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1 urltffiltt [trtult 0 g lt l{, 2015 Principodo de Aslurios $ln o N E A AY U N TA M IE N TO D E CARAVI A R eg I D A N a de de20 S En relación con el informe provisional de la fiscalización de cuentas del sector público, en el que se señala que este Ayuntamiento no procedió a contestar a requerimiento formulado por esa Sindicatura, adjunto le remito copia del escrito de contestación remitido en su día, (10 de septiembre de 2.014), aclarando lo solicitado por Vds. sobre el cálculo de los saldos de dudoso cobro. Caravia, L de junio de La Alcaldesa, Salomé Samartino Pérez Þ NDICATURA DE CUENTAS DE ASTURIAS Prado s/n CARAVIA ALTA Tlf.: 98s 8s ' Fæc:

2 :1 'îl '.'; rlr ((í ÈEd 'ü, 8il8 tyljililiïilil0t clrllltil le*41 W "'1g.0" AYUNTA DE CA MIENTO RAVIA Registro d? SALID A N.o 20lk. En contestación a su requerimiento de fecha 3 de septiembre de2.ol4, en relac ón con documentación solic tada para la confección del informe sobre el sector local correspondiente al ejercicio económico de 2.013, y en relación con el detalle del cálculo del importe incluido en el estado de remanente de tesorería bajo la denominación de "saldos de dudoso cobro", le comun co QU, examinada la documentación existente en lntervención, de la copia remitida a esa Sindicatura, en el apartado l, lnformación sobre saldos de dudoso cobro, se señala que el cálculo se realizó aplicando lo dispuesto en el artículo 193 bis de la Ley 2712OL3, de 27 de diciembre, de Racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, en la que estipula que se han de aplicar a los saldos de ejercicios anteriores los siguientes porcentajes: Saldos ejercicios 2Otty 2OI2'..'...25%... ( 39'259,58 ) Saldos ejercicio ' 5O%'..-'...:..."...' ( 1'253,50 ) Saldos ejercicios 2009 y % -.'...'... 0 Saldos ejercicio 2OO7 y anteriores too%'..'.'... Caravia, 5 de septiembre de 2'014 La Alcaldesa, (7.369,z1. l ésa rtino Pérez SR. NDICO MAYOR DE LA NDICATURA DE CUENTAS DE ASTURIAS Prado s/n CARAVIAALTA Tlf.: ' Fax:

3 informe provisional fiscalización sector público local https ://exchange.telecable.es/owa/?ae=item&fipm.note& id:rga... informe prov s onal fiscalizac ón sector público local Secretaría-Intervención Ayuntamiento Grandas de Salime fsec Enviado:jueves, 04 de junio de :05 Para: SecretariaGeneral Buenos días; 0 4 JlJr{, 20t5 Una vez consultado el informe prov sional sobre fiscalización del bl a 5, el o Ayuntamiento de Grandas de Salime figura entre las entidades que no comunicadas por la Sindicatura. Recibida incidencia en este Ayuntamiento sobre la documentación complementaria del Acta de Arqueo donde no constaban las existencias en Caja a fin de ejercicio. Desde esta Secretaria-lntervención puestos en contacto telefónicamente con la Sindicatura, explicamos que el importe total inicial y final de las existencias en caja sí aparece en el Acta de Arqueo y que no habiendo realizado el cómputo fisico de moneda y billetes en metálico a 31- de diciembre de 2013, era imposible su realización con posterioridad. Entendiendo que no era posible la subsanación de la misma pero que sí quedaba justificada. Lo que no es lo mismo que no haber subsanado nijustificado la incidencia. Atentamente Ana lsabel González lglesias Secreta ria-l nterventor Ayuntamiento de Grandas de Salime Plaza de la Constitución, Ne Grandas de Salime Principado de Asturias Teléfono.: , Fax.: ldel :01

4 AYUNTAMIENTO DE RIBADEDEVA Plaza Manuel lbáñez s/n Teléfono Fax COLOMBRES- C.l.F.: P E; CIPADO DE AST 0 I Jljil. de ribodedevo E A Con fecha 1 de junio tuvo escrito concediendo plazo para formular alegaciones en relación con el informe provisional sobre la hscalización del sector público local del Principado de Asturias del ejercicio Examinado el referido informe, se constata que este Ayuntamiento aparece que no se ha contestado al requerimiento de información remitido con fecha 13 de junio de y registrado de entrada en este Ayuntamiento con fecha 23 dejunio en relación a una serie de extremos que fueron remitidos en el mes de noviembre junto con la Cuenta General de dicho ejercicio. No obstante esta remisión este Ayuntamiento aparece que no ha contestado en relación a los siguientes extremos:. Análisis de los reconocimientos extrajudiciales de créditos ' Análisis de los reparos formulados por la Intervención ' Análisis de los acuerdos adoptados contrarios a los informes emitidos por los Secretarios A la vista que tales datos constan en los cuestionados remitidos en formato electrónico en el mes de noviembre, es decir, con posterioridad a la recepción del escrito, se estimó que no era preciso remitirlos de nuevo, siendo la contestación negativa en los tres extremos. por lo que solicitamos que en la redacción definitiva del ahora informe provisional no aparezca que el Ayuntamiento de Ribadedeva no ha remitido la información indicada. Colombres, a 3 de junio de \l ',i r..:, r.:l \\,.4,iir i1 NDICATURA DE CUENTAS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Plaza de Riego, Oviedo

5 þuntømiento de IA.S REGIIER.AS - SANTULTANO (Pr in cip ado de As turí a s) TeléJono Fqx C.P NDICATURA DE CUENTAS PRINCIPADO DE ASTUR I 1 JUl{ NDICATURA DEL PRINCIPADO DE ASTURAS PLAZA DE RIEGO NO ovtedo E AD N.o AYTO DE LAS REGUERAS ATEtIdl r(jn (:1 Ir_rIlADÂNA- RELILï TÊ( Hürflsro d+ Ëegistr:,r; 957 l:,tdigo: F:EË-cZ0ONT l-i/06/20-i5 l-2 : 4 9: 53 Recibida referencia a la publicación en la Plataforma de la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias del lnforme provisional sobre la fiscalización del sector público local del Principado de Asturias, ejercicio 2013, y una vez examinado el mismo en la citada plataforma, se formulan las ALEGACIONES que seguidamente se detallan en orden a una posible modificación del lnforme. En la página 86 del citado lnforme, relativo al análisis de los criterios establecidos para la formación, actualización y custodia de sus inventarios de bienes y derechos, se expresa que, entre los 11 ayuntamientos que no disponían de uñ inventario aprobado de sus bienes y derechos tal y como exige el artículo 17.1 del Reglamento de Bienes de las EELL, se encuentra el de Las Regueras. Es posible que este Ayuntamiento haya interpretado excesivamente al pie de la leti'a la pregunta no 2 cjel cuestionario, relaiiva a si "La corporación dispone de un inventario aprobado de todos sus bienes v derechos", contestando NO. Efectivamente, el art del RBEL dispone que las corporaciones están obligadas a formar inventario de todos sus nes v derechos cualqu rera que sea su naturaleza v forma de adquisición Tan terminante precepto y pregunta del cuestionario a,bocó al Ayuntamiento a contestar NO a la pregunta y a no cubrir la casilla que pregunta sobre la última fecha de aprobación, conduciendo a la Sindicatura a entender que este Ayuntamiento carece en absoluto de lnventario Municipal de Bienes. Pues bien, el último acuerdo del Pleno sobre modificación del lnventario, en sesión de fecha sobre exclusión parcial de un camino, habría de considerarse como la última actualización de aqué, asumiendo pues como válido en talfecha el resto del lnventario no modificado. Pese al NO como contestación, en el aparlado de "observaciones" se intentó clarificar las características del inventario de bienes existente en este Ayuntamiento, de cuya lectura se infiere que "este Ayuntamiento carece de un inventario completo de todos sus bienes y derechos tratándose de un inventario parcial". Pero tal inventario, pese a su imperfección, existe, y el Principado de Asturias, como también se indicó, colaboró en su momento en la mejora del mismo. De hecho, el lnventario es objeto de agregaciones, modificaciones y supresiones frecuentes cuando ello es necesario, adoptando los oportunos acuerdos por el Pleno, información pública en el BOPA incluida, lo que supone una continua rectificación del lnventario que, aun no obedeciendo a una periodicidad preestablecida

6 ,4ltuntamiento de IÁ,S REGUER.AS - SANTULIA,NO (Pr in cip a do de As turí as) Teléfono Fax c.p y sistemática, sí supone en la práctica una revisión constante en función de las neces dad de actualización que van surgiendo en el quehacer diario del Ayuntamiento. La tarea ha sido muy importante, sobre todo en lo relativo a la inclusión en inventario de un amplio elenco de montes comunales y su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad, que evita y evitará la usurpación de esos bienes. Todos estos comentarios se dirigen a poner de manifiesto que Las Regueras dispone de un lnventario de Bienes aprobado por el Pleno, que pese a ser incompleto (algo casi inevitable en un pequeño municipio como Las Regueras), constituye una herramienta muy útil para configurar y proteger el patrimonio municipal. Por todo lo expuesto, se SOLICITA de la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias, atendiendo además a las "observaciones" incluidas en el cuestionario cumplimentando en su día, donde se explican las características principales del inventario existente, no incluir al Concejo de Las Regueras en el apartado (pag. 86 del lnforme provisional) relativo a los 11 ayuntamientos que "no disponían de un inventario aprobado de sus bienes y derechos", v Sí incluirlo en otro aparlado que permita matizar que el Ayuntamiento de Las Regueras sí dispone de un inventario de bienes aprobado por el Pleno, y en alguna medida actualizado, pese a no ser completo en el sentido de incluir todos sus bienes v derechos, meta que si bien es deseable, resulta de muy difícil cumplimiento para un pequeño Ayuntamiento sin la ayuda de otras Administraciones Públicas. Las Regueras, 9 de junio de 2015 J.!.'" i ESA EN FUNCIONES, als lméndez Ramos 2

7 AYU NTAMIENTO Datos Del Exped ente: NDICATURA DE CUENTAS Unidad Tram tadora INTERVENCION - IFA CORVERA DE ASTURIAS Numero expediente Documento Fecha ù mt/rca/zots Ê rrurzsoru Cód go de verific 1 Q57051 W4l0l\i MJ8 ilt ililililil]ilililil]illlil ililil ilililil ililil til llllllllll Desti natario: NDICATURA DE PLAZA DEL RIEGO N OVIEDO ASTURIAS ASUNTO: FORMULACION DE ALEGACIONES EN RE PROVIONAL SOBRE LA FISCALIZACIóN DEL SECTOR PÚ DE ASTURTAS, EJERCTCTO 2013,1 N f,yunta itëntú t)ë COþIi/ËÊÊ l)[ fl!;tijh:iai i{fëi5trü ËE {ET:AL :'I.{L IUH F*rh i?-tl -15 r-ì8 tlt:5? Nunr. 5.åû4 t'i'iiqo ËEG5ZûZUE t,jdito üsc. ït{ii5'jil IÇAT RA DE PADÖ OE AS I I Jt,I', R RIAS En contestación al escrito de fecha 28 de mayo de 2015 del Sindico Mayor D. Avelino Viejo Fernández (con fecha de entrada en este Ayuntamiento de 1 de junio de 2015 y No de Registro 9.275), por el concede al Ayuntamiento de Corvera un plazo de quince días para formulara las alegaciones y aportar los documentos oportunos en relación con el Informe provisional sobre la fiscalización del sector público local del Principado de Asturias, ejercicio Se adjunta Cuestionario de control interno de inventario de bienes y patrimonio. Este fichero no fue remitido en su momento con el resto de la documentación requerida mediante correo electrónico el 2I de julio de 2014, por la entonces Interventora Municipal Dña. Anabel Corral Corral, debido a un error informático. Rogando disculpen el error y éste pueda ser subsanado, e incorporada la información remitida al Informe de Fiscalización sobre Sector Público Local del Principado de Asturias Ejercicio En Corvera de Asturi 15 EL.f\ rit,þ Iván Fern n Dr- B1Éù1 AYUNTAMIENTO DE CORVERA DE ASTURIAS Nubledo/Nubleo,77 x C.P * CIF: P I x Tlf: x corvera@ayto-corvera.es Puede comprobar Ia autenticidad del documento introduciendo el Código de Verlficaclón en

8 CUESTIONARIO DE CONTROT INTERNO INVENTARIO DE BIENES Y PAÏRIMONIO Ayunlomienlo: CORVERA DE ASTURIAS Persono responsoble Nombre: MEN DEZ CHAVES Corgo: SECRETARIO GENERAL MUNICIPAL Teléfono: Correo eleclrónlco: secrelorio@oyto-corvero.es Fecho: /201s Página L

9 CUESTIONARIO DE CONTROT INTERNO INVENTARIO DE BIENES Y PATRIMONIO l- Estrucluro del óreo de lnvenlorio de bienes y potrimonio. Número de empleodos públicos: 3 2- Lo corporoción dispone de un invenlorio oprobodo de lodos sus bienes y derechos: En coso ofirmolivo tndicor lo fecho de Último oproboción a 10t06/ EI invenlorio de bienes estó ocluolizodo e incluye todos los bienes de lo enlidod: 4- lndicor qué epígrofes figuron en el inventono: l- /nmueb/es 2- Derechos reoles 3- Muebles de corócter histórico, orlístico o de consideroble volor económico 4- Volores mobiliorios, crédìtos y derechos, de corócler persono/ de lo Corporoción 5- Vehículos ó- Semovienfes 7- Muebles no comprendidos en /os oporlodos onferiores 8- Bienes y derechos reversib/es st 5t 5t 5- El inventorio de los bienes inmuebles expreso los siguienles dolos que exige el ortículo 20 del Reglomento de bienes: l- Nombre con que f uere conoctdo Io finco, si fuviere olguno especio/ 2- Noturolezo del inmueble 3- Situoción, con indicoción concrelo del lugor en que rodicore la finco, vío público o que diere frente y números gue en ello le correspondiero, en /os urbonos, y el poroje, con expresión del polígono y porcelo cotoslror, si fuero posib/e, en /os rúsficos, 4- Linderos 5- Superfrcie ó- En los edificios, corocleríslicos, nolicio sobre su conslrucctón y eslodo de conservoción 7- Trolóndose de víqs públìcos, en el inventorio deberón conslor /os dofos necesorios poro su indivîduolizoción, con especio/ ref erencio q sus /ímiles, longitud y onchuro 8- C/ose de oprovechomienlo en /os fincos rúsficos 9- Noturolezo de dominto público o potrtmoniol, con expresión de si se frofu de bienes de uso o de servicio público, potrimonioles o comunoies l0- Tílulo en virlud del cuol se olribuye o lo enlidod I l- Signofuro de inscrþción en e/ Regislro de lo Propiedod, en coso de que fuere ínscrìbîble l2- Destino y ocuerdo que lo hubiere dispueslo l3- Derechos reqles consliluidos o su fovor I 4- Derechos reoles que grovaren lo finco l5- Derechos persono/es conslifuidos en reloción con /o mismo ló- Fecho de odqulsición l7- Costo de /o odquisición, si hubiere sido o título oneroso, y de los inversiones efecluodos y mejoros 1B- Volor que corresponderío en vento ol inmueble 19- Frulos y renlos que produjere 5l sl 5t 5l sl st c Página 1

10 CUESTIONARIO DE CONTROT INTERNO INVENTARIO DE BIENES Y PATRIMONIO 6- El inventorio de los derechos reoles expreso los siguientes dotos que exige el ortículo 2l del Reglomenlo de bienes: l- Noturo/ezo 2- lnmueble sobre e/ que recayere 3- Confenido del derecho 4- Tíf ulo de odquisición 5- Signofuro de /o inscrþción en el Regisfro de lo propiedod ó- Cosfo de /o odquisicíón, si hubiere sido oneroso 7- Volor ocluol 8- Frutos y rentos que produjere 7- El inventorio de los bienes muebles de corócler histórico, ortístico o de consideroble volor económico, expreso los siguienies dotos que exige el ortículo 22 del Reglomento de bienes l- Descrrpcrón en formo que focrlilore su îdenlificoción 2- tnd/coc/ón de lo rozón de su volor ortßlico, nßtór co o económtco 3- Lugor en que se encuenfre situodo y persono bojo cuyo responsobi/idod se cusfodio NO NO NO 8- El inveniorio de los volores mobiliorios, expreso los siguienles dotos que exige el ortículo 23 del Reglomento de bienes: l- Número de /os fílulos 2- Close 3- Orgonismo o enlidqd emisoro 4- Serie y numerocíón 5- Fecho de odquisición 6- Precio de /o mismo 7- Copitol nominol B- Volor efectivo 9- Frutos y rentos que produjere 10- Lugor en gue se enconfroren deposilodos 5I 5l 9- El invenlorio de los créditos y derechos personoles de lo corporoción, expreso los dotos que exige el ortícuio 24 del Reglomenlo de bienes: l- Concepfo 2- Nombre del deudor 3- Volor 4- Título de odquisición 5- Vencimiento, en su coso 5t l0- El invenìorio de vehículos, expreso los dotos que exige el ortículo 25 del Reglomento de bienes: l- C/ose 2-Trocción mecónico, onimol o monuol 3- Motrículo 4- Título de odquisición 5- Desfino ó- Cosfo de odquisición, en su coso 7- Volor qctuol 5t çt Página 2

11 CUESTIONARIO DE CONTROT INTERNO INVENTARIO DE BIENES Y PATRIMONIO I I- lndicor el número y el volor de los bienes incluidos en los siguientes invenforios: l- /nmueb/es 2- Derechos reoles 3- Mueb/es de corócler histónco, ottístico o de consideroble volor económîco 4- Volores mobiliorios, créditos y derechos, de corócler persono/ de Io Corporocîón 5- Vehiculos ó- Semovienfes 7- Muebles no comprendidos en /os oporfodos onleriores B- Bienes y derechos reversib/es l2- El inventorio de lo entidod locol I - Esló outorizodo por e/ Secrelorio de lo corporoción 2- Esló con e/ visfo bveno del Presldenfe 3- Se ho remtltdo o lo Admtnrctroción deleslodo uno copio de/ mismo y de sus reclificociones 4- Se ho remitido o lo Comunidod Autónomo uno copio de/ mismo y de sus rectificociones NO NO l3- El invenlorio de lo enlidcd locol incluye los bienes y derechos de los entes dependientes l4- Los rectificociones del invenlorio se verificon onuolmente: l5- Cuondo se renuevo lo corporoción se efectúo uno comproboción del inventorio: ló- El Pleno opruebo los rectificociones y los comprobociones del invenlorio: NO r-iti st [s l l7- Todos los bienes inmuebles y los derechos reoles estón inscritos en el Registro de lo propiedod NO l8- En el coso de bienes inmuebles y de bienes muebles de corócter histórico, ortíslico o de consideroble volor económico, los odquisiciones, permutos y los enojenociones eslón soportodos por un informe periciol: L'r_l I9- Se cuento con pólizos de seguros poro cubrir todos los riesgos y en especiol: 20- Los coberluros son suficientes poro cubrìr su volor de recuperoción: Lo pérdido y delerioro de bienes Responsobi/idod cívil 22- ExisIe un registro de gosto de combustible poro codo vehículo con el fin de controlor que se utilizo poro lo finolidod previsto: Robo e e r_n_l e 23- En el invenlorio es posible idenlificor los bienes que inlegron el potrimonio público delsuelo: Lji l 25- la entidod es copoz de proporcionor informoción sobre el destino dodo o Iodos los recursos obtenidos del potrimonio público del suelo: e Página 3

12 CUESTIONARIO DE CONTROT INTERNO INVENTARIO DE BIENES Y PATRIMONIO Observociones En el siguiente espacio puede detallar las observaciones que precise. Utilice Alt+Enler reølizør un so/fo de Página 1

13 lundauidn l. nirsrsid d ds Iuiedo l tc NDICATURA DE CUENTAS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS D. Avelino Viejo Fernández Plaza del Riego, ovtedo N.o I I JUlrl, Z0fj R Oviedo, 1B de junio de 2015 Estimado Síndico Mayor En contestación a su escrito, fechado en Oviedo el 2B de mayo de 2015, por el que se notifica el plazo para la formulación de alegaciones al lnforme provisional sobre la fiscalización del sector público local del Principado de Asturias, ejercicio 2013, se adjunta lnforme de alegaciones. Atentamente, vräi i Directora Gerente eirarl o )\\::t...t) i l\;1 )i:ìl:j,riij rì t a,ivierjo I il l'r ir,', 1,i\i lrl \ o Z'{? lq Principado, OVIEDO CIF:G Tel Fax fuo@uniovi.es

14 ND PRINCIPADO DE ASTURI I g JlJl'l Iund cidr ljnirersid d du Iuiedo N RA? ^Qr rnrrô. tnrtrôpf\rtr DPñ\/tctôNt^t ntr trl_qc nr rznnráu nfr qtrnrôp Þt'lFu tl-ô tôn^t EJERCICTO 2013 En relación con el lnforme provisional sobre la fiscalización del sector público local del Principado de Asturias, ejercicio 2013, y examinado el citado informe, cabe formular las siguientes ALEGACIONES Respecto a la inclusión de las inversiones financieras mantenidas durante el ejercicio 2013 en la entidad Cajastur/Liberbank en el epígrafe del balance "lnversiones en entidades del grupo y asociadas a corto'plazo", como se indica en las páginas 76, 77 y 306 del lnforme Provisional, o en el epígrafe "lnversiones financieras a corto plazo", tal y como sq recogen en las Cuentas Anuales de la Fundación Universidad de Oviedo del ejercicio 2013, es necesario tener presentes las siguientes consideraciones: Primera.- La entidad Cajastur pdrticipó en la constitución de la Fundación Universidad de Oviedo realizando una aportación a su dotación fundacional por importe de ,21, cantidad que representa un 15,38% de la misma. Si bien el carácter de la dotación fundacional es diferente al del capital social para las entidades sujetas a la Ley de Sociedades de Capital, puede ser relevante que el peso de la aportación sea tenido en cuenta de cara a considerar la existencia o no de un grupo, multigrupo o entidad asociada. Seguñda.- La entidad Cajastur tiene una representación de un vocal en un Patronato integrado por 9 personas jurídicas, correspondiéndole, en 2013, un 7,5o/o del total de votos conforme a la regla de. ponderación de voto establecida en el art. 1B de los Estatutos de la Fundación. Dicho porcentaje ha pasado a ser, tras la modificación estatutaria aprobada por el Patronato en la sesión celebrada el día 11 de noviembre de 2013, del 6,1250/o. Tercera.- Por su parte, el Plan de Contabilidad de las entidades sin fines lucrativos, aprobado por Resolución de 26 de marzo de 2013, del lnstituto de Contabilidad yauditoría de Cuentas, establece en la Norma lla de elaboración de las cuentas anuales que: "A efectos de la presentacion de las cuentas anuales de una entidad sln fines lucrativos se entenderá que otra entidad forma parte del grupo cuando ambas estén vinculadas por una relación de control, directa o indirecta, análoga a ta prevista en el artículo 42 del Código de Comercio para los grupos de

15 lundariún llniuursidad de Iriedr socredades o cuando las entidades esfén controladas por cualquier medio por una o varias personas físicas ö jurídicas, que actúen conjuntamente o se hallen bajo dirección única por acuerdos o cl áu su I as e statutari as. " No existiendo entre Liberbank y la Fundación Universidad de Oviedo una actuación coniunta, ni dirección única en base a acuerdos a cláusulas estatutarias, cabe pues obbervar lo reflejado en el Código de Comercio, que en su artículo 42 dispone: "Existe un grupo cuando una sociedad ostente o pueda ostentar, directa o indirectamente, el control de otra u otras. En particular, se presumirá que exisfe control cuando una sociedad, que se calificará como dominanfe, se encuentre en relación con otra sociedad, que se calificará como dependiente, en alguna de las siguientes situaciones: a) Posea la mayoría de /os derechos de voto. b) Tenga la facultad de nombrar o destituir a la mayoría de los miembros del órgano de administración. c) Pueda disponer, en virtud de acuerdos celebrados con terceros, de la mayoría de los derechos de voto. d) Haya designado con sus yofos a la mayoría de los miembros del ó:rgano de administración, que desempeñen su cargo en el momento en que deban formularse las cuentas consolidadas y durante /os dos ejercicios inmediatamente anteriores. En particular, se presumirá esta circunstancia cuando la mayoría de /os miembros del órgano de administración de Ia sociedad dominada sean miembros del órgano de administracion o altos directivos de la sociedad dominante o de otra dominada por ésta. Esfe supuesto no dará lugar a la consolidación si /a socredad cuyos administradores han sido nombrados, esfá vinculada a otra en alguno de /qs casos prevrsfos en las dos primeras /efras de esfe apartado." Durante el ejercicio 2013, las entidades Fundación Universidad de Oviedo y Cajastur/Liberbank no han cumplido, una respecto de la otra, ninguna de las cuatro situaciones previstas en este artículo y no cabe, por tanto, considerar que hayan formado parte del mismo grupo. Cuarta.- En cuanto a las entidades asoqiadas, la misma Norma lla anteriormente referida, refleja que: "Se entenderá que una entidad es asocrada cuando, sin que se trate de una entidad del grupo, en el sentido señalado anteriormente, la entidad o alguna o algunas de las entidades del grupo en caso de existir éste, incluidas las entidades o personas físlcas dominantes, ejerzan sobre tal entidad una influencia significativa por tener una participación en ella que, creando con ésta una vinculación duradera, esté destinada a contribuir a su actividad." El plan define la influencia significativa a través de la exigencia de dos requisitos: "a) La entidad o una o varias entidades del grupo, incluidas las entidades o personas físicas dominantes, participan en ta entidad, y b) Se tenga el poder de intervenir en las decrsiones de política financiera y de explotación de Ia participada, sin llegar a tener el control" Y, posteriormente, fija cuantitativamente el umbral para considerar la influencia como significativa al exigir un mínimo del20% en los deiechos de voto de la otra entidad: 2

16 Iundaciún l.lniuursid d de Iuieilo "Se presum irá, salvo prueba en contrario, que existe influencia significativa cuando Ia entidad o una o varias entidades det grupo incluidas las entidades o personas físicas dominantes, posean, al menos, el 20 por 100 de los derechos de voto de otra entidad." Dicho umbral del 2Oo/o rto es alcanzado, tal y como se puede deducir de las dos primeras consideraciones de este documento, que hacen referencia a la aportación a la dotación fundacional y a la representación de Cajastur/Liberbank en el patronato de la fundación. Si bien esta situación no es trasladable a lo que se pueda contemplar en el caso de entidades sujetas a la Ley de Sociedades de Capital, sí puede permitir deducir que no existe una influencia significativa y, por lo tanto, no podría hablarse de entidades asociadas: Quinta.- Por lo anteriormente manifestado, entendemos que no procede hablar de "lnversiones en entidades del grupo y asociadas a corto plazo" sino de "lnversiones financieras a corto plazo", Por lo expuesto SOLICITA, Se tenga por presentada en tiempo y forma las alegaciones al lnforme Provisional de Fiscalización del Sector Público Local,del ejercicio 2013 y en virtud de las mismas se proceda a la modificación del contenido del proyecto de lnforme definitivo, En Oviedo, a 18 do junio de 2015 [\tr, Malildg Hoglschen Blänob Directora Gerente J

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