NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY"

Transcripción

1 NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED MTN.GNG/NG5/W/ de septiembre de 1990 Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) Grupo de Negociación sobre la Agricultura POSICIÓN DEL JAPON RESPECTO DE LAS NORMAS Y DISCIPLINAS DEL GATT I. Medidas de ajuste en la frontera necesarias para los productos alimenticios básicos El Japón propone que se añadan los siguientes puntos a los articulos dei Acuerdo General para establecer normas relativas a los productos alimenticios básicos. Articulo XXI bis Excepciones relativas a la seguridad alimentaria 1. No deberá interpretarse ninguna disposición dei presente Acuerdo en el sentido de que impida a una parte contratante la adopción de medidas de ajuste en la frontera necesarias para mantener el nivel de producción interna de los productos alimenticios básicos que precisen por razones de seguridad alimentaria. 2. Los productos alimenticios básicos respecto de los que las partes contratantes podrán aplicar las medidas descritas en el párrafo 1 son los productos agropecuarios que reúnen todas las condiciones siguientes: a) que el producto sua una fuente importante de nutrición de los nacionales de la parte contratante de que se trate y constituya parte importante de su consumo diario de calorías; b) que las medidas internas necesarias se adopten o apliquen con respecto al producto en la parte contratante interesada con el fin de garantizar su producción estable y suficiente en circunstancias normales, y que fomenten la producción interna y el abastecimiento prioritario en épocas de déficit de alimentos. 3. En la aplicación de las medidas de ajuste en la frontera descritas en el párrafo 1 a los productos agropecuarios que reúnan las condiciones establecidas en el párrafo 2, la parte contratante interesada deberá observar todas las condiciones siguientes: a) la parte contratante de que se trate deberá indicar claramente el nivel de producción interno que necesite mantener con respecto a los productos alimenticios básicos de que se trate; SECRETARIA DEL GATT UR

2 Página 2 b) para adoptar las medidas descritas en el párrafo 1 deberá contarse con el apoyo expreso dei órgano supremo dei Estado de la parte contratante de que se trate; c) en la política dei gobierno de la parte contratante de que se trate deberá indicarse claramente que los productos alimenticios básicos de que se trata se regirán por lo siguiente: i) aplicación adecuada de las medidas con miras a alcanzar la producción prevista y aumentar la productividad con respecto a los productos alimenticios básicos de que se trate; excepto en casos de ayuda de buena fe, los productos alimenticios básicos de que se trate no se exportarán para eliminar excedentes de producción. 4. La parte contratante que aplique las medidas descritas en el párrafo 1 notificará a las partes contratantes los productos alimenticios básicos descritos en el párrafo 2 y el contenido de las medidas adoptadas; también se notificarán los cambios que se introduzcan en las medidas. Cuando así se solicite, la parte contratante que aplique estas medidas las examinará con las demás partes contratantes interesadas. II. Examen y aclaración de las condiciones de aplicación dei articulo XI.2 c) i) 1. El artículo XI.2 c) i) tiene la finalidad de asegurar la eficacia de las medidas gubernamentales para restringir la producción nacional, en vista de las características especiales de la agricultura en el sentido de que la producción se ve afectada considerablemente por las condiciones naturales y de que los productores son generalmente numerosos con operaciones en pequeña escala y difíciles de organizar. En otras palabras, la función de dicho artículo es estipular los medios por los cuales cada país pueda ocuparse adecuadamente de la inevitable producción excedentaria de productos agropecuarios que de otra manera se registraría debido a las características especiales de la agricultura arriba mencionadas. Tememos que sin un funcionamiento eficaz dei artículo, las subvenciones a la exportación se utilizarán como medio para colocar el excedente, lo que causará un daño enorme al comercio internacional de productos agropecuarios. Para establecer un sistema equitativo de comercio de productos agropecuarios, que es uno de los objetivos de la Ronda Uruguay, debe hacerse eficaz el funcionamiento dei artículo. 2. En relación con la aplicabilidad dei artículo, pueden señalarse los problemas siguientes: a) determinadas condiciones y prescripciones ya no corresponden a las actuales prácticas dei comercio de productos agropecuarios y a las innovaciones tecnológicas;

3 Página 3 b) entre los informes de los grupos especiales hay incoherencias en cuanto a la interpretación de las condiciones y prescripciones para la utilización dei Artículo XI 2 c)i). Asimismo, un grupo especial planteó dudas en cuanto a la adecuación de algunas de estas condiciones y prescripciones. 3. A la luz de lo que precede, deseamos proponer que se incluyan los siguientes puntos en el Código que se apruebe en el Grupo de Negociación sobre la Agricultura, para aclarar el artículo XI.2 c) i) y aumentar la eficacia de su funcionamiento conforme a las prácticas actuales dei comercio de productos agropecuarios. Los productos a los que se aplica el artículo XI.2 c) i) incluyen los siguientes productos elaborados que son prácticamente idénticos en el comercio internacional a los productos frescos con los que se han producido: a) los productos elaborados reversibles a los productos frescos sujetos a control de la producción nacional; b) los productos elaborados formados principalmente por los siguientes productos: i) productos obtenidos mediante la extracción dei ingrediente principal o la separación/condensación de los productos frescos sujetos a control de la producción; productos con la misma composición de ingredientes que los productos descritos en i). A. Con objeto de llegar a un acuerdo sobre esta cuestión, proponemos establecer un grupo de redacción formado por las partes interesadas y llevar a cabo debates intensivos. III. Aclaración sobre la interpretación y la aplicación dei articulo XX g) A. Productos pesqueros 1. La actividad de la industria pesquera se lleva a cabo en el marco de la política de conservación de los recursos, ya que la industria pesquera depende de la reproducción de recursos naturales agotables. 2. El artículo XX g) dei Acue-do General establece que las medidas necesarias para conservar los recursos naturales agotables como los recursos pesqueros no deberían estar sujetas a las normas generales dei Acuerdo General, a reserva de determinadas condiciones. 3. El Japón ha hecho todo lo posible por garantizar una gestión racional de los recursos pesqueros basada en disciplinas adecuadas adhiriéndose a las organizaciones internacionales de gestión de la industria pesquera

4 Página 4 Sin embargo, recientemente han surgido ciertas preocupaciones debidas al hecho de que las actividades pesqueras llevadas a cabo de manera desordenada por naciones que no son miembros de dichas organizaciones internacionales de gestión de la industria pesquera han disminuido la eficacia de las medidas de conservación adoptadas por dichas organizaciones. Esto privaría a dichas organizaciones de su propia razón de ser. El Japón considera que la importación y la comercialización de los productos pesqueros procedentes de países que no son miembros de dichas organizaciones acabaría anulando la eficacia de las medidas de conservación adoptadas por ellas. Por consiguiente, consideramos que en determinadas circunstancias será necesario restringir, de conformidad con el artículo XX g), la importación de estos productos pesqueros de una manera adecuada con el fin de conservar los recursos pesqueros que son recursos naturales agotables como se definen en dicho artículo. 4. Otra de nuestras preocupaciones es que, tratando de obliger a los demás países a adoptar medidas relativas a la conservación de un determinado recurso pesquero, algunos países pretenden ampliar, como sanción económica, el ámbito de la restricción de importación a los productos para los cuales no se adoptan medidas de conservación en el marco de la organización internacional encargada de ese determinado recurso pesquero. En este caso, dichas naciones pueden justificar las medidas de restricción de las importaciones sobre la base dei artículo XX g), aprovechando la ambigüedad relativa a la interpretación y aplicación de dicho articulo. Tal uso arbitrario dei artículo XX g) daría lugar a un abuso de las restricciones de las importaciones. 5. Para hacer frente a este tipo de situaciones, el Japón considera que es necesario convenir en criterios para la aplicación dei artículo XX g) con el fin de evitar futuros conflictos comerciales. 6. El Japón propone que el Código que se apruebe en este Grupo de Negociación establezca los siguientes criterios para la adopción de medidas relativas a la importación de productos pesqueros de conformidad con el artículo XX g): a) los productos pesqueros que podrán ser objeto de la restricción o prohibición de importación deberán cumplir los siguientes requisitos : i) los productos pesqueros que han sido producidos con animales de especies que son objeto de medidas de conservación adoptadas en virtud de un acuerdo internacional sobre las pesquerías o un acuerdo intergubernamental;

5 Página 5 la restricción o prohibición de importación de los productos pesqueros descritos en i) es necesaria para garantizar la eficacia de 1 didas de conservación adoptadas para los animales de íes que son objeto de un acuerdo internacional sobre x~e pesquerías o un acuerdo intergubernamental descritos en i); b) deben adoptarse medidas de reglamentación de la industria pesquera basándose en el acuerdo internacional sobre las pesquerías o el acuerdo intergubernamental descritos en a) i) en el país que pretenda imponer una restricción o prohibición de importación a los productos pesqueros descritos en a) para las actividades pesqueras de sus nacionales en lo relativo a los animales de las especies con los cuales se producen los productos pesqueros de que se trata; c) el acuerdo internacional sobre las pesquerías o el acuerdo intergubernamental descritos en a) i) deberá prever de manera adecuada la posibilidad de que las naciones interesadas se adhieran a él. B. Productos forestales Actualmente, ciertos países, aunque en numero limitado, aplican medidas de prohibición o restricción de las exportaciones de trozas, alegando que el principal objetivo de dichas medidas es la conservación de los recursos naturales. Sin embargo, en muchos casos, sólo reglamentan la exportación de trozas y no la exportación de productos forestales elaborados. Se supone que, a menos que las exportaciones de productos forestales elaborados sean también objeto de restricciones, las restricciones de las exportaciones de trozas por sí solas no son eficaces para la conservación de los recursos forestales. El Japón considera que dichas medidas no pueden justificarse en virtud dei artículo XX g). Por consiguiente, el Japón propone que en el Código que se apruebe en este Grupo de Negociación se aclaren los requisitos para la utilización dei artículo XX g) de manera que no puedan adoptarse este tipo de medidas.

RESTRICTED MÏN.GNG/NG5/W/42 MULTILATERALES 4 de febrero de 1988 GRUPO DE NEGOCIACIÓN SOBRE LA AGRICULTURA. Comunicación de Jamaica

RESTRICTED MÏN.GNG/NG5/W/42 MULTILATERALES 4 de febrero de 1988 GRUPO DE NEGOCIACIÓN SOBRE LA AGRICULTURA. Comunicación de Jamaica NEGOCIACIONES COMERCIALES RESTRICTED MÏN.GNG/NG5/W/42 MULTILATERALES 4 de febrero de 1988 RONDA URUGUAY Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) Ori feínal : inglés Grupo de

Más detalles

Organización de las Naciones Unidas

Organización de las Naciones Unidas NACIONES UNIDAS PIC Programa de las Naciones Unidaspara el Medio Ambiente Distr. GENERAL UNEP/FAO/PIC/INC.1/8 22 de diciembre de 1995 Organización de las Naciones Unidas ESPAÑOL Original: INGLÉS COMITÉ

Más detalles

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED MTN.GNG/NG14/W/27 26 de septiembre de 1988 Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) Grupo de Negociación sobre

Más detalles

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY MTN.GNG/NG1/W/49 17 de octubre de 1990 Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) Grupo de Negociación sobre los Aranceles

Más detalles

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED MTN.GNG/NG5/W/153 13 de febrero de 1990 Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) Original : inglés Grupo de

Más detalles

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED MTN.GNG/NGll/W/5/Add.1 29 de mayo de 1987 Distribución especial Grupo de Negociaciones sobra Mercancías (GATT) Grupo de Negociación sobre

Más detalles

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED MTN.GNG/NG11/W/46 24 de octubre de 19^9 Distribución especial 10 de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) Grupo de Negociación sobre los

Más detalles

RESTRICTED. n. tr)w)/, fl _ ia i Distribución especial Original: francés/

RESTRICTED. n. tr)w)/, fl _ ia i Distribución especial Original: francés/ NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) Grupo de Negociación sobre la Agricultura RESTRICTED Tf^'^'V",*» 21 de julio de 1989 n. tr)w)/, fl

Más detalles

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RESTRICTED MTN.GNG/NGS/W/107 4 de octubre de 1989 RONDA URUGUAY n4 4V ta Distribución especial Original: inglés Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) Grupo

Más detalles

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED MTN.GNG/NG5/W/130 28 de noviembre de 1989 Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) Grupo de Negociación sobre

Más detalles

ACUERDO GENERAL SOBRE

ACUERDO GENERAL SOBRE ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO Subcomlté del Comité del Comercio de Aeronaves Civiles RESTRICTED AIR/RN/l 24 de noviembre de 1992 Distribución especial Original: Inglés ELEMENTOS

Más detalles

Curso en línea para los países del IICA: La Agricultura y la OMC

Curso en línea para los países del IICA: La Agricultura y la OMC Curso en línea para los países del IICA: La Agricultura y la OMC Esta nota, elaborada por 1 el Centro de Análisis Estratégico para la Agricultura (CAESPA) del Instituto Interamericano de Cooperación para

Más detalles

«medida», cualquier acto u omisión, incluyendo las leyes, los reglamentos, los procedimientos, los requisitos o las prácticas;

«medida», cualquier acto u omisión, incluyendo las leyes, los reglamentos, los procedimientos, los requisitos o las prácticas; c) derechos u otras cargas establecidos de conformidad con la legislación nacional de una Parte y consistente con el artículo 87 del capítulo 1 del título II; «días», días calendario, incluidos los fines

Más detalles

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED MTN.GNG/NG2/RS/33 27 de septiembre de 1990 Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) Grupo de Negociación sobre

Más detalles

LIBRO VERDE DE LA COMISIÓN: PRINCIPIOS GENERALES DE LA LEGISLACIÓN ALIMENTARIA DE LA UE

LIBRO VERDE DE LA COMISIÓN: PRINCIPIOS GENERALES DE LA LEGISLACIÓN ALIMENTARIA DE LA UE LIBRO VERDE DE LA COMISIÓN: PRINCIPIOS GENERALES DE LA LEGISLACIÓN ALIMENTARIA DE LA UE Objetivos del libro verde 1. Examinar en qué medida la legislación responde a las necesidades y a las expectativas

Más detalles

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED MTN.GNG/NG7/W/29 30 de octubre de 1987 Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) Original: inglés Grupo de Negociación

Más detalles

MEDIDAS EN MATERIA DE INVERSIONES RELACIONADAS CON EL COMERCIO. Compilación informal hecha por la Secretaria. Revisión y actualización

MEDIDAS EN MATERIA DE INVERSIONES RELACIONADAS CON EL COMERCIO. Compilación informal hecha por la Secretaria. Revisión y actualización PROYECTO NOTA INFORMAL 16 de diciembre de 1987 MEDIDAS EN MATERIA DE INVERSIONES RELACIONADAS CON EL COMERCIO Compilación informal hecha por la Secretaria Revisión y actualización En la quinta reunión

Más detalles

RESTRICTED MTN.GNG/NGI4/W/33 24 de abril de 1989 COMUNICACIÓN DEL CANADA

RESTRICTED MTN.GNG/NGI4/W/33 24 de abril de 1989 COMUNICACIÓN DEL CANADA NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED MTN.GNG/NGI4/W/33 24 de abril de 1989 Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) Original: inglés Grupo de Negociación

Más detalles

Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) ' Grupo de Negociación sobre el Funcionamiento dei Sistema dei GATT

Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) ' Grupo de Negociación sobre el Funcionamiento dei Sistema dei GATT RESTRICTED NEGOCIACIONES COMERCIALES ~~,, MTN.GNG/NG14/W/42 MULTILATERALES 9 de julio de 1990 RONDA URUGUAY Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) ' Grupo de Negociación sobre

Más detalles

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED MTN.GNG/NG3/W/13 8 de junio de 1988 Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) Original : inglés Grupo de Negociación

Más detalles

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED MTN.GNG/NG2/RS/14 25 de abril de 1990 Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) Grupo de Negociación sobre las

Más detalles

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED MTN.GNG/NG11/W/63 30 de enero de 1990 Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) Grupo de Negociación sobre los

Más detalles

INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO. Revisión inicial del ámbito de aplicación del Reglamento sobre garantía del cumplimiento

INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO. Revisión inicial del ámbito de aplicación del Reglamento sobre garantía del cumplimiento COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 11.7.2017 COM(2017) 373 final INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO Revisión inicial del ámbito de aplicación del Reglamento sobre garantía del cumplimiento

Más detalles

El Tratado de Libre Comercio entre los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio y los Estados Centroamericanos

El Tratado de Libre Comercio entre los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio y los Estados Centroamericanos El Tratado de Libre Comercio entre los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio y los Estados Centroamericanos Síntesis El Tratado de Libre Comercio con los Estados de la Asociación Europea de

Más detalles

CAPÍTULO IX NORMAS, REGLAMENTOS TÉCNICOS Y PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD

CAPÍTULO IX NORMAS, REGLAMENTOS TÉCNICOS Y PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CAPÍTULO IX NORMAS, REGLAMENTOS TÉCNICOS Y PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD Articulo 9-01: Definiciones. Para efectos de este capítulo, se entenderá por: Acuerdo OTC: el Acuerdo sobre Obstáculos

Más detalles

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED MTN.GNG/NG2/RS/8 23 de abril de 1990 Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GAT, Grupo de Negociación sobre las

Más detalles

ACUERDO GENERAL SOB^á ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO

ACUERDO GENERAL SOB^á ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO ê ACUERDO GENERAL SOB^á ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO RESTRICTED MDF/3 " 14 de noviembre de 1984 Distribución limitada PROBLEMAS DEL COMERCIO DE CIERTOS PRODUCTOS OBTENIDOS DE LA EXPLOTACIÓN DE RECURSOS

Más detalles

RESTRICTED ACUERDO GENERAL SOBRE S^0'"; 85 : 11,«.. 29 de noviembre de 1985

RESTRICTED ACUERDO GENERAL SOBRE S^0'; 85 : 11,«.. 29 de noviembre de 1985 RESTRICTED ACUERDO GENERAL SOBRE S^0'"; 85 : 11,«.. 29 de noviembre de 1985 ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO Distribución limitada Exportaciones de mercancías cuya venta Original: inglés está prohibida en

Más detalles

Acuerdo General sobre el (AGCS)

Acuerdo General sobre el (AGCS) Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS) Como Funciona el AGCS Es un marco para la negociación (Art XIX) Cada miembro hace una lista de compromisos específicos dónde indica: En que sectores

Más detalles

Excepciones Generales. GATT Art XX

Excepciones Generales. GATT Art XX Excepciones Generales GATT Art XX Carga de prueba La parte quien invoca la excepción tiene la carga de prueba. Ya que haya probado cada elemento de la defensa, la otra parte tiene la carga. Si quedan iguales,

Más detalles

Diario Oficial de la Unión Europea REGLAMENTOS

Diario Oficial de la Unión Europea REGLAMENTOS L 28/2 4.2.2016 REGLAMENTOS REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2016/141 DE LA COMISIÓN de 30 de noviembre de 2015 por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) n. o 639/2014 en lo que se refiere a determinadas

Más detalles

RESTRICTED MTN.GNG/NG4/W/IO 15 de febrero de 1988 COMUNICACION DEL PAKISTAN

RESTRICTED MTN.GNG/NG4/W/IO 15 de febrero de 1988 COMUNICACION DEL PAKISTAN NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY Grupo de Negociaciones sobre Mercancias (GATT) Grupo de Negociaciôn sobre los Textiles y el Vestido RESTRICTED MTN.GNG/NG4/W/IO 15 de febrero de 1988..

Más detalles

MULTILATERALES RONDA URUGUAY

MULTILATERALES RONDA URUGUAY NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED fi'^ít^^a 2 de octubre de 1989 Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) Original : inglés Grupo de Negociación

Más detalles

RONDA URUGUAY nl JV Jx Distribución especial

RONDA URUGUAY nl JV Jx Distribución especial NEGOCIACIONES COMERCIALES RESTRICTED MULTILATERALES MTN.GNG/NG2/RS/20 4 de mayo de 1990 RONDA URUGUAY nl JV Jx Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) Grupo de Negociación

Más detalles

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED MTN.GNG/NG4/W/30 11 de diciembre de 1989 Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) Grupo de Negociación sobre

Más detalles

CONFERENCIA SOBRE LOS ASPECTOS ECONÓMICOS DE LOS AEROPUERTOS Y LOS SERVICIOS DE NAVEGACIÓN AÉREA

CONFERENCIA SOBRE LOS ASPECTOS ECONÓMICOS DE LOS AEROPUERTOS Y LOS SERVICIOS DE NAVEGACIÓN AÉREA Organización de Aviación Civil Internacional NOTA DE ESTUDIO CEANS-WP/7 30/5/08 CONFERENCIA SOBRE LOS ASPECTOS ECONÓMICOS DE LOS AEROPUERTOS Y LOS SERVICIOS DE NAVEGACIÓN AÉREA Montreal, 15-20 de septiembre

Más detalles

ACUERDO GENERAL SOBRE

ACUERDO GENERAL SOBRE ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO RESTRICTO 1 de noviembre de 1991 Distribución íimit.d. PARTES CONTRATANTES Cuadragésimo séptimo periodo de lesiones 3-5 de diciembre de 1991 ORDEN DEL

Más detalles

CORRELACIÓN ENTRE LOS LIBROS IV Y V DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INVERSIONES

CORRELACIÓN ENTRE LOS LIBROS IV Y V DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INVERSIONES CORRELACIÓN ENTRE LOS LIBROS IV Y V DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INVERSIONES LIBRO IV DEL COMERCIO EXTERIOR, SUS ÓRGANOS DE CONTROL E INSTRUMENTOS LIBRO V DE LA COMPETITIVIDAD SISTÉMICA

Más detalles

RESTRICTED COMERCIO Y MEDIO AMBIENTE. Declaración de la delegación de Nueva Zelandia

RESTRICTED COMERCIO Y MEDIO AMBIENTE. Declaración de la delegación de Nueva Zelandia ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO RESTRICTED Spec(91)36 8 de julio de 1991 CONSEJO Original: inglés 29 y 30 de mayo Punto 1 COMERCIO Y MEDIO AMBIENTE Declaración de la delegación de

Más detalles

COMUNICACIÓN DE SUIZA

COMUNICACIÓN DE SUIZA NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED 7 de julio de 1989 Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) Grupo de Negociación sobre las Medidas en Materia

Más detalles

CHINA MEDIDAS RELATIVAS A LA EXPORTACIÓN DE DIVERSAS MATERIAS PRIMAS (DS398)

CHINA MEDIDAS RELATIVAS A LA EXPORTACIÓN DE DIVERSAS MATERIAS PRIMAS (DS398) CHINA MEDIDAS RELATIVAS A LA EXPORTACIÓN DE DIVERSAS MATERIAS PRIMAS (DS398) ANTECEDENTES Nombre del caso: País Reclamante: País Demandado: Solicitud de consultas: China Medidas Relativas a la Exportación

Más detalles

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED 10 de julio de 1989 Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) Grupo de Negociación sobre la Agricultura Original

Más detalles

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED MTN.GNG/NGS/W/137 7 de diciembre de 1989 Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) n i~i ~i i ix Original: ingles

Más detalles

CAPÍTULO 7 MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS

CAPÍTULO 7 MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS CAPÍTULO 7 MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS Artículo 7.1: Definiciones Las definiciones del Anexo A del Acuerdo MSF se incorporan a este Capítulo y forman parte del mismo, mutatis mutandis. Artículo

Más detalles

REPÚBLICA DE LA INDIA - MERCOSUR ACUERDO PREFERENCIAL DE COMERCIO -------------------------------------------------------------------------------- Capítulo I Objeto del Acuerdo Artículo 1 A los fines del

Más detalles

Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural PROYECTO DE OPINIÓN. de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural

Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural PROYECTO DE OPINIÓN. de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural PARLAMENTO EUROPEO 2009-2014 Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural 2011/0231(COD) 8.2.2012 PROYECTO DE OPINIÓN de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural para la Comisión de Medio Ambiente,

Más detalles

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED ^" ÏÏîTîoon 30 de abril de 1990 Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) Grupo de Negociación sobre las Medidas

Más detalles

Capítulo 3. Comercio de Mercancías

Capítulo 3. Comercio de Mercancías Capítulo 3 Comercio de Mercancías Artículo 3.1: Trato Nacional Cada Parte otorgará trato nacional a las mercancías de la otra Parte de conformidad con el Artículo III del GATT 1994, incluidas sus notas

Más detalles

Explicación del Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias ( Acuerdo SMC ) 1

Explicación del Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias ( Acuerdo SMC ) 1 Explicación del Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias ( Acuerdo SMC ) 1 El Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias ( Acuerdo SMC ) trata dos cuestiones distintas pero íntimamente

Más detalles

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED MTN.GNG/NGU/W/11 9 de julio de 1987 Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) O.ginal: inglés Grupo de Negociación

Más detalles

Capítulo Ocho. Defensa Comercial. Sección A: Salvaguardias

Capítulo Ocho. Defensa Comercial. Sección A: Salvaguardias Capítulo Ocho Defensa Comercial Sección A: Salvaguardias Artículo 8.1: Imposición de una Medida de Salvaguardia 1. Una Parte podrá aplicar una medida descrita en el párrafo 2, sólo durante el período de

Más detalles

Conferencia General 30ª reunión, París C

Conferencia General 30ª reunión, París C Conferencia General 30ª reunión, París 1999 30 C 30 C/30 18 de agosto de 1999 Original: Francés e inglés Punto 7.5 del orden del día provisional PROYECTO DE CONVENCION SOBRE LA PROTECCION DEL PATRIMONIO

Más detalles

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED MTN.GNG/NG2/RS/A 25 de abril de 1990 Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) Grupo de Negociación sobre las

Más detalles

Propuesta de DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

Propuesta de DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 11.2.2014 COM(2014) 4 final 2014/0033 (COD) Propuesta de DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO que modifica las Directivas 89/608/CEE, 90/425/CEE y 91/496/CEE en lo

Más detalles

ADHESIÓN DE KAZAJSTÁN

ADHESIÓN DE KAZAJSTÁN ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO Grupo de Trabajo sobre la Adhesión de Kazajstán RESTRICTED 18 de marzo de 2004 (04-1213) Original: inglés ADHESIÓN DE KAZAJSTÁN Plan de acción de la República de Kazajstán

Más detalles

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 1.6.2017 COM(2017) 263 final 2017/0108 (NLE) Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO por la que se establece un procedimiento simplificado para la fijación de las posiciones de la

Más detalles

SITUACIÓN DE LOS TRABAJOS EN LOS GRUPOS ESPECIALES Y APLICACIÓN DE LOS INFORMES DE ESTOS GRUPOS. Informe del Director General

SITUACIÓN DE LOS TRABAJOS EN LOS GRUPOS ESPECIALES Y APLICACIÓN DE LOS INFORMES DE ESTOS GRUPOS. Informe del Director General ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO RESTRICTED C/156 7 de junio de 1988 Distribución limitada CONSEJO 15 de junio de 1988 SITUACIÓN DE LOS TRABAJOS EN LOS GRUPOS ESPECIALES Y APLICACIÓN

Más detalles

Sujeto a revisión CAPÍTULO VEINTICUATRO EXCEPCIONES ARTÍCULO 24.1: EXCEPCIONES GENERALES

Sujeto a revisión CAPÍTULO VEINTICUATRO EXCEPCIONES ARTÍCULO 24.1: EXCEPCIONES GENERALES CAPÍTULO VEINTICUATRO EXCEPCIONES ARTÍCULO 24.1: EXCEPCIONES GENERALES 1. Para efectos de los Capítulos Dos (Trato Nacional y Acceso a Mercado de Mercancías), Tres (Reglas de Origen), Cuatro (Procedimientos

Más detalles

RECOMENDACION : R118

RECOMENDACION : R118 RECOMENDACION : R118 RECOMENDACIÓN SOBRE LA PROTECCIÓN DE LA MAQUINARIA, 1963 RECOMENDACIÓN SOBRE LA PROTECCIÓN DE LA MAQUINARIA Lugar:Ginebra Sesion de la Conferencia:47 Fecha de adopción:25 de junio

Más detalles

CONSEJO INTERNACIONAL DE LA CARNE

CONSEJO INTERNACIONAL DE LA CARNE ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO RESTRICTED IMC/INV/8/Rev.2 7 de julio de 1988 Acuerdo de la Carne de Bovino Original: inglés CONSEJO INTERNACIONAL DE LA CARNE Catálogo de las políticas

Más detalles

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN 17.2.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 61/5 DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 11 de febrero de 2016 por la que se adoptan decisiones de importación de la Unión de determinados productos

Más detalles

ACUERDO GENERAL SOBRE. ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO? C *u de 1980 RESTRICTED. Acuerdo de la Carne de Bovino

ACUERDO GENERAL SOBRE. ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO? C *u de 1980 RESTRICTED. Acuerdo de la Carne de Bovino ... '. " " - - '..;. : ' '. -.. '...... '. -. ' ' : ' ' ' ' ACUERDO GENERAL SOBRE RESTRICTED ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO? C *u de 1980 Acuerdo de la Carne de Bovino. i.. se CONSEJO INTERNACIONAL DE

Más detalles

RESTRICTED CONSEJO INTERNACIONAL DE PRODUCTOS LÁCTEOS

RESTRICTED CONSEJO INTERNACIONAL DE PRODUCTOS LÁCTEOS ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO RESTRICTED DPC/INV/5/Add.4/Suppl.1 8 de abril de 1993 Dl8tribuci6n e. P eci.i Acuerdo Internacional de lo8 Original: inglés Productos Lácteos CONSEJO

Más detalles

Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones

Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones 2012R0737 ES 29.05.2015 001.001 1 Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones B REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 737/2012 DE LA COMISIÓN de

Más detalles

CONVENCIÓN SOBRE EL COMERCIO INTERNACIONAL DE ESPECIES AMENAZADAS DE FAUNA Y FLORA SILVESTRES

CONVENCIÓN SOBRE EL COMERCIO INTERNACIONAL DE ESPECIES AMENAZADAS DE FAUNA Y FLORA SILVESTRES CoP13 Doc. 12.3 CONVENCIÓN SOBRE EL COMERCIO INTERNACIONAL DE ESPECIES AMENAZADAS DE FAUNA Y FLORA SILVESTRES Decimotercera reunión de la Conferencia de las Partes Bangkok (Tailandia), 2-14 de octubre

Más detalles

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED MTN.GNG/NG5/W/59 29 de abril de 1988 Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) Grupo de Negociación sobre la

Más detalles

CAPÍTULO 2. Medidas de Defensa Comercial. Sección 1. Artículo 37. Disposiciones generales

CAPÍTULO 2. Medidas de Defensa Comercial. Sección 1. Artículo 37. Disposiciones generales CAPÍTULO 2 Medidas de Defensa Comercial Sección 1 ANTI-DUMPING Y MEDIDAS COMPENSATORIAS Artículo 37 Disposiciones generales 1. Las Partes reafirman sus derechos y obligaciones derivados en virtud del Acuerdo

Más detalles

Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO. relativo al trato arancelario a las mercancías originarias de Ecuador

Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO. relativo al trato arancelario a las mercancías originarias de Ecuador COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 1.10.2014 COM(2014) 585 final 2014/0287 (COD) Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativo al trato arancelario a las mercancías originarias de Ecuador

Más detalles

El Tratado de Libre Comercio entre los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio y los Estados Centroamericanos

El Tratado de Libre Comercio entre los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio y los Estados Centroamericanos El Tratado de Libre Comercio entre los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio y los Estados Centroamericanos Síntesis El Tratado de Libre Comercio con los Estados de la Asociación Europea de

Más detalles

WT/DS475/R Como se ha expuesto anteriormente con más detalle, el Grupo Especial constata que:

WT/DS475/R Como se ha expuesto anteriormente con más detalle, el Grupo Especial constata que: - 384 - consideradas "leyes, decretos u órdenes" o, como mínimo, instrumentos jurídicos de aplicación general, en los términos de la nota al párrafo 1 del Anexo B. La prescripción impuesta por Rusia de

Más detalles

Subsidios, antidumping, acuerdos regionales de comercio, entendimientos sobre solución de diferencias

Subsidios, antidumping, acuerdos regionales de comercio, entendimientos sobre solución de diferencias Capítulo 6 Subsidios, antidumping, acuerdos regionales de comercio, entendimientos sobre solución de diferencias Marco El marco de las negociaciones en las áreas de subsidios y antidumping está constituido

Más detalles

Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones

Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones 2005R2166 ES 01.01.2011 001.001 1 Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones B REGLAMENTO (CE) N o 2166/2005 DEL CONSEJO de 20 de diciembre

Más detalles

Principales indicadores ambientales: Estado de situación en los foros multilaterales

Principales indicadores ambientales: Estado de situación en los foros multilaterales Principales indicadores ambientales: Estado de situación en los foros multilaterales Lic. M. Daniela Guaras Dirección Nacional de Relaciones Agroalimentarias Internacionales mguara@minagri.gob.ar 11 de

Más detalles

AFIRMANDO que el Examen del comercio de especímenes animales declarados como producidos en cautividad debería ser transparente, oportuno y simple;

AFIRMANDO que el Examen del comercio de especímenes animales declarados como producidos en cautividad debería ser transparente, oportuno y simple; Conf. 17.7 Examen del comercio de especímenes animales notificados como producidos en cautividad CONSIDERANDO que en los párrafos 4 y 5 del Artículo VII de la Convención se prevé un régimen especial para

Más detalles

Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo

Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo NACIONES UNIDAS TD Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo Distr. GENERAL TD/RBP/CONF.5/8 23 de agosto de 2000 ESPAÑOL Original: INGLÉS/RUSO CUARTA CONFERENCIA DE LAS NACIONES UNIDAS

Más detalles

Acuerdo OTC: Descripción General

Acuerdo OTC: Descripción General III - Acuerdo Sanitario y Fitosanitario (MSF) y Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC) Módulo 3 Acuerdo OTC: Descripción General Servicio de Calidad de los Alimentos y Normas Alimentarias Dirección de Alimentación

Más detalles

Capítulo VII Defensa Comercial. Sección A: Medidas de Salvaguardia Bilaterales

Capítulo VII Defensa Comercial. Sección A: Medidas de Salvaguardia Bilaterales Capítulo VII Defensa Comercial Sección A: Medidas de Salvaguardia Bilaterales Artículo 7.1: Definiciones Para los efectos de esta Sección, se entenderá por: amenaza de daño grave: la clara inminencia de

Más detalles

ACUERDO GENERAL SOBRE

ACUERDO GENERAL SOBRE ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO RESTRICTED AIR/RN/8 20 de abril de 1993 Distribución especial Subcomité del Comité del Comercio Original: inglés de Aeronaves Civiles ELEMENTOS DEL

Más detalles

COMERCIO INTERNACIONAL DE PRODUCTOS DE LA AGRICULTURA FAMILIAR. Emb. Agustín Espinosa Brasilia, 25 de octubre de 20171

COMERCIO INTERNACIONAL DE PRODUCTOS DE LA AGRICULTURA FAMILIAR. Emb. Agustín Espinosa Brasilia, 25 de octubre de 20171 COMERCIO INTERNACIONAL DE PRODUCTOS DE LA AGRICULTURA FAMILIAR Emb. Agustín Espinosa Brasilia, 25 de octubre de 20171 MERCADOS EXTERIORES PARA LOS PRODUCTOS DE LA AGRICULTURA FAMILIAR Una empresa o cooperativa

Más detalles

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 12.6.2018 COM(2018) 453 final 2018/0239 (NLE) Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo para impedir la pesca no

Más detalles

COMITÉ DE ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y JURÍDICOS. 86.º período de sesiones. Roma, 7 8 de mayo de 2009 DEFINICIÓN DE ÓRGANOS RECTORES

COMITÉ DE ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y JURÍDICOS. 86.º período de sesiones. Roma, 7 8 de mayo de 2009 DEFINICIÓN DE ÓRGANOS RECTORES Mayo de 2009 S COMITÉ DE ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y JURÍDICOS 86.º período de sesiones Roma, 7 8 de mayo de 2009 DEFINICIÓN DE ÓRGANOS RECTORES INTRODUCCIÓN 1. El Plan inmediato de acción para la renovación

Más detalles

( ) Página: 1/6 RUSIA - MEDIDAS QUE AFECTAN AL TRÁFICO EN TRÁNSITO SOLICITUD DE ESTABLECIMIENTO DE UN GRUPO ESPECIAL PRESENTADA POR UCRANIA

( ) Página: 1/6 RUSIA - MEDIDAS QUE AFECTAN AL TRÁFICO EN TRÁNSITO SOLICITUD DE ESTABLECIMIENTO DE UN GRUPO ESPECIAL PRESENTADA POR UCRANIA 10 de febrero de 2017 (17-0899) Página: 1/6 Original: inglés RUSIA - MEDIDAS QUE AFECTAN AL TRÁFICO EN TRÁNSITO SOLICITUD DE ESTABLECIMIENTO DE UN GRUPO ESPECIAL PRESENTADA POR UCRANIA La siguiente comunicación,

Más detalles

ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCI ELES ADUANEROS Y COMERCIO

ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCI ELES ADUANEROS Y COMERCIO ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCI ELES ADUANEROS Y COMERCIO REST1ICTED ADP/V/87 10 de octubre de 1984 Distribución especial CoaltS de Pr&cticaa Antidumping Comité de Subvenciones Medida» Compensatorias Original:

Más detalles

Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 10.1.2012 COM(2011) 938 final 2011/0465 (COD)C7-0010/12 Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativo a determinados procedimientos de aplicación del

Más detalles

1. Cada Parte mantiene sus derechos y obligaciones bajo el Artículo XIX del GATT de 1994 y el Acuerdo sobre Salvaguardias.

1. Cada Parte mantiene sus derechos y obligaciones bajo el Artículo XIX del GATT de 1994 y el Acuerdo sobre Salvaguardias. CAPÍTULO OCHO DEFENSA COMERCIAL SECCIÓN A: MEDIDAS DE SALVAGUARDIA GLOBAL ARTÍCULO 8.1: MEDIDAS DE SALVAGUARDIA GLOBAL 1. Cada Parte mantiene sus derechos y obligaciones bajo el Artículo XIX del GATT de

Más detalles

FERNÁNDEZ EGEA, Rosa María, Comercio de mercancías y protección del medio ambiente en la OMC, Marcial Pons, 2008, 430 pp.

FERNÁNDEZ EGEA, Rosa María, Comercio de mercancías y protección del medio ambiente en la OMC, Marcial Pons, 2008, 430 pp. REVISTA CATALANA DE DRET AMBIENTAL Vol. I Núm. 1 (2010): 1 5 - Recensió - FERNÁNDEZ EGEA, Rosa María, Comercio de mercancías y protección del medio ambiente en la OMC, Marcial Pons, 2008, 430 pp. La monografía

Más detalles

ACUERDO GENERAL SOBRE ^3}

ACUERDO GENERAL SOBRE ^3} RESTRICTED ACUERDO GENERAL SOBRE ^3} ullo de 1985 ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO Distribución limitada Original: inglés COMUNICACIÓN DE NUEVA ZELANDIA EN RELACIÓN CON LAS FUTURAS NEGOCIACIONES COMERCIALES

Más detalles

RONDA DE NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES

RONDA DE NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA DE NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES NUR 051 10 de noviembre de 1992 EN RESUMIDAS CUENTAS: CUAL SERIA EL CONTENIDO DE UN PACTO FINAL EN LA RONDA URUGUAY? La Ronda Uruguay es la negociación

Más detalles

CAPÍTULO SIETE DEFENSA COMERCIAL

CAPÍTULO SIETE DEFENSA COMERCIAL CAPÍTULO SIETE DEFENSA COMERCIAL SECCIÓ N A: MEDIDAS DE SALVAGUARDIA ARTÍCULO 7.1: APLICACIÓ N DE UNA MEDIDA DE SALVAGUARDIA Si como resultado de la reducción o eliminación de un derecho de aduanas en

Más detalles

CAPÍTULO SIETE MEDIDAS DE SALVAGUARDIA Y DEFENSA COMERCIAL. Sección A - Medidas de Salvaguardia

CAPÍTULO SIETE MEDIDAS DE SALVAGUARDIA Y DEFENSA COMERCIAL. Sección A - Medidas de Salvaguardia CAPÍTULO SIETE MEDIDAS DE SALVAGUARDIA Y DEFENSA COMERCIAL Sección A - Medidas de Salvaguardia Artículo 701: Artículo XIX del GATT de 1994 y del Acuerdo sobre Salvaguardias 1. Cada Parte conserva sus derechos

Más detalles

Diario Oficial n L 321 de 30/12/1995 p

Diario Oficial n L 321 de 30/12/1995 p Decisión n 3052/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 1995, por la que se establece un procedimiento de información mutua sobre las medidas nacionales de excepción al principio

Más detalles

TEMA 1.- La regulación del comercio internacional:

TEMA 1.- La regulación del comercio internacional: Economía Española: Sector Exterior. ( Prof. Jorge E. Martínez Pérez) TEMA 1.- La regulación del comercio internacional: Del GATT (General Agreement on Tariffs and Trade) (1947) a la OMC (1995) Bibliografía

Más detalles

Otros asuntos que según el Convenio deben ser examinados en la Conferencia de las Partes

Otros asuntos que según el Convenio deben ser examinados en la Conferencia de las Partes ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD CONFERENCIA DE LAS PARTES EN EL CONVENIO MARCO DE LA OMS PARA EL CONTROL DEL TABACO Primera reunión Puntos 5.2 y 5.3 del orden del día provisional A/FCTC/COP/1/INF.DOC./3

Más detalles

CAPÍTULO OCHO MEDIDAS DE EMERGENCIA. Acuerdo sobre Salvaguardias significa el Acuerdo sobre Salvaguardias de la OMC;

CAPÍTULO OCHO MEDIDAS DE EMERGENCIA. Acuerdo sobre Salvaguardias significa el Acuerdo sobre Salvaguardias de la OMC; CAPÍTULO OCHO MEDIDAS DE EMERGENCIA Artículo 8.01: Definiciones Para efectos de este Capítulo: Acuerdo sobre Salvaguardias significa el Acuerdo sobre Salvaguardias de la OMC; amenaza de daño grave significa

Más detalles

ARTICULO II.l b) DEL ACUERDO GENERAL. Nota de la Secretaría

ARTICULO II.l b) DEL ACUERDO GENERAL. Nota de la Secretaría NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED MTN.GNG/NG7/W/12 10 de agosto de 1987 Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) Grupo de Negociación sobre los

Más detalles

CAPÍTULO 1 DISPOSICIONES INICIALES Y DEFINICIONES GENERALES. Sección A: Disposiciones Iniciales

CAPÍTULO 1 DISPOSICIONES INICIALES Y DEFINICIONES GENERALES. Sección A: Disposiciones Iniciales CAPÍTULO 1 DISPOSICIONES INICIALES Y DEFINICIONES GENERALES Sección A: Disposiciones Iniciales ARTÍCULO 1.1: ESTABLECIMIENTO DE UNA ZONA DE LIBRE COMERCIO De conformidad con el Artículo XXIV del GATT 1994

Más detalles

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED MTN.GNG/NG2/RS/2/Add.l 30 de octubre de 1990 Distribución especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) Grupo de Negociación

Más detalles

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES NEGCIACINES CMERCIALES MULTILATERALES RNDA URUGUAY RESTRICTED MTN.GNG/NG2/W/33 24 de mayo de 1989 Distribuciôn especial Grupo de Negociaciones sobre Mercancias (GATT) riginal: franees Grupo de Negociaciôn

Más detalles

MULTILATERALES ' G f' 5, im, 9 de febrero de 1987 RONDA URUGUAY

MULTILATERALES ' G f' 5, im, 9 de febrero de 1987 RONDA URUGUAY NEGOCIACIONES COMERCIALES RESTRICTED MULTILATERALES ' G f' 5, im, 9 de febrero de 1987 RONDA URUGUAY Grupo de Negociaciones sobre Mercancías (GATT) QUINTA REUNION DEL GRUPO DE NEGOCIACIONES SOBRE MERCANCÍAS

Más detalles