DIARIO DE LOS DEBATES

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1 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 1 DIARIO DE LOS DEBATES PRIMER PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL DE LA XIII LEGISLATURA. AÑO: 2 TOMO: I NÚM: 22 Cd. Chetumal, Q. Roo, 22 de noviembre de SESIÓN No. 22 DEL PRIMER PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL DE LA XIII LEGISLATURA. S U M A R I O: PAG. Presidencia. 2 Secretaría. 2 Orden del día. 3-4 Pase de lista de asistencia. 4-5 Instalación de la Sesión. 5 Observaciones al acta de la sesión anterior, para su aprobación, en su caso. 5-9 Lectura de la Iniciativa de Decreto por el que el Concejo Municipal de Bacalar aprueba se envíe a la Honorable Décima Tercera Legislatura Constitucional del Estado para su discusión y aprobación en su caso, las tarifas de cobro del servicio de recolección, transportación, tratamiento y destino final de residuos sólidos del Municipio de Bacalar Lectura de la Iniciativa de Decreto por el que se reforma la fracción I del Artículo 56; se adicionan las fracciones Segunda y Cuarta al Artículo 63 recorriéndose las subsecuentes, y un Segundo Párrafo al Artículo 64, ambos del Capítulo Quinto del Título Tercero; una fracción Séptima al Artículo 81 del Capítulo Tercero del Título Cuarto; y un Artículo 96 Bis al Capítulo Segundo del Título Séptimo; todos de la Ley de Salud del Estado de Quintana Roo; presentada por el Diputado Manuel Jesús

2 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 2 Aguilar Ortega, Presidente de la Comisión de Puntos Legislativos y Técnica Parlamentaria de la Honorable Décima Tercera Legislatura del Estado Lectura del Dictamen con Minuta de Decreto por el que se aprueban las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones, que servirán de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria en el Municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo, para el Ejercicio Fiscal 2012; para su aprobación, en su caso Lectura del Dictamen con Minuta de Decreto por el que se aprueban las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones, que servirán de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria en el Municipio de Bacalar, Quintana Roo, para el Ejercicio Fiscal 2012; para su aprobación, en su caso Lectura del Dictamen con Minuta de Decreto por el que se aprueban las Tablas de Valores Catastrales Unitarios para la Tierra y la Construcción, de coeficientes de demerito o incremento y los planos de zonificación y sectorización catastral, así como las tasas aplicables para el cálculo del impuesto predial a partir del Ejercicio Fiscal 2012, para el Municipio de Solidaridad del Estado de Quintana Roo; para su aprobación, en su caso Lectura del Dictamen con Minuta de Decreto por el que se autoriza al H. Ayuntamiento del Municipio de Othón P. Blanco, Quintana Roo, para que por conducto de los Ciudadanos Presidente Municipal y Tesorera Municipal, contrate con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, un crédito en cuenta corriente por el monto de $24 000, (Son: Veinticuatro Millones de Pesos 00/100 M.N.), para refinanciamiento y reestructuración de la deuda pública directa a un plazo de doce meses por cada disposición; para su aprobación, en su caso Clausura de la Sesión. 192 PRESIDENCIA: C. Dip. Juan Carlos Pereyra Escudero. SECRETARÍA: C. Dip. José de la Peña Ruíz y Chávez.

3 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 3 PRESIDENTE: Buenas noches. Diputado Secretario, sírvase dar a conocer el orden del día. SECRETARIO: Diputado Presidente, me permito dar a conocer el Orden del Día de esta Sesión, siendo éste el siguiente: 1.- Pase de lista de asistencia. 2.- Instalación de la sesión. 3.- Observaciones al acta de la sesión anterior, para su aprobación, en su caso. 4.- Lectura de la Iniciativa de Decreto por el que el Concejo Municipal de Bacalar aprueba se envíe a la Honorable Décima Tercera Legislatura Constitucional del Estado para su discusión y aprobación en su caso, las tarifas de cobro del servicio de recolección, transportación, tratamiento y destino final de residuos sólidos del Municipio de Bacalar. 5.- Lectura de la Iniciativa de Decreto por el que se reforma la fracción I del Artículo 56; se adicionan las fracciones Segunda y Cuarta al Artículo 63 recorriéndose las subsecuentes, y un Segundo Párrafo al Artículo 64, ambos del Capítulo Quinto del Título Tercero; una fracción Séptima al Artículo 81 del Capítulo Tercero del Título Cuarto; y un Artículo 96 Bis al Capítulo Segundo del Título Séptimo; todos de la Ley de Salud del Estado de Quintana Roo; presentada por el Diputado Manuel Jesús Aguilar Ortega, Presidente de la Comisión de Puntos Legislativos y Técnica Parlamentaria de la Honorable Décima Tercera Legislatura del Estado. 6.- Lectura del Dictamen con Minuta de Decreto por el que se aprueban las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones, que servirán de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria en el Municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo, para el Ejercicio Fiscal 2012; para su aprobación, en su caso. 7.- Lectura del Dictamen con Minuta de Decreto por el que se aprueban las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones, que servirán de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria en el Municipio de Bacalar, Quintana Roo, para el Ejercicio Fiscal 2012; para su aprobación, en su caso. 8.- Lectura del Dictamen con Minuta de Decreto por el que se aprueban las Tablas de Valores Catastrales Unitarios para la Tierra y la Construcción, de coeficientes de demerito o incremento y los planos de zonificación y sectorización catastral, así como las tasas aplicables para el cálculo del impuesto predial a partir del Ejercicio Fiscal 2012, para el Municipio de Solidaridad del Estado de Quintana Roo; para su aprobación, en su caso.

4 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates Lectura del Dictamen con Minuta de Decreto por el que se autoriza al H. Ayuntamiento del Municipio de Othón P. Blanco, Quintana Roo, para que por conducto de los Ciudadanos Presidente Municipal y Tesorera Municipal, contrate con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, un crédito en cuenta corriente por el monto de $24 000, (Son: Veinticuatro Millones de Pesos 00/100 M.N.), para refinanciamiento y reestructuración de la deuda pública directa a un plazo de doce meses por cada disposición; para su aprobación, en su caso. 10.-Clausura de la Sesión. Es cuanto, Diputado Presidente. PRESIDENTE: SECRETARIO: Diputado Secretario, sírvase dar cumplimiento al primer punto del orden del día. El primer punto del orden del día es el pase de lista de asistencia. 1.- Dip. Manuel Jesús Aguilar Ortega 2.- Dip. Alondra Maribell Herrera Pavón 3.- Dip. Luis Alfonso Torres Llanes 4.- Dip. Jacqueline Estrada Peña 5.- Dip. José Alfredo Contreras Méndez 6.- Dip. Juan Manuel Parra López 7.- Dip. Gabriel Carballo Tadeo 8.- Dip. Fredy Efrén Marrufo Martín 9.- Dip. Juan Carlos Pereyra Escudero 10.- Dip. Paul Michell Carrillo De Cáceres 11.- Dip. José De La Peña Ruíz De Chávez 12.- Dip. Baltazar Tuyub Castillo 13.- Dip. Demetrio Celaya Cotero 14.- Dip. Luciano Sima Cab 15.- Dip. Yolanda Mercedes Garmendia Hernández 16.- Dip. Patricia Sánchez Carrillo 17.- Dip. Eduardo Elías Espinosa Abuxapqui 18.- Dip. Leslie Berenice Baeza Soto 19.- Dip. José Antonio Meckler Aguilera 20.- Dip. Alejandra Cárdenas Nájera 21.- Dip. Gabriela Medrano Galindo 22.- Dip. Rubén Darío Rodríguez García 23.- Dip. Mauricio Morales Beiza 24.- Dip. Manuel Jesús Tzab Castro SECRETARIO: Diputado Presidente, le informo la asistencia de 24 Diputados a esta Sesión.

5 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 5 PRESIDENTE: Diputado Secretario, sírvase justificar la inasistencia del Diputado Alejandro Luna López, por encontrarse realizando tareas inherentes a su cargo. Habiendo quórum legal, se instala la Sesión siendo las 19 horas con 11 minutos del día 22 de noviembre de Diputado Secretario, continúe con el siguiente punto del orden del día. SECRETARIO: El siguiente punto son las observaciones al acta de la sesión anterior; celebrada el día 17 de noviembre de 2011; para su aprobación, en su caso. (Lectura omitida) "Año por una Cultura de Donación de Órganos. ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL PRIMER PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL, CELEBRADA EL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DE En la Ciudad de Chetumal, Capital del Estado de Quintana Roo, a los 17 días del mes de noviembre del año 2011, reunidos en el Recinto Oficial del Poder Legislativo, con la asistencia de 24 Diputados integrantes de la XIII Legislatura y bajo la Presidencia del Diputado Juan Carlos Pareyra Escudero; en ausencia justificada de la Diputada Vicepresidenta de la Mesa Directiva Alondra Maribell Herrera Pavón, en base al Artículo 29 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, así como del 20 y 21 del Reglamento Interior del mismo, se propuso al Diputado Paul Michell Carrillo de Cáceres, para que asuma la Vicepresidencia por única ocasión; por lo que solicito al Diputado Secretario someta a votación la propuesta presentada, misma que fue aprobada por unanimidad, por lo que se le invitó al Diputado electo pasar a ocupar su lugar en el presídium, en consecuencia, se dio inicio a la sesión con el siguiente orden del día: 1.- Pase de lista de asistencia. 2.-Instalación de la sesión. 3.- Observaciones al acta de la sesión anterior, para su aprobación, en su caso. 4.- Lectura de la Iniciativa de Decreto por el que se modifican diversos Artículos de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo. 5.- Lectura de la Iniciativa de Decreto por el que se declara el 2012 Año de la Cultura Maya ; presentada por los Diputados Alejandra Cárdenas Nájera, Juan Manuel Parra López, Luciano Sima Cab, Gabriel Carballo Tadeo y Yolanda Mercedes Garmendia Hernández. Integrantes de la Comisión de Desarrollo

6 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 6 Indígena de la H. XIII Legislatura del Estado. 6.- Lectura de la iniciativa de Decreto por el que se reforma el párrafo sexto del Artículo 32 de la Constitución Política del Estado de Quintana Roo, así como se adiciona la fracción X al Artículo 7 y un segundo párrafo del Artículo 17, a la Ley de Educación del Estado de Quintana Roo; presentada por el Diputado Fredy Efrén Marrufo Martín, Presidente de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta de la H. XIII Legislatura del Estado. 7.- Lectura del Oficio conteniendo las iniciativas de Decreto del Paquete Fiscal, para el Ejercicio Fiscal Ley de Ingresos del Estado de Quintana Roo, para el Ejercicio Fiscal Presupuesto de Egresos del Estado de Quintana Roo; para el Ejercicio Fiscal Por la que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Hacienda del Estado de Quintana Roo. - Por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Fiscal del Estado de Quintana Roo. - Por la que se reforman, adicionan y derogan, diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Quintana Roo. - Por la que se reforman y adicionan, diversas disposiciones de la Ley sobre Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas en el Estado de Quintana Roo. - Por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Quintana Roo. - Por la que se reforman diversas disposiciones del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo. 8.- Turno de las Iniciativas de Ley de Ingresos de los Municipios de Solidaridad, Bacalar, Othón P. Blanco, Benito Juárez, Lázaro Cárdenas, José María Morelos, Cozumel, Tulum, Felipe Carrillo Puerto e Isla Mujeres, todas para el Ejercicio Fiscal Lectura del Acuerdo por el que la H. XIII Legislatura del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, se adhiere al acuerdo enviado por el H. Congreso del Estado de Puebla, mediante el cual exhorta al Honorable Congreso de la Unión, para que se conforme una Comisión Legislativa Especial, para investigar y proponer soluciones a esta problemática de fraude cometido por parte de las diversas empresas inmobiliarias, cooperativas de ahorro y préstamo, así como de cajas de ahorro ; que han provocado una fuerte afectación económica y patrimonial a los mexicanos que residen en distintos Estados del País, y prioritariamente en el Estado de Puebla de acuerdo a las cifras oficiales; para su aprobación, en su caso Clausura de la Sesión Una vez pasada lista de asistencia y verificado el quórum legal se declaró instalada la sesión, siendo las 11:47 horas del día 17 de noviembre de Acto seguido, el Diputado Secretario informó que el siguiente punto eran las Observaciones al acta de la sesión anterior, para su aprobación, en su caso; la cual sin observaciones se sometió a

7 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 7 votación; resultando aprobada por unanimidad de los Diputados presentes, en consecuencia la Presidencia la declaró aprobada En continuidad al orden del día se dio lectura a la Iniciativa de Decreto por el que se modifican diversos Artículos de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo; la cual fue turnada a las Comisiones de Puntos Legislativos y Técnica Parlamentaria, para su estudio, análisis y posterior dictamen Posteriormente, el Diputado Secretario dio lectura a la Iniciativa de Decreto por el que se declara el 2012 Año de la Cultura Maya ; presentada por los Diputados Alejandra Cárdenas Nájera, Juan Manuel Parra López, Luciano Sima Cab, Gabriel Carballo Tadeo y Yolanda Mercedes Garmendia Hernández. Integrantes de la Comisión de Desarrollo Indígena de la H. XIII Legislatura del Estado; misma que fue turnada a las Comisiones de Puntos Legislativos y Técnica Parlamentaria y Cultura; para su estudio, análisis y posterior dictamen Procediendo al siguiente punto del orden del día se dio lectura a la iniciativa de Decreto por el que se reforma el párrafo sexto del Artículo 32 de la Constitución Política del Estado de Quintana Roo, así como se adiciona la fracción X al Artículo 7 y un segundo párrafo del Artículo 17, a la Ley de Educación del Estado de Quintana Roo; presentada por el Diputado Fredy Efrén Marrufo Martín, Presidente de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta de la H. XIII Legislatura del Estado; la cual fue turnada a las Comisiones de Puntos Constitucionales y Educación, Ciencia y Tecnología, para su estudio, análisis y posterior dictamen Continuando con el desarrollo de la sesión se procedió a la lectura del Oficio conteniendo las iniciativas de Decreto del Paquete Fiscal, para el Ejercicio Fiscal 2012; posteriormente el Diputado Presidente expresó que en virtud, de que las Iniciativas que conforman el Paquete Fiscal del Ejercicio Fiscal 2012, previamente habían sido remitidas a cada uno de los Diputados que conforman la Honorable Décima Tercera Legislatura, vía correo electrónico autorizados por los mismos, solicitó al Diputado Secretario, se sirva turnar las Iniciativas de Decreto: - Ley de Ingresos del Estado de Quintana Roo, para el Ejercicio Fiscal 2012; a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta. - Presupuesto de Egresos del Estado de Quintana Roo; para el Ejercicio Fiscal 2012, a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta. - Por la que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Hacienda del Estado de Quintana Roo; a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta. - Por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Fiscal del Estado de Quintana Roo; a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta. - Por la que se reforman, adicionan y derogan,

8 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 8 diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Quintana Roo; a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta. - Por la que se reforman y adicionan, diversas disposiciones de la Ley sobre Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas en el Estado de Quintana Roo; a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta y Asuntos Municipales. - Por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Quintana Roo; a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta y Asuntos Municipales. - Por la que se reforman diversas disposiciones del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta; todos para su estudio, análisis y posterior dictamen Acto seguido, el Diputado Secretario informó que el siguiente punto del orden del día era el Turno de las Iniciativas de Ley de Ingresos de los Municipios de Solidaridad, Bacalar, Othón P. Blanco, Benito Juárez, Lázaro Cárdenas, José María Morelos, Cozumel, Tulum, Felipe Carrillo Puerto e Isla Mujeres, todos para el Ejercicio Fiscal 2012; por lo que el Diputado Presidente señaló que toda vez que se encuentran en poder de los Diputados el paquete de Iniciativas de la Ley de Ingresos de todos los Municipios del Estado, sean turnadas las Iniciativas a las Comisiones de Hacienda, Presupuesto y Cuenta y Asuntos Municipales, para su estudio, análisis y posterior dictamen Seguidamente, el Diputado Secretario dio lectura al Acuerdo por el que la Honorable Décima Tercera Legislatura del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, se adhiere al Acuerdo enviado por el H. Congreso del Estado de Puebla, mediante el cual exhorta al Honorable Congreso de la Unión, para que se conforme una Comisión Legislativa Especial, para investigar y proponer soluciones a esta problemática de fraude cometido por parte de las diversas empresas inmobiliarias, cooperativas de ahorro y préstamo, así como de cajas de ahorro ; que han provocado una fuerte afectación económica y patrimonial a los mexicanos que residen en distintos Estados del País, y prioritariamente en el Estado de Puebla de acuerdo a las cifras oficiales; para su aprobación, en su caso; asunto sobre el cual no se registró debate alguno, por lo que se sometió a votación, siendo aprobado por unanimidad de los presentes, en consecuencia se remitió para su trámite correspondiente Acto seguido, el Diputado Secretario informó que todos los asuntos a tratar habían sido agotados El Diputado Presidente declaró clausurada la sesión siendo las 12:20 horas del día 17 de noviembre de 2011, y citó para la próxima sesión ordinaria el día de martes 22 de noviembre de 2011, a las 19:00 horas. DIPUTADO PRESIDENTE: C. JUAN

9 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 9 CARLOS PEREYRA ESCUDERO. DIPUTADO SECRETARIO: C. MAURICIO MORALES BEIZA. PRESIDENTE: Está a consideración de esta Legislatura el acta que fue previamente enviada a los correos de los Diputados. Algún Diputado desea hacer alguna observación? PRESIDENTE: SECRETARIO: No habiendo quien así lo hiciera. Diputado Secretario, sírvase someter a votación el acta. Se somete a votación el acta, por lo que solicito a los Ciudadanos Diputados, emitir su voto. (Se somete a votación). SECRETARIO: PRESIDENTE: Informo a la Presidencia que el acta, ha sido aprobada por unanimidad de los Diputados presentes. Se declara aprobada el acta de la sesión anterior, celebrada el día 17 de noviembre de Diputado Secretario, continúe con el desarrollo de la sesión. SECRETARIO: El siguiente punto es la lectura de la Iniciativa de Decreto por el que el Concejo Municipal de Bacalar aprueba se envíe a la Honorable Décima Tercera Legislatura Constitucional del Estado para su discusión y aprobación en su caso, las tarifas de cobro del servicio de recolección, transportación, tratamiento y destino final de residuos sólidos del Municipio de Bacalar. (Lee Iniciativa) HONORABLE XIII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO El que suscribe, LIC. FRANCISCO ALBERTO FLOTA MEDRANO, Concejal Presidente del Concejo Municipal de Bacalar, en representación del mismo y con fundamento en los artículos 31 fracción IV, 115 fracciones I, III inciso c) y IV de la Constitución Política de los Estados unidos Mexicanos, 121 párrafo séptimo de la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Quintana Roo, 66 fracción I inciso c), 90 fracción IV, 169 inciso c), 230 fracción IV inciso c) de la ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo; EXPOSICION DE MOTIVOS

10 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates Que de conformidad con el artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Son obligaciones de los mexicanos : I.-... a la III.-. IV.- Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes. 2.- Que de acuerdo al artículo 115 fracciones I, III, inciso c) y IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa el Municipio Libre, conforme a las bases siguientes : I.- Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de regidores y síndicos que la ley determine. La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado. II.-.; III.- Los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes: a) a la b).; c) Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos; d) a la i).; IV. Los municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor.

11 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates Que de conformidad con lo que dispone el artículo 66 fracción I, inciso c) de la Ley de los Municipios del Estado, los Ayuntamientos están facultados para expedir acuerdos y demás disposiciones administrativas que sean de competencia municipal..; 4.- Que de acuerdo a lo que dispone el artículo 121 de la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Quintana Roo; los Ayuntamientos tendrán la facultad de realizar el cobro de derechos por la prestación de los siguientes servicios: I.- De recolección de basura o residuos sólidos; II.- De Transporte de basura o residuos sólidos; III.- De tratamiento y destino final de residuos sólidos; IV.- Por el servicio de mantenimiento de jardinería. Están obligados a realizar el pago del presente derecho, las personas físicas o morales que reciben los beneficios de recolección, transporte, tratamiento y destino final de residuos sólidos, en sus locales comerciales, industriales o de servicios o en sus predios de uso habitacional. Son sujetos por deuda ajena y responsabilidad solidaria del pago de derechos a que se refiere este capítulo, las personas físicas o morales que sean propietarias o arrendadoras de los locales comerciales o de uso habitacional que reciban este servicio. Los Ayuntamientos propondrán a la Legislatura del Estado, a más tardar en el mes de octubre de cada año, con arreglo a los principios de equidad, proporcionalidad, racionalidad y capacidad contributiva, las cuotas y tarifas aplicables a los derechos por la prestación de los servicios a que se refiere este artículo. Este derecho deberá ser cubierto en la Tesorería Municipal en forma mensual dentro de los primeros cinco días de cada mes. Cuando el presente derecho sea cubierto en una sola emisión, cubra todo el año y sea enterado en la Tesorería Municipal correspondiente dentro del mes de enero y febrero de cada año fiscal, se le concederá al contribuyente un descuento del 10% del total del importe. 5.- Que resulta necesario contar con las tarifas de cobro del servicio de recolección, transportación, tratamiento y destino final

12 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 12 de residuos sólidos del Municipio de Bacalar, para prestar un servicio digno y tener un Municipio limpio. Por lo anteriormente expuesto me permito presentar ante esta Honorable XIII Legislatura la presente Iniciativa de; DECRETO CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 121 PARRAFO SÉPTIMO DE LA LEY DE HACIENDA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO EL CONCEJO MUNICIPAL DE BACALAR POR CONDUCTO DEL CONCEJAL PRESIDENTE MUNICIPAL TIENE A BIEN PROPONER A LA XIII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO LAS TARIFAS DE COBRO DEL SERVICIO DE RECOLECCIÓN, TRANSPORTACIÓN, TRATAMIENTO Y DESTINO FINAL DE RESIDUOS SOLIDOS DEL MUNICIPIO DE BACALAR, LAS CUALES SE ANEXAN A LA PRESENTE INICIATIVA DE DECRETO QUE SE TIENE POR REPRODUCIDO EN EL PRESENTE APARTADO COMO SI A LA LETRA SE INSERTASE. Tarifas de cobro del servicio de recolección, transportación, tratamiento y destino final de residuos sólidos del Municipio de Bacalar, Quintana Roo ABARROTES GIRO COMERCIAL, INDUSTRIA Y SERVICIO SMG VIGENTE ABARROTES 1,09 MINISUPER 1,09 MINISUPER CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHOLICAS 1,31 SUPER 4,00 TIENDAS DEPARTAMENTALES DE AUTOSERVICIO 26,20 TENDEJON 0,65 ESCUELAS ACADEMIA COMERCIAL PARTICULAR 1,09 ACADEMIA DE ARTES MARCIALES PARTICULAR 1,09 ACADEMIA DE BAILE 1,09 ACADEMIA DE MUSICA 1,09 ACADEMIA DE IDIOMAS 1,09 GUARDERIAS 1,09 KINDER 1,09 PRIMARIA 1,09

13 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 13 SECUNDARIA 1,09 PREPARATORIA 1,09 KINDER Y PRIMARIA 4,35 KINDER, PRIMARIA,SECUNDARIA Y PREPARATORIA 8,73 ESCUELA DE MANEJO 1,09 ESCUELAS DE NIVEL SUPERIOR 5,00 ESCUELA DE ASESORIA 1,09 JOYERIAS JOYERIAS 1,09 VENTA DE RELOJES 1,09 REPARACION DE RELOJES 1,09 REPARACION DE ALHAJAS 1,09 CENTROS RECREATIVOS BILLARES 1,09 BILLARES CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHOLICAS 1,53 BOLICHES 1,09 SERVICIO DE COMPUTACION DE INTERNET E IMPRESIÓN 1,09 SALA DE JUEGOS 1,09 CINE DESDE 2 SALAS 3,00 CINE DESDE 4 HASTA 7 SALAS 7,00 SALA DE CINE (POR CADA SALA DE MAS, A PARTIR DE 8 SALAS) 1,09 MAQUINAS DE VIDEO 1,09 SALON DE BAILE Y FIESTAS 3,50 RENTA DE VIDEOS 1,09 MACRO PLAZA DE RENTA Y VENTA DE VIDEOS 1,09 BALNEARIO COMPRA Y VENTA DE PLASTICOS 5 A 10 SMG COMPRA Y VENTA DE PLASTICOS 1,09 MERCERIAS MERCERIAS 1,09 IMPORTACIONES Y VENTA DE TELAS 1,09 LENCERIA Y CORSETERIA 1,09 BONETERIA 1,09 JUGUETERIA JUGUETERIAS Y PLASTICOS 1,09 CARNICERIAS CARNICERIAS 1,70 CHICHARRONERIAS 1,09 BARES LICORERIAS 1,09

14 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 14 DEPOSITO DE CERVEZAS 1,09 BAR 1,76 RESTAURANT RESTAURANT SIN VENTA DE CERVEZA 1,31 COCKTELERIAS SIN VENTA DE LICORES 1,09 RESTAURANT CON VENTA DE CERVEZA 1,50 COCKTELERIAS CON VENTA DE LICORES 1,31 VINATERIAS 1,09 BAR 1,75 BANCOS BANCOS 5,45 CASAS DE CAMBIO 1,09 CASAS DE EMPEÑO 1,09 DULCERIAS DULCERIAS CON VENTA DE ARTICULOS PARA FIESTA 1,09 FUNERARIAS FUNERARIAS 1,09 PANTEON 2,20 CREMATORIOS 1,09 VENTA DE LLANTAS COMPRA Y VENTA DE LLANTAS EN GENERAL 1,76 REFACCIONARIAS REFACCIONARIAS 1,20 TLAPALERIAS 1,20 FERRETERIAS 1,20 CONGELADOS Y EMPACADOS PESCADERIA 1,09 LACTEOS Y CARNES FRIAS COMPRA Y VENTA DE IMPORTADOS Y EXPORTADOS 1,09 AGUAS PURIFICADAS EXPENDIODE AGUA PURIFICADA 1,09 FABRICA DE AGUAS PURIFICADAS 1,09 FABRICAS DE HIELO FABRICAS DE HIELO 1,09 TALLERES TALLER DE CERRAJERIA 1,09 TALLER DE BICICLETAS 1,09 TALLER DE MOTOS 1,09 TALLER DE AUTOMOTRIZ 1,09 TALLER DE ALINEACION Y BALANCEO 1,09 TALLER DE HOJALATERIA Y PINTURA 1,09

15 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 15 TALLER DE HERRERIA 1,09 TALLER DE VULCANIZADORA 1,50 TALLER DE MAQUINA DE OFICINA 1,09 TALLER DE REF. Y A.ACOND. 1,09 TALLER DE PLOMERIA 1,09 TALLER DE TORNO 1,09 TALLERE DE MATENIMIENTO Y CONSERVA 1,09 TALLER DE TAPICERIA 1,09 TALLER ELECTRICO 1,09 TALLER DE SOLDADURA 1,09 TALLER ELECTRONICO 1,09 MATERIALES PARA LA CONSTRUCCION VENTA DE ARTICULOS DE BARRO 1,09 MATERIALES PARA LA CONSTRUCCION 1,50 SERVICIOS MEDICOS ODONTOLOGOS 1,09 OPTICAS 1,09 LABORATORIOS DE ANALISIS CLINICOS 6,60 HOSPITALES 1,09 MEDICOS 1,09 FARMACIAS 1,09 COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES DESECHOS INDUSTRIALES 1,50 COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES 1,10 GASOLINERAS 1,09 VENTA DE ACEITES Y LUBRICANTES 1,50 GAS DOMESTICO 2,00 EQUIPO CONTRA INCENDIOS 1,09 HOTELES Y MOTELES HASTA 10 HABITACIONES 4,60 HASTA 30 HABITACIONES 6,90 HASTA 50 HABITACIONES 8,71 MAS 50 HABITACIONES 10,93 CASA DE HUESPEDES 2,30 IMPRENTAS IMPRENTAS 1,09 ROTULISTAS 1,09 ARTES GRAFICAS 1,09 LAVANDERIAS Y TINTORERIAS LAVANDERIAS Y TINTORERIAS 1,09

16 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 16 LAVANDERIA 1,09 EXPENDIOS DE LOTERIA EXPENDIOS DE LOTERIA 1,09 EXPENDIOS DE PERIODICO Y REVISTAS 1,30 DISCOS Y CASETTES 1,09 BAZARES BAZARES 1,09 NEVERIAS Y PALETERIAS NEVERIAS 1,09 PALETERIAS 1,09 VENTA DE JUGOS Y LICUADOS 1,09 VENTA DE NEVERIA, PALETERIA, LONCHERIA, JUGOS Y LICUADOS 1,09 PANADERIAS EXPENDIOS DE PAN 1,09 PASTELERIAS 1,09 FABRICA DE PAN 1,09 PAPELERIAS PAPELERIAS 1,09 LIBRERIAS 1,09 CENTRO DE COPIADO 1,09 ESTETICA PELUQUERIAS 1,31 SALON DE BELLEZA 1,31 TATUAJES 1,09 VENTA DE PRODUCTOS DE BELLEZA 1,09 GIMNASIO GIMNASIO 1,09 FUMIGACION FUMIGACION 1,09 AGENCIAS DISTRIBUIDORAS AGENCIAS DISTRIBUIDORAS DE REFRESCO 1,09 AGENCIAS DIST DE CERVEZAS 1,09 AGENCIAS DISTRIBUIDORAS DE ALIMENTOS 1,09 EMBOTELLADORA DE REFRESCOS 13,11 EXPENDIO DE REFRESCOS 1,09 LONCHERIAS LONCHERIAS 1,09 TAQUERIAS SIN VENTA DE CERVEZA 1,09 TAQUERIAS CON VENTA DE CERVEZA 1,50 TORTERIAS 1,09 CAFETERIAS 1,09

17 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 17 COCINA ECONOMICA 1,09 JARABES Y CONSERVAS JARABES Y CONSERVAS 1,09 MOLINO MOLINO 1,09 TORTILLERIAS 1,09 SASTRERIAS SASTRERIAS 1,09 LONAS Y TOLDOS LONAS Y TOLDOS 1,09 CONSULTORIOS VETERINARIOS CONSULTORIOS VETERINARIOS 1,09 FARMACIAS VETERINARIAS 1,09 VENTA DE MASCOTAS 1,09 CRIADEROS CRIADEROS 1,09 AGENCIAS AGENCIAS DE VIAJES 1,09 AGENCIAS DE PUBLICIDAD 1,09 AGENCIA ADUANAL 1,09 AGENCIA DE FINANZAS 1,09 AGENCIA DE SEGUROS 1,09 AGENCIA DE SERV. DE SEGURIDAD 1,09 AGENCIAS AEREAS Y TERRESTRES 1,09 ZAPATERIAS ZAPATERIAS 1,09 REPARACION DE CALZADO 1,09 CARPINTERIAS CARPINTERIAS 1,09 MADERERIAS 1,09 CONSTRUCTORAS INMOBILIARIAS 1,09 ADMINISTRACION DE BIENES Y RAICES 1,09 CONSTRUCTORAS 1,09 FILMACIONES FILMACIONES 1,09 ALMACENES ALMACENES DE ROPA 1,09 BOUTIQUE 1,09 VENTA DE PLAYERAS 1,09 BISUTERIA Y NOVEDADES 1,09

18 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 18 PERFUMERIAS 1,09 VENTA DE ROPA 1,09 ESTUDIOS FOTOGRAFICOS ESTUDIOS FOTOGRAFICOS 1,09 VENTA DE ARTICULOS FOTOGRAFICOS 1,09 ENMARCADOS DE FOTOS 1,09 VENTA DE ARTICULOS DEPORTIVOS 1,09 CRISTALES Y ALUMINIOS VENTA DE CRISTALES Y ALUMINIOS 1,54 INSTALACION DE ALUMINIO 1,09 INSTALACION DE CORTINAS METALICAS 1,09 MUEBLERIAS MUEBLES PARA EL HOGAR 1,09 MUEBLES PARA OFICINA 1,09 MATERIALES Y EQUIPOS ELECTRICO 1,09 NOVEDADES NOVEDADES 1,09 RENTADORAS RENTADORA DE AUTOS 1,09 RENTADORA DE MOTOS 1,09 RENTADORA DE MOTONAUTICAS, ESQUI, VELEROS 1,09 AUTOTRANSPORTE URBANO 1,09 VENTA DE AUTOS COMPRA Y VENTA DE AUTOS 1,09 COMPRA Y VENTA DE AUTOS USADOS 1,09 COMPRA Y VENTA DE BICICLETAS Y ACCESORIOS 1,09 VENTA DE MOTOS COMPRA Y VENTA DE MOTOCICLETAS 1,09 DESPACHOS OFICINAS ADMINISTRATIVAS Y DESPACHOS CONTABLES 1,09 EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS 1,09 OFICINAS DE INGENIEROS Y ARQUITECTOS 1,09 BUFETTE JURIDICO 1,09 OFICINAS DE LINEAS AEREAS VENTA DE BOLETOS 1,09 PROFESIONISTAS ABOGADOS 1,09 NOTARIA PUBLICA 1,09 ARTICULOS DEPORTIVOS ARTICULOS DEPORTIVOS 1,09 ARTICULOS PARA BUCEO 1,09 ARTICULOS PARA PESCA 1,09 PRODUCTOS APICOLAS

19 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 19 PRODUCTOS APICOLAS 1,09 ARTICULOS RELIGIOSOS ARTICULOS RELIGIOSOS 1,09 CONDIMENTOS Y ESPECIES CONDIMENTOS Y ESPECIES 1,09 MENSAJERIA Y PAQUETERIA MENSAJERIA Y PAQUETERIA 1,09 BIENES RAICES BIENES RAICES 1,09 MANTENIMIENTO Y CONSERVACION MANTENIMIENTO Y CONSERVACION 1,09 DISTRIBUCION DE PRODUCTOS QUIMICOS 1,09 ARTESANIAS ARTESANIAS 1,09 TABAQUERIAS 1,09 VENTA DE PRODUCTOS DE PIEL-CUERO 1,09 VENTA DE EQUIPOS DE AIRES ACONDICIONADOS VENTA DE EQUIPOS DE AIRES ACONDICIONADOS 1,09 EQUIPO DE COMPUTO VENTA DE EQUIPOS DE COMPUTO 1,09 MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE COMPUTO 1,09 DISCOTECAS DISCOTECAS 3,50 CENTROS NOCTURNOS 1,76 EXPENDIOS DE PINTURA EXPENDIOS DE PINTURA 1,09 VENTA DE POLLOS VENTA DE POLLOS EN ESTADO NATURAL 1,09 VENTA DE POLLOS ROSTIZADOS 1,09 VENTA DE HUEVOS 1,09 VENTA DE PRODUCTOS AGROPECUARIA 1,09 FRUTERIAS FRUTERIAS 1,09 EXP. ARTICULOS P/EL ASEO EXPENDIO DE ARTICULOS PARA EL ASEO 1,09 LAVADEROS LAVADEROS DE AUTOS 1,70 BAÑOS PUBLICOS 1,50 ESTACIONAMIENTOS PRIVADOS 1,09 CASETAS TELEFONICAS CASETAS TELEFONICAS 1,09

20 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 20 CASETA TELEF. Y VTA. DE SISTEMAS DE TELEFONIA 1,31 FLORERIAS FLORERIAS 1,09 VIVEROS 1,09 DECORACION Y DISEÑO DECORACION Y DISEÑO 1,09 COMPRA Y VENTA DE LLANTAS COMPRA Y VENTA DE LLANTAS 1,70 ARTICULOS DE TAPICERIA ARTICULOS DE PELETERIA 1,09 TAPICERA 1,09 MEDIOS DE COMUNICACIÓN SERV. RESTRING. SEÑALES DE TV. 1,09 JUGUERIA JUGUERIA 1,09 SERVICIOS COMPUTACIONALES SERVICIOS COMPUTACIONALES 1,09 TIANGUIS TIANGUIS 0,65 TERMINAL TERMINAL AEREA 1,31 TERMINAL TERRESTRE 1,31 PIZZERIAS PIZZERIAS 1,31 OTROS NO ESPECIFICADOS EN LOS ANTERIORES 1 A 10 OTRAS TARIFAS CASA-HABITACION 0,35 SERVICIOS ESPECIALES 2,64 ACCESO A RELLENO SANITARIO: MENOR A UNA TONELADA 0,88 A PARTIR DE UNA TONELADA 4,41 ATENTAMENTE BACALAR, QUINTANA ROO A 26 DE OCTUBRE DE 2011 CONCEJAL PRESIDENTE MUNICIPAL DE BACALAR LIC. FRANCISCO ALBERTO FLOTA MEDRANO.

21 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 21 DADO EN LA SALA DE CABILDOS DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE BACALAR, DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, EN LA CIUDAD DE BACALAR, QUINTANA ROO, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE, FIRMANDO AL CALCE Y AL MARGEN LOS INTEGRANTES DEL CONCEJO QUE INTERVINIERON EN LA SESIÓN DE CABILDO PARA MANIFESTAR SU APROBACIÓN. EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE BACALAR. PRESIDENTE MUNICIPAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DE BACALAR. LIC. FRANCISCO ALBERTO FLOTA MEDRANO JORGE ALBERTO CALDERÓN GÓMEZ CONCEJAL SÍNDICO MUNICIPAL NELIA GUADALUPE UC SOSA CONCEJAL PRIMERA REGIDORA GEORGINA NUÑEZ CAMPOS CONCEJAL SEGUNDA REGIDORA GUSTAVO MEZA SANTOS CONCEJAL TERCER REGIDOR MANRIQUE HERNÁNDEZ CERINO CONCEJAL CUARTO REGIDOR JOSÉ MANUEL DE ATOCHA CASTRO GÓMEZ CONCEJAL QUINTO REGIDOR RAMÓN JAVIER PADILLA BALAM CONCEJAL SEXTO REGIDOR LEONARDO ABRAHAM ALONZO HOIL CONCEJAL SÉPTIMO REGIDOR NADIA GUADALUPE AGUILAR ARJONA CONCEJAL OCTAVA REGIDORA AMADOR DOMINGO VAZQUEZ CONCEJAL NOVENO REGIDOR C. MARGARITO BUITRÓN HERNÁNDEZ SECRETARIO GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DE BACALAR.

22 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 22 PRESIDENTE: Diputado Secretario, sírvase turnar la iniciativa presentada a las Comisiones de Hacienda, Presupuesto y Cuenta y Asuntos Municipales, para su estudio, análisis y posterior dictamen. Continúe con el desarrollo de la sesión. SECRETARIO: PRESIDENTE: El siguiente punto es la lectura de la Iniciativa de Decreto por el que se reforma la fracción primera del Artículo 56; se adicionan las fracciones segunda y cuarta al Artículo 63 recorriéndose las subsecuentes, y un Segundo Párrafo al Artículo 64, ambos del Capítulo Quinto del Título Tercero; una fracción Séptima al Artículo 81 del Capítulo Tercero del Título Cuarto; y un Artículo 96 Bis al Capítulo Segundo del Título Séptimo; todos de la Ley de Salud del Estado de Quintana Roo; presentada por el Diputado Manuel Jesús Aguilar Ortega, Presidente de la Comisión de Puntos Legislativos y Técnica Parlamentaria de la Honorable Décima Tercera Legislatura del Estado. Se le concede el uso de la palabra al Ciudadano Diputado Manuel Jesús Aguilar Ortega, para dar lectura a la iniciativa. CIUDADANO DIPUTADO MANUEL JESÚS AGUILAR ORTEGA: (Lee Iniciativa) Con la venia del señor Presidente de la Mesa Directiva, Diputado Juan Carlos Pereyra Escudero, de la señora Diputada Vicepresidenta Maribell Herrera Pavón y del señor Secretario Diputado José de la Peña Ruíz de Chávez. HONORABLE PLENO LEGISLATIVO: El suscrito Diputado Manuel Jesús Aguilar Ortega, integrante de la XIII Legislatura del Estado de Quintana Roo, en ejercicio de la facultad que me confiere el Artículo 68, Fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 107 y 108 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; así como el artículo 36, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior de la Legislatura del Estado de Quintana Roo, me permito someter a la consideración de esta H. Representación Popular, la siguiente iniciativa de decreto por el que se reforma la fracción I del artículo 56; se adicionan las fracciones II y IV al artículo 63 recorriéndose las subsecuentes, y un segundo párrafo al artículo 64, ambos del Capítulo V del Título Tercero; una fracción VII al artículo 81 del Capítulo III del Título Cuarto; y un

23 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 23 artículo 96 bis al Capítulo II del Título Séptimo; todos de la Ley de Salud del Estado de Quintana Roo, con base en la siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Desde la segunda mitad del siglo XX, la lucha del movimiento mundial a favor de los derechos de las mujeres, se ha centrado en el derecho a decidir sobre sus cuerpos y sus vidas desde un enfoque sexual y reproductivo. La aparición de los métodos anticonceptivos modernos (en especial la píldora anticonceptiva, 1956) efectivizó en la práctica cotidiana la posibilidad de diferenciar la sexualidad de la reproducción. A partir de entonces, las mujeres contaron con un instrumento que permitió el desarrollo de su autonomía sexual en tanto posibilitó la regulación de la fecundidad. Y fundamentalmente, colocó en el debate público la reformulación del rol social de las mujeres, dando paso a la exigencia del derecho al disfrute de la sexualidad sin fines reproductivos. Los asuntos privados entrarán así, en el debate público y la sexualidad será pensada como una práctica íntima pero también como un asunto de orden social. La sexualidad y la maternidad comenzarán a ser pensadas no como algo del orden de lo natural sino como prácticas socio históricas y culturalmente construidas sobre bases de desigualdad entre mujeres y hombres. La presente iniciativa atiende al reconocimiento en la Ley de Salud del Estado de Quintana Roo, del derecho al libre ejercicio y disfrute pleno de la sexualidad y capacidad de reproducción. Lo anterior está fundado en documentos internacionales pactados por las naciones participantes en las conferencias internacionales de Naciones Unidas sobre políticas de población (Bucarest, 1974, México 1984), y especialmente en la más reciente realizada en El Cairo en 1994, las cuales dan cuenta del proceso internacional de debate en torno a los temas de población y derechos de las personas en cuanto a la regulación de su fecundidad y ejercicio de su sexualidad. La Conferencia de El Cairo (ICPD, 1994) señaló nuevos rumbos y significó fundamentalmente un cambio de paradigmas en relación a los temas de población. Se introduce el concepto de salud reproductiva y derechos sexuales de las personas como un derecho humano, y se descentralizan los asuntos de población de la dimensión exclusivamente demográfica para introducirlo en el campo de la salud, educación y los derechos.

24 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 24 Tanto en la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (El Cairo, 1994) como en la Cuarta Conferencia Internacional sobre la Mujer (Beijing, 1995) ambas convocadas por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) se definieron estrategias dirigidas a crear las condiciones que permitirían a las mujeres, especialmente las adolescentes, a disfrutar de sus derechos sexuales y reproductivos. Como nunca antes, en ambas conferencias se examinó abiertamente la sexualidad adolescente y juvenil, y se la enmarcó en el concepto de salud sexual y reproductiva; se analizó, asimismo, la problemática de la adolescencia y la juventud en el contexto de las estructuras de género, familiares, comunitarias y sociales que la originan o condicionan. Se considera fundamental dar respuesta a las necesidades de salud reproductiva de las y los adolescentes debería basarse en información que ayude a éstos a alcanzar el grado de madurez necesario para adoptar decisiones en forma responsable. En particular, deberían facilitarse a los adolescentes información y servicios que les ayudaran a comprender su sexualidad y a protegerse contra los embarazos no planificados, las enfermedades de transmisión sexual y el riesgo subsiguiente de infecundidad. Ello debería combinarse con la educación de los hombres jóvenes para que respeten la libre determinación de las mujeres y compartan con ellas la responsabilidad en lo tocante a la sexualidad y la procreación. En este sentido, la salud reproductiva será entendida en términos de derechos de las personas a: - Decidir sobre el número y espaciamiento de hijos/as en función de sus necesidades, deseos y expectativas; - Acceder a métodos anticonceptivos seguros, asequibles y de calidad; - Acceder a servicios de salud reproductiva integrales y de calidad; - Acceder a información adecuada sobre su cuerpo, sus funciones y procesos reproductivos que permita la tomas de decisiones, el autoconocimiento y el auto cuidado; - No ser discriminado/a por sus opciones reproductivas. En materia de derechos sexuales de las mujeres en particular, y de las personas en general, la legislación debe referirse a: - El derecho al disfrute de una vida sexual placentera;

25 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 25 - El derecho al conocimiento del propio cuerpo, sus procesos y funciones sexuales y reproductivas; - El derecho a la no discriminación en función de la orientación sexual; - El derecho a la información y educación en sexualidad; - El derecho a servicios de salud sexual y reproductiva accesibles, adecuados y de calidad. Finalmente, los derechos sexuales y reproductivos deben orientar, propiciar y proteger las comprensiones y prácticas, libres e informadas de las personas, lo que implica, en el caso concreto de Quintana Roo, de llegar a toda la población en edad fértil, incluida la población indígena. Además implica hacerlo desde una perspectiva de género que permita cumplir eficaz y eficientemente con las condiciones de igualdad entre mujeres y hombres. La población joven y especialmente la población adolescente, no escapa a la consideración de este campo. Esto significa que los y las adolescentes tienen el derecho a una vida sexual y reproductiva placentera e informada, al acceso a servicios y educación en sexualidad y salud reproductiva de calidad y a métodos anticonceptivos asequibles, que permitan el desarrollo de su vida en tanto seres sexuados. Significa asimismo, la generación de condiciones que permitan su crecimiento pleno, el desarrollo de sus potencialidades y su construcción en tanto sujetos autónomos y pensantes. Con la presente iniciativa, se contará con un instrumento jurídico que incluya los objetivos de documentos internacionales que ha suscrito el Estado Mexicano en materia de derechos sexuales y reproductivos; brindando de esta manera, servicios de salud incluyentes y reforzadores de la educación sexual de las y los jóvenes quintanarroenses. Asimismo, se promueve la preparación de las y los servidores públicos del servicio estatal de salud, debidamente capacitados en temas de sexualidad y procreación con perspectiva de género, con el objeto de responder a las exigencias que demanda la actual sociedad. Por lo anteriormente expuesto y fundamentado, me permito someter a la consideración de esta Honorable Pleno, la presente INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 56; SE ADICIONAN LAS FRACCIONES II Y IV AL ARTÍCULO 63 RECORRIÉNDOSE LAS SUBSECUENTES, Y UN SEGUNDO PÁRRAFO AL ARTÍCULO 64, AMBOS DEL CAPÍTULO V DEL TÍTULO TERCERO; UNA FRACCIÓN VII AL ARTÍCULO 81 DEL CAPÍTULO III DEL

26 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 26 TÍTULO CUARTO; Y UN ARTÍCULO 96 BIS AL CAPÍTULO II DEL TÍTULO SÉPTIMO ; TODOS DE LA LEY DE SALUD DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, para quedar como sigue: CAPÍTULO V ATENCIÓN MATERNO INFANTIL Artículo 56.- La atención materno-infantil tiene carácter prioritario y comprende las siguientes acciones: I. La atención integral y tratamiento técnico profesional a la mujer, durante el embarazo, parto, puerperio y lactancia; CAPÍTULO VI SERVICIOS DE PLANIFICACIÓN FAMILIAR Artículo 63.- Los servicios de planificación familiar comprenden: I II. La promoción del respeto a la elección libre e informada de los métodos anticonceptivos modernos, seguros y efectivos, de calidad y costo accesible; III IV. La atención para la prevención de problemas de infertilidad, infecciones de transmisión sexual, cáncer cérvicouterino, mamario y prostático.. Artículo 64 En materia de planificación familiar, las acciones de información y orientación educativa en las comunidades indígenas, deberán llevarse a cabo en español y en la lengua o lenguas indígenas en uso en la región o comunidad de que se trate. CAPÍTULO III FORMACIÓN, CAPACITACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL PERSONAL Artículo 81.- Corresponde al Gobierno del Estado, sin perjuicio de las atribuciones de las Autoridades Educativas en la materia y en coordinación con éstas:

27 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 27 I a la VI VII. Fomentar la capacitación del personal técnico y médico de los servicios de salud en el Estado, en materia de sexualidad y procreación desde una perspectiva de género. CAPÍTULO II EDUCACIÓN PARA LA SALUD Artículo 96 Bis.- La educación sexual, especialmente en los adolescentes, incluirá las siguientes acciones: a) Fomentar una sexualidad placentera, responsable y libremente decidida; b) Promover el respeto a la integridad corporal y la autonomía en el control del cuerpo; c) Procurar el más alto nivel de salud sexual; d) Observar la confidencialidad en el tratamiento de la sexualidad, particularmente de las y los adolescentes; e) Impulsar el acceso a la orientación médica para la prevención y tratamiento de infecciones de transmisión sexual incluyendo el VIH, SIDA y Hepatitis B y C, cáncer cérvico-uterino, mamario y prostático. TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo. SEGUNDO.- Se derogan todas aquellas disposiciones que contravengan lo dispuesto en el presente Decreto. EN LA CIUDAD DE CHETUMAL, CAPITAL DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL ONCE. ATENTAMENTE DIP. MANUEL JESÚS AGUILAR ORTEGA PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE PUNTOS LEGISLATIVOS Y TÉCNICA PARLAMENTARIA PRESIDENTE: Diputado Secretario, sírvase turnar la iniciativa presentada a las Comisiones de Puntos Legislativos y Técnica Parlamentaria y Salud y Asistencia Social, para su estudio, análisis y posterior dictamen.

28 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 28 PRESIDENTE: SECRETARIO: Prosiga con el desarrollo de la sesión. El siguiente punto es la lectura del Dictamen con Minuta de Decreto por el que se aprueban las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones, que servirán de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria en el Municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo, para el Ejercicio Fiscal 2012; para su aprobación, en su caso. (Lee Dictamen) HONORABLE PLENO LEGISLATIVO Los suscritos Diputados integrantes de las Comisiones de Hacienda, Presupuesto y Cuenta y, de Asuntos Municipales de esta H. XIII Legislatura del Estado, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 111, 114 y 115 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y los numerales 42 y 53 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Legislatura, ambos del Estado de Quintana Roo, sometemos a la consideración de esta Honorable Soberanía, el presente Dictamen con Minuta de Decreto por el que se aprueban las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones, que servirán de base para el cobro de las Contribuciones sobre la Propiedad Inmobiliaria en el Municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo, para el ejercicio fiscal 2012, en base a lo siguiente: (Lectura dispensada) A N T E C E D E N T E S Mediante decreto 185, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, de fecha 30 de noviembre del año 2009, la Honorable XII Legislatura del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, tuvo a bien aprobar las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones, que servirían de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria en el Municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo, para el ejercicio fiscal El referido decreto se cita, en razón de ser la última actualización de las Tablas de Valores Unitarios de Suelos y Construcciones que han servido de base para el cobro de contribuciones sobre la Propiedad Inmobiliaria en el Municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo. En ese contexto, con el objetivo de actualizar los valores contenidos en la tablas anteriormente referidas, es que el Ayuntamiento del Municipio de Isla Mujeres, tuvo a bien presentar a la consideración de esta Soberanía Popular, la Iniciativa de Decreto

29 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 29 de las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones para el año fiscal 2012 del Municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo, misma que fue leída en sesión ordinaria celebrada por la Honorable XIII Legislatura del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, en fecha 03 de noviembre del presente año, y turnada por la Presidencia de la Mesa Directiva a las comisiones ordinarias de Hacienda, Presupuesto y Cuenta y, de Asuntos Municipales para su estudio, análisis y posterior dictamen. En esta virtud, los Diputados integrantes de las Comisiones que suscriben el presente documento, acordamos trabajar de manera unida para elaborar un solo Dictamen, que refleje los razonamientos esgrimidos en nuestra labor parlamentaria y, cuyo resultado presentamos ante este Honorable Pleno, debidamente sustentado en las siguientes C O N S I D E R A C I O N E S El Municipio Libre, es la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado de Quintana Roo; es una institución de carácter público, constituida por una comunidad de personas, y con el fin de velar por el bien de la sociedad. Que la Autonomía del Municipio Libre, se expresa en la facultad de gobernar y administrar por sí mismo los asuntos propios de su comunidad, en el ámbito de competencia que le señala la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución del Estado y las leyes que conforme a ella, se expidan. Que de conformidad a las bases constitucionales federal y estatal, los Municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las Legislaturas establezcan a su favor, y en todo caso, percibirán las contribuciones, incluyendo tasas adicionales, que establezca el Estado sobre la propiedad inmobiliaria, de su fraccionamiento, división, consolidación, traslación y mejora así como las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles. Que los Ayuntamientos propondrán a la Legislatura del Estado, a más tardar en el mes de octubre de cada año, con arreglo a los principios de equidad, proporcionalidad, racionalidad y capacidad contributiva, las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras, así como las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las

30 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 30 contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, en el ejercicio fiscal inmediato siguiente. Considerando que el catastro es el censo analítico de toda propiedad inmobiliaria ubicada en el territorio de la entidad que tiene por objeto la formación y conservación del mismo, con la finalidad de lograr el conocimiento exacto de las características cualitativas y cuantitativas de la propiedad inmobiliaria mediante la constante actualización de los registros catastrales y de cartografía, que permitan su uso multidisciplinario, obteniendo los elementos técnicos, estadísticos, fiscales, económicos, jurídicos y sociales que lo constituyen. De igual forma, se considera que en razón de que en fecha 17 de marzo del presente año 2011, se publicó el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población Ciudad Mujeres Zona Continental del Municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo , programa en el cual se proyecta el desarrollo de Ciudad Mujeres, como centro de población que cuenta con más de 4,900 hectáreas de extensión de las cuales los valores de suelo se encuentran obsoletos, situación que hace imprescindible actualizar los valores catastrales de la zona a través de una tabla con la realidad que se presenta en la región, garantizando a su vez, cierta autonomía financiera al propio municipio, que actualmente depende en gran medida de las participaciones estatales y federales que le corresponden como tal. Es menester para estas comisiones que dictaminan, precisar que con esta Tabla de Valores Unitarios, se refleja una restructuración de las zonas que comprende el polígono contemplado en el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población Ciudad Mujeres Zona Continental del Municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo y de esta manera, lo que se pretende en su contenido, es sin duda alguna, responder a la realidad actual de la zona. En ese contexto, bajo los argumentos anteriores, el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo, tuvo a bien proponer a esta Soberanía Popular, la Iniciativa de Decreto de las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones para el año fiscal 2012 del Municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo, misma que proponemos para su aprobación en lo general. (Procede a la lectura) MODIFICACIONES EN LO PARTICULAR

31 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 31 Estas Comisiones Unidas después del estudio y análisis realizado a la Iniciativa presentada por el Ayuntamiento del Municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo, nos permitimos proponer al documento de referencia, las siguientes modificaciones en lo particular: 1. Por cuanto hace a la denominación de la iniciativa que se propone, Iniciativa de Decreto de las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones para el año fiscal 2012 del Municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo, observamos que es importante sujetarla a los términos que establece el artículo 153, de forma específica en el párrafo segundo de la fracción II, a efecto de que dicha denominación, le imprima certidumbre jurídica al decreto que en su caso se expida, para lo cual se sugiere que ésta, quede de la siguiente manera: INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE APRUEBAN LAS TABLAS DE VALORES UNITARIOS DE SUELO Y CONSTRUCCIONES, QUE SERVIRÁN DEBASE PARA EL COBRO DE LAS CONTRIBUCIONES SOBRE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA EN EL MUNICIPIO DE ISLA MUJERES, QUINTANA ROO, PARA EL EJERCICIO FISCAL Por cuanto hace a la Clasificación de los Valores de Construcción para aplicar en el Municipio de Isla Mujeres, costo por metro cuadrado, de manera específica, la relativa a las Bodegas Comerciales observamos que se distingue con el tipo de inmueble T- 08, sin embargo esta clasificación, es errónea por ser duplicada, si consideramos que fue aplicado el mismo tipo, para la clasificación de los Locales Comerciales, luego entonces, se sugiere modificar la tipificación que corresponde a Bodegas Comerciales identificándola como T-09, recorriendo en su orden los tipos de inmuebles restantes ubicados en la tabla de clasificación de los valores de construcción. 3. Considerando que en la Iniciativa se contempla las tasas aplicables para el cálculo del impuesto predial a partir del ejercicio fiscal 2012 para el Municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo y toda vez que éstas deben estar incorporadas en la Ley de Hacienda de los Municipios, por ser ésta, el ordenamiento donde se establecen los elementos de las contribuciones que en el caso que nos ocupa, es el impuesto predial, es que nos permitimos trasladar las tarifas propuestas a la Ley de Hacienda de los Municipios para que sean incorporadas al momento de atender la citada Ley en comisiones. 4. Por otra parte, se observó que la Iniciativa presentada por el Ayuntamiento del Municipio de Isla Mujeres, no prevé disposición transitoria alguna que señala el inicio de la vigencia de las tablas

32 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 32 de valores propuestas, en ese sentido, si bien es cierto que la denominación propuesta infiere el ejercicio fiscal en el cual sería aplicada la tabla de valores, se sugiere efectuar una modificación relativa, para efecto de incorporar un artículo transitorio único, en la que se establezca la previsión temporal respectiva, cuyo contenido se propone quede de la siguiente forma: TRANSITORIO ÚNICO.- El Presente Decreto entrará en vigor el primero de enero del año 2012, previa publicación en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo. 5. Considerando que en la Iniciativa se contempla las tasas aplicables para el cálculo del impuesto predial a partir del ejercicio fiscal 2012 para el Municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo y toda vez que éstas deben estar incorporadas en la Ley de Hacienda de los Municipios, por ser ésta, el ordenamiento donde se establecen los elementos de las contribuciones que en el caso que nos ocupa, es el impuesto predial, es que nos permitimos trasladar las tarifas propuestas a la Ley de Hacienda de los Municipios para que sean incorporadas al momento de atender la citada Ley en comisiones. Por todo lo anteriormente expuesto, los suscritos Diputados integrantes de las Comisiones de Hacienda, Presupuesto y Cuenta y de Asuntos Municipales de la H. XIII Legislatura del Estado, nos permitimos someter a la consideración del Pleno Legislativo, la siguiente: MINUTA DE DECRETO POR EL QUE SE APRUEBAN LAS TABLAS DE VALORES UNITARIOS DE SUELO Y CONSTRUCCIONES, QUE SERVIRÁN DE BASE PARA EL COBRO DE LAS CONTRIBUCIONES SOBRE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA EN EL MUNICIPIO DE ISLA MUJERES, QUINTANA ROO, PARA EL EJERCICIO FISCAL PRESIDENTE: PRESIDENTE: SECRETARIO: Compañeros Diputados, en virtud de que los Dictámenes presentados en el orden del día, cuentan cada uno de ellos con su Minuta respectiva, propongo sean dispensadas de su lectura. Diputado Secretario, sírvase someter a votación la propuesta presentada. Se somete a votación la propuesta, por lo que solicito a los Ciudadanos Diputados, emitir su voto. (Se somete a votación).

33 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 33 SECRETARIO: PRESIDENTE: Informo a la Presidencia que la votación ha sido aprobada por unanimidad. En tal virtud, se declara aprobada la propuesta presentada quedando dispensada la lectura de las Minutas de cada uno de los Dictámenes presentados en el orden del día. Diputado Secretario, dé lectura a las modificaciones en lo particular y a los puntos de dictamen de cada documento. SECRETARIO: (El Secretario le da lectura a las modificaciones en lo particular y a los puntos de Dictamen correspondiente). (Lectura dispensada) ARTÍCULO ÚNICO.- Se Aprueban las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones, que servirán de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria en el Municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo, para el ejercicio fiscal 2012: TABLAS DE COEFICIENTES DE DEMERITO O INCREMENTO DE LOS VALORES CATASTRALES UNITARIOS PARA LA TIERRA, DEL MUNICIPIO DE ISLA MUJERES, ESTADO DE QUINTANA ROO. COEFICIENTES PARA VALORES DE TIERRA PARA LA DETERMINACION DEL FACTOR DE URBANIZACION (FUrb), SE CONSIDERARON DIFERENTES SERVICIOS URBANOS BASICOS EN LOS LOTES, QUE SON AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, PAVIMENTOS Y ENERGIA ELECTRICA EN DIFERENTES COMBINACIONES QUE VAN DESDE CONTAR CON NINGUN SERVICIO A CONTAR CON TODOS LOS SERVICIOS. PARA EFECTOS DE APLICAR LOS INDICES SE CONSIDERAN UNA AFECTACION DE UN 15 % PARA CADA UNO. NOTA: ESTE FACTOR SOLO SE APLICA A PREDIOS URBANOS Y SUBURBANOS. PARA LOS PREDIOS RUSTICOS EL FACTOR SERA DE LOS PREDIOS URBANOS Y SUBURBANOS, SON AQUELLOS QUE CUENTAN CON LA INFRAESTRUCTURA DE SERVICIOS URBANOS PROPORCIONADOS POR LAS AUTORIDADES, ESTANDO DENTRO DE LA MANCHA URBANO O FUERA DE ELLA.

34 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 34 NIVEL DE SERVICIOS F Urb TODOS LOS SERVICIOS 1.00 FALTANDO UN SERVICIO 0.85 FALTANDO DOS SERVICIOS 0.70 FALTANDO TRES SERVICIOS 0.55 SIN SERVICIOS 0.40 DE ACUERDO A LOS CRITERIOS DE LOS FACTORES DE EFICIENCIA DE SUELO, EL FACTOR DE ZONA (FZo), SE CONSIDERAN LAS CARACTERISTICAS DEL PREDIO EN CUANTO A SU LOCALIZACION EN LA ZONA EN QUE SE ENCUENTRA. CARACTERISICAS FZo UNICO FRENTE A CALLE MODA 1.00 AL MENOS UN FRENTE A CALLE MODA 1.00 AL MENOS UN FRENTE A CALLE SUPERIOR A CALLE MODA 1.20 AL MENOS UN FRENTE A PARQUE 1.25 AL MENOS UN FRENTE A CORREDOR DE VALOR (AVENIDA) 1.30 AL MENOS UN FRENTE A LAGUNA DE CHACMUCHUCH O LA LAGUNA MACAX 1.30 AL MENOS UN FRENTE A ZONA FEDERAL MARITIMO TERRESTRE (MAR) 1.50 PARA LA DETERMINACION DEL FACTOR DE UBICACIÓN (FUb), SE CONSIDERAN LAS CARACTERISTICAS DEL LOTE EN CUANTO A SU UBICACION EN LA MANZANA. CARACTERISTICAS HABITACIONAL COMERCIAL INTERIOR EN LA MANZANA INTERMEDIO INTERMEDIO A DOS FRENTES INTERMEDIO A TRES FRENTES ESQUINA CABECERO MANZANERO A CUATRO O MAS FRENTES MANZANERO A TRES FRENTES PARA LA AYUDAR A DETERMINACION LAS CARACTERISTICAS DEL FACTOR DE UBICACIÓN (FUb), SE MUESTRAN LOS DIFERENTES TIPOS DE LOTES DE ACUERDO A SU UBICACIÓN EN LA MANZANA. CARACTERISTICAS UBICACION

35 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 35 INTERMEDIO 0 ESQUINA 1 INTERMEDIO DOS FRENTES 2 INTERMEDIO TRES O MAS FRENTES 3 CABECERO 4 MANZANERO, CUATRO FRENTES O MAS 5 MANZANERO, TRES FRENTES 6 INTERIOR 7 EN LA DESIGNACION DEL FACTOR DE FRENTE (FFr), SE TOMARA EN CUENTA EL FRENTE DEL LOTE TIPO DE LA ZONA EN ESTUDIO, RELACIONANDOLO CON EL FRENTE DEL LOTE EN ESTUDIO. CARACTERISTICAS FFr FRENTE IGUAL O MAYOR A FRENTE TIPO 1.0 FRENTE IGUAL O MAYOR A 1/2 TIPO Y MENOR A TIPO 0.8 FRENTE MENOR A 1/2 FRENTE TIPO 0.6 EN EL CÁLCULO DEL FACTOR DE FORMA (FFo), SE CONSIDERAN DOS PARTES QUE COMPONEN EL POLIGONO

36 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 36 EN ESTUDIO, QUE SON: PORCION REGULAR, PORCION IRREGULAR. LA SUPERFICIE DE CADA UNA DE LAS PORCIONES SE VERAN AFECTADAS POR UN FACTOR ADECUADO A SU FORMA Y UBICACIÓN A LA CALLE: A SUPERFICIE DE LA PORCION REGULAR SE LE APLICARA EL FACTOR DE 1.0. ( SPa) A SUPERFICIE DE A LA PORCION IRREGULAR SE LE APLICARA EL FACTOR DE 0.5. (SAi) LA SUMA DE LAS SUPERFICIES DE LAS AREAS DE CADA UNA DE LAS PORCIONES MULTIPLICADAS POR SU FACTOR CORRESPONDIENTE DIVIDIDA INDIVIDUALMENTE ENTRE LA SUPERFICIE TOTAL DEL POLIGONO (STo). EL RESULTADO ES EL FACTOR DE FORMA (FFo) CARACTERISTICAS FFo PORCION REGULAR 1.0 PORCION IRREGULAR 0.5 LA EFICIENCIA DE LA PORCION REGULAR SE CALCULA: EPr = SPr / STo x 1.00 LA EFICIENCIA DE LA PORCION IRREGULAR SE CALCULA: EPi = SAi / STo x 0.5 LA SUMA DE LAS EFICIENCIAS ANTERIORES DA COMO RESULTADO EL FACTOR DE FORMA (FFo) FFo = EPr + EPi EN LA DETERMINACION DEL FACTOR DE SUPERFICIE (Fsu), SE CONSIDERA LA RELACION CON EL LOTE MODA RLm, ESTA RELACION SE DETERMINA POR COCIENTE DE LA SUPERFICIE DEL LOTE EN ESTUDIO SLo ENTRE LA SUPERFICIE DEL LOTE MODA SLm. RLm = SLo SLm

37 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 37 CUANDO RLm =< QUE 2, Fsu = 1, A PARTIR DE ESTA RELACION POR CADA VEZ QUE AUMENTE EL VALOR SE DESCONTARA 0.02 A 1 HASTA UN MINIMO DE 0.62 R Lm F Su R Lm F Su HASTA HASTA HASTA HASTA HASTA HASTA HASTA HASTA HASTA HASTA HASTA HASTA HASTA HASTA HASTA HASTA HASTA HASTA HASTA MAS DE TABLA DE VALORES CATASTRALES UNITARIOS PARA LA TIERRA, DE LA POBLACION DE ISLA MUJERES, MUNICIPIO DE ISLA MUJERES, ESTADO DE QUINTANA ROO. SECTO R 1 VALOR X M² 1, ZONA FEDERAL MAR CARIBE LIMITES NORTE SUR ESTE OESTE ZONA SMZA 002 FEDERAL MAR CARIBE ZONA FEDERAL MAR CARIBE ZONA NORTE, SMZA 001, MANZANAS,1,2,3,4,5,6,7,8,9,10,11,12,13,14,15,16,17,18,19,20,21,22,23,24,25 LOS VALORES UNITARIOS DEL SUELO SE INCREMENTARA EN UN 50% LOS PREDIOS COLINDANTES A LA ZONA FEDERAL MAR CARIBE Y EN UN 25% LOS COLINDANTES A LA AV. RUEDA MEDINA Y LAS CALLES HIDALGO Y JUAREZ 2 1, SMZA 001 SMZA 003 Y 004 ZONA FEDERAL MAR CARIBE ZONA FEDERAL BAHIA MUJERES SMZA 002, AEROPUERTO, RANCHO ALEGRE, BAHIA, ESC. SEC. MANZANAS,77,78,88,112,116,204,206 LOS VALORES UNITARIOS DEL SUELO SE INCREMENTARA EN UN 50% LOS PREDIOS COLINDANTES A LA ZONA FEDERAL MAR CARIBE Y EN UN 25% LOS COLINDANTES A LA PROLONGACION AV. RUEDA MEDINA Y LA PROLONGACION AV. BENITO JUAREZ

38 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates SMZA 002 SMZA 005 ZONA FEDERAL MAR CARIBE SMZA 003, ELECTRICISTAS, PTO ABRIGO MANZANAS,79,80,81,82,83,84,85,86,87,102,113 ZONA FEDERAL DE LA LAGUNA MACAX LOS VALORES UNITARIOS DEL SUELO SE INCREMENTARA EN UN 50% LOS PREDIOS COLINDANTES A LA ZONA FEDERAL MAR CARIBE Y EN UN 25% LOS COLINDANTES A LA PROLONGACION AV. RUEDA MEDINA. SMZA 002 SMZA 006 ZONA FEDERAL MAR CARIBE SMZA SMZA 004, SALINA, METEOROLOGICO, ALFA 2 DIANA MANZANAS,89,90,91,92,93,94,95,96,97,98,100,101,102,103,104,105,10 6,107,108,109,110,111, 118,205 LOS VALORES UNITARIOS DEL SUELO SE INCREMENTARA EN UN 25% LOS COLINDANTES A LA AV. JESUS MARTINEZ ROSS Y A LA PROLONGACION AV. RUEDA MEDINA SMZA 003 SMZA 006 SMZA 004 Y SALINA GRANDE LAGUNA FEDERAL DE LA LAGUNA MACAX SMZA 005, CARIBEÑA,SALINA GRANDE, CARIDAD DEL COBRE, LOL BE,ISLA BLANCA Y MIRAFLORES MANZANAS, 65,66,67,99,114,115,124,138,139,140,141,142,143,144,145,146,151, 152, 153, 154,165,174,175,176,177,199,201,207,208,209,210,211,212,213,214 LOS VALORES UNITARIOS DEL SUELO SE INCREMENTARA EN UN 25% LOS COLINDANTES A LA AV. JESUS MARTINEZ ROSS Y A LA PROLONGACION AV. RUEDA MEDINA SMZA 004 Y 005 SMZA 008 ZONA FEDERAL MAR CARIBE ZONA FEDERAL DE LA LAGUNA MACAX SMZA 006, CAÑOTAL, MANGLAR, LA GLORIA, AMPLIACION LA GLORIA MANZANAS, 121,126 ALA 137,147,148,149,150,155 A LA 164, 166 A LA 173, 178 A LA 193, 195,196,197,198,202,203,250,A LA 264

39 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 39 LOS VALORES UNITARIOS DE SUELO SE INCREMENTARAN EN UN 25% EN LOS PREDIOS COLINDANTES ALA CALLE, PARGO, PASEO DE LAS AVES, CALLE LIZETA, Y EN UN 50% A LOS PREDIOS COLINDANTES A LA CARRETERA PERIMETRAL ORIENTE. ZONA FEDERAL BAHIA DE MUJERES SMZA 008 ZONA FEDERAL DE LA LAGUNA MACAX ZONA FEDERAL BAHIA DE MUJERES 7 1, SMZA 007, LAGUNA MAR, SAC BAJO, BAHIA.MANZANAS, 68,69,70,71,72,73,74,75,76,119,120, 121,122,123,200 LOS VALORES UNITARIOS DEL SUELO SE INCREMENTARA EN UN 50% LOS PREDIOS COLINDANTES A LA ZONA FEDERAL MAR CARIBE Y EN UN 25% LOS COLINDANTES A LA CARRETERA SAC-BAJO SMZA 006 Y 007 SMZA 009 ZONA FEDERAL MAR CARIBE ZONA FEDERAL BAHIA DE MUJERES 8 1, SMZA 008, LIMITE NORTE DE LA HACIENDA MUNDACA, LIMITE NORTE FRACCIONSURESTE, MANZANAS,121 A LA 137, 147,148,149,150,155 A LA 173, 178 A LA 193, 195,196,197,198 LOS VALORES UNITARIOS DEL SUELO SE INCREMENTARA EN UN 50% LOS PREDIOS COLINDANTES A LA ZONA FEDERAL MAR CARIBE Y EN UN 25% LOS COLINDANTES A LA CARRETERA A GARRAFON Y LA CARRETERA PERIMETRAL ORIENTE. SMZA 008 ZONA FEDERA BAHIA DE MUJERES ZONA FEDERAL MAR CARIBE ZONA FEDERA BAHIA DE MUJERES 9 1, SMZA 009, FRACCIONAMIENTO SURESTE, PUNTA SUR, MANZANAS, 32 A LA 59, 107 LOS VALORES UNITARIOS DEL SUELO SE INCREMENTARA EN UN 50% LOS PREDIOS COLINDANTES A LA ZONA FEDERAL MAR CARIBE Y EN UN 25% LOS COLINDANTES A LA CARRETERA A GARRAFON Y LA CARRETERA PERIMETRAL ORIENTE.

40 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 40 TABLA DE VALORES CATASTRALES UNITARIOS PARA LA TIERRA, DE LA ZONA COSTERA DE LA ZONA CONTINENTAL DEL MUNICIPIO DE ISLA MUJERES, ESTADO DE QUINTANA ROO. LIMITES SECTOR VALOR X M² NORTE SUR ESTE OESTE DESARROLL OS DE QUINTANA ROO LIMITE CON BENITO JUAREZ ZONA FEDERAL MARITIMO TERRESTRE PREDIO SAN AUGUSTO EL MECO, RUINAS EL MECO, SAN AUGUSTO. 10 A 1, B PREDIOS UBICADOS ENTRE LA ZONA FEDERAL MARITIMO TERRESTRE Y LA CARRETERA PTA. SAM PREDIOS UBICADOS ENTRE LA CARRETERA PTA SAM Y LA CARRETERA INTERMUNICIPAL 10 C PREDIO SAN AUGUSTO LOS VALORES UNITARIOS DEL SUELO SE INCREMENTARAN EN UN 50% LOS PREDIOS COLINDANTES A LA ZONA FEDERAL MAR CARIBE. PREDIO SAN.JOAQUIN PLAYA MUJERES ZONA FEDERAL MARITIMO TERRESTRE PREDIO SAN AUGUSTO Y LAGUNA CHACMUCHU CH (DESARROLLOS DE QUINTANA ROO) PREDIO SAN FRANCISCO, SAN LUIS. 11 A 1, PREDIOS UBICADOS ENTRE LA VIALIDAD PASEO MUJERES Y LA ZONA FEDERAL MARITIMO TERRESTRE

41 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates B PREDIOS UBICADOS ENTRE LA VIALIDAD PASEO MUJERES Y LA LAGUNA CHACMUCHUCH LOS VALORES UNITARIOS DEL SUELO INCREMENTARAN EN UN 50% LOS PREDIOS COLINDANTES A LA ZONA FEDERAL. SANTA FATIMA DESARROLL OS DE QUINTANA ROO ZONA FEDERAL MARITIMO TERRESTRE LAGUNA CHACMUCHU CH PREDIO SAN JOAQUIN I,II,III, (RIBERAS DE CANCUN)ZAC- HA,SANTA FE, YULUK, PTA TAUS 12 A 1, B PREDIOS UBICADOS ENTRE LA CARRETERA INTERMUNICIPAL A ISLA BLANCA Y LA ZONA FEDERAL MARITIMO TERRESTRE PREDIOS UBICADOS ENTRE LA CARRETERA INTERMUNICIPAL A ISLA BLANCA Y LA LAGUNA CHACMUCHUCH LOS VALORES UNITARIOS DEL SUELO INCREMENTARAN EN UN 50% LOS PREDIOS COLINDANTES A LA ZONA FEDERAL. ISLA BLANCA SAN JOAQUIN ZONA FEDERAL MARITIMO TERRESTRE LAGUNA CHACMUCHU CH PREDIOS PUNTA COCOS, SANTA FATIMA I Y II, LA ESPERANZA, FRANCISCO JAVIER I Y II,SAN RAMON 13 A 1, B PREDIOS QUE SE ENCUENTREN UBICADOS ENTRE LA ZONA FEDERAL MARITIMA Y TERRESTRE Y LA CARRETERA A ISLA BLANCA. PREDIOS QUE SE ENCUENTREN AL OESTE DE LA CARRETERA A ISLA BLANCA. 13 C PREDIOS SAN RAMON, LA ESPERANZA Y PUNTA COCOS LOS VALORES UNITARIOS DEL SUELO INCREMENTARAN EN UN 50% LOS PREDIOS COLINDANTES A LA ZONA FEDERAL AL MAR CARIBE.

42 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 42 ZONA FEDERAL SANTA FATIMA ZONA FEDERAL LAGUNA CHACMUCHU CH 14 A PREDIO ISLA BLANCA, BARRACUDA, CAMARON, STA. ROSA, ACAPULCO, LA ANGOSTURA. TABLA DE VALORES CATASTRALES UNITARIOS PARA LA TIERRA, DE LA ZONA CONTINENTAL DEL MUNICIPIO DE ISLA MUJERES, ESTADO DE QUINTANA ROO. SECTOR VALOR X M² 15 A LIMITES NORTE SUR ESTE OESTE PREDIO CHACMUCHUCH LIMITE MPIO. BENITO JUAREZ EL MECO PREDIO SAN AUGUSTO B,C,D,E,F AREA NATURAL PROTEGIDA CIUDAD MUJERES 16 A PREDIO CHACMUCHUCH LIMITE MPIO. BENITO JUAREZ EL MECO CIUDAD MUJERES PREDIO SUEÑO GUAJIRO, STA ODILIA, EL CORZO, PARCELAS DE LA 229 A LA 234, PARCELA 241 A LA A LAS ARENAS SUEÑO GUARIJO EJIDO ISLA MUJERES ZONA FEDERAL MARITIMO Y TERRESTRE LA MONTAÑA PREDIOS BOCA DE CHACMUCHUCH, CAYO RATON, CAYO ALCATRAZ, CAYO SUCIO, CAYO CHACMUCHUCH, PREDIOS TRES HERMANOS, NTRA SRA DEL ROSARIO, STA ROSA, SAN GENARO, CAYO COCOM BOCA PALO BRAVO PREDIO CHACMUCHUCH ZONA FEDERAL MARITIMO Y TERRESTRE SABANA SAL SI PUEDES Y LOS GARZALES.

43 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates A PREDIOS BOCA NUEVA, BOCA IGLESIAS, SAN ANGEL, PTA ARENA F-1, F-2, F-3, F-4, F-5, F-6, BOCA PALO, KISCHKELEN ICH, LAS ARENAS I, II, III 19 A ZONA FEDERAL MARITIMO Y TERRESTRE. SABANA SAL SI PUEDES. BOCA IGLESIAS. LIMITE LAZARO CARDENAZ PREDIOS BOCA LIMBO, BOCA PALO BRAVO, SAN RAFAEL, SANTA MONICA, SANTA MARIA, QUINTA LETICIA, LA HERRADURA, EL CHAPARRAL, SAN JOSE, EL PARAISO, LA ARBOLEDA, LA ESPERANZA, KUXUB-CHE, LOS COCALES, EL RINCON, EL LIMONAR, EL CORRAL, SANTA FE, SAN MANUEL, SAN JUAN BAUTISTA, SAN ANGEL, EL PORTAL, SANTA ANA, SAN NICOLAS, LA LIBERTAD, EL POTRERO, CUXTAL, LAS TORRES, LA ISLA, PREDIO EL CAYO EJIDO ISLA MUJERES LIMITE MPIO BENITO JUAREZ PREDIO SUFRE Y CALLA SUEÑO GUAJIRO Y PREDIO CHACMUCHUCH CIUDAD MUJERES (EJIDO ISLA MUJERES) 20 A 20 B 20 C 20 D 20 E 20 F PARCELAS 460 A LA 494, 312 A LA 347, 730 A LA 1106, PREDIO SUFRE Y CALLA FRACCION I, II Y IV, TERRENOS NACIONALES PARCELAS 548 A LA 551, 558 A LA 674, 676 A LA 728, 735 A LA PARCELAS 231, 233 A LA 238, 255 A LA 259, 261 A 311, 495 A LA 542, PREDIO SUFRE Y CALLA FRACCION III Y V, STA ODILIA PARCELA PARCELAS 770, 1107, 1112, 1113, PARCELAS 195 A LA 209, 231, 260, 543 A LA 546, 549, 552 A LA 557.

44 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 44 LOS VALORES UNITARIOS SE INCREMENTARAN EN UN 25% A LOS PREDIOS QUE COLINDEN CON LA AV. GASTON ALEGRE LOPEZ. 21 A SABANA SALSIPUEDES, LOS GARZALES Y LA MONTANA EJIDO ISLA MUJERES, LIMITE BENITO JUARES EJIDO ISLA MUJERES, ZONA AGROPECUARIA EJIDO ISLA MUJERES LIMITE LAZARO CARDENAS CONSIDERACIONES PREDIOS RUSTICOS MENORES A 10, M2 TENDRAN UN VALOR DE $ X M² PREDIOS URBANOS UBICADOS DENTRO DEL PPDU MENORES A 3, M2 TENDRAN UN VALOR DE $ X M² TABLAS DE VALORES CATASTRALES UNITARIOS PARA LOS DIVERSOS TIPOS DE CONSTRUCCION, DEL MUNICIPIO DE ISLA MUJERES DEL ESTADO DE QUINTANA ROO. (ART. 20 FRAC. II Y III, LEY CATASTRO DEL ESTADO) DEFINICIONES DE LOS TIPOS DE CONSTRUCCIONES APLICABLES TIPO DE INMUEBLE GÉNERO DEFINICIÓN T-01 VIVIENDA UNIFAMILIAR HABITACIONAL ES AQUELLA DESTINADA EXCLUSIVAMENTE A USO HABITACIONAL Y EN LA CUAL HABITA HASTA UNA SOLA FAMILIA. T-02 VIVIENDA MULTIFAMILIAR HABITACIONAL, SUJETO A REGIMEN CONDOMINAL O PRIVADO ES AQUELLA DESTINADA EXCLUSIVAMENTE A USO HABITACIONAL, Y EN LA CUAL HABITA MAS DE UNA SOLA FAMILIA, PUEDE SER BAJO EL RÉGIMEN CONDOMINAL O PRIVADO.

45 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 45 T-03 MULTIFAMILIARES (CUARTERIAS) ES AQUELLA DESTINADA EXCLUSIVAMENTE AL USO HABITACIONAL Y EN LA CUAL HABITA MAS DE UNA FAMILIA ( CUARTOS EN RENTA ) T-04 OFICINAS ES AQUELLA DESTINADA EXCLUSIVAMENTE A DESEMPEÑO DE FUNCIONES ADMINISTRATIVAS, PUEDE SER BAJO EL RÉGIMEN CONDOMINAL O PRIVADO. T-05 HOTELES Y POSADAS ES AQUELLA CONSTRUCCION ENCAMINADA A LA SATISFACCIÓN DE LAS NECESIDADES DE ALOJAMIENTO Y ALIMENTACIÓN, PRESTADO EN ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS A CAMBIO DE UNA COMPENSACIÓN ECÓNOMICA. T06 BANCOS AQUELLA CONSTRUCCION, CUYA ACTIVIDAD PRINCIPAL ESTRIBA EN EFECTUAR OPERACIONES DE CREDITO Y EN RECIBIR DEPOSITOS A LA VISTA O A PLAZOS (BBV BANCOMER, SCOTIA BANK INVERLAT, SANTANDER SERFIN, HSBC, BANAMEX, BANORTE, ETC.) T-07 ESCUELAS SON AQUELLAS CONSTRUCCIONES, ENCAMINADAS A LA SATISFACCION DE LAS NECESIDADES DE EDUCACION Y FORMACION PRESTADOS EN ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS O PRIVADOS DETERMINANDO CADA UNO SU COMPENSACIÓN ECONÓMICA. T-08 LOCALES COMERCIALES ES AQUEL CONJUNTO DE VARIOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES DESTINADOS A VENDER O PERMUTAR GÉNEROS CON FIN LUCRATIVO.

46 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 46 T-09 BODEGAS COMERCIALES ES AQUEL ESTABLECIMIENTO PUBLICO O PRIVADO, TECHADO DONDE SE LLEVA A CABO EL GIRO COMERCIAL Y DESTINADO A VENDER O PERMUTAR PRODUCTOS Y SERVICIOS CON FIN LUCRATIVO, Y POR SU NATURALEZA CUENTAN CON AIRE ACONDICIONADO. (WAL-MART, CHEDRAUI, SAM S CLUB, SAN FRANCISCO, SUPER MAZ, SAN FRANCISCO TELAS.)ETC. T-10 CLINICAS Y HOSPITALES EDIFICIOS DESTINADOS AL CUIDADO DE LA SALUD. T-11 RESTAURANTES ES AQUEL ESTABLECIMIENTO PUBLICO COMERCIAL DESTINADO A VENDER O PERMUTAR GENEROS ALIMENTICIOS CON FIN LUCRATIVO T-12 NAVES INDUSTRIALES AREA QUE SE UTILIZA PARA ALMACENAJE O PRODUCCION DE MATERIA PRIMA (BODEGAS SECAS ) T-13 PALAPAS CONSTRUCCION ABIERTA O CERRADA HECHA CON PALOS, TRONCOS Y CON TECHO DE PALMA O DE HUANO. T-14 PISCINAS O ALBERCAS ESTANQUE PARA NADAR, ARTIFICIAL HECHO CON ESTRUCTURA A BASE DE BLOCK O DE CONCRETO.

47 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 47 T-15 CAMPO DE GOLF INSTALACIONES CONSTRUIDAS ESPECIFICAMENTE PARA LA PRÁCTICA DEL GOLF. T-16 CANCHAS DEPORTIVAS SON AQUELLAS INSTALACIONES, QUE DE EXPROFESO SE CONSTRUYERON PARA LA PRACTICA DE UN DEPORTE ESPECIFICO TAL COMO BASQUETBOL, TENIS, VOLIBOL ETC. T-17 ESTACIONAMIENTOS AREA DESTINADA PARA COLOCAR O SITUAR EN UN LUGAR AUTOMOTORES U OTRO TIPO DE VEHICULOS DEFINICION DE LOS ESTADOS DE CONSERVACION TIPO DE INMUEBLE DESCRIPCION DE LAS CARACTERISTICAS MALO EL DETERIORO FISICO ES POR UN LADO, LA PÉRDIDA DE VALOR POR EL USO Y SERVICIO, Y POR OTRO LADO, LA DESINTEGRACIÓN DE UNA PROPIEDAD REPRODUCIBLE POR FUERZAS DE LA NATURALEZA. EN CUANTO A LOS FACTORES QUE INTERVIENEN EN EL DETERIORO, NOS IMPORTA DESTACAR: LOS CAMBIOS QUÍMICOS EN LA COMPOSICION DE LOS MATERIALES Y LAS CAUSAS MECÁNICAS. ENTRE LOS MOTIVOS DE DETERIOROS FISICOS, ENCONTRAMOS EL USO Y LA ROTURA, LA NEGLIGENCIA. LA HUMEDAD Y LA SEQUEDAD. UNA CARACTERÍSTICA DE ESTE ESTADO ES QUE LOS COSTOS DE REPOSICIÓN DE LAS FALLAS SON MUY APROXIMADOS A LOS COSTOS DE REPOSICIÓN COMO NUEVOS. NORMAL EN ESTE ESTADO DE CONSERVACION EL DETERIORO FISICO DE LOS ELEMENTOS DE LA CONSTRUCCION, ES NORMAL. UNA CARATERÍSTICA ADICIONAL, ES QUE LOS COSTOS DE CONSERVACION Y MANTENIMIENTO SON BAJOS, PUES SE APLICAN EN EL MOMENTO.

48 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 48 DE PRIMERA ESTE ESTADO DE CONSERVACION SE IDENTIFICA POR LLEVARSE A CABO BAJOS PROGRAMAS DE MANTENIMIENTO PERIÓDICO POR LA SUPERVISIÓN PERMANENTE POR PARTE DE LOS OPERADORES. DEFINICIONES DE LAS CARACTERÍSTICAS ESTRUCTURALES TIPO DE ESTRUCTURA DESCRIPCION DE LAS CARACTERISTICAS ECONOMICA SON AQUELLAS EN LAS CUALES SE EMPLEAN ESTRUCTURAS Y MATERIALES DE MUY BAJO COSTO, ACABADOS SENCILLOS Y ESCASOS Y EJECUCIÓN CON POCO O NINGÚN CONTROL. MEDIA SON AQUELLAS EN LAS CUALES SE EMPLEAN ESTRUCTURAS DE BAJO COSTO, DE BUENA O DE REGULAR CALIDAD. ACABADOS SENCILLOS Y EJECUCIÓN CON UN REGULAR CONTROL. BUENA SON AQUELLAS EN LAS CUALES SE UTILIZAN DE BUEN COSTO, MATERIALES Y ACABADOS BUENOS Y DE PRIMERA, CON LA EJECUCIÓN DE UN BUEN CONTROL., POR LO GENERAL EN ALGUNAS OCASIONES CUENTAN CON INSTALACIONES ESPECIALES COMO: ALBERCA, FRONTON, LUZ INDIRECTA, ETC. TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION PARA APLICAR EN EL MUNICIPIO DE ISLA MUJERES, COSTO POR M2 T-01 UNIFAMILIAR HABITACIONAL ESTRUCTU RA MAL O NORMAL ACABADOS DE PRIMERA A B C MULTIFAMILIAR HABITACIONAL ECONÓMIC A MEDIA BUENA ESTRUCTU $ 1,470 $ 2,100 NO APLICA $ 2,100 $ 3,000 $ 4,500 $ 4,690 $ 6,700 $ 10,050 T-02 ACABADOS

49 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 49 RA MAL O NORMAL DE PRIMERA A B C ECONÓMIC A MEDIA BUENA NO APLI CA $ 3,000 NO APLICA $ 3,150 $ 4,500 $ 6,750 $ 4,725 $ 6,750 $ 10,125 T-03 MULTIFAMILIAR (CUARTERIAS) ESTRUCTU RA MAL O NORMAL ACABADOS DE PRIMERA A B C ECONÓMIC A MEDIA BUENA $ 1,750 $ 2,500 NO APLICA $ 2,625 $ 3,750 $ 5,625 $ 3,938 $ 5,625 $ 8,438 T-04 ACABADOS OFICINAS ESTRUCTU RA MAL O NORMAL DE PRIMERA A B C ECONÓMIC A MEDIA BUENA $ 1,960 $ 2,800 NO APLICA NO APLI CA $ 4,200 $ 6,300 $ 4,410 $ 6,300 $ 9,450 T-05 ACABADOS HOTELES Y POSADAS ESTRUCTU RA MAL O NORMAL DE PRIMERA A B C ECONÓMIC A MEDIA BUENA NO APLI CA $ 2,800 $ 4,200 $ 2,800 $ 5,000 $ 7,500 $ 5,500 $ 6,500 $ 10,500 T-06 ACABADOS BANCOS ESTRUCTU RA MAL O NORMAL DE PRIMERA

50 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 50 A B C ECONÓMIC A MEDIA BUENA NO APLI CA NO APLICA NO APLICA NO APLI CA $ 5,250 $ 7,875 NO APLI CA $ 6,700 $ 10,050 ESCUELAS ESTRUCTURA T-07 ACABADOS MALO NORMAL DE PRIMERA A ECONÓMICA NO APLICA $ 2,500 $ 3,750 B MEDIA NO APLICA $ 4,500 $ 6,750 C BUENA NO APLICA $ 6,000 $ 9,000 LOCALES COMERCIALES ESTRUCTURA T-08 ACABADOS MALO NORMAL DE PRIMERA A ECONÓMICA $ 2,100 $ 3,000 NO APLICA B MEDIA $ 2,625 $ 3,750 $ 5,625 C BUENA $ 4,200 $ 6,000 $ 9,000 BODEGAS COMERCIALES ESTRUCTURA T-09 ACABADOS MALO NORMAL DE PRIMERA A ECONÓMICA NO APLICA $ 2,800 $ 4,200 B MEDIA NO APLICA $ 3,750 $ 5,625 C BUENA NO APLICA $ 4,500 $ 6,750 CLINICAS Y HOSPITALES ESTRUCTURA T-10 ACABADOS MALO NORMAL DE PRIMERA A ECONÓMICA NO APLICA $ 3,500 NO APLICA B MEDIA NO APLICA $ 4,900 $ 7,350 C BUENA NO APLICA $ 6,000 $ 9,000 RESTAURANTES ESTRUCTURA T-11 ACABADOS

51 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 51 MALO NORMAL DE PRIMERA A ECONÓMICA $ 1,960 $ 2,800 $ 4,200 B MEDIA NO APLICA $ 3,500 $ 5,250 C BUENA $ 4,200 $ 6,000 $ 9,000 NAVES INDUSTRIALES/ BODEGAS ESTRUCTURA T-12 ACABADOS MALO NORMAL DE PRIMERA A ECONÓMICA $ 700 $ 1,000 $ 1,500 B MEDIA $ 1,575 $ 2,250 $ 3,375 C BUENA $ 3,150 $ 4,500 $ 6,750 PALAPAS ESTRUCTURA T-13 ACABADOS MALO NORMAL DE PRIMERA A ECONÓMICA $ 700 $ 1,000 $ 1,500 B MEDIA $ 1,225 $ 1,750 $ 2,625 C BUENA $ 1,575 $ 2,250 $ 3,375 PISCINAS/ ALBERCAS ESTRUCTURA T-14 ACABADOS MALO NORMAL DE PRIMERA A ECONÓMICA NO APLICA $ 2,000 NO APLICA B MEDIA NO APLICA $ 2,500 $ 3,750 C BUENA NO APLICA $ 3,000 $ 4,500 CAMPO DE GOLF ESTRUCTURA T-15 ACABADOS MALO NORMAL DE PRIMERA A ECONÓMICA NO APLICA NO APLICA NO APLICA B MEDIA NO APLICA $ 275 NO APLICA C BUENA NO APLICA NO APLICA $ 450 CANCHAS T-16

52 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 52 DEPORTIVAS ACABADOS ESTRUCTURA MALO NORMAL DE PRIMERA A ECONÓMICA NO APLICA NO APLICA NO APLICA B MEDIA NO APLICA $ 350 NO APLICA C BUENA NO APLICA NO APLICA $ 500 ESTACIONA MIENTOS ESTRUCTURA T-17 ACABADOS MALO NORMAL DE PRIMERA A ECONÓMICA NO APLICA NO APLICA NO APLICA B MEDIA NO APLICA $ 190 NO APLICA C BUENA NO APLICA NO APLICA $ 275 COEFICIENTES POR TIPO DE CONSTRUCCION TIPO DE CONSTRUCCION VOLADOS CERRADA GENERO ES AQUELLA CONSTRUCCION CUYO PERIMETRO TIENE CONSTRUCCION CERRADA CON MUROS HASTA EN UN 50 % ES AQUELLA CONSTRUCCION CUYO PERIMETRO TIENE CONSTRUCCION CERRADA CON MUROS, CON MAS DEL 50 % Factor Construcción COEFICIENTES DE AJUSTE POR EDAD DEL INMUEBLE PARA CALCULAR EL COEFICIENTE DE AJUSTE A LOS INMUEBLES, POR EFECTOS DE LA EDAD DEL MISMO, EL PROCEDIMIENTO QUE SE APLICARA, SERA EL DE CALCULAR USANDO EL METODO DE LINEA RECTA LA DEPRECIACION DEL MISMO MEDIANTE LA FORMULA. AJUSTE POR DEPRECIACION= 1- (e/e) Donde: E= Edad total del Inmueble Donde: e= Edad Transcurrida del Inmueble.

53 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 53

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55 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 55

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61 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 61

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63 22 de noviembre de 2011 Diario de los Debates 63

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