia social como el DIF y SESA que ofrecen consultas externas. A nivel Estatal el sector salud agrupa un total de 626 médicos, de los cuales la mayor parte se encuentran en la Ciudad de Cancún IV Factores socioculturales Con base en los resultados definitivos del II Conteo de Población y Vivienda (INEGI, 2005), la población de 5 años o mayor que hablaba lengua indígena ascendía a 1,300 habitantes que equivalían al % de la población municipal. Otro rasgo cultural de Isla Mujeres radica en que forma parte de la región que los mayas denominaron Provincia de Ecab, la cual abarca una franja que va de Tulum hasta Cabo Catoche. Sus pobladores ocuparon la zona desde hace dos mil años hasta la decadencia de la civilización maya en el siglo XV. El florecimiento de esta cultura dejó su huella en los vestigios de nueve ciudades, entre otros sitios de menor magnitud, que datan del periodo post-clásico. Entre los sitios arqueológicos existentes destaca el Observatorio maya ubicado en la porción Sur de Isla Mujeres. En orden cronológico, otro sitio histórico existente en la Isla, pero de la época colonial, son los vestigios de la conocida hacienda del pirata Mundaca. Página 83 de 135

84 Existe un sitio arqueológico llamado El Meco, que se encuentra en la cercanía del sitio del proyecto, en el límite de los municipios Benito Juárez e Isla Mujeres. El Meco pertenece al período Posclásico, tuvo un papel importante en la comunicación con Isla Mujeres, dado que fue considerado el punto de partida de los marineros mayas a la Isla y fue una referencia importante para la navegación costera. El sitio tiene 14 estructuras con un templo principal en buenas condiciones. Con respecto a las condiciones de pobreza, de acuerdo con el INEGI (2000), en su estudio Niveles de Bienestar en México, Quintana Roo está ubicado en el Nivel 5 como entidad, sin embargo, el Municipio Isla Mujeres está ubicado en el Nivel 6, que corresponde a un nivel de bienestar alto. El estudio citado, con base en los resultados de los censos generales de población y vivienda, compara y jerarquiza el grado de desarrollo socioeconómico que presentan distintos municipios, pese a su dispersión geográfica en el país, en cuanto a su nivel de desarrollo o bienestar. IV.3. DIAGNÓSTICO AMBIENTAL La zona marina donde se pretende la construcción del atracadero rústico es somera, con poco oleaje y corrientes débiles, lo que facilita la ejecución de proyecto y su aprovechamiento náutico. El diseño estructural de la obra proyectada no interferirá con la dinámica costera natural presente en la playa, es decir, no afectará el flujo y reflujo del agua, el transporte litoral, el oleaje, ni las mareas. Y, debido a que no tocará la zona federal marítimo terrestre, tampoco creará una barrera que impida el libre tránsito de personas por esta zona. El área de interés, al igual que la Bahía de Mujeres, presenta un continuo de pastos marinos que soporta una riqueza de especies importante. Los pastos marinos presentan características que denotan ser una comunidad muy antigua y muy estable, la cual ha sido poco afectada por fenómenos naturales gracias a la protección que representa la ínsula. El atracadero desplantará 58 de sus 83.2 m sobre áreas cubiertas con pastos marinos, afectando un máximo de 56 m 2 de pastos marinos (0.14 % de la superficie cubierta de pasto en el área de estudio), únicamente durante el proceso de hincado de los pilotes. Sin embargo, como el impacto será puntual, se anticipa la recuperación natural del área afectada en el mediano plazo. En el área de estudio no es encontraron especies incluidas en la Norma Oficial Mexicana NOM- 059-SEMARNAT-2010 que pudieran ser afectadas con el desarrollo de las obras y se han previsto acciones de rescate y traslado de la fauna bentónica para evitar afectar cualquier ejemplar que pudiera estar presente, particularmente las colonias de coral del género Porites que se encuentran en el curso del área de aprovechamiento proyectada. El uso náutico, dado que la zona de maniobras se localizará a una profundidad media de -1.4 m, no causará afectación del fondo marino, y por tanto no se verán afectadas las zonas donde se distribuyen las colonias del coral Manicina areolata, estrella de mar (Oreaster reticulatus) y del caracol rosado (Strombus gigas), localizados en zonas de m de profundidad o mayores. En zonas próximas, al norte del área de estudio, se encuentran dos obras que por sus dimensiones y características tienen un impacto sobre el ambiente mucho mayor al que podrá tener la obra propuesta. Se trata de la Terminal Marítima de Punta Sam y de la escollera y marina del proyecto Página 84 de 135

85 Playa Mujeres. La terminal marítima particularmente, se ha convertido en una barrera física para los finos de arrastre y material flotante, que se acumulan en su cara sur, afectando la playa visualmente y en ocasiones generando mal olor por la putrefacción del material orgánico acumulado. Las necesidades de infraestructura y servicios para la operación del atracadero rústico serán cubiertas por el hotel operado por la promovente, de tal suerte que no se incrementará la demanda de servicios al nivel municipal. En este contexto, se puede afirmar que las obras proyectadas, por sus características y dimensiones, no afectarán negativamente el paisaje de la zona, ni los componentes bióticos y abióticos presentes; y que su impacto socioeconómico será mínimo al nivel regional. Página 85 de 135

86 V. IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES DEL PROYECTO De acuerdo con Conesa Fernández (1997) y Gómez Orea (1999), el proceso de evaluación del impacto ambiental inicia con la identificación de las acciones que pueden causar impactos sobre uno o más factores del medio susceptibles de recibirlos; en segundo término se procede a valorar los impactos para determinar su grado de significancia y, por último, se establecen las medidas preventivas, correctivas o compensatorias necesarias. El propósito de la evaluación del impacto ambiental, según el Artículo 28 de la Ley general del equilibrio ecológico y la protección al ambiente es establecer las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente. V.1. IDENTIFICACIÓN DE LAS ACCIONES DEL PROYECTO QUE PUEDEN CAUSAR IMPACTOS V.1.1. Acciones que implican emisión de contaminantes El desarrollo de las obras proyectadas implica el empleo de maquinaria y vehículos de combustión interna que durante su operación liberan al ambiente gases contaminantes. Sin embargo, la Norma Oficial Mexicana NOM-041-SEMARNAT-2006 exceptúa los vehículos con peso bruto vehicular menor de 400 kilogramos, motocicletas, tractores agrícolas, maquinaria dedicada a las industrias de la construcción y minera, por lo que este impacto potencial se excluye de la evaluación. Durante el hincado de los pilotes, para evitar la dispersión de sedimentos que pudieran sepultar áreas adyacentes a las áreas de trabajo o contaminar áreas aledañas, se han previsto medidas preventivas como la utilización de malla geotextil en el perímetro de trabajo, la cual permitirá contener los finos y los residuos que se desprendan. La operación de las embarcaciones, debido al empleo de motores de combustión interna, implica la liberación al ambiente de partículas contaminantes, sin embargo, tanto por el número de embarcaciones que se espera hagan uso del atracadero, como por los avances tecnológicos de los motores que se emplean hoy en día, se considera un impacto potencial bajo e irrelevante. No obstante, se reglamentará el mantenimiento preventivo de los motores para asegurar su óptimo desempeño y minimizar las emisiones. También durante la operación es plausible suponer que puedan tener lugar derrames de combustible y otros hidrocarburos, debidas a fugas, fallas o accidentes durante el atraque y salida de las embarcaciones, por lo que se deberán incorporar medidas de prevención y en su caso de mitigación. También se deberá evitar la contaminación con aguas residuales y con residuos sólidos, máxime que estos podrían generarse alrededor de las obras provisionales proyectadas, mismas que se localizarán en la playa. Página 86 de 135

87 El ruido es un elemento contaminante que estará presente durante la etapa de construcción de la obra proyectada y que afectará en principio a la fauna silvestre que eventualmente usa la playa para alimentarse, playeritos principalmente. Sin embargo, el efecto será temporal. V.1.2. Acciones derivadas de almacenamiento de residuos El almacenamiento temporal de los residuos que se generarán durante las distintas etapas del proyecto se hará en las áreas con que cuenta el hotel Villa del Palmar, que incluyen cámara refrigerada para residuos orgánicos y cámaras secas para la colocación diferenciada de residuos sólidos urbanos y de manejo especial, por lo que no se anticipan impactos por el almacenamiento de residuos. La disposición final de los residuos sólidos tendrá lugar en el relleno sanitario Norponiente ubicado en el Municipio Benito Juárez, a través del servicio a cargo del Servicio de Limpia Municipal del H. Ayuntamiento de Isla Mujeres. La mayor parte de los residuos propios de la construcción del atracadero serán inertes y no están considerados como peligrosos por la Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-2005, ni por la Ley general para la prevención y gestión integral de residuos (LGPGIR), por lo que su almacenamiento temporal al interior del predio no representa riesgo ambiental alguno. Sin embargo, se anticipa la generación de algunos residuos peligrosos consistentes en envases de aceites para motor y estopas impregnadas con aceite, mismos que serán dispuestos a través del hotel operado por la promovente y dispuestos a través de una empresa autorizada por la SEMARNAT. El control y registro del manejo de estos residuos estará a cargo de la promovente. V.1.3. Acciones que implican sobreexplotación de recursos Sobreexplotar un recurso significa aprovecharlo o utilizarlo más allá de su capacidad de recuperación o reversión natural. La construcción del atracadero demandará 15,000 pies de madera dura principalmente proporcionada por el árbol comúnmente llamado chicozapote (Manilkara zapota). Para evitar la tala ilegal y la afectación del medio natural, la madera dura que se utilice deberá provenir de un productor forestal autorizado quien deberá exhibir las guías de aprovechamiento respectivas. V.1.4. Acciones que implican sub-explotación de recursos Sub explotar un recurso significa aprovecharlo o utilizarlo por debajo de su nivel o capacidad de aprovechamiento. No se anticipa que el proyecto propuesto pueda derivar en la subexplotación de recursos naturales. V.1.5. Acciones que actúan sobre el medio biótico El atracadero desplantará 58 de sus 83.2 m sobre áreas cubiertas con pastos marinos, afectando un máximo de 56 m 2 de pastos marinos en las zonas de anclaje de los pilotes proyectados. En esta superficie se perderá la cobertura de pastos marinos y se eliminará espacio potencial para la fauna Página 87 de 135

88 bentónica, sin embargo, sólo representa 0.14 % de la superficie de la zona marina con cobertura de pastos marinos en el área de estudio, por lo que se trata de una afectación insignificante. Esta área de afectación no se considera significativa ni local ni regionalmente, toda vez que la comunidad de pastos marinos en la bahía de mujeres es amplia y sumamente estable, y tiene probada capacidad de auto recuperación. El atracadero afectará también una franja de 10 m entre los 25 y 35 m de distancia desde la costa- con presencia de colonias de coral del género Porites, en la que se estimó unas 45 colonias, por lo que será necesario implementar medidas preventivas para no afectar la población, tales como el rescate y traslado de estos ejemplares a zonas cercanas fuera del área de desplante proyectada. No se anticipa la afectación de otros organismos bentónicos registrados en el área de estudio, tales como colonias de coral Manicina areolata, estrellas de mar (Oreaster reticulatus) o caracol rosado (Strombus gigas), ya que éstos se distribuyen fuera del área de desplante proyectada y a profundidades de -2.0 m o mayores, por lo que tampoco se anticipa que la propulsión de los motores de las embarcaciones pueda representarles un riesgo. Para reducir el área de afectación en la zona marina durante el proceso constructivo se ha previsto el acordonamiento del área de trabajo con una malla geotextil que contendrá los finos en suspensión que causará la técnica de hincado de los pilotes (wáter jetting). Debido a que la playa es frecuentada por playeritos (Calidris alba) que se alimentan en la zona intermareal o en las zonas de acumulación de sargazo, se prevé que éstos serán temporalmente afectados por el desarrollo de las obras, pues son susceptibles al ruido y a la presencia humana que los hace levantar el vuelo rápidamente. Sin embargo, una vez que cesen las actividades en la playa recuperarán este espacio. Por otra parte, dado el diseño de la obra proyectada, no se modificará ni la línea litoral, ni las corrientes, ni el oleaje, ni el libre flujo y reflujo de mareas, ni el transporte litoral que prevalece en la zona, por lo que no se afectará la dinámica natural de los ecosistemas en el sistema ambiental definido. V.1.6. Acciones que dan lugar al deterioro del paisaje No se anticipan acciones que puedan dar lugar al deterioro del paisaje local o regional, ya que en la zona existen actividades náuticas como las que se proyectan y obras de infraestructura mucho mayores que las propuestas por Operadora Hotelera Villa Group Cancún, S.A. de C.V. El almacén temporal de obra y la zona de trabajo provisional afectarán de manera temporal y reversible la zona de playa aledaña. Durante su estancia deberán tomarse medidas preventivas y de mitigación que eviten la contaminación ambiental y la dispersión de residuos sólidos en la playa. Página 88 de 135

89 V.1.7. Acciones que repercuten sobre las infraestructuras El atracadero rústico proyectado no afectará en modo alguno la infraestructura urbana existente en la zona, ya que los servicios principales agua, sanitarios- serán proporcionados desde el hotel contiguo a través de instalaciones retirables o provisionales como el caso del agua que se abastecerá por manguera flexible. O bien se emplearán sistemas autónomos como son lámparas solares que no requieren instalaciones mayores. V.1.8. Acciones que modifican el entorno social, económico y cultural El desarrollo de la obra propuesta apenas si tendrá repercusiones que modifiquen el entorno social y económico del municipio de Isla Mujeres y no tendrá ningún efecto sobre su cultura. La generación de empleos temporales y permanentes es baja debido a las dimensiones de la obra, pero contribuirá a la diversificación de las actividades para los huéspedes del hotel Villa del Palmar y en alguna medida abrirá algunas oportunidades de negocio para los asociados náuticos en la zona, pues representa mayores oportunidades para los lancheros isleños que ofrecen travesías náuticas y paseos a Isla Mujeres e Isla Contoy, tours de pesca deportiva y buceo recreativo. Dado que estas son actividades tradicionales de los isleños de Isla Mujeres, los beneficios del desarrollo son significativos y tiene repercusiones directas en su bienestar y calidad de vida. No se anticipan cambios en el entorno cultural puesto que la actividad proyectada es compatible con las actividades que actualmente se realizan. Tampoco se prevé una modificación relevante al entorno social, puesto que la actividad prevista es legal y no contraviene ninguna ley, reglamento o norma mexicana. V.1.9. Acciones derivadas del incumplimiento de la normatividad ambiental vigente Considerando que las obras y actividades son congruentes con la normatividad ambiental vigente, no se anticipa ningún incumplimiento a la misma. V.2. POSIBLES EFECTOS AMBIENTALES DE LAS OBRAS PROYECTADAS Con base en los razonamientos previos y a manera de síntesis, en el siguiente Cuadro se indican las acciones concretas del proyecto susceptibles de causar impactos al ambiente y su posible efecto sobre este. Página 89 de 135

90 Cuadro 14. Vinculación de las acciones susceptibles de causar impactos al ambiente y su posible efecto. Las flechas en color azul indican interacciones positivas o mitigadoras. Acciones concretas del proyecto Demanda de recursos forestales Preparación de pilotes en la playa Hincado de pilotes en la zona marina Ensamblado de la estructura del atracadero Atraque de embarcaciones Operación Manejo de residuos sólidos Fugas y derrames de hidrocarburos Limpieza del sitio al cierre de obra Posible efecto sobre el ambiente Sobre explotación de recursos Alteración del paisaje Afectación al medio biótico Contaminación ambiental Generación de empleo directo e indirecto Derrama económica directa en beneficio de prestadores de servicio locales Generación de residuos V.3. IDENTIFICACIÓN DE LOS FACTORES AMBIENTALES DEL ENTORNO SUSCEPTIBLES DE RECIBIR IMPACTOS De los distintos elementos del entorno presentes en la zona de construcción del atracadero y en el área de influencia de éste, solamente se percibe como afectables en orden de importancia- al agua marina, los recursos forestales, los pastos marinos, la fauna bentónica, el paisaje y la población local. El agua marina podría afectarse en su calidad si durante alguna de las etapas del proyecto llega a ocurrir un derrame de hidrocarburos que la contamine, o si se permite el vertido de aguas residuales al mar. Ambas situaciones son potencialmente posibles, pero se tomarán medidas para evitarlas o reducir el riesgo de que esto ocurra. Esta situación hipotética alteraría también el paisaje. Los recursos forestales necesarios para la construcción del proyecto deberán provenir de una fuente autorizada para su aprovechamiento a fin de evitar la tala ilegal del recurso y la afectación ambiental de ecosistemas selváticos. Los pastos marinos y la fauna bentónica serán afectados de manera puntual durante los trabajos pero no se les causará un daño irreversible. Para minimizar el efecto sobre estos habrán de tomarse medidas preventivas como son la colocación de una malla geotextil que contenga los sedimentos que se levantarán durante el proceso de hincado de los pilotes y el rescate y traslado de los ejemplares de fauna bentónica que llegaren a estar presentes en el área de trabajo. También será necesario llevar a cabo la limpieza del fondo marino una vez que concluyan las obras para retirar cualquier residuo que pudiera alterar las condiciones naturales. Página 90 de 135

91 Finalmente, la población local obtendrá beneficios directos e indirectos de las obras proyectadas debido a las relaciones comerciales y de negocio que se crearán y a la derrama económica que conlleva la construcción y operación del atracadero rústico proyectado. En síntesis, los factores del medio susceptibles de recibir impactos derivados de las acciones del proyecto están representadas mediante un árbol de acciones o mapa conceptual como lo indica el Cuadro 15. A la derecha de cada componente ambiental se ha asignado un valor de importancia estimado a partir de su relevancia en el sistema ambiental, determinado con base en la experiencia del equipo técnico responsable de este manifiesto, siguiendo los criterios de Conesa Fernández (1997) y soportado en la caracterización ambiental del sistema ambiental descrito en el Capítulo IV de este manifiesto. Cuadro 15. Elementos del ambiente susceptibles de recibir impactos ambientales. Se indican los elementos del ambiente susceptibles de recibir impactos, agrupados en dos sistemas: físico, socioeconómico y cultural. Entorno Sistema Subsistema Entorno Medio Físico Medio Socioeconómico Medio Abiótico Medio Biótico Medio Perceptual Medio Sociocultural Medio Económico Componente Factor Ambiental Ambiental Afectado UIP Agua marina Calidad 200 Playa arenosa Calidad 100 Recursos Abundancia forestales 100 Flora marina Cobertura 50 Fauna Abundancia bentónica 100 Fauna silvestre Presencia/ausencia 100 Paisaje natural Calidad y valor escénico 150 Población Dinámica poblacional 20 Economía Sector Construcción 15 Sector Náutico 100 Comercio Organizado 20 Organizaciones civiles locales 25 Sector público 20 SUMA UIP 1,000 V.4. IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS POTENCIALES Siguiendo la metodología propuesta, se enlistan (Cuadro 16), describen y valoran los impactos ambientales potenciales identificados para cada una de las etapas del proyecto. Sólo se tomaron en cuenta los impactos ambientales directamente vinculados con la intervención del proyecto y se desestimaron los impactos positivos previos al inicio de los trabajos. Página 91 de 135

92 Cuadro 16. Impactos ambientales potenciales identificados en las distintas etapas del proyecto. Impacto ambiental Naturaleza Momento de ocurrencia Sobreexplotación de recursos forestales Negativa Previo a la obra Reducción de la cobertura de pastos marinos Negativa Construcción Afectación a la fauna bentónica Negativa Construcción Afectación a la fauna silvestre Negativa Construcción Afectación de la playa por disposición inadecuada de residuos sólidos Negativa Construcción Generación de empleos temporales Positiva Construcción Riesgo de contaminación al ambiente Negativa Construcción y Operación Afectación de la playa por disposición inadecuada de Construcción y Negativa residuos sólidos Operación Generación de empleos permanentes directos e indirectos Positiva Operación V.4.1. Etapa de preparación del sitio y construcción V Sobreexplotación de recursos forestales La construcción del atracadero demandará alrededor de 15,000 pies tablón (aproximadamente 35 m 3 rollo) de madera dura, principalmente de chicozapote (Manilkara zapota), que es una especie típica de las selvas de Quintana Roo y cuyo aprovechamiento forestal requiere autorización por parte de la SEMARNAT, de tal suerte que el impacto potencial podría presentarse en caso que se llevase a cabo un aprovechamiento ilegal. Este volumen de madera es relativamente insignificante respecto de la disponibilidad del recurso por lo que se considera que su intensidad o grado de destrucción es baja (IN = 1). En efecto el chicozapote es una especie maderable considerada entre el grupo de maderas comunes tropicales cuyo volumen de producción forestal en 2008 en Quintana Roo fue de 38,261 m 3 rollo 12, por lo que la demanda requerida para la obra es de 0.09 % de este volumen. El área de influencia de este impacto se considera puntual (EX = 1), pues únicamente afectará una sola región de aprovechamiento forestal, posiblemente el ejido Carrillo Puerto. El efecto de esta acción se manifestará en el mediano plazo, pues el tiempo de recuperación del corte de chicozapote dura entre 5 y 7 años (MO = 2, PE = 2), además es reversible de manera natural en el mediano plazo (RV = 2) y recuperable mediante la aplicación de medidas de mitigación (MC = 4). 12 Fuente: Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Delegación en el Estado. Subdelegación de Gestión para la Protección Ambiental y Recursos Naturales, Departamento de Servicios Forestales y de Suelo. Volumen de la producción forestal maderable por municipio según grupo de especies, En: Sistema para la consulta del anuario estadístico de Quintana Roo, INEGI-Gobierno del Estado de Quintana Roo. Página 92 de 135

93 El impacto tiene sinergismo simple (SI = 1), pero es acumulativo (AC = 4) porque este proyecto no será el único que demande madera dura tropical. La relación causa-efecto se considera indirecta (EF = 1) porque la sobreexplotación del recurso no obedece a la demanda de madera del proyecto sino a un posible aprovechamiento ilegal del recurso (EF = 1). Es un impacto potencial de carácter irregular (PR = 1). Por lo que el valor de importancia del impacto resulta en -22, es decir, impacto adverso irrelevante, de acuerdo con la siguiente ecuación: I = (3IN + 2EX + MO + PE + RV + SI + AC + EF + PR + MC) I = ± (3 (1) + 2 (1) ) = V Reducción de la cobertura de pastos marinos Las obras afectarán una superficie estimada en 56 m 2 de pastos marinos durante el proceso de hincado de los pilotes. Esta superficie equivale a 0.14 % del área de cobertura de pastos al interior del área de estudio estimada en 39,757 m 2, por lo que el grado de destrucción de este componente biótico del ecosistema derivado de la construcción del atracadero es bajo (IN = 1) y su área de influencia puntual (EX = 1). Este impacto se manifestará como consecuencia del proceso de construcción, es decir, de manera inmediata (MO = 4) y como consecuencia directa del proyecto (EF = 4), afectando de manera permanente esta superficie (PE = 4), lo cual no significa que se ponga en riesgo la comunidad de pastos marinos considerando su intensidad y extensión, ya que el efecto es reversible en el corto plazo (RV = 1), y se espera dentro de las siguientes semanas a partir de la conclusión de la obra. Considerando lo anterior no se considera necesaria la ejecución de medidas de mitigación, tales como el rescate de pastos. Es un impacto sin efecto sinérgico (SI = 1) y sin incremento progresivo (AC = 1), pues las obras afectarán de manera puntual un área determinada y no se anticipa que al concluir puedan continuar causando la pérdida de la cobertura vegetal. Se trata de un impacto irregular o discontinuo (PR = 1), recuperable de manera inmediata (MC = 1). En suma, el valor de importancia del impacto resulta en -22, es decir, se trata de un impacto adverso irrelevante, de acuerdo con la siguiente ecuación: I = (3IN + 2EX + MO + PE + RV + SI + AC + EF + PR + MC) I = ± (3 (1) + 2 (1) ) = V Afectación a la fauna bentónica Las obras marinas proyectadas implican potencialmente la afectación a la fauna bentónica que ocupa la playa frente al predio del proyecto, principalmente las colonias de coral del género Porites cuya área de distribución se sobrepone al área de aprovechamiento proyectada, ya que durante las maniobras podrían resultar aplastados o sepultados. Página 93 de 135

94 Este impacto se considera con grado de destrucción bajo y de influencia puntual (IN = 1, EX = 1) porque el área de afectación potencial directa sobre el fondo marino es de 175 m 2 superficie estimada en función de las dimensiones del atracadero- que comparada con la superficie de la zona marina en el área de estudio (49,883 m 2 ), resulta insignificante, 0.35 %. Además, la afectación específica a las colonias de coral del género Porites son aún menores por que potencialmente se podrían afectar alrededor de 20 m 2 del área de distribución de esta especie, donde se estima la presencia de unas 45 colonias, mismas que pueden ser recolectadas y trasladadas fuera del área de desplante del atracadero proyectado. Este impacto potencial se manifestará a partir del inicio de las obras por lo que se considera inmediato (MO = 4), aunque la persistencia de su efecto es fugaz pues es menor a un año (PE = 1), capaz de revertirse por medios naturales en el corto plazo (RV = 1), y recuperable de manera inmediata (MC = 1), mediante la adecuada aplicación de un programa de rescate y traslocación de los individuos de fauna bentónica que estén presentes al interior del área de trabajo. La relación causa-efecto es directa (EF = 4) puesto que la afectación potencial a la población se causa por la construcción de las obras. El efecto sobre la población no es sinérgico (SI = 1), ni acumulativo (AC = 1), pues no se prevé intervenir más áreas que las manifestadas en esta ocasión. La regularidad del impacto es discontinua (PR = 1), pues cesará al terminar las obras. El valor de importancia del impacto que se obtiene de las características calificadas y representadas en la siguiente ecuación, es -19, es decir, irrelevante adverso: I = (3IN + 2EX + MO + PE + RV + SI + AC + EF + PR + MC) I = ± (3 (1) + 2 (1) ) = V Afectación a la fauna silvestre Algunas aves como el playerito Calidris alba aprovechan la zona intermareal y de acumulación de sargazo para alimentarse y durante los trabajos, tanto por la generación de ruido como por la presencia humana, serán afectados temporalmente, pues estas aves son muy nerviosas y levantan el vuelo ante la menor provocación. De los aproximadamente 250 m de frente playa del hotel aledaño al área de interés, únicamente habrá actividad en aproximadamente 20 m, por lo que se trata de un impacto potencial de intensidad baja y puntual (IN = 1, EX = 1), que no representa riesgo para la población de playeritos en la zona. Este impacto se presentará de manera inmediata una vez que inicien las obras (MO = 4) y su persistencia será fugaz (PE = 1), revirtiéndose de manera natural al término de la obra, es decir, en el corto plazo (RV = 1). Se trata de un impacto sin sinergia (SI = 1), ni efecto acumulativo (AC = 1), que será causado directamente por la actividad humana en la playa (EF = 4) y se manifestará de manera irregular o discontinua (PR = 1). La recuperabilidad de las condiciones de la playa serán inmediatas (MC = 1), pues tras la conclusión de la obra se llevarán a cabo acciones de limpieza para dejar la playa en su condición natural. Página 94 de 135

95 El valor de importancia del impacto que se obtiene de las características calificadas y representadas en la siguiente ecuación, es -19, es decir, es irrelevante adverso: I = (3IN + 2EX + MO + PE + RV + SI + AC + EF + PR + MC) I = ± (3 (1) + 2 (1) ) = V Afectación de la playa por disposición inadecuada de residuos sólidos Durante la construcción del proyecto, se generarán residuos sólidos, en un volumen no determinado a priori, pero cuya disposición inadecuada y dispersión en la playa y zona marina puede representar afectaciones al paisaje natural y a la calidad de la zona, restándole atractivo para su uso y disfrute, situación que es contraproducente y debe ser controlada. Se espera la generación de viruta, aserrín, trozas de madera dura, envolturas y envases de plástico, tornillería defectuosa y cartón, principalmente, aunque también podrían generarse pequeñas cantidades de residuos peligrosos, tales como envases de aceite de motor y estopas impregnadas con hidrocarburos. Para su contención se colocarán recipiente de 200 L de capacidad, debidamente rotulados y etiquetados, con bolsa plástica del tamaño adecuado. Con la frecuencia necesaria en función de la saturación del volumen de contención y al menos una vez por semana, se trasladarán los residuos a los diferentes almacenes de residuos existentes en el hotel del promovente, a fin de incorporarlos a los procedimientos de resguardo y disposición final a través del servicio de limpia municipal, empresas recicladoras o especializadas en el manejo de residuos peligrosos, según sea el caso. No obstante, en caso de no disponer los residuos como se anticipa y se describe, puede presentar el impacto. Debido al volumen de residuos esperado se asigna una intensidad baja a esta acción (IN = 1), sin embargo, por efecto del viento y el oleaje los residuos podrían ser dispersados en las inmediaciones del área de trabajo, por lo que el área de influencia se estima como parcial (EX = 2). De ocurrir, su efecto se manifestará de manera inmediata (MO = 4), sin embargo, su persistencia sería fugaz, es decir, menor a un año (PE = 1). Se considera como un impacto reversible ya que debido a la naturaleza de los residuos esperados éstos se degradarán con el tiempo, sin embargo, esto ocurriría en el mediano plazo (RV = 2), no obstante, mediante la intervención humana su efecto se revertiría de manera inmediata (MC = 1). El efecto que tiene este impacto será indirecto (EF = 1), puesto que no depende de la ejecución de las obras proyectadas sino de un inadecuado manejo de residuos durante el desarrollo de la obra. Es un impacto moderadamente sinérgico (SI = 2) y que puede resultar acumulativo (AC = 4), lo que puede desencadenar afectaciones mayores al ambiente, por ejemplo si algunas aves o tortugas ingieren restos de basura confundiéndolos con alimento. La frecuencia de este impacto será discontinua (PR = 1). El valor de importancia de este impacto es -23, por lo que se trata de un impacto negativo irrelevante, que se obtiene de las características calificadas mediante la siguiente ecuación: I = (3IN + 2EX + MO + PE + RV + SI + AC + EF + PR + MC) I = ± (3 (1) + 2 (2) ) = Página 95 de 135

96 V Generación de empleos temporales El Municipio de Isla Mujeres contaba en 2007 con una población de 13,315 habitantes, de los cuáles 5,725 personas, es decir, el 43 % correspondía a la Población Económicamente Activa (PEA), la mayor parte de ellos labora en los sectores de construcción, servicios y comercio (Angulo Jiménez, 2007). El proyecto dará lugar a 16 empleos temporales durante el proceso constructivo de la obra, que beneficiará al sector de la construcción de los municipios Isla Mujeres y Benito Juárez, durante las 21 semanas que dure la obra. Considerado en función de la PEA del municipio es un impacto de intensidad baja (IN = 1) porque no es muy alta en comparación con las fuentes de empleo en la región, pero su extensión es extensa (EX = 4), considerando su ámbito de influencia es regional. Este impacto tendrá un efecto positivo inmediato sobre los trabajadores que se contraten para la ejecución de las obras (MO = 4), aunque será fugaz (PE = 1), dado que su efecto sólo permanecerá durante el proceso constructivo de las obras, es decir 21 semanas. La creación de empleos temporales conlleva beneficios para el sector de la construcción, así como el mejoramiento de la calidad de vida de los trabajadores y sus familias, por lo que se considera que tendrá un sinergismo moderado (SI = 2). La relación causa efecto es directa (EF = 4) puesto que los beneficios se generan a partir del empleo. Sin embargo, se considera como un impacto irregular o discontinuo (PR = 1), dado que las contrataciones se realizarán previas al inicio de obras y sólo durante la duración de estas, presentándose una fluctuación en el número de trabajadores que dependerá del avance de obra y de sus necesidades, por lo tanto esta acción no realizará de manera continua o reiterada. La creación de empleos temporales repercutirá solo en la duración del empleo; sin efectos acumulativos (AC = 1). El valor de importancia de este impacto es +24, por lo que se trata de un impacto positivo irrelevante con beneficios en el Sector de la construcción, el comercio organizado y las Organizaciones civiles locales, que se obtiene de las características calificadas mediante la siguiente ecuación: I = (3IN + 2EX + MO + PE + RV + SI + AC + EF + PR + MC) I = ± (3 (1) + 2 (4) ) = Por ser este un impacto de naturaleza positiva no se consideraron las características reversibilidad y recuperabilidad. V.4.2. Etapa operativa V Riesgo de contaminación de la playa Las actividades náuticas requieren el uso de sustancias potencialmente contaminantes, como son combustibles, lubricanes, grasas y aceites, para la operación de las embarcaciones, mismas que en caso de derrame accidental o fuga, pueden causar contaminación ambiental, afectando la calidad Página 96 de 135

97 del agua marina y poniendo en riesgo los elementos bióticos que sostiene. Otro factor de riesgo de contaminación es el derrame de aguas negras residuales que puede dar lugar a la contaminación del agua marina y al deterioro de la calidad del paisaje natural. En caso de un derrame accidental o imprudencial de alguna sustancia contaminante el impacto será de baja intensidad (IN = 1) y su área de influencia será parcial (EX = 2), puesto que la capacidad de almacenamiento de combustibles de las embarcaciones es del orden de 1,500 L que se considera insignificante respecto del volumen de agua disponible para su dilución, aunque por la cercanía de la costa puede alcanzarla y afectarla en algún grado. El mismo argumento es válido para las aguas residuales. El momento de manifestación del impacto sería inmediato (MO = 4), aunque su persistencia sería fugaz (PE = 1), puesto que se diluirá en el mar y desaparecerá su efecto en breve, por lo que también se considera reversible en el corto plazo (RV = 1), más aún si se implementan medidas de recuperación y saneamiento de manera oportuna (MC = 1). La relación causa-efecto es indirecta (EF = 1), porque el riesgo de afectación al ambiente por derrame de combustibles o aguas residuales no está relacionado con el desarrollo del proyecto, sino con un factor de riesgo propio de las actividades humanas. Se trata de un impacto simple en su efecto acumulativo (AC = 1), pero se considera con sinergia media (SI = 2), ya que puede desencadenar en otros efectos adversos sobre el ambiente; además se presentará de manera impredecible en el tiempo, pero continuamente (PR = 4). Por lo tanto, el valor de importancia de este impacto potencial es de -22 por lo que se trata de un impacto negativo moderado, que se obtiene de las características calificadas mediante la siguiente ecuación: I = (3IN + 2EX + MO + PE + RV + SI + AC + EF + PR + MC) I = ± (3 (1) + 2 (2) ) = V Afectación de la playa por disposición inadecuada de residuos sólidos Durante la operación del atracadero rústico, se generarán residuos sólidos, en un volumen no determinado a priori, pero cuya disposición inadecuada y dispersión en la playa y zona marina puede representar afectaciones al paisaje natural y a la calidad de la playa, restándole atractivo para su uso y disfrute, situación que es contraproducente y debe ser controlada. Se espera la generación de envases plásticos y de vidrio, cartón, papel, residuos de alimentos, principalmente. Para su contención cada embarcación deberá contar con contenedores para residuos inertes y residuos orgánicos a los que se adaptará una bolsa de plástico para contener los residuos y facilitar su traslado al almacén de residuos del hotel operado por la promovente, para su disposición final a través del servicio de limpia municipal. Sin embargo, en caso de no disponer adecuadamente los residuos, se puede presentar el impacto. Debido al volumen de residuos esperado se asigna una intensidad baja a esta acción (IN = 1), sin embargo, por efecto del viento y el oleaje los residuos podrían ser dispersados en las inmediaciones del área de embarque y desembarque, por lo que el área de influencia se estima Página 97 de 135

98 como parcial (EX = 2). De ocurrir, su efecto se manifestará de manera inmediata (MO = 4), sin embargo, su persistencia sería fugaz, es decir, menor a un año (PE = 1). Se considera como un impacto reversible ya que debido a la naturaleza de los residuos esperados éstos se degradarán con el tiempo, sin embargo, esto ocurriría en el mediano plazo (RV = 2), no obstante, mediante la intervención humana su efecto se revertiría de manera inmediata (MC = 1). El efecto que tiene este impacto será indirecto (EF = 1), puesto que no depende de la actividad náutica sino de un inadecuado manejo de residuos durante la operación. Es un impacto moderadamente sinérgico (SI = 2) y que puede resultar acumulativo (AC = 4), lo que puede desencadenar afectaciones mayores al ambiente, por ejemplo si algunas aves o tortugas ingieren restos de basura confundiéndolos con alimento. La frecuencia de este impacto será continua pues estará latente durante la vida útil del proyecto (PR = 4). El valor de importancia de este impacto es -26, por lo que se trata de un impacto negativo moderado, que se obtiene de las características calificadas mediante la siguiente ecuación: I = (3IN + 2EX + MO + PE + RV + SI + AC + EF + PR + MC) I = ± (3 (1) + 2 (2) ) = V Generación de empleos permanentes directos e indirectos En el 2007 el Municipio de Isla Mujeres contaba con una población de 13,315 habitantes, de los cuáles 5,725 personas, es decir, el 43 % corresponde a la Población Económicamente Activa (PEA), la mayor parte de ellos labora en los sectores de construcción, servicios y comercio (Angulo Jiménez, 2007). El proyecto generará al menos tres plazas permanentes vinculadas con la operación del atracadero (mantenimiento y vigilancia), sin embargo, generará indirectamente un mayor número de oportunidades de trabajo para capitanes de barco, ayudantes, guías de turistas especializados, buzos, pescadores, entre otros. A escala regional estas nuevas oportunidades de empleos sin insignificantes, pero en estos tiempos de crisis económica todas las oportunidades cuentan y más para quienes resulten beneficiados directamente. Considerado en función de la PEA del municipio es un impacto de intensidad baja (IN = 1), porque representa el 0.05 % la fuerza laboral del Municipio; su extensión es parcial (EX = 2) considerando su ámbito de influencia es regional. Este impacto tendrá un efecto positivo inmediato sobre los trabajadores que se contraten cuyo efecto se presentará a partir de la operación del muelle y de manera permanente desde entonces (MO = 4, PE = 4). La creación de empleos conlleva beneficios sociales, así como el mejoramiento de la calidad de vida de los trabajadores y sus familias, por lo que se considera que tendrá un sinergismo moderado (SI = 2). La relación causa efecto es directa (EF = 4) puesto que los beneficios se generan a partir de la creación de nuevas oportunidades de empleo derivadas del desarrollo de la obra. Este impacto es simple (AC = 1), en cuanto a la acumulación de su efecto y continuo (PR = 4) en cuanto a la periodicidad de su efecto. Página 98 de 135

99 El valor de importancia de este impacto es +26, por lo que se trata de un impacto positivo irrelevante con beneficios sobre la población local, el Sector náutico, las Organizaciones civiles locales y el Sector público, que se obtiene de las características calificadas mediante la siguiente ecuación: I = (3IN + 2EX + MO + PE + RV + SI + AC + EF + PR + MC) I = ± (3 (1) + 2 (2) ) = Por ser este un impacto de naturaleza positiva no se consideraron las características reversibilidad y recuperabilidad. V.5. MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y/O MITIGACIÓN DE IMPACTOS POTENCIALES Si bien son pocos los impactos ambientales que se espera puedan ocurrir con el desarrollo de la obra y de las actividades previstas (nueve en total, de los cuales siete son de naturaleza negativa), y aunque ninguno de ellos será ambientalmente severo o crítico (ocho irrelevantes y uno moderado), es importante establecer algunas medidas preventivas, para asegurarse que efectivamente se minimicen los efectos sobre el ambiente. En el Cuadro 17 se presentan los impactos para los cuales se proponen medidas de mitigación y enseguida se presenta el análisis de valoración de la importancia de las medidas propuestas. Cuadro 17. Elementos del ambiente susceptibles de recibir impactos ambientales. Se indican los elementos del ambiente susceptibles de recibir impactos, agrupados en dos sistemas: físico, socioeconómico y cultural. Impacto ambiental identificado Sobreexplotación de recursos forestales Afectación de fauna bentónica Contaminación del agua marina Generación de residuos sólidos en las distintas etapas del proyecto Medida preventiva o de mitigación propuesta Legal adquisición de recursos forestales Rescate y traslocación de individuos en el área de trabajo Empleo de una malla antidispersante para contener finos en suspensión y material flotante Señalización preventiva Reglamentación de la operación del atracadero Aplicación del Plan de manejo de residuos autorizado para al promovente V.5.1. Etapa de preparación del sitio y construcción V Legal adquisición de los recursos forestales Al adquirir legalmente los recursos forestales necesarios para el desarrollo de la obra proyectada se eliminará por completo el impacto potencial identificado, es decir, el riesgo de Página 99 de 135

100 sobreexplotación de los recursos forestales de la entidad. Para demostrar que se ha cumplido con esta medida preventiva será necesario exhibir la guía forestal correspondiente que ampare la legal procedencia del recurso. La ejecución de esta acción previene totalmente la aparición del impacto ambiental potencial (IN = 12). Su extensión se restringe exclusivamente a las áreas forestales a intervenir por lo que se considera puntual (EX = 1). La persistencia de esta acción es permanente (PE = 4), aunque la reversibilidad del efecto mitigador se valora como inmediata (MC = 1). Por tanto el valor de importancia de esta medida es de +43 y se obtiene de las características calificadas, representadas mediante la siguiente ecuación: IMPORTANCIA M = (3 (IN) + 2 (EX) + PE + MC) IMPORTANCIA M = (3 (12) + 2 (1) ) = El valor de importancia del impacto que se mitiga es de -22 y el valor de la medida alcanza +43, lo que se interpreta como la anulación completa del impacto adverso. V Rescate y traslocación de la fauna bentónica Previo a la ejecución de las obras marinas proyectadas, se requiere del rescate y traslado de la fauna bentónica que se localice al interior de las áreas a intervenir. Tras colocar la malla geotextil se llevará a cabo la revisión del fondo marino y se colectará manualmente todos los ejemplares de fauna bentónica que se encuentren dentro del área a intervenir, en particular las colonias de coral del género Porites ya que el área que se pretende aprovechar se sobrepone con el área de distribución de estas colonias. Tras registrar la especie y documentar el número de individuos por especie, los ejemplares se trasladarán a las áreas aledañas que se conservarán en su estado natural y se liberarán inmediatamente. La intensidad de esta acción previene fuertemente la aparición del impacto ambiental potencial, es decir, la afectación a la fauna bentónica (IN = 8). Su extensión se restringe exclusivamente a las áreas a intervenir y a las áreas inmediatamente adyacentes, por lo que se considera puntual (EX = 1). La persistencia de esta acción es fugaz (PE = 1), es decir, menor a un año, y la reversibilidad del efecto mitigador se valora como inmediata (MC = 1), o sea que el efecto positivo se revierte en caso de no ejecutar la acción. En suma, el valor de importancia de esta medida es de +28 y se obtiene de las características calificadas, representadas mediante la siguiente ecuación: IMPORTANCIA M = (3 (IN) + 2 (EX) + PE + MC) IMPORTANCIA M = (3 (8) + 2 (1) ) = El valor de importancia del impacto que se mitiga es de -19 y el valor de la medida alcanza +28, lo que se interpreta como la anulación completa del impacto adverso. Página 100 de 135

101 V Contención de finos mediante malla geotextil Para la ejecución de las obras marinas proyectadas y minimizar el efecto sobre la flora y fauna marina se ha considerado como parte del proyecto el empleo de una malla geotextil en el perímetro del frente de trabajo, de tal suerte que los sedimentos que se liberen por efecto del hincado de pilotes no se dispersen a áreas aledañas y causen el sepultamiento de la flora y fauna bentónica. La intensidad de esta acción previene fuertemente la aparición del impacto ambiental potencial, por lo que se califica IN = 8. Su extensión se restringe exclusivamente a las áreas a intervenir y a las áreas inmediatamente adyacentes, por lo que se considera puntual (EX = 1). La persistencia de esta acción es fugaz (PR = 1), y la reversibilidad del efecto mitigador se valora como inmediata (MC = 1), o sea que el efecto positivo se revierte en caso de no ejecutar la acción. Por tanto el valor de importancia de esta medida es de +28 y se obtiene de las características calificadas, representadas mediante la siguiente ecuación: IMPORTANCIA M = (3 (IN) + 2 (EX) + PE + MC) IMPORTANCIA M = (3 (8) + 2 (1) ) = V.5.2. Etapa de Operación V Señalización preventiva A fin de minimizar el riesgo de accidentes que pudieran causar fugas o derrames accidentales de combustible u otros hidrocarburos se colocará la señalización reglamentaria que establece la SCT para la operación de atracaderos rústicos, incluidas lámparas y letreros alusivos a la profundidad, capacidad de resistencia de la estructura, etc. La señalización incluye la colocación de una serie de boyas que delimiten claramente el área de maniobra de las embarcaciones y las áreas con uso recreativo cercanas. Esta acción previene de manera baja el grado destrucción del impacto ambiental que pudiera presentarse en caso de derrame accidental (IN = 1) y su área de influencia se limita al muelle en particular (EX = 1). La persistencia de esta acción es permanente (PR = 4), y la reversibilidad del efecto mitigador se valora como inmediata (MC = 1), o sea que el efecto positivo se revierte en caso de no ejecutar la acción. Por tanto el valor de importancia de esta medida es de +7 y se obtiene de las características calificadas, representadas mediante la siguiente ecuación: IMPORTANCIA M = (3 (IN) + 2 (EX) + PE + MC) IMPORTANCIA M = (3 (1) + 2 (1) ) = + 7. Página 101 de 135

102 V Reglamentación de la operación del atracadero Con objeto de reducir los riesgos de contaminación ambiental de las aguas marinas y la playa, así como el riesgo de accidentes se contempla reglamentar la operación náutica del atracadero rústico proyectado. Esta acción previene fuertemente la aparición del impacto ambiental potencial (IN = 4). Su extensión se restringe exclusivamente a las áreas federales adyacentes al atracadero por lo que se considera puntual (EX = 1). La persistencia de esta acción es permanente (PE = 4), aunque la reversibilidad del efecto mitigador se valora como inmediata (MC = 1). Por tanto el valor de importancia de esta medida es de +19 y se obtiene de las características calificadas, representadas mediante la siguiente ecuación: IMPORTANCIA M = (3 (IN) + 2 (EX) + PE + MC) IMPORTANCIA M = (3 (4) + 2 (1) ) = El valor de importancia del impacto que se previene es de -22 y el valor de la medida alcanza +19, lo que se interpreta como una fuerte anulación del impacto adverso. V Aplicación del Plan de Manejo de Residuos El promovente adicionará al Plan de manejo de residuos del hotel Villa del Palmar presentado a la Secretaría de Ecología y Medio Ambiente- los procesos y procedimientos para el manejo de los residuos sólidos que se generarán durante la ejecución de las obras y actividades proyectadas. La aplicación de esta medida incluye la dotación de contenedores etiquetados de residuos sólidos en la playa, cerca del área de trabajo, para propiciar que los residuos sólidos que se generen en esta zona sean depositados en su interior de manera diferenciada, en orgánicos e inorgánicos. Durante la construcción, personal de obra encargado de la limpieza del inmueble será responsable de recuperar diariamente los residuos sólidos y de disponerlos junto con los residuos generados en obra para su entrega al Servicio de Limpia Municipal del H. Ayuntamiento de Isla Mujeres o a la empresa especializada en el manejo de residuos peligrosos, para la disposición final de los mismos. Los residuos orgánicos serán composteados para su aprovechamiento posterior en el vivero o en las áreas ajardinadas del proyecto. En esta etapa se incluye la limpieza general del sitio una vez que se concluyan las obras proyectadas. Durante la operación, personal contratado ex profeso tendrá a su cargo la limpieza diaria de la playa y del atracadero, trasladando los residuos sólidos que se colecten a los distintos almacenes del hotel operado por la promovente para su almacenamiento temporal, separación y disposición a través del Servicio de Limpia Municipal del H. Ayuntamiento de Isla Mujeres o de alguna de las empresas recicladoras con las que se tiene convenio, dependiendo de la naturaleza del residuo. Esta es una medida tanto preventiva como de mitigación cuya aplicación previene fuertemente la aparición del impacto ambiental potencial (IN = 8), evitando que el área de influencia del proyecto se vea afectada en modo alguno, por lo que su área de influencia se considera extensa (EX = 4). La persistencia del efecto benéfico de esta acción es permanente (PE = 4), pero su reversibilidad es inmediata (MC = 1), si cesa su aplicación. Página 102 de 135

103 Con base en lo anterior, el valor de importancia de esta medida es de +37, se obtiene de las características calificadas y se representa mediante la siguiente ecuación: IMPORTANCIA M = (3 (IN) + 2 (EX) + PE + MC) IMPORTANCIA M = (3 (8) + 2 (4) ) = + 37 El valor de importancia del impacto que se previene es de -26 y el valor de la medida alcanza +37, lo que se interpreta como la anulación completa del impacto adverso. V.6. VALORACIÓN CUALITATIVA DE LAS ACCIONES IMPACTANTES Y DE LOS FACTORES AMBIENTALES IMPACTADOS Con base en los análisis previos se determinó que el desarrollo de las obras proyectadas puede dar lugar a nueve impactos ambientales potenciales, de los cuales siete son de naturaleza negativa y dos de naturaleza positiva. Ninguno de estos impactos ambientales es crítico o severo; ocho son irrelevantes y uno moderado, es decir, que tienen un valor de importancia entre 26 y 50. Se esperan seis impactos en las etapas de preparación del sitio y construcción y tres en la etapa operativa. De los siete impactos potenciales negativos identificados cinco pueden ser prevenidos o mitigados por el promovente, prácticamente neutralizados en su totalidad con la aplicación de las medidas propuestas. La reducción en 0.14 % de la cobertura de pastos marinos dentro de la zona marina estudiada y la afectación temporal a la fauna silvestre que hace uso de la playa son los dos impactos que no pueden ser mitigados. Siguiendo la metodología propuesta por Conesa Fernández (1997) se procedió a la valoración de los impactos potenciales identificados y que resulta del análisis de la obra proyectada, su influencia en el entorno y la valoración de los impactos ambientales previstos, así como de sus posibilidades de prevención, mitigación y/o compensación (Cuadros 18 a y b). Con base en los análisis, se determinó que los impactos ambientales negativos más importantes durante el proceso previo a la construcción, sin la aplicación de medidas de mitigación, serán causados por la demanda de recursos forestales; en tanto que durante la etapa constructiva el impacto más importante estará vinculado con la pérdida de cobertura de pastos marinos debido al hincado de los pilotes para anclar el muelle. Durante la etapa operativa el impacto potencial más importante está vinculado al manejo inadecuado e incorrecta disposición de residuos sólidos. En esta circunstancia la importancia total de los impactos potenciales identificados es de I = -44.0, I R = Sin embargo, no se puede arribar a conclusiones sobre el impacto ambiental de la obra proyectada sin tener en cuenta que se han previsto medidas preventivas y de mitigación de impactos que deben ser ponderadas. Considerando estas medidas se nulifica el efecto de los impactos potenciales sobre los recursos forestales, la fauna bentónica y el paisaje natural; además se previene fuertemente el riesgo de contaminación de la playa. En esta circunstancia la importancia total de los impactos potenciales identificados es de I = +1.0, I R = -0.2, lo que debe interpretarse como factibilidad ambiental de la obra proyectada. Página 103 de 135

104 Considerando la aplicación de las medidas de mitigación, los valores de importancia obtenidos para las etapas pre-constructiva y constructiva son negativos, de I = -17.0, I R = -2.6, mientras que la etapa operativa presenta valores de importancia positivos, estimados en I = +23, I R = Lo anterior significa que el costo ambiental será más severo en la etapa constructiva, mientras que en la etapa operativa será inexistente, esperándose incluso beneficios en los medios sociocultural y socioeconómico. No obstante que no se puede mitigar el impacto sobre la cobertura de pastos marinos y éste se considera un impactos permanente derivado de la construcción, el análisis del conjunto arroja valores cercanos a cero, de I = +1, I R = -0.2; lo que debe interpretarse como viabilidad ambiental del proyecto, siempre y cuando se apliquen oportunamente las medidas de prevención y mitigación de impactos propuestas. Página 104 de 135

105 Sobreexplotación de recursos forestales Reducción de cobertura de pastos marinos Afectación de la fauna bentónica Afectación de fauna silvestre Afectación ambiental por disposición incadecuada de residuos sólidos Generación de empleos temporales Riesgo de contaminación de la playa Afectación ambiental por disposición incadecuada de residuos sólidos Generación de empleo directo e indirecto Total efectos permanentes de la construcción IMPORTANCIA TOTAL MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL, MODALIDAD PARTICULAR Cuadro 18a. Valoración cuantitativa de los impactos ambientales potenciales del proyecto Atracadero rústico, sin considerar la aplicación de medidas de mitigación ambiental. Fuente: Elaboración propia con base en la metodología de Conesa Fernández, IMPACTOS AMBIENTALES POTENCIALES Preparación del sitio y construcción Operación Determinación del valor de importancia ponderado de los impactos potenciales del proyecto Aracadero rústico sin la aplicación de medidas de mitigación UIP Total Total Medio Abiótico Abs. Rel. Abs. Rel. Abs. Rel. Abs. Rel. Agua marina Calidad del agua Playa arenosa Calidad del suelo Recursos forestales Abundancia Medio Biótico Flora marina Cobertura Fauna bentónica Abundancia Fauna silvestre Presencia/ausencia Medio Perceptual Paisaje natural Calidad y valor escénico Medio Sociocultural Población Dinámica poblacional Sector construcción Medio Socioecnómico Economía Sector náutico Comercio organizado Organizaciones civiles locales Sector público SUMA UIP AFECTADAS 1,000 Total I Abs I Rel Página 105 de 135

106 Sobreexplotación de recursos forestales Reducción de cobertura de pastos marinos Afectación de la fauna bentónica Afectación de fauna silvestre Afectación ambiental por disposición incadecuada de residuos sólidos Generación de empleos temporales Riesgo de contaminación del agua marina Afectación ambiental por disposición incadecuada de residuos sólidos Generación de empleo directo e indirecto Total efectos permanentes de la construcción IMPORTANCIA TOTAL MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL, MODALIDAD PARTICULAR Cuadro 18b. Valoración cuantitativa de los impactos ambientales potenciales del proyecto Atracadero rústico, considerando la aplicación de medidas preventivas y de mitigación ambiental. Fuente: Elaboración propia con base en la metodología de Conesa Fernández, IMPACTOS AMBIENTALES POTENCIALES Preparación del sitio y construcción Operación Determinación del valor de importancia ponderado de los impactos potenciales del proyecto Aracadero rústico con la aplicación de medidas de mitigación UIP Total Total Medio Abiótico Abs. Rel. Abs. Rel. Abs. Rel. Abs. Rel. Agua marina Calidad del agua Playa arenosa Calidad del suelo Recursos forestales Abundancia Medio Biótico Flora marina Cobertura Fauna bentónica Abundancia Fauna silvestre Presencia/ausencia Medio Perceptual Paisaje natural Calidad y valor escénico Medio Sociocultural Población Dinámica poblacional Sector construcción Medio Socioecnómico Economía Sector náutico Comercio organizado Organizaciones civiles locales Sector público SUMA UIP AFECTADAS 1,000 Total I Abs I Rel Página 106 de 135

107 Sobreexplotación de recursos forestales Reducción de cobertura de pastos marinos Afectación de la fauna bentónica Afectación de fauna silvestre Afectación ambiental por disposición incadecuada de residuos sólidos Riesgo de contaminación del agua marina Afectación ambiental por disposición incadecuada de residuos sólidos MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL, MODALIDAD PARTICULAR VI. MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE MITIGACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES VI.1. DESCRIPCIÓN DE LA MEDIDA O PROGRAMA DE MEDIDAS DE LA MITIGACIÓN O CORRECTIVAS POR COMPONENTE AMBIENTAL En el capítulo previo se valoró la importancia ambiental de las medidas de mitigación propuestas. En este capítulo se describen ampliamente a fin de demostrar que son viables de ejecutarse y contribuyen a minimizar los impactos ambientales potenciales determinados para el proyecto, tal como se aprecia en la siguiente gráfica Impacto potencial Impacto potencial mitigado Figura 33. La imagen ilustra gráficamente cómo los impactos potenciales (en rojo) reducen drásticamente su valor en todos los casos en los que aplica una medida de mitigación, revalorizándose como lo indica la barra azul hasta prácticamente nulificar su efecto. Sólo dos impactos no pueden ser mitigados, la reducción de la cobertura de pastos marinos y la afectación temporal a la fauna silvestre. En la gráfica se excluyeron los impactos benéficos. VI.1.1. Legal adquisición de los recursos forestales En Quintana Roo existen asociaciones ejidales que cuentan con autorización para el aprovechamiento de recursos forestales maderables que pueden fácilmente cubrir las necesidades de madera dura de la región que se requiere para el proyecto. A fin de evitar la sobreexplotación del recurso, éste deberá adquirirse a través de alguno de los productores forestales autorizados o de las casas comercializadoras con las que tienen convenio. Página 107 de 135

108 Para comprobar la ejecución de esta medida, el promovente deberá exigir a la empresa contratista encargada de la obra, el original de la remisión forestal correspondiente, misma que deberá conservarse en obra a fin de exhibirla ante la autoridad cuando ésta lo solicite. Esta acción no lleva un sobrecosto a la promovente, pero evita la tala ilegal de recursos forestales y con ello contribuye a minimizar el impacto ambiental sobre las selvas del Estado. VI.1.2. Contención de finos mediante malla geotextil Las obras marinas proyectadas llevan implícito el posible impacto a la flora y fauna bentónica por sepultamiento con lodos y finos en suspensión que serán generados cuando se hinquen los pilotes, tal como está previsto. No obstante que el área a intervenir es relativamente pequeña comparada con la zona marina dentro de su área de influencia, para evitar afectar áreas aledañas y asegurar que los impactos por esta actividad sean puntuales, se colocará en el perímetro de trabajo una malla geotextil con las características ya descritas en el capítulo II de este manifiesto. La alta eficiencia del material a utilizar asegura una contención superior al 95 %. El costo de ejecución de esta acción se estima en 30,000 pesos totales y forma parte del proyecto ejecutivo para la construcción del atracadero. La vigilancia de la aplicación de la malla y la valoración de su eficiencia se hará a través del responsable técnico en materia de supervisión ambiental quien dará el seguimiento al proyecto y registrará en una bitácora los procesos y procedimientos que se apliquen y reportará los hechos a la autoridad por medio de un informe de seguimiento, documentado con registro fotográfico y el minutario pertinente. VI.1.3. Rescate y traslocación de fauna bentónica Previo a la ejecución de las obras proyectadas en el área marina y una vez colocada la malla geotextil perimetral, se realizará mediante buceo autónomo el rescate de la fauna bentónica que se localice al interior del área cercada. Esta acción se repetirá al menos dos veces más durante el proceso constructivo sólo para verificar que no existan ejemplares que puedan ser afectados. Los individuos se colectarán a mano y se colocarán temporalmente en recipientes de plástico, para su registro fotográfico e identificación, inmediatamente después se trasladarán fuera del área de trabajo y se liberarán. Esta medida asegura que ningún ejemplar de fauna bentónica, en particular las colonias de coral del género Porites, será afectado con el desarrollo de las obras proyectadas. Su aplicación estará a cargo de personal especializado y tiene un costo de ejecución de 15,000 pesos totales. A fin de dar certeza de la oportuna aplicación de esta medida preventiva el responsable técnico en materia de supervisión ambiental dará el seguimiento a los procedimientos de recolección y traslado de la fauna bentónica, registrando en una bitácora las especies y el número de individuos por especie que se trasladen e integrando un expediente técnico que reportará a la Autoridad, el cual estará documentado con registro fotográfico y el minutario pertinente. Página 108 de 135

109 VI.1.4. Señalización preventiva La señalización es una medida preventiva encaminada a minimizar el riesgo de accidentes en la zona de trabajo durante el proceso constructivo y en el atracadero rústico durante su operación. En la etapa de construcción se utilizarán letreros para indicar a los usuarios de la playa que existe un área de trabajo y maniobra y que deben mantenerse alejados para evitar posibles accidentes. En la etapa de operación se usarán para alertar a los operadores de las embarcaciones de acciones que pudieran derivar en fugas o derrames accidentales de combustible u otros hidrocarburos. En el atracadero se colocará la señalización reglamentaria que establece la SCT para la operación de atracaderos rústicos, incluidas lámparas y letreros alusivos a la profundidad, capacidad de resistencia de la estructura, etc. La señalización incluye la colocación de una serie de boyas que delimiten claramente el área de maniobra de las embarcaciones y las áreas con uso recreativo cercanas. Esta medida se ejecutará en las últimas dos semanas de trabajo previstas y se estima que implica un costo de 25,000, ya considerado en el monto de inversión. Su verificación estará a cargo de la Secretaría pues es requisito para el otorgamiento del permiso de operación del atracadero. VI.1.5. Reglamentación de la operación del atracadero Con objeto de reducir los riesgos de contaminación ambiental de las aguas marinas y la playa, así como el riesgo de accidentes se contempla reglamentar la operación náutica del atracadero rústico proyectado. Dicho reglamento incorporará al menos las siguientes medidas que deberán quedar estipuladas en los contratos de prestación de servicios que se acuerden con las empresas operadoras que hagan uso del muelle: No se permite el almacenamiento de sustancias químicas, combustibles o aceites sobre el atracadero. No se permite la carga de combustible o aceites a las embarcaciones desde el atracadero. No se permite la reparación de embarcaciones en el atracadero rústico, la zona marina o la zona federal marítimo terrestre adyacente. No se permite arrojar basura al mar. Las embarcaciones deberán contar con dos contenedores de residuos, uno para residuos inertes y otro para residuos orgánicos. Ambos deberán contar con bolsa para facilitar su manejo y traslado. No se permite el achicamiento de sentinas ni la descarga de aguas residuales al mar, en las inmediaciones del atracadero. Durante el lavado de las embarcaciones deberá utilizarse detergente biodegradable exclusivamente. Con esta acción, de tipo preventivo, se espera lograr una operación limpia, es decir, sin incidentes que puedan derivar en impacto ambiental de la playa. La aplicación de esta medida no tiene un sobrecosto en el proyecto. Su aplicación ocurrirá justo antes de la etapa de operación. Adicionalmente, el reglamento deberá exhibirse en lugar visible en el área de embarque y Página 109 de 135

110 desembarque del atracadero, a fin de recordar a los operadores e informar a los usuarios de las acciones que no se permiten realizar por su seguridad y la del ambiente. VI.1.6. Aplicación del Plan de manejo de residuos El promovente adicionará al Plan de manejo de residuos del hotel Villa del Palmar presentado a la Secretaría de Ecología y Medio Ambiente- los procesos y procedimientos para el manejo de los residuos sólidos que se generarán durante la ejecución de las obras y actividades proyectadas. Esta medida previene la contaminación del aire, del suelo y del agua subterránea, por la disposición inadecuada de residuos, reduce la proliferación de fauna nociva, evita el deterioro del paisaje y promueve la salud y calidad de vida de los trabajadores y de quienes harán uso del área inmediata y circundante. Se ejecutará durante todo el proceso constructivo y operativo del proyecto y no implica un sobre costo para la promovente. A fin de dar certeza de la oportuna aplicación del Plan el responsable técnico en materia de supervisión ambiental dará el seguimiento al proceso de acopio, almacenamiento y disposición de residuos, según su tipo, registrando el proceso y reportándolo por medio de un informe de seguimiento, documentado con registro fotográfico y la documentación pertinente. VI.2. PROGRAMA CALENDARIZADO DE INSTRUMENTACIÓN DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE MITIGACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES El programa calendarizado de instrumentación de las medidas de mitigación se muestra en el Cuadro 19. Página 110 de 135

111 Cuadro 19. Programa calendarizado de instrumentación de las medidas de mitigación del proyecto. PROGRAMA CALENDARIZADO DE INSTRUMENTACIÓN DE LAS MEDIDAS DE MITIGACIÓN DEL PROYECTO ATRACADERO RÚSTICO 1 ETAPA DE PREPARACIÓN DEL SITIO Y CONSTRUCCIÓN ETAPA DE OPERACIÓN Fecha de inicio: MES 1 Rev MES 2 Rev MES 3 Rev MES 4 Rev MES 5 Rev MES 1 Rev Fecha de término: A B J K L A n Medida preventiva o de mitigación Legal adquisición de los resursos forestales P R 2 Colocación de la malla geotextil 3 Rescate y traslocación de fauna bentónica 4 Señalización preventiva 5 Reglamentación de la operación del atracadero P R P R P R P R 6 Implementación del Programa integral de manejo de residuos P R Marcadores Fecha actual de avances P: Fecha compromiso de la tarea Supervisión: R: Fecha final de ejecucion de la tarea Nombre y firma X% Porcentaje de avance en la tarea Fecha de corte o revision Página 111 de 135

112 VI.3. PROGRAMA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL VI.3.1. Nombre del programa Programa de supervisión ambiental del proyecto Atracadero rústico en la zona marina de la Bahía de Mujeres. VI.3.2. Objetivos del programa 1. Minimizar o prevenir el impacto ambiental significativo sobre los recursos naturales, así como el daño grave a los ecosistemas presentes en el área de influencia del proyecto Atracadero rústico. 2. Establecer una serie de estrategias que se proponen para asegurar que la construcción y operación de las obras y actividades del proyecto Atracadero rústico, no generen impactos ambientales significativos o daño grave a los ecosistemas. 3. Establecer los indicadores que se requieren medir para determinar la correcta aplicación de las estrategias que se proponen para asegurar que la construcción y operación de las obras y actividades del proyecto Atracadero rústico, no generen impactos ambientales significativos o daño grave a los ecosistemas. 4. Determinar las metas que es deseable alcanzar para cada una de las estrategias que se proponen para asegurar que la construcción y operación de las obras y actividades del proyecto Atracadero rústico, no generen impactos ambientales significativos o daño grave a los ecosistemas. 5. Describir y programar las actividades que se derivan de las estrategias que se proponen para asegurar que la construcción y operación de las obras y actividades del proyecto Atracadero rústico, no generen impactos ambientales significativos o daño grave a los ecosistemas. VI.3.3. Estrategias VI Supervisión ambiental del proyecto Para alcanzar los objetivos del programa se realizará la supervisión ambiental del proceso de construcción del atracadero rústico mediante visitas semanales de inspección con por lo menos un técnico debidamente capacitado y con la debida experiencia en el proceso de inspección o auditoría ambiental, quién en compañía de la persona que designe el promovente, realizará un recorrido por la obra, verificando que las obras y actividades se realizan sin generar impacto ambiental significativo, contaminación ambiental o daño grave a los ecosistemas; que hay un manejo adecuado de los residuos sólidos que genera la obra; que se están aplicando adecuadamente las medidas de mitigación ambiental propuestas; y, en general, que las actividades ocurren sin menoscabo de la calidad del entorno. Para documentar los hechos respecto del manejo ambiental adecuado, se llevará un registro o bitácora en hojas de verificación o chequeo. Al término de la verificación, luego de leídas las Página 112 de 135

113 anotaciones y escritas las observaciones que fueren necesarias, las hojas de registro serán firmadas en original y copia por el responsable de la supervisión ambiental y la persona que designe la empresa, quedando el original en poder de esta última. En caso necesario y para documentar algunas de las acciones emprendidas, la empresa entregará al responsable de la supervisión ambiental, copias de los reportes documentales o de los recibos o de los documentos que las avalen o prueben. En un lapso no mayor a cinco días naturales posteriores a la visita de supervisión, se hará llegar al representante del promovente un informe técnico escrito derivado de las visitas. El informe incluirá una valoración del grado de cumplimiento de las condicionantes ambientales estipuladas. En este informe se señalarán aquellas condicionantes que estén siendo incumplidas y, en su caso, se sugerirán las medidas que deberán ser adoptadas para dar cumplimiento a la legislación ambiental vigente, así como para minimizar o prevenir el efecto negativo sobre el ambiente. El promovente contará con un término de cinco días hábiles para llevar a cabo las recomendaciones y sugerencias señaladas en el informe técnico, en el entendido que dicho plazo no aplicará para el caso de presentarse la autoridad ambiental a realizar alguna visita de inspección y ésta fije los plazos y términos en que deban ser atendidas sus recomendaciones. La empresa responsable de la supervisión ambiental elaborará informes de seguimiento ambiental que serán turnados a la SEMARNAT para su respectiva valoración y, en su caso, validación. Para este proyecto en particular, se propone un único informe al término de la ejecución de las obras proyectadas para la etapa de construcción e informes semestrales para la etapa de operación. VI.3.4. Indicadores Se considerará que se están alcanzando los objetivos propuestos si durante la ejecución de las obras y actividades proyectas Las obras se realizan conforme a lo estipulado en el resolutivo en materia de impacto ambiental. Los recursos forestales se adquieren a través de un productor autorizado. Durante el desarrollo de las obras proyectadas se beneficia el comercio organizado local, las organizaciones civiles locales y la población local. La composición y abundancia de la fauna bentónica en la playa y zona marina se mantiene constante antes, durante y después de la ejecución de las obras proyectadas. No hay evidencia física de contaminación del agua marina con grasas, aceites, hidrocarburos, detergentes u otros químicos, cuyo origen sea la operación del atracadero rústico. No hay evidencia de contaminación del agua marina con aguas residuales, cuyo origen sea la operación del atracadero rústico. La zona federal marítimo terrestre y la zona marina adyacentes al atracadero están libres de residuos sólidos. Página 113 de 135

114 La zona federal marítimo terrestre se mantiene libre de obstáculos o barreras que impidan el libre tránsito. VI.3.5. Meta La construcción y operación del proyecto Atracadero rústico transcurre, permanentemente, sin dar lugar a impactos ambientales significativos, contaminación del ambiente o daño ambiental grave a los ecosistemas o recursos naturales presentes en su área de influencia. VI.3.6. Desglose de actividades y programación Las actividades vinculadas a la supervisión ambiental del proyecto y su calendarización se ilustran en el Cuadro 20, en la que se representa el programa de trabajo a lo largo de un mes. Página 114 de 135

115 Cuadro 20. Programa de trabajo para la supervisión ambiental del proyecto. PROGRAMA DE TRABAJO PARA EL PROYECTO "PROGRAMA DE SUPERVISIÓN AMBIENTAL DEL PROYECTO ATRACADERO RÚSTICO" ESTRATEGIA: SUPERVISIÓN AMBIENTAL (CICLO MENSUAL) Fecha de inicio: Semana 1 Semana 2 Semana 3 Semana 4 Rev Fecha de término: A ACTIVIDADES 1 Supervisión ambiental (SEAM) 1.1 Visita de inspección P R 1.2 Documentación de hechos y acciones P R 1.3 Integración de la bitácora ambiental P R Elaboración y envío del reporte interno con recomendaciones Instrumentación de las medidas preventivas o correctivas indicadas en el reporte Registro de las medidas preventivas o correctivas instrumentadas Elaboración y entrega a la autoridad del informe de supervisión ambiental P R P R P R P R Marcadores Fecha actual de avances P: Fecha compromiso de la tarea R: Fecha final de ejecucion de la tarea Supervisión: X% Porcentaje de avance en la tarea Fecha de corte o revision Nombre y firma Página 115 de 135

116 VII. PRONÓSTICOS AMBIENTALES Y EN SU CASO, EVALUACIÓN DE ALTERNATIVAS VII.1. PRONÓSTICO DEL ESCENARIO La imagen objetivo del proyecto del Atracadero rústico se muestra en la siguiente Figura. Figura 34. Proyección de la imagen objetivo del Atracadero rústico en la zona marina de la Bahía de Mujeres. FUENTE: R. García/Cedral, VII.1.1. Escenario con el proyecto sin la aplicación de medidas de mitigación Considerando la magnitud de las obras proyectadas y el contexto ambiental en el que se proponen, la intensidad y magnitud de los impactos ambientales esperados por el desarrollo de las obras y actividades proyectadas es relativamente bajo, aún sin la aplicación de medidas de mitigación. En caso que el proyecto se ejecutara sin la aplicación de medidas de mitigación el valor de importancia de los impactos potenciales identificados sería de I = -44.0, I R = -6.9, es decir, ligeramente negativo, con riesgo de aprovechamiento ilegal de recursos forestales; acumulación de residuos de obra en la playa; sepultamiento de flora y fauna en las inmediaciones de la obra debido a la dispersión de finos en suspensión; y de contaminación ambiental de la playa por malas prácticas operativas del atracadero. VII.1.2. Escenario con el proyecto con la aplicación de medidas de mitigación Con la oportuna aplicación de las medidas preventivas y de mitigación ambiental propuestas, así como la ejecución del programa de supervisión ambiental previsto, se nulifica el efecto de los Página 116 de 135

117 Sobreexplotación de recursos forestales Reducción de cobertura de pastos marinos Afectación de la fauna bentónica Afectación de fauna silvestre Afectación ambiental por disposición incadecuada de residuos sólidos Riesgo de contaminación del agua marina Afectación ambiental por disposición incadecuada de residuos sólidos MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL, MODALIDAD PARTICULAR impactos potenciales sobre los recursos forestales, la fauna bentónica y el paisaje natural; además se previene fuertemente el riesgo de contaminación de la playa. En esta circunstancia la importancia total de los impactos potenciales identificados es de I = +1.0, I R = -0.2, lo que debe interpretarse como factibilidad ambiental de la obra proyectada. Como se ve en la gráfica de la Figura 35, con la oportuna aplicación de las medidas de mitigación durante las etapas de preparación del sitio y construcción se minimiza la afectación a los recursos forestales y a la fauna bentónica y se previene la contaminación de la playa y el deterioro del paisaje por efecto de acumulación de residuos. En la etapa operativa, se minimiza el riesgo de contaminación de la playa por efecto de derrame o fuga de combustibles u otros hidrocarburos, así como por aguas residuales y se previene la afectación al paisaje natural por acumulación de residuos derivados de la operación del atracadero Impacto potencial Impacto potencial mitigado Figura 35. Valor de importancia de los impactos ambientales que se generará el proyecto Atracadero rústico con y sin la aplicación de medidas de mitigación. En la gráfica se excluyeron los impactos benéficos. Como se señaló previamente, únicamente dos impactos ambientales no podrán ser mitigados, la pérdida de aproximadamente 56 m 2 de pastos marinos impacto permanente irrelevante, con valor de importancia de I = -22, ya que equivale a una reducción en 0.14 % del área de cobertura Página 117 de 135

118 de pastos al interior del área de estudio con presencia de pastos, estimada en 39,757 m 2, por lo que el grado de destrucción de este impacto es bajo y su área de influencia puntual- y la alteración temporal de la fauna silvestre que hace uso de la playa para alimentarse, particularmente del playerito Calidris alba impacto temporal irrelevante, con valor de importancia de I = -19, ya que la recuperabilidad de las condiciones que sustentan la presencia de esta especie en la playa es inmediata, una vez que cesen las actividades proyectadas-. VII.1.3. Escenario sin el proyecto En caso de no ejecutarse el proyecto la zona de playa continuará en las mismas condiciones que como hasta ahora (Figura 36), es decir, sin uso náutico inmediato, porque debe recordarse que ya existe actividad náutica en las inmediaciones del sitio. Sin embargo, la no realización del atracadero rústico también conlleva nulo beneficio social y económico a la población local. Figura 36. Escenario de la playa sin la ejecución del proyecto. Foto: L. Guillermo, Página 118 de 135

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