ACUERDO 32-58/2008 BASES. 1.- Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos;

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1 ACUERDO 32-58/2008 En relación con el oficio número IEJ/1162/2008 signado por la Licenciada Ángela Quiroga Quiroga, Directora General del Instituto de Estudios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, mediante el cual somete a consideración la propuesta de una segunda convocatoria y su respectiva calendarización de actividades, para los exámenes de Aptitud para los diversos cargos de Carrera Judicial; una vez que se expresaron al respecto los comentarios de los señores Consejeros, y de conformidad con lo que estatuyen los artículos 195 y 199 fracción II de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, en relación con lo dispuesto por el artículo 6 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, por unanimidad, el Pleno del Consejo acordó: PRIMERO.- Tomar conocimiento del contenido del oficio y anexo de cuenta, en consecuencia, este Órgano Colegiado determina aprobar la emisión de una Segunda Convocatoria para llevar a cabo un concurso para los exámenes de aptitud para los servidores públicos de carrera judicial en materia de Justicia para Adolescentes, en los siguientes términos: BASES Requisitos de ley: Para ser Pasante de Derecho: 2.- Tener el 100% de los créditos de la Licenciatura en Derecho; 3.- No haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un quedará inhabilitado para el cargo, cualquiera que haya sido la pena. Para ser Secretario Actuario:

2 2.- Tener título profesional de Licenciado en Derecho con cédula profesional expedida por la autoridad o institución legalmente facultada para ello; 3.- No haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un quedará inhabilitado para el cargo, cualquiera que haya sido la pena, y 4.- Tener una práctica profesional en el campo jurídico de seis meses y haber hecho un curso de preparación no menor de tres meses en el Instituto de Estudios Judiciales. Para ser Secretario Proyectista de Primera Instancia y Secretario Conciliador. 2.- Ser Licenciado en Derecho con cédula profesional expedida por la autoridad o institución legalmente facultada para ello; 3.- No haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un quedará inhabilitado para el cargo, cualquiera que haya sido la pena. Para ser Secretario de Acuerdos en los Juzgados de Primera Instancia y de las Salas, así como para Secretario Proyectista de Segunda Instancia: 2.- Ser Licenciado en Derecho con cédula profesional expedida por la autoridad o institución legalmente facultada para ello; 3.- Tener dos años de práctica profesional, contados desde la fecha de expedición del título. El requisito de la práctica profesional podrá ser dispensado, tratándose de personal que tenga una antigüedad en el Tribunal de cuando menos dos años, y

3 4.- No haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un quedará inhabilitado para el cargo, cualquiera que haya sido la pena. Además de los requisitos expresados para cada cargo, los aspirantes a presentar el examen de Aptitud deberán ser propuestos por el titular en materia de Justicia para Adolescentes o acreditar los conocimientos en materia de justicia para adolescentes. Las personas que ya forman parte de la lista no podrán concursar por cargo alguno en esta convocatoria. Presentar los siguientes: DOCUMENTOS 1. Declaración por escrito y bajo protesta de decir verdad en el sentido de que el aspirante no tiene antecedentes penales en el Distrito Federal ni en las demás entidades federativas del país. En caso de ser o haber sido servidor público, en el mismo escrito señalará los procedimientos de responsabilidad a los que se le haya emplazado y en su caso, el resultado de ellos. 2. Copia certificada del acta de nacimiento; 3. Curriculum vitae; 4. Copia certificada por Notario Público del título profesional (si el cargo lo requiere) 5. Copia certificada por Notario Público de la cédula profesional (si el cargo lo requiere) 6. Copia de la documentación (certificados o diplomas) que acredite otros grados académicos obtenidos; 7. Copia de la documentación que acredite su formación en materia de Justicia para Adolescentes; 8. Constancia por la que se acredite tener el tiempo de ejercicio profesional, contados a partir de la fecha de titulación, que requiere el cargo; 9. Tres fotografías tamaño infantil.

4 ENTREGA DE DOCUMENTOS Para la entrega de los documentos referidos, se concede un término de CINCO DÍAS HÁBILES, contados a partir del día 17 de los corrientes, los que deberán presentarse en las oficinas del Instituto de Estudios Judiciales, sito en la calle de Doctor Liceaga número 113, 3er piso, Conjunto B, Colonia Doctores, Código Postal 06720, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal, en un horario de 9:00 a 14:00 horas y de 17:00 a 19:00 horas. PROCEDIMIENTO 1. Los exámenes correspondientes se llevarán a cabo en las instalaciones del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, en términos de la calendarización que a continuación se menciona: EXAMEN DE APTITUD FECHA: Miércoles 24 de septiembre de HORA: 9:00 Hrs LUGAR: Aulas del Instituto de estudios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, ubicado en Dr. Liceaga número 113, Colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc, de esta Ciudad PUBLICACIÓN DE RESULTADOS: el jueves 25 de septiembre de 2008 en la sede central del Instituto de Estudios Judiciales y el viernes 26 del mismo mes y año, en el Boletín Judicial EXAMEN PSICOMETRICO FECHA: Del 24 al 26 de septiembre de 2008, de acuerdo a la programación de citas LUGAR: Aulas del Instituto de Estudios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, ubicado en Río de la Plata número 48, Colonia y Delegación Cuauhtémoc, de esta Ciudad Los participantes del examen siempre deberán identificarse con credencial oficial vigente y comprobante del registro, ante las personas que para tal efecto designe el Director General del Instituto. 3 El personal del Instituto proporcionará a cada uno de los aspirantes el examen, el cual llevará impreso únicamente la clave de identificación con la finalidad de no revelar su identidad y garantizar la objetividad en la evaluación. La clave impresa será la única identificación durante el desarrollo y evaluación del examen, por lo que deberá constar en cada una de las hojas que se

5 empleen, quedando bajo la responsabilidad del aspirante verificarlo. La omisión de este requisito anulará la hoja respectiva. El uso del nombre, la firma o cualquier otro elemento que pueda servir para revelar la identidad del sustentante será motivo suficiente para anular el examen. Los exámenes de aptitud, en todo caso, deberán evaluar los conocimientos y habilidades del sustentante, respecto de la categoría judicial a la que aspira y su capacidad para realizar satisfactoriamente las funciones que le competen al cargo judicial objeto del examen. 4 Al término del examen, se levantará un acta circunstanciada en el formato que para tal efecto apruebe el Instituto, en donde constará la hora de inicio y la conclusión de la misma, así como cualquier eventualidad durante la aplicación del examen que pudiera tener relevancia en los resultados. 5 El sobre con las respuestas se abrirá ante el Comité de Examen que corresponda, a efecto de que se haga entre sus miembros, la distribución equitativa de los distintos instrumentos de evaluación que habrán de calificarse. Los Comités de Examen darán a conocer al Instituto, oportunamente, las calificaciones obtenidas por cada uno de los aspirantes, a efecto de que realice su publicación e informe al Consejo; la publicación tendrá efectos de notificación. 6 La calificación mínima para acreditar el examen será de ocho. Las calificaciones aprobatorias se expresarán en cada instrumento de evaluación de forma numérica. Cuando algún aspirante no obtenga una calificación aprobatoria, se anotarán en los documentos respectivos, las letras mayúsculas NA que significan: No Acreditada. 7 A cada uno de los sustentantes del examen de aptitud, se les aplicará por parte de la Dirección de Recursos Humanos del Tribunal, una evaluación de personalidad, que tiene como objetivo conocer las características personales del aspirante, respecto al cargo judicial objeto del examen. 8 Una vez que se haya concluida la calificación de los exámenes, cada Comité de Examen se reunirá y levantará un acta donde quedarán asentadas las calificaciones obtenidas por los aspirantes. El acta será firmada por cada uno de los integrantes del Comité de Examen, y será proporcionada al Instituto para efectos de que informe al Consejo los resultados del examen, los cuales serán inatacables. 9 De acuerdo con lo establecido en la Ley, sólo los aspirantes que hayan acreditado el examen de aptitud podrán ser designados por los titulares para cubrir una vacante, por lo que el Instituto elaborará una lista donde serán incluidos todos aquellos aspirantes que hayan obtenido una calificación

6 aprobatoria, y que pondrá a disposición de cada titular, a efecto de que seleccione libremente, a la persona que habrá de ocupar la plaza vacante. Las circunstancias no previstas en la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal o en el Acuerdo General 6-40/2008, serán resueltas por el jurado, según su ámbito de competencia, siendo inapelables sus resoluciones. Publíquese esta Convocatoria por cinco días consecutivos en el Boletín Judicial, y en la sede central del Instituto de Estudios Judiciales. Comuníquese esta determinación al Oficial Mayor, a la Directora General del Instituto de Estudios Judiciales, para su conocimiento y efectos que procedan en el ámbito de sus respectivas competencias Asimismo, envíese oficio al Director de Boletín Judicial del H. Tribunal, adjuntándole la convocatoria correspondiente, solicitándole se sirva ordenar a quien corresponda haga la publicación respectiva, en el Boletín Judicial del propio Tribunal SEGUNDO.- Atento a lo anterior, y evidenciada la necesidad de que se designe a los servidores públicos que conformarán el Jurado que aplicará los exámenes del concurso para la selección de los servidores públicos de carrera judicial en materia de Justicia para Adolescentes, se determina su integración como a continuación se precisa: JURADO CONSEJERO: MAGISTRADO: JUEZ: INTEGRANTE DEL COMITÉ ACADÉMICO: Lic. Luz del Carmen Guinea Ruvalcaba Lic. Lino Pedro Bolaños Cayetano (8ª. Sala Penal) Lic. Martín Gerardo Ríos Castro (Juez 57 Penal) Gilberto Rodríguez González Comuníquese este proveído a la Directora General del Instituto de Estudios Judiciales y al Oficial Mayor, ambos del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, a efecto de que de conformidad con las atribuciones que respectivamente tienen conferidas, instrumenten lo conducente para llevar a

7 cabo los exámenes de referencia, de conformidad al Acuerdo General 6-40/2008, así como a la normatividad aplicable. Asimismo, gírese oficio a los integrantes del jurado designado, con el propósito de informarles sobre su participación en los exámenes precitados, haciendo de su conocimiento la convocatoria correspondiente. Cúmplase

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