PROGRAMA AUTONÓMICO DE VIGILANCIA SANITARIA DEL GANADO PORCINO AÑO 2018
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- Purificación Alvarado Vidal
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1 PROGRAMA AUTONÓMICO DE VIGILANCIA SANITARIA DEL GANADO PORCINO AÑO 2018 Zaragoza a 25 de enero de 2018 DIRECCIÓN GENERAL DE ALIMENTACIÓN Y FOMENTO AGROALIMENTARIO SERVICIO DE SANIDAD ANIMAL Y VEGETAL 1
2 PROGRAMA AUTONÓMICO DE VIGILANCIA SANITARIA DEL GANADO PORCINO Año 2018 Desde el año 2006 se viene desarrollando el Plan de Vigilancia Sanitaria Serológica del ganado porcino, tal y como se detalla en el Real Decreto 1186/2006, de 13 de octubre que fue modificado en el año 2011 por el Real Decreto 599/2011, por el que se fijan las bases técnicas en las que se apoya la vigilancia de estas enfermedades, que vienen desarrolladas y adaptadas mediante el correspondiente Programa Nacional de Vigilancia Sanitaria Porcina. El plan de vigilancia tendrá, como se venía haciendo en años anteriores, un componente pasivo, fundamentado en campañas de información y concienciación, y otro activo basado en muestreos serológicos periódicos dirigidos al riesgo, así como de un plan de vigilancia de lesiones macroscópicas compatibles en mataderos. Además, se establece una vigilancia especial en las condiciones de limpieza y desinfección de los vehículos de transporte de animales vivos que procedan de los países de mayor riesgo en relación a la posibilidad de entrada de del virus de la PPA. El programa de vigilancia estará orientado principalmente hacia la detección temprana de las enfermedades porcinas que tradicionalmente han tenido mayor repercusión en el sector como son la peste porcina clásica (PPC), la peste porcina africana (PPA), y como novedad fundamental para 2018 enfermedad vesicular porcina (EVP), que se elimina la vigilancia activa, por lo que no se efectuará la serología como se venía efectuando. Desde el MAPAMA se ha comunicado que han iniciado los trámites para la modificación del RD 599/2011, trámites que durarán unos meses. Mientras tanto, la EVP se eliminara de forma efectiva de los programas de controles serológicos desde el inicio del 2018, independientemente de la tardanza en la aprobación del mencionado RD. Se elimina del Programa sanitario la vigilancia activa en jabalíes y en porcino doméstico la EVP (los controles serológicos). 1. DESARROLLO DEL PROGRAMA NACIONAL DE VIGILANCIA SANITARIA PORCINA El programa de vigilancia contará con dos componentes principales: un componente de vigilancia pasiva, basada en la notificación de sospechas por parte de ganaderos y veterinarios, y un componente de vigilancia activa basada en muestreos serológicos de la población susceptible, tanto doméstica como silvestre, así como de una investigación postmortem de lesiones macroscópicas compatibles con la enfermedad en mataderos tanto de intensivo como de extensivo. Adicionalmente se implantará un sistema de control de las condiciones de limpieza y desinfección de los vehículos de transporte de animales vivos procedentes de los países de mayor riesgo en relación a la posibilidad de entrada del virus del de la PPA. 2
3 1.1. Vigilancia Activa La vigilancia activa tendrá tres componentes: 1.1.1) Vigilancia serológica de explotaciones: muestreo serológico periódico de una muestra de la población de manera que sea representativa del censo porcino en la CA; 1.1.2) Vigilancia en movimientos intracomunitarios y de terceros países: análisis serológico de partidas de animales procedentes de movimientos intracomunitarios y/o de terceros países; 1.1.3) Vigilancia en mataderos; y 1.1.4) Vigilancia en la fauna silvestre (jabalíes) Vigilancia serológica de explotaciones 1.1.1a - Parámetros epidemiológicos Población objeto de vigilancia: El alcance del programa de vigilancia será toda explotación porcina registrada oficialmente en REGA con un censo de reproductoras superior a 10 madres o 20 animales de cebo. Prevalencia esperada por explotación: De acuerdo con la distribución efectuada por el MAPAMA con un tamaño de muestra que permite detectar la enfermedad si la prevalencia por explotación es superior al 0,5%, con una confianza del 95% (tabla 95/5), a la Comunidad Autónoma de Aragón nos corresponde la toma de muestras en 160 explotaciones. Por provincias corresponderán: 65 en Huesca, 30 en Teruel y 65 en Zaragoza. Prevalencia esperada por animales: En el caso de la PPA el tamaño de muestra debe permitir detectar la enfermedad en una explotación si en ésta la prevalencia de la enfermedad es igual o superior al 5% con un intervalo de confianza del 95% lo que supone un máximo de 59 muestras por explotación (tabla 95/5). En el caso de la PPC se usará un muestreo basado en una prevalencia esperada del 15% con un nivel de confianza del 95% lo que supone un máximo de 19 muestras por explotación (tabla 95/15). Cada unidad provincial seleccionará las explotaciones en base al riesgo de infección, eligiéndose aquellas explotaciones con un mayor riesgo de entrada de la enfermedad. Los factores de riesgo de mayor relevancia identificados en la bibliografía son: la introducción de animales vivos en la explotación, especialmente aquellas explotaciones que reciben animales vivos procedentes del comercio intracomunitario, el empleo de material genético procedente de otras explotaciones (estos dos factores en relación a la PPA son de especial relevancia debido a la aparición de la enfermedad en Bielorrusia cerca de la frontera con Polonia, Letonia y Lituania), el sistema productivo (considerándose de mayor riesgo el porcino criado en régimen extensivo por un mayor contacto con suidos silvestre) y por último aquellas explotaciones que, teniendo régimen intensivo y debido a su deficiente bioseguridad, puedan tener un mayor riesgo de introducción exógena del virus. 3
4 Una vez seleccionadas las explotaciones, en cada una de ellas se tomarán muestras serológicas, de manera aleatoria, de un número de animales acorde al Anexo I b - Análisis laboratorial e interpretación de los resultados Análisis serológico frente a PPC : Como mencionamos anteriormente, debido a que el riesgo de entrada de estas enfermedades no ha variado en los últimos años y salvo que exista una justificación epidemiológica que indique lo contrario, se analizarán de manera aleatoria una sola vez al año un máximo de 19 muestras por explotación. En total se investigaran 160 explotaciones con un máximo de 19 muestras por explotación (n=3040 muestras anuales). Análisis serológico frente a PPA: Se analizarán el total de muestras tomadas en las explotaciones seleccionadas en cada uno de los dos muestreos anuales. Por lo tanto, se investigarán 160 explotaciones anualmente con un máximo de 59 muestras por explotación (n=9440). Técnicas serológicas laboratoriales: Las muestras obtenidas se analizarán en los laboratorios designados por las CCAA mediante la técnica de ELISA para la detección de anticuerpos específicos frente a los virus de PPA y PPC. Interpretación de los resultados laboratoriales de las pruebas serológicas: Las muestras que resulten serológicamente positivas/dudosas mediante la técnica de ELISA en los Laboratorios de Sanidad Animal de las CA deberán ser remitidas al LCV de Algete con objeto de confirmar o descartar la presencia de enfermedad. Los resultados de los análisis de laboratorio realizados por el LCV de Algete serán comunicados a al Servicio de Sanidad Animal y Vegetal de la Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario. Los resultados de la vigilancia serológica serán remitidos anualmente por la Autoridad competente en sanidad animal de la Comunidad Autónoma a la Subdirección General de Sanidad e Higiene Animal y Trazabilidad del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA) siguiendo el modelo recogido en el Anexo II de este documento Vigilancia en movimientos intracomunitarios y de terceros países Una de las posibles vías de entrada de las enfermedades objeto de vigilancia es por la introducción de animales con destino para vida procedentes de otros países, especialmente si proceden de países en los que la enfermedad exista en la población doméstica o silvestre (caso de la PPC en jabalíes en determinados países centroeuropeos, o la PPA en Italia y Lituania), o bien territorios situados geográficamente próximos a terceros países considerados endémicos, como es el caso de Rusia, Bielorrusia o Ucrania, o con los que existen vínculos comerciales de riesgo debido a movimientos de vehículos de transporte de animales vivos a - Parámetros epidemiológicos 4
5 Población objeto de vigilancia: El alcance del programa de vigilancia en movimientos procedentes de otros países serán todos los movimientos de cerdos vivos con destino a cría o engorde. Número de partidas a vigilar: El número de partidas a analizar anualmente en todo el territorio de la Comunidad Autónoma será como mínimo de 13. Prevalencia esperada por animales: El tamaño de muestra debe permitir detectar la enfermedad en una partida si en ésta la prevalencia de la enfermedad es igual o superior al 5% con un nivel de confianza del 95% (table 95/5) 1.1.2b - Análisis laboratorial e interpretación de los resultados Técnicas serológicas laboratoriales: Las muestras obtenidas se remitirán al se remitirán al Laboratorio Agroambiental donde se analizarán mediante la técnica de ELISA, para la detección de anticuerpos de PPA y PPC. Los positivos se remitirán al LCV para su confirmación. Interpretación de los resultados laboratoriales de las pruebas serológicas: Los resultados de los análisis de laboratorio realizados por el LCV de Algete serán comunicados al Servicio de Sanidad Animal y Vegetal la Comunidad Autónoma Vigilancia en mataderos 1.1.3a - Objetivo: Reforzar el sistema de vigilancia sanitaria porcina mediante la investigación postmortem de lesiones macroscópicas compatibles con las enfermedades objeto de vigilancia, particularmente de PPA y PPC, si bien los animales deberán ser en todo caso objeto de una adecuada inspección ante mortem que permitiera la detección de las lesiones características de esta enfermedad b - Selección de los mataderos: Los mataderos han sido seleccionados en el ámbito nacional y en la Comunidad Autónoma de Aragón ha sido seleccionado el matadero FRIBIN, con código REGA ES , en el municipio de Binefar c - Parámetros epidemiológicos: Población objeto de la vigilancia : Todas las explotaciones porcinas que envíen animales para su sacrificio a los mataderos seleccionados. Prevalencia esperada explotaciones : Tendiendo en cuenta que el sistema de producción de las explotaciones es intensivo la prevalencia esperada será de al menos un 0,5%. Prevalencia animal: En caso de incursión de enfermedad en la explotación afectada se esperaría al menos un 10% de los animales afectados. El grado de confianza queda establecido en un 95% d - Técnica de Muestreo 5
6 Se investigarán un total de 100 explotaciones anuales. Las explotaciones objeto de vigilancia se seleccionarán fundamentalmente por los riesgos de entrada de enfermedad desde la Unidad de Recursos Ganaderos y Seguridad Agroalimentaria de Huesca. El titular de la explotación deberá informar a los Servicios Veterinarios Oficiales con suficiente antelación para proceder al examen en el matadero. Estas explotaciones se chequearan en el matadero FRIBIN. El veterinario responsable de la inspección examinará las canales de los animales sacrificados durante ese día hasta completar el número mínimo de explotaciones a investigar. En todo caso se tendrá en cuenta, a la hora de organizar las inspecciones del día, la posible presencia de otros signos compatibles que pudieran detectarse durante el examen rutinario antemortem llevado a cabo por el veterinario oficial del matadero (con el que se tendrá que establecer una buena comunicación), que se tendrán en cuenta a la hora seleccionar las explotaciones objeto de vigilancia en el examen postmortem. Como criterio general se deberán examinar un máximo de 29 canales procedentes de las explotaciones seleccionadas. El número de inspecciones realizadas anualmente sería el siguiente: 1.1.3e - Inspección postmortem en la vigilancia en el matadero La inspección postmortem de las canales se basará en la identificación de lesiones macroscópicas compatibles con PPA y PPC y será efectuada por los Servicios Veterinarios Oficiales de la CA, empleando para ello personal especialmente entrenado para la detección de lesiones compatibles con estas enfermedades. En caso de identificar lesiones compatibles con estas enfermedades en los órganos diana (lesiones cutáneas, así como lesiones en ganglios mesentéricos y mediastínicos, bazo, riñón, pulmón, vejiga, serosas o corazón), se procederá a la toma de muestras de las vísceras para su envío al LCV de Algete para su diagnóstico virológico. Se prestará especial atención a la posible detección de las siguientes lesiones: Esplenomegalia, bazo característico de color violáceo. Presencia de infartos en Bazo. Edema pulmonar severo. Cianosis y eritemas en piel (extremidades, orejas, pecho, abdomen y periné). Congestión hemorrágica y aumento de tamaño de ganglios linfáticos, especialmente mesentéricos, mediastínicos, renales y gastrohepáticos. Hemorragias petequiales en riñón, mucosa de la vejiga urinaria, pericardio y válvulas cardíacas. Hemorragias en la mayor parte de las serosas de los órganos internos. Edemas en las cavidades internas. 6
7 Pericarditis (serosa a fibrinosa). Procesos de necrosis (piel y cavidad bucal). Artritis 1.1.3f - Comunicación de los resultados En caso de la identificación de lesiones compatibles con las enfermedades objeto de vigilancia, el Servicio de Sanidad Animal y Vegetal informará de manera inmediata a la Subdirección General de Sanidad e Higiene Animal y Trazabilidad del MAPAMA, a través del correo electrónico sganimal@magrama, indicando la explotación de procedencia, el número de animales afectados, la descripción de las lesiones y el número y naturaleza de las muestras enviadas al LCV de Algete, que irán acompañadas en todo caso con la hoja de remisión de muestras correspondiente. Adicionalmente, y de forma inmediata se realizará una inspección clínica de la explotación sospechosa de la que proceden los animales en los que se detectaron las lesiones compatibles, revisándose en la misma los registros sanitarios y productivos en busca de cualquier indicio de enfermedad. En caso necesario se notificará oficialmente una sospecha de enfermedad siguiendo el protocolo establecido en el plan de contingencia de cada una de las enfermedades objeto de vigilancia. En todos los casos se debe realizar una comunicación anual de los resultados de la vigilancia siguiendo el modelo de remisión de resultados recogido en el Anexo III del presente documento Vigilancia activa en poblaciones de jabalíes Para implementar la vigilancia activa en jabalíes bastará con la realizada en el marco del programa de vigilancia de PPC en jabalíes, las enfermedades PPC, la PPA, y EA, con lo que se cubrirían las dos enfermedades objeto de vigilancia en el marco del presente programa. Se deberá realizar una comunicación anual de los resultados de la vigilancia en jabalíes siguiendo el modelo de tabla incluido en el mencionado programa que se puede encontrar en la aplicación RASVE de la página web del MAGRAMA accesible en el siguiente link: 2. Vigilancia Pasiva Con objeto de garantizar una pronta declaración de las sospechas de enfermedad que pudieran surgir en las explotaciones, desde las Autoridades Competentes de cada Comunidad Autónoma se realizarán campañas informativas de manera que los particulares descritos en el artículo 7.1 de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal, estén familiarizados con los signos clínicos de las enfermedades objeto de vigilancia en el marco del presente programa y detallados en el anexo II del RD 599/2011, de 29 de abril, por el que se establecen las bases del Programa Nacional de Vigilancia Sanitaria Porcina. 7
8 Cualquier sospecha dará lugar, en todos los casos, a la puesta en marcha de las acciones descritas en los respectivos manuales prácticos específicos para cada una de las enfermedades, notificándose obligatoriamente al órgano competente de la respectiva Comunidad Autónoma, y éste a su vez al MAPAMA a efectos de que éste pueda desarrollar sus competencias de coordinación y poner en marcha el Plan Coordinado Estatal de Alerta Sanitaria Veterinaria. 3. Control de las condiciones de limpieza y desinfección de vehículos provenientes de países de riesgo Riesgo de entrada de la enfermedad por medio de vehículos de transporte de animales vivos: Los vehículos de transporte son una vía frecuente de propagación de las enfermedades infecciosas del ganado, de modo que el 24% de los casos de propagación de enfermedades se atribuyen al transporte. Existen enfermedades de animales con gran capacidad de difusión, como la Fiebre aftosa o la Peste porcina africana, que pueden introducirse en la Unión Europea a través de la entrada de vehículos procedentes de terceros países afectados, con lo que conviene extremar las precauciones respecto al cumplimiento de esta normativa. Por ello, la desinfección de los vehículos para el transporte de animales constituye una medida eficaz para la prevención y lucha contra estas enfermedades. El Real Decreto 1559/2005, de 23 de diciembre, modificado por el Real Decreto 363/2009, de 20 de marzo, trata sobre las condiciones básicas que deben cumplir los centros de limpieza y desinfección de los vehículos dedicados al transporte por carretera en el sector ganadero. En esta normativa se exige que la limpieza y desinfección se realice en el centro autorizado más próximo al lugar donde se haya procedido a la descarga de los animales transportados. La Decisión de la Comisión 2011/78/UE, de 3 de febrero de 2011, sobre determinadas medidas para prevenir la transmisión del virus de la PPA desde Rusia, Bielorrusia o Ucrania a los territorios de la Unión, contempla la posibilidad de tomar medidas adicionales relativas a la limpieza y desinfección de vehículos procedentes de Rusia, Bielorrusia y Ucrania. La comunicación de casos positivos por PCR en muestras de jabalíes en el sur de Lituania y noreste de Polonia confirma la entrada de la PPA en los territorios de la UE y, por consiguiente, suponen un aumento significativo del riesgo de llegada de la enfermedad a nuestro país. Este mismo riesgo debemos tenerlo en cuenta en relación a los países que, aún no habiendo declarado focos de PPA, comparten frontera con terceros países que si están afectados por la enfermedad, caso de Bielorrusia, Rusia o Ucrania Control de la limpieza y desinfección de los vehículos: Los países comunitarios de mayor riesgo serán los siguientes: Letonia, Estonia, Lituania, Polonia, Eslovaquia, Hungría y Rumanía. 8
9 Se establecerá una vigilancia específica mediante controles especiales, tanto documentales como físicos, de las condiciones de limpieza y desinfección de los vehículos dedicados al transporte de cerdos vivos que procedan de los países considerados de riesgo anteriormente citados. En el caso de vehículos que vuelvan a España vacíos tras la descarga de animales en alguno de los países considerados de mayor riesgo, los controles consistirán en un procedimiento documental, donde se comprobará el certificado obligatorio de limpieza y desinfección expedido en el país de descarga de los animales (centro más próximo al lugar de la descarga) e inspección visual de los propios vehículos para comprobar que la limpieza y desinfección han sido efectivamente adecuadas. Para ello se comprobará si existe presencia de acúmulos de materia orgánica en los habitáculos en los que se alojaron los animales para su transporte. En caso de detectarse que el camión efectivamente presenta indicios que hagan pensar en que la limpieza y desinfección del vehículo no ha sido correcta, el vehículo será obligado a ir inmediatamente al centro autorizado más cercano para proceder a la limpieza y desinfección de forma adecuada, sin menoscabo de las sanciones a las que pueda estar sujeto por el incumplimiento de la Ley 8/2003, de sanidad animal. En el caso de tratarse de vehículos que transporten cerdos vivos con destino a España, se controlará especialmente que se procede a la adecuada limpieza y desinfección en el centro más cercano, tal y como establece el Real Decreto 159/ DURACIÓN El Programa de Vigilancia Sanitaria Porcina se desarrollará de forma anual por un tiempo indefinido. 5. RESPONSABILIDADES 5.1. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente La Subdirección General de Sanidad e Higiene Animal y Trazabilidad, perteneciente a la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria: Diseño general del programa, valoración de la adecuación del mismo y propuesta de aquellas modificaciones necesarias para alcanzar el objetivo establecido en el mismo. Valoración anual de los resultados del programa. Coordinación de las actuaciones que conlleve la aplicación del programa entre las unidades implicadas pertenecientes al MAGRAMA y las Autoridades Competentes en sanidad animal de las Comunidades Autónomas Autoridades con competencia en sanidad animal en las Comunidades Autónomas: Ejecución del Programa en su ámbito territorial. 9
10 Realización de campañas informativas sobre la sintomatología de las enfermedades porcinas objeto del programa a fin de facilitar la vigilancia pasiva. Realización en los Laboratorio Agroalimentario de la Comunidad Autónoma de las pruebas serológicas que correspondan. Remisión de los resultados del programa al MAPAMA en el plazo establecido Laboratorios de diagnóstico: El Laboratorio Central de Veterinaria de Algete es el Laboratorio Nacional de Referencia para la PPC y PPA. Los Servicios Oficiales de las Comunidad Autónoma podrá designar otros laboratorios para el diagnóstico de la PPC y PPA de explotaciones de su territorio. 6. COMUNICACIÓN DE RESULTADOS DEL PROGRAMA Los resultados del programa serán remitidos por la Autoridad Competente en sanidad animal de la Comunidad Autónoma antes del 31 de enero de cada año. Los datos serán remitidos al correo electrónico de la Subdirección General de Sanidad e Higiene Animal y Trazabilidad (sganimal@mapama.es). EL JEFE DE SERVICIO DE SANIDAD ANIMAL Y VEGETAL Zaragoza a 25 de enero de 2018 Fdo.: José Manuel Corzán Ripol 10
11 ANEXO I TABLAS PARA LA DETERMINACIÓN DE LA PRESENCIA DE ENFERMEDADES EN EXPLOTACIONES GANADERAS Calculo del tamaño de muestra para detectar una prevalencia de 20%, 10% ó 5%, con una fiabilidad del 95% CENSO % PREVALENCIA/CONFIANZA 95% 20% 10% 5% >
12 TABLA 95/15 Calculo del tamaño de muestra para detectar una prevalencia de un 15%, con una fiabilidad del 95% Tamaño población Tamaño muestra 0-13 Todos > TABLA 95/2 Calculo del tamaño de muestra para detectar una prevalencia del 2%, con una fiabilidad del 95% Tamaño población Tamaño muestra > TABLA 50/95/10 Calculo del tamaño de muestra necesario para estimar la prevalencia de la enfermedad bajo el supuesto de un 50% de prevalencia, con un error del 10% y un nivel de confianza del 95% Tamaño población Tamaño muestra
13 > ANEXO II RESUMEN DE LAS ANALÍTICAS Y CONTROLES DENTRO DEL PROGRAMA DE VIGILANCIA SANITARIA DEL GANADO PORCINO 1. Las explotaciones las seleccionarán las unidades provinciales : a) 65 en Huesca 65 en Zaragoza b) 35 en Teruel 2. Se investigará PPA y PPC a) Nº de muestras para PPA: máximo 59/explotación b) Nº de muestras para PPC: máximo 19/explotación 3. Entradas de la Unión Europea : a) Se controlarán como mínimo 13 entradas, pero cualquier entrada que lo solicite podrá remitir las muestras al Laboratorio Agroambiental. b) Se investigará PPA y PPC c) En número de muestras se ajustará a lo reflejado en la tabla 95/5 d) Las muestras se remitirán al Laboratorio Agroambiental, que las remitirá a Algete 4. Vigilancia en mataderos a) Se llevarán a cabo en el matadero FRIBIN b) Los controles se basarán en la identificación de lesiones macroscópicas compatibles con la PPA y PPC c) Se investigarán 100 explotaciones en 2018, de acuerdo a la tabla 95/10, con un máximo de 29 animales 13
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