POLIZA DE SEGURO DE DESGRAVAMEN COLECTIVO ASOCIADO A CRÉDITOS OTORGADOS POR COMANDO DE BIENESTAR Póliza N

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "POLIZA DE SEGURO DE DESGRAVAMEN COLECTIVO ASOCIADO A CRÉDITOS OTORGADOS POR COMANDO DE BIENESTAR Póliza N"

Transcripción

1 POLIZA DE SEGURO DE DESGRAVAMEN COLECTIVO ASOCIADO A CRÉDITOS OTORGADOS POR COMANDO DE BIENESTAR Póliza N HDI Seguros de Vida S.A., en consideración a la solicitud de incorporación presentada por COMANDO DE BIENESTAR (en adelante el contratante ) y del asegurado, las bases de licitación, la cotización ofrecida, las condiciones generales respectivas y las condiciones particulares que a continuación se detallan, acepta por medio de la presente póliza en asegurar lo siguiente: Producto Seguro de Desgravamen Colectivo Fecha Inicio Vigencia 01 de Enero de 2017 Fecha Término Vigencia 31 de Diciembre de 2017 Moneda de la Póliza UF El asegurado se servirá leer las condiciones, examinar la póliza y confirmar si ella contiene lo expuesto en la cotización debiendo devolverla inmediatamente a la compañía para su rectificación si comprobare que adolece de un error o defecto. De conformidad con la cotización aceptada, la compañía de seguros HDI Seguros de Vida S.A. (en adelante llamada "la compañía aseguradora"), asegura de acuerdo con los términos y condiciones de la presente póliza, a la entidad mencionada a continuación (en adelante llamada "el contratante"), contra los riesgos detallados y hasta las sumas consignadas en este instrumento. DATOS DEL CONTRATANTE Nombre: Rut: COMANDO DE BIENESTAR Dirección: Av. Libertador Bernardo O Higgins N 2334 Comuna: Cuidad: Santiago Santiago DATOS DEL CORREDOR Nombre: Rafael Buzeta Corredores de Seguros y Cia. Ltda Rut: Comisión: 8%+IVA Sobre la Prima Neta Recaudada 1

2 CONDICIONES PARTICULARES ARTICULO Nº 1: ASEGURADOS Los asegurados de la presente póliza son las personas naturales, que tengan la calidad de deudores titulares del COMANDO DE BIENESTAR, personal activo del Ejercito de Chile y personal pasivo con deuda vigente con el COMANDO DE BIENESTAR, por los tipos de préstamos o créditos otorgados por la entidad contratante, que mantengan créditos y que cumplan con los requisitos de asegurabilidad de la póliza, previo pago de la prima correspondiente. Para las nuevas incorporaciones mensuales se asegurarán todas las operaciones crediticias del mes en curso, cuyas primas se pagaran al mes siguiente de girado el cheque que dio origen al crédito y para los movimientos mensuales, se calcularán en forma proporcional a los meses restantes para el término de la póliza, previa aceptación de la orden de compra respectiva por parte de HDI Vida, contra presentación de factura y pagadera con un máximo de 30 días desde su emisión. ARTICULO Nº 2: COBERTURAS Cobertura Póliza Registrada SVS Monto Asegurado Fallecimiento POL Saldo Insoluto de la Deuda ITP 2/3 CAD Saldo Insoluto de la Deuda La cobertura de la presente póliza corresponderá al riesgo de fallecimiento natural, accidental o provocado por terceros, dentro o fuera del territorio nacional y cubrirá además los fallecimientos ocurridos a consecuencia de suicidios. Además, la presente póliza considera cobertura de Incapacidad Total y Permanente 2/3 para aquellas operaciones crediticias que contemplan Subsidio Habitacional MINVU y otras operaciones que actualmente están singularizadas en la escritura con la cobertura de ITP 2/3 La cobertura corresponderá al Saldo Insoluto de la deuda, al último día del mes inmediatamente anterior a la fecha del siniestro. Se asegura las operaciones crediticias del COMANDO DE BIENESTAR, vigentes al 31 de diciembre del 2016, tales como Adquisición de sepultura, Adquisición, Adquisición Pagaré, Ampliación, Construcción Pagaré, Construcción, Otros Hipoteca, Proyecto habitacional, Reparación menor, Reparación y Saldo Precio y otros tipo de crédito que surjan durante el año ARTICULO Nº 3: CAPITALES Capital, es el saldo insoluto de la deuda a la fecha del siniestro por muerte y/o invalidez del deudor, con una mora no superior a 4 (cuatro) meses. Para Fallecimiento. Se cubre el saldo insoluto de la deuda del crédito identificado en estas condiciones particulares, calculado a la cuota del mes inmediatamente anterior a la fecha del fallecimiento del deudor. Para Invalidez. a) Personal en condición activo : Se cubre el saldo insoluto de la deuda con la JAVE, verificada el último día del mes anterior a la fecha de cese de funciones que se establezca mediante Resolución del Comando del Personal del Ejército (COP) que indica la causal de retiro y da a conocer la inutilidad que le afecta, que para efectos de esta cobertura debe decir: Inutilidad de II o III Clase. El plazo para la 2

3 presentación de denuncia del siniestro será de 180 días a contar de la fecha de emisión indicada en este documento. El inicio de cobertura como así también el cálculo del periodo a indemnizar comenzará a contar de la fecha de emisión del Informe de Sanidad que sirvió de respaldo para el certificado que emite el COP. b) También se podrá considerar un plazo de presentación de denuncia de siniestro para el personal activo la fecha de 180 días desde la emisión de la Resolución de la SFFAA donde se indique totalmente tramitado. El inicio de cobertura como así también el cálculo del periodo a indemnizar comenzará a contar de la fecha de emisión del Informe de Sanidad que sirvió de respaldo para el certificado que emite el COP. c) Personal en condición pasivo : se cubre el saldo insoluto de la deuda con la JAVE, verificada el último día del mes anterior a la fecha de cese de funciones que se establezca medienta el dictamen de la Junta Médica donde se trate el paciente (Unidad de Salud a nivel Nacional) siendo la fecha de emisión indicada en este documento la que, dará origen a los plazo de presentación de la respectiva denuncia de siniestro. ARTICULO N 4: CONDICIONES ESPECIALES DE LAS COBERTURAS A. Fallecimiento según POL Se consideran los riesgos propios de la actividad militar, tanto en territorio nacional como extranjero, incluyendo Misiones e Paz en las cuales, es desplegado el personal de la Institución. 2. Se otorga continuidad de cobertura a stock vigente. 3. En relación a la N.C.G N 255 emitida por la SVS se deja expresa constancia que la compañía aseguradora por tratarse de una continuidad de cartera, otorga cobertura sobre las preexistencias para el stock vigente. Para las nuevas incorporaciones sobre montos iguales o superiores a UF se solicitara DPS. 4. En caso de muerte presunta, se considerara la fecha en que el Comando de Bienestar tomo conocimiento del hecho. Bajo el Articulo N 599 del código de comercio. 5. Sin perjuicio de las Exclusiones, la presente póliza establece una condición especial otorgando cobertura para las siguientes Exclusiones contenidas en la Pol , solo se cubren durante el ejercicio de la actividad declarada, en este caso militar: a) Participación activa del asegurado en guerra internacional, sea que Chile tenga o no intervención en ella; en guerra civil, dentro o fuera de Chile; o en motín contra el orden público dentro o fuera del país; o hechos que las leyes califican como delitos contra la seguridad interior del Estado. b) La participación del asegurado en actos temerarios o en cualquier maniobra, experimento, exhibición, desafío o actividad notoriamente peligrosa, entendido por tales, aquellas donde se pone en grave peligro la vida e integridad física de las personas. c) Realización o participación en una actividad o deporte riesgoso, considerándose como tales aquellos que objetivamente constituyan una flagrante agravación del riesgo o se requiera de medidas de protección o seguridad para realizarlos. d) A modo de ejemplo y sin que la enumeración sea taxativa o restrictiva sino que meramente enunciativa, se considera actividad o deporte riesgoso el manejo de explosivos, minería subterránea, trabajos en altura o líneas de alta tensión, inmersión submarina, piloto civil, paracaidismo, montañismo. e) no obstante a los señalado en el Articulo N 6 letra a) del Condicionado General POL , la compañía aseguradora cubrirá el fallecimiento por Suicidio de un asegurado, siempre que al momento de ocurrido el siniestro haya transcurrido al menos 3

4 un (1) año de vigencia ininterrumpida desde la fecha de incorporación del asegurado a la póliza u otras anteriores en que el crédito haya sido asegurado y traspasado. B. Invalidez Total y Permanente 2/3 (ITP 2/3) según CAD Se cubren los riesgos propios de la actividad militar, tanto en territorio nacional como extranjero, incluyendo Misiones e Paz en las cuales, es desplegado el personal de la Institución. 2. Se otorga continuidad de cobertura a stock vigente. 3. En relación a la N.C.G N 255 emitida por la SVS se deja expresa constancia que la compañía aseguradora por tratarse de una continuidad de cartera, deberá mantener cubiertas las preexistencias para el stock vigente y para las nuevas incorporaciones sobre montos iguales o superiores a UF se solicitara DPS. 4. Plazo para informar un siniestro: 180 días siguientes de conocer la ocurrencia del mismo, a excepciones de muerte presunta, que se considerara la fecha en que el Comando de Bienestar tomo conocimiento del hecho. 5. La DPS será exigible solamente para créditos superiores a UF Cuando se trate de personas en condición de activo afectos al Sistema de Salud del Ejercito, para la determinación del ITP 2/3, se debe aceptar la Resolución del Comando del Personal del Ejercito que indica la causal de retiro y da a conocer la inutilidad que afecta, que para efectos de esta cobertura debe decir: Inutilidad de II o III Clase. A fecha de emisión indicada en este documento dará origen a los plazos de presentación de la respectiva denuncia de siniestro. 7. Cuando se trate de personas en condición de pasivo afectos al Sistema de Salud del Ejercito, para la determinación de la ITP 2/3, se debe aceptar el dictamen de la Junta Medica donde se trate el paciente (Unidades de Salud a Nivel Nacional) siendo la fecha indicada en este documento, la que, dará origen a los plazos de presentación de la respectiva denuncia de siniestro. 8. Sin perjuicio a lo señalado en las Exclusiones, la presente Póliza establece una condición especial otorgando cobertura para las siguientes exclusiones, según el Articulo N 4 contenidas en el CAD letras b) y c) d) y g) (Condicionado General) las cuales, solo se cubren durante el ejercicio de la actividad declarada, en este caso, Actividad Militar. 9. La participación del Asegurado en actos temerarios o en cualquier maniobra, experimento o estudio clínico, exhibición, desafío o actividad notoriamente peligrosa, entendido por tales, aquellas donde se pone en grave peligro la vida e integridad física de las personas. 10. La práctica de deportes riesgosos tales como: inmersión submarina, montañismo, alas delta, paracaidismo; carreras de caballo, automóviles, motocicletas de lancha: y otros deportes riesgosos, que no hayan sido declarados por el asegurado al momento de contratar esta cláusula adicional o durante su vigencia. 11. La práctica o el desempeño de alguna actividad, profesional u oficio claramente riesgoso, que no haya sido declarado por el asegurado al momento de contratar esta cláusula adicional o durante su vigencia. 12. Viaje o vuelo en vehículo aéreo de cualquier clase como pasajero o piloto. 13. A modo de ejemplo y sin que la enumeración sea taxativa o restrictiva sino que meramente enunciativa, se considera actividad o deporte riesgoso el manejo de explosivos, minería subterránea, trabajos en altura o líneas de alta tensión, inmersión submarina, piloto civil, paracaidismo, montañismo. 4

5 ARTICULO Nº 5: BENEFICIARIOS El beneficiario de la cobertura detallada en la presente póliza será el Contratante de la misma, es decir, el COMANDO DE BIENESTAR. ARTICULO Nº 6: REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD Para todas las coberturas, la edad máxima de ingreso y edad máxima de permanencia en la póliza, corresponderán a las indicadas a continuación, expresadas como se indica en el siguiente cuadro: Cobertura Edad Máxima de Ingreso Edad Máxima de Permanencia Fallecimiento Cumpliendo los 70 años Cumpliendo los 80 años ITP 2/3 Cumpliendo los 70 años Cumpliendo los 80 años Para las nuevas incorporaciones sobre montos asegurados iguales o superiores a UF se solicitara DPS. Para todos los casos que se requerirán antecedentes adicionales según lo amerite la DPS y/o los exámenes médicos y de laboratorio y/o conocimiento que tenga la compañía de la historia del proponente. Con el objeto de simplificar la suscripción, en el caso acordado que corresponda la compañía aceptaría que se le proporcionaran los resultados de los exámenes médicos preventivos que se les hayan realizado a los ejecutivos pertenecientes al grupo cotizado, en un plazo de 12 meses. De lo contrario se deberá acordar hora y lugar para la realización de los exámenes solicitados por la compañía. ARTICULO N 7: VIGENCIA DE LA POLIZA La póliza tendrá una vigencia de 12 meses, a partir 01 de enero 2017 y hasta el 31 de Diciembre del año 2017, ambas fechas inclusive, pudiendo ser renovado de común acuerdo por igual periodo, debiendo dejarse constancia escrita de lo anterior, antes del vencimiento del contrato original. En consecuencia, la Compañía operará como única entidad aseguradora, respecto de la totalidad de los créditos otorgados por el COMANDO DE BIENESTAR, durante la vigencia de la póliza. Así también se consideran cubiertos los préstamos existentes que mantienen continuidad de cobertura, y que presenten saldo vigente, ya sea que se trate de Préstamos de Deudas de Capital y Préstamos de Deudas Impagas. La cobertura se mantendrá durante la vigencia de la póliza colectiva siempre que el Asegurado pague oportunamente la prima convenida. ARTICULO Nº 8: PAGO DE PRIMA La prima anual del seguro de cada crédito será la resultante de multiplicar la tasa anual bruta, según corresponda indicada en el cuadro, por el monto asegurado (saldo insoluto de la deuda). 5

6 Cobertura Tasa Neta Anual IVA Tasa Bruta Anual Fallecimiento 3,72 0,00 3,72 ITP 2/3 0,96 0,19 1,15 Total 4,68 0,19 4,87 El valor total de las primas brutas será pagado de una sola vez para la carga inicial de créditos y contra entrega de factura a 30 (treinta) días de la emisión de ésta. Los movimientos mensuales que se originen por créditos otorgados durante el año, se informarán al mes siguiente de girado el cheque que dio origen al crédito y las primas correspondientes a éstos se pagarán contra entrega de factura en un máximo de 30 (treinta) días de la emisión de ésta. El COB dispondrá de un plazo máximo de 10 (diez) días corridos para efectuar observaciones a las facturas presentadas, lo que, se estipulará en el contrato que se suscriba con el adjudicatario. Las facturas serán pagadas a los 30 (treinta) días de la presentación de éstas, las que, se entenderán calculadas sobre la información proporcionada por la JAVE mensualmente. El COB no pagará intereses, reajustes mi indemnizaciones de ningún tipo, ante eventuales atrasos en los pagos. Ningún, pago se podrá realizar antes de la fecha de total tramitación del acto administrativo que aprueba el contrato respectivo. Junto con la presentación de las facturas, deberá presentarse la orden de compra debidamente aceptada por el proveedor. El contratante se compromete a efectuar el pago de las primas desde el inicio de la vigencia del seguro. El atraso por parte del contratante en más de 120 días o 4 meses de la fecha pactada, determinará el término de la cobertura del seguro, respecto de los asegurados cuyas primas no se hubieren pagado. Por lo tanto no se indemnizarán los siniestros que ocurran después de los 120 días o 4 meses de gracia. El pago de primas e indemnizaciones por siniestros cubiertos será en Unidades de Fomento (UF), convertidas a pesos chilenos al correspondiente día de pago convenido (Valor UF al día 09 del mes de cobertura en cobro) ARTICULO Nº 9: UNIDAD MONETARIA Tanto el monto Asegurado como las primas serán expresados en Unidades de Fomento (UF) de acuerdo al equivalente en pesos que tenga dicha unidad. 6

7 ARTICULO Nº 10: TIPO DE COBRANZA Y FACTURACION Datos de Cobranza Periodicidad de Pago: Mensual Tipo de cobranza: Anticipada Forma de Pago: Cheque Día de Pago: Contra factura emitida. Plazo de Pago: 30 días contados desde la fecha de emisión de la factura. Moneda: Pesos. Monto informado en cada cobranza, según corresponda al valor conversión de la UF al día 09 del mes en cobro, también detallada en cada cobranza Datos de Facturación Nombre : COMANDO DE BIENESTAR Rut : Dirección : Av. Libertador Bernardo O Higgins N 2334, Santiago. ARTICULO Nº 11: CARENCIA La presente póliza no contempla un período de carencia en las coberturas de Fallecimiento e Invalidez Total y Permanente 2/3. Por otra parte, la cobertura rige sólo para eventos producidos y diagnosticados con posterioridad a la fecha de inicio de vigencia de la póliza. No obstante, para todos los efectos legales, esta póliza otorga CONTINUIDAD DE COBERTURA a aquellos asegurados vigentes 31/12/2016 en la póliza anterior. ARTICULO Nº 12: EXCLUSIONES Las exclusiones que contempla esta póliza son las mismas que se establecen en las Condiciones generales de este seguro. Es decir, las especificadas en el ARTICULO 3 : EXCLUSIONES del condicionado POL y en el ARTICULO 3 : EXCLUSIONES del condicionado CAD , y que no se encuentren incluidas adicionalmente en este condicionado particular. ARTICULO Nº 13: ANULACIONES Y/O MODIFICACION DE ASEGURADOS Comando de bienestar notifica mensualmente a la Compañía las anulaciones y modificaciones efectuadas en el mes. Estas anulaciones y/o modificaciones se producen mensualmente por las siguientes razones: Cancelaciones (Pre-Pago). Extinción por plazo. Renuncia. Rebaja. Declaración de Invalidez. Fallecimiento. 7

8 ARTICULO Nº 14: INDEMINIZACION DEL CAPITAL ASEGURADO En los casos en que proceda el pago del capital asegurado, ello se hará dentro de los 15 días hábiles contados desde que la Compañía haya recibido todos los antecedentes para la correcta liquidación del siniestro. Queda entendido que al requerirse antecedentes de salud o judiciales a entes externos a la Compañía Aseguradora y al Contratante, dichos requerimientos pueden no ser cumplidos con la velocidad que se espera por las partes. ARTICULO Nº 15: MODALIDAD DE SUSCRIPCION A.- Para emisiones como traspaso de compañía se otorga continuidad de cobertura a todos los asegurados de la nómina inicial. B.- En caso de renovaciones se mantiene la cobertura de preexistencias para la nómina inicial de la primera póliza emitida por HDI Seguros de Vida S.A. ARTICULO Nº 16: INDISPUTABILIDAD La compañía aseguradora pagará el capital asegurado a los beneficiarios, si el fallecimiento ocurriera como consecuencia de suicidio, siempre que hubiera transcurrido un (1) año completo e ininterrumpido desde la fecha de incorporación del asegurado, desde su rehabilitación o desde el aumento de capital asegurado. En éste último caso el plazo se considerará sólo para el pago del incremento del capital asegurado. ARTICULO Nº 17: PLAZO DE DENUNCIO DE SINIESTRO El contratante, deberá dar aviso del siniestro mediante carta o correo electrónico dirigido a la compañía aseguradora dentro un plazo máximo de ciento ochenta (180) días siguientes a la fecha de conocida la ocurrencia del mismo. El cumplimiento extemporáneo de esta obligación hará perder el derecho a la indemnización establecida en la presente cláusula adicional, salvo en caso de fuerza mayor. (Se considerará y aplicará la normativa legal vigente) Para el pago del beneficio, COMANDO DE BIENESTAR, envía Oficio a la Compañía Aseguradora notificando el siniestro e identificando los datos del asegurado. Adicionalmente se adjunta la siguiente documentación: Para cobertura de Fallecimiento, denuncia de siniestro: 1. Oficio de notificación de siniestro, mediante el cual se señala: El saldo insoluto del crédito, monto total otorgado, fecha de inicio y término del crédito, tasa de interés aplicada, fecha de vencimiento de cada una de las cuotas a pagar por el asegurado y estado (pagada/impaga) de cada una de ellas. 2. Tipo de Deuda 3. N del Préstamo 4. Fecha de Defunción o de declaración de Invalidez, según sea el caso 5. Certificado original de defunción del Asegurado, indicando la causa del fallecimiento. 6. Certificado original de nacimiento del Asegurado, para acreditar la edad, en caso que no conste en el certificado de defunción. 8

9 7. Copia del parte policial o en su defecto documento de atención de urgencia del Asegurado; cuando corresponda. 8. Certificado de saldo de deuda a la fecha de ocurrido el siniestro. Nota: La Compañía se reserva el derecho de pedir cualquier otro antecedente que se estime conveniente para poder realizar esta liquidación. Para cobertura de Invalidez Total y/o Permanente 2/3, denuncia de siniestro: 1. Certificado de nacimiento para acreditar edad 2. Resolución del Comando del Personal del ejército que indica la causal de retiro y da a conocer la inutilidad que le afecta, que para efectos de esta cobertura debe decir: Inutilidad de II o III Clase. La fecha de emisión indicada en este documento dará origen a los plazos de presentación de la respectiva denuncia de siniestro (Personal Activo) 3. El dictamen de la Juna Médica donde se trate el paciente (Unidades de Salud a Nivel Nacional), siendo la fecha indicada en este documento la que, dará origen a los plazos de presentación de la respectiva denuncia de siniestro (Personal Pasivo) 4. Certificado de liquidación de saldos insolutos de los préstamos vigentes en HDI, indicando para cada uno de ellos el monto total otorgado, fecha de inicio y término del crédito, tasa de interés aplicada, fecha de vencimiento de cada una de las cuotas y estado (pagada/ impaga). 5. Resolución del COMPIN cuando se trate de beneficiarios afectos al sistema de salud privado (Isapre o Fonasa) En los demás casos, cuando un beneficiario se encuentra en su calidad de pensionado, la invalidez se acreditará con el informe médico correspondiente, que deberá ser suscrito por tres facultativos, uno de los cuales debe ser especialista en el tratamiento de la dolencia que se invoca como causal. ARTICULO Nº 18: DOMICILIO Se fija como domicilio especial para el cumplimiento de todas las obligaciones de esta póliza la ciudad de Santiago de Chile. ARTICULO Nº 19: CODIGO DE AUTOREGULACION Y BUENAS PRÁCTICAS HDI Seguros de Vida S.A., se encuentra adherida voluntariamente al código de autorregulación y al compendio de buenas prácticas de las compañías de seguros, cuyo propósito es propender al desarrollo del mercado de seguros, en consonancia con los principios de libre competencia y buena fe que debe existir entre las empresas y entre éstas y sus clientes. Copia del compendio de buenas prácticas corporativas de las compañías de seguros se encuentra a disposición de los interesados en cualquiera de las oficinas de esta compañía o en Asimismo, ha aceptado la intervención del defensor del asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relación a los contratos celebrados con ella. Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el defensor del asegurado utilizando los formularios disponibles en las oficinas de HDI Seguros de Vida S.A., O a través de la página web 9

10 ARTICULO N 20: BASES TECNICAS DE LICITACION Las Condiciones Generales de la presente póliza se encuentran debidamente depositadas en el registro de pólizas de la S.V.S. bajo el código POL y CAD Mediante el presente artículo, HDI Seguros de Vida S.A., deja constancia que estas condiciones particulares se ajustan a lo establecido en las bases técnicas de licitación. Adicionalmente, si cualquier elemento relativo a estas bases técnicas de licitación hubiese quedado sin incorporarse en las presentes Condiciones Particulares, se establece que las citadas bases técnicas de licitación primará por sobre lo señalado en estas Condiciones Particulares. APODERADO HDI SEGUROS DE VIDA S.A. 10

11 ANEXO 1 INFORMACIÓN SOBRE PRESENTACIÓN DE CONSULTAS Y RECLAMOS En virtud de la circular N de 28 de noviembre de 2013, las compañías de seguros, corredores de seguros y liquidadores de siniestros, deberán recibir, registrar y responder todas las presentaciones, consultas o reclamos que se les presenten directamente por el contratante, asegurado, beneficiario o legítimos interesados o sus mandatarios. Las presentaciones pueden ser efectuadas en todas las oficinas de las entidades en que se atienda público, presencialmente, por correo postal, medios electrónicos, o telefónicamente, sin formalidades, en el horario normal de atención. Recibida una presentación, consulta o reclamo, ésta deberá ser respondida en el plazo más breve posible, el que no podrá exceder de 20 días hábiles contados desde su recepción. El interesado, en caso de disconformidad respecto de lo informado, o bien cuando demora injustificada de la respuesta, podrá recurrir a la superintendencia de valores y seguros, área de protección al inversionista y asegurado, cuyas oficinas se encuentran ubicadas en av. Libertador Bernardo O`Higgins 1449, piso 1, Santiago, o a través del sitio web 11

12 ANEXO 2 (Circular N 2106, Superintendencia de Valores y Seguros) PROCEDIMIENTO DE LlQUIDACIÓN DE SINIESTROS 1. OBJETO DE LA LlQUIDACIÓN La liquidación tiene por fin establecer la ocurrencia de un siniestro, determinar si el siniestro está cubierto en la póliza contratada en una compañía de seguros determinada, y cuantificar el monto de la pérdida y de la indemnización a pagar. El procedimiento de liquidación está sometido a los principios de celeridad y economía procedimental, de objetividad y carácter técnico y de transparencia y acceso. 2. FORMA DE EFECTUAR LA LIQUIDACIÓN La liquidación puede efectuarla directamente la Compañía o encomendarla a un Liquidador de Seguros. La decisión debe comunicarse al Asegurado dentro del plazo de tres días hábiles contados desde la fecha de la denuncia del siniestro. 3. DERECHO DE OPOSICIÓN A LA LIQUIDACIÓN DIRECTA En caso de liquidación directa por la Compañía, el Asegurado o beneficiario puede oponerse a ella, solicitándole por escrito que designe un Liquidador de Seguros, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la notificación de la comunicación de la Compañía. La Compañía deberá designar al Liquidador en el plazo de dos días hábiles contados desde dicha oposición. 4. INFORMACIÓN AL ASEGURADO DE GESTIONES A REALIZAR Y PETICIÓN DE ANTECEDENTES El Liquidador o la Compañía deberá informar al Asegurado, por escrito, en forma suficiente y oportuna, al correo electrónico (informado en la denuncia del siniestro) o por carta certificada (al domicilio señalado en la denuncia de siniestro), de las gestiones que le corresponde realizar, solicitando de una sola vez, cuando las circunstancias lo permitan, todos los antecedentes que requiere para liquidar el siniestro. 5. PRE-INFORME DE LIQUIDACIÓN En aquellos siniestros en que surgieren problemas y diferencias de criterios sobre sus causas, evaluación del riesgo o extensión de la cobertura, podrá el Liquidador, actuando de oficio o a petición del Asegurado, emitir un pre-informe de Iiquidación sobre la cobertura del siniestro y el monto de los daños producidos, el que deberá ponerse en conocimiento de los interesados. El Asegurado o la Compañía podrán hacer observaciones por escrito al pre-informe dentro del plazo de cinco días hábiles desde su conocimiento. 6. PLAZO DE LIQUIDACIÓN Dentro del más breve plazo, no pudiendo exceder de 45 días corridos desde la fecha denuncio, a excepción de: a) siniestros que correspondan a seguros individuales sobre riesgos del Primer Grupo cuya prima anual sea superior a 100 UF: 90 días corridos desde fecha denuncio. b) siniestros marítimos que afecten a los cascos o en caso de Avería Gruesa: 180 días corridos desde fecha denuncio. 12

13 7. PRÓRROGA DEL PLAZO DE LIQUIDACIÓN Los plazos antes señalados podrán, excepcionalmente siempre que las circunstancias lo ameriten, prorrogarse, sucesivamente por iguales períodos, informando los motivos que la fundamenten e indicando las gestiones concretas y específicas que se realizarán, lo que deberá comunicarse al Asegurado y a la Superintendencia, pudiendo esta última dejar sin efecto la ampliación, en casos calificados, y fijar un plazo para entrega del Informe de Liquidación. No podrá ser motivo de prórroga la solicitud de nuevos antecedentes cuyo requerimiento pudo preverse con anterioridad, salvo que se indiquen las razones que justifiquen la falta de requerimiento, ni podrán prorrogarse los siniestros en que no haya existido gestión alguna del liquidador, registrado o directo. 8. INFORME FINAL DE LIQUIDACIÓN El informe final de liquidación deberá remitirse al Asegurado y simultáneamente al Asegurador, cuando corresponda, y deberá contener necesariamente la transcripción íntegra de los artículos 26 y 27 del Reglamento de Auxiliares del Comercio de Seguros (D.S. de Hacienda N 1.055, de 2012, Diario Oficial de 29 de Diciembre de 2012). 9. IMPUGNACIÓN INFORME DE LlQUIDACIÓN Recibido el informe de Liquidación, la Compañía y el Asegurado dispondrán de un plazo de diez días hábiles para impugnarla. En caso de liquidación directa por la Compañía, este derecho sólo lo tendrá el Asegurado. Impugnado el informe, el Liquidador o la compañía dispondrá de un plazo de 6 días hábiles para responder la impugnación. 13

RENOVACION DE POLIZA

RENOVACION DE POLIZA RENOVACION DE POLIZA ACCIDENTES PERSONALES N MAPFRE Seguros de Vida considerando : La propuesta de seguro presentada por el contratante o la cotización efectuada por el asegurador y su aceptación por parte

Más detalles

CONDICIONES PARTICULARES

CONDICIONES PARTICULARES N DE POLIZA COLECTIVA xxxxxxx CONDICIONES PARTICULARES NOMBRE DEL SEGURO: Seguro Desgravamen Tarjeta de Crédito Fashion s Park BCI Seguros Vida S.A., considerando los antecedentes entregados por la empresa

Más detalles

POLIZA DE SEGURO EUROAMERICA SEGUROS SANTIAGO COLECTIVO TEMPORAL VIDA VIGENCIA DESDE

POLIZA DE SEGURO EUROAMERICA SEGUROS SANTIAGO COLECTIVO TEMPORAL VIDA VIGENCIA DESDE DE SEGURO DE SEGURO EUROAMERICA SEGUROS 99.279.000-8 SANTIAGO COLECTIVO TEMPORAL VIDA 153.439-5 182 13 0 CONTRATANTE : SERVICIO DE BIENESTAR PERSONAL USACH : 60.911.000-7 GRUPO NEGOCIO : 310 SERVICIO DE

Más detalles

RENOVACION DE POLIZA

RENOVACION DE POLIZA RENOVACION DE POLIZA ACCIDENTES PERSONALES N MAPFRE Seguros de Vida considerando : La propuesta de seguro presentada por el contratante o la cotización efectuada por el asegurador y su aceptación por parte

Más detalles

FORMULARIO PARA DENUNCIO DE SINIESTRO DE INCENDIO Y SISMO

FORMULARIO PARA DENUNCIO DE SINIESTRO DE INCENDIO Y SISMO FORMULARIO PARA DENUNCIO DE SINIESTRO DE INCENDIO Y SISMO DATOS DEL ASEGURADO Nombre RUT Teléfono Fijo Teléfono Celular Correo Electrónico Nombre denunciante y teléfono (en caso de no ser el asegurado)

Más detalles

CONDICIONES PARTICULARES POLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA

CONDICIONES PARTICULARES POLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA CONDICIONES PARTICULARES POLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA N Póliza 738818 Vigencia desde 01 de Marzo de 2016 Vigencia hasta 28 de Febrero de 2017 Contratante : INVERSIONES S. B. S. A. General Velásquez

Más detalles

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO Bci Seguros Vida S.A., en consideración a la Propuesta de Seguro presentada por el contratante y asegurado, su Declaración de Salud, las Condiciones Generales respectivas y las

Más detalles

2. CONTRATANTE : COLEGIO MAYORES S.A. - SEDE PEÑALOLEN DOMICILIO : Valle del Aconcagua Nº 8031, Peñalolen, Santiago. R.U.T. :

2. CONTRATANTE : COLEGIO MAYORES S.A. - SEDE PEÑALOLEN DOMICILIO : Valle del Aconcagua Nº 8031, Peñalolen, Santiago. R.U.T. : SEGURO COLECTIVO DE VIDA ESCOLARIDAD PÓLIZA Nº 5002493 CONDICIONES GENERALES REGISTRADAS EN EL DEPOSITO DE PÓLIZAS DE LA SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS BAJO LOS CÓDIGOS POL 220131058 Y CAD 220131086.

Más detalles

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO Bci Seguros Vida S.A., en consideración a la Propuesta de Seguro presentada por el contratante y asegurado, su Declaración de Salud, las Condiciones Generales respectivas y las

Más detalles

ANTECEDENTES DEL ASEGURADO (SÓLO PERSONAS NATURALES)

ANTECEDENTES DEL ASEGURADO (SÓLO PERSONAS NATURALES) PROPUESTA DE INCORPORACION Y CERTIFICADO DE COBERTURA DE SEGURO DE DESGRAVAMEN ASOCIADO A CRÉDITOS DE CONSUMO BANCO FALABELLA FOLIO : FECHA : 18/07/2016 ANTECEDENTES DEL ASEGURADO (SÓLO PERSONAS NATURALES)

Más detalles

CONDICIONES PARTICULARES DE LA PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA

CONDICIONES PARTICULARES DE LA PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA CONDICIONES PARTICULARES DE LA PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA RESUMEN SEGURO DE VIDA I. Identificación del asegurado y la póliza Producto Corp Asistencia en Viajes Plan Familiar Silver N de póliza AW0410867

Más detalles

CONDICIONES PARTICULARES DE LA PÓLIZA DE SEGURO INDIVIDUAL PARA PRESTACIONES MÉDICAS POR ACCIDENTE SEGURO ESCOLAR INDIVIDUAL

CONDICIONES PARTICULARES DE LA PÓLIZA DE SEGURO INDIVIDUAL PARA PRESTACIONES MÉDICAS POR ACCIDENTE SEGURO ESCOLAR INDIVIDUAL N o PÓLIZA: N o PROPUESTA: CONDICIONES PARTICULARES DE LA PÓLIZA DE SEGURO INDIVIDUAL PARA PRESTACIONES MÉDICAS POR ACCIDENTE SEGURO ESCOLAR INDIVIDUAL SEGUROS CLC S.A. en conjunto con el Contratante,

Más detalles

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO Bci Seguros Vida S.A., en consideración a la Propuesta de Seguro presentada por el contratante y asegurado, su Declaración de Salud, las Condiciones Generales respectivas y las

Más detalles

2. CONTRATANTE : COLEGIO MAYORES S.A. -SEDE PEÑALOLEN. DOMICILIO : Valle del Aconcagua N 8031, Peñalolén, Santiago. R.U.T. : 96.757.700-6.

2. CONTRATANTE : COLEGIO MAYORES S.A. -SEDE PEÑALOLEN. DOMICILIO : Valle del Aconcagua N 8031, Peñalolén, Santiago. R.U.T. : 96.757.700-6. SEGURO COLECTIVO DE VIDA ESCOLARIDAD PÓLIZA Nº 5001578 CONDICIONES GENERALES REGISTRADAS EN EL DEPOSITO DE PÓLIZAS DE LA SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS BAJO LOS CÓDIGOS POL 2 09 088 Y CAD 2 09 089.

Más detalles

CONDICIONES PARTICULARES PÓLIZA INDIVIDUAL DE SEGURO PARA PRESTACIONES MÉDICAS DE MATERNIDAD SEGURO MAMA FELIZ II

CONDICIONES PARTICULARES PÓLIZA INDIVIDUAL DE SEGURO PARA PRESTACIONES MÉDICAS DE MATERNIDAD SEGURO MAMA FELIZ II N o PÓLIZA: N o PROPUESTA: CONDICIONES PARTICULARES PÓLIZA INDIVIDUAL DE SEGURO PARA PRESTACIONES MÉDICAS DE MATERNIDAD SEGURO MAMA FELIZ II SEGUROS CLC S.A. en conjunto con el Contratante, quien se individualiza

Más detalles

POLIZA COBERTURAS Y PRIMAS. Determinación de Capital : Capitales Iguales, Monto 2.500,000

POLIZA COBERTURAS Y PRIMAS. Determinación de Capital : Capitales Iguales, Monto 2.500,000 POLIZA Póliza Nro. : A-2502397 Vigencia Póliza : 01/01/2016 al 31/12/2020 COBERTURAS Y PRIMAS POL y CAD asociados: POL 3-2013-0351 Forma de Pago : Anual Edad % Tipo Factor/ Coberturas Máx. Cotización Descto

Más detalles

Tran.Terrestre Con.Res Poliza de Seguros Generales N* Póliza : N* Propuesta : CONDICIONES PARTICULARES DE POLIZA DE SEGURO

Tran.Terrestre Con.Res Poliza de Seguros Generales N* Póliza : N* Propuesta : CONDICIONES PARTICULARES DE POLIZA DE SEGURO PDF Póliza N* Póliza N* Propuesta Compañía de Seguros Generales Consorcio Nacional de Seguros S.A., considerando A) La Propuesta de Seguro presentada por el proponente, B) El plan de pago acordado en ella,

Más detalles

SEGURO COLECTIVO DE ACCIDENTES PERSONALES PÓLIZA N

SEGURO COLECTIVO DE ACCIDENTES PERSONALES PÓLIZA N SEGURO COLECTIVO DE ACCIDENTES PERSONALES PÓLIZA N 5001121 CONDICIONES GENERALES REGISTRADAS EN EL DEPÓSITO DE PÓLIZAS DE LA SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS BAJO EL CÓDIGO POL 2 92 015. CONDICIONES

Más detalles

MONEDA: UF RAMO: SEGURO CESANTIA OFICINA: EL BOSQUE F. EMISION:

MONEDA: UF RAMO: SEGURO CESANTIA OFICINA: EL BOSQUE F. EMISION: MONEDA: UF RAMO: SEGURO CESANTIA OFICINA: EL BOSQUE F EMISION: 22-01-2016 ASEGURADO : CONCRECES LEASING S A RUT : 96784400-4 DIRECCION : MANUEL ANTONIO MATTA 221, LA SERENA COMUNA : LA SERENA FONO : 512671849

Más detalles

CONDICIONES PARTICULARES

CONDICIONES PARTICULARES N DE POLIZA COLECTIVA WP7752445-2 CONDICIONES PARTICULARES NOMBRE DEL SEGURO: Seguro de Cesantía Tarjeta de Crédito Fashion s Park BCI Seguros Generales S.A., considerando los antecedentes entregados por

Más detalles

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO Bci Seguros Vida S.A., en consideración a la Propuesta de Seguro presentada por el contratante y asegurado, su Declaración de Salud, las Condiciones Generales respectivas y las

Más detalles

POLIZA COLECTIVA WP Descripción de Coberturas y Condiciones de Asegurabilidad Póliza colectiva WP

POLIZA COLECTIVA WP Descripción de Coberturas y Condiciones de Asegurabilidad Póliza colectiva WP POLIZA COLECTIVA WP 9064293 6 Descripción de Coberturas y Condiciones de Asegurabilidad Póliza colectiva WP 9064293 6 Materia Asegurada Cubre el valor de hasta 6 pagos regulares, en caso de cesantía o

Más detalles

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO PÓLIZA Nº Póliza de Seguro Colectivo de Vida

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO PÓLIZA Nº Póliza de Seguro Colectivo de Vida PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO PÓLIZA Nº 280.758 Póliza de Seguro Colectivo de Vida VIGENCIA ACTUAL: Desde las 0:00 horas del día 01.12.2015 Hasta las 24:00 horas del día 30.11.2016 VIGENCIA ORIGINAL: 01.12.2002

Más detalles

POLIZA COLECTIVA DE DESGRAVAMEN ASOCIADA A CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO CON PROMESA DE COMPRAVENTA LEY BICE Vida Compañía de Seguros S.A.

POLIZA COLECTIVA DE DESGRAVAMEN ASOCIADA A CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO CON PROMESA DE COMPRAVENTA LEY BICE Vida Compañía de Seguros S.A. POLIZA COLECTIVA DE DESGRAVAMEN ASOCIADA A CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO CON PROMESA DE COMPRAVENTA LEY 19.281 BICE Vida Compañía de Seguros S.A. 1. Contratante : SAN SEBASTIAN INMOBILIARIA S.A. 2. Beneficiario

Más detalles

CONDICIONES PARTICULARES SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES ESTUDIA PROTEGIDO

CONDICIONES PARTICULARES SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES ESTUDIA PROTEGIDO CONDICIONES PARTICULARES SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES ESTUDIA PROTEGIDO De conformidad con la propuesta presentada, la que forma parte integrante de la Póliza, HDI Seguros de Vida S.A., asegura de acuerdo

Más detalles

Hoja Resumen SEGURO COLECTIVO DE DESGRAVAMEN E INVALIDEZ PERMANENTE DOS TERCIOS PARA SEGMENTO TRABAJADORES

Hoja Resumen SEGURO COLECTIVO DE DESGRAVAMEN E INVALIDEZ PERMANENTE DOS TERCIOS PARA SEGMENTO TRABAJADORES Hoja Resumen SEGURO COLECTIVO DE DESGRAVAMEN E INVALIDEZ PERMANENTE DOS TERCIOS PARA SEGMENTO TRABAJADORES Nombre del Titular: Fecha: Producto: Para facilitar la comprensión de las principales características

Más detalles

Esta Cláusula Adicional, no obstante lo estipulado en las Condiciones Generales de la póliza se regirá por las estipulaciones siguientes:

Esta Cláusula Adicional, no obstante lo estipulado en las Condiciones Generales de la póliza se regirá por las estipulaciones siguientes: CLAUSULA DE MUERTE ACCIDENTAL Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD320130167 Esta Cláusula Adicional, no obstante lo estipulado en las Condiciones Generales de la póliza se regirá por las

Más detalles

Póliza Nro. : A Vigencia Póliza : 01/04/2009 al 31/08/2015

Póliza Nro. : A Vigencia Póliza : 01/04/2009 al 31/08/2015 Se renueva la póliza por el período de un [1] año a contar desde el 01 de Septiembre de 2014 hasta el 31 de Agosto de 2015. AMBITO DE APLICACION: Esta póliza se rige por las Condiciones Generales registradas

Más detalles

POLIZA DE SEGURO COLECTIVO

POLIZA DE SEGURO COLECTIVO POLIZA DE SEGURO COLECTIVO Bci Seguros Vida S.A., en consideración a la Propuesta de Seguro presentada por el contratante y asegurado, su Declaración de Salud, las Condiciones Generales respectivas y las

Más detalles

PÓLIZA Nº

PÓLIZA Nº ASEGURADO NOMBRE: Transportes Santo Tomas SpA RUT: 76606469-8 DIRECCION: Parcelacion Los Espinos LT 55 COMUNA: Lampa EMAIL: Sin Información TELEFONO: Sin Información INTERMEDIARIO RUT: 78739010-2 Corredores

Más detalles

FORMULARIO PARA DENUNCIO DE SINIESTRO DE INCENDIO Y SISMO

FORMULARIO PARA DENUNCIO DE SINIESTRO DE INCENDIO Y SISMO FORMULARIO PARA DENUNCIO DE SINIESTRO DE INCENDIO Y SISMO DATOS DEL ASEGURADO Nombre RUT Teléfono Fijo Teléfono Celular Correo Electrónico Nombre denunciante y teléfono (en caso de no ser el asegurado)

Más detalles

Cartera Desgravamen Hipotecario Banco de Chile

Cartera Desgravamen Hipotecario Banco de Chile Cartera Desgravamen Hipotecario Banco de Chile A) Información sobre la Compañía Aseguradora A.1) Compañía Aseguradora: Banchile Seguros de Vida S.A. A.2) Clasificación de riesgo: AA Feller Rate; AA ICR

Más detalles

POLIZA DE CESANTIA SEGURO HIPOTECARIO

POLIZA DE CESANTIA SEGURO HIPOTECARIO POLIZA DE CESANTIA SEGURO HIPOTECARIO IDENTIFICACION DEL CLIENTE PROPONENTE : CONCRECES LEASING S.A. RUT : 96.748.400-4 DIRECCION : MANUEL ANTONIO MATTA 221 COMUNA : LA SERENA CIUDAD : LA SERENA FONO :

Más detalles

ORIGINAL DE POLIZA EUROAMERICA VIDA S.A CASA MATRIZ COLECTIVO SALUD VIGENCIA DESDE

ORIGINAL DE POLIZA EUROAMERICA VIDA S.A CASA MATRIZ COLECTIVO SALUD VIGENCIA DESDE DE SEGURO ORIGINAL DE COLECTIVO SALUD 178.049-3 1495 10 CONTRATANTE : CORP. DE BIENESTAR CONSORCIO NACIONAL DE SEGUROS : 70.704.900-6 GRUPO NEGOCIO : SIN GRUPO SUBGRUPO : DIRECCION : AV. EL BOSQUE SUR

Más detalles

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO Póliza Nro.: 1754282 Fecha de Emisión : 07/05/2018 RUT Contratante : 96.786.870-1 Nombre : Mutuos Hipotecarios Renta Nacional S.A Condiciones Particulares y Anexos, si los hubiere,

Más detalles

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO Bci Seguros Vida S.A., en consideración a la Propuesta de Seguro presentada por el contratante y asegurado, su Declaración de Salud, las Condiciones Generales respectivas y las

Más detalles

CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES DE LA POLIZA COLECTIVA DE SEGURO DE DESGRAVAMEN E INVALIDEZ 2/3 ASOCIADO AL CREDITO HIPOTECARIO

CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES DE LA POLIZA COLECTIVA DE SEGURO DE DESGRAVAMEN E INVALIDEZ 2/3 ASOCIADO AL CREDITO HIPOTECARIO CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES DE LA POLIZA COLECTIVA DE SEGURO DE DESGRAVAMEN E INVALIDEZ 2/3 ASOCIADO AL CREDITO HIPOTECARIO SEGUROS CONTRATADOS: DESGRAVAMEN E INVALIDEZ 2/3 POL 2 2013 0678 / CAD

Más detalles

SEMINARIO NUEVO REGLAMENTO AUXILIARES DEL COMERCIO DE SEGUROS

SEMINARIO NUEVO REGLAMENTO AUXILIARES DEL COMERCIO DE SEGUROS SEMINARIO NUEVO REGLAMENTO AUXILIARES DEL COMERCIO DE SEGUROS Superintendencia de Valores y Seguros 12 Marzo de 2013 Santiago Principales Cambios al Reglamento de Auxiliares del Comercio de Seguros y Procedimiento

Más detalles

Esta cláusula adicional, no obstante lo estipulado en las Condiciones Generales de la póliza se regirá por las estipulaciones siguientes:

Esta cláusula adicional, no obstante lo estipulado en las Condiciones Generales de la póliza se regirá por las estipulaciones siguientes: CLAUSULA DE MUERTE ACCIDENTAL Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD320140232 Esta cláusula adicional, no obstante lo estipulado en las Condiciones Generales de la póliza se regirá por las

Más detalles

tel fax

tel fax ACE Seguros S.A Miraflores 222 piso 17 Santiago de Chile Casilla 493 Santiago Chile tel 56 2 2549 8300 fax 56 2 2632 6289 www.aceseguros.cl ASEGURADO : ITEM LTDA R.U.T. : 789363307 DOMICILIO CIUDAD : AV

Más detalles

tel fax

tel fax ACE Seguros S.A Miraflores 222 piso 17 Santiago de Chile Casilla 493 Santiago Chile tel 56 2 2549 8300 fax 56 2 2632 6289 www.aceseguros.cl ASEGURADO : ITEM LTDA R.U.T. : 789363307 DOMICILIO CIUDAD : AV

Más detalles

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE DESGRAVAMEN PARA TARJETAS DE CREDITO EMITIDAS POR EMPRESAS DE RETAIL

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE DESGRAVAMEN PARA TARJETAS DE CREDITO EMITIDAS POR EMPRESAS DE RETAIL PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE DESGRAVAMEN PARA TARJETAS DE CREDITO EMITIDAS POR EMPRESAS DE RETAIL Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL220130205 ARTÍCULO 1 REGLAS APLICABLES AL CONTRATO

Más detalles

ORIGINAL DE POLIZA EUROAMERICA VIDA S.A CASA MATRIZ COLECTIVO SALUD VIGENCIA DESDE

ORIGINAL DE POLIZA EUROAMERICA VIDA S.A CASA MATRIZ COLECTIVO SALUD VIGENCIA DESDE DE SEGURO ORIGINAL DE CONTRATANTE : SERVICIOS GRUPO RHEIN S.P.A. : 76.451.406-8 GRUPO NEGOCIO : 566 RHEIN CHILE S.A SUBGRUPO : DIRECCION : LAS DALIAS 3040 COMUNA/CIUDAD : MACUL ASEGURADO : SEGUN CONDICIONES

Más detalles

PROPUESTA / CERTIFICADO DE SEGURO DE DESGRAVAMEN TARJETA DE CRÉDITO CONTRATANTE: INVERSIONES TARJETA FAMILYCARD S.A.

PROPUESTA / CERTIFICADO DE SEGURO DE DESGRAVAMEN TARJETA DE CRÉDITO CONTRATANTE: INVERSIONES TARJETA FAMILYCARD S.A. PROPUESTA / CERTIFICADO DE SEGURO DE DESGRAVAMEN TARJETA DE CRÉDITO CONTRATANTE: INVERSIONES TARJETA FAMILYCARD S.A. Datos Asegurado Nombre completo (paterno, materno, nombres) FOLIO Nº Rut Dirección particular

Más detalles

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO Bci Seguros Vida S.A., en consideración a la Propuesta de Seguro presentada por el contratante y asegurado, su Declaración de Salud, las Condiciones Generales respectivas y las

Más detalles

SEGURO COLECTIVO DE DESGRAVAMEN CON ADICIONAL ITP 2/3

SEGURO COLECTIVO DE DESGRAVAMEN CON ADICIONAL ITP 2/3 Póliza de Seguros DV-00113 SEGURO COLECTIVO DE DESGRAVAMEN CON ADICIONAL ITP 2/3 ANTECEDENTES DEL CONTRATANTE Contratante : ADMINISTRADORA DE MUTUOS HIPOTECARIOS MYV S.A. RUT : 76.090.605-0 Dirección :

Más detalles

CONDICIONADO PARTICULAR SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD AMBULATORIO

CONDICIONADO PARTICULAR SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD AMBULATORIO Estimado(a) Señor(a): Presente. Bienvenido a Cruz Blanca Compañía de Seguros de Vida S.A. Usted cuenta con el respaldo y solidez de Cruz Blanca Compañía de Seguros de Vida S.A., una empresa perteneciente

Más detalles

A todo el mercado asegurador

A todo el mercado asegurador REF.: IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE ATENCIÓN DE CLIENTES Y TRAMITACIÓN DE CONSULTAS Y RECLAMOS. REEMPLAZA Y DEROGA CIRCULARES Nº 1487, DE 2000, Y 1760, DE 2005. A todo el mercado asegurador Esta Superintendencia,

Más detalles

SOLICITUD DE INCORPORACION Y CERTIFICADO DE COBERTURA SEGURO ONCOLÓGICO MÁS BENEFICIO DE FARMACIA CONTRATANTE: SERVICIOS E INVERSIONES TCD S.A.

SOLICITUD DE INCORPORACION Y CERTIFICADO DE COBERTURA SEGURO ONCOLÓGICO MÁS BENEFICIO DE FARMACIA CONTRATANTE: SERVICIOS E INVERSIONES TCD S.A. DATOS ASEGURADO NOMBRE COMPLETO (PATERNO, MATERNO, NOMBRES) SOLICITUD DE INCORPORACION Y CERTIFICADO DE COBERTURA SEGURO ONCOLÓGICO MÁS BENEFICIO DE FARMACIA CONTRATANTE: SERVICIOS E INVERSIONES TCD S.A.

Más detalles

Informativo sobre Seguro de Créditos Hipotecarios para la Vivienda Circular N 1758 de la Superintendencia de Valores y Seguros

Informativo sobre Seguro de Créditos Hipotecarios para la Vivienda Circular N 1758 de la Superintendencia de Valores y Seguros Informativo sobre Seguro de Créditos Hipotecarios para la Vivienda Circular N 1758 de la Superintendencia de Valores y Seguros SEGURO COLECTIVO DESGRAVAMEN, INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE 2/3 Y HOSPITALIZACIÓN

Más detalles

III.REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD Y ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA LA EVALUACIÓN DEL RIESGO

III.REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD Y ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA LA EVALUACIÓN DEL RIESGO CARACTERÍSTICAS DE LAS PÓLIZAS DE SEGURO DE DESGRAVAMEN E ITP 2/3 CONTRATADAS POR EL BANCO SANTANDER PARA SU CARTERA DE CRÉDITOS DE CONSUMO REGULARES (Conforme a lo dispuesto en las Circulares Nº 1.759-SVS

Más detalles

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO Bci Seguros Vida S.A., en consideración a la Propuesta de Seguro presentada por el contratante y asegurado, su Declaración de Salud, las Condiciones Generales respectivas y las

Más detalles

Informativo sobre Seguro de Crédito Hipotecario para la Vivienda Circular Nª 1758 de la Superintendencia de Valores Y Seguros

Informativo sobre Seguro de Crédito Hipotecario para la Vivienda Circular Nª 1758 de la Superintendencia de Valores Y Seguros Informativo sobre Seguro de Crédito Hipotecario para la Vivienda Circular Nª 1758 de la Superintendencia de Valores Y Seguros SEGURO COLECTIVO DESGRAVAMEN, INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE 2/3 Y HOSPITALIZACIÓN

Más detalles

NOMBRE DEL SEGURO: Desgravamen + ITP 2/3 Hipotecario M&V

NOMBRE DEL SEGURO: Desgravamen + ITP 2/3 Hipotecario M&V NOMBRE DEL SEGURO: Desgravamen + ITP 2/3 Hipotecario M&V ARTÍCULO N 01: CONTRATANTE: Administradora de Mutuos Hipotecarios MYV S.A. Matías Cousiño N 82, Piso 11, Oficina 1102, Santiago RUT: 76.090.605-0

Más detalles

ANEXO DEDUCIBLES, EXCLUSIONES Y COSTOS DE COBERTURAS PARA SEGURO LIFE MAX

ANEXO DEDUCIBLES, EXCLUSIONES Y COSTOS DE COBERTURAS PARA SEGURO LIFE MAX ANEXO DEDUCIBLES, EXCLUSIONES Y COSTOS DE COBERTURAS PARA SEGURO LIFE MAX SEGURO DE VIDA POL 2 2015 0817 Para los seguros Life Max EXCLUSIONES Este seguro no cubre el riesgo de muerte si el fallecimiento

Más detalles

BBVA SOCIEDAD DE LEASING INMOBILIARIO S A Datos del corredor Rut: Comisión: 19,99% Nombre:

BBVA SOCIEDAD DE LEASING INMOBILIARIO S A Datos del corredor Rut: Comisión: 19,99% Nombre: Pagina 1 de 16 El asegurado se servirá leer las Condiciones, examinar la Póliza y confirmar si ella contiene lo expuesto en la propuesta debiendo devolverla inmediatamente a la Compañía para su rectificación

Más detalles

Propuesta de Seguro de Vida Contratante: Inversiones Tarjeta Familycard Ltda.

Propuesta de Seguro de Vida Contratante: Inversiones Tarjeta Familycard Ltda. Propuesta de Seguro de Vida Contratante: Inversiones Tarjeta Familycard Ltda. Datos Asegurado Nombre completo (paterno, materno, nombres) Nº Rut Dirección particular Comuna Ciudad I Teléfono Celular Correo

Más detalles

A todo el mercado asegurador

A todo el mercado asegurador REF.: IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE ATENCIÓN DE CLIENTES Y TRAMITACIÓN DE CONSULTAS Y RECLAMOS. REEMPLAZA Y DEROGA CIRCULARES Nº 1487, DE 2000, Y 1760, DE 2005. 1 A todo el mercado asegurador Esta Superintendencia,

Más detalles

Hoja Resumen SEGURO COLECTIVO DE DESGRAVAMEN E INVALIDEZ PERMANENTE DOS TERCIOS PARA SEGMENTO TRABAJADORES

Hoja Resumen SEGURO COLECTIVO DE DESGRAVAMEN E INVALIDEZ PERMANENTE DOS TERCIOS PARA SEGMENTO TRABAJADORES Hoja Resumen SEGURO COLECTIVO DE DESGRAVAMEN E INVALIDEZ PERMANENTE DOS TERCIOS PARA SEGMENTO TRABAJADORES Nombre del Titular: FIGUEROA CONTRERAS VICTOR MANUEL Fecha: 30-11-2015 Producto: Para facilitar

Más detalles

CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR LOS HEROES Dirección:

CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR LOS HEROES Dirección: Pagina 1 de 9 El asegurado se servirá leer las Condiciones, examinar la Póliza y confirmar si ella contiene lo expuesto en la propuesta debiendo devolverla inmediatamente a la Compañía para su rectificación

Más detalles

Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD

Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD CLAUSULA PAGO ANTICIPADO DEL CAPITAL ASEGURADO EN CASO DE INVALIDEZ PERMANENTE Y DEFINITIVA DOS TERCIOS, ADICIONAL A: SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL CON AHORRO PREVISIONAL VOLUNTARIO, CODIGO POL 2 09 53; SEGURO

Más detalles

PROPUESTA DE SEGURO DESGRAVAMEN PARA CREDITO HIPOTECARIO CORPBANCA CONTRATANTE: CORPBANCA CONDICIONES Y COBERTURAS DE SEGURO.

PROPUESTA DE SEGURO DESGRAVAMEN PARA CREDITO HIPOTECARIO CORPBANCA CONTRATANTE: CORPBANCA CONDICIONES Y COBERTURAS DE SEGURO. PROPUESTA DE SEGURO DESGRAVAMEN PARA CREDITO HIPOTECARIO CORPBANCA CONTRATANTE: CORPBANCA CONDICIONES Y COBERTURAS DE SEGURO. SOLICITO CONTRATAR EL SEGURO DE DESGRAVAMEN OTORGADO POR COMPAÑÌA DE SEGUROS

Más detalles

Póliza Condiciones Particulares Seguro de Escolaridad Colegios Padre Hurtado y Juanita de los Andes Marzo 2018 Página 1 de 14

Póliza Condiciones Particulares Seguro de Escolaridad Colegios Padre Hurtado y Juanita de los Andes Marzo 2018 Página 1 de 14 Página 1 de 14 MetLife Chile Seguros de Vida S.A., considerando los antecedentes entregados por la Empresa Contratante emite las siguientes Condiciones Particulares, las cuales en conjunto con las Condiciones

Más detalles

METLIFE CHILE SEGUROS DE VIDA S.A. SEGURO VIDA AHORRO VMLVAS

METLIFE CHILE SEGUROS DE VIDA S.A. SEGURO VIDA AHORRO VMLVAS NOTAS Esta impresión menciona las condiciones del contrato de seguro para asegurados con vigencia a partir de la suscripción de esta propuesta. Infórmese sobre las condiciones de su seguro al momento en

Más detalles

Seguro PROFUTURO Creando futuro con tranquilidad

Seguro PROFUTURO Creando futuro con tranquilidad Creando futuro con tranquilidad Qué es el Seguro ProFuturo? Este es un seguro de vida con ahorro destinado a generar un capital que sirva como fondo de reserva o provisión, de libre disponibilidad para

Más detalles

Seguro de Vida Temporal, Full Protección Ficha de Producto

Seguro de Vida Temporal, Full Protección Ficha de Producto Ficha de Producto ÍNDICE Código condiciones generales: POL 2 2013 1367 pág. 3 Capital asegurado pág. 3 Prima mínima básica de fallecimiento pág. 3 Plazo del seguro pág. 3 Coberturas adicionales pág. 4

Más detalles

Condiciones particulares póliza incendio hipotecario POL

Condiciones particulares póliza incendio hipotecario POL Condiciones particulares póliza incendio hipotecario POL 1 2013 1490 ------------------------------------------------------------------ La presente póliza rige según condiciones generales de la póliza

Más detalles

SEGURO DE DESGRAVAMEN.

SEGURO DE DESGRAVAMEN. SEGURO DE DESGRAVAMEN. CREDINKA estableció que todos los productos activos otorgados a personas naturales requieren como condición para la contratación del respaldo de un seguro de desgravamen. Qué es

Más detalles

SEGURO DE DESGRAVAMEN.

SEGURO DE DESGRAVAMEN. SEGURO DE DESGRAVAMEN. CREDINKA estableció que todos los productos activos otorgados a personas naturales requieren como condición para la contratación del respaldo de un seguro de desgravamen. Qué es

Más detalles

02/06/2014 COMO PLAN APV.

02/06/2014 COMO PLAN APV. CLAUSULA PAGO ANTICIPADO DEL MONTO ASEGURADO EN CASO DE INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE DOS TERCIOS. AUTORIZADA POR RESOLUCION N 160 DE 02/06/2014 COMO PLAN APV. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el

Más detalles

CLAUSULA DE INVALIDEZ PERMANENTE DOS TERCIOS

CLAUSULA DE INVALIDEZ PERMANENTE DOS TERCIOS CLAUSULA DE INVALIDEZ PERMANENTE DOS TERCIOS Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el Código CAD 3 2013 1507 ARTICULO N 1: COBERTURA Mediante el pago de la prima adicional, la Compañía pagará al asegurado

Más detalles

CONDICIONADO PARTICULAR SEGURO INDIVIDUAL PARA EXÁMENES E IMAGENOLOGÍA AMBULATORIO

CONDICIONADO PARTICULAR SEGURO INDIVIDUAL PARA EXÁMENES E IMAGENOLOGÍA AMBULATORIO Estimado(a) Señor(a) nombre dirección Ciudad Presente 01 de Julio de 2015. Bienvenido a Cruz Blanca Compañía de Seguros de Vida S.A. Usted cuenta con el respaldo y solidez de Cruz Blanca Compañía de Seguros

Más detalles

TEMPORAL SEGURO DE VIDA SIN VALORES GARANTIZADOS. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 92 090.

TEMPORAL SEGURO DE VIDA SIN VALORES GARANTIZADOS. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 92 090. TEMPORAL SEGURO DE VIDA SIN VALORES GARANTIZADOS Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 92 090. CONDICIONES GENERALES I. DESCRIPCION DE LA COBERTURA La descripción de la cobertura de esta

Más detalles

ASSA COMPAÑÍA DE SEGUROS, S.A. SEGURO DE VIDA COLECTIVO DE CRÉDITO

ASSA COMPAÑÍA DE SEGUROS, S.A. SEGURO DE VIDA COLECTIVO DE CRÉDITO ASSA COMPAÑÍA DE SEGUROS, S.A. SEGURO DE VIDA COLECTIVO DE CRÉDITO No. DE PÓLIZA FECHA DE VIGENCIA DEL SEGURO: ASSA Compañía de Seguros, S.A. (en adelante llamada la Compañía), asegura de acuerdo con las

Más detalles

MetLife Full Protección. En letra GRANDE. y SIMPLE!

MetLife Full Protección. En letra GRANDE. y SIMPLE! MetLife Full Protección En letra GRANDE y SIMPLE! MetLife Full Protección Gracias por confiar en nosotros contratando MetLife Full Protección. Desde hoy cuentas con protección para los que más quieres.

Más detalles

LICITACIÒN DEL SEGURO DE VIDA GRUPO DEUDORES E INCENDIO Y TERREMOTO DE CRÉDITOS CON GARANTÌA HIPOTECARIA A FAVOR DE JFK COOPERATIVA FINANCIERA

LICITACIÒN DEL SEGURO DE VIDA GRUPO DEUDORES E INCENDIO Y TERREMOTO DE CRÉDITOS CON GARANTÌA HIPOTECARIA A FAVOR DE JFK COOPERATIVA FINANCIERA LICITACIÒN DEL SEGURO DE VIDA GRUPO DEUDORES E INCENDIO Y TERREMOTO DE CRÉDITOS CON GARANTÌA HIPOTECARIA A FAVOR DE JFK COOPERATIVA FINANCIERA ANEXO 3 - CONDICIONES TÉCNICAS SEGURO DE VIDA GRUPO DEUDORES

Más detalles

Resumen de Condiciones Seguros Cancelación de deudas Préstamos AFD Guaraníes.

Resumen de Condiciones Seguros Cancelación de deudas Préstamos AFD Guaraníes. Resumen de Condiciones Seguros Cancelación de deudas Préstamos AFD Guaraníes. El Banco Itaú Paraguay S.A. se encuentra autorizado a operar como corredora de seguros por la Superintendencia de Seguros (Matricula

Más detalles

SEGURO DE VIDA COLECTIVO TEMPORAL OBLIGATORIO Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL

SEGURO DE VIDA COLECTIVO TEMPORAL OBLIGATORIO Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL SEGURO DE VIDA COLECTIVO TEMPORAL OBLIGATORIO Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL220131713 ARTÍCULO 1º: REGLAS APLICABLES AL CONTRATO Se aplicarán al presente contrato de seguro las disposiciones

Más detalles

Sin embargo, se entenderán válidas las estipulaciones contractuales que sean más beneficiosas para el Asegurado o el Beneficiario.

Sin embargo, se entenderán válidas las estipulaciones contractuales que sean más beneficiosas para el Asegurado o el Beneficiario. POLIZA DE FIDELIDAD FUNCIONARIA PARA VALORES FISCALES Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL120150674 CONDICIONES GENERALES REGLAS CORRESPONDIENTES AL CONTRATO Artículo N 1 DISPOSICIONES

Más detalles

Cláusula de Beneficio por Accidente Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código CAD

Cláusula de Beneficio por Accidente Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código CAD Cláusula de Beneficio por Accidente Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código CAD 2 92 139. Esta cláusula adicional, no obstante lo estipulado en las Condiciones Generales de la póliza se regirá

Más detalles

Resumen de Condiciones Seguros Cancelación de deudas Tarjetas de Crédito.

Resumen de Condiciones Seguros Cancelación de deudas Tarjetas de Crédito. Resumen de Condiciones Seguros Cancelación de deudas Tarjetas de Crédito. El Banco Itaú Paraguay S.A. se encuentra autorizado a operar como corredora de seguros por la Superintendencia de Seguros (Matricula

Más detalles

CLAUSULA PAGO ANTICIPADO DEL CAPITAL ASEGURADO EN CASO DE INVALIDEZ PERMANENTE Y DEFINITIVA DOS TERCIOS

CLAUSULA PAGO ANTICIPADO DEL CAPITAL ASEGURADO EN CASO DE INVALIDEZ PERMANENTE Y DEFINITIVA DOS TERCIOS CLAUSULA PAGO ANTICIPADO DEL CAPITAL ASEGURADO EN CASO DE INVALIDEZ PERMANENTE Y DEFINITIVA DOS TERCIOS Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD320130595 Esta cláusula adicional es parte integrante

Más detalles

POLIZA DE HDI HOGAR NRO HIPOTECARIA SECURITY PRINCIPAL S.A

POLIZA DE HDI HOGAR NRO HIPOTECARIA SECURITY PRINCIPAL S.A POLIZA DE HDI HOGAR NRO. 133316-0 HIPOTECARIA SECURITY PRINCIPAL S.A CUALQUIER CONSULTA REFERIRSE A ESTOS NUMEROS POLIZA ENDOSO CERTIF./DECL. 133316 VIGENCIA DESDE VIGENCIA HASTA PROPUESTA 31/07/2018 31/07/2019

Más detalles

Condiciones Particulares Seguro Colectivo Protección Familiar Dental

Condiciones Particulares Seguro Colectivo Protección Familiar Dental Condiciones Particulares Seguro Colectivo Protección Familiar Dental Nro. Póliza Colectiva: 1372687 BCI Seguros Vida S.A., considerando los antecedentes entregados por la empresa Contratante, emite las

Más detalles

Cesantía o Incapacidad Temporal

Cesantía o Incapacidad Temporal Cesantía o Incapacidad Temporal Cobertura VIVE TRANQUILO, VIVE FELIZ. CESANTÍA PLUS Características Principales Cesantía Plus es un seguro que te cubrirá en caso de desempleo involuntario o incapacidad

Más detalles

Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD

Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD CLAUSULA PAGO ANTICIPADO DEL CAPITAL ASEGURADO EN CASO DE INVALIDEZ PERMANENTE, ADICIONAL A: POLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL, CODIGO POL 2 91 009; SEGURO DE VIDA CON VALORES GARANTIZADOS, CODIGO POL

Más detalles

CLAUSULA DE BENEFICIO POR GASTOS FUNERARIOS. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD ARTÍCULO N 1: DESCRIPCION DE LA COBERTURA

CLAUSULA DE BENEFICIO POR GASTOS FUNERARIOS. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD ARTÍCULO N 1: DESCRIPCION DE LA COBERTURA CLAUSULA DE BENEFICIO POR GASTOS FUNERARIOS Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD220130596 ARTÍCULO N 1: DESCRIPCION DE LA COBERTURA Mediante el pago de la prima adicional y en los términos

Más detalles

POLIZA DE FIDELIDAD FUNCIONARIA PARA CONDUCTORES DE VEHICULOS MOTORIZADOS. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL

POLIZA DE FIDELIDAD FUNCIONARIA PARA CONDUCTORES DE VEHICULOS MOTORIZADOS. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL POLIZA DE FIDELIDAD FUNCIONARIA PARA CONDUCTORES DE VEHICULOS MOTORIZADOS Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL120150673 CONDICIONES GENERALES REGLAS CORRESPONDIENTES AL CONTRATO Artículo

Más detalles

SEGURO DE DESGRAVAMEN HIPOTECARIO POLIZA NRO. A COD. SPVS RESOLUCION ADMINISTRATIVA IS No. 457 CONDICIONES PARTICULARES

SEGURO DE DESGRAVAMEN HIPOTECARIO POLIZA NRO. A COD. SPVS RESOLUCION ADMINISTRATIVA IS No. 457 CONDICIONES PARTICULARES SEGURO DE DESGRAVAMEN HIPOTECARIO POLIZA NRO. A1001328 COD. SPVS 203-934901-2002 05 013 RESOLUCION ADMINISTRATIVA IS No. 457 CONDICIONES PARTICULARES TOMADOR : BANCO BISA S.A. LA PAZ ASEGURADOS : PRESTARIOS

Más detalles

POLIZA GRUPO INCENDIO Y ALIADOS

POLIZA GRUPO INCENDIO Y ALIADOS Av Isidora Goyenechea 3520, CP 755-0071, Las Condes, Santiago Chile T# 600 700 4000 (desde celulares T# 562694 7566) wwwmapfrecl POLIZA GRUPO INCENDIO Y ALIADOS MAPFRE Seguros Generales considerando :

Más detalles

Seguro PROMUJER De Chilena para Chilenas.

Seguro PROMUJER De Chilena para Chilenas. De Chilena para Chilenas. Qué es el Seguro ProMujer? PROMUJER es un seguro de vida diseñado especialmente para la mujer chilena de hoy, otorgando beneficios de Protección, Ahorro y Salud. Cuenta con 5

Más detalles

RESOLUCIÓN N 443 DE 20/12/2013 COMO PLAN APV.

RESOLUCIÓN N 443 DE 20/12/2013 COMO PLAN APV. CLAUSULA PAGO ANTICIPADO DEL MONTO ASEGURADO EN CASO DE INVALIDEZ PERMANENTE Y DEFINITIVA DOS TERCIOS, ADICIONAL A: SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL CON AHORRO PREVISIONAL. VOLUNTARIO. AUTORIZADA POR RESOLUCIÓN

Más detalles