RESOLUCION No R-UAP

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "RESOLUCION No. 991-2001-R-UAP"

Transcripción

1 Lima, 25 de Julio de RESOLUCION No R-UAP CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución N CONAFU, de fecha 26 de abril de 1996, se autorizó el funcionamiento de la Universidad Alas Peruanas, con las Carreras Profesionales de Ciencias Geográficas y Ecología, Medicina Veterinaria, Ciencias Contables y Financieras, Ingeniería de Sistemas e Informática, y Recursos Naturales y Energías Renovables. Que, mediante Resolución N CONAFU, de fecha 22 de diciembre de 1999, se autorizó el funcionamiento de las Carreras Profesionales de Derecho y Ciencias Políticas y de Administración; Que, mediante Resolución N CONAFU, de fecha 22 de noviembre de 1999, se declaró concluido el proceso de adecuación de la Universidad Alas Peruanas al Decreto Legislativo N 882, con el régimen de Sociedad Anónima Que, por Resolución N R-UAP, de fecha 2 de octubre del 2000, se aprobó el funcionamiento de las Carreras Profesionales de: Ingeniería Civil, Arquitectura, Estomatología y Ciencias de la Comunicación Que, por Resolución N R-UAP, de fecha 12 de octubre, se aprobó el funcionamiento de las Carreras Profesionales de: Educación: Educación Inicial, Educación Primaria, Educación Secundaria y Educación Especial, Enfermería y Ciencias del Deporte Que, por Resolución N R-UAP, de fecha 13 de Marzo del 2000, se autorizó el funcionamiento de la Filial de la Universidad Alas Peruanas en la ciudad de Piura, con las Carreras Profesionales de Derecho y Ciencias Políticas, Ciencias Contables y Financieras, Ingeniería de Sistemas e Informática y Administración

2 ..// Resolución N R-UAP Pág. 2 Que, por Resolución N R-UAP, de fecha 13 de Marzo del 2001, se autorizo el funcionamiento de la filial de la Universidad Alas Peruanas en la ciudad de Arequipa con las Carreras Profesionales de Administración, Ciencias Contables y Financieras, Derecho y Ciencias Políticas, Ingeniería de Sistema e Informática Que, por Resolución N R-UAP, de fecha 13 de Marzo de 2001, se implementó la organización y funcionamiento de la Oficina de Grados y Títulos. Que, por Resolución N R-UAP, de fecha 27 de Junio de 2001, se aprobó el texto del Reglamento de Grados y Títulos de la Universidad Alas Peruanas. Que, por Resolución N R-UAP, de fecha 25 de Julio de 2001, se dejó sin efecto los alcances de la Resolución N 981-R-UAP, de fecha 27 de Junio de En uso de las facultades de que está investido el Rector de la Universidad Alas Peruanas; RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el nuevo texto del Reglamento de Grados y Títulos de la Universidad Alas Peruanas, que consta de sesentaisiete (67) artículos, una (01) Disposición Transitoria y una (01) Disposición Final; el que forma parte de la presente resolución y cuyo contenido se transcribe a continuación:

3 ..// Resolución N R-UAP Pág. 3 REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS BASE LEGAL: A) Ley Universitaria y modificatorias B) Decreto Legislativo 739 C) Decreto Legislativo 882 ( Ley de Promoción de la Inversión en la Educación) Estatuto de la Universidad Alas Peruanas TITULO I GENERALIDADES ART. 1.- La Universidad Alas Peruanas otorga, a nombre de la Nación, los grados académicos de Bachiller, Maestro y Doctor, y los títulos profesionales de Licenciado y sus equivalentes, que tienen denominación propia, así como los de Segunda Especialidad Profesional. TITULO II DEL GRADO ACADEMICO DE BACHILLER ART. 2.- Para ser declarado expedito se requiere: a) Cumplir con el plan de estudios correspondiente. b) Acumular los créditos exigidos por la Facultad, que no pueden ser menos de doscientos veinte (220), de los cuales cincuenta (50) como mínimo deberán ser cursados en la Universidad Alas Peruanas. ART. 3.- Una vez obtenida la constancia de expedito de Facultad, se accede automáticamente al Bachillerato Universitario siguiendo el trámite correspondiente (De conformidad con el Art. 1 del D.L. 739, el grado de bachiller se obtiene automáticamente a la conclusión del 100% del currículo de estudios correspondiente).

4 ..// Resolución N R-UAP Pág. 4 ART. 4.- Para la obtención del grado académico de bachiller se requiere presentar los siguientes documentos: a) Solicitud dirigida al decano de Facultad. b) Constancia de haber sido declarado expedito. c) Recibo de pago por grado académico de bachiller, según tasa vigente. d) Recibo de pago por diploma de bachiller, según tasa vigente. e) Dos (02) fotografías recientes a color, tamaño pasaporte, y dos (02) fotografías tamaño carné a colores con fondo blanco. f) Copia de documento de identidad. g) Certificado original de estudios. ART. 5.- Satisfechas las exigencias del artículo precedente, el decano expedirá la respectiva resolución concesoria, la que será elevada al Rectorado de la Universidad a fin de que se extienda el diploma. TITULO III DEL TITULO PROFESIONAL DE LICENCIADO O SUS EQUIVALENTES ART. 6.- Para optar al título profesional, se requiere de los siguientes documentos: a) Solicitud dirigida al decano de Facultad pidiendo ser declarado apto para optar al titulo profesional. b) Copia del diploma de bachiller, tamaño A4, autenticada por la Secretaría General de la Universidad. c) Constancia de haber aprobado alguna de las modalidades de evaluación previstas en el presente reglamento. d) Recibo de pago por titulación, según tasa vigente. ART. 7.- La Facultad otorga la resolución de expedito para optar al título profesional.

5 ..// Resolución N R-UAP Pág. 5 ART. 8.- ART. 9.- El título profesional es conferido por la Universidad Alas Peruanas a nombre de la Nación, a propuesta de la Facultad respectiva. El título profesional se obtiene mediante cualquiera de las modalidades siguientes: a) Sistema de Tesis, es decir, la presentación, sustentación y aprobación de una tesis en sesión pública. b) Examen Profesional: 1. Sistema de Experiencia Profesional: presentación de un trabajo (Monografía) de la especialidad profesional correspondiente, después de haber egresado y realizado servicios profesionales durante un periodo mínimo de tres (03) años en labores propias del área. 2. Examen de Suficiencia Profesional: para esta modalidad se requiere la acreditación de haber aprobado el ciclo de cursos de actualización profesional, desarrollados por la Universidad. Para matricularse en los cursos de actualización, el interesado deberá contar con la constancia de expedito emitida por la Facultad respectiva. c) Exposición de Expedientes para bachilleres de Derecho. TITULO IV MODALIDADES PARA LA OBTENCIÓN DEL TITULO PROFESIONAL CAPITULO I SISTEMA DE TESIS ART La tesis es una investigación rigurosa, amplia y estrictamente original que se ocupa de temas de interés nacional, internacional, científico, de nuevos criterios y aportes sobre algún asunto o tema del conocimiento concordante con el perfil profesional del postulante.

6 ..// Resolución N R-UAP Pág. 6 El candidato requiere de un director - asesor, designado por la Oficina de Grados y Títulos de la Universidad, a propuesta del decano, entre los profesores cuya especialidad tenga afinidad con el tema aprobado. En casos especiales, podrá designarse asesores profesores de otras universidades, nacionales o extranjeras, previa autorización del decano. ART El tema es escogido por el postulante, quien deberá presentar un plan de tesis para ser aprobado por el director asesor, sometiéndose luego al siguiente procedimiento: a) Aprobado el plan de tesis, el director - asesor debe comunicar por escrito a la Oficina de Grados y Títulos su decisión. b) Aprobado el plan de tesis, se otorgará al postulante un plazo no menor a seis (06) meses para su presentación y sustentación. c) Vencido el plazo para la presentación de la tesis, si el postulante no hubiera podido culminarla por motivo de fuerza mayor debidamente comprobado se le otorgará un plazo adicional conveniente. d) Presentada la tesis, con la aprobación del director - asesor, la Oficina de Grados y Títulos, en coordinación con el decano, designará al jurado y fijará la fecha y hora de sustentación. Este acto se realizará si se han cumplido los requisitos solicitados. e) Excepcionalmente, en caso debidamente justificado y con aprobación del director - asesor, podrá cambiarse por una sola vez el plan de tesis. Esto procede sólo dentro de los seis meses otorgados. DEL DIRECTOR ASESOR Y DE LOS ASESORES DE TESIS ART Podrán ser director - asesor y asesores de tesis: a) Los profesores de la Facultad que tengan la especialidad correspondiente.

7 ..// Resolución N R-UAP Pág. 7 b) Excepcionalmente, otros especialistas con autorización del decano. ART ART ART El asesoramiento tendrá una duración máxima de doce (12) meses, a contar desde la fecha de la aprobación del plan de tesis. El jefe de la Oficina de Grados y Títulos designará por oficio al director - asesor y asesores de tesis, a propuesta del decano. Son funciones del director - asesor: a) Orientar al postulante en la elaboración de su plan de tesis. b) Aprobar el plan de tesis. c) Asesorar en todo el desarrollo de la tesis hasta su culminación, tomando en cuenta los lineamientos establecidos por la Oficina de Grados y Títulos; informando finalmente sobre su conformidad para que continúe el trámite d) Informar por escrito al jefe de la Oficina de Grados y Títulos sobre la estructura o cuerpo de la tesis, conclusiones, recomendaciones, bibliografía, apéndice y anexos; así como redacción, coherencia, ortografía, claridad y precisión acordes con las normas del idioma. e) Informar al jefe de la Oficina de Grados y Títulos la conclusión de la corrección pertinente. Con el informe aprobatorio, el jefe de la Oficina de Grados y Títulos dará por aprobada la tesis, y extenderá la orden de su impresión en cinco (05) ejemplares. DE LA DESIGNACIÓN DEL JURADO PARA LA SUSTENTACIÓN DE TESIS ART Serán jurados para la sustentación de tesis, los profesores especialistas de la Facultad que reúnan los conocimientos y calificaciones del caso.

8 ..// Resolución N R-UAP Pág. 8 ART ART ART El jurado estará conformado por el decano de la Facultad o su representante, quien lo presidirá, y por dos profesores permanentes de la especialidad. El jurado podrá ser presidido por el rector de la Universidad. El jefe de la Oficina de Grados y Títulos designará, a propuesta del decano, por escrito a los miembros del jurado, a quienes comunicará con anticipación de diez (10) días la fecha de sustentación. Se hará llegar a cada miembro un ejemplar de la tesis. Son funciones del jurado: a) Analizar la tesis recibida. b) Comunicar con veinticuatro (24) horas de anticipación por escrito, a la Oficina de Grados y Títulos, cuando un miembro del Jurado no pueda asistir a fin de que sea reemplazado. c) Asistir al acto de sustentación en la fecha, hora y lugar programados. d) Evaluar la sustentación y las respuestas del postulante a las preguntas formuladas. DE LA SUSTENTACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA TESIS O INFORME PROFESIONAL ART ART La sustentación y evaluación de la tesis o informe profesional para la obtención del título, se realizarán en sesión pública con la presencia del jurado en pleno. En ausencia del presidente del jurado, hará sus veces el profesor con el grado académico más alto. Son requisitos para solicitar la sustentación de la tesis o informe profesional:

9 ..// Resolución N R-UAP Pág. 9 a) Comprobante de pago de la tasa por título profesional. b) Comprobante de pago de la tasa por diploma de título y caligrafiado. c) Comprobante de pago de la tasa por sustentación. d) Dos (02) fotografías actuales a color, tamaño pasaporte, y dos (02) tamaño carné a colores. e) Fotocopia legalizada del documento de identidad del postulante (legalizada por Notario) ART La sustentación y evaluación de la tesis o informe profesional se llevarán a cabo en la Sala de Grados de la Universidad, en la fecha y hora programadas, de la siguiente manera: a) El presidente del jurado ordenará la apertura de la sesión pública de sustentación. b) El secretario dará lectura a la resolución que declara expedito al postulante y designa al jurado. c) El presidente invitará a que el postulante proceda a la sustentación del trabajo presentado. d) Terminada la exposición, los miembros del jurado formularán las preguntas que juzguen conveniente. e) El jurado, previa deliberación, procederá a la votación secreta para evaluar la sustentación; debiendo el secretario del jurado entregar a cada miembro dos balotas: una blanca que indica la aprobación y otra negra que indica la desaprobación. f) Cada jurado colocará la balota que crea conveniente en el ánfora puesta para tal fin. g) El secretario abrirá el ánfora y entregará al presidente las balotas para el computo correspondiente, cuyo resultado puede ser: 1. Sobresaliente con recomendación de publicación. 2. Aprobado por unanimidad 3. Aprobado por mayoría 4. Desaprobado

10 ..// Resolución N R-UAP Pág. 10 h) El presidente del jurado indicará al secretario el resultado de la calificación, debiendo éste levantar el acta respectiva en cuatro (04) originales, las mismas que deberán firmar el presidente, los miembros del jurado y el secretario. Luego, el presidente dispondrá que continúe el acto público. i) El secretario leerá el acta respectiva. j) El presidente del jurado, a nombre de la Nación, de la Universidad Alas Peruanas y de la Facultad impondrá la cinta que representa la concesión del título. k) El presidente levantará la sesión de sustentación de tesis o informe profesional. l) El secretario entregará al titulado un ejemplar del acta. m) En caso de ser Desaprobado, el jurado entregará al secretario el ejemplar de la tesis o informe profesional más su informe, indicando los motivos por los que fue desaprobado. Luego, el jurado abandonará la sala y el secretario comunicará el resultado, devolviendo al postulante los cinco ejemplares de tesis. ART El postulante que fuera desaprobado podrá solicitar la sustentación de tesis en segunda oportunidad antes de los seis (06) meses, debiendo presentar los siguientes documentos: a) Solicitud al decano indicando la fecha propuesta para la sustentación. b) Comprobante de nuevo pago por derecho de sustentación (tasa vigente). c) Cinco (05) ejemplares de la tesis o informe profesional. ART ART Cumplido los requisitos, se procederá de conformidad con el procedimiento establecido en los artículos precedentes. De producirse la desaprobación de la sustentación de la tesis o informe profesional en segunda oportunidad, el postulante tendrá una tercera y última opción, la que se cumplirá transcurrido un (01) año.

11 ..// Resolución N R-UAP Pág. 11 CAPITULO II DE LA OBTENCIÓN DEL TITULO POR LA MODALIDAD DE EXPERIENCIA PROFESIONAL ART ART Se obtiene el título profesional mediante la presentación, evaluación y sustentación de un informe de investigación aplicada por parte del postulante luego que demuestre que tiene tres (03) años mínimos en labores propias de la especialidad, posteriores a la obtención del bachillerato. Para optar al título profesional, el bachiller acreditará lo siguiente: a) Cumplimiento de lo establecido en el artículo 6 del presente reglamento. b) Adjuntar certificado de trabajo, en original. c) Tres boletas de pago (mínima una por cada año), en original. d) Presentación, en forma suscinta, de la memoria en la que se describa la experiencia profesional del bachiller. e) Presentación del informe de investigación aplicada sobre una o más experiencias referidas al campo profesional desarrolladas por el bachiller. ART Excepcionalmente, en caso debidamente justificado y con aprobación del director - asesor, podrá cambiarse por una sola vez el tema y el plan del informe respectivo. Esto procede sólo dentro de los seis (06) meses a partir de la aprobación del tema. Aprobado el plan, la Oficina de Grados y Títulos, a propuesta del decano, designará a los asesores. DEL DIRECTOR ASESOR O ASESORES DEL INFORME PROFESIONAL ART Serán director - asesor y asesores del informe profesional: a) Los profesores de la Facultad pertenecientes a la especialidad. b) Otros profesores o profesionales, previa aprobación del decano.

12 ..// Resolución N R-UAP Pág. 12 ART Son funciones del director asesor o asesores del informe profesional: orientar al postulante respecto a la estructura, forma y sustentación de los trabajos, con los lineamientos establecidos por la Oficina de Grados y Títulos, presentando el informe final al decano. DE LAS DESIGNACIONES PARA LA SUSTENTACIÓN DEL INFORME PROFESIONAL (Se rige de acuerdo a los artículos 16, 17, 18 y 19 de este reglamento) DE LA SUSTENTACIÓN Y EVALUACIÓN DEL INFORME PARA LA OBTENCIÓN DEL TITULO PROFESIONAL (Se rige de acuerdo a los artículos 20 al 25 del presente reglamento) CAPITULO III DE LA OBTENCIÓN DEL TITULO POR LA MODALIDAD DE SUFICIENCIA PROFESIONAL ART El bachiller, para optar al título profesional mediante el examen de suficiencia profesional, debe cumplir con los siguiente requisitos: a) Presentar solicitud dirigida al decano de la Facultad para acogerse a la modalidad. b) Acompañar resolución de estar expedito para optar al título profesional. c) Adjuntar el expediente completo. d) Acreditar, la aprobación del curso de actualización profesional (nota aprobatoria igual a 13) mediante resolución emitida por el decano de la Facultad.

13 ..// Resolución N R-UAP Pág. 13 e) Finalmente el postulante hará una exposición oral sobre el tema que le señale el jurado designado por el decano. ART ART ART La Facultad determinará las áreas del examen y sobre la base de ellas, preparará, organizará, sintetizará y codificará casos y problemas que atañen al ejercicio de la profesión. Para el desarrollo de la prueba escrita, el jurado procederá al sorteo de las áreas, unidad temática y preguntas sobre las que versará el examen. La calificación del examen se realizará aplicando la escala vigesimal. La duración de la prueba escrita será de dos (02) horas. Al término de la prueba, en el mismo acto, cada miembro del jurado la calificará. Las notas serán promediadas por el presidente del mismo. La calificación será anónima. ART ART ART El presidente del jurado entregará la prueba escrita con las calificaciones respectivas al jefe de la Oficina de Grados y Títulos, suscribiéndose el acta correspondiente. En caso de que el interesado no se presente en la fecha señalada para la rendición de la prueba escrita y no justificara su inasistencia con documentos que prueben motivo de fuerza mayor, quedará inhabilitado por treinta (30) días para gozar de los derechos que le conceden los artículos pertinentes de este reglamento. En caso de justificación, la Oficina de Grados y Títulos le señalará nueva fecha. Esta disposición también rige tratándose de inasistencias a la rendición del examen oral. Recibidas las actas con las calificaciones del examen escrito, el decano y el jefe de la Oficina de Grados y Títulos señalarán la fecha del examen oral para dentro de un plazo máximo de ocho (8) días hábiles siguientes a la prueba escrita. El examen oral será en acto público, en la fecha y hora señaladas.

14 ..// Resolución N R-UAP Pág. 14 ART ART La exposición del examen oral versará fundamentalmente sobre las áreas, unidades temáticas y preguntas que motivaron la prueba escrita. En el examen oral el procedimiento será el siguiente: a) Cada miembro del jurado efectuará las preguntas y aclaraciones sobre el tema motivo del examen. b) Serán de aplicación las formalidades del art. 22. c) Terminado el acto, el presidente del jurado invitará al bachiller y al público a desocupar la sala para proceder a la calificación, ART ART ART Si el bachiller fuese desaprobado en el examen de la modalidad se levantará un acta adicional en la que el presidente del jurado fundamentará las causales de la desaprobación. El bachiller que desapruebe el examen para título profesional, podrá solicitar nueva fecha después de haber transcurrido treinta (30) días contados a partir de la desaprobación; para ello efectuará nuevo pago y actualizará toda su documentación y así proceder al nuevo sorteo de balotas. Procede este pedido hasta por segunda oportunidad. El presidente del jurado promediará las notas del examen escrito y oral y las consignará en el acta final que será firmada por los miembros del jurado. El promedio de la calificación escrita y oral tendrán las ponderaciones de uno (01) y dos (02), respectivamente; el medio punto favorece al ponente. Obtenido el promedio se levantará el acta de titulación respectiva, la que será firmada por los miembros del jurado luego de su lectura por el secretario.

15 ..// Resolución N R-UAP Pág. 15 ART ART El planeamiento, organización, ejecución y control de los cursos de actualización profesional por su modo de operación deben ser realizados por una comisión especial, presidida por el decano en calidad de miembro nato, y un coordinador ejecutor que designará al personal académico y administrativo de apoyo, si es necesario. El costo de los cursos de actualización profesional, el profesorado y los temas correspondientes, serán aprobados por el Vice Rectorado Administrativo, a propuesta de la comisión especial de los cursos de actualización profesional. El profesorado debe estar integrado en lo posible por profesionales de la universidad Alas Peruanas, de la mayor jerarquía en el campo profesional y académico. Por excepción, podrán ser profesores externos a la universidad de alta calificación en el tema. CAPITULO V DE LA OBTENCIÓN DEL TITULO PROFESIONAL POR LA MODALIDAD DE EXPOSICION DE EXPEDIENTES. Art Para optar el título de Abogado, se debe cumplir con los siguientes requisitos: a) El aspirante al título seleccionará dos expedientes judiciales: uno sobre materia jurídica civil, constitucional, laboral, administrativa, agraria o tributaria, que cuente con sentencias contradictorias y que se hallen ejecutoriadas; y otro sobre materia penal, que cuente con fallo de la Corte Suprema. b) La exposición y/o sustentación de los dos expedientes permitirán la discusión y el análisis jurídico correspondientes. c) El titulado deberá presentar cinco (5) ejemplares de los resúmenes de cada uno de los expedientes, con el correspondiente análisis procesal y las referencias doctrinarias y jurisprudenciales aplicables a los casos sub-materia.

16 ..// Resolución N R-UAP Pág. 16 d) Los resúmenes, con los análisis y referencias doctrinales y jurisprudenciales, serán considerados como examen escrito, debiendo el jurado efectuar la evaluación correspondiente. e) Los miembros del jurado recibirán los resúmenes con ocho (8) días de anticipación; la evaluación se efectuará de la siguiente manera: 1) APROBADO con derecho al examen oral; o 2) DESAPROBADO, con derecho a rehacer sus resúmenes. Art Art Art Art En el caso de desaprobación, el interesado dispondrá de sesenta (60) días calendario para presentar nuevos resúmenes; y si volviese a salir desaprobado, tendrá un plazo de un año. Para una nueva oportunidad se requiere autorización del Rector, mediante resolución. Es también requisito para la titulación, la presentación de una Constancia de práctica por no menos de noventa (90) días emitida por un Abogado en ejercicio que no pertenezca a la Universidad ALAS PERUANAS. Esta Constancia deberá ser acompañada por una certificación de un Colegio de Abogados que acredite la condición de hábil del abogado que la ha otorgado. Asimismo, el interesado presentará el Certificado del Ministerio de Justicia que acredite haber cumplido con el SECIGRA DERECHO, durante un año consecutivo, acompañado de un informe de ejecución. El trámite formal se inicia en la Oficina de Grados y Títulos con la presentación de los documentos señalados en el art.º 6º del presente reglamento y de los expedientes judiciales con sus correspondientes resúmenes.

17 ..// Resolución N R-UAP Pág. 17 TITULO V DE LA GRADUACIÓN Y TITULACION POR ESTUDIOS REALIZADOS EN OTRAS UNIVERSIDADES DEL PAIS Y EL EXTRANJERO CAPITULO I OBTENCIÓN DEL GRADO DE BACHILLER POR EGRESADOS DE OTRAS UNIVERSIDADES. ART El aspirante a bachiller procedente de otras universidades del país presentará los siguientes documentos: a) Solicitud dirigida al decano, por intermedio de la Oficina de Grados y Títulos. b) Partida de nacimiento, en original. c) Certificados originales de estudios de Educación Secundaria y de la Universidad de origen. d) Constancias de ingreso y egreso de la Universidad de procedencia. e) Copia simple de Libreta Electoral o DNI. f) Sílabos autentificados de los cursos estudiados en la Universidad de origen. g) 4 fotografías a color, tamaño pasaporte. h) Recibo de pago por derechos académicos del trámite de graduación. ART La Oficina de Grados y Títulos elevará el expediente al decano quien designará una comisión encargada de revisar los documentos presentados, debiendo emitir su informe en el plazo de diez (10) días. Si la comisión dictaminara que existe diferencia en la equivalencia curricular superior al 25% deberá precisar las asignaturas a convalidar. La matrícula en este caso requiere la anuencia del interesado; en este caso se le devolverán los documentos.

18 ..// Resolución N R-UAP Pág. 18 ART 52.- Si la solicitud fuera aprobada totalmente, el decano emitirá una resolución, solicitando al mismo tiempo autorización al Rector para que el interesado pueda graduarse y titularse en la Facultad señalada, de acuerdo a lo dispuesto en el presente reglamento. CAPITULO II OBTENCIÓN DEL TITULO PROFESIONAL POR BACHILLERES PROCEDENTES DE OTRAS UNIVERSIDADES Art Los graduados en otras universidades que hayan obtenido el grado de Bachiller podrán titularse, presentando los siguientes documentos: a. Diploma que acredite el grado de Bachiller. b. Certificados de estudios de educación secundaria; c. Certificados de estudios de la Universidad de procedencia, que acrediten haber concluido la carrera profesional; d. Certificado policial. e. Constancia de la Universidad de procedencia de no haber sido sancionado por medida disciplinaria; f. Cuatro (04) fotografías de frente a color, tamaño pasaporte g. Comprobante de pago por titulación, según tasa vigente. h. Comprobante de pago por diploma caligrafiado. Art Art Art Los documentos señalados en el artículo anterior serán presentados con solicitud, dirigida al decano de la Facultad. El decano nombrará una comisión ad. hoc para conocer de la solicitud y la documentación presentada, la que estará integrada por dos profesores que luego del estudio y revisión, emitirán el informe respectivo dentro del plazo de quince (15) días. En base al informe de la comisión, si fuera aprobado, el Decanato expedirá la resolución correspondiente, que será remitida después a la Secretaría General para la expedición de la resolución rectoral autorizando el examen.

19 ..// Resolución N R-UAP Pág. 19 Art Art Aprobado el trámite administrativo, el solicitante se matriculará en el Curso de Actualización considerado como la única modalidad a través de la cual podrá titularse. En el caso de que la comisión ad hoc encontrara insuficiente la documentación presentada, ella podrá señalar el número de créditos pendientes de aprobación, de modo que se pueda efectuar la matrícula respectiva. CAPITULO III REVALIDACIÓN DE GRADOS Y TITULOS DE PROFESIONALES PROCEDENTES DEL EXTRANJERO ART 59.- Los graduados o titulados en universidades extranjeras, cuyos países no posean Convenio de Cooperación Cultural con el Perú, podrán solicitar a la Universidad Alas Peruanas la revalidación de sus estudios, grados y títulos, para lo cual presentarán los siguientes documentos: a) Solicitud dirigida al Rector b) Diploma original y una fotocopia del mismo, con las legalizaciones consulares correspondientes. Iguales normas rigen para los certificados de estudios. c) Documento original y copia legalizada con la traducción oficial del diploma; certificados de estudios, currículos desarrollados, notas o certificados de otorgamiento de grado o título. Todo esto si el idioma fuera distinto del español; en caso contrario, los documentos serán normales. d) Acta de nacimiento y fotocopia legalizada del documento de identidad. Si el idioma fuera extranjero, traducción de aquellos. e) Recibo de pago por derechos de reválida, según tasa vigente. f) Cuatro (04) fotografías, tamaño pasaporte, a color.

20 ..// Resolución N R-UAP Pág. 20 ART 60.- ART 61.- Admitido el expediente, será derivado a la Facultad. El decano nombrará una comisión especial que se encargará del estudio respectivo, emitiendo su informe en el plazo de quince (15) días. Si el informe es positivo, el decano emitirá la resolución respectiva y solicitará al Rector la autorización para la reválida. Expedida ésta, se dispondrá el registro en el Libro correspondiente. TITULO VI DE LOS ACTOS CONDUCENTES A LA EXPEDICIÓN DEL DIPLOMA ART ART ART ART El jefe de la Oficina de Grados y Títulos presentará a la Secretaría General resumen de la documentación contenida en el expediente, la que verificará su conformidad para proceder a la emisión de la resolución. Luego, haciendo conocer a la Facultad remitirá al Rectorado para que lo someta al Directorio de la Universidad y pueda conferirse el título profesional correspondiente; posteriormente, la Oficina de Grados y Títulos procederá a la elaboración del diploma respectivo. La Oficina de Grados y Títulos remitirá el diploma para la firma del decano, luego de lo cual será enviada a la Secretaría General para las firmas del rector y secretario general. La Secretaría General remitirá, nuevamente al Decanato de la Facultad el diploma y el expediente. El Decanato entregará al titulado un comprobante que le autorice para firmar el registro en la Oficina de Grados y Títulos. En caso de ausencia o impedimento físico justificado, podrá tramitar la recepción del diploma otra persona mediante poder notarial.

21 ..// Resolución N R-UAP Pág. 21 ART ART Finalmente, el titulado se apersonará a la jefatura de la Oficina de Grados y Títulos con el comprobante indicado en el artículo anterior. Firmado el registro por el titulado, el jefe de dicha Oficina archivará el referido comprobante; de igual manera se procederá cuando el trámite se realice mediante poder notarial. La Facultad organizará la ceremonia académica, para la entrega de diplomas de grados académicos y/o títulos profesionales. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Dentro de los treinta (30) días de promulgado el presente reglamento, los decanos de las Facultades deberán remitir a la Oficina de Grados y Títulos las normas complementarias en relación con la titulación, para su revisión y trámite de aprobación por el Rectorado. DISPOSICIÓN FINAL: El presente reglamento entrará en vigencia a partir del período académico 2001-II. Artículo 2.- El Vicerrectorado Académico, el Vicerrectorado Administrativo, el jefe de la Oficina de Grados y Títulos y los decanos, son las las instancias encargadas para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese FIDEL RAMIREZ PRADO Rector CARLOS HINOJOSA UCHOFEN Secretario General CHU/mlh.

REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y T ITULOS DE LA UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y T ITULOS DE LA UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y T ITULOS DE LA UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA (Aprobado por Res-037-99-UPT-CU; Modificado por Res. Nº 056-99-UPT-CU, 170-2000- UPT-CU, 174-2000-UPT-CU, 060-2001-UPT-CU, 008-2004-UPT-CU,

Más detalles

Universidad Nacional de Ingeniería

Universidad Nacional de Ingeniería Universidad Nacional de Ingeniería Reglamento de Estudios de Postgrado y de Especialización (Aprobado: Consejo Universitario Sesión Ordinaria Nº 7 del 05-04-2006) BASE LEGAL Constituye base legal del Presente

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍTULOS

REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍTULOS REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍTULOS Lima, Perú 2012 Reglamento General de Grados y Títulos de la Universidad Peruana de Ciencias e Informática Ley Universitaria N 23733 Decreto Legislativo N 882 BASE

Más detalles

UNIVERSIDAD DE PANAMÁ VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO PARA EVALUACIÓN DE TÍTULOS Y OTROS ESTUDIOS

UNIVERSIDAD DE PANAMÁ VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO PARA EVALUACIÓN DE TÍTULOS Y OTROS ESTUDIOS UNIVERSIDAD DE PANAMÁ VICERRECTORÍA ACADÉMICA DIRECCIÓN DE CURRÍCULAR Y EVALUACIÓN DE TÍTULOS Y OTROS ESTUDIOS REGLAMENTO PARA EVALUACIÓN DE TÍTULOS Y OTROS ESTUDIOS Artículo 1: La Evaluación de un Título

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE FILOSOFIA, LETRAS Y CIENCIAS DE LA EDUCACION

REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE FILOSOFIA, LETRAS Y CIENCIAS DE LA EDUCACION REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE FILOSOFIA, LETRAS Y CIENCIAS DE LA EDUCACION CAPITULO I GRADOS Y TITULOS Art. 1.- La Facultad de Filosofía, Letras y Ciencias de la Educación de la Universidad

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER Y TÍTULO PROFESIONAL DE QUÍMICO FARMACÉUTICO

REGLAMENTO PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER Y TÍTULO PROFESIONAL DE QUÍMICO FARMACÉUTICO REGLAMENTO PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER Y TÍTULO PROFESIONAL DE QUÍMICO FARMACÉUTICO TÍTULO I DE LA FINALIDAD Y BASE LEGAL Art. 1º El presente Reglamento tiene por finalidad normar

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS ÍNDICE PÁGS. Contenido TÍTULO I GENERALIDADES... 3 CAPÍTULO I FUNCIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN DE GRADOS Y TÍTULOS... 3 TÍTULO II DE LA OBTENCIÓN DE GRADOS Y TITULOS...

Más detalles

REGLAMENTO DE TITULACIÓN

REGLAMENTO DE TITULACIÓN 1 de enero de 2014 ÍNDICE CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES... 2 CAPÍTULO II: ASESORÍA PARA OPTAR EL TÍTULO... 2 CAPÍTULO III: OTORGAMIENTO DE TÍTULO... 3 CAPÍTULO IV: DE LA EXPEDICIÓN E INSCRIPCIÓN

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS FISICAS CAPITULO I GENERALIDADES

REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS FISICAS CAPITULO I GENERALIDADES REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS FISICAS CAPITULO I GENERALIDADES ARTICULO 1 Los Grados y Títulos que otorga la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM) a nombre de la

Más detalles

REGLAMENTO NACIONAL DE COLEGIATURA E INSCRIPCIÓN DEL COLEGIO DE ARQUITECTOS DEL PERÚ

REGLAMENTO NACIONAL DE COLEGIATURA E INSCRIPCIÓN DEL COLEGIO DE ARQUITECTOS DEL PERÚ REGLAMENTO NACIONAL DE COLEGIATURA E INSCRIPCIÓN DEL COLEGIO DE ARQUITECTOS DEL PERÚ BASE LEGAL El presente Reglamento tiene por base legal: Constitución Política del Perú. Ley Nº 14085. Ley de creación

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE RECONOCIMIENTO, REVALIDACION Y CONVALIDACION DE TITULOS PROFESIONALES Y GRADOS ACADEMICOS OBTENIDOS EN EL EXTRANJERO

REGLAMENTO SOBRE RECONOCIMIENTO, REVALIDACION Y CONVALIDACION DE TITULOS PROFESIONALES Y GRADOS ACADEMICOS OBTENIDOS EN EL EXTRANJERO REGLAMENTO SOBRE RECONOCIMIENTO, REVALIDACION Y CONVALIDACION DE TITULOS PROFESIONALES Y GRADOS ACADEMICOS OBTENIDOS EN EL EXTRANJERO DECRETO UNIVERSITARIO EXENTO Nº 006895, DE 22 DE OCTUBRE DE 1993 Artículo

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LIMA ESCUELA UNIVERSITARIA DE NEGOCIOS FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN CARRERA DE NEGOCIOS INTERNACIONALES

UNIVERSIDAD DE LIMA ESCUELA UNIVERSITARIA DE NEGOCIOS FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN CARRERA DE NEGOCIOS INTERNACIONALES UNIVERSIDAD DE LIMA ESCUELA UNIVERSITARIA DE NEGOCIOS NORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS MODALIDADES PARA OPTAR EL TÍTULO DE LICENCIADO EN NEGOCIOS INTERNACIONALES Monterrico, Febrero

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LIMA ESCUELA UNIVERSITARIA DE NEGOCIOS FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN CARRERA DE NEGOCIOS INTERNACIONALES

UNIVERSIDAD DE LIMA ESCUELA UNIVERSITARIA DE NEGOCIOS FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN CARRERA DE NEGOCIOS INTERNACIONALES UNIVERSIDAD DE LIMA ESCUELA UNIVERSITARIA DE NEGOCIOS NORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS MODALIDADES PARA OPTAR EL TÍTULO DE LICENCIADO EN NEGOCIOS INTERNACIONALES Monterrico, Septiembre

Más detalles

Reglamento de Convalidaciones

Reglamento de Convalidaciones Reglamento de Convalidaciones Comisión de Elaboración del Reglamento: Dr. Gastón Jorge Quevedo Pereyra Mg. Aída Alicia Córdova Quinteros Dr. Mario Luis Peláez Pérez Mg. César Armando Rivera Lynch Jesús

Más detalles

REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO PROFESIONAL MEDIANTE LA MODALIDAD DE CURSOS ESPECIALES DE TITULACIÓN

REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO PROFESIONAL MEDIANTE LA MODALIDAD DE CURSOS ESPECIALES DE TITULACIÓN U N I V E R S I D A D A L A S P E R U A N A S REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO PROFESIONAL MEDIANTE LA MODALIDAD DE CURSOS ESPECIALES DE TITULACIÓN I. Presentar en Mesa de Partes, una solicitud

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN DEL CONOCIMIENTO DE IDIOMAS ANTE LAS UNIDADES ACADÉMICAS

REGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN DEL CONOCIMIENTO DE IDIOMAS ANTE LAS UNIDADES ACADÉMICAS REGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN DEL CONOCIMIENTO DE IDIOMAS ANTE LAS UNIDADES ACADÉMICAS CAPITULO I : DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto Artículo 2.- Unidad responsable Artículo 3.- Nivel de conocimiento

Más detalles

F. TITULACIÓN POR EXAMEN GENERAL PARA EL EGRESO DE LA LICENCIATURA (EGEL)

F. TITULACIÓN POR EXAMEN GENERAL PARA EL EGRESO DE LA LICENCIATURA (EGEL) LINEAMIENTOS GENERALES DE TITULACIÓN, OBTENCIÓN DEL DIPLOMA DE ESPECIALIZACIÓN Y GRADO DE MAESTRO O DOCTOR. (Aprobado por el H. Consejo Académico Universitario en sesión celebrada en Febrero de 2004) A.

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADUACION UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE EL SALVADOR

REGLAMENTO DE GRADUACION UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE EL SALVADOR REGLAMENTO DE GRADUACION UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE EL SALVADOR SAN SALVADOR, ABRIL DE 2013 1 REGLAMENTO DE GRADUACION DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE EL SALVADOR. CAPITULO I OBJETO Art. 1.- El presente

Más detalles

Especialización en Gestión de Recursos Humanos

Especialización en Gestión de Recursos Humanos Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Recursos Humanos Especialización en Gestión de Recursos Humanos Reglamento de la Carrera Contenido: Capítulo

Más detalles

UNIVERSIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES

UNIVERSIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN DE ASIGNATURAS (Aprobado por Resolución Rectoral Nro. 1180-2001-CU-R-USMP de 27 de setiembre de 2001) LIMA PERÚ 2 0 0 1 Artículo 1. REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN DE ASIGNATURAS

Más detalles

Programa de Doctorado en Derecho

Programa de Doctorado en Derecho Escuela Libre de Derecho Universidad Programa de Doctorado en Derecho UNIVERSIDAD ESCUELA LIBRE DE DERECHO Programa de Doctorado en Derecho ARTICULO 1 : El posgrado de Doctorado en Derecho de la Universidad

Más detalles

REGLAMENTACIÓN PARA REVÁLIDAS Y HABILITACIONES DE DIPLOMAS EXTRANJEROS

REGLAMENTACIÓN PARA REVÁLIDAS Y HABILITACIONES DE DIPLOMAS EXTRANJEROS ORDENANZA Nº 94/69 REGLAMENTACIÓN PARA REVÁLIDAS Y HABILITACIONES DE DIPLOMAS EXTRANJEROS REVÁLIDAS. ARTÍCULO 1º: Cualquiera fuere el diploma y su país de origen, la reválida comprende las carreras que

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA TITULACIÓN DE MÉDICOS ESPECIALISTAS POR LA MODALIDAD DE EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS

REGLAMENTO PARA LA TITULACIÓN DE MÉDICOS ESPECIALISTAS POR LA MODALIDAD DE EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS REGLAMENTO PARA LA TITULACIÓN DE MÉDICOS ESPECIALISTAS POR LA MODALIDAD DE EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS 2014 REGLAMENTO PARA LA TITULACIÓN DE MÉDICOS ESPECIALISTAS POR LA MODALIDAD DE EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS

Más detalles

Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Sistemas de Información

Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Sistemas de Información Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Sistemas de Información Especialización en Gestión de Sistemas de Información Reglamento de la Carrera Contenido:

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES E.A.P. de Turismo y Hotelería

UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES E.A.P. de Turismo y Hotelería UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES E.A.P. de Turismo y Hotelería I) DATOS INFORMATIVOS 1.1 Título del Proyecto Programa de Actualización Profesional para el Examen de Habilitación

Más detalles

Maestría en Administración Negocios con Orientación en Dirección en Recursos Humanos

Maestría en Administración Negocios con Orientación en Dirección en Recursos Humanos Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Maestría en Administración Negocios con Orientación en Dirección en Recursos Humanos ANEXO 1 Resolución Decanal Nº 237/11 REGLAMENTO DE

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA ADMINISTRACION

REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA ADMINISTRACION REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA ADMINISTRACION CAPITULO I Disposiciones Generales Art. 1.- La Facultad de Ciencias de la Administración confiere los grados ytítulos de tercer

Más detalles

FACULTAD DE DERECHO REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS

FACULTAD DE DERECHO REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS FACULTAD DE DERECHO REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS BASE LEGAL Ley Universitaria Nº 30220 Reglamento General de la Universidad Reglamento de Grados y Títulos de la Universidad TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO DE LA UACH

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO DE LA UACH REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO DE LA UACH CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Son estudios de posgrado los que se realizan después de licenciatura, conforme a las disposiciones

Más detalles

Reglamento de Postgrado. Capítulo I Disposiciones Fundamentales - Objetivos

Reglamento de Postgrado. Capítulo I Disposiciones Fundamentales - Objetivos Reglamento de Postgrado Capítulo I Disposiciones Fundamentales - Objetivos Artículo 1: Se consideran como estudios de Postgrado, aquellos que se realizan después de haber cursado una carrera universitaria

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍTULOS

UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍTULOS UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍTULOS Noviembre de 2011 ÍNDICE TÍTULO I Generalidades 3 TÍTULO II Constancia de Egresado 3 TÍTULO III Grado de Bachiller 4 TÍTULO IV Título profesional

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL

UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL ' d e la Jntejrnción ^/VOCÍODAI jf Reconocimiento de ^ucstrn ^ivcrsidod' RESOLUCION R. N 507-2012-CU-UNFV San Miguel, 2 1 FEB. 2012 Visto el Oficio N 059-2012-OCAA-UNFV, de fecha de recepción 23.01.2012,

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO DEPARTAMENTO DE GEOGRAFÍA Y TURISMO 2015

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO DEPARTAMENTO DE GEOGRAFÍA Y TURISMO 2015 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR DEPARTAMENTO DE GEOGRAFIA Y TURISMO REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO DEPARTAMENTO DE GEOGRAFÍA Y TURISMO 2015 El Programa de Posgrado del Departamento de Geografía y Turismo

Más detalles

REGLAMENTO DE LOS ESTUDIOS DE DOCTORADO

REGLAMENTO DE LOS ESTUDIOS DE DOCTORADO ÍNDICE SISTEMÁTICO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CAPÍTULO I. DE LA COMISIÓN DE DOCTORADO Artículo 1. De la constitución de la Comisión de Doctorado Artículo 2. De la presidencia de la Comisión de Doctorado Artículo

Más detalles

UNIVERSIDAD LAICA "ELOY ALFARO" DE MANABI FACULTAD DE COMERCIO EXTERIOR V NEGOCIOS INTERNACIONALES

UNIVERSIDAD LAICA ELOY ALFARO DE MANABI FACULTAD DE COMERCIO EXTERIOR V NEGOCIOS INTERNACIONALES UNIVERSIDAD LAICA "ELOY ALFARO" DE MANABI FACULTAD DE COMERCIO EXTERIOR V NEGOCIOS INTERNACIONALES Para el caso de los Esquemas del Plan de Negocios y Plan de Marketing, los egresados se atendrán a las

Más detalles

R E G L A M E N T O DE G R AD O S Y T Í T U L O S D E L A F A C U L T A D D E D E R E C H O

R E G L A M E N T O DE G R AD O S Y T Í T U L O S D E L A F A C U L T A D D E D E R E C H O R E G L A M E N T O DE G R AD O S Y T Í T U L O S D E L A F A C U L T A D D E D E R E C H O 2012-1 REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS DE LA FACULTAD DE DERECHO 1. GRADOS Y TÍTULOS La Facultad de Derecho de

Más detalles

Normas Académicas de la UP

Normas Académicas de la UP Normas Académicas de la UP 14. DEL RÉGIMEN DE EQUIVALENCIAS DE ESTUDIOS EN EL NIVEL DE GRADO 14.1. Equivalencias de estudios aprobados antes de ingresar 14.1.1. La Universidad puede reconocer, para completar

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA DIRECCIÓN NACIONAL DE EXTENSIÓN Y EDUCACIÓN CONTINUA. RESOLUCIÓN No. 001 DE 2005

UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA DIRECCIÓN NACIONAL DE EXTENSIÓN Y EDUCACIÓN CONTINUA. RESOLUCIÓN No. 001 DE 2005 UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA DIRECCIÓN NACIONAL DE EXTENSIÓN Y EDUCACIÓN CONTINUA RESOLUCIÓN No. 001 DE 2005 Por la cual se reglamentan los programas de diplomado en la Universidad Nacional de Colombia

Más detalles

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE Escuela de Ingeniería

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE Escuela de Ingeniería REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSTGRADO EN INGENIERIA Septiembre, 2007 TITULO I DEFINICIÓN Art. 1: El Programa de Postgrado en Ingeniería depende de la Escuela de Ingeniería y es conducente a los grados académicos

Más detalles

Administración de Negocios con orientación en Dirección de Sistemas de

Administración de Negocios con orientación en Dirección de Sistemas de Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Maestría en Administración de Negocios con Orientación en Dirección de Sistemas de Información Maestría en Administración de Negocios

Más detalles

Universidad del Salvador

Universidad del Salvador Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Anexo I Resolución Decanal Nº 215/09 Maestría en Dirección de Finanzas Reglamento de la Carrera Contenido: Capítulo 1: Consideraciones

Más detalles

PROCESO CAS N 336-2015-MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN ABOGADO PARA LA OFICINA GENERAL DE ASESORIA JURIDCA

PROCESO CAS N 336-2015-MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN ABOGADO PARA LA OFICINA GENERAL DE ASESORIA JURIDCA PROCESO CAS N 336-2015-MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN ABOGADO PARA LA OFICINA GENERAL DE ASESORIA JURIDCA ÁREA USUARIA PUESTO Oficina General de Asesoría Jurídica

Más detalles

PROCESO CAS N 699(2)-2014-MC SEGUNDA CONVOCATORIA

PROCESO CAS N 699(2)-2014-MC SEGUNDA CONVOCATORIA PROCESO CAS N 699(2)-2014-MC SEGUNDA CONVOCATORIA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN ABOGADO ESPECIALISTA PARA LA OFICINA GENERAL DE RECURSOS HUMANOS ÁREA USUARIA PUESTO

Más detalles

REGLAMENTO DE REVALIDACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS

REGLAMENTO DE REVALIDACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS U n i v e r s i d a d V e r a c r u z a n a LEGISLACIÓN UNIVERSITARIA REGLAMENTO DE REVALIDACION Y RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS 1 ÍNDICE PAG. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES 3 CAPÍTULO II REVALIDACIÓN

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA ESCUELA DE POSGRADO

UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA ESCUELA DE POSGRADO UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA ESCUELA DE POSGRADO MAESTRIAS DOCTORADOS 2015 Con más de 30 maestrías y 11 doctorados. Impulsando el desarrollo sostenible en el país y el mundo 1 REGLAMENTO DE ADMISION A

Más detalles

FAEDCOH REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO DE BACHILLER. Nota: Los pagos por cualquier concepto se realizan en caja de la Universidad.

FAEDCOH REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO DE BACHILLER. Nota: Los pagos por cualquier concepto se realizan en caja de la Universidad. FAEDCOH a) Solicitud dirigida al Decano solicitando el Grado Académico de Bachiller, en la parte posterior de la solicitud deben estar los sellos de no adeudar libros a biblioteca y no adeudar derechos

Más detalles

CAPITULO I OBJETO Y CAMPO DE APLICACION.

CAPITULO I OBJETO Y CAMPO DE APLICACION. EDUCACION BASICA Y E INCORPORACION DE TITULOS DE EDUCACION Materia: Educación Categoría: Reglamento Origen: MINISTERIO EDUCACION Estado: Vigente Naturaleza : Decreto Ejecutivo Nº: 82 Fecha:28/09/95 D.

Más detalles

REGLAMENTO DE REVALIDACIONES, ESTABLECIMIENTO DE EQUIVALENCIAS Y ACREDITACIÓN DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA

REGLAMENTO DE REVALIDACIONES, ESTABLECIMIENTO DE EQUIVALENCIAS Y ACREDITACIÓN DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA REGLAMENTO DE REVALIDACIONES, ESTABLECIMIENTO DE EQUIVALENCIAS Y ACREDITACIÓN DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente reglamento tiene por

Más detalles

1. OBJETO 2. CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL TRABAJO

1. OBJETO 2. CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL TRABAJO NORMAS BÁSICAS SOBRE EL RÉGIMEN DE LOS TRABAJOS FIN DE GRADO EN LOS GRADOS EN DERECHO Y EN CIENCIAS POLÍTICAS Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN DESARROLLO DEL CAPÍTULO XIII DE LAS NORMAS ACADÉMICAS DE

Más detalles

CAPÍTULO XIV RECONOCIMIENTO MUTUO DE CERTIFICADOS, TÍTULOS Y/O GRADOS ACADÉMICOS

CAPÍTULO XIV RECONOCIMIENTO MUTUO DE CERTIFICADOS, TÍTULOS Y/O GRADOS ACADÉMICOS CAPÍTULO XIV RECONOCIMIENTO MUTUO DE CERTIFICADOS, TÍTULOS Y/O GRADOS ACADÉMICOS Artículo 14.1: Relación con otros acuerdos 1. Las Partes reconocen: a) el Convenio Regional de Convalidación de Estudios,

Más detalles

REGLAMENTO DE TITULACIÓN CARRERA DE ENFERMERÍA

REGLAMENTO DE TITULACIÓN CARRERA DE ENFERMERÍA REGLAMENTO DE TITULACIÓN CARRERA DE ENFERMERÍA Actualizado 2015 Página 1 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES UNIVERSIDAD SEK 1. El siguiente reglamento de Proceso de Titulación de la Carrera de Enfermería

Más detalles

REGULACIÓN DE LOS TRABAJOS DE FIN DE MÁSTER EN LAS ENSEÑANZAS CONDUCENTES AL TÍTULO OFICIAL DE MÁSTER DE LA UNED.

REGULACIÓN DE LOS TRABAJOS DE FIN DE MÁSTER EN LAS ENSEÑANZAS CONDUCENTES AL TÍTULO OFICIAL DE MÁSTER DE LA UNED. Vicerrectorado de Investigación Aprobado en Consejo de Gobierno de 22 de junio de 2010 (Derogado por Comisión Permanente y Asuntos Generales del 10 de Junio de 2013 el artículo 4.5) REGULACIÓN DE LOS TRABAJOS

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO El Consejo Universitario en sesión del 18 de mayo de 1967, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos: CAPÍTULO

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LIMA ESCUELA UNIVERSITARIA DE NEGOCIOS FACULTAD DE ECONOMÍA CARRERA DE ECONOMÍA

UNIVERSIDAD DE LIMA ESCUELA UNIVERSITARIA DE NEGOCIOS FACULTAD DE ECONOMÍA CARRERA DE ECONOMÍA UNIVERSIDAD DE LIMA ESCUELA UNIVERSITARIA DE NEGOCIOS FACULTAD DE ECONOMÍA CARRERA DE ECONOMÍA NORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS MODALIDADES PARA OPTAR EL TÍTULO DE ECONOMISTA Monterrico,

Más detalles

REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN DE ASIGNATURAS Y RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS TITULO I : DE LA CONVALIDACION DE ASIGNATURAS CAP. I : DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN DE ASIGNATURAS Y RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS TITULO I : DE LA CONVALIDACION DE ASIGNATURAS CAP. I : DISPOSICIONES GENERALES UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DEL PERU FILIAL AREQUIPA REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN DE ASIGNATURAS Y RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS TITULO I : DE LA CONVALIDACION DE ASIGNATURAS CAP. I : DISPOSICIONES GENERALES Art.1

Más detalles

Universidad del Salvador

Universidad del Salvador Anexo I Resolución Decanal Nº 105/10 Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Finanzas Reglamento de la Carrera Contenido: Capítulo 1: Consideraciones

Más detalles

PROCESO CAS N 324-2015-MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN ABOGADO PARA LA DIRECCIÓN DE ARTES

PROCESO CAS N 324-2015-MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN ABOGADO PARA LA DIRECCIÓN DE ARTES PROCESO CAS N 324-2015-MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN ABOGADO PARA LA DIRECCIÓN DE ARTES ÁREA USUARIA PUESTO Dirección de Artes Abogado I. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN:

Más detalles

CAPÍTULO I GENERALIDADES

CAPÍTULO I GENERALIDADES REGLAMENTO DE CONTROL DE ACTIVIDADES LECTIVAS Y NO LECTIVAS DE PERSONAL DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO (Aprobado mediante Resolución N 884-2014-R de fecha 11 de diciembre de 2014) CAPÍTULO

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA ACTUARIAL

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA ACTUARIAL REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA ACTUARIAL TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica

Más detalles

RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 072-2011-CU.- CALLAO, 11 DE ABRIL DEL 2011, EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO:

RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 072-2011-CU.- CALLAO, 11 DE ABRIL DEL 2011, EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO: Universidad Nacional del Callao Oficina de Secretaría General Callao, 11 de abril del 2011 Señor Presente.- Con fecha once de abril del dos mil once, se ha expedido la siguiente Resolución: RESOLUCIÓN

Más detalles

Reglamentación sobre Homologación y Validación de Materias. Universidad de los Andes

Reglamentación sobre Homologación y Validación de Materias. Universidad de los Andes Reglamentación sobre Homologación y Validación de Materias Universidad de los Andes Aprobado por el Comité Directivo, en su sesión N 84-14 del 12 de febrero de 2014. 1. Objetivo. Este reglamento tiene

Más detalles

Reglamento del Programa de Intercambio Estudiantil: Outgoing Mobility / Incoming Mobility

Reglamento del Programa de Intercambio Estudiantil: Outgoing Mobility / Incoming Mobility Fechas de vigencia: 2015 en adelante Tipo y nombre de documento: Versión: definitiva Responsable/s de elaboración: Carolina Greising Página 1 de 7 Código: Reglamento del Programa de Intercambio Estudiantil:

Más detalles

NORMATIVA ACADÉMICA Y DE PROCEDIMIENTO 38. NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ÁVILA

NORMATIVA ACADÉMICA Y DE PROCEDIMIENTO 38. NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ÁVILA 38. NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA (Normativa adaptada a las Normas de Organización y Funcionamiento UCAV: Acuerdo de JCyL 64/2009, de 11 de junio, BOCyL 17/06/2009) FECHAS

Más detalles

REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE POSTGRADO

REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE POSTGRADO 0 1 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES DE LOS OBJETIVOS DEL REGLAMENTO Artículo 1. El presente Reglamento tiene como objetivo establecer las normas y procedimientos que regirán los estudios de Postgrado

Más detalles

VISTO, la Resolución CD Nº 720/09, mediante la cual se aprueban los Reglamentos de Trabajo Final de las carreras de Licenciaturas de la Facultad, y

VISTO, la Resolución CD Nº 720/09, mediante la cual se aprueban los Reglamentos de Trabajo Final de las carreras de Licenciaturas de la Facultad, y CONCEPCIÓN DEL URUGUAY, 14 DE MAYO DE 2012 VISTO, la Resolución CD Nº 720/09, mediante la cual se aprueban los Reglamentos de Trabajo Final de las carreras de Licenciaturas de la Facultad, y CONSIDERANDO:

Más detalles

REGLAMENTO DE TRABAJOS DE GRADO DE LA FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE TRABAJOS DE GRADO DE LA FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE TRABAJOS DE GRADO DE LA FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Aprobado por el Comité Curricular de la Facultad el 15 de marzo de 2011. Acta No. 2 de 2011 Artículo

Más detalles

Buenos Aires, 06 de septiembre de 2012. Carrera Nº 3.886/09

Buenos Aires, 06 de septiembre de 2012. Carrera Nº 3.886/09 1 RESOLUCIÓN N : 842/12 ASUNTO: Hacer lugar al recurso de reconsideración de la Resolución N 658 - CONEAU 11 y Acreditar con compromiso de mejoramiento la carrera de Maestría en Relaciones Comerciales

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADUACIÓN DEL SISTEMA DE CRÉDITOS DE LA FACULTAD DE ODONTOLOGÍA CAPITULO I GENERALIDADES DEL TRABAJO DE GRADUACIÓN

REGLAMENTO DE GRADUACIÓN DEL SISTEMA DE CRÉDITOS DE LA FACULTAD DE ODONTOLOGÍA CAPITULO I GENERALIDADES DEL TRABAJO DE GRADUACIÓN REGLAMENTO DE GRADUACIÓN DEL SISTEMA DE CRÉDITOS DE LA FACULTAD DE ODONTOLOGÍA CAPITULO I GENERALIDADES DEL TRABAJO DE GRADUACIÓN Art. 1.- CARACTERÍSTICAS.- Para obtener el título de Odontólogo, el estudiante

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS ACADÉMICOS Y TÍTULOS PROFESIONALES OBJETIVO:

REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS ACADÉMICOS Y TÍTULOS PROFESIONALES OBJETIVO: Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión V I C E R R E C T O R A D O A C A D É M I C O REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS ACADÉMICOS Y TÍTULOS PROFESIONALES Universidad Nacional José Faustino Sánchez

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSTGRADO

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSTGRADO REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSTGRADO Panamá, marzo de 2012 ÍNDICE DE CONTENIDO Página Capítulo I. Disposiciones Generales de los Estudios de Postgrado 2 Capítulo II. De los Programas de Especialización...

Más detalles

Estas preguntas y respuestas están referidas fundamentalmente a los estudios de Maestría.

Estas preguntas y respuestas están referidas fundamentalmente a los estudios de Maestría. Estimado Postulante: Hemos tomado conocimiento de su interés por los cursos de Maestría en Derecho. Con el objeto de satisfacer algunas de las interrogantes que posiblemente se formule, hemos preparado

Más detalles

Nombre del documento: Normativo para la acreditación de Lengua Extranjera

Nombre del documento: Normativo para la acreditación de Lengua Extranjera Página: 1 de 21 1. Propósito Establecer las normas y el procedimiento para la acreditación del requisito de lectura, traducción y comprensión de artículos técnico-científicos en una lengua extranjera por

Más detalles

Lo dispuesto en este artículo se aplicará también para los becarios avalados por la Universidad del Azuay.

Lo dispuesto en este artículo se aplicará también para los becarios avalados por la Universidad del Azuay. REGLAMENTO DE REVALIDACION Y EQUIPARACION DE TITULOS PROFESIONALES Y GRADOS ACADEMICOS CONFERIDOS EN EL EXTERIOR Y DE CONVALIDACION, HOMOLOGACION Y VALIDACION DE ESTUDIOS Art. 1.- La Universidad del Azuay

Más detalles

Que a fs. 16/22 de autos la Comisión de Asuntos Académicos aconseja aprobar lo solicitado. DICTAMEN C.A.A.Nº 096/15.

Que a fs. 16/22 de autos la Comisión de Asuntos Académicos aconseja aprobar lo solicitado. DICTAMEN C.A.A.Nº 096/15. SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 de setiembre de 2015 VISTO el Expediente S - 1507/2015 mediante el cual la Secretaría de Asuntos Académicos de esta Universidad, solicita modificación del REGLAMENTO DE INGRESO

Más detalles

PROCESO CAS N 725-2014-MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE UN SERVICIO DE ABOGADO/A PARA LA DIRECCIÓN DE CONSULTA PREVIA

PROCESO CAS N 725-2014-MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE UN SERVICIO DE ABOGADO/A PARA LA DIRECCIÓN DE CONSULTA PREVIA PROCESO CAS N 725-2014-MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE UN SERVICIO DE ABOGADO/A PARA LA DIRECCIÓN DE CONSULTA PREVIA ÁREA USUARIA PUESTO I. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: Dirección de

Más detalles

REGLAMENTO DE CARRERA ANEXO I RESOLUCIÓN DECANAL Nº 257/11

REGLAMENTO DE CARRERA ANEXO I RESOLUCIÓN DECANAL Nº 257/11 Contenido: Capítulo I: Consideraciones generales. Capítulo II: Instancias de gestión y asesoramiento. Capítulo III: Requisitos de admisión, selección de aspirantes y otorgamiento de Becas. Capítulo IV:

Más detalles

Universidad José Carlos Mariátegui. Reglamentos UJCM. Reglamento de: Protítulo. www.ujcm.edu.pe

Universidad José Carlos Mariátegui. Reglamentos UJCM. Reglamento de: Protítulo. www.ujcm.edu.pe Universidad José Carlos Mariátegui Reglamentos UJCM Reglamento de: Protítulo 2009 www.ujcm.edu.pe Universidad José Carlos Mariátegui REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE TITULACION (Aprobado por Resolución Nº 080-2003-CU-UJCM)

Más detalles

REGLAMENTO DE ESTUDIOS

REGLAMENTO DE ESTUDIOS Universidad José Carlos Mariátegui Comisión de Orden y Gestión REGLAMENTO DE ESTUDIOS Dr. Luis Alberto Rodríguez de los Ríos Vicepresidente Académico UJCM Moquegua - Perú, 2012 UNIVERSIDAD JOSÉ CARLOS

Más detalles

PROCESO CAS N 293-2015-MC

PROCESO CAS N 293-2015-MC PROCESO CAS N 293-2015-MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN ABOGADO PARA PARTICIPAR EN SERVICIOS DE CONTROL SIMULTÁNEO Y POSTERIOR PARA EL ORGABO DE CONTROL INSTITUCIONAL

Más detalles

PROCESO CAS N 131-2015-MC

PROCESO CAS N 131-2015-MC PROCESO CAS N 131-2015-MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN ANALISTA DE REDES PARA LA OFICINA DE INFORMATICA Y TELECOMUNICACIONES ÁREA USUARIA PUESTO Oficina de Informática

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA LA HOMOLOGACIÓN DEL TÍTULO DE DOCTOR OBTENIDO EN UNIVERSIDADES EXTRANJERAS

PROCEDIMIENTO PARA LA HOMOLOGACIÓN DEL TÍTULO DE DOCTOR OBTENIDO EN UNIVERSIDADES EXTRANJERAS PROCEDIMIENTO PARA LA HOMOLOGACIÓN DEL TÍTULO DE DOCTOR OBTENIDO EN UNIVERSIDADES EXTRANJERAS El R.D. 285/2004 de 20 de febrero (BOE de 4 de marzo), por el que se regulan las condiciones de homologación

Más detalles

Título I. Ámbito de aplicación y autoridades

Título I. Ámbito de aplicación y autoridades UNIVERSIDAD DE TALCA RECTORÍA CONTROL PREVIO DE LEGAL APROSADO 2014 FIJA TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGISTER EN DERECHO PENAL. VISTOS: Las facultades que me confieren los decretos con

Más detalles

Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración

Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Marketing Contenido: Posgrado de Especialización en Gestión de Marketing Reglamento de la Carrera Capítulo

Más detalles

T Í T U L O V I DEL CICLO DE VERANO NIVELACIÓN Y AVANCE ACADÉMICO CAPÍTULO I DEL OBJETIVO, REQUISITOS E INSCRIPCIÓN

T Í T U L O V I DEL CICLO DE VERANO NIVELACIÓN Y AVANCE ACADÉMICO CAPÍTULO I DEL OBJETIVO, REQUISITOS E INSCRIPCIÓN T Í T U L O V I DEL CICLO DE VERANO NIVELACIÓN Y AVANCE ACADÉMICO CAPÍTULO I DEL OBJETIVO, REQUISITOS E INSCRIPCIÓN Art.216º Art.217º Art.218º Art.219º Art.220º Art.221º Art.222º OBJETIVO La Universidad

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 13112 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA RESOLUCIÓN de 21 de abril de 2014, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan las pruebas para la obtención del Título de Graduado en Educación

Más detalles

UNIVERSIDAD DEL VALLE FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES Y EXACTAS PROGRAMA ACADEMICO DE BIOLOGIA REGLAMENTO INTERNO DEL TRABAJO DE GRADO

UNIVERSIDAD DEL VALLE FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES Y EXACTAS PROGRAMA ACADEMICO DE BIOLOGIA REGLAMENTO INTERNO DEL TRABAJO DE GRADO UNIVERSIDAD DEL VALLE FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES Y EXACTAS PROGRAMA ACADEMICO DE BIOLOGIA REGLAMENTO INTERNO DEL TRABAJO DE GRADO El comité del programa académico de Biología, teniendo en cuenta las

Más detalles

PROCESO CAS N 337-2015-MC

PROCESO CAS N 337-2015-MC PROCESO CAS N 337-2015-MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN ASISTENTE ADMINISTRATIVO PARA LA OFICINA GENERAL DE ASESORIA JURIDICA ÁREA USUARIA PUESTO Oficina General de

Más detalles

REQUISITOS DE ADMISIÓN. Acceso a los masters oficiales de acuerdo con el Real decreto 1393/2007 OBSERVACIONES

REQUISITOS DE ADMISIÓN. Acceso a los masters oficiales de acuerdo con el Real decreto 1393/2007 OBSERVACIONES REQUISITOS DE ADMISIÓN Acceso a los masters oficiales de acuerdo con el Real decreto 1393/2007 VÍAS OBSERVACIONES 1. Título universitario oficial español. (Licenciaturas, Ingenierías, Arquitecturas, Diplomaturas,

Más detalles

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LOS TÍTULOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LOS TÍTULOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE Acuerdo de aprobación de la Normativa de Reconocimiento y Transferencia de Créditos de los Títulos Oficiales de Grado y Máster de la Universidad Miguel Hernández. Con el objeto de adecuar la Normativa

Más detalles

PROCESO CAS N 017-2015-MC

PROCESO CAS N 017-2015-MC PROCESO CAS N 017-2015-MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN ABOGADO PARA ATENCIÓN DE LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS Y REMUNERATIVOS EN LA OFICINA GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUMBES FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES

UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUMBES FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUMBES FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES REGLAMENTO PARA OPTAR EL GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER EN DERECHO Y TÍTULO PROFESIONAL DE ABOGADO TITULO I GENERALIDADES Y BASE LEGAL

Más detalles

ANEXO I. Baremo para la valoración de méritos para el ingreso en el Cuerpo de Maestros.

ANEXO I. Baremo para la valoración de méritos para el ingreso en el Cuerpo de Maestros. ANEXO I Baremo para la valoración de méritos para el ingreso en el Cuerpo de Maestros. Los aspirantes no podrán alcanzar más de 10 puntos por la valoración de sus méritos. I. Experiencia docente previa

Más detalles

PROCESO CAS N 035-2015-MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN PROFESIONAL PARA EL ÁREA DE SELECCIÓN DE PERSONAL

PROCESO CAS N 035-2015-MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN PROFESIONAL PARA EL ÁREA DE SELECCIÓN DE PERSONAL PROCESO CAS N 035-2015-MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN PROFESIONAL PARA EL ÁREA DE SELECCIÓN DE PERSONAL ÁREA USUARIA PUESTO - 530 Oficina General de Recursos Humanos

Más detalles

REGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos

REGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos REGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos TITULO I DEL REGLAMENTO Y OBJETIVOS DE LOS PROGRAMAS DE MAGISTER DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA, DISEÑO Y ESTUDIOS URBANOS

Más detalles

1. ENSEÑANZAS DE MÁSTER OFICIALES DEL CURSO 2015-2016

1. ENSEÑANZAS DE MÁSTER OFICIALES DEL CURSO 2015-2016 ADMISIÓN EN ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER CURSO 2015-2016 1. ENSEÑANZAS DE MÁSTER OFICIALES DEL CURSO 2015-2016 La relación de Másteres que se impartirán en los centros propios y adscritos

Más detalles

No existe en nuestro país una ley específica que se refiera a ese supuesto en particular.

No existe en nuestro país una ley específica que se refiera a ese supuesto en particular. Ref. : Abogado extranjero en Chile Fecha : Julio de 2013 1. Existe en Chile alguna Ley que permita el trabajo de un Abogado Extranjero por un corto tiempo ofreciendo "servicios de asesoría en el marco

Más detalles

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Art.1o. Art.2o. Art.3o. La aprobación del grado de especialidad, maestría y doctorado en la Universidad La Salle Victoria para

Más detalles

RESOLUCIÓN DIRECCIÓN CARRERA DERECHO 6/2014. Establece versión actualizada del Reglamento de Evaluación de la Carrera de Derecho.

RESOLUCIÓN DIRECCIÓN CARRERA DERECHO 6/2014. Establece versión actualizada del Reglamento de Evaluación de la Carrera de Derecho. Universidad Católica de Temuco Facultad de Ciencias Jurídicas Carrera de Derecho Dirección RESOLUCIÓN DIRECCIÓN CARRERA DERECHO 6/2014 Establece versión actualizada del Reglamento de Evaluación de la Carrera

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA

REGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA REGLAMENTO SOBRE ADAPTACIÓN, RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA PREÁMBULO TÍTULO PRELIMINAR Artículo 1. Ámbito de aplicación Artículo 2. Definiciones TÍTULO PRIMERO:

Más detalles

Universidad José Carlos Mariátegui. Reglamentos UJCM. Reglamento de: Grados y Títulos. www.ujcm.edu.pe

Universidad José Carlos Mariátegui. Reglamentos UJCM. Reglamento de: Grados y Títulos. www.ujcm.edu.pe Universidad José Carlos Mariátegui Reglamentos UJCM Reglamento de: Grados y Títulos 2009 www.ujcm.edu.pe CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1º El presente Reglamento tiene por objeto establecer las

Más detalles