Medios Magnéticos Nacionales Año Gravable 2012
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- Patricia Vargas Iglesias
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1 Medios Magnéticos Nacionales Año Gravable 2012
2 Contenido Seminario Medios Magnéticos Nacionales I. Principales cambios entre las resoluciones DIAN 11429/11 y /12 II. III. IV. Obligados a informar en medios magnéticos y fechas de presentación por el año gravable 2012 Información contable y fiscal requerida para la elaboración de los medios magnéticos Aspectos a tener en cuenta en los formatos a ser presentados a la DIAN V. Formatos utilizados en la preparación de los medios magnéticos VI. VII. Pre validación de la información en archivos XML Presentación a través de los mecanismos electrónicos de la DIAN VIII. Régimen sancionatorio aplicables a los medios magnéticos IX. Fiscalización por parte de la Autoridad Tributaria
3 Medios Magnéticos Principales cambios Resolución 11429/11 y /12
4 Principales cambios entre resoluciones 11429/11 y /12 Personas naturales y asimiladas Que en el año gravable 2011 hayan obtenido ingresos brutos superiores a $500 millones de pesos, independientemente de si se encuentran obligados o no a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios. Personas jurídicas declarantes de renta o ingresos y patrimonio por el año gravable 2012 utgfhfghf Se reduce de $500 a $100 millones de pesos, el tope de ingresos brutos obtenidos durante el año anterior (2011). No se incluye el criterio de Gran Contribuyente ni el de persona jurídica, usuaria en el 2012 de los beneficios de la Ley 1429/10. Para el reporte del literal a del articulo 631 E.T, con los datos de socios, accionistas, cooperados y comuneros se incluyen los fondos de empleados.
5 Principales cambios entre resoluciones 11429/11 y /12 Agentes de retención en renta, IVA o timbre en el 2012 Para el año 2012, los que fueron agentes de retención independientemente de los ingresos obtenidos, están obligados a suministrar la información de que trata el literal b) y e) del articulo 631 del E.T, sobre pagos a terceros en el formato 1001, y el detalle del IVA descontable. El cambio se da que para los reportes del año 2011 solo ciertas entidades como los fondos de inversión o fondos de valores quedaban obligadas a presentar los reportes sin importar el monto de las retenciones, mientras que los demás agentes de retención reportaban solamente si las retenciones superaban los $3 millones de pesos.
6 Principales cambios entre resoluciones 11429/11 y /12 Ingresos recibidos para terceros Según los literales a), b) y j) del Artículo 2 de la Resolución /12 los obligados a presentar la información de pagos a terceros en el formato 1647 (articulo 16 R /12) se divide así: 1. Personas Naturales y asimiladas que en el 2011 obtuvieron ingresos brutos superiores a $500 millones de pesos 2. Personas jurídicas y asimiladas declarantes de renta en 2012, y que obtuvieron ingresos brutos en 2011 superiores a $100 millones de pesos 3. Personas naturales y asimiladas, obligadas a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, que hayan recibido ingresos para terceros, cuando la suma de los ingresos propios mas los ingresos recibidos para terceros en el año 2012 sea superior a $500 millones
7 Principales cambios entre resoluciones 11429/11 y /12 Contenido de la información Artículo 3 Información de socios, accionistas, comuneros y/o cooperados: La nueva resolución no contempla limite para el reporte de la información de los socios, accionistas, comuneros, asociados y/o cooperados de la respectiva entidad, que posean acciones y/o aportes. (año 2011 limite de $5 millones de pesos) Descuentos Tributarios En la resolución de 2012 no se solicita reportar información de los descuentos tributarios solicitados, como se hizo en el articulo 6 de la Resolución de 2011, en el formato 1004.
8 Principales cambios Principales entre cambios entre resoluciones resoluciones 11429/11 y y /12 Contenido de la información En la resolución /12, Artículo 8 Información del saldo de los pasivos a 31 de diciembre de 2012: Se solicita suministrar información de los acreedores por pasivos cuando el saldo acumulado por acreedor sea igual o superior a $5 millones de pesos, y si, el saldo total de los pasivos, es superior a $500 millones de pesos deberá informarse cada uno de los acreedores con saldos acumulados superiores a $1 millón de pesos. En la resolución /12, Artículo 9 Información de los deudores de créditos activos a 31 de diciembre de 2012: Se solicita suministrar información de cada uno de los deudores por concepto de créditos activos, cuando el saldo acumulado por deudor sea igual o superior a $5 millones de pesos, y si, el saldo total de los créditos es superior a $500 millones de pesos deberá informarse cada uno de los deudores con saldos acumulados superiores a $1 millón de pesos.
9 Principales cambios Principales entre cambios entre resoluciones resoluciones 11429/11 y y /12. Cuentas por cobrar y cuentas por pagar =/> $ < $ $ $
10 Principales cambios entre resoluciones 11429/11 y /12 Contenido de la información Según el Artículo 10 de la Resolución /12: Información de las declaraciones tributarias: Para el reporte de la información del año gravable 2012, la Resolución de 2012 no solicita información referente a activos fijos, inventarios y compensaciones por pérdidas fiscales y excesos de renta presuntiva reportados en la declaración de renta, como si se solicitaba en el articulo 11 numeral1 literal f) y numerales 2 y 6 de la Resolución de 2011.
11 Medios Magnéticos Obligados a Reportar por el año gravable 2012
12 Obligados a informar en medios magnéticos nacionales año gravable 2012 Con fecha 31 de octubre de 2012, la DIAN expidió las resoluciones: A través de las cuales señaló el grupo de personas naturales, jurídicas, sociedades y asimiladas, y demás entidades, que debían presentar información exógena tributaria por el año gravable 2012.
13 Obligados a informar en medios magnéticos nacionales año gravable 2012 Persona Naturales y Asimiladas Que en el año gravable 2011, hayan obtenido ingresos brutos superiores a $ Personas Jurídicas, Sociedades Asimiladas y demás entidades públicas y privadas (obligadas a presentar renta) Demás Personas Naturales y Jurídicas, Sucesiones Ilíquidas y Sociedades de Hecho Personas Naturales y Asimiladas (Obligadas a presentar declaración de renta) Que en el año gravable 2011, hayan obtenido ingresos brutos superiores a $ Que durante el año gravable 2012, hayan efectuado retenciones en la fuente, independiente del monto de los ingresos Que la suma de los ingresos propios más los ingresos para terceros en el año 2012, sea superior a $
14 Fechas de Presentación Los plazos para presentar los medios magnéticos de las personas catalogadas por la DIAN como Grandes Contribuyentes comienzan el 9 de abril y terminan el 22 de abril de 2013, dependiendo del último dígito del NIT.
15 Fechas de Presentación Los plazos para presentar la información en medios magnéticos ante la DIAN, para el grupo de personas jurídicas y naturales, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT comienza el 24 de abril y termina el 23 de mayo de 2013.
16 Medios Magnéticos Información requerida para preparar medios magnéticos
17 Información contable y fiscal requerida para preparar medios Estados financieros auditados por parte del Revisor Fiscal o Contador Público. Estados financieros por terceros Características especiales
18 Información contable y fiscal requerida para preparar medios Características de la Información Nombre del tercero Razón social Número de NIT incluido dígito de verificación Valor de las operaciones por cada tercero (activos, pasivos, ingresos, gastos y costos) Valor de las retenciones practicadas por todo concepto por terceros Régimen Común Régimen Simplificado No domiciliados Valor base e IVA descontable acumulado en el año en operaciones por concepto de compras de bienes y servicios con proveedores Valor base e IVA generado acumulado en el año de las ventas realizadas a clientes Dirección por terceros tanto de proveedores como de clientes, informando la ciudad y país a la que corresponda la dirección
19 Información contable y fiscal requerida para preparar medios Conciliaciones bancarias Provisión de inventarios Valor patrimonial inversiones que cotizan en bolsa Conciliación entre el patrimonio contable vs fiscal Pasivos estimados y provisiones Provisión de cartera Ajuste saldo a pagar o a favor de la declaración de renta.
20 Información contable y fiscal requerida para preparar medios Honorarios asistencia técnica, servicios técnicos y consultoría (sin retención en la fuente) Impuesto de Industria y Comercio (Pagado vs. Causado) Conciliación entre la utilidad comercial vs la renta liquida Gastos en el exterior en exceso de la renta líquida Pérdidas fiscales y excesos de renta presuntiva Otros impuestos (Timbre, patrimonio, vehículos, GMF) Otros gastos no deducibles (Multas y sanciones, costos y gastos de ejercicios anteriores, etc.)
21 Medios Magnéticos Aspectos a tener en cuenta
22 Aspectos a tener en cuenta en los formatos a ser presentados a la DIAN Los formatos sólo requieren firma por parte del representante legal (Personas Jurídicas) o la persona natural obligada a informar, esto es no deben ser avalados por parte del revisor fiscal o contador público. Los terceros ubicados en el exterior se informan uno a uno en el concepto respectivo, con la identificación fiscal tributaria del país de residencia o domicilio, con tdoc=42, cuando en dicho país no se use identificación fiscal se informaran con el Nit Genérico autorizado en la resolución, esto es, hasta el tdoc=43. Es importante resaltar que los terceros del exterior que se les haya asignado el Nit Genérico autorizado por la resolución , se debería identificar con el mismo NitGenérico en todos los distintos formatos (Socios, accionistas, CxC, CxP, Gastos, Costos, etc.)
23 Aspectos a tener en cuenta en los formatos a ser presentados a la DIAN No se aceptan excusas para la transmisión virtual extemporánea de la información en los siguientes casos: Daños en los sistemas, conexiones y/o equipos informáticos Daños en el mecanismo de firma con certificado digital Olvido de las claves asociadas al mecanismo de firma digital Pérdida del mecanismo de firma digital (si se pierde se debe pedir cambio con tres días de anticipación a la fecha del vencimiento) Los valores en todos los formatos, se deben informar en PESOS, sin decimales, ni comas, ni fórmulas. Cuando la DIAN lo autorice, podrá utilizarse firma digital respaldada con certificado digital emitido por entidades externas (ejemplo las que expide CerticamaraS.A.)
24 Aspectos a tener en cuenta en los formatos a ser presentados a la DIAN Fusiones de sociedades en el año 2012 La obligación de reportar recae sobre la sociedad absorbente o la nueva que surge de la fusión.* Escisión de sociedades en el año 2012 La obligación recae sobre las nuevas sociedades producto de la escisión, con potestad de definir cuál reporta la información por la fracción del año 2012 realizo la sociedad escindida.* Liquidación de sociedades Si se liquidaron durante 2012 y que para el 31 octubre/12 no hayan cancelado el RUT y estén obligados a reportar medios magnéticos, deberán informar antes de la cancelación del RUT, por la fracción del año. * Concepto DIAN de Enero 25 de 2007
25 Aspectos a tener en cuenta en los formatos a ser presentados a la DIAN Los formatos que exige la DIAN en la práctica deberían cruzar con los valores que se llevaron a las declaraciones tributarias presentadas en el año En caso de realizar correcciones a la declaraciones, se tendrían que corregir los formatos a que haya lugar, por consiguiente la DIAN podría imponer sanciones por haber entregado información errónea (Artículo 651 del E.T. y Concepto de noviembre de 2005 Retención en la fuente Impuestos sobre las ventas IVA Impuesto sobre la renta Declaración de ingresos y patrimonio
26 Medios Magnéticos Formatos utilizados
27 Formatos utilizados en la preparación de medios magnéticos A continuación se expondrá como diligenciar los formatos que deben ser reportados a la DIAN de forma virtual de acuerdo con lo dispuesto en la resolución del 31 de octubre de 2012, de la siguiente manera: Información de socios, accionistas, comuneros y/o cooperados (artículo 3, literal a) del articulo 631 Estatuto Tributario) Información de pagos o abonos en cuenta y de retenciones en la fuente practicadas (artículo 4, literal b) y e) del articulo 631 Estatuto Tributario)
28 Formatos utilizados en la preparación de medios magnéticos Información de retenciones en la fuente que le practicaron (artículo 5, literal c) del articulo 631 Estatuto Tributario) Información de ingresos recibidos en el año (artículo 6, literal f) del articulo 631 Estatuto Tributario) Información del impuesto sobre las ventas descontable y del impuesto sobre las ventas generado (artículo 7, literal e) y f) del articulo 631 Estatuto Tributario)
29 Formatos utilizados en la preparación de medios magnéticos Información del saldo de los pasivos a 31 de diciembre de 2012 (artículo 8, literal h) del articulo 631 Estatuto Tributario) Información de los deudores de créditos activos a 31 de diciembre de 2012 (artículo 9, literal i) del articulo 631 Estatuto Tributario) Información de las declaraciones tributarias (artículo 10, literal k) del articulo 631 Estatuto Tributario)
30 Formatos utilizados en la preparación de medios magnéticos Información de consorcios y uniones temporales (artículo 11) Información de contratos para exploración y explotación de hidrocarburos, gases y minerales (artículo 12) Información de contratos de mandato o de administración delegada (artículo 14) Información de Ingresos recibidos para terceros (artículo 16, literal g) del articulo 631 Estatuto Tributario)
31 Medios Magnéticos Prevalidación de la información
32 Pasos para prevalidar la información en archivos xml A continuación presentamos los pasos que se deben seguir para prevalidarla información a archivos en XML:
33 Medios Magnéticos Presentación de la información
34 Formatos utilizados en la preparación de medios magnéticos A continuación presentamos los pasos a seguir para la presentación de los medios magnéticos por medio del portal de la DIAN.
35 Régimen Sancionatorio
36 Sanciones aplicables a la obligación de reportar en medios magnéticos. Artículo 651 E.T. No se suministre dentro del plazo establecido. Contenido presente errores. No corresponda a lo solicitado.
37 Sanciones aplicables a la obligación de reportar en medios magnéticos. Hasta del 5% de las sumas que no se suministraron, o si la información se suministró en forma errónea o se hizo en forma extemporánea. Multa hasta de $ No sea posible establecer la base o la información no tuviere cuantía, hasta del 0.5% de los ingresos netos. Si no existieren ingresos, hasta del 0.5% del patrimonio bruto del contribuyente o declarante.
38 Sanciones aplicables a la obligación de reportar en medios magnéticos. Art. 1 Res de 2005 Cuando existe base de imposición Información exigida y no suministrada 5% Información suministrada en forma extemporánea 5% Información suministrada sin el cumplimiento de las características técnicas 4% Información suministrada con errores de contenido 3%
39 Sanciones aplicables a la obligación de reportar en medios magnéticos. Art. 2 Res de 2005 Cuando no existe base de imposición No Suministrarla o hacerlo con extemporaneidad 0,5% Sin el cumplimiento de las características técnicas 0.4% Con errores de contenido 0.3%
40 Sanciones aplicables a la obligación de reportar en medios magnéticos. Desconocimiento de Costos Rentas Exentas Deducciones Descuentos Pasivos Impuestos descontables Retenciones
41 Sanciones aplicables a la obligación de reportar en medios magnéticos. Término de imposición de aplicación de la sanción Cuando la sanción se imponga mediante Resolución Independiente, deberá formularse el Pliego de Cargos correspondiente, dentro de los dos (2) años siguientes a la fecha en que se presentó o debió presentarse la declaración de Renta y Complementarios (Contribuyentes) o de Ingresos y Patrimonio (No contribuyentes), del período durante cual ocurrió la irregularidad sancionable.
42 Sanciones aplicables a la obligación de reportar en medios magnéticos. Sentencia Consejo de Estado de 2008 De otra parte, en la sentencia C 160 de 29 de abril de La Corte Constitucional resolvió la exequibilidad del articulo 651 del Estatuto Tributario, sin embargo, anotó que la imposición de la sanción debía obedecer a criterios de razonabilidad y proporcionalidad, lo cual implica que solo los errores en la información que causan un daño al Estado son susceptibles de sanción a diferencia de aquellos que son inocuos, vale decir que lo determinante no es el error per se sino que tenga la entidad suficiente para dificultar u obstaculizar la labor fiscalizadora propia de la Administración o que afecte intereses de terceros, caso en el cual, el error trasciende de su apreciación puramente objetiva al reproche particularizado
43 Sanciones aplicables a la obligación de reportar en medios magnéticos. Sentencia Consejo de Estado de 2011 Obsérvese que la norma transcrita se refiere a una facultad para la DIAN, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 684 del Estatuto Tributario, lo cual significa que con recibir la información en medios magnéticos no se agota la facultad de fiscalización de la Administración, la cual debe efectuar todas las diligencias necesarias para la correcta y oportuna determinación de los impuestos, facilitando al contribuyente la aclaración de toda duda u omisión, para así lograr esa correcta determinación
44 Medios Magnéticos Fiscalización DIAN
45 Cómo utiliza la DIAN, la información de medios magnéticos en la fiscalización Verifica que hayan sido presentado los medios Ingresa a la DIAN MUISCA Programa de Omisos Programa de Inexactos Compara información exógena contra las declaraciones presentadas Inexactitud de la información presentada
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