,,/U ) El Departamento de Cuentas liquidará las facturas accionando el Bloqueo N 4 en el sistema SAP.
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- Gustavo Ortiz Sánchez
- hace 5 años
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1 /27 ANEXO 1 1)Todo pedido de medicamentos de comercialización exclusiva por GENZYME ARGENTINA S.A., interpuesto por un afiliado y debidamente fundamentado, se deberá gestionar mediante el sistema de medicamentos sin cargo por la modalidad de vía de excepción, con evaluación médica de Nivel Central. 2) Para viabilizar la solicitud será necesario, la prescripción del medicamento en recetario PAMI extendida por un médico integrante del sistema, con la cantidad necesaria para un mes de tratamiento (o ciclo determinado); formulario de solicitud de medicamentos pertinente y fotocopia del/los informes de estudios complementarios, según corresponda, explicitando en todos los casos la duración del tratamiento. 3) El formulario de solicitud junto con la documentación mencionada en el punto 2), será evaluada por auditoria médica de Nivel Central, cuyo dictamen se reflejará en el sistema de medicamentos sin cargo. 4) De haber resultado aprobada la cobertura al 100% para el medicamento solicitado, la Gerencia de Medicamentos pondrá en conocimiento al Laboratorio el detalle de la prestación autorizada vía correo electrónico dirigido a: resolucion337pami.org.ar, adjuntando imagen de receta, RTF autorizado y nombre, dirección y código de farmacia donde se presentará la receta respectiva, previo acuerdo con el paciente. 5) El Laboratorio proveerá el producto en la farmacia señalada en un plazo que no podrá exceder las 72hs. desde la recepción del correo electrónico mencionado en el punto 4). 6) El afiliado y/o tercero interviniente deberá presentar la receta original en la farmacia acordada, y contra entrega del medicamento, firmará la recepción (en el espacio previsto en su reverso para tal fin) a modo de conformidad.
2 i ) Cuando se trate de tratamientos prolongados sobre el que se haya considerado su otorgamiento, se procederá sucesivamente según se indica en los apartados 5 y 6, conforme a lo determinado en período y hasta por tantos ciclos como se haya previsto la eventual continuidad, por la Gerencia de Medicamentos. Vale decir, prescripción, provisión y dispensación mensual. Agotados los ciclos previstos y de persistir la indicación médica, corresponderá se sucedan, en efecto, los apartados 1. y consiguientes, con la antelación suficiente que demanda el procedimiento considerado. 8) Mensualmente el Laboratorio presentará al Instituto a través del Departamento de Único de Recepción de Facturación (DURE) la siguiente documentación obligatoria: Factura original por producto, -Detalle de remitos de entrega, que debe tener fecha posterior a la de la receta médica y debe contener el detalle del N de autorización correspondiente y el ciclo al que corresponde la entrega. Remitos de recepción conformados por farmacia Recetas debidamente confeccionadas, con los datos del afiliado correctamente consignados, firma y sello del médico prescriptor, firma de recepción del afiliado y/o tercero interviniente y troqueles adheridos. Soporte digital con datos requeridos acorde a la estructura que se adjunta. Las facturas presentadas deben corresponder a las entregas de medicamentos efectuadas en el mes inmediatamente anterior a la entrega de la factura. El DURF armará la carpeta de pago con la documentación previamente detallada y girará la misma al Departamento de Ingreso de Facturación para proceder a registrar la factura en forma. Q / 9) Una vez ingresada la factura en forma preliminar junto con la documentación detallada en el punto 8), el Departamento de Ingreso de Facturación dará intervención a la Gerencia de Medicamentos para que convalide el pago de la
3 ;t misma. La Gerencia de Medicamentos efectuará un análisis de las facturas y no convalidará el pago de facturas que no contengan la documentación confeccionada de acuerdo a lo establecido en el punto 8 o en caso de configurarse algunos de los siguientes supuestos: El afiliado no se encuentra activo al momento de la fecha de dispensa, por fallecimiento, baja, cambio de beneficio, etc. EL ID del afiliado o período de dispensa no se corresponde con la autorización. El ID de la autorización que da origen a la dispensa figura en la base para el afiliado con fecha correcta, pero el producto comercial dispensado o el genérico difieren. La fecha de dispensa del medicamento es anterior a los 3 meses de la fecha de la factura. La fecha de dispensa del medicamento no debe ser de meses posteriores al remito yio factura. Autorización y ciclo repetido en otra factura. La receta manual celeste presentada tiene fecha de activación posterior a la de la dispensa. El Instituto podrá solicitar a Genzyme Argentina S.A. la presentación de notas de crédito en los siguientes supuestos: El precio facturado es superior al Precio de Salida del Laboratorio informado. El porcentaje del descuento del medicamento difiera con lo establecido en el Anexo II de esta Disposición. Las cantidades dispensada superan el total de lo autorizado. El laboratorio tendrá un plazo de 15 días hábiles contados a partir de la notificación efectuada al mismo por parte de la Gerencia de Medicamentos para presentar la nota de crédito mencionada. Superado dicho plazo, la Gerencia de Medicamentos quedará facultada a instruir la aplicación del débito correspondiente.
4 ) Convalidadas las facturas por la Gerencia de Medicamentos, se remitirán las mismas nuevamente al Departamento de Ingreso de Facturación para darle inicio al Circuito de Registración, Control, Liquidación y Pago de estas en un plazo de 30 días. 11) El Departamento de Ingreso de Facturación armará el expediente de pago ingresando la factura en forma definitiva en el sistema SAP y la nota de crédito, de corresponder, accionando el Bloqueo de Pago 2. 12) Posteriormente el Departamento Control de Facturación deberá realizar los controles técnicos y administrativos que correspondan, y aplicará los débitos que fueran instruidos, accionando el Bloqueo N 3 en el sistema SAP. 13) El Departamento de Cuentas liquidará las facturas accionando el Bloqueo N 4 en el sistema SAP. 11. La Coordinación Operativa de Pagos desbloqueará las facturas liquidadas en función de la oportunidad de pago. 12. El Departamento de Tesorería efectuará el pago.,,/u Dra. María Sota Olivera GERENTE DE MEDICAMENTOS I.N.S.S.J.P. Económico Financiero GEF INSSJP
5 ANEXO II PRODUCTO DESCUENTO (sobre PSL) Thyrogen 15,00% Fabrazyme 35mg. 37,36% Frabrazyme 5mg. 37,36% Myozyme - 15,00% Aldurazyme 2,9mg/5m1. 15,00% Cerezyme 400 UI 20,00% Aubagio 40,00% Lemtrada 10,00% Caprelsa 300mg. TABCO BL3X10AR 15,00% Caprelsa loomg. TABCO BL3X10 AR 15,00% tláu- Dra. María Sofía Qhvera GERENTE DE MEDICAMEOS Económico Fnafl0leV0 IGEF
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