Las deducciones por inversiones medioambientales tras la Ley de Economía Sostenible 27 de octubre de 2011

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Las deducciones por inversiones medioambientales tras la Ley de Economía Sostenible 27 de octubre de 2011"

Transcripción

1 Las deducciones por inversiones medioambientales tras la Ley de Economía Sostenible 27 de octubre de 2011 José María Cobos Gómez

2 Índice La Fiscalidad y el Medio Ambiente Deducciones por inversiones medioambientales Esquema de liquidación del Impuesto sobre Sociedades. Localización de las deducciones Impacto práctico y reforma Propuestas realizadas para el mantenimiento e impacto de la Ley de Economía Sostenible Esquema-resumen de las deducciones Deducción por inversiones para la protección del medio ambiente Requisitos para la aplicación de la deducción: - Inversiones en instalaciones - Inversiones destinadas a al protección del medio ambiente - Requisitos ambientales Certificación de convalidación Cálculo de la deducción Casuística en relación con la fecha de realización de la inversión y de certificación de la convalidación 2

3 Fiscalidad y Medio Ambiente

4 La Fiscalidad y el Medio Ambiente Instrumentos fiscales para la protección ambiental INSTRUMENTOS JURIDICOS Responsabilidad civil Delito fiscal Resp. ambiental Autorizaciones Sanciones CUESTIONES AMBIENTALES Principio quien contamina paga Gravámenes ambientales INSTRUMENTOS ECONÓMICOS Depósitos reembolsables Sistemas integrados gestión Comercio dº emisión Ayudas financieras Instrum. fiscales Incentivos ambientales Impuestos Tasas Cánones? Exenciones Deducciones Bonificaciones 4

5 La Fiscalidad y el Medio Ambiente En que invierten las empresas en materia ambiental? 5

6 La Fiscalidad y el Medio Ambiente En que invierten las empresas en materia ambiental? Comunitat Valenciana Total actividades EQUIPOS E INSTALACIONES INDEPENDIENTES Emisiones al aire Aguas residuales Residuos Suelos, aguas subterráneas y aguas superficiales Ruidos y vibraciones Naturaleza y paisaje Otros equipos e instalaciones EQUIPOS E INSTALACIONES INTEGRADOS Emisiones al aire Aguas residuales Residuos Suelos, aguas subterráneas y aguas superficiales Ruidos y vibraciones Otros equipos e instalaciones INVERSIÓN TOTAL

7 Deducciones por inversiones medioambientales: aproximación

8 Deducciones por inversiones medioambientales Esquema de liquidación del IS RESULTADO CONTABLE (+ / -) Correcciones o ajustes fiscales (-) Bases imponibles negativas ejercicios anteriores BASE IMPONIBLE (x) Tipo de gravamen (en general, 30%; PYMES (ERD) 25%-30%) CUOTA ÍNTEGRA (-) Bonificaciones (-) Deducciones para evitar la doble imposición (-) Deducciones (I+D+i; inversiones medioambientales, minusválidos,...) (-) Retenciones e ingresos a cuenta CUOTA DEL EJERCICIO A INGRESAR / DEVOLVER (-) Pagos fraccionados CUOTA DIFERENCIAL (+) Incremento por pérdidas de beneficios fiscales (+) Intereses de demora LÍQUIDO A INGRESAR / DEVOLVER Límite del 35% / 50% (*) (*) 60% para ejercicios iniciados a partir de 6/03/2011 8

9 Deducciones por inversiones medioambientales Tipos de deducciones Probablemente el incentivo fiscal más relevante lo constituyan las deducciones por inversiones medioambientales existentes en el Impuesto sobre Sociedades desde el ejercicio 1997: Artículo 39 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (TRLIS). Artículos 33 a 38 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades (RIS). Este incentivo permite aplicar una deducción en cuota por la realización de determinadas inversiones con finalidad ambiental: Instalaciones destinadas a reducir la contaminación del aire, del agua y a favorecer la reducción, recuperación y tratamiento de residuos industriales (artículo 39.1 TRLIS). Adquisición de vehículos industriales o comerciales nuevos de trasporte por carretera con reducidas emisiones de contaminantes atmosféricos (artículo 39.2 TRLIS - derogada para los ejercicios iniciados a partir de 1 de enero de 2011) Instalaciones y equipos nuevos destinados al aprovechamiento de fuentes de energía renovables (artículo 39.3 TRLIS - derogada para los ejercicios iniciados a partir de 1 de enero de 2011). 9

10 Deducciones por inversiones medioambientales Impacto práctico y reforma La incidencia de este incentivo se puede considerar significativa, a la vista del número de contribuyentes que lo han utilizado: Declarantes Deducción (miles ) Fuente: Memoria de la Administración Tributaria. Ministerio de Economía y Hacienda No obstante, la reforma fiscal introducida por la Ley 35/2006 supuso la progresiva desaparición de estas deducciones a lo largo del periodo : y ss Tipo general IS 35% 32,5% 30% 30% 30% 30% % Deducciones 100% 80% 60% 40% 20% 0%? Propuestas para corregir esta situación e impacto del Proyecto de Ley de Economía Sostenible. 10

11 Deducciones por inversiones medioambientales Impacto de la Ley de Economía Sostenible La Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible (artículo 92), ha introducido las siguientes modificaciones con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir de 6/03/2011: Se incrementa el porcentaje de deducción al 8% para los ejercicios iniciados a partir de 6 de marzo de 2011 (fecha de entrada en vigor de la Ley de Economía Sostenible). Pese a la confusa y defectuosa redacción derivada del retraso en la aprobación de la Ley, la Agencia Tributaria parece inclinarse por admitir la deducción al 2% para los ejercicios iniciados entre el 1 de enero de 2011 y el 5 de marzo de Se modifican determinados aspectos del ámbito objetivo (contaminación acústica, residuos propios y cumplimiento de la normativa ambiental) que se destallarán a continuación. Se confirma la desaparición de las deducciones por adquisición de vehículos (artículo 39.2) y por inversiones en energías renovables (artículo 39.3). 11

12 Deducciones por inversiones medioambientales Esquema-resumen DEDUCCIÓN Ámbito objetivo Requisitos ambientales Base deducción Tipo deducción Instalaciones para la protección del medio ambiente Instalaciones del inmovilizado material (atmósfera, aguas, residuos industriales) Objeto ambiental: Contaminación atmosférica o acústica Contaminación de las aguas Residuos industriales propios Mejora las exigencias de la normativa ambiental (siempre que se viniere cumpliendo) Planes, programas, convenios, acuerdos Certificación de convalidación Precio de adquisición o coste de producción Adquisición de vehículos no contaminantes Vehículos industriales y comerciales para el transporte por carretera Vehículos nuevos Con motor diésel o motor de GN o GLP Que cumplan requisitos de la Directiva 88/77/CEE Precio de adquisición x 45% o 90% para camiones y tractocamiones 40% u 85% para tractocamiones + semirremolque 35% u 80% para autobuses y demás vehículos - Subvenciones - Subvenciones - Subvenciones Equipos para el aprovechamiento de energías renovables Instalaciones y equipos del activo material Inversiones nuevas con las siguientes finalidades: Aprovechamiento energía solar Aprovechamiento de RSU o biomasa para su transformación en calor o electricidad Tratamiento de residuos biodegradables y productos para su transformación en biogás o biocarburantes Precio de adquisición o coste de producción % 8% 6% 4% 2% 2%? 8% 12% 10% 8% 5% 3% 0% 10% 8% 6% 4% 2% 0% Certificado convalidación Administración ambiental competente Aplicación provisional de la deducción si se solicita antes del inicio del período voluntario de presentación del impuesto NO NO Mantenimiento inversión 5 años 3 años, si bien mueble 3 años Vida útil si fuese inferior 5 años 3 años, si bien mueble Vida útil, si inferior Vida útil, si inferior Posibilidad de sustitución 12

13 Deducción por inversiones para la protección del medio ambiente

14 Deducción para la protección del medio ambiente Requisitos Inversiones en instalaciones Las inversiones se realicen para mejorar las exigencias establecidas en la normativa ambiental vigente siempre que se esté cumpliendo dicha normativa. Que la inversión se lleve a cabo en ejecución de planes, programas, convenios o acuerdos aprobados o celebrados con la Administración ambiental Deducción Certificación de convalidación de la Administración ambiental Evitar o reducir la contaminación atmosférica o acústica procedente de instalaciones industriales Evitar o reducir la carga contaminante que se vierta a las aguas superficiales, subterráneas y marinas. Favorecer la reducción, recuperación o tratamiento correctos desde el punto de vista medioambiental de residuos industriales propios 14

15 Deducción para la protección del medio ambiente Inversiones en instalaciones Inversiones en elementos del activo material consistentes en instalaciones: El concepto de inversión excluye los gastos, sin perjuicio de que pudieran tomarse en consideración aquellos que, conforme a las normas contables, se integren en el precio de adquisición o coste de producción. Debe tratarse de activos fijos (RIS), lo que excluye las existencias u otros elementos del activo circulante o corriente. Financiación de la inversión mediante fórmulas de arrendamiento financiero o renting: - El RIS admite las fórmulas de arrendamiento financiero, estando condicionada el ejercicio de la opción de compra. - La DGT viene admitiendo otras fórmulas de financiación siempre que, por sus características económicas, sean equiparables al arrendamiento financiero. El artículo 39.1 TRLIS no define el concepto de instalación: - Instalaciones técnicas (PGC): unidad compleja de uso especializado compuesta por diversos elementos que, aun siendo separables por naturaleza, están ligados de forma definitiva para su funcionamiento y sometidos al mismo ritmo de amortización. - Instalaciones (normativa ambiental): unidad técnica fija. La Resolución del TEAC de 2 de marzo de 2007 utiliza este criterio para definir este concepto. 15

16 Deducción para la protección del medio ambiente Inversiones destinadas a la protección del medio ambiente Inversiones destinadas a la protección del medio ambiente con alguna de las siguientes finalidades: Evitar o reducir la contaminación atmosférica o acústica procedente de instalaciones industriales: - La Ley de Economía Sostenible resuelve la controversia sobre la aplicación de la deducción a las inversiones para evitar la contaminación acústica, incluyéndola expresamente. - La DGT, en un criterio discutible, ha entendido que las instalaciones industriales son únicamente las definidas en la Ley 21/1992, de 26 de julio, de Industria. Evitar o reducir la carga contaminante que se vierta a las aguas superficiales, subterráneas y marinas. Favorecer la reducción, recuperación o tratamiento correctos desde el punto de vista medioambiental de residuos industriales propios: - Concepto de residuo industrial: Algunos Tribunales lo equiparan a los residuos peligrosos, en contraposición con los residuos urbanos (clasifición de los residuos en la Ley de Residuos). Parece más razonable interpretarlo como los residuos generados por las industrias en el ejercicio de sus actividades, que viene a coincidir con la definición contenida en algunas normas ambientales autonómicas y el Proyecto de Ley de Residuos. - La Ley de Economía Sostenible resuelve negativamente la controversia sobre la aplicación de la deducción a las inversiones para el tratamiento de los residuos industriales ajenos, limitando su aplicación a los residuos industriales propios. 16

17 Deducción para la protección del medio ambiente Requisitos ambientales Inversiones que cumplan los siguientes requisitos: Se realicen para mejorar las exigencias establecidas en la normativa ambiental vigente siempre que se esté cumpliendo dicha normativa: - El objetivo de esta limitación es que no se beneficien de la deducción los incumplidores de la normativa ambiental, que tendrían un mayor incentivo fiscal que aquellos que viniesen cumpliendo dicha normativa. Se lleven a cabo en ejecución de planes, programas, convenios o acuerdos aprobados o celebrados con la Administración ambiental: - La existencia de un plan, programa, convenio o acuerdo es un requisito inexcusable para la aplicación de la deducción, si bien no tienen necesariamente que recoger los tipos de inversiones que darían derecho a practicar la deducción (DGT ). - Administración ambiental: Aquella que tenga tanto competencia material como territorial. Complejidad por los distintos niveles de Administración existentes (estatal, autonómica y local). - Ni el TRLIS ni el RIS aclara qué debe entenderse por planes, programas, convenios o acuerdos. 17

18 Deducción para la protección del medio ambiente Algunos ejemplos recientes (i) DGT V , de 27 de octubre de 2008 Construcción de una planta de filtraje de larvas de mejillón cebra para evitar la contaminación de este molusco, que constituye una de las especies invasoras de mayor velocidad de expansión y más dañina por su impacto ecológico y económico, conforme a las instrucciones recibidas del Ministerio de Medio Ambiente DGT: En el caso que se plantea en la consulta, la construcción de la planta o instalación de filtrado, tiene por objeto evitar la contaminación biológica de las aguas ocasionada por el mejillón de cebra y conforme a lo previsto en apartado V del Convenio suscrito entre la Confederación Hidrográfica del Norte y la consultante, corresponderá a ésta la titularidad de la explotación de la obra un periodo de 45 años. En consecuencia, la consultante puede acogerse a la deducción por la inversión realizada en la planta de filtrado contra la contaminación biológica de las aguas por el mejillón cebra DGT V , de 19 de noviembre de 2008 Sociedad constituida por sociedades del sector del mueble eléctrico y de gestión de residuos lleva a cabo la construcción de una planta de puertas abiertas con la finalidad de aprovechar tanto los subproductos generados por el sector del mueble como los generados por la poda agrícola-forestar la para la generación de la electricidad. La planta generará energía eléctrica a través de un proceso de combustión de los subproductos y residuos que producirá un mínimo impacto ambiental al alcanzar la máxima cota de eficiencia con vertido cero y contar con un sistema de depuración de gases. DGT: En el caso planteado en la consulta, la instalación para la depuración de gases en el proceso de generación de energía no consta que esté incluida en programas, acuerdos o convenios con la Administración competente en materia medioambiental. 18

19 Deducción para la protección del medio ambiente Algunos ejemplos recientes (ii) DGT V , de 7 de abril de 2009 Inversiones industriales en equipos e instalaciones con fines de ahorro y eficiencia energética DGT: A pesar del indudable impacto medioambiental que produce el ahorro energético, sólo se encuadran en el ámbito de aplicación de la deducción las inversiones en instalaciones que, ahorrando energía, reduzcan o eviten la contaminación atmosférica de las instalaciones industriales DGT V , de 22 de junio de 2010 La entidad consultante, cuyo objeto social es la producción y comercialización de productos cerámicos, pretende realizar una inversión consistente en una nueva máquina de molienda que sustituya a otra, con el fin de aumentar la eficiencia tecnológica y disminuir los residuos industriales, que podrán incorporarse al proceso productivo y así reducir la cantidad de residuos que han de gestionarse. Ante la dificultad para identificar qué parte de la inversión guarda una relación directa con la función protectora del medio ambiente a efectos de determinar la base de la deducción por inversiones medioambientales prevista en el artículo 39 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, se plantea la siguiente cuestión. DGT: En el caso planteado, la inversión realizada tiene por objeto cambiar el proceso productivo que, siendo más eficiente, produce menos residuos industriales, de manera que por el hecho de que el nuevo proceso de producción reduzca los residuos producidos por el mismo, no habilita a practicar la deducción, dado que la base de la deducción solamente alcanza a aquella cuya finalidad exclusiva es la reducción de residuos, por lo que de los escasos datos aportados no puede valorarse el cumplimiento de los requisitos exigidos para practicar la deducción. 19

20 Deducción para la protección del medio ambiente Algunos ejemplos recientes (iii) DGT V , de 8 de julio de 2010 La entidad consultante, cuyo objeto social es la producción de energía eléctrica y cuantos servicios y actividades se requieran para ello, pretende realizar una inversión consistente en la construcción de un parque eólico para el desarrollo de dicha actividad que evitaría la contaminación atmosférica procedente de las instalaciones industriales convencionales de producción eléctrica DGT: Dado que la inversión consistente en la construcción de un parque eólico no tiene por objeto la corrección del impacto contaminante de las explotaciones económicas del sujeto pasivo sobre el ambiente atmosférico sino el aprovechamiento de fuentes de energías renovables, en particular, el aprovechamiento de la energía proveniente del viento para su transformación en energía eléctrica, no puede subsumirse en los presupuestos de hecho previstos en el artículo 39, apartados 1 y 3, del TRLIS, por lo que no cabe la aplicación de la deducción por inversiones medioambientales regulada en dicho precepto. 20

21 Deducción para la protección del medio ambiente Certificación de convalidación (i) La certificación de convalidación por parte de la Administración ambiental competente es inexcusable para la aplicación de la deducción. Permite probar que la inversión se lleva a cabo en ejecución de planes, programas, convenios o acuerdos con la Administración competente en materia ambiental y deberá indicar: - Que las inversiones se han realizado en ejecución de dichos planes, programas, convenios o acuerdos. - La normativa vigente en materia ambiental cuyas exigencias se mejoran con la inversión. - La idoneidad de las inversiones para la función protectora del medio ambiente. - Que las inversiones permiten alcanzar los niveles de protección previstos en los planes, programas, convenios o acuerdos establecidos. La certificación deberá ser expedida por la Administración con competencia ambiental: aquella que, siéndolo por razón de la materia objeto de protección, lo sea igualmente respecto al territorio donde radiquen las inversiones objeto de deducción. Complejidad para determinar la normativa y competencia ambiental, dada la diversidad de niveles de la Administración interna con competencias (Estado, Comunidades Autónomas, Entidades locales), así como organismos internacionales (Unión Europea, Tratados internacionales). 21

22 Deducción para la protección del medio ambiente Certificación de convalidación (ii) Qué documentación se debe presentar? Impreso de solicitud. Poderes de representación del firmante de la solicitud y del DNI. Memoria Técnica que contenga los siguientes apartados: - Introducción: Datos de la empresa Emplazamiento Objeto de la inversión Normativa ambiental aplicable - Descripción general de la actividad y del proceso productivo - Descripción de la inversión Descripción técnica Periodo o año de ejecución Importe de la invesión y de las posibles subvenciones recibidas - Justificación de la mejora medioabiental alcanzable: Descripción de la situación anterior y posterior a la inversión Parámetros objeto de mejora y su adecuación a la normativa - Acreditación del cumplimiento de la normativa aplicable - Planos de emplazamiento situación Certificado de puesta en condiciones de funcionamiento de la inversión. Certificado original que acredite la adscripción de la empresa a alguna de las entidades que tengan suscritos convenios con la Administración competente en materia medioambiental, copia compulsada de resoluciones de los Ayuntamientos donde radique la actividad o de concesiones de subvenciones otorgadas por organismos públicos o, alternativamente, aceptación previa del proyecto. Copia compulsada de la licencia de actividad o del registro industrial. 22

23 Deducción para la protección del medio ambiente Cálculo de la deducción Cálculo de la deducción Base de la deducción - Precio de adquisición o coste de producción (determinado conforme a normas contables, DGT V ). - Si la inversión no tiene por objeto exclusivo finalidad ambiental (atmósfera, aguas, residuos), la deducción se aplicará sobre la parte que guarde relación directa con la protección del medio ambiente. Deberá poderse identificar la parte de la inversión destinada a la protección del medio ambiente. - La parte de la inversión financiada con subvenciones no dará derecho a deducción Tipo de la deducción (según criterio AEAT): Ejercicios iniciados a partir de /03/2011 Tipo deducción 10% 8% 6% 4% 2% 2%? 8% Límite de la deducción: - Con carácter general, el 35% de la cuota íntegra minorada en las bonificaciones y deducciones para evitar la doble imposición. - E 50% de la cuota de IS si las deducciones por I+D+i y fomento de las tecnologías exceden del 10% de la cuota íntegra minorada en bonificaciones y deducciones para evitar la doble imposición. Para ejercicios iniciados a partir de 6/03/2011, el límite se incrementa al 60%. 23

24 Deducción para la protección del medio ambiente Realización y mantenimiento de la inversión Realización de la inversión: La inversión se entiende realizada en el ejercicio en que se encuentra en condiciones de funcionamiento. DGT : las inversiones efectuadas en 1996 en elementos patrimoniales puestos en condiciones de funcionamiento en 1997 tendrán derecho a la misma en este último ejercicio. Mantenimiento de la inversión: Las elementos patrimoniales afectos a las deducciones deberán permanecer en funcionamiento durante cinco años, tres años, si se trata de bienes muebles, o durante su vida útil, si fuese inferior. Para ello, deberán mantener los niveles de protección ambiental. La Administración tributaria podrá requerir de la Administración ambiental competente un certificado acreditativo del mantenimiento de los niveles de protección ambiental. - En el caso de que por razones tecnológicas las inversiones perdieran o disminuyeran su eficacia en materia de protección ambiental durante el período de mantenimiento, podrán ser sustituidas o complementadas por otras que contribuyan a recuperar los niveles de protección inicialmente previstos sin perder la deducción aplicada. - Las inversiones que sustituyan o complementen la inicial no podrán acogerse a deducción. 24

25 Deducción para la protección del medio ambiente Casuística en relación con la certificación de convalidación Sin certificación de convalidación no es posible aplicar la deducción. Si al tiempo de presentar la declaración no se hubiera emitido la certificación de convalidación, podrá aplicarse con carácter provisional la deducción siempre que se haya solicitado con anterioridad al primer día del plazo de presentación de la declaración (normalmente, antes del 1 de julio del ejercicio siguiente al que se realiza la inversión). Qué ocurre si se solicita la certificación con posterioridad 1 de julio del ejercicio siguiente al que se realiza la inversión? Qué normativa (tipo de la deducción) es de aplicación? No cabe la aplicación provisional de la deducción en el ejercicio en que se realizó la inversión El criterio (discutible) de la DGT (consulta DGTV , de 23 de mayo de 2008) era que la deducción únicamente podría aplicarse en el ejercicio en que se solicitase la certificación? convalidase la inversión? Rectificación de criterio en consulta DGT V , de 28 de marzo de 2011: - La cuantificación del importe de la deducción se realizará con la normativa vigente en el período impositivo en el que se entienda realizada la inversión, esto es, cuando los elementos patrimoniales hayan sido puestos en condiciones de funcionamiento. - La entidad consultante podrá aplicarse en otro período impositivo posterior la deducción por las inversiones realizadas previamente, siempre que con anterioridad al inicio del plazo de declaración del Impuesto correspondiente a este período impositivo se hubiese solicitado la expedición de la citada certificación de convalidación. 25

26 Deducción para la protección del medio ambiente Obligaciones de información 26

27 Deducción para la protección del medio ambiente Posibles reformas futuras Proposición de Ley del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), de modificación del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido del impuesto sobre sociedades en materia de deducciones por inversiones destinadas a la protección del medio ambiente (BOCG de 11/04/2008): Se suprime el calendario de eliminación de las tres deducciones. Se incrementa el porcentaje de deducción del 10% al 20% y, en caso de entidades de reducida dimensión, al 30%. Se extiende el ámbito de la deducción a: - Inversiones para evitar o reducir la contaminación atmosférica procedente de instalaciones equivalentes a a las industriales - Se elimina el adjetivo industrial de los residuos - Inversiones para reducir el consumo de energía Aprobación de su toma en consideración en sesión plenaria del Congreso celebrada el 17/02/2009: Votos emitidos: 331 Votos a favor: 330 Abstenciones: 1 Actualmente el procedimiento ha decaído 27

28 Anexo

29 Artículo 92. Incremento de la deducción por inversiones medioambientales (i) Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir de la entrada en vigor de esta Ley, se introducen las siguientes modificaciones en el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo y en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio: Uno. El apartado 1 del artículo 39 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, queda redactado de la siguiente forma: «1. Las inversiones realizadas en bienes del activo material destinadas a la protección del medio ambiente consistentes en instalaciones que eviten la contaminación atmosférica o acústica procedente de instalaciones industriales, o contra la contaminación de aguas superficiales, subterráneas y marinas, o para la reducción, recuperación o tratamiento de residuos industriales propios, siempre que se esté cumpliendo la normativa vigente en dichos ámbitos de actuación pero se realicen para mejorar las exigencias establecidas en dicha normativa, darán derecho a practicar una deducción en la cuota íntegra del 8 por ciento de las inversiones que estén incluidas en programas, convenios o acuerdos con la Administración competente en materia medioambiental, quien deberá expedir la certificación de la convalidación de la inversión.» Dos. El apartado 1 de la disposición adicional décima del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, queda redactado de la siguiente forma: «1. Las deducciones reguladas en los artículos 36, los apartados 4, 5 y 6 del artículo 38, apartados 2 y 3 del artículo 39, artículos 40 y 43 de esta Ley, se determinarán multiplicando los porcentajes de deducción establecidos en dichos artículos por el coeficiente siguiente: 0.8, en los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de , en los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de , en los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de , en los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de El porcentaje de deducción que resulte se redondeará en la unidad superior.» 29

30 Artículo 92. Incremento de la deducción por inversiones medioambientales (ii) Tres. El apartado 1 de la disposición transitoria vigésima primera del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, queda redactado de la siguiente forma: «1. Las deducciones establecidas en los artículos 36, 37, apartados 4, 5 y 6 del artículo 38, apartados 2 y 3 del artículo 39, artículos 40 y 43 de esta Ley, pendientes de aplicación al comienzo del primer período impositivo que se inicie a partir de 1 de enero de 2011, podrán aplicarse en el plazo y con los requisitos establecidos en el capítulo IV del título VI de esta Ley, según redacción vigente a 31 de diciembre de Dichos requisitos son igualmente aplicables para consolidar las deducciones practicadas en períodos impositivos iniciados antes de aquella fecha.» Cuatro. El apartado 2 de la disposición derogatoria segunda de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio queda redactado de la siguiente forma: «2. Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2011 quedan derogados los artículos 36, 37, apartados 4, 5 y 6 del artículo 38, apartados 2 y 3 del artículo 39, artículos 40 y 43 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.» 30

31 Posición AEAT en relación con la aplicación de los tipos 31

32 MUCHAS GRACIAS José María Cobos Gómez GARRIGUES (

Deducciones fiscales por inversiones medioambientales

Deducciones fiscales por inversiones medioambientales Deducciones fiscales por inversiones medioambientales José María Cobos 91.514.52.00 jose.maria.cobos@garrigues.com 5 de marzo de 2009 Deducciones por inversiones medioambientales Índice Aproximación a

Más detalles

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. ARTICULOS RELACIONES CON EL MEDIO AMBIENTE:

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. ARTICULOS RELACIONES CON EL MEDIO AMBIENTE: IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. ARTICULOS RELACIONES CON EL MEDIO AMBIENTE: REAL DECRETO LEGISLATIVO 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Más detalles

Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio BOE nº 189, de 6/08/04 Aprobación del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades

Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio BOE nº 189, de 6/08/04 Aprobación del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades INCENTIVOS FISCALES MEDIOAMBIENTALES Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio BOE nº 189, de 6/08/04 Aprobación del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades 1 INCENTIVOS FISCALES MEDIOAMBIENTALES Modificado

Más detalles

DEDUCCIONES FISCALES POR INVERSIONES MEDIOAMBIENTALES. Aitor Garro ZABALA INNOVATION CONSULTING

DEDUCCIONES FISCALES POR INVERSIONES MEDIOAMBIENTALES. Aitor Garro ZABALA INNOVATION CONSULTING DEDUCCIONES FISCALES POR INVERSIONES MEDIOAMBIENTALES Aitor Garro ZABALA INNOVATION CONSULTING www.zabala.es AMBIENTE Deducción inversiones medioambientales años anteriores 2 La Dirección General de Tributos

Más detalles

Deducciones fiscales por inversión en medio ambiente

Deducciones fiscales por inversión en medio ambiente Indice 1. EN QUÉ CONSISTEN?... 1 2. NORMATIVA... 1 3. INVERSIONES MEDIOAMBIENTALES DEDUCIBLES... 1 4. REALIZACIÓN DE LAS INVERSIONES... 2 5. MANTENIMIENTO DE LAS INVERSIONES... 2 6. BASE DE LA DEDUCCIÓN

Más detalles

SUELOS CONTAMINADOS Y LOS PASIVOS MEDIOAMBIENTALES EN LAS EMPRESAS

SUELOS CONTAMINADOS Y LOS PASIVOS MEDIOAMBIENTALES EN LAS EMPRESAS JORNADA SUELOS CONTAMINADOS Y LOS PASIVOS MEDIOAMBIENTALES EN LAS EMPRESAS Implicaciones fiscales de las inversiones y gastos medioambientales. José Luis Casao Barrado Medrano Asesores, S.L. IMPLICACIONES

Más detalles

Medidas Tributarias contenidas en el Real Decreto legislativo 12/2012

Medidas Tributarias contenidas en el Real Decreto legislativo 12/2012 Se reduce el actual límite general desde el 35 por 100 al 25 por 100 y está incluida la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios. Se reduce del 60 por 100 al 50 por 100 para el caso en que

Más detalles

TÍTULO DE LA ACCIÓN: JORNADA TLs: CONVALIDACIONES DEDUCCIONES FISCALES POR INVERSIONES MEDIOAMBIENTALES

TÍTULO DE LA ACCIÓN: JORNADA TLs: CONVALIDACIONES DEDUCCIONES FISCALES POR INVERSIONES MEDIOAMBIENTALES TÍTULO DE LA ACCIÓN: JORNADA TLs: CONVALIDACIONES DEDUCCIONES FISCALES POR INVERSIONES MEDIOAMBIENTALES TÍTULO DE LA PONENCIA: INVERSIONES MEDIOAMBIENTALES EN RESIDUOS AUTOR: Enrique García John FECHA:

Más detalles

ÁMBITO NACIONAL POLÍTICAS DE FOMENTO DE LA INNOVACIÓN

ÁMBITO NACIONAL POLÍTICAS DE FOMENTO DE LA INNOVACIÓN ÁMBITO NACIONAL POLÍTICAS DE FOMENTO DE LA INNOVACIÓN ÍNDICE 3. POLÍTICAS DE FOMENTO DE LA INNOVACIÓN... 3 1. DEDUCCIÓN POR ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN I+D+i... 3 2. BONIFICACIONES EN LA COTIZACIÓN A

Más detalles

2. Determinar el importe necesario a reinvertir para que la base de la deducción esté constituida por la totalidad de la renta fiscal generada.

2. Determinar el importe necesario a reinvertir para que la base de la deducción esté constituida por la totalidad de la renta fiscal generada. D.G.T. Nº. Consulta: V0160-09 Fecha: 27 de enero de 2009 Arts. 78 y 79 LIVA Ley 37/1992 Arts. 10, 16 y 42 TRLIS RDLeg 4/2004 DESCRIPCION HECHOS: La entidad consultante tiene la intención de ceder a una

Más detalles

ORDENANZA FISCAL Nº 3. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. Artículo 1º. Disposición general.

ORDENANZA FISCAL Nº 3. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. Artículo 1º. Disposición general. ORDENANZA FISCAL Nº 3. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. Artículo 1º. Disposición general. En uso de las facultades concedidas por el artículo 106 de

Más detalles

Incentivos fiscales para la promoción de las energías renovables. José María Cobos 91.514.52.00 jose.maria.cobos@garrigues.com 14 de mayo de 20099

Incentivos fiscales para la promoción de las energías renovables. José María Cobos 91.514.52.00 jose.maria.cobos@garrigues.com 14 de mayo de 20099 Incentivos fiscales para la promoción de las energías renovables José María Cobos 91.514.52.00 jose.maria.cobos@garrigues.com 14 de mayo de 20099 Incentivos fiscales para la promoción de las energías renovables.

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN INVERSIONES MEDIOAMBIENTALES CV

PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN INVERSIONES MEDIOAMBIENTALES CV Paterna, 29 mayo 2008 PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN INVERSIONES MEDIOAMBIENTALES CV 1. Legislación aplicable 2. Objeto de las convalidaciones 3. Documentación a entregar 4. Plazos de convalidación 5.

Más detalles

CUADRO DE DEDUCCIONES POR INVERSIONES VIGENTE EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES 2014

CUADRO DE DEDUCCIONES POR INVERSIONES VIGENTE EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES 2014 CUADRO DE DEDUCCIONES POR INVERSIONES VIGENTE EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES 2014 Aunque en ejercicios pasados se han ido produciendo la reducción paulatina de muchas de las deducciones reguladas en el

Más detalles

Plasencia a 10 de marzo de 2014

Plasencia a 10 de marzo de 2014 Plasencia a 10 de marzo de 2014 CUADRO DE DEDUCCIONES POR INVERSIONES VIGENTE EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES 2014 Aunque en ejercicios pasados se han ido produciendo la reducción paulatina de muchas de

Más detalles

Consultoría para PYMES, EMPRENDEDORES Y ASOCIACIONES. Base Imponible X 25%/30%/35% =

Consultoría para PYMES, EMPRENDEDORES Y ASOCIACIONES. Base Imponible X 25%/30%/35% = Consultoría para PYMES, EMPRENDEDORES Y ASOCIACIONES NORMATIVA : Ley Impuesto de Sociedades ( RD Legislativo 4/2004) y Reglamento del Impuesto de Sociedades (RD 1777/2004) OBJETO : DEDUCCIONES EN LA CUOTA

Más detalles

Cuestiones prácticas vinculadas al cierre del IS

Cuestiones prácticas vinculadas al cierre del IS Estudis d Economia i Estudis d Economia i Empresa Empresa Fiscal UOC Cuestiones prácticas vinculadas al cierre del IS Francisco Chamorro Economista. Asociado senior de Garrigues, Abogados y Asesores tributarios

Más detalles

1.1 ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

1.1 ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES 1.1 ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES Artículo 1º. - Fundamento. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.2 y 59.1, en relación con los artículo 60 a 77 del R.D. Legislativo

Más detalles

LEY 20/1990, DE 19 DE DICIEMBRE, SOBRE RÉGIMEN FISCAL DE LAS COOPERATIVAS (BOE DE 20 DE DICIEMBRE)

LEY 20/1990, DE 19 DE DICIEMBRE, SOBRE RÉGIMEN FISCAL DE LAS COOPERATIVAS (BOE DE 20 DE DICIEMBRE) Cuadro comparativo de la REFORMA FISCAL. Modificaciones realizadas por la nueva Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (BOE 28-11-2014) LEY 20/1990, DE 19 DE DICIEMBRE, SOBRE RÉGIMEN

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES Artículo 1º.- Fundamento.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.2, 59.1 y 60 a 77 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido

Más detalles

ORDENANZA FISCAL nº 1 DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

ORDENANZA FISCAL nº 1 DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES AYUNTAMIENTO de VENTA DE BAÑOS Plaza Constitución, Nº 1. 34200 Venta de Baños (Palencia) Tfno: 979 77 08 12 / 13 C.I.F. P-3402300-B Web: www.ventadebaños.es ORDENANZA FISCAL nº 1 DEL IMPUESTO SOBRE BIENES

Más detalles

A Y U N T A M I E N T O D E VILLA DEL PRADO AÑO ORDENANZA Núm. 3

A Y U N T A M I E N T O D E VILLA DEL PRADO AÑO ORDENANZA Núm. 3 A Y U N T A M I E N T O D E VILLA DEL PRADO AÑO 2013 ORDENANZA Núm. 3 DETERMINACION DE LAS CUOTAS TRIBUTARIAS DEL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA Aprobada el 2 de DICIEMBRE de 2003. Modificada

Más detalles

(Nueva redacción de la letra c) apartado 3 del artículo 42 de la Ley IRPF)

(Nueva redacción de la letra c) apartado 3 del artículo 42 de la Ley IRPF) PRINCIPALES NOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR LA LEY 48/2015 DE 29 DE OCTUBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2016 (BOE 30/10/2015). IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

Más detalles

LEY 42/2006, DE 28 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2007.

LEY 42/2006, DE 28 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2007. LEY 42/2006, DE 28 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2007. (B. O. E. de 29 de diciembre. Corrección de errores en B.O.E. de 1 de marzo)... TÍTULO VI Normas Tributarias CAPÍTULO

Más detalles

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES ARTICULO 1 FUNDAMENTO Y RÉGIMEN (Acuerdo plenario: 22/12/2015) En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE CEBREROS

AYUNTAMIENTO DE CEBREROS AYUNTAMIENTO DE CEBREROS ORDENANZA FISCAL NÚMERO 2, REGULADORA DEL IMPUESTO DE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS (I.C.I.O.) ARTÍCULO 1. Fundamento Legal El Ayuntamiento de Cebreros, en uso de las facultades

Más detalles

ORDENANZA FISCAL POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS URBANÍSTICOS

ORDENANZA FISCAL POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS URBANÍSTICOS Publicada en BOP nº 297 de 24 de diciembre de 2008 ORDENANZA FISCAL POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS URBANÍSTICOS I. Fundamento, Naturaleza y Objeto Artículo 1º. En ejercicio de la potestad tributaria otorgada,

Más detalles

Novedades en la Orden por la que se aprueban los modelos de Renta 2015

Novedades en la Orden por la que se aprueban los modelos de Renta 2015 Novedades en la Orden por la que se aprueban los modelos de Renta 2015 La Orden HAP/365/2016, de 17 de marzo, ha aprobado los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Más detalles

NOTA INTRODUCTORIA. El presente texto es un documento de divulgación sin ningún carácter oficial, que recoge el Decreto Foral íntegro actualizado.

NOTA INTRODUCTORIA. El presente texto es un documento de divulgación sin ningún carácter oficial, que recoge el Decreto Foral íntegro actualizado. DECRETO FORAL 87/2004, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos al mecenazgo. NOTA INTRODUCTORIA

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS Naturaleza y fundamento Artículo 1. El impuesto sobre Construcciones, instalaciones y obras es un tributo indirecto

Más detalles

(B.O.E. de 6 de diciembre)

(B.O.E. de 6 de diciembre) REAL DECRETO 960/2013, DE 5 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE POR EL QUE SE MODIFICAN EL REGLAMENTO DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES, APROBADO POR EL REAL DECRETO 1777/2004, DE 30 DE JULIO; EL REGLAMENTO DEL IMPUESTO

Más detalles

NOTA FISCAL SOBRE LAS DEDUCCIONES FISCALES POR GASTOS DE FORMACIÓN EN EL IMPUESTO DE SOCIEDADES.

NOTA FISCAL SOBRE LAS DEDUCCIONES FISCALES POR GASTOS DE FORMACIÓN EN EL IMPUESTO DE SOCIEDADES. NOTA FISCAL SOBRE LAS DEDUCCIONES FISCALES POR GASTOS DE FORMACIÓN EN EL IMPUESTO DE SOCIEDADES. (Artículo 40 del Texto Refundido de la Ley de Impuesto de Sociedades TRLIS) Dentro de la deducción por gastos

Más detalles

ORDENANZA FISCAL Nº 24 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS.

ORDENANZA FISCAL Nº 24 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS. - ORDENANZA FISCAL Nº 24 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el articulo 106 de la ley 7/1985,

Más detalles

Página 1 de 5 Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 Boletín Fiscal, Editorial CISS Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 ( BOCG 1 de octubre

Más detalles

Ordenanza fiscal Nº1 Impuesto de bienes Inmuebles

Ordenanza fiscal Nº1 Impuesto de bienes Inmuebles Impuesto de bienes Inmuebles ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES. VIDA DE LA ORDENANZA Aprobada inicialmente en sesión plenaria de fecha 30 de octubre 1989. Publicada la elevación

Más detalles

LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN DE INMOVILIZADO MATERIAL E INVERSIONES INMOBILIARIAS

LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN DE INMOVILIZADO MATERIAL E INVERSIONES INMOBILIARIAS LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN DE INMOVILIZADO MATERIAL E INVERSIONES INMOBILIARIAS Las inversiones en inmovilizado material y en inversiones inmobiliarias afectas a actividades económicas, realizadas en los

Más detalles

1.1 ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

1.1 ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES 1.1 ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES Artículo 1º. - Fundamento. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.2 y 59.1, en relación con los artículo 60 a 77 del R.D. Legislativo

Más detalles

(B.O.E ) ...

(B.O.E ) ... REAL DECRETO 1270/2003, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. (B.O.E.

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 4984 I. Comunidad Autónoma 2. Autoridades y Personal Consejería de Economía y Hacienda 1490 Orden de 31 de enero de 2014, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el programa

Más detalles

Están obligados a realizar el pago fraccionado, siempre que resulte cantidad a ingresar, las siguientes entidades:

Están obligados a realizar el pago fraccionado, siempre que resulte cantidad a ingresar, las siguientes entidades: Resumen Pagos fraccionados en el Impuesto sobre Sociedades (art. 40 LIS) 1. Introducción. Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, deben efectuar 3 pagos a cuenta de la liquidación correspondiente

Más detalles

I.- DISPOSICIONES GENERALES

I.- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES I.- DISPOSICIONES GENERALES Conforme a lo dispuesto en el artículo 15.2, 59.1 y 60 a 77, ambos inclusive, del texto refundido de la Ley Reguladora

Más detalles

Derecho Financiero y Tributario II.1: Imposición directa

Derecho Financiero y Tributario II.1: Imposición directa Derecho Financiero y Tributario II.1: Imposición directa 66023089 Programa de DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II Facultad de Derecho Plan nuevo Curso 2008-2009 Curso 2018-2019 515045 UNIVERSIDAD NACIONAL

Más detalles

Ajuntament de Benicàssim Gestió Tributària

Ajuntament de Benicàssim Gestió Tributària NUMERO 4.- ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA CAPITULO I.- COEFICIENTE Y TARIFAS ARTÍCULO 1.- COEFICIENTES. 1.- De conformidad con lo previsto en el artículo

Más detalles

LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN DE INMOVILIZADO MATERIAL E INVERSIONES INMOBILIARIAS

LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN DE INMOVILIZADO MATERIAL E INVERSIONES INMOBILIARIAS LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN DE INMOVILIZADO MATERIAL E INVERSIONES INMOBILIARIAS a actividades económicas, realizadas en los periodos impositivos iniciados dentro de los ejercicios 2009 y 2010 podían amortizarse

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES ARTÍCULO 1. Fundamento En uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española, de acuerdo con lo dispuesto

Más detalles

Ayuntamiento de Vistabella del Maestrat

Ayuntamiento de Vistabella del Maestrat ANUNCIO APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO DE INSTALACIONES, CONSTRUCCIONES Y OBRAS Por la presente, se eleva a definitivo el acuerdo plenario de fecha 4 de abril de 2015,

Más detalles

UTILIZARSE PARA DECLARAR LAS RENTAS OBTENIDAS SIN MEDIACIÓN DE BIENES INMUEBLES A NO RESIDENTES SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE Y EL

UTILIZARSE PARA DECLARAR LAS RENTAS OBTENIDAS SIN MEDIACIÓN DE BIENES INMUEBLES A NO RESIDENTES SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE Y EL Departamento de Gestión Tributaria PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN EHA/3316/2010, DE 17 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LOS MODELOS DE AUTOLIQUIDACIÓN 210, 211 Y 213 DEL IMPUESTO

Más detalles

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL FUENGIROLA ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL FUENGIROLA ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL FUENGIROLA ------------------------ 5 ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS El Ayuntamiento de Fuengirola, haciendo uso de las facultades

Más detalles

Derecho Financiero y Tributario II

Derecho Financiero y Tributario II Derecho Financiero y Tributario II Programa de DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II Facultad de Derecho Plan nuevo 515015 Licenciatura 66023072 Grado Curso 2008-2009 Curso 2015-2016 515045 UNIVERSIDAD NACIONAL

Más detalles

NUMERO 4.- ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA

NUMERO 4.- ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA Carrer Metge Segarra, 4 12560 BENICÀSSIM(Castelló) Tlf. 964 300 962-Fax 964 303 432 C.I.F. P-1202800-G AJUNTAMENT DE BENICÀSSIM Gestión Tributaria Dependència: (Gestión Tributaria) Ref.: (VB/ar) NUMERO

Más detalles

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS (I.C.I.O.)

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS (I.C.I.O.) ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA Al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento,

Más detalles

ORDENANZA NUMERO 3 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

ORDENANZA NUMERO 3 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA ORDENANZA NUMERO 3 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1.- Objeto. De conformidad con lo establecido por el Artículo 2, en relación

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS TS.16. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA ACTUACIÓN MUNICIPAL PREVIA, O POSTERIOR O DE CONTROL, A LA INSTALACIÓN, APERTURA Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS, ACTIVIDADES Y ESPECTÁCULOS

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES Preámbulo

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES Preámbulo ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES Preámbulo El Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares aprueba esta ordenanza, en ejercicio de autonomía tributaria que le reconoce la Constitución

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE CREVILLENT

AYUNTAMIENTO DE CREVILLENT ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES Artículo 1.- Fundamento El Ayuntamiento de Crevillent, de conformidad con el artículo 15.2, el artículo 59.1 y los artículos 60 a 77 del

Más detalles

NORMA FORAL 15/1989, de 5 de julio, del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

NORMA FORAL 15/1989, de 5 de julio, del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. NORMA FORAL 15/1989, de 5 de julio, del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. NOTA INTRODUCTORIA El presente texto es un documento de divulgación sin ningún carácter oficial, que recoge

Más detalles

NOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR EL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO 2010

NOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR EL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO 2010 Gabinete de Estudios del Registro General de Asesores Fiscales (REGAF) Nota 19/09 NOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR EL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO 2010 15 DE OCTUBRE 2009

Más detalles

Diputación Foral de Bizkaia

Diputación Foral de Bizkaia Instrucción nº 2/2003, de 11 de abril, de la, por la que se establecen determinados criterios para la interpretación y aplicación de la Disposición Transitoria Primera de la Norma Foral 5/2002, de Medidas

Más detalles

De aplicación a las autoliquidaciones que se presenten desde , con independencia de la fecha de devengo.

De aplicación a las autoliquidaciones que se presenten desde , con independencia de la fecha de devengo. MODIFICACIONES RELACIONADAS CON EL MODELO 210 IRNR y NUEVO MODELO DECLARACIÓN DE RESIDENCIA FISCAL. Orden HAP/2487/2014 BOE 31/12/214 resumen con texto íntegro Entrada en vigor Orden: 01-01-2015 Novedades

Más detalles

ORDENANZA NUMERO 29. Artículo 2º.- Hecho imponible

ORDENANZA NUMERO 29. Artículo 2º.- Hecho imponible ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICION DE LICENCIAS URBANISTICAS O REALIZACIÓN DE ACTVIDADES DE CONTROL DERIVADAS DE SOLICITUDES DE DECLARACIÓN RESPONSABLE O COMUNICACIÓN PREVIA. Artículo

Más detalles

A) Medidas de carácter temporal aplicables a los ejercicios iniciados en 2012 y 2013.

A) Medidas de carácter temporal aplicables a los ejercicios iniciados en 2012 y 2013. LAS MEDIDAS FISCALES CONTRA EL DEFICIT. Real Decreto-Ley 12/2012 de 30 marzo, por el que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público (en adelante

Más detalles

RD Ley 13/2010 fomento de la inversión y del empleo. FOMENTO INVERSION Real Decreto-ley 13/2010, para fomentar la inversión y la creación de empleo.

RD Ley 13/2010 fomento de la inversión y del empleo. FOMENTO INVERSION Real Decreto-ley 13/2010, para fomentar la inversión y la creación de empleo. CIRCULAR Nº -514 RD Ley 13/2010 fomento de la inversión y del empleo FOMENTO INVERSION Real Decreto-ley 13/2010, para fomentar la inversión y la creación de empleo. Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre,

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES Ordenanza aprobada por Pleno de la Corporación el día 30 de agosto de 2007, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de 22

Más detalles

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ORIHUELA ORDENANZA FISCAL

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ORIHUELA ORDENANZA FISCAL ORDENANZA FISCAL reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles ARTÍCULO 1º. - FUNDAMENTO LEGAL. De conformidad con el número 2 del artículo 15, el apartado a) del número 1 del artículo 59 y los artículos

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA Disposición Preliminar Al amparo de lo establecido en el artículo 59.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, Texto Refundido

Más detalles

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE OSUNA

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE OSUNA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIA O DECLARACIÓN RESPONSABLE DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS I. Naturaleza, objeto y fundamento. Artículo 1.º En uso de las facultades concedidas en el

Más detalles

IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES ORDENANZA N º 1 DISPOSICION GENERAL

IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES ORDENANZA N º 1 DISPOSICION GENERAL DISPOSICION GENERAL De acuerdo con lo previsto en los artículos 60 a 77, ambos inclusive, del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora

Más detalles

SERVICIO DE TRIBUTOS Y EXACCIONES

SERVICIO DE TRIBUTOS Y EXACCIONES ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. ARTICULO 1º. - En ejercicio de la facultad establecida en el número dos del artículo 59 del texto refundido de la Ley

Más detalles

RELACIÓN DE IMPUESTOS PROPIOS Y RECARGOS VIGENTES EN 2012 EN LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS DE RÉGIMEN COMÚN

RELACIÓN DE IMPUESTOS PROPIOS Y RECARGOS VIGENTES EN 2012 EN LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS DE RÉGIMEN COMÚN RELACIÓN DE IMPUESTOS PROPIOS Y RECARGOS VIGENTES EN 2012 EN LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS DE RÉGIMEN COMÚN COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA Canon del agua Decreto Legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, por

Más detalles

MODIFICACIÓN ORDENANZA IMPUESTO VEHÍCULOS TRACCIÓN MECÁNICA

MODIFICACIÓN ORDENANZA IMPUESTO VEHÍCULOS TRACCIÓN MECÁNICA MODIFICACIÓN ORDENANZA IMPUESTO VEHÍCULOS TRACCIÓN MECÁNICA En uso de las competencias locales reconocidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución, y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2

Más detalles

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA ARTICULO 1. De conformidad con lo previsto en el artículo 96.4 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales,

Más detalles

IMPUESTOS SOBRE HIDROCARBUROS Y SOBRE EL VALOR DE LA PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA

IMPUESTOS SOBRE HIDROCARBUROS Y SOBRE EL VALOR DE LA PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA IMPUESTOS SOBRE HIDROCARBUROS Y SOBRE EL VALOR DE LA PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA Consulta sobre la tributación de una planta de biogás. NUM-CONSULTA V2868-14 ORGANO SG DE IMPUESTOS ESPECIALES Y DE

Más detalles

IMPUESTO DE SOCIEDADES II

IMPUESTO DE SOCIEDADES II IMPUESTO DE SOCIEDADES II JUAN MANUEL MORAL OBJETIVOS Conocimiento de la normativa reguladora del Impuesto sobre Sociedades. Aprendizaje de los hitos significativos en la liquidación del impuesto. Identificación

Más detalles

NOVEDADES NORMATIVAS 2013 Y PREVISIONES

NOVEDADES NORMATIVAS 2013 Y PREVISIONES NOVEDADES NORMATIVAS 2013 Y PREVISIONES 1 IVA DE CAJA Requisitos subjetivos 1) Volumen de operaciones 2 millones de euros 2) Inicio de actividades ejercicio anterior y propio ejercicio 3) Criterio para

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA ARTÍCULO 1º.- FUNDAMENTO LEGAL. Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142 de la

Más detalles

REGLAMENTO DEL RÉGIMEN FISCAL DE LAS ENTIDADES SIN FINES LUCRATIVOS E INCENTIVOS FISCALES AL MECENAZGO

REGLAMENTO DEL RÉGIMEN FISCAL DE LAS ENTIDADES SIN FINES LUCRATIVOS E INCENTIVOS FISCALES AL MECENAZGO REGLAMENTO DEL RÉGIMEN FISCAL DE LAS ENTIDADES SIN FINES LUCRATIVOS E INCENTIVOS FISCALES AL MECENAZGO DECRETO FORAL 60/2004, DEL CONSEJO DE DIPUTADOS DE 19 DE OCTUBRE, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LA

Más detalles

REGLAMENTO DEL RÉGIMEN FISCAL DE LAS ENTIDADES SIN FINES LUCRATIVOS E INCENTIVOS FISCALES AL MECENAZGO

REGLAMENTO DEL RÉGIMEN FISCAL DE LAS ENTIDADES SIN FINES LUCRATIVOS E INCENTIVOS FISCALES AL MECENAZGO REGLAMENTO DEL RÉGIMEN FISCAL DE LAS ENTIDADES SIN FINES LUCRATIVOS E INCENTIVOS FISCALES AL MECENAZGO DECRETO FORAL 60/2004, DEL CONSEJO DE DIPUTADOS DE 19 DE OCTUBRE, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LA

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES. ORDENANZA FISCAL Nº 1 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES. FUNDAMENTO LEGAL. Artículo 1º. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 60.1, 61 y siguientes de la Ley 39/1988,

Más detalles

El modelo de simulación del Impuesto sobre Sociedades

El modelo de simulación del Impuesto sobre Sociedades El modelo de simulación del Impuesto sobre Sociedades Asesoría especializada para el desarrollo de herramientas de microsimulación fiscal 15 al 19 de Junio de 2015 María Jesús Burgos Prieto Analista de

Más detalles

TASAS MUNICIPALES ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS URBANÍSTICOS.

TASAS MUNICIPALES ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS URBANÍSTICOS. EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CASTELLON DE LA PLANA ADMINISTRACION DE RENTAS Y EXACCIONES TASAS MUNICIPALES ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS URBANÍSTICOS. VIGENCIA: A PARTIR

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA Artículo 1.- Fundamento legal. De conformidad con lo previsto en el Art. 95.4 del Real Decreto 2/2004 por el que se aprueba

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS

ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS Artículo 1. Fundamento legal. Este Ayuntamiento, de conformidad con el artículo 15.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de

Más detalles

a)-los de naturaleza urbana, cuya cuota líquida sea inferior a 5.

a)-los de naturaleza urbana, cuya cuota líquida sea inferior a 5. DISPOSICION GENERAL De acuerdo con lo previsto en los artículos 60 a 77, ambos inclusive, del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora

Más detalles

ÍNDICE GENERAL. Sumario... 5 I. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES I.1. Ley y Reglamento del Impuesto... 9

ÍNDICE GENERAL. Sumario... 5 I. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES I.1. Ley y Reglamento del Impuesto... 9 ÍNDICE GENERAL PÁGINA Sumario... 5 I. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES... 7 I.1. Ley y Reglamento del Impuesto... 9 I.1.1. Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades... 11 Preámbulo... 17

Más detalles

NUMERO DE CRITERIO: CR Órgano: Dirección General de Tributos y Juego. Fecha de salida: Cuestión planteada.

NUMERO DE CRITERIO: CR Órgano: Dirección General de Tributos y Juego. Fecha de salida: Cuestión planteada. CONSELLERIA D HISENDA I ADMINISTRACIÓ PÚBLICA SECRETARIA AUTONÓMICA DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS Y JUEGO Palau, 12 46003 VALENCIA Tel. de atención general: 012 Fax 96 386 58

Más detalles

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES Art. 1º. Fundamento y naturaleza. De conformidad con lo previsto en el art. 72 del R.D.L. 2/2004 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley

Más detalles

De una parte, el Excmo. Sr. D. MIGUEL ÁNGEL CÁMARA BOTÍA, como Alcalde-Presidente y en representación del Excmo. Ayuntamiento de Murcia.

De una parte, el Excmo. Sr. D. MIGUEL ÁNGEL CÁMARA BOTÍA, como Alcalde-Presidente y en representación del Excmo. Ayuntamiento de Murcia. CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO, LA CONFEDERACIÓN REGIONAL DE ORGANIZACIONES EMPRESARIALES (C.R.O.E.M.) Y LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y NAVEGACIÓN DE MURCIA, PARA LA

Más detalles

PRINCIPALES NOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR LA LEY 48/2015 DE 29 DE OCTUBRE

PRINCIPALES NOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR LA LEY 48/2015 DE 29 DE OCTUBRE PRINCIPALES NOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR LA LEY 48/2015 DE 29 DE OCTUBRE PRINCIPALES NOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR LA LEY 48/2015 DE 29 DE OCTUBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO

Más detalles

Ley 49/2002, RD 1270/2003, art. 1 y 2, TRLIS, arts. 12, 121 y 122. TRLITPAJD RDLeg 1/1993 art y 45-I-A-b), TRLRHL RDL 2/2004

Ley 49/2002, RD 1270/2003, art. 1 y 2, TRLIS, arts. 12, 121 y 122. TRLITPAJD RDLeg 1/1993 art y 45-I-A-b), TRLRHL RDL 2/2004 Jurisdicción: Vía administrativa Consulta vinculante. Regímenes especiales tributarios. Órgano SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Fecha-salida 28/05/2007 Normativa Ley 49/2002, RD

Más detalles

RELACIÓN DE IMPUESTOS PROPIOS Y RECARGOS VIGENTES EN 2016 EN LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS DE RÉGIMEN COMÚN COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA

RELACIÓN DE IMPUESTOS PROPIOS Y RECARGOS VIGENTES EN 2016 EN LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS DE RÉGIMEN COMÚN COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA RELACIÓN DE IMPUESTOS PROPIOS Y RECARGOS VIGENTES EN 2016 EN LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS DE RÉGIMEN COMÚN COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA Canon del agua Decreto Legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, por

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES. FECHA DE APROBACIÓN: 25 / 10 / 2017 FECHA PUBLICACIÓN EN EL B.O.P.: 26 / 12 / 2017 FECHA ENTRADA EN VIGOR: 01 / 01 / 2018 Artículo 1º.-

Más detalles

LEY 53/2002, DE 30 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DEL ORDEN SOCIAL.(B.O.E. DE 31 DE DICIEMBRE DE 2002).

LEY 53/2002, DE 30 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DEL ORDEN SOCIAL.(B.O.E. DE 31 DE DICIEMBRE DE 2002). LEY 53/2002, DE 30 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DEL ORDEN SOCIAL.(B.O.E. DE 31 DE DICIEMBRE DE 2002). Disposición adicional segunda. Beneficios fiscales aplicables al «Año Santo

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR OTORGAMIENTO DE LICENCIAS Y REALIZACIÓN DE ACTUACIONES URBANISTICAS

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR OTORGAMIENTO DE LICENCIAS Y REALIZACIÓN DE ACTUACIONES URBANISTICAS ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR OTORGAMIENTO DE LICENCIAS Y REALIZACIÓN DE ACTUACIONES URBANISTICAS I. FUNDAMENTO LEGAL Y NATURALEZA DE LA TASA Artículo 1. FUNDAMENTO Y NATURALEZA La presente

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA PARA LA DETERMINACIÓN DE LAS CUOTAS TRIBUTARIAS DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA ÍNDICE

ORDENANZA REGULADORA PARA LA DETERMINACIÓN DE LAS CUOTAS TRIBUTARIAS DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA ÍNDICE ORDENANZA FISCAL NÚM. 1.4. ORDENANZA REGULADORA PARA LA DETERMINACIÓN DE LAS CUOTAS TRIBUTARIAS DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA ÍNDICE Fundamento y Régimen... 2 Disposición Transitoria...

Más detalles