BOLETÍN DEL INSTITUTO. Año XII - N 2910 RESOLUCIONES

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1 RESOLUCIONES N 1098 Autoriza Lic. Extraordinaria. CAC - UGL V - Bahia Blanca.pág.1 N 1099 Asigna Funciones Titular. SA XXIX-DAMPyNP-GPM-SGTM.pág.1 N 1100 Asigna Funciones Titular. DAMPyNP-GPN-SGTM...pág.2 N 1101 Autoriza Contratación DAOMS - UAI...pág.3 N 1102 Limita Funciones Titular. UGL X - Lanús...pág.4 N 1103 Designa y Asigna Funciones Titular. UGL X - Lanús...pág.4 N 1104 Autoriza Reducción de Jornada Laboral. EJ- UGL XII-Salta.pág.6 N 1105 Incluye en los Alcances R-0953-DE-17...pág.6 DISPOSICIONES CONJUNTAS N 0294-GA-GPMI-17 Adjudica TS Nº 4093/17. Serv. Equipos de Rayos... pág.7 N 0295-GA-GIT-17 Autoriza Llamado LP. Solución de Antivirus...pág.8 Resolución N 1098 VISTO el Expediente N , y Que la trabajadora Dalila Mariel LUCAS (Legajo N PROFTRA CH40SEM INI), titular de la Coordinación Administrativo Contable de la Unidad de Gestión Local V - Bahía Blanca, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, solicitó hacer uso de licencia extraordinaria sin goce de haberes, a partir del 16 de enero de 2018 y hasta el 15 de enero de 2020, en virtud que su esposo, señor Hernán José CANTELMI, quien se desempeña como Capitán de Corbeta de la Armada Argentina, ha sido designado Jefe del Departamento Contabilidad y Finanzas de la Misión Naval Logística en Estados Unidos. Que, contando con el aval de la instancias jerárquicas correspondientes, resulta procedente autorizar el uso de licencia extraordinaria sin goce de haberes, a la trabajadora Dalila Mariel LUCAS (Legajo N PROFTRA CH40SEM INI), a partir del día 16 de enero de 2018 y por el término de un (1) año. Que, asimismo se deja constancia que la Señora Dalila Mariel LUCAS, deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2º y 3º del Decreto PEN N 002/04, el artículo 1 del Decreto PEN N 218/17 y el artículo 1 del Decreto PEN N 292/17, EJECUTIVO DE GOBIERNO ARTÍCULO 1.- Autorizar, a partir del 16 de enero de 2018 y por el término de un (1) año, el uso de licencia extraordinaria sin goce de haberes, a la trabajadora Dalila Mariel LUCAS (Legajo N PROFTRA CH40SEM INI), titular de la Coordinación Administrativo Contable de la Unidad de Gestión Local V - Bahía Blanca, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, conforme lo manifestado en los considerandos de la presente. ARTÍCULO 2.- Dejar constancia que la Señora Dalila Mariel LUCAS, deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente. ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el RESOLUCIÓN Nº 1098 Resolución N 1099 VISTO el Expediente N , la Resolución N 678/DE/17, y Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que la misma hace necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social, como así también de las líneas jerárquicas correspondientes. Que, conforme lo expuesto, resulta procedente asignar, a partir de la fecha de notificación, funciones de Jefe del Sector Ambulancias XXIX, División Ambulancias, Departamento Logística, Unidad Logística Operativa, Dirección de Atención página 1

2 Médica No Programada y Programada, Gerencia de Prestaciones Médicas, dependiente de la Secretaría General Técnico Médica, al Señor Orlando José LOMBARDO (Legajo N SGYMTRC CH35SEM INI), que presta servicios en el mencionado Sector, correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38º, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12º de la Resolución N 833/DE/13, artículo 3º de la Resolución N 659/DE/07, Tramo B dentro del Agrupamiento Servicios Generales y Mantenimiento, según lo estipulado en el artículo 8º, Anexo I de la Resolución N 1375/ DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4º de la Resolución N 712/DE/06 y Resolución N 1002/DE/07. Que corresponde dejar constancia que el Señor Orlando José LOMBARDO, deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de la presente, del en su estado laboral, conforme la normativa vigente. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2 y 3 del Decreto PEN N 002/04, el artículo 1º del Decreto PEN N 218/17 y el artículo 1 del Decreto PEN N 292/17, EJECUTIVO DE GOBIERNO ARTÍCULO 1º.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, al Señor Orlando José LOMBARDO (Legajo N SGYMTRC CH35SEM INI), funciones de Jefe del Sector Ambulancias XXIX, División Ambulancias, Departamento Logística, Unidad Logística Operativa, Dirección de Atención Médica No Programada y Programada, Gerencia de Prestaciones Médicas, dependiente de la Secretaría General Técnico Médica, correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38º, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12º de la Resolución N 833/DE/13, artículo 3º de la Resolución N 659/DE/07, Tramo B dentro del Agrupamiento Servicios Generales y Mantenimiento, según lo estipulado en el artículo 8º, Anexo I de la Resolución N 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4º de la Resolución N 712/DE/06 y Resolución N 1002/DE/07. ARTÍCULO 2.- Dejar constancia que el Señor Orlando José LOMBARDO, deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de la presente, del en su estado laboral, conforme la normativa vigente. ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido archívese. RESOLUCIÓN Nº 1099 Lic. Sergio D. CASSINOTTI Director Ejecutivo Resolución N 1100 VISTO la Ley y su modificatoria introducida por su similar N , el Decreto PEN N 02/04, el Expediente N , la Resolución N 678/DE/17, y Que el artículo 6 de la Ley citada en el Visto de la presente, asignó entre otras facultades y obligaciones, al Directorio Ejecutivo Nacional del Instituto, la competencia para dictar las normas necesarias que faciliten el ejercicio de la administración general del organismo. Que por otra parte lo facultó para fijar la orientación, planeamiento y coordinación de los servicios que se presten y ejercer el control administrativo y técnico de todas las prestaciones. Que, en la misma línea de acción, el artículo 3 del Decreto N 02/04, asignó al Director Ejecutivo del Órgano Ejecutivo de Gobierno las facultades de gobierno y administración previstas en favor del Directorio Ejecutivo Nacional por la Ley N y modificatoria. Que la Resolución N 678/DE/17 se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que en virtud de ello, resulta necesario contar con las líneas jerárquicas correspondientes a fin de procurar el normal desenvolvimiento y cumplimiento de las acciones que le son propias a los distintos niveles de conducción. Que la titularidad de la Dirección de Atención Médica No Programada y Programada de la Gerencia de Prestaciones Médicas, dependiente de la Secretaría General Técnico Médica, se encuentra vacante por cuanto resulta necesario proceder a su inmediata cobertura a fin del normal desenvolvimiento de dicha dependencia. Que, en tal sentido se estima procedente asignar, a partir del 01 de noviembre de 2017, funciones de titular de la Dirección de Atención Médica No Programada y Programada de la Gerencia de Prestaciones Médicas, dependiente de la Secretaría General Técnico Médica, al empleado Iván Francisco WALKER (Legajo N AD A CH45SEM INI - INC C). Que en mérito a las funciones que se propone asignar al empleado Iván Francisco WALKER, corresponde mantener su inclusión en los alcances del inciso c), artículo 38º, Capítulo I, Título IV de la Resolución N 1523/DE/05, sustituido por el artículo 12º de la Resolución N 833/DE/13, Tramo A dentro del Agrupamiento Administrativo, conforme lo establecido en el artículo 9º, Anexo I de la Resolución N 1375/DE/06 y régimen de prestación laboral de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 4 de la Resolución N 712/DE/06 y Resolución N 1002/DE/07. Que el empleado Iván Francisco WALKER deberá realizar la página 2

3 presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 Declaración Jurada de Cargos y Actividades que Desempeña el Causante, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2 y 3 del Decreto PEN N 002/04 y el artículo 1 del Decreto PEN N 218/17 y artículo 1 del Decreto PEN N 292/17, EJECUTIVO DE GOBIERNO ARTÍCULO 1.- Asignar, a partir del 01 de noviembre de 2017, al empleado Iván Francisco WALKER (Legajo N AD A CH45SEM INI - INC C), funciones de titular de la Dirección de Atención Médica No Programada y Programada de la Gerencia de Prestaciones Médicas, dependiente de la Secretaría General Técnico Médica, correspondiendo mantener su inclusión en los alcances del inciso c), del artículo 38º, Capítulo I, Título IV de la Resolución N 1523/DE/05, sustituido por el artículo 12º de la Resolución N 833/DE/13, Tramo A dentro del Agrupamiento Administrativo, conforme lo establecido en el artículo 9º, Anexo I de la Resolución N 1375/DE/06 y régimen de prestación laboral de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 4 de la Resolución N 712/DE/06 y Resolución N 1002/DE/07. ARTÍCULO 2.- Dejar constancia que el empleado Iván Francisco WALKER deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del en su estado laboral. ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el RESOLUCIÓN Nº 1100 Resolución N 1101 VISTO el Expediente N , y Que por el Expediente citado en el Visto tramita la solicitud de contratación bajo la modalidad de locación de servicios, de la señora Carla Lorena SCARABELA (CUIL N ), para desempeñar tareas en el Departamento Auditoría Operativa Médico Social de la Unidad Auditoria Interna, dependiente de esta Dirección Ejecutiva. Que dicha contratación deberá entenderse a partir de la fecha de notificación, y hasta el 31 de diciembre de 2017, por un monto mensual de PESOS TREINTA MIL ($ ). Que, asimismo, resulta conveniente delegar la firma del contrato, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N 037/DE/04, en la titular de la Gerencia de Recursos Humanos. Que corresponde dejar constancia que la contratación que se propicia, quedará sujeta a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder. Que conforme la Resolución N 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N 2485/08 y N 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de comprobante electrónico. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución, la contratación que se propicia por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2 y 3 del Decreto PEN N 002/04 y el artículo 1 del Decreto PEN N 218/17 y artículo 1 del Decreto PEN N 292/17, EJECUTIVO DE GOBIERNO ARTÍCULO 1º.- Autorizar la contratación, a partir de la fecha de notificación y hasta el 31 de diciembre de 2017, de la señora Carla Lorena SCARABELA (CUIL N ), por un monto de PESOS TREINTA MIL ($ ), para desempeñar tareas en el Departamento Auditoría Operativa Médico Social de la Unidad Auditoria Interna, dependiente de esta Dirección Ejecutiva. ARTÍCULO 2.- Delegar la firma del contrato, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N 037/DE/04, en la titular de la Gerencia de Recursos Humanos. ARTÍCULO 3.- Dejar establecido que la contratación que se propicia quedará sujeta a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder. ARTÍCULO 4.- Dejar constancia que conforme la Resolución N 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N 2485/08 y N 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de comprobante electrónico. ARTÍCULO 5.- Estipular que de no tener principio de ejecución, la contratación que se propicia por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 6.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el RESOLUCIÓN Nº 1101 página 3

4 Resolución N 1102 VISTO el Expediente N , las Resoluciones N 400/DE/17, N 678/DE/17, y Que mediante Resolución N 400/DE/17, se asignaron funciones de Director Ejecutivo Local de la Unidad de Gestión Local X - Lanús, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, al empleado Javier Ignacio MEREDIZ (Legajo N PROFTRA CH45SEM INI). Que la Resolución N 678/DE/17 se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que en razón de lo señalado precedentemente, por razones de operatividad y de servicio, resulta necesario limitar, a partir del 01 de noviembre de 2017, las funciones de Director Ejecutivo Local de la Unidad de Gestión Local X - Lanús, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, al trabajador Javier Ignacio MEREDIZ (Legajo N PROFTRA CH45SEM INI), como así también el adicional por función jerárquica, que le fuera asignado por la Resolución N 400/DE/17. Que, conforme lo expresado en el considerando que antecede, corresponde reubicar, a partir del 01 de noviembre de 2017, al trabajador Javier Ignacio MEREDIZ (Legajo N PROFTRA CH45SEM INI), quien continuará prestando servicios en la Unidad de Gestión Local X - Lanús, en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Profesional según lo estipulado en el artículo 11º, Anexo I de la Resolución N 1375/DE/06, con una carga horaria de treinta y cinco (35) horas semanales de labor. Que asimismo corresponde dejar constancia que el trabajador Javier Ignacio MEREDIZ (Legajo N PROFTRA CH45SEM INI), en virtud de la limitación de funciones que en la presente se comunica, quedará obligado a la presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral Baja 2017, conforme lo estipula la normativa vigente. Que asimismo se deja constancia que el trabajador Javier Ignacio MEREDIZ (Legajo N PROFTRA CH45SEM INI), deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 Declaración Jurada de Cargos y Actividades que Desempeña el Causante, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2º y 3º del Decreto PEN N 002/04, el artículo 1 del Decreto PEN N 218/17 y el artículo 1 del Decreto PEN N 292/17, EJECUTIVO DE GOBIERNO ARTÍCULO 1º.- Limitar, a partir del 01 de noviembre de 2017, las funciones de Director Ejecutivo Local de la Unidad de Gestión Local X - Lanús, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, al trabajador Javier Ignacio MEREDIZ (Legajo N PROFTRA CH45SEM INI), como así también el adicional por función jerárquica, que le fuera asignado por la Resolución N 400/DE/17. ARTÍCULO 2.- Reubicar, a partir del 01 de noviembre de 2017, al trabajador Javier Ignacio MEREDIZ (Legajo N PROFTRA CH45SEM INI), quien continuará prestando servicios en la Unidad de Gestión Local X - Lanús, en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Profesional según lo estipulado en el artículo 11º, Anexo I de la Resolución N 1375/DE/06, con una carga horaria de treinta y cinco (35) horas semanales de labor. ARTÍCULO 3.- Dejar constancia que el Señor Javier Ignacio MEREDIZ (Legajo N PROFTRA CH45SEM INI), en virtud de la limitación de funciones que en la presente se comunica, quedará obligado a la presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral Baja 2017, conforme lo estipula la normativa vigente. ARTÍCULO 4.- Asentar que el Señor Javier Ignacio MEREDIZ (Legajo N PROFTRA CH45SEM INI), deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 Declaración Jurada de Cargos y Actividades que Desempeña el Causante, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente. ARTÍCULO 5.- Instruir a la Gerencia de Infraestructura Tecnológica, para que a través de las áreas competentes proceda a asignar el perfil de usuario y acceso a los servicios informáticos del Instituto de conformidad a las tareas que se asignan por la presente. ARTÍCULO 6.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido archívese. RESOLUCIÓN N 1102 Resolución N 1103 VISTO el Expediente N , la Resolución N 678/DE/17, y Que el acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento página 4

5 de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social. Que en pos de lo enunciado precedentemente se estima conveniente contar, también, con las líneas jerárquicas conforme la estructura organizacional, resultando para ello imprescindible proceder a la cobertura de diversas unidades orgánicas de este Instituto, con la finalidad de brindar un servicio eficiente y eficaz. Que en ese sentido se propicia la designación, a partir del 01 de noviembre de 2017, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, en la Unidad de Gestión Local X - Lanús, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, del doctor Emiliano Martín BURSESE (CUIL N ). Que atento que la Dirección Ejecutiva Local de la Unidad de Gestión Local X - Lanús, se encuentra vacante, y ante la necesidad de poder cumplir acabadamente con las acciones que le competen, se estima conveniente asignar funciones de titular de la mencionada unidad orgánica-funcional de la Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, al doctor Emiliano Martín BURSESE (CUIL N ), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso d), artículo 38º, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12º de la Resolución N 833/DE/13, y Resolución N 441/DE/17, Tramo A dentro del Agrupamiento Profesional, según lo estipulado en el artículo 11º, Anexo I de la Resolución N 1375/DE/06, con una carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4º de la Resolución N 712/DE/06 y Resolución N 1002/DE/07. Que corresponde dejar constancia que el doctor Emiliano Martín BURSESE (CUIL N ), deberá, dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de inexistencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. Que, cabe destacar que, la presente designación tendrá principio de ejecución una vez cumplimentados todos los requisitos establecidos ut supra, y conforme la fecha de alta laboral informada por el área de prestación de servicios. Que por otra parte, la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos. Que, asimismo, se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2 y 3 del Decreto PEN N 002/04, artículo 1 del Decreto PEN N 218/17 y el artículo 1 del Decreto PEN N 292/17, EJECUTIVO DE GOBIERNO ARTÍCULO 1.- Designar, a partir del 01 de noviembre de 2017, en el Agrupamiento Ingreso, con un régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local X - Lanús, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, al doctor Emiliano Martín BURSESE (CUIL N ). ARTÍCULO 2.- Asignar funciones de titular de la Dirección Ejecutiva Local de la Unidad de Gestión Local X - Lanús, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, al doctor Emiliano Martín BURSESE (CUIL N ), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso d), artículo 38º, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12º de la Resolución N 833/DE/13, y Resolución N 441/ DE/17, Tramo A dentro del Agrupamiento Profesional, según lo estipulado en el artículo 11º, Anexo I de la Resolución N 1375/ DE/06, con una carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4º de la Resolución N 712/DE/06 y Resolución N 1002/DE/07. ARTÍCULO 3.- Dejar constancia que el doctor Emiliano Martín BURSESE (CUIL N ), deberá dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de notificación, proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de inexistencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. ARTÍCULO 4.- Tener presente que la designación que se propicia tendrá principio de ejecución una vez cumplimentados página 5

6 todos los requisitos establecidos ut supra, y conforme la fecha de alta laboral informada por el área de prestación de servicios. ARTÍCULO 5.- Disponer que la incorporación también quedará sujeta al informe de la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos. ARTÍCULO 6.- Establecer que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 7.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el RESOLUCIÓN Nº 1103 Resolución N 1104 VISTO el Expediente N , y Que mediante el Expediente indicado en el Visto, el empleado Ignacio Antonio URIBURU FERREIRA (Legajo N PROF TRA CH45SEM INI)), dependiente del Equipo Jurídico, de la Unidad de Gestión Local XII - Salta, de la Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, de la Secretaría General Técnico Operativa, quien actualmente cumple una jornada laboral equivalente a cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor, solicita la reducción de la misma, para cumplir una jornada laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, y la consecuente reubicación en el Tramo C, del Agrupamiento Profesional. Que las instancias jerárquicas correspondientes han tomado conocimiento, sin formular objeciones a la solicitud del citado dependiente, por cuanto se estima procedente dar curso a la reducción y a la reubicación peticionadas, a partir de la fecha de notificación. Que ello así, cabe destacar que la reducción de la jornada de labor y la reubicación en el Tramo solicitado, en favor del empleado URIBURU FERREIRA, corresponden con la consecuente merma salarial, acorde a la jornada laboral de treinta y cinco (35) horas semanales y al Tramo C, que revistará el nombrado y que declara conocer y aceptar. Que por último se deja constancia que el empleado URIBURU FERREIRA deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2 y 3 del Decreto PEN N 02/04, el artículo 1 del Decreto PEN N 218/17 y el artículo 1 del Decreto PEN 292/17, EJECUTIVO DE GOBIERNO ARTÍCULO 1.- Autorizar, a su pedido, a partir de la fecha de notificación, la reducción de la jornada laboral, a treinta y cinco (35) horas semanales de labor y su reubicación en el Tramo C del Agrupamiento Profesional, del empleado Ignacio Antonio URIBURU FERREIRA (Legajo N PROF TRA CH45SEM INI), dependiente del Equipo Jurídico, de la Unidad de Gestión Local XII - Salta, de la Gerencia Operativa y Coordinación de UGL, de la Secretaría General Técnico Operativa, de acuerdo a lo expresado en los considerandos de la presente. ARTÍCULO 2.- Dejar constancia que el empleado URIBURU FERREIRA, conoce y acepta la merma salarial que dicha reducción horaria y reubicación en el Tramo C, implican. ARTÍCULO 3.- Disponer que el empleado URIBURU FERREIRA deberá realizar la presentación dentro de los diez (10) días, contados a partir de la fecha de notificación, del Formulario 161 Declaración Jurada de Cargos y Actividades que Desempeña el Causante, a fin de reflejar la modificación en su estado laboral, conforme lo indica la normativa vigente. ARTÍCULO 4.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el RESOLUCIÓN N 1104 Lic. Sergio D. CASSINOTTI Director Ejecutivo Resolución N 1105 VISTO el Expediente N y la Resolución N 993/DE/17, y Que por la Resolución N 993/DE/17 se dispuso prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2017, la suspensión dispuesta por la Resolución N 059/DE/16, de fecha 19 de enero de 2016, a partir del vencimiento del plazo previsto en la prórroga efectuada por Resolución N 664/DE/17, siendo éste el 13 de octubre de Que por otra parte se estableció que las personas nominadas en el Anexo I de la Resolución N 993/DE/17 mantendrán -por el plazo que perdure dicha suspensión- la modalidad de contratación que los vinculaba con este Instituto previo al dictado de las Resoluciones N 897/DE/15, 980/DE/15, y 1005/DE/15, por el monto establecido en la Resolución N 664/DE/17. Que mediante Providencias N 140/ E y N 33/ P, el titular de la Coordinación de Asuntos Públicos e Interdisciplinarios manifiesta que se omitió incorporar en la solicitud de renovación de contratos, a las señoras Nicole Denis DELGADO (CUIL N ) y Marina DRAGO página 6

7 OCANTO (CUIL N ), que prestan servicios en la Subgerencia de Pami Escucha. Que por lo expuesto, procede incluir en los alcances de la Resolución N 993/DE/17, a las señoras Nicole Denis DELGADO (CUIL N ) y Marina DRAGO OCANTO (CUIL N ), correspondiendo la prórroga de los contratos por el monto mensual establecido en la Resolución N 664/ DE/17, ello es Pesos Dieciocho Mil Ciento Cuarenta y Cuatro ($ ,00). Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2 y 3 del Decreto PEN N 002/04, el artículo 1 del Decreto PEN N 218/17 y el artículo 1 del Decreto PEN N 292/17, EJECUTIVO DE GOBIERNO ARTÍCULO 1.- Incluir en los alcances de la Resolución N 993/DE/17, a las señoras Nicole Denis DELGADO (CUIL N ) y Marina DRAGO OCANTO (CUIL N ), que prestan servicios en la Subgerencia de Pami Escucha y Responde de la Coordinación de Asuntos Públicos e Interdisciplinarios, dependiente de esta Dirección Ejecutiva, correspondiendo la prórroga de los contratos por el monto mensual establecido en la Resolución N 664/DE/17, ello es Pesos Dieciocho Mil Ciento Cuarenta y Cuatro ($ ,00). ARTÍCULO 2.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el RESOLUCIÓN Nº 1105 Disposición Conjunta N 0294 BUENOS AIRES, 02. NOV VISTO el Expediente N y, Que por el Expediente citado en el Visto tramita la contratación de un servicio de puesta en funcionamiento de los equipos de rayos instalados en el Hospital Dr. Bernardo A. Houssay de la Ciudad de Mar del Plata (Pcia. de Buenos Aires) dependiente del Instituto. Que por Disposición N 2518/GA/17, se autorizó el llamado a Trámite Simplificado con el mencionado objeto, en los términos establecidos por el artículo 19 inciso d) apartado 9) del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por Resolución N 135/I/03 y sus modificatorias, y asimismo se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y sus Anexos para la contratación. Que el llamado fue registrado por la Subgerencia de Compras y Contrataciones como Trámite Simplificado N 4093/17, fijándose la presentación y apertura de ofertas para el día 19 de octubre de Que la convocatoria a presentar ofertas se publicó en la página de Internet del Instituto, y fueron invitadas a participar las empresas del rubro inscriptas en el Registro Informático Único Nacional de Prestadores y Proveedores del INSSJP. Que según surge del Acta de Apertura se presentó un (1) oferente: GRAN BUENOS AIRES RAYOS X S.A.. Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 13 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos que rige la contratación, el Área Técnica procedió a realizar la evaluación técnico-económica de la oferta, manifestando que la presentada por la firma GRAN BUENOS AIRES RAYOS X S.A. cumple con lo solicitado en el Pliego. Que habiéndose realizado el análisis formal y final, la Unidad Evaluación de Ofertas de la Coordinación de la Gerencia de Administración manifiesta que la oferta presentada por la firma GRAN BUENOS AIRES RAYOS X S.A., se adecua a las previsiones contenidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos, por lo que corresponde declararla admisible. Que en virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta el precio y calidad de lo ofrecido, corresponde adjudicar el Trámite Simplificado N 4093/17 a la firma GRAN BUENOS AIRES RAYOS X S.A., por un monto total de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTE ($ ,00). Que la Subgerencia de Compras y Contrataciones, la Unidad Evaluación de Ofertas de la Coordinación de la Gerencia de Administración, y la Asesoría Legal de la Gerencia de Administración han tomado la debida intervención de sus competencias. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones N 844/DE/16, N 678/DE/17 y N 679/DE/17, EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y EL GERENTE DE PROYECTOS DE MODERNIZACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DISPONEN: ARTÍCULO 1.- Declarar admisible la oferta presentada por la firma GRAN BUENOS AIRES RAYOS X S.A. en el Trámite Simplificado N 4093/17, para la contratación de un servicio de puesta en funcionamiento de los equipos de rayos instalados en el Hospital Dr. Bernardo A. Houssay de la Ciudad de Mar del Plata (Pcia. de Buenos Aires) dependiente del Instituto. ARTÍCULO 2.- Adjudicar el Trámite Simplificado N 4093/17 a la firma GRAN BUENOS AIRES RAYOS X S.A., por un monto total de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTE ($ ,00), de conformidad con el Anexo que se agrega y forma parte integrante de la presente. ARTÍCULO 3.- Autorizar a la Subgerencia de Compras y Contrataciones a emitir y suscribir la correspondiente Orden página 7

8 de Compra a favor de la empresa adjudicataria, facultándola a disponer su libramiento al solo efecto de su inclusión en el Sistema de Gestión Económico Financiero, conforme la adjudicación dispuesta en el Artículo 2 de la presente. ARTÍCULO 4.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el DISPOSICIÓN CONJUNTA N 0294/GA-GPMI/2017 Enrique M. NOLTING Gerente de Administración Dr. Gastón ARUSA Gerente de Proyectos de Modernización de Infraestructura ANEXO - DISPOSICIÓN CONJUNTA N GRAN BUENOS AIRES RAYOS X S.A. DESCRIPCIÓN Servicio de puesta en marcha de equipos de rayos PRECIO TOTAL $ ,00 EL MONTO TOTAL DE LA PRESENTE ADJUDICACIÓN ASCIENDE A LA SUMA DE PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTE ($ ,00). Disposición Conjunta N 0295 VISTO el Expediente N y, Que por el Expediente citado en el Visto tramita la adquisición de una solución antivirus compuesta de quince mil (15.000) licencias con capacitación para seis (6) administradores técnicos y Servicio de actualización, soporte y mantenimiento, por el término de dos (2) años con opción a renovación por hasta un (1) año. Que a tal efecto, la Gerencia de Infraestructura Tecnológica ha elaborado el listado de servicios requeridos, sus especificaciones técnicas, las pautas y normas generales, las cantidades necesarias para la contratación que se propicia, y estableció el costo estimado de la presente erogación. Que sobre la base de lo requerido, la Subgerencia de Compras y Contrataciones procedió a la elaboración del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos que regirá el presente llamado. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 inciso a) del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por Resolución N 135/I/03 y sus modificatorias, corresponde realizar un llamado a Licitación Pública, bajo la clase de Etapa Única. Que la convocatoria a presentar ofertas debe efectuarse mediante la publicación de avisos en el Boletín Oficial por el término de dos (2) días hábiles, con un mínimo de cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura de ofertas, computados a partir del día hábil inmediato siguiente a la última publicación, conforme a lo establecido por los artículos 38º y 39º del Régimen de Contratación aprobado por Resolución N 135/I/03 y sus modificatorias. Que se deberá invitar a las empresas del rubro que se encuentren inscriptas en el Registro Informático Único Nacional de Prestadores y Proveedores de este Instituto, con un mínimo de cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura de ofertas, a presentar ofertas en la presente Licitación Pública, dejando constancia en las actuaciones. Que asimismo corresponde su difusión en la página web del Instituto, en forma simultánea, desde que se cursen las invitaciones hasta el día de la apertura de ofertas. Que la Gerencia de Administración ha cursado las respectivas Comunicaciones de Disposición de Recursos a la Subdirección Ejecutiva y a la Dirección Ejecutiva, en cumplimiento a lo normado en el Anexo II de la Resolución N 844/DE/16. Que se procedió a verificar en el Sistema de Gestión Económico Financiero la disponibilidad de fondos, realizándose en consecuencia la reserva de la correspondiente partida presupuestaria de conformidad con la normativa vigente en la materia. Que la Subgerencia de Compras y Contrataciones, la Subgerencia de Control Presupuestario y Control de Gestión, y la Asesoría Legal de la Gerencia de Administración han tomado la intervención de sus respectivas competencias. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones N 844/DE/16, N 678/DE/17 y N 679/DE/17, EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y EL GERENTE DE INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA DISPONEN: ARTÍCULO 1.- Autorizar a efectuar un llamado a Licitación Pública para la adquisición de una solución antivirus compuesta de quince mil (15.000) licencias con capacitación para seis (6) administradores técnicos y Servicio de actualización, soporte y mantenimiento, por el término de dos (2) años con opción a renovación por hasta un (1) año, encuadrada en los términos del artículo 19 inciso a) del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por Resolución N 135/I/03 y sus modificatorias. ARTÍCULO 2.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos que se agrega y que pasa a formar parte de la presente. ARTÍCULO 3.- Aprobar el Modelo de Aviso que se agrega como Anexo y que pasa a formar parte de la presente, para su publicación en el Boletín Oficial por el término de dos (2) días hábiles, con un mínimo de cinco (5) días hábiles de antelación página 8

9 a la fecha fijada para la apertura de ofertas, computados a partir del día hábil inmediato siguiente a la última publicación, conforme a lo establecido por los artículos 38 y 39 del Régimen de Contratación aprobado por Resolución N 135/I/03 y sus modificatorias. ARTÍCULO 4.- Invitar con un mínimo de cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha para la apertura de ofertas, a las empresas del rubro que se encuentren inscriptas en el Registro Informático Único Nacional de Prestadores y Proveedores e este Instituto, a presentar ofertas en la presente Licitación Pública, dejando constancia en las actuaciones. ARTÍCULO 5.- Difundir el presente llamado desde el día en que se cursen las invitaciones y hasta el día de la apertura de las ofertas en la página web del Instituto ( org.ar). ARTÍCULO 6.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el DISPOSICIÓN CONJUNTA N 0295/GA/GIT/2017 Enrique M. NOLTING Gerente de Administración Diego AIETA Gerente de Infraestructura Tecnológica ANEXO - DISPOSICIÓN CONJUNTA N MODELO DE AVISO ORGANISMO CONTRATANTE INSTITUTO PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS LLÁMASE A LICITACIÓN PÚBLICA N /17 PARA LA ADQUISICIÓN DE UNA SOLUCIÓN ANTIVIRUS COMPUESTA DE QUINCE MIL (15.000) LICENCIAS CON CAPACITACIÓN PARA SEIS (6) ADMINISTRADORES TÉCNICOS Y SERVICIO DE ACTUALIZACIÓN, SOPORTE Y MANTENIMIENTO, POR EL TÉRMINO DE DOS (2) AÑOS CON OPCIÓN A RENOVACIÓN POR HASTA UN (1) AÑO. EXPEDIENTE N PLIEGOS E INFORMACIÓN EN: VALOR DEL PLIEGO: SIN COSTO CONSULTAS: MEDIANTE NOTA EN LA SUBGERENCIA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES - AV. CORRIENTES PISO - C.A.B.A HASTA TRES (3) DÍAS HÁBILES PREVIO A LA FECHA DE APERTURA DE LAS OFERTAS CORREO ELECTRÓNICO: consultapliegosbs@pami.org.ar PRESENTACIÓN DE OFERTAS EN: SUBGERENCIA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES - AV. CORRIENTES 655- PB C.A.B.A, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO POR EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y ANEXOS. LUGAR DE APERTURA: SUBGERENCIA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES - AV. CORRIENTES 655- PB C.A.B.A APERTURA: de de 2017 HORA: HRS. Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados Lic. Sergio Daniel CASSINOTTI - Director Ejecutivo CPN. Victor LÓPEZ MONTI - Subdirector Ejecutivo Boletin del Instituto: Resoluciones N 0439/DE/04, 0039/DE/16 y 1045/DE/16 Edición: División Gestión Electrónica de Normativa Departamento Despacho. Unidad Secretaría Administrativa secretaria_administrativa@pami.org.ar / despacho@pami.org.ar boletindelinstituto@pami.org.ar página 9

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