Marco legislativo. Objetivos generales. Objetivos específicos
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- Agustín Sáez Agüero
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2 Introducción El I Plan de Voluntariado de FADAE es el marco que establece las relaciones de la Federación con las personas que prestan sus servicios de forma voluntaria. El Objetivo principal del Plan es regular internamente el voluntariado en la Federación. Por otro lado, el Plan también incluye las actuaciones que se llevarán a cabo para el fomento del voluntariado entre los estudiantes, principales destinatarios de nuestras actividades, así como del resto de la Comunidad Educativa. Los estudiantes, como voluntarios, son el mayor recurso con el que contamos y necesitan ser atendidos debidamente: es nuestra obligación cubrir sus necesidades, especialmente las de formación, así como cualquier otra necesaria para desarrollar su labor. Por otro lado FADAE debe observar la legislación vigente y adaptarse a la misma, incluyendo las mejoras que se hagan necesarias. Los motivos que nos llevan a redactar este plan son básicamente dos: por un lado, reorganizar el voluntariado dentro de la Federación, pues hasta ahora los voluntarios de FADAE desempeñan su labor sin ningún orden más allá de los programas y planes concretos de cada actividad. Y por otro, adaptarnos a la legislación vigente en materia de Voluntariado. Este Plan pretende regula y establece las normas básicas internas sobre el voluntariado en FADAE, así como en todas sus Federaciones Provinciales. Debido a la importancia que tiene para la Federación este Plan fue aprobado por la Asamblea General; concediendo la capacidad de revisión y modificación a la Asamblea de Presidentes y la obligación de ejecutarlo a la Junta Directiva Autonómica y las Juntas Directivas Provinciales. Queremos que el Plan funcione y lo haga lo mejor posible, para ello pensamos que es necesario que tenga un apartado de Evaluación y Revisión. Que exista un mecanismo para evaluarlo y que los resultados de este mecanismo sean la base para las modificaciones y revisiones que tendremos que realizar a lo largo de los años para ajustar mejor el Plan a nuestras necesidades, así como a las necesidades externas que puedan surgir FADAE
3 Marco legislativo El voluntariado en Castilla y León está regulado por la siguiente normativa: LEY 6/1996, de 15 de enero, del Voluntariado Ley 8/2006, de 10 octubre de Voluntariado de Castilla y León Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León, en su parte de Voluntariado Juvenil. Además de estas leyes existe un desarrollo normativo adicional. Objetivos generales Dos van a ser los ejes estratégicos y generales de este I Plan de Voluntariado en FADAE. La Organización Interna del Voluntariado. La Promoción del Voluntariado entre los estudiantes. Objetivos específicos Los objetivos específicos del presente Plan son: La reestructuración interna de la Acción Voluntaria en FADAE. La sensibilización de la sociedad juvenil de Castilla y León ante el Voluntariado. La creación de una cultura de solidaridad. La consolidación de la participación social y voluntaria en la sociedad de Castilla y León. La garantía de que los voluntarios y las organizaciones en que se integran cuenten con los medios personales, técnicos, financieros más adecuados para el desarrollo eficaz de su actividad y cumplimiento de sus objetivos. Ámbitos de Actuación Los ámbitos de actuación son: FADAE Castilla y León. Las Federaciones Provinciales de FADAE en la Comunidad de Castilla y León. Las asociaciones de alumnos integradas en FADAE. Centros Educativos de Castilla y León. Alumnos de estudios oficiales de Castilla y León. Las familias de Castilla y León.
4 DESARROLLO DE LOS OBJETIVOS GENERALES OBJETIVO 1: ORGANIZACIÓN INTERNA DEL VOLUNTARIADO Objetivos específicos Reestructuración interna de la Acción Voluntaria en FADAE. Definición de las líneas de actuación interna de la Acción Voluntaria en FA- DAE. Qué es el voluntariado en FADAE? El Voluntariado en FADAE es la participación de las personas físicas en el desarrollo de las actividades que realizamos a través de los diferentes planes y programas concretos, siempre y cuando: - Sea de carácter solidario, altruista y responsable. - Sea una decisión personal. - Se lleve a cabo de forma voluntaria y libre, sin que traiga causa de una obligación personal o de un deber jurídico. - Se ejecute fuera del ámbito de una relación laboral, profesional, funcionarial, mercantil o de cualquier otro tipo de relación retribuida. - Se efectúe desinteresadamente, sin ningún tipo de contraprestación económica, sin perjuicio en su caso, de los incentivos que legalmente puedan establecerse, con el único objeto de facilitar el desarrollo de la actividad voluntaria y del reembolso de los gastos que esta actividad realizada pudiera ocasionar. - Se acepten y desarrollen los derechos y deberes descritos a continuación, dentro del marco de los derechos y deberes fundamentales de todas las personas. Quién puede ser voluntario en FADAE? Cualquier persona de 14 a 36 años. Matriculada en estudios oficiales de cualquier nivel. Residente en Castilla y León. Y que en virtud de su decisión personal, libre y altruista, participe en cualquier actividad de FADAE. Firmando un compromiso por escrito donde queden especificadas las obligaciones de ambas partes.
5 Derechos de las personas voluntarias en FADAE Los derechos de las personas voluntarias en FADAE son los siguientes: 1. Ser orientados e informados, tanto inicial como permanentemente, sobre las actividades de voluntariado en que puedan participar, sobre la adecuación de las mismas a sus aptitudes y condiciones; y sobre los fines, estructura, organización y funcionamiento de las entidades en las que se integren. 2. Recibir de la Federación la formación, el asesoramiento y el apoyo técnico; así como los medios materiales que requieran el ejercicio de las actividades y cometidos que se les asignen. 3. Ser tratados sin ningún tipo de discriminación, respetando su libertad, dignidad, intimidad y creencias. 4. Participar activamente en la Federación, colaborando en la elaboración, diseño, ejecución y evaluación de los programas y actuaciones en los que participen. 5. Acordar libremente con la Federación el contenido y condiciones de su actividad voluntaria, el ámbito de actuación, la definición de los cometidos, el tiempo de dedicación, el lugar de desempeño y las responsabilidades a asumir; así como los cambios que en relación con dichos aspectos puedan posteriormente justificarse, sin que en ningún caso puedan ser asignados a la ejecución de tareas ajenas a los fines y naturaleza de los programas o proyectos en que participen. 6. Desempeñar sus cometidos sin interferencias que excedan de la colaboración comprometida. 7. Desarrollar la actividad voluntaria en las condiciones de seguridad y salud que su naturaleza y características reclamen. 8. Disponer de la acreditación identificativa de su condición de voluntario. 9. Ser asegurados contra los riesgos de accidente y enfermedad, así como por daños y perjuicios causados a terceros, derivados directamente de su actividad voluntaria. 10. Ser reembolsados o compensados, salvo renuncia, por los gastos realizados en el desempeño de sus actividades como voluntarios en los términos previamente acordados con la Federación. 11. Obtener certificación de la actividad voluntaria desarrollada, en la que se expresen, al menos, su naturaleza y las fechas en que haya tenido lugar. 12. Renunciar libremente, previo aviso, a su condición de voluntarios. Recibir el respeto y el reconocimiento por su contribución social, y acceder a los incentivos y apoyos que la normativa pueda prever para facilitar el desarrollo de la actividad voluntaria.
6 Deberes de las personas voluntarias en FADAE Los deberes de las personas voluntarias en FADAE son: 1. Cumplir los compromisos adquiridos con la Federación, respetando los fines y la normativa de ésta. 2. Realizar su actividad voluntaria de conformidad con las normas y principios establecidos en la ley y colaborar con la Federación y con el resto de voluntarios en la consecución de la mayor eficacia y calidad. 3. Seguir las instrucciones que, adecuadas a los fines de las actividades y cometidos asignados, les sean impartidas para su desempeño, someterse a la supervisión de los responsables del programa y observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten. 4. Guardar la debida confidencialidad sobre la información recibida y conocida en el desarrollo de su actividad voluntaria. 5. Rechazar cualquier contraprestación material que pudieran recibir por la actividad voluntaria desarrollada. 6. Respetar los derechos de los destinatarios de su actividad voluntaria y de los demás voluntarios con los que colaboren. 7. Actuar de forma diligente, coordinada, responsable y solidaria en el desarrollo de la actividad voluntaria. 8. Participar en las actividades formativas que se entiendan necesarias para un desempeño adecuado de las concretas actividades y cometidos asignados. 9. Utilizar debidamente la acreditación identificativa y los distintivos de la Federación, y devolverlos a ésta cuando finalicen su actividad. 10. Cuidar y hacer buen uso de los recursos materiales que ponga a su disposición la Federación. Notificar a la Federación la renuncia con la antelación previamente acordada, procurando evitar perjuicios para la actividad en la que participen.
7 Incorporación de las personas voluntarias La incorporación de los voluntarios a la Federación se formalizará por escrito mediante el correspondiente acuerdo o compromiso de colaboración, que tendrá, como mínimo, el contenido siguiente: a) La determinación del carácter altruista de la relación que se acuerde y de la actividad que se comprometa. b) La expresión del sometimiento a la ley como marco regulador básico de la acción voluntaria. c) El conjunto de derechos y deberes que corresponden a ambas partes, respetando en todo caso lo dispuesto en la Ley 8/2006 de 10 de octubre d) La referencia a los fines y regulación de la entidad en relación con las actividades de voluntariado. e) El contenido y condiciones de las actividades que el voluntario se compromete a realizar, así como los cometidos y responsabilidades, el tiempo de dedicación y el lugar de desempeño que se acuerden. f) El proceso de formación que se requiera para el adecuado cumplimiento de las actividades y cometidos asignados. g) La duración del compromiso y la forma en que ha de plantearse, en su caso, la renuncia por el voluntario, su exclusión por la entidad o la desvinculación de ésta.
8 Obligaciones de FADAE con las personas voluntarias La Federación asume las siguientes obligaciones para con las personas voluntarias: 1. A orientarlos e infórmalos, tanto inicial como permanentemente, sobre las actividades de voluntariado en que puedan participar, sobre la adecuación de las mismas a sus aptitudes y condiciones; y sobre los fines, estructura, organización y funcionamiento de las entidades en las que se integren. 2. A ofrecerles la formación, el asesoramiento y el apoyo técnico necesarios; así como los medios materiales que requiera el ejercicio de las actividades y cometidos que se les asignen. 3. A tratarlos sin ningún tipo de discriminación, respetando su libertad, dignidad, intimidad y creencias. 4. A potenciar la colaboración con la Federación en la elaboración, diseño, ejecución y evaluación de los programas y actuaciones en los que participen. 5. A asegurarles las condiciones de seguridad y salud que su naturaleza y características reclamen. 6. A entregarles la acreditación identificativa de su condición de voluntario. 7. A asegurarlos contra los riesgos de accidente, así como por daños y perjuicios causados a terceros, derivados directamente de su actividad voluntaria. 8. A reembolsar o compensar, salvo renuncia, los gastos realizados en el desempeño de sus actividades como voluntarios en los términos previamente acordados. 9. A certificar la actividad voluntaria desarrollada, en la que se expresen, al menos, su naturaleza y las fechas en que haya tenido lugar. 10. A ayudarlos para que puedan desempeñar sus cometidos sin interferencias que excedan de la colaboración comprometida. 11. A respetar y aceptar, la renuncia libre, previo aviso, de su condición de voluntarios. A favorecer que reciban el respeto y el reconocimiento por su contribución social y el acceso a los incentivos y apoyos que la normativa pueda prever para facilitar el desarrollo de la actividad voluntaria.
9 Coordinador de la acción voluntaria autonómico Los Órganos Rectores, según los estatutos de la Federación, designarán a un Coordinador Autonómico de la Acción Voluntaria que tendrá las siguientes funciones: - Coordinarse con las Federaciones provinciales para designar un responsable de la Acción Voluntaria en cada una de ellas. - Coordinar la Comisión Autonómica de Acción Voluntaria. - Coordinar las labores de información y asesoramiento a los nuevos voluntarios. - Coordinar las laboras de información y asesoramiento a los voluntarios de FADAE. - Coordinar el acompañamiento de los nuevos voluntarios. - Coordinar el acompañamiento de las personas voluntarias. - Coordinar la contratación de los seguros necesarios. - Coordinar la formación de los voluntarios. - Coordinar la entrega y devolución de la acreditación como voluntarios de FADAE. - Solicitar a la Secretaria de la Federación las certificaciones que pudieren solicitar los voluntarios. - Cualquier otra función que le atribuyan los Órganos Rectores y/o sea necesaria para que la Acción Voluntaria en FADAE se realice en las mejores condiciones. Coordinador de la acción voluntaria provincial Los Órganos Rectores, según los estatutos de la Federación, serán los encargados de elegir a los Coordinadores Provinciales (en lo posible o según necesidades, uno por provincia) de la Acción Voluntaria que tendrá las siguientes funciones: - Coordinarse con el Coordinador Autonómico de Acción Voluntaria. - Integrar la Comisión Autonómica de Acción Voluntaria. - Ofrecer información y asesoramiento a los nuevos voluntarios. - Ofrecer información y asesoramiento permanente a los voluntarios de FA- DAE. - Acompañar a los nuevos voluntarios de FADAE. - Acompañar a las personas voluntarias. - Solicitar a la secretaría de la Federación las certificaciones que pudieren solicitar los voluntarios. - Cualquier otra función que le atribuyan los Órganos Rectores y/o sea necesaria para que la Acción Voluntaria en FADAE se realice en las mejores condiciones.
10 Estructuración de los planes de voluntariado de FADAE Los planes y proyectos de FADAE donde participen personas voluntarias contendrán al menos los siguientes apartados: Denominación Identificación de su responsable Sector de actividad de interés general al que se refiere Fines y objetivos que propone Ámbito territorial que abarca Duración prevista para su ejecución Descripción de las actividades que comprende Número de voluntarios y cualificación o formación de los mismos. Medios y recursos Mecanismos de control, seguimiento y evaluación. Planes vigentes en los que pueden participar las personas voluntarias de FADAE La aprobación del presente Plan es posterior a la aprobación de otros planes, proyectos y programas vigentes en la Federación; que deben seguir en activo hasta su fecha de conclusión aprobada por los Órganos Rectores. El hecho de paralizar estos planes pondría en serio peligro las actividades de FADAE. Es por ello que este apartado habilita a los voluntarios a participar en ellos y obliga a la Federación a adaptar los planes, proyectos y programas según lo expuesto en el presente Plan en el plazo de tres meses. Los planes, programas y proyectos activos, y por lo tanto donde los voluntarios podrían participar y que son necesarios de adaptación son: III Plan Acción de Estudiantes. Programas del Servicio de Información Juvenil al Estudiante (SIJE). Red de Consejeros Escolares de Castilla y León. Programa anual de Actividades de FADAE Igualmente, todos los programas, planes y proyectos que se adopten a partir de la aprobación de este Plan requerirán ser compatibles con las acciones que el presente tiene por objeto, sin interferencias ni incompatibilidades.
11 Objetivo 2: Promoción del voluntariado entre los estudiantes de Castilla y León Objetivos específicos - Sensibilización de la sociedad juvenil/estudiantil de Castilla y León ante el voluntariado. - Creación de una cultura de solidaridad. - Consolidación de la participación social y voluntaria en la sociedad de Castilla y León. - Garantía de que los voluntarios y las organizaciones en que se integran cuenten con los medios personales, técnicos y financieros más adecuados para el desarrollo eficaz de su actividad y cumplimiento de sus objetivos. Actividades a realizar Campaña de promoción del voluntariado entre los y las jóvenes de Castilla y León Campaña que tratará de acercar el voluntariado y las entidades de voluntariado a los jóvenes estudiantes de Castilla y León. Buscará de la misma manera, promover los valores del voluntariado entre los jóvenes estudiantes. Se distribuirá entre los centros educativos, red de servicios de información juvenil de Castilla y León, asociaciones de estudiantes, asociaciones juveniles, centros de acción social, etc. La campaña estará formada por un cartel y un material de acompañamiento. Contará con una sección en la página web de la federación para ampliar y actualizar la información ( Objetivos de la actividad - Potenciar el reconocimiento social de la figura del voluntariado como medio de incentivación de la participación ciudadana en acciones de esta naturaleza. - Promover la difusión de información relacionada con el voluntariado y la solidaridad en los medios de comunicación de ámbito público y privado. - Incrementar la información sobre el voluntariado, organizaciones que lo desarrollan, sectores de actuación y cauces de participación en la acción solidaria.
12 Revisión del Plan La evaluación del I Plan de Voluntariado de FADAE será llevado a cabo por: La Comisión de Coordinación de Acción Voluntaria de FADAE, formada por el Coordinador Autonómico y los Coordinadores Provinciales. Éstos redactarán un informe interno sobre la evaluación teniendo en cuenta diferentes aspectos como por ejemplo, el grado de aplicación del plan, el número de personas participantes en el mismo, el número de acciones realizadas, así como cualquier otro aspecto que permita vez la realidad. En dicho informe se incluirán propuestas de mejora. El informe será de periodicidad anual. El informe elaborado por la Comisión de Coordinación de Acción Voluntaria se elevará a los Órganos Rectores que tomarán las decisiones oportunas para mejorar el Plan y subsanar aquellos aspectos que no funcionan correctamente. Se perseguirá también, en las formas en que la Comisión de Coordinación de Acción Voluntaria de FADAE considere, un método de evaluación dirigido a los voluntarios que hayan participado o que estén participando en las actividades desarrolladas, con el fin de obtener una evaluación externa de las acciones recogidas en este Plan. Esta evaluación tendrá una periodicidad anual. La modificación y revisión del este I Plan le corresponde a la Asamblea General de la Federación, a propuesta de la Asamblea de Presidentes; ésta encargará, si lo considera oportuno, a la Junta Directiva los trabajos para la redacción de la revisión y modificación que se presentará en el II Plan de Voluntariado de FADAE
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