Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados

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1 PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y ANEXOS Nombre del organismo contratante: Instituto Nacional de Servicios Sociales PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: Tipo: LICITACIÓN PUBLICA Nº: 027 / 14 Ejercicio: 2014 Clase: Etapa Única Modalidad: Orden de Compra Abierta. Precio de Referencia Expediente: Rubro: Adquisición de Alimentos Objeto de la contratación: Adquisición de alimentos (fórmulas nutricionales y otros), para atender la demanda de los afiliados del INSTITUTO, con destino a la Unidad Asistencial Dr. Cesar Milstein, sito en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente de la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios, por el término de seis (6) meses renovable de común acuerdo. Costo del pliego: Sin costo RETIRO DE PLIEGOS: Lugar / dirección Página de Internet del Instituto: CONSULTAS AL PLIEGO: Lugar Subgerencia de Compras y Contrataciones Av. Corrientes 635/55 Piso 6 Tel.: , int. 6454/6455 consultapliegos@pami.org.ar PRESENTACIÓN DE OFERTAS: Lugar / dirección Subgerencia de Compras y Contrataciones Av. Corrientes 635/55 Planta Baja Ciudad Autónoma de Buenos Aires. ACTO DE APERTURA: Lugar / dirección Subgerencia de Compras y Contrataciones, Av. Corrientes 635/55 Planta Baja Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Plazo y Horario Setenta y dos (72) horas antes de la fecha fijada para la Apertura Plazo y Horario A la hora fijada para la apertura de ofertas. Plazo y Horario 03 / 07 / 14 a las 12,00 horas 1

2 PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y ANEXOS ARTICULO 1º.- OBJETO El presente llamado tiene por objeto la adquisición de alimentos (fórmulas nutricionales y otros), para atender la demanda de los afiliados del INSTITUTO, con destino a la Unidad Asistencial Dr. Cesar Milstein, sito en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente de la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios, por el término de seis (6) meses, renovable de común acuerdo, conforme al presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos, las cláusulas del Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales y en los términos del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto aprobado por Resolución Nº 135/03-I del 8 de Agosto de Forman parte del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas los siguientes Anexos: ANEXO I ANEXO II ANEXO III ANEXO IV ANEXO V ANEXO VI I.A) Elementos a proveer y características técnicas I.B) Precios de referencia Especificaciones técnicas Declaración Jurada de aceptación de normativa y prohibiciones Declaración Jurada sobre sanciones Planilla de cotización Modelo de contrata ARTÍCULO 2.- CARACTERISTICAS DE LA CONTRATACION I. DE LA PROVISIÓN Los adjudicatarios deberán proveer durante la vigencia del contrato los insumos detallados en el ANEXO I del presente Pliego, para su utilización en a la Unidad Asistencial Dr. Cesar Milstein, sito en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente de la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios, de acuerdo a las especificaciones técnicas se detallan en el Anexo II del presente Pliego. II.- MODALIDADES DE LA CONTRATACIÓN De acuerdo a los artículos 19º inciso a), 25 inciso b) y c) y 27 y 28 del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico -Asistenciales y Sociales del INSTITUTO, aprobado por la Resolución N 135/03-IN y sus modificaciones, la contratación se hará por las modalidades de Licitación Pública, Orden de Compra Abierta y Precio de Referencia para cada renglón. a) Orden de Compra Abierta: la cantidad de unidades de los bienes a adquirir durante el período de vigencia del contrato no se puede prefijar en el Pliego con suficiente precisión, de manera tal que el INSSJP pueda realizar los requerimientos de acuerdo con las necesidades del servicio, durante el lapso de duración previsto y al precio unitario adjudicado. Las órdenes se entregarán por hasta el número de unidades requeridas, sin obligación de la ejecución total. 2

3 b) Precio de Referencia: No podrá abonarse un precio superior al establecido en el Anexo I.B del presente sin intervención de las áreas técnicas del Instituto que evalúen la razonabilidad de los precios ofertados. III.- CONDICIONES GENERALES DE LAS PRESTACIONES 1. Los proveedores deberán cumplir con los plazos de entrega previstos en el Artículo 14º - PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA. El incumplimiento dará lugar a la aplicación de penalidades y/o sanciones conforme lo previsto en el Artículo 20º - PENALIDADES Y SANCIONES. 2. Los adjudicatarios deberán asumir ante el INSTITUTO la responsabilidad en cuanto a la calidad de los elementos ofertados al INSTITUTO y la puntualidad en la entrega de los elementos y/o servicios requeridos en cada solicitud de provisión. IV.- PROPUESTA - COTIZACION La cotización se presentará por renglón en forma total, conforme a lo siguiente: 1. El oferente indicará cada uno de los renglones del Anexo I.A que esté dispuesto a proveer. 2. La oferta económica consistirá en la cotización del precio unitario de los insumos de cada renglón, de manera total en función de las cantidades solicitadas. 3. Los consumos señalados en el ANEXO I.A) son estimados, solamente servirán como información del volumen de la contratación y a los efectos de determinar el monto total de la oferta. 4. El oferente deberá demostrar capacidad para proveer los insumos que ofrece en las condiciones establecidas en el presente Pliego. En el caso de que la entrega se realice por terceros deberá acreditar mediante carta compromiso o carta intención de la empresa con la cual realizará la entrega de los productos, la capacidad y experiencia de la misma. Se deberá informar planes de entrega alternativos ante situaciones de urgencia y posibles contingencias. 5. En ningún caso se admitirán cotizaciones en monedas extranjeras, ni cláusulas de ajuste. 6. El oferente cotizará precio unitario y total por renglón en pesos con hasta dos decimales, expresados en números. Si el total cotizado no respondiera al precio unitario se tomará este último como precio cotizado. Asimismo deberá indicar el monto total de la oferta en letras y números. 7. A los efectos del Impuesto al Valor Agregado, este INSTITUTO es considerado como exento, por lo que la alícuota correspondiente deberá estar incluida en el precio. Si el oferente omitiera hacer mención a la inclusión de dicha alícuota se considerará incluida en el precio cotizado. En el caso que el oferente cotizara el monto con la leyenda más I.V.A., se realizará el cálculo de la alícuota correspondiente. V.- STOCK Y DISPONIBILIDAD DEL PRODUCTO Con el fin de asegurar el cumplimiento de las prestaciones el/los adjudicatario/s deberá/n contar con un stock permanente que les permita atender la demanda de los insumos durante los plazos estipulados en el Artículo 14º del presente Pliego. VI.- COMUNICACIONES, CONSULTAS Y ACLARACIONES Conforme lo establecido en el artículo 3º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, las comunicaciones entre las partes podrán llevarse a cabo: personalmente, por correo electrónico, por fax, por carta certificada con aviso de retorno o telegrama 3

4 colacionado con aviso de retorno y en un todo de acuerdo con lo estipulado en el presente Pliego, dejando debida constancia en el expediente. Las consultas y aclaraciones sobre el contenido del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y sus Anexos podrán ser realizadas en la Subgerencia de Compras y Contrataciones, sita en Av. Corrientes 635/55 Piso 6 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires, TEL: , interno 6454/6455 de lunes a viernes en el horario de 10:00 a 17:00 hs. o por correo electrónico a la dirección consultapliegos@pami.org.ar. Las consultas podrán realizarse hasta setenta y dos (72) horas antes de la fecha de recepción y apertura de las ofertas y serán contestadas por circular que se remitirá por correo electrónico y será publicada en la página de internet ARTÍCULO 3.- REQUISITOS DE LOS OFERENTES Para participar de la presente licitación los oferentes deberán reunir los siguientes requisitos: 1. Cada oferente podrá participar solamente en una oferta, ya sea por sí mismo o como integrante de un grupo o asociación. 2. Cumplir con lo establecido en la Ley , sus modificatorias y normas reglamentarias, y presentación de la documentación que lo acredite. 3. Contar con la estructura necesaria, acreditar su capacidad operativa, económica y financiera para asumir las obligaciones emergentes del presente Pliego y del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. 4. Deberán contar los lugares de producción y comercialización con las habilitaciones requeridas por las autoridades nacionales, provinciales y/o municipales. 5. Los oferentes deberán indicar la dirección de las instalaciones desde donde se procederá a cumplir con el contrato, las que deberán encontrarse habilitadas y contar con la capacidad de stock fijada en este pliego. Las mismas podrán ser inspeccionadas por personal del Instituto previo la adjudicación, a los efectos de poder verificar la factibilidad de cumplir con sus obligaciones. Dichas instalaciones deberán ser permanentes mientras dure el contrato y se encontrarán sujetas a la facultad de libre inspección por parte del INSSJP. ARTÍCULO 4.- PERSONAS NO HABILITADAS PARA CONTRATAR No podrán presentar ofertas: a) Las personas físicas y jurídicas cuyos contratos hayan sido suspendidos o rescindidos por el INSTITUTO por causas atribuibles al incumplimiento de sus obligaciones. b) Las personas físicas o jurídicas que por distintas razones fueron excluidas del Registro de Proveedores del INSTITUTO. c) Los agentes y funcionarios del Sector Público Nacional y las empresas en las cuales aquellos que tuvieren participación societaria de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública Nº d) Los empleados y personal directivo del INSSJP, sus parientes hasta el cuarto (4º) grado de consanguinidad y segundo (2º) de afinidad, y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación, de acuerdo con la normativa vigente en materia de incompatibilidades y anticorrupción. e) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena. f) Las personas que se encontraren con procesamiento firme por delito contra la propiedad, o contra la Administración Pública Nacional, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción. g) Los deudores morosos o evasores de obligaciones tributarias, aduaneras o de la seguridad social. h) Las personas físicas o jurídicas respecto de las cuales se haya declarado la quiebra y/o 4

5 estado de liquidación. i) No será admitida la presentación de uniones transitorias de empresas (UTE) ni ninguna otra forma asociativa o representativa que se genere al efecto o formada para contrataciones similares. ARTÍCULO 5º - CONTENIDO DE LA OFERTA Las ofertas deberán presentarse en sobre o caja en original y duplicado y cumplir con los requisitos formales establecidos en los artículos 7 y 10º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 8 del mismo Pliego. La presentación estará debidamente foliada y firmada en todas sus hojas por el representante legal o apoderado del oferente y deberá contener: 1. Índice de la documentación presentada, con indicación de las hojas que conforman cada una de sus partes, con mención de la cantidad total de fojas de la oferta. 2. Carta de presentación del oferente, con todos los datos y documentación que correspondan a su individualización y personería jurídica, incluyendo copia del contrato o estatuto de la sociedad y responsables de la conducción y la administración con todas sus modificaciones, constitución de domicilio, teléfono, fax y correo electrónico y datos de sus responsables de la conducción y la administración. 3. Documentación suficiente que acredite la personería del representante legal, si la misma no surge del respectivo contrato constitutivo y/o poder suficiente que acredite la personería del apoderado. 4. Domicilio que constituye en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con teléfono, fax y dirección de correo electrónico. 5. Inscripción en la Inspección General de Justicia y/o del Registro Público de Comercio, vigente. 6. Certificado fiscal para contratar vigente o constancia de iniciación del trámite. 7. Constancia de inscripción ante la Administración Federal de Ingresos Públicos, vigente. 8. Garantía de mantenimiento de oferta. 9. Copia legalizada de la habilitación del establecimiento y director técnico por parte de la A.N.M.A.T. y/o SEDRONAR de corresponder, que les permitan comercializar la totalidad de los productos ofertados. La falta de cumplimiento de este inciso, podrá ser motivo para que el INSSJP no considere la oferta como válida. 10. Copia de los últimos dos balances de ejercicios cerrados y nota sobre evolución correspondiente al ejercicio presente, firmados por Contador Público Nacional y certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. En caso de personas físicas documentos equivalentes y últimas dos declaraciones juradas las cuales deberán estar firmadas por el representante legal de la firma de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales, firmadas por Contador Público Nacional y certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. 11. Nómina de los principales clientes del sector público, privado y obras sociales y entidades bancarias con las que opera. 12. Declaración Jurada de aceptación de normativa y de no estar comprendido en las causales determinadas en el artículo 4 del presente Pliego (ANEXO III). 13. Declaración Jurada, confirmando que el oferente no registra apercibimientos y/o sanciones por parte del INSTITUTO, la A.N.M.A.T. o las autoridades de salud nacional y provincial, y en los organismos técnicos nacionales (ANEXO IV). 14. Declaración Jurada donde se declara que todos los productos ofrecidos se ajustan a lo establecido por la Ley , sus modificatorias y normas reglamentarias, firmada por el apoderado y el Director Técnico. 15. Planilla de Cotización (ANEXO V). 5

6 16. El presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y sus Anexos, firmado en todas sus fojas como constancia de adhesión a las cláusulas del mismo y las correspondientes del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales del INSTITUTO Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por la Resolución N 218/03-I, que puede obtener a través de la página de Internet Los oferentes deberán presentar muestras de los insumos ofertados. Las muestras deberán ser presentadas junto con la oferta hasta la fecha y hora fijada para la apertura en la Subgerencia de Compras y Contrataciones, Av. Corrientes 635/55 Planta Baja- Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Sector Aperturas. En caso de incumplimiento el INSSJP se reserva el derecho de considerar la oferta como no valida. Toda la documentación deberá entregarse en idioma original, si no fuera en español deberá acompañarse por su traducción al idioma nacional certificada por traductor público nacional. No será necesaria la incorporación a la oferta de toda aquella documentación requerida en el presente Artículo que se encuentre debidamente presentada y actualizada en el Registro de Proveedores dependiente de la Subgerencia de Compras y Contrataciones de este Instituto. ARTÍCULO 6 - PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA El plazo de mantenimiento de la oferta será de treinta (30) días hábiles a partir de la fecha del acto de apertura de las presentaciones, prorrogables en las formas y modalidades previstas en el Articulo 51º del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Medico - Asistenciales y Sociales del Instituto. ARTÍCULO 7 - INVARIABILIDAD DE LOS PRECIOS El adjudicatario no podrá bajo pretexto de error u omisión de su parte reclamar aumento de los precios fijados en la cotización presentada. ARTÍCULO 8.- GARANTÍAS 1. Garantía de mantenimiento de la oferta. Debe ser del CINCO POR CIENTO (5%) del valor total del monto cotizado, cuando dicho monto supere o iguale los cien mil pesos ($ ). En el caso de cotizar con alternativas la garantía se calculará sobre el mayor valor propuesto. La no presentación de esta garantía conjuntamente con la oferta dará lugar a la inadmisibilidad de la oferta. 2. Garantía de cumplimiento del contrato Será igual al DIEZ POR CIENTO (10%) del monto adjudicado y deberá acreditarse su presentación ante este Instituto, dentro de los cinco días de notificada la adjudicación a los fines de retirar la respectiva orden de compra. En caso de no presentación se procederá a rescindir la adjudicación con pérdida de la garantía de oferta o suspensión en el Registro de Proveedores del INSTITUTO si no hubiere correspondido la constitución de esa garantía. 3. Formas de constitución de las Garantías: a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta del INSTITUTO, o cualquiera de las modalidades de depósito autorizadas por el Banco Central. b) Con cheque certificado, contra una entidad bancaria radicada en la Ciudad de Buenos Aires o el Gran Buenos Aires. 6

7 c) Con títulos públicos emitidos por el ESTADO NACIONAL que coticen en el mercado de valores al día de la oferta. Los mismos deberán ser depositados en una entidad bancaria a la orden del INSSJP, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente, lo que deberá ser certificado por las autoridades bancarias al recibir dicho depósito. En caso de liquidación de los valores a los que se refiere este inciso, se formulará un cargo por los gastos que ello ocasionare. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de las garantías. d) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción del INSTITUTO, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso, llano y principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división en los términos del artículo 2013 del Código Civil, así como al beneficio de interpelación judicial previa. e) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, extendidas a favor del INSSJP. f) Mediante la afectación de créditos que el oferente o adjudicatario tenga liquidados y al cobro en el INSSJP, a cuyo efecto el interesado deberá presentar en la fecha de constitución de la garantía, la certificación pertinente. Quedan exceptuados los créditos que se encuentren comprendidos en el Decreto Nº 925/96, en la Ley Nº y Resolución Nº 267/03 del Ministerio de Economía. ARTÍCULO 9 - LUGAR, PLAZO Y HORARIO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Las propuestas presentadas conforme lo establecido por el artículo 5 del presente, deberán encontrarse perfectamente cerradas, identificadas con los datos del Procedimiento de Selección al que correspondan, fecha y hora de apertura y nombre del oferente, serán admitidas hasta LA HORA FIJADA para la apertura del Acto, en la Av. Corrientes 635/55, Planta Baja, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde tendrá lugar la Apertura. Las ofertas presentadas fuera del plazo, horario y lugar indicado, no serán admitidas. ARTÍCULO 10º - APERTURA DE LAS OFERTAS El acto de apertura de los sobres se realizará en el lugar, día y hora indicados en la carátula del expediente, cumplido el mismo se procederá a labrar un Acta donde se detallará la totalidad de las ofertas presentadas, haciéndose constar: a) Número de Expediente e identificación del procedimiento de selección b) Fecha y hora en que se labre el acta. c) El número de orden asignado a cada oferta. d) La denominación del oferente. e) Renglones ofrecidos. f) Monto de las ofertas. g) La garantía de mantenimiento de oferta. h) La cantidad de fojas que contiene cada oferta. i) Las observaciones que se formulen sobre el acto. j) Hora de cierre del acto. El acta será suscripta por los agentes del INSTITUTO designados al efecto y por los oferentes que lo desearen, dejándose constancia de la hora de cierre. ARTÍCULO 11º: EVALUACION DE LAS OFERTAS Las ofertas serán evaluadas por una Comisión Evaluadora que será designada. Para ello, analizará la documentación presentada por los oferentes y evaluará las propuestas, a efectos de verificar la admisibilidad y conveniencia de las mismas considerando: a) El cumplimiento de los aspectos formales y el cumplimiento de los requisitos exigidos en los Artículos 16º y 17º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y la 7

8 documentación exigida por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Anexos y el Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico - Asistenciales y Sociales del INSSJP, aprobado por la Resolución Nº 135/03-I y sus modificaciones. La Comisión Evaluadora podrá solicitar la subsanación de aspectos formales o requerir las aclaraciones que crea conveniente. b) Calidad de los productos. c) Capacidad económica y operativa para contraer los compromisos derivados de la presente licitación. d) Antecedentes en el mercado nacional. e) La propuesta económica para cada uno de los renglones. f) Todo otro aspecto que la Comisión Evaluadora considere analizar y sirva para una mejor evaluación de las ofertas presentadas. La evaluación de las propuestas se hará comparando entre sí en forma equivalente todas las condiciones ofrecidas por los distintos oferentes siempre y cuando dichas ofertas se ajusten en un todo a lo indicado en las bases de esta Licitación. La Comisión Evaluadora podrá solicitar la subsanación inmediata de aspectos formales ó requerir las aclaraciones que crea conveniente, dejando constancia firmada por sus miembros y agregará en los actuados las respuestas o documentación que reciban. La Comisión Evaluadora no podrá solicitar ninguna mejora de las ofertas presentadas ni documentación que pueda alterar las ofertas ni genere ventajas entre ellas. La Comisión Evaluadora suscribirá un acta-dictamen en los términos del Artículo 18º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, donde se incluirán: 1. Las ofertas declaradas admisibles. 2. Las ofertas rechazadas con una breve justificación del rechazo. 3. Los renglones declarados fracasados o desiertos. 4. El orden de prelación encabezado por el oferente que haya realizado la mejor oferta económica, quedando como alternativa la oferta siguiente en orden de prelación; y así sucesivamente se ubicará a los demás oferentes. 5. Resolución de las situaciones de empate, si existieran. 6. Recomendación de la/s oferta/s más conveniente a los intereses del Instituto. ARTÍCULO 12º.- IGUALDAD DE OFERTAS De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 19º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en caso de igualdad de precios y calidad en las ofertas, se solicitará a los oferentes empatados que formulen una mejora. El silencio por parte del oferente, se entenderá como ratificación de su oferta. Si se mantuviera la igualdad se procederá al sorteo de las ofertas en cuestión. ARTÍCULO ADJUDICACIÓN La adjudicación se hará por acto dispositivo o resolutivo según corresponda, se tendrá en cuenta el dictamen de la Comisión Evaluadora y demás dictámenes e informes que se considere necesario agregar, de acuerdo a lo que el INSTITUTO considere más conveniente. La adjudicación se hará por renglón, en forma total. ARTÍCULO 14º.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA El adjudicatario deberá realizar las entregas en la Farmacia de Internación de la Unidad Asistencial Por Más Salud Dr. Cesar Milstein, sito en la calle La Rioja 951 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en forma parcial a demanda del servicio. La firma adjudicataria deberá tomar contacto con la Unidad Asistencial Por Más Salud Dr. 8

9 Cesar Milstein con Alejandro Silva o Adriana Castelli -Te internos 2126/2199, para coordinar la fecha y hora de la entrega de los insumos. Estarán a cargo del proveedor los impuestos, fletes, acarreos, mano de obra y viáticos del personal necesario para la tarea. Las entregas deben realizarse dentro de las 24 horas de solicitados los productos mensualmente a demanda del servicio. Los pedidos en calidad de urgente deberán ser cumplimentados dentro de las 4 horas de solicitado. ARTÍCULO 15 - RESPONSABILIDADES DE LOS ADJUDICATARIOS Sin perjuicio de las facultades y obligaciones previstas en la legislación específica, en sus reglamentos, en los Pliegos de Bases y Condiciones, o en la restante documentación contractual, el adjudicatario estará obligado por lo siguiente: 1 RESPONSABILIDAD CIVIL Y PATRIMONIAL a) Los proveedores deberán asumir expresamente la responsabilidad civil integral y culpa objetiva por riesgos o vicios, sin ningún tipo de limitación cuantitativa o temporal, por cualquier daño que cause con motivo u ocasión de sus servicios. b) El INSTITUTO estará exento por cualquier daño que sufra los proveedores con motivo y ocasión de eventos de toda especie y actividades de cualquier índole, comprendidas o relativas al servicio prestado. c) El INSTITUTO no será responsable de los daños que puedan ser causados a los elementos a proveer durante su transporte y almacenamiento, debiendo el proveedor contratar los seguros correspondientes. d) El adjudicatario deberá contar con seguros de responsabilidad civil con las coberturas que hagan a la ejecución del contrato. 2 INDEMNIDAD a) El PROVEEDOR deberá mantener indemne al INSTITUTO frente a cualquier reclamo judicial o extra judicial que pudieran realizar los Afiliados del INSTITUTO o cualquier tercero por causas derivadas del cumplimiento y/o incumplimiento de las obligaciones del contrato. b) El INSTITUTO no responderá, en ningún caso, ante terceros, como así tampoco intervendrá en ninguna discrepancia, reclamo o juicio que pudiera producirse entre terceros y el PROVEEDOR, motivo por el cual consigna en forma expresa la renuncia, a cualquier acción judicial o reclamo extra judicial contra el INSTITUTO. c) Estarán a cargo del proveedor los montos de las indemnizaciones que hubiera tenido que abonar el INSTITUTO a sus Afiliados por causas derivadas del incumplimiento de las obligaciones del contrato. ARTÍCULO 16º.- RECEPCION PROVISIONAL La recepción de los insumos tendrá carácter provisional, será otorgada por la máxima autoridad de la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios o quien esta designe a tal fin y los recibos o remitos que se firmen quedarán sujetos a la recepción definitiva. La Unidad Asistencial Por Más Salud Dr. Cesar Milstein podrá realizar por sí o por terceros pruebas para comprobar la calidad de los insumos entregados y rechazará las partidas defectuosas, debiendo el adjudicatario proceder a su inmediato reemplazo. ARTÍCULO 17º.- RECEPCIÓN DEFINITIVA La recepción definitiva será otorgada por la máxima autoridad de la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios o quien este designe dentro de los dos (2) días hábiles posteriores a la recepción provisoria. En caso de silencio, una vez vencidos dichos plazos, los bienes o servicios se tendrán por recibidos de conformidad bajo responsabilidad del funcionario competente para prestarla. 9

10 ARTÍCULO 18º.- FACTURACION El/los adjudicatarios deberán confeccionar su factura electrónica obligatoriamente de conformidad a las normas de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Res. N 2485/2008 y sus modificaciones) y Res. 781/13 DE, donde deberá constar el N de Orden de Compra e Ítem facturado. Los comprobantes de factura electrónica deberán ser cargados a través de la Plataforma de Autogestión del Sistema Interactivo de Información.- /link: Prestadores - Factura Electrónica - Paso N 3.- A los efectos de la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA), se hace saber que el INSTITUTO se encuentra exento. ARTÍCULO 19º.- FORMA Y CONDICIONES DE PAGO Los pagos se realizarán a los treinta (30) días hábiles, contados a partir de la fecha de presentación de la factura. ARTÍCULO 20º - PENALIDADES Y SANCIONES Además de las penalidades y sanciones establecidas en el artículo 25 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y en la legislación de fondo, y a la promoción de acciones civiles y/o penales que puedan corresponder, el INSTITUTO queda facultado a aplicar las penalidades que se enuncian a continuación: A) MULTA 1. Por la falta de entrega de los insumos solicitados dentro de los plazos establecidos o por entregas que no cumplan con las condiciones de calidad ofrecidas, se sancionará con una multa del CINCO POR CIENTO (5%) HASTA el CIEN POR CIENTO (100%) del valor correspondiente al elemento no entregado. Las multas serán aplicadas por la Gerencia de Administración, a requerimiento de la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios, quien deberá adjuntar la solicitud con un informe debidamente fundado y determinando el grado de incumplimiento. Previo a la aplicación de las mismas se notificará al proveedor el/los incumplimiento/s otorgándole un plazo de cuarenta y ocho (48) horas para presentar la respectiva nota de descargo. Vencido dicho término la Gerencia de Administración notificará la multa establecida a la Gerencia Económico Financiera quien debitará de la primera acreencia a percibir o de cualquier otro crédito que se encuentre pendiente de pago a favor del proveedor. Sin perjuicio de aplicación de una multa, en caso de corresponder, el INSTITUTO, podrá efectuar, la adquisición directa, en plaza, a un tercero, del elemento indicado en la solicitud de provisión que no haya sido entregado por el PROVEEDOR, o que entregado no se haya adaptado a las características técnicas solicitadas, estando a cargo de este los mayores costos que demande. B) RESCISION El INSTITUTO podrá rescindir con causa el contrato cuando los incumplimientos a las deficiencias de calidad se reiteren o sean irreversibles para la ejecución del contrato. Los casos de rescisión por culpa del proveedor serán con pérdida de la garantía presentada por el adjudicatario con más los daños y perjuicios causados al INSTITUTO como consecuencia directa o indirecta de su incumplimiento. 10

11 Las sanciones y penalidades aplicadas serán comunicadas a la Gerencia de Administración para su incorporación en el sistema de información sobre Proveedores y Prestadores. Las sanciones y penalidades que se definen en el presente artículo no eximen al proveedor de hacerse cargo de su responsabilidad civil y penal frente a las demandas que puedan originarse por daños y perjuicios a los afiliados. El INSTITUTO podrá debitar de cualquier factura en trámite de cobro los cargos imputables por incumplimiento del presente contrato, o de cualquier cuenta del proveedor. ARTICULO 21º - AUTORIDAD SANCIONATORIA PROCEDIMIENTO Para la acreditación del incumplimiento será suficiente la comunicación del mismo por parte del INSTITUTO al adjudicatario. El adjudicatario deberá documentar la entrega del insumo en un plazo no mayor a veinticuatro (24) horas de haber recibido la comunicación del incumplimiento por cualquier medio (nota, fax, correo electrónico o cualquier otra vía que lo documente) o efectuar el descargo correspondiente por los mismos medios y dentro del mismo plazo. El descargo será resuelto por el INSTITUTO en las veinticuatro (24) horas siguientes. La multa o penalidad se aplicará una vez vencido el plazo acordado sin que se haya recibido respuesta por parte del adjudicatario o cuando el INSTITUTO desestime el descargo. Las multas o penalidades serán resueltas por la Gerencia de Efectores Sanitarios Propios, salvo que se propicie la rescisión contractual, en cuyo caso será dispuesta por Acto Resolutivo de la máxima autoridad del INSTITUTO. ARTICULO 22º - AUDITORIAS El INSTITUTO se reserva el derecho de auditoria, supervisión y control técnico de los productos entregados a los respectivos Policlínicos, como así también del establecimiento encargado del aprovisionamiento de los productos objeto de la presente licitación. ARTÍCULO 23º.- VIGENCIA DE LOS CONTRATOS La contratación que se celebre con el adjudicatario tendrá una duración de seis (6) meses contados a partir de la firma de la correspondiente contrata. La orden de compra deberá ser retirada dentro de los cinco (5) días de notificada la adjudicación previa constitución de la garantía de cumplimiento de contrato, ajustada a los términos del Artículo 8º del presente Pliego. Los contratos se podrán renovar por única vez de común acuerdo por un plazo de hasta seis (6) meses. Debidamente fundado en razones prestacionales y/o económicas se podrá renovar por un plazo mayor. ARTÍCULO 24º - NORMATIVA APLICABLE Y ORDEN DE PRELACIÓN Todos los documentos que integran la contratación serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación: 1. La Orden de Compra. 2. La contrata a partir de la firma. 3. La adjudicación a partir de su resolución 4. El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y sus Anexos, junto con las circulares que se dicten en consecuencia. 5. El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. 6. La Oferta y sus Accesorios. 7. El Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico-Asistenciales y Sociales del Instituto, aprobado por Resolución Nº 11

12 135/03-I. Las disposiciones reglamentarias del INSTITUTO en materia de compras, contrataciones, recepción de bienes y servicios, facturación, pago y abastecimiento de insumos médicos. ARTÍCULO 25º -COMPETENCIA A todos los efectos legales derivados del presente contrato serán competentes los Tribunales Federales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción. ARTÍCULO 26º - AUMENTO O DISMINUCIÓN DE LAS PRESTACIONES EL INSTITUTO podrá incrementar o disminuir las prestaciones de acuerdo al artículo 30º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. El incremento porcentual podrá solicitarse hasta ciento veinte (120) días corridos, posteriores a la entrega total de los elementos y ejecución de los servicios originalmente pactados. Quedará a opción del adjudicatario aceptar que el INSTITUTO incremente las prestaciones pasado dicho plazo. ARTICULO 27º.- INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES Si bien no resulta obligatoria la inscripción en el Registro de Proveedores de este Instituto a los efectos de participar de la convocatoria, será indispensable el haber concluido dicho trámite previo a la emisión de la Orden de Compra. A los fines expuestos se deberá ingresar a la página web del Instituto ( o dirigirse a la División Registro y calificación del Departamento Proveedores, sito en Corrientes 635/55 Piso 6º - Ciudad Autónoma de Buenos Aires Te: (Internos 6448 / 6046). ARTICULO 28º- PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES El oferente declara conocer y aceptar las disposiciones establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, que a tal fin podrá consultar en la página de Internet del INSTITUTO y que rige para la contratación en todas sus cláusulas que no fueran modificadas expresamente por el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos. RAZON SOCIAL... DOMICILIO... LOCALIDAD FIRMA DEL PROVEEDOR SELLO COMERCIAL 12

13 ANEXO I.A) ELEMENTOS A PROVEER Y CARACTERISTICAS TECNICAS Renglón Descripción Características Técnicas Cantidad estimada para 6 meses hasta. 1 Almidón de Maíz Mod. Instantaneo T/Espesan x 300 gr Form. Alta Densidad T/ Ensure Plus x 237 ML Form. Nutr. Ent. c/fibra T/Jevitty x 1000 ML Form. Nutr. Ent. c/fibra T/Jevitty Plus x 1000 ML Form. Nutr. Ent. s/fibra T/ Osmolite x 1000 ML Form. Nutr. Ent. Liq. 2,0 cal/ml T/Nepro x 237 ML Form. p/ Diabéticos T/ Glucerna o Diasip x 237 ML Form. Nutr. p/diabéticos T/ Glucerna o Diason x 1000 ML Fórmula nutricionalmente completa T/ Reconvan x 500 ML Proteinas + Grasas+Carbohidratos+Asociados T/Cubison x 1000 ML

14 ANEXO I.B) PRECIOS DE REFERENCIA Renglón Descripción Precio de Referencia 1 Almidón de Maíz Mod. Instantaneo 59,87 2 Form. Alta Densidad 12,03 3 Form. Nutr. Ent. c/fibra 73,49 4 Form. Nutr. Ent. c/fibra 87,42 5 Form. Nutr. Ent. s/fibra 79,96 6 Form. Nutr. Ent. Liq. 2,0 cal/ml 23,20 7 Form. p/ Diabéticos 22,26 8 Form. Nutr. p/diabéticos 86,92 9 Fórmula nutricionalmente completa 49,30 10 Proteinas + Grasas+Carbohidratos+Asociados 86,92 14

15 ANEXO II ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - Productos biomédicos de empresas habilitadas por A.N.M.A.T. - Certificados de buenas prácticas fabricación (B.P.F.) vigentes. - Registro de empadronamiento del producto. - Manual del usuario. - Productos biomédicos importados deberán exhibir la correspondiente autorización de A.N.M.A.T. para su comercialización dentro del territorio nacional. - Productos biomédicos con un vencimiento no inferior a dos (2) años. - Entrega de materiales en condiciones correctas de conservación y traslado. - Canje de los productos biomédicos con fecha hasta tres meses anterior al vencimiento del producto. - Devolución cuando el producto biomédico no se ajustara al equipamiento de los policlínicos (calibres, materiales, etc.) 15

16 ANEXO III DECLARACION JURADA Declaración Jurada de aceptación de normativa y Prohibiciones El que suscribe...dni/le/lc/ci Nº..en mi carácter de.de.., suficientemente facultado para el presente acto, con domicilio real en declaro bajo juramento conocer y aceptar las siguientes normativas: a.- Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y sus Anexos b.- El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Resolución Nº 218/03. c.- Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto, aprobado por Resolución Nº 135/IN/03. Asimismo declaro bajo juramento que ni mi persona ni la sociedad que represento ni ningún miembro de su administración se encuentra comprendido dentro de las prohibiciones del Art. 5º del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y sus Anexos que rige la LICITACIÓN PUBLICA Nº /14 del Instituto Nacional de Servicios Sociales. Firma 16

17 ANEXO IV DECLARACION JURADA Declaración jurada, confirmando que el oferente no registra apercibimientos y/o sanciones por parte del INSTITUTO, la A.N.M.A.T. o las autoridades de salud nacionales y provinciales y/u otros organismos técnicos nacionales. Los que suscriben...dni/le/lc/ci Nº..en su carácter de.de.., suficientemente facultado para el presente acto, con domicilio real en declaro bajo juramento que ni mi persona ni la sociedad que represento ni ningún miembro de su administración se encuentra sancionado por el INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS, la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS y TECNOLOGÍA MEDICA (ANMAT) ni autoridades de salud nacionales y provinciales, y/o otros organismos técnicos nacionales con facultades suficientes para aplicar dichas penalidades. Firma. 17

18 ANEXO V PLANILLA DE COTIZACIÓN Licitación Pública Nro.:. Fecha de Apertura: Nombre del oferente Domicilio...Localidad... Dirección Electrónica:..Nº tel/fax... Renglón Descripción 1 Almidón de Maíz Mod. Instantaneo 2 Form. Alta Densidad 3 Form. Nutr. Ent. c/fibra 4 Form. Nutr. Ent. c/fibra 5 Form. Nutr. Ent. s/fibra 6 Form. Nutr. Ent. Liq. 2,0 cal/ml 7 Form. p/ Diabéticos 8 Form. Nutr. p/diabéticos 9 Fórmula nutricionalmente completa 10 Proteinas + Grasas+Carbohidratos+Asociados Nombre Comercial Cantidad Hasta Precio Unitario Precio Total Hasta MONTO TOTAL OFERTADO HASTA SON PESOS HASTA..... Firma y Aclaración 18

19 ANEXO VI MODELO DE CONTRATA Entre el Instituto Nacional de Servicios Sociales, en adelante EL INSTITUTO, representado en este acto por... en su carácter de..., con domicilio en..., Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte, y por la otra..., representada por..., en su carácter de...con domicilio en..., Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante EL PROVEEDOR, se celebra la contrata contenida en las cláusulas siguientes: PRIMERA: Las partes proceden a formalizar el contrato que en virtud de la adjudicación dispuesta por EL INSTITUTO a favor de..., por Resolución N... dictada en el Expediente N correspondiente a la Licitación Pública N... para la contratación de la provisión de alimentos (fórmulas nutricionales y otros), para atender la demanda de los afiliados del INSTITUTO, con destino a la Unidad Asistencial Dr. Cesar Milstein, sito en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas, Anexos y demás características consignadas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales en todo lo que no sea modificado por las Condiciones Particulares y en los términos del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados SEGUNDA: EL PROVEEDOR se obliga a realizar las provisiones objeto de la Contratación referida en la Cláusula Primera del presente, en la forma y modalidades exigidas por el citado Pliego y comprometidas en la oferta oportunamente presentada y de acuerdo a las condiciones estipuladas en la adjudicación TERCERA: EL INSTITUTO liquidará y abonará al PROVEEDOR en la forma y modalidades establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el servicio que realice a los precios establecidos en la adjudicación CUARTA: El incumplimiento contractual total o parcial en que incurra EL PROVEEDOR, dará lugar a la aplicación, por parte de EL INSTITUTO, de las penalidades previstas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Sin perjuicio de la rescisión contractual por parte del INSTITUTO en los casos que así corresponda con pérdida de la Garantía de Cumplimiento de Contrato

20 QUINTA: EL PROVEEDOR se compromete a mantener indemne a EL INSTITUTO frente a cualquier reclamo judicial o extrajudicial que pudiere realizar cualquier tercero, por causas derivadas del cumplimiento y/o incumplimiento de las obligaciones del contrato. EL INSTITUTO no será responsable en ningún caso ante terceros, como así tampoco intervendrá en ninguna discrepancia, reclamo o juicio que pudiera producirse entre terceros y el PROVEEDOR, motivo por el cual consigna en forma expresa la renuncia, a cualquier acción judicial o reclamo extrajudicial contra EL INSTITUTO SEXTA: Para el cumplimiento del contrato serán de aplicación las cláusulas contenidas en la orden de compra y en la presente, en la adjudicación a partir de la resolución, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, junto con las circulares que se dicten en consecuencia, en el Pliego Unica de Bases y Condiciones Generales, en la Oferta y sus Accesorios, en el orden señalado Las interpretaciones se harán en el marco del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del INSSJP, aprobado por la Resolución Nº 135 del 8 de agosto de 2003 y sus normas complementarias SEPTIMA: El contrato tendrá una vigencia de seis (6) meses contados a partir de la suscripción de la presente Contrata. Los contratos se podrán renovar por única vez de común acuerdo por un plazo de hasta seis (6) meses. Debidamente fundado en razones prestacionales y/o económicas se podrá renovar por un plazo mayor OCTAVA: A todos los efectos legales derivados del presente contrato serán competentes los Tribunales Federales con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los días del mes de... de

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