Jornadas de trabajo institucional Debates y reflexiones sobre el cambio curricular y Marco Normativo (RAM, ROM y RP).

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1 1 Jornadas de trabajo institucional Debates y reflexiones sobre el cambio curricular y Marco Normativo (RAM, ROM y RP). Solicitamos que el presente texto sea compartido previamente a las jornadas y leído en el inicio de las mismas para conocimiento de los profesores y estudiantes. Estas jornadas están destinadas a dar continuidad al proceso de consulta y construcción consensuada, en la búsqueda de una participación tan amplia como plural. Surgen de una ronda de consultas con distintas instituciones del sistema educativo y los gremios. Los días 23 y 24 de septiembre se llevaron a cabo las jornadas destinadas a consultar la relación entre los tres campos de formación y el Régimen Académico Marco (RAM) y el Reglamento de Prácticas Docentes (RP). En las jornadas del 16 y 17 de octubre se debatirá sobre la Investigación en la Educación Superior, el primer día y el Reglamento Orgánico Marco, al día siguiente. Para dar integración y coherencia a la reflexión y el debate, los profesores participarán, ambos días, en el instituto en el que mayor carga horaria posean. Podrán hacer uso de la licencia según Art. 30, 27b y 29 (501/10 para reemplazantes), según corresponda. Dada la importancia atribuida a la participación estudiantil, estas jornadas son de carácter obligatorio para los estudiantes, por lo que la ausencia y/o no participación será considerada como una inasistencia en las asignaturas del día. En el Aula Virtual: Debates Institucionales, que se encuentra en el siguiente link: hallarán las consignas y los materiales necesarios para el desarrollo de las jornadas. Para posibles consultas dirigirse a: debatesinstitucionales@santafe.gov.ar

2 2 Día: 17 de octubre Debates y reflexiones sobre los borradores del Reglamento Orgánico Marco Para organizar la tarea de reflexión, es conveniente retomar el concepto de Reglamento Orgánico (ROM) entendiendo que es aquel que establece la organización institucional de los Institutos de Educación Superior, su gobierno y la gestión institucional, académica y administrativa. Incluye la descripción de responsabilidades y funciones, el modo de acceso y cobertura de los cargos. El mismo se aplicará tanto a los Institutos Superiores de Formación Docente, Técnicos y Artística, de gestión estatal y privados y atendiendo a sus particularidades en disposiciones específicas. Es ineludible recordar la necesidad de contar con un diseño organizacional que garantice un funcionamiento dinámico con estructuras organizativas que puedan variar según cambian las actividades prioritarias de la institución, que organicen la gestión con equipos directivos y órganos institucionales colegiados con representación de todos los actores, que promuevan la democratización y participación. Para la participación de los profesores sugerimos que se conformen grupos de trabajo culminando con la socialización en un plenario general. Recomendamos que un profesor asuma el rol de escribiente tomando registro de las ideas sustanciales del debate. Los estudiantes se organizarán por carrera, el equipo directivo será quien gestione los espacios de discusión y debate, a los efectos de garantizar una participación ordenada y efectiva. Recomendamos que los grupos estudiantiles designen un estudiante como coordinador, un estudiante como observador y un estudiante como escribiente (que registre lo trabajado). PROPUESTA DE TRABAJO Nuevamente nos focalizaremos en el ámbito de la Jurisdicción, como Reglamento Marco y no en el de la Institución en particular que serán tratados en su oportunidad al abordarse la elaboración de los Reglamentos Internos. Atendiendo a la normativa vigente 1, los IES podrán tener la siguiente organización institucional: a) Cargos de responsabilidad en la gestión institucional: RECTORADO. Definiciones, Formas de Acceso, Condiciones, Responsabilidades y Funciones; b) Cargos de responsabilidad en la gestión académico pedagógica: SECRETARÍA ACADÉMICA Definiciones, Condiciones de Acceso, Responsabilidades y Funciones; 1 LEN N , la Ley Educación Técnica N , la Ley de educación superior N , la ley N , la Ley de Educación Privada N 6427/68, y las Resoluciones del CFE 24/07-30/07-72/08-140/112

3 3 c) Cargos de responsabilidad en la coordinación administrativa: SECRETARÍA ADMINISTRATIVA. Definiciones, Condiciones de Acceso, Responsabilidades y Funciones; d) Cargos de responsabilidad en los procesos de apoyo: CENTRO DE DOCUMENTACIÓN - Definiciones, Condiciones de Acceso, Responsabilidades y Funciones; e) Órgano colegiado de conducción y/o consulta: CONSEJO ACADÉMICO. Definiciones, Cuerpos Integrantes, Condiciones de Acceso, Responsabilidades y Funciones; f) Coordinación de carreras- Coordinación de investigación Coordinación de extensión - A continuación se presentan expresiones y/o definiciones extraídas y elaboradas de distintas fuentes que hacen a la Misión de los Institutos y sus Finalidades, respecto de cada una de ellas, tendrá opciones para indicar vuestra opinión. 1.MISIÓN DE LOS IES Los Institutos de Educación Superior son Instituciones educativas especializadas en la formación de profesionales en el campo docente, humanístico, social, técnico y artístico, capaces de enseñar, generar y transmitir conocimientos con calidad educativa y desarrollar valores de solidaridad y emancipación necesarios para la formación de sujetos autónomos y responsables, para el desarrollo regional y nacional y la construcción de una sociedad más justa y democrática. Estamos de acuerdo con esta definición: FINALIDADES DE LOS IES Las siguientes son FINALIDADES extraídas del ROIS DEC. 798/86 y otras: Dec. N 798/86. Artículo 1º) Los Institutos Superiores que son establecimientos de educación terciaria que tendrán por finalidad: a) Formar profesionales en función de la plenitud del hombre, de su dignificación o partir del reconocimiento de su libertad y responsabilidad, con una clara actitud de servicio que tienda al logro de la justicia, la solidaridad y el respeto por los valores de la vida democrática. b) Capacitar científica y técnicamente a los egresados para que desarrollen con idoneidad, honestidad y responsabilidad la actividad laboral que demande la comunidad. c) Promover, organizar y desarrollar la investigación científico-técnica dirigida al análisis de los problemas regionales, nacionales y latinoamericanos.

4 4 d) Promover y difundir las expresiones de la cultura regional y nacional. e) Promover el perfeccionamiento y la actualización de egresados y docentes. Otras finalidades no contempladas en el ROIS para ser analizadas: f) Formar docentes para los niveles y modalidades del sistema educativo, profesionales con idoneidad, compromiso ético y estético y solvencia técnica y formar técnicos en distintas áreas ocupacionales, altamente capacitados destinados a insertarse laboralmente atendiendo a las expectativas y demandas de la población como a los requerimientos del sistema cultural y de las estructuras productivas regionales y nacionales. g) Propiciar, organizar y desarrollar acciones con carácter científico, ético, humanístico y social destinadas a la formación de personas con capacidad para investigar, integrar y promover la cultura regional, nacional y universal h) Proporcionar formación científica, profesional, artística y cultural, humanista y técnica en el más alto nivel acorde con los avances científico-tecnológicos y necesidades socio-culturales de la región y de la nación. i) Contribuir a la formación integral de los estudiantes, proporcionando condiciones para el crecimiento personal, profesional y comunitario, posibilitando la construcción de ciudadanía, fortaleciendo la participación de la vida social, política y cultural en el marco de la profundización del proyecto democrático de país y la vivencia de la plena ciudadanía. j) Formar profesionales docentes y técnicos superiores con compromiso social y alto nivel académico, capaces de actuar con responsabilidad, creatividad, visión crítico-reflexiva y sentido ético. k) Sostener los valores de solidaridad para dar lugar y atender las situaciones de aquellos sujetos con derechos vulnerados partiendo del reconocimiento y el respeto a la diversidad en las trayectorias educativas de los alumnos de nivel superior; emancipación como perspectiva de trabajo en la construcción de autonomía y responsabilidad, atendiendo a las particularidades de cada territorio. l) Propiciar la construcción de espacios de formación continua, de investigación y extensión para el desarrollo profesional de los docentes y técnicos superiores en servicio. m) Desarrollar prácticas educativas que incluyan valores, conocimientos, lenguas y otros rasgos sociales y culturales propios de los pueblos originarios y que respeten e incluyan las realidades de los diferentes contextos socioeconómicos y culturales de distintos grupos sociales. Estamos de acuerdo con estas finalidades:..

5 5 3. ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL DE LOS IES A continuación se presentan expresiones y/o definiciones que hacen a los cargos de conducción de los IES y sus funciones, respecto de cada una de ellas, tendrá opciones para indicar vuestra opinión RECTORADO: Es el órgano responsable de la gestión académica y administrativa institucional, está conformado por el Rector, el/los Vicerrector/es, la Secretaría Académica y el Consejo Académico/Directivo según la planta orgánica funcional aprobada por la jurisdicción RECTOR: Es la autoridad máxima de la gestión institucional. Es la última instancia administrativa institucional REQUISITOS Y CONDICIONES PARA SER RECTOR El cargo de Rector es electivo temporario y para acceder al mismo se requiere ser profesor titular del Instituto, reunir las demás condiciones de experiencia e idoneidad técnico-profesional que dispongan las normas relativas al cargo. La elección será por fórmula: Rector /Vicerrector y/o

6 6 Secretario Académico. En el caso que en la Institución no haya titulares podrán ser interinos que cuenten con una antigüedad mínima de cinco (5) años en el nivel y en la institución como catedrático o directivo. Si no hubiera postulantes de la propia institución pueden ser candidatos profesores titulares de otros Institutos de Educación Superior DURACIÓN El Rector se desempeña en sus funciones por un período de cuatro (4) años y puede ser reelecto por hasta otro período consecutivo de igual duración, sin que se computen a estos efectos, los períodos en que eventualmente hubiera podido desempeñarse en el cargo ya sea por licencia o vacancia siempre y cuando hubiesen correspondido a períodos inferiores a dos años. Mientras dure su mandato no podrá ejercer el mismo cargo, ni ningún otro de conducción y/o gestión dentro del sistema educativo provincial. Deberá mediar un período de 4 (cuatro) años para una nueva postulación FUNCIONES DEL RECTOR a) Representar al Instituto; b) Ejercer la dirección general ejecutiva de la propuesta educativa del Instituto; c) Ejercer la dirección general administrativa del Instituto; d) Convocar y presidir las sesiones del/los Órgano/s Colegiado/s e informarlo periódicamente sobre la marcha de los asuntos del Instituto; e) Supervisar y orientar el funcionamiento de todos los órganos del Instituto; f) Resolver fundadamente las instancias recursivas susceptibles de elevación a la vía jerárquica superior; g) Garantizar el debido procedimiento administrativo;

7 7 h) Redactar la reglamentación pertinente y necesaria para el funcionamiento del Instituto respetando el orden de prelación jurídico imperante; i) Correr traslados y vista de todos los aspectos que corresponda, según este reglamento, a los órganos colegiados respectivos; j) Correr traslados y vista de todos los aspectos que corresponda, según la normativa jurisdiccional vigente, a las instancias superiores dentro de la vía jerárquica a la que pertenece el Instituto; k) Asumir la responsabilidad patrimonial de la institución; l) Garantizar la aplicación del derecho especial vigente; m) Participar de las instancias requeridas por la administración pública provincial ORGANO COLEGIADO (CONSEJO DIRECTIVO/ACADÉMICO) Marcar la opción con la que acuerdan y especificar en el caso de otros 1) Consideran que este órgano debe tener carácter: a) Consultivo b) Resolutivo 2) Porcentaje, del total de integrantes del órgano, para la representación de cada claustro: a) docentes 50% estudiantes 30% graduados 20% no docentes sin representación b) docentes 50% estudiantes 30% graduados 10% no docentes 10% b) docentes 40% estudiantes 30% graduados 20% no docentes (administrativos y de servicio) 10% c) establecer el número de representantes docentes y estudiantiles de acuerdo a la matrícula de estos últimos d) el porcentaje de docentes deberá ser siempre la mitad más uno del total de los miembros e) Otros: especificar

8 8 3) Los docentes y estudiantes integrantes de las listas deberán representar a la mayor cantidad posible de las distintas carreras y la proporcionalidad de alumnos que la integran. SI NO 4) Los consejeros docentes durarán en sus funciones: 4 años 3 años 2 años Los consejeros estudiantes durarán en sus funciones: 1 año 2 años Los consejeros graduados durarán en sus funciones: 1 año 2 años Los consejeros no docentes durarán en sus funciones: 1 año 2 años 5) Antigüedad en la institución para ocupar el cargo de Consejero docente 1 año 2 años 6) Los docentes, personal administrativo y de servicio deberán revestir como titulares o interinos para ser candidatos y/o electores SI NO 7) Para ser candidato a consejero por el claustro Graduados, no deberá desempeñar ningún cargo, SI NO 3.4. SECRETARÍA ACADÉMICA Es la unidad responsable de la coordinación académica, articulando las acciones de docencia y otras actividades académicas a cargo del Instituto, la programación y el personal docente responsable de tales acciones, con el objetivo de fortalecer la trayectoria normativa de los estudiantes. Funciona bajo la dependencia del Rectorado. Extraído de la resolución del CFE N 140/11 cap. III, art FUNCIONES DE LA SECRETARÍA ACADÉMICA a) Ejercer la coordinación académica del IES. b) Secundar al Rector en la organización, supervisión y coordinación de las propuestas sobre las actividades académicas, de extensión y de investigación. c) Secundar y ejercer compartidamente la gestión institucional y curricular.

9 9 d) Participar en el asesoramiento, evaluación y seguimiento de la trayectoria formativa del alumno. e) Proporcionar a la secretaría Administrativa la información necesaria para la correcta realización de los trámites del personal académico. f) Articular con los Departamentos/Jefes de Carreras y los Centros de Documentación el relevamiento de las necesidades de material bibliográfico y documental. g) Participar en la preparación de anteproyectos de planes de estudio, programas, etc. h) Controlar los horarios de clases y de exámenes. i) Convocar periódicamente a reunión de Jefes de Carreras y/o Departamentos. j) Coordinar las actividades de las distintas Carreras y/o Departamentos e informar periódicamente al Consejo Académico. k) Asesorar sobre el desarrollo global del proceso enseñanza-aprendizaje SECRETARÍA ADMINISTRATIVA Funciona bajo dependencia del Rectorado. Es la unidad responsable de la coordinación administrativa, la gestión de recursos del instituto, la gestión y resguardo de la documentación del establecimiento, del personal y de los estudiantes. (Extraído de la resolución del CFE N 140/11 cap. III, art. 26) Funciones de la Secretaría: Son funciones de la Secretaría: a) Organizar y supervisar las actividades relativas a la entrada, salida, despacho y archivo de documentación y expedientes.

10 10 b) Organizar y supervisar el registro y archivo de la documentación del legajo de los estudiantes. c) Organizar y supervisar el registro y archivo de la documentación relativa a los Planes de Estudio de los Institutos. d) Organizar y supervisar el registro, actualización, archivo y custodia de la documentación referida al personal de los Institutos. e) Mantener actualizado y conservar los padrones de los claustros, con derecho a voto, de los IES. f) Llevar inventario, organizar la provisión y mantenimiento de la infraestructura física y el equipamiento necesario para el funcionamiento institucional, y controlar e informar acerca de deterioros y necesidades. g) Coordinar y supervisar la prestación de los servicios de maestranza. h) Asignar funciones al personal de apoyo a la gestión administrativa, conforme las normas aplicables de los Institutos, evaluar su desempeño, y elevarlo a consideración de la autoridad del nivel que corresponde para que finalmente sea visto por el Rectorado. i) Identificar las necesidades y formas de capacitación y actualización para el personal administrativo, técnico y de servicios, y proponerlos a las autoridades. j) Organizar las actividades administrativas relativas a la realización de concursos. k) Relevar y sistematizar la información propia del área de su competencia, conforme a las pautas que para ello se establezcan y girarla a la instancia que correspondiera. l) Representar por delegación del Rectorado de los Institutos en cuestiones vinculadas a su competencia.

11 CENTRO DE DOCUMENTACIÓN Funciona bajo la dependencia del Rectorado. Es la unidad responsable de la organización, conservación y distribución de bibliografía, documentación e información vinculada a las actividades académico- pedagógicas del Instituto, asistiendo a los alumnos y docentes, facilitándoles el acceso a diferentes fuentes de información por medios propios o a través de vínculos con otros centros documentales COORDINADOR DE CARRERAS Cuáles serían las condiciones o requisitos que debería tener el coordinador de carreras y como sería su designación? COORDINADOR DE INVESTIGACION Cuáles serían las condiciones o requisitos que debería tener el coordinador de investigación y como sería su designación? FUNCIONES DE LA COORDINACIÓN DE INVESTIGACIÓN a) Concertar acciones para la elaboración, difusión e intercambio de proyectos de investigación. b) Desarrollar acciones destinadas a la capacitación y formación de recursos humanos en la investigación. c) Detectar prioridades investigativas de la institución y del medio y establecer líneas institucionales de investigación, d) Organizar encuentros institucionales, interinstitucionales y abiertos, de intercambio de experiencias. e) Arbitrar los medios tendientes a la difusión de las investigaciones en proceso o finalizadas.

12 COORDINADOR DE EXTENSIÓN: Cuáles serían las condiciones o requisitos que debería tener el Coordinador de Extensión y como sería su designación? Entrega del informe de la jornada Una vez finalizada la jornada, el instituto subirá al Aula Virtual: Debates Institucionales un solo informe que integra la producción total. El responsable de la publicación en el Aula Virtual será el Regente/Director. El nombre del archivo producido deberá identificarse de acuerdo al siguiente ejemplo: instituto N _octubre_2014. Asimismo, en el documento escrito, cada informe tendrá como encabezado el Nombre y número de IES.

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