INSTRUCTIVO SET Nº 3.- Versión Actualizada
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- Rosa Álvarez Quintana
- hace 10 años
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1 ALCANCE Y OBJETIVO Asunción, 10 de diciembre de Las Resoluciones Generales Nros: 10/07 y 12/07 regulan diversos aspectos relativos al sistema integrado de recopilación de información, obligaciones de los agentes de información, así como especificaciones técnicas, jurídicas y prácticas para la utilización del Software HECHAUKA en el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes, como agentes de información. Que la experiencia recogida en la aplicación de las disposiciones legales de referencia, hacen recomendable formular las aclaraciones pertinentes de tal forma a facilitar su comprensión y en consecuencia su cumplimiento por lo que resulta de toda conveniencia poner a conocimiento de los interesados en general, las interrogantes formuladas con mas frecuencia y sus correspondientes respuestas. Qué es Hechauka? Software cliente Hechauka Es un programa de computadoras, elaborado por la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), con el fin de facilitar la recopilación de datos proveídos por las personas obligadas a informar el detalle de sus actividades comerciales y garantizar la mejor calidad posible en la recepción de la información. Este sistema es gratuito y proporcionado por la SET, puede ser obtenido por las personas afectadas en las Resoluciones Generales (RG) Nros. 10/07 y 12/07. Agente de Información o Informante Persona física o jurídica obligada a suministrar información a la SET en medios magnéticos y en forma periódica, como soporte de las transacciones reflejadas en sus declaraciones juradas u otras operaciones. Informado Proveedor / Cliente 1
2 Es toda persona física o jurídica informada por el Agente de Información; es decir es el proveedor o cliente, según sea el caso, con el cual el Agente de Información mantuvo algún tipo de relación comercial. 1. Cuáles son las informaciones que deben ser proveídas a la SET? Las informaciones a ser presentadas a través de las Declaraciones Juradas Informativas (DJI) HECHAUKA son las siguientes: HECHAUKA Declaración Jurada Informativa (DJI) Número Formulario Obligación Libro de Compras Libro de Compras Exportadores Libro de Ventas Régimen de Turismo Importaciones y Distribuidores Autorizados Régimen de Turismo Ventas Régimen de Turismo Inventario Retenciones en la Fuente Retenciones realizadas por Administradoras de Tarjetas de Crédito Quiénes son las personas obligadas? DJI/912 Personas obligadas Los exportadores que hubieran registrado la generación del crédito fiscal por operaciones de exportación y efectuado una solicitud de crédito a partir del 1/01/2006, debiendo informar todas sus compras y/o prestación de servicios. DJI/921 Personas obligadas También los exportadores que por primera vez soliciten créditos a través del sistema Marangatú, a partir del periodo en que hubieran registrado la generación del crédito fiscal. En otras palabras, a partir del mes que el 2
3 contribuyente haya declarado la DJ del IVA, los créditos afectados a exportaciones o desde Octubre/07, el que resultare posterior. DJI/911 Personas obligadas Todos los autoimpresores que han sido autorizados como tales por la SET, a partir del periodo fiscal Octubre/07. Para aquellos autorizados posteriormente, a partir del mes de dicha autorización. DJI/921 Personas obligadas Las demás personas designadas por la SET, a partir del periodo siguiente de la notificación. DJI/923 Personas obligadas Todos los contribuyentes beneficiarios con el régimen de turismo, a partir de Octubre/07. DJI/931 Personas obligadas Los Organismos de la Administración Central y los Exportadores que actúen como Agentes de Retención, a partir de Octubre de Las demás personas designadas por la SET, a partir del periodo siguiente de la notificación. DJI/932 Personas obligadas Las empresas o entidades administradoras y procesadoras de tarjetas de crédito o las que ejerzan la tarea de efectuar pagos a comerciantes adheridos al sistema de tarjetas de crédito, a partir octubre de Cuál es la vigencia para las obligaciones de carácter mensual? Sistema HECHAUKA: Las informaciones de carácter MENSUAL (Compras, Ventas y Retenciones), correspondientes al mes de OCTUBRE DE 2007 en adelante, se presentarán dentro del mes subsiguiente al período fiscal que se declara conforme al siguiente cuadro: 3
4 PERIODO MES DE VENCIMIENTO Octubre de 2007 Diciembre de 2007 Noviembre de 2007 Enero de 2008 Diciembre de 2007 Febrero de 2008 Enero de 2008 Marzo de 2008 Febrero de 2008 Abril de 2008 Marzo de 2008 Mayo de 2008 Y así sucesivamente para los periodos siguientes. 4. Cuál es la vigencia para las obligaciones de carácter semestral? El vencimiento para la presentación de las DJI de carácter SEMESTRAL (Régimen de Turismo) se detalla en el siguiente cuadro: Personas Obligadas Períodos a ser Informados Período Fiscal del Formulario Vencimiento RÉGIMEN DE TURISMO Art. 9º y 10º- R.G. 10/07 Art. 4º - R.G. 12/07 Julio a Septiembre de 2007 (Con el Formato de la Res. Nº 1021/2005) Diciembre de 2007 Enero de 2008 F. 223: Import. y Distrib. Autoriz. F. 224: Ventas. F. 225: Inventario. Octubre a Diciembre de 2007 Enero a Junio de 2008 Diciembre de 2007 Junio de 2008 Febrero de 2008 Agosto de 2008 Julio a Diciembre De 2008 en adelante Diciembre de 2008 Febrero de 2009 Y así sucesivamente para los periodos siguientes. 4
5 5. Cómo se almacenan y entregan dichos datos? 1º Se REGISTRAN los datos del Agente de Información (RUC, DV y NOMBRES). 2º Se ALMACENA/CARGA el detalle de las transacciones realizadas. FORMA DE CARGA DEL DETALLE DE LOS INFORMADOS /DECLARAR MOVIMIENTOS A) Manual: Hechauka permite registrar los datos de las transacciones en forma manual y detallada. En este caso podrá crear y mantener los datos de los informados (Comunicando los datos de los Clientes y/o Proveedores del Contribuyente) y el registro de movimientos de las transacciones.(declarar los Movimientos relacionados al Informado y de acuerdo al tipo de Información a ser declarada). B) Importar: A partir de los Archivos existentes y creando un archivo plano podrá importar la información que precisa ser declarada.(conteniendo los datos de los Informados y los registros de los movimientos de las transacciones). 3º Se GUARDA la información cargada. 4º La información que haya sido registrada en forma Manual o importada de un archivo plano, deberá ser guardada. El sistema Hechauka genera un archivo con extensión ZIP. Cuya estructura es de la siguiente manera: DJIaaaamm_929d0914_ _921.zip DJI: Declaración Jurada Informativa aaaamm: Período fiscal informado 929d0914: Numero de Control. 5
6 : RUC del Agente de Información; sin DV. 921: Código de la obligación a informar. zip: El archivo se genera comprimido en todos los casos 5º Imprimir dos copias del talón Resumen generada por el sistema Hechauka. A fin de presentar juntamente con el archivo con extensión ZIP. (DJI) 6º Forma de Presentación: En la PAC: Presentar dos copias del Talón Resumen y el archivo generado a través del Software Hechauka en memoria USB, CD, diskette. Por Internet: El Usuario debe contar con la clave de acceso Podrá presentar su DJI, a través del Software Cliente. En la opción habilitada para tal efecto. Para ello debe enviar el archivo generado a través del Software Hechauka con extensión ZIP. Podrá imprimir una copia del talón resumen. 6. Cuál es el procedimiento para cumplir esta nueva norma? 1º En primer lugar se debe obtener el Software de la página de la SET y 2º Se almacena/carga los datos en Hechauka en forma manual o utilizando la opción de importar. 7. Los contribuyentes que son Agentes de Información del COA, que deben presentar su información en los períodos Enero/2007 a Septiembre/2007, continuarán presentando su información en el mismo formato en los meses subsiguientes? Los contribuyentes designados en su oportunidad como Agentes de Información del Sistema COA, deberán presentar la información correspondiente al periodo Enero a Setiembre/2007, en el formato establecido por ese sistema, en Noviembre/2007, conforme al calendario perpetuo. A partir del mes señalado en el punto 3 de este Instructivo y conforme a las Resoluciones Generales Nros. 10/07 y 12/07, sólo los contribuyentes afectados 6
7 al nuevo sistema de recopilación de datos Hechauka lo harán obligatoriamente. 8. Se puede presentar las informaciones del COA con el nuevo formato de RUC numérico establecido por la SET? El sistema del COA, en su estructura acepta solamente el identificador RUC alfanumérico, no obstante la Administración recepcionará la información de los contribuyentes inclusive con el RUC numérico, para lo cual se debe completar con cero (0) a la izquierda hasta completar los 11 dígitos. 9. Aquellos contribuyentes que emitan o reciban las Notas de Crédito y/o Débito?. Como deben informar con el Software Hechauka? Estos documentos necesariamente se deben registrar en el Libro de Compras cuando constituye Crédito Fiscal y en el Libro de Ventas cuando constituye Débito Fiscal. En otros términos, cuando el Agente de Información emita su Nota de Crédito y Nota de Débito, entonces representan créditos (Libro de Compras) y débitos (Libro de Ventas) respectivamente; y por otro lado cuando reciba dichos documentos de terceros (de sus informados) entonces registrará la Nota de Crédito recibida en el Libro de Ventas y la Nota de Débito recibida en el Libro de Compras. 10. En el caso de retenciones realizadas a informados que no estén obligados a emitir documentos legales, como ser personas del exterior, escribanos y otros, por determinadas operaciones realizadas?. Cómo pueden registrar estas operaciones ya que necesariamente el sistema solicita un número de comprobante? Para estos en particular se debe utilizar la Autofactura y tal como lo establece la reglamentación, este tipo de documento solo será procedente cuando se adquiera un bien o se contrate algún servicio de una persona que no esté obligada a inscribirse como contribuyente, por lo tanto exenta de emitir documento fiscal; en consecuencia, en el campo de No. Comprobante venta 7
8 se debe consignar el número de la Autofactura y como RUC del Informado si se trata de proveedor del exterior y cuando es local. 11. Como se debe registrar un Comprobante de Retención que corresponda a varias facturas? Cuando un comprobante de Retención esta relacionado a varias facturas, se debe cargar cualquiera de los números de las facturas afectadas a dicha retención, la sumatoria de los montos de las facturas y el importe retenido. 12. Que tratamiento se les da a las boletas de ventas, tickets u otros documentos que no sirven para respaldar el crédito fiscal en el libro de Compras? Estos documentos no se cargan en el sistema Hechauka. 13. Cuando se trata de proveedores del exterior por servicios y que no generaron despacho de importación que número de RUC se le asigna? Y que tipo de documento se debe utilizar? Para cargar este caso se debe seleccionar o cargar el RUC genérico con el DV: 0, el sistema asigna el nombre genérico de PROVEEDORES DEL EXTERIOR y el tipo de documento es AUTOFACTURA. 14. La retención que se le practicó al proveedor del exterior en cual de los libros se asienta (libro de compras o libro de retenciones en la Fuente? La retención que le fuera practicada a un proveedor del exterior se asienta en el Libro de Retenciones en la Fuente y Libro de Compras. 15. Qué fecha se debe consignar en el libro de compras exportadores?, la fecha de la factura o la fecha del cumplido de embarque? 8
9 Conforme al Art. 40 de la Resolución Nº 1421/05, para el caso de las exportaciones, se consigna la fecha del cumplido de embarque. 16. Cuando se trata de factura en moneda extranjera, cual es el tratamiento para su carga en Hechauka? La Resolución RG Nº 10/07 en su Art. 20, establece que los importes se deben reportar en Guaraníes sin incluir céntimos, ni fracciones, ni comas, ni puntos, por lo que corresponderá realizar la conversión. 17. Los contribuyentes que realizan retenciones esporádicamente y que fueran Agentes de Información del COA, presentan la declaración jurada informativa de Retenciones en la Fuente en el sistema Hechauka? Los contribuyentes que son Agentes de Información del COA deberán informar desde 01/07 a 09/07 en el mes de noviembre/07 conforme a los vencimientos establecidos en el calendario perpetuo, en el formato definido en las Resoluciones MH Nº 136/02 y la Resolución Nº 182/02, en consecuencia, no es obligatoria la presentación de las DJI por retenciones esporádicas en la fuente, si no se encuentran afectadas por el Art. 3º de la Resolución R.G. Nº 12/ Como se deben informar las ventas realizadas en comprobantes que por disposición legal no sirven para respaldar crédito fiscal y en donde no se identifica al comprador o no es contribuyente? Este tipo de operación se informa en Importes Consolidados, asignándole el RUC DV 7 y una fecha cualquiera del periodo fiscal afectado. Los montos a consignar son las sumatorias de las operaciones exentas, operaciones gravadas con IVA Incluido al 5% y operaciones gravadas con IVA Incluido al 10%, cada una de éstas, en los campos correspondientes. 19. El sistema Hechauka valida la carga del número de documento, con el formato de 13 dígitos exigido por la Administración. Entonces, qué tratamiento tienen los comprobantes con el formato anterior? 9
10 Los números de comprobantes con el formato anterior que correspondan hasta el período fiscal 12/2007, deberán cargarse tal cual esta consignado en el documento, completando el campo de timbrado con el número cero (0). A partir del período fiscal 01/2008 los números de comprobantes deberán cargarse con el formato de los 13 dígitos, de acuerdo a lo reglamentado en el Decreto Nº 6539/05, modificado por el Decreto Nº 8696/ Los exportadores que generan crédito fiscal en las Declaraciones Juradas del IVA, están obligados a presentar las Declaraciones Juradas Informativas - Hechauka? La Resolución RG N 12/07 en su Art. 1 considera sujetos obligados a presentar la referida información a los exportadores que hubieran registrado la generación de crédito fiscal por operaciones de exportación y efectuado una solicitud de créditos a partir de enero de 2006, estando obligados a informar todas sus operaciones de compras de bienes y/o servicios realizadas durante el período que se encuentren gravadas o exoneradas del IVA, en el formulario de la declaración jurada IVA. También, las personas físicas o jurídicas que realicen su solicitud de créditos fiscales por primera vez en el sistema Marangatú y no estén incorporadas en el párrafo anterior, deberán presentar las declaraciones juradas Hechauka correspondientes a los períodos por los cuales hubieran registrado la generación de crédito fiscal por operaciones de exportación en el formulario de declaración jurada IVA, a partir del primer período que realizaron dicho registro o al período definido en el Art. 4, numeral 3 de la presente resolución, el que resultare posterior. 21. Los exportadores que generaron y acumularon el crédito fiscal en la DJ del IVA y optan por solicitar después de cierto tiempo. Desde que período debe presentar las DJI, desde el momento que se generó el primer crédito fiscal en la DJ o desde el momento de la solicitud? 10
11 Las personas físicas o jurídicas que realicen su solicitud de créditos fiscales por primera vez en el sistema Marangatú y no estén incorporadas en el 1er. párrafo de la Resolución RG N 12/07, deberán presentar las declaraciones juradas Hechauka correspondientes a los periodos por los cuales hubieran registrado la generación de crédito fiscal por operaciones de exportación en el formulario de declaración jurada IVA, a partir del primer período que realizaron dicho registro o al período definido en el Art. 4, numeral 3 de la presente resolución, el que resultare posterior. 22. Aquellas personas obligadas actualmente a realizar retenciones con excepción de los exportadores y las Entidades Públicas. Están obligados a presentar la DJI? La Resolución RG Nº 12/07 en su Art. 3 que modifica el Art. 12 de la Resolución RG Nº 10/07, establece que las personas obligadas a presentar son los Organismos de la Administración Central y los exportadores, que por disposición legal o reglamentaria actúan como Agentes de Retención de cualquiera de los tributos a cargos de la SET, están obligados a presentar información relativa a las retenciones que practiquen, a partir del período fiscal 10/07, en forma y con la periodicidad que se establecen en el Art. 3 de la presente resolución. Las entidades administradoras de tarjetas de crédito deberán presentar la información de acuerdo a la Sección 5 Capítulo 2 de la Resolución RG Nº 10/ Desde que períodos están obligados a presentar los autoimpresores las Declaraciones Juradas Informativas? Los autoimpresores están obligados a presentar las Declaraciones Juradas Informativas correspondientes al mes de Octubre/2007 en adelante, se presentaran dentro del mes subsiguiente al período fiscal que se declara, conforme lo reglamenta la Resolución RG Nº 12/
12 24. Las facturas anuladas o valor cero se deben informar en el libro ventas Hechauka? Las facturas anuladas o con valor cero no se deben informar en el sistema Hechauka. 25. Los Agentes de Información de la jurisdicción de Grandes Contribuyentes pueden presentar la información en la PAC o por Internet? Conforme el Art. 21 de la Resolución RG N 10/07, los contribuyentes de esta jurisdicción podrán presentar sus declaraciones juradas informativas en las siguientes formas: por Internet (cuando tengan su clave de acceso, a través del Software Cliente, en la opción habilitada para tal efecto) o por dispositivos de almacenamiento, para este último caso deberán hacerlo ante la Dirección General de Grandes Contribuyentes. 26. Si existe una nueva Versión del Sistema Hechauka, al instalar nuevamente la nueva versión cómo afecta a los registros ya cargados? Es recomendable contar con la versión actualizada de Hechauka. Instalar la nueva versión del Software, no afecta la base de datos que se tiene con la versión anterior. 27. Un contribuyente EXPORTADOR, que era informante del COA, desea realizar recupero de crédito desde enero del Tiene obligación de presentar HECHAUKA desde enero del 2007, o es factible presentación de COA hasta Setiembre en el mes de Noviembre? Si nunca presentó pedido de recupero de crédito y es la primera vez, entonces debe presentar HECHAUKA desde octubre del 2007 Libros Compras Exportador, Libros Ventas y Retención en la fuente si esta designado como Agente de Retención por disposición legal o reglamentaria; y el COA POR LOS PERIODOS comprendidos desde enero/07 hasta setiembre/07 inclusive. 12
13 28. Un contribuyente EXPORTADOR, que era Agente de Información del COA, NO desea realizar recupero de crédito. Tiene obligación de presentar HECHAUKA DESDE ENERO DEL 2007, considerando que no desea realizar recupero de crédito (sus créditos los va utilizar contra ventas locales)? El contribuyente exportador y que fuera Agente de Información del COA, y no desea realizar recupero de crédito, debe presentar sus informaciones en el sistema COA desde enero/2007 a septiembre/2007, vencimiento Noviembre/2007 y no esta obligado a presentar HECHAUKA hasta que no solicite la devolución de su crédito fiscal. 29. Un contribuyente era Agente de Información del COA y no se halla afectado por las Resoluciones RG N 10/07 y N 12/07, debe presentar algunas Declaraciones Juradas Informativas? El contribuyente esta obligado a presentar conforme la Resolución RG N 12/07 las informaciones del COA desde Enero/2007 a Setiembre/2007, con vencimiento noviembre/2007 y posterior a eso ya no presenta ninguna Declaración Jurada Informativas de HECHAUKA, si no cumple los requisitos como Personas Obligadas según las Resoluciones RG N 10/07 y N 12/07 respectivamente. MARIA GLORIA PAEZ GUEYRAUD VICEMINISTRA DE TRIBUTACION 13
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