Pemex-Refinación Subsidios a la Gasolina y Diesel Auditoría Especial: T4M DE-201. Criterios de Selección
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- María Pilar Ortíz Ortiz
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1 Grupo Funcional Desarrollo Económico Pemex-Refinación Subsidios a la Gasolina y Diesel Auditoría Especial: T4M DE-201 Criterios de Selección Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios cuantitativos y cualitativos establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011, considerando lo dispuesto en el Plan Estratégico de la ASF Objetivo Fiscalizar la naturaleza, racionalidad e impacto económico de los subsidios a la gasolina y diesel, así como determinar el cumplimiento de los objetivos de esta política pública. Alcance Comprendió la revisión del impacto económico en las finanzas de Pemex Refinación del diferencial entre el precio productor en la agencia de ventas y el precio al público en la agencia de ventas de las gasolinas y el diesel y del cumplimiento de los objetivos del esquema de apoyo a las gasolinas y el diesel. Antecedentes A partir de 1995, como consecuencia de la situación económica que se presentó a finales de 1994, la política de precios de las gasolinas y el diesel originó que de 1995 a 1999 se aplicara un deslizamiento al precio al público de las gasolinas y el diesel, y en algunos meses un incremento súbito. De 2000 a 2008, se mantuvo la política de incrementos acumulados conforme a la inflación esperada o ligeramente superiores. Para 2009, el precio de la gasolina se mantuvo constante por el Acuerdo Nacional a favor de la Economía Familiar y el Empleo, debido a la crisis financiera internacional. Durante 2011, se hicieron ajustes a los precios de las gasolinas y el diesel, con deslizamientos mensuales (de enero a noviembre) de 8 centavos de peso por litro en los precios de la gasolina Magna y el Diesel; y de 4 centavos de peso por litro en el precio de la gasolina Premium. En diciembre de ese año, el ajuste a la alza se modificó a 9 centavos de peso por litro para la gasolina Magna y el Diesel y 5 de centavos de peso por litro para la gasolina Premium. 1
2 Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011 Con motivo de la reforma al régimen fiscal de Petróleos Mexicanos, en 2006 se incluyó en la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) para ese ejercicio fiscal, la posibilidad de que, cuando la tasa aplicable del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) resulte negativa, de acuerdo con el procedimiento establecido en la fracción I, del artículo 2-A, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (LIEPS), Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios puedan disminuir el monto que resulte de dicha tasa negativa, de otros impuestos a su cargo. La política de precios y tarifas específicamente para las gasolinas y el diesel es determinada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP); la cual da a conocer los precios de referencia, los ajustes por calidad, los costos netos de transporte, el margen comercial y el costo de manejo a los expendios autorizados. La citada dependencia realiza mensualmente las operaciones aritméticas correspondientes para calcular las tasas aplicables 1 para cada combustible y en cada agencia de ventas de Petróleos Mexicanos. 2 Así, se pueden diferenciar dos precios para la gasolina y el diesel: el precio productor en la agencia de ventas y el precio al público en la agencia de ventas. El precio productor en la agencia de ventas (precio de oportunidad) se integra tomando como base el precio de referencia internacional, más: el ajuste por calidad, el costo de transporte y el costo de manejo del combustible. Este precio es el que debiera cobrar Pemex Refinación en condiciones de competencia internacional. El precio al público en la agencia de ventas es un precio administrado 3 que determina la SHCP. Este precio, por la venta al público del producto en la agencia de ventas, restando impuestos (Cuota Estatal del IEPS 4 e IVA), costos de transporte a la estación de servicio y el margen comercial, es el que recibe Pemex. Los diferentes factores que inciden entre un precio y otro ocasionan que ambos precios no coincidan y, en términos generales, la manera de ajustarlos es mediante un impuesto variable: el IEPS. Si el precio al público en la agencia de ventas es mayor al precio productor en la agencia de ventas, el IEPS es positivo; pero si es menor, el IEPS resulta negativo, y representa un apoyo a los consumidores. En la estructura de precios siguiente, se ejemplifica un precio al público en la agencia de ventas menor que el precio productor en la agencia de ventas, por lo cual el IEPS es negativo: Las tasas aplicables para cada combustible son diferentes para cada agencia de ventas de Petróleos Mexicanos, puesto que dependen de los ajustes por calidad que se realicen en cada periodo, los costos de transporte para cada agencia, el margen comercial y el costo de manejo a los expendios autorizados. Agencia de Ventas de Petróleos Mexicanos: se refiere a las oficinas de ventas de Pemex, las cuales se encuentran distribuidas en territorio nacional. Precio Administrado: Los precios de aquellos bienes y servicios que no son fruto del libre juego de la ley de la oferta y la demanda, sino que los fija la Administración Pública. Cuota Estatal del IEPS: Cuotas aplicadas a la venta final del producto en territorio nacional, conforme al artículo 2 A, fracción II, de la Ley del IEPS. 2
3 Grupo Funcional Desarrollo Económico Donde: Pov: Puv: Pr: IEPS es negativo sí Pov > Puv Pov = Pr + C + T + M Puv = Pu Mef IVA CIEPS Precio productor en la agencia de ventas Precio al público en la agencia de ventas Precio de referencia C: Ajuste por calidad T: Costo de transporte M: Costo de manejo Pu: Mef: IVA: Precio al público Margen comercial más flete Impuesto al Valor Agregado CIEPS: Cuota estatal de IEPS En la Prospectiva de Petrolíferos ( ), publicada en 2010 por la Secretaría de Energía, se señala que la política de precios de petrolíferos existente en el país tiene como objetivo emitir señales económicas apropiadas mediante mecanismos de precios que reflejen los costos de oportunidad en una economía abierta, de tal manera que se simulen condiciones de mercado en el ámbito del monopolio estatal, además de contar con mecanismos de fijación de precios que brinden una respuesta rápida a las condiciones de oferta y demanda, y lograr transparencia en la integración de los precios. En la Prospectiva de Petrolíferos se señala que de acuerdo con la legislación aplicable, para fijar los precios de venta de la gasolina y el diesel, los precios del productor buscan reflejar el costo de oportunidad, o sea, el precio de un determinado producto en el mercado internacional. De esta forma, el valor es acorde a sus usos alternativos, y el alternativo es, por ende, aquel que tendría en el mercado internacional ajustado, ya sea por diferencias en calidad y/o por la logística de transporte. En dicha Prospectiva, se señala que el uso del esquema de precios del mercado internacional busca, entre otras cosas, que Pemex no actúe como monopolio; ayuda a realizar una medición de su desempeño económico y maximizar las utilidades en un entorno competitivo. La base tributaria a la que se sujetan los combustibles en territorio nacional se encuentra conformada por los impuestos siguientes: Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS). Impuesto al Valor Agregado (IVA). 3
4 Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011 Por su funcionamiento, el IEPS puede considerarse como un impuesto de ajuste, ya que el precio de las gasolinas y del diesel son administrados. El importe del IEPS a estos productos podría entenderse como el diferencial entre el precio de referencia y el precio máximo al público establecido para el mercado interno. Esta auditoría es complementaria a la auditoría núm. 65 denominada Subsidios a la Gasolina y Diesel, que fue practicada a la SHCP. Resultados 1. Evaluación al diseño del sistema de control interno Con la revisión de la Evaluación de controles internos financieros del ejercicio social terminado el 31 de diciembre de 2011 de Pemex Refinación correspondiente al ejercicio fiscal de 2011 y con el Informe de Resultados y opinión del Órgano Interno de Control en Pemex Refinación al Informe Anual del estado que guarda el Sistema de Control Interno al 31 de diciembre de 2011, elaborado por el Órgano Interno de Control (OIC) en Pemex Refinación, se comprobó que el diseño del sistema de control interno en lo relativo a la aplicación del precio de las gasolinas y el diesel proporciona una seguridad razonable en el logro de objetivos y metas institucionales. 2. Impacto económico por la recuperación del IEPS negativo en las finanzas de Pemex Refinación Con los reportes recibidos de PR de los productos con IEPS y precio Pemex con Interorganismos; las integraciones del IEPS causado; las declaraciones del pago de IEPS, correspondientes al ejercicio fiscal de 2011, se comprobó que el IEPS negativo derivado del diferencial entre el precio productor en la agencia de ventas y el precio al público en la agencia de ventas de las gasolinas y el diesel por 178,882,777.6 miles de pesos, se disminuyó de las contribuciones siguientes: 94.0 miles de pesos de IEPS causado y 6,331,475.2 miles de pesos de IVA, de Pemex Refinación; 3,986,057.2 miles de pesos de IVA de Pemex Gas y Petroquímica Básica; 8,761,791.5 miles de pesos de IVA de Pemex Corporativo, y de Pemex Exploración y Producción 58,227,475.4 miles de pesos de IVA y 101,575,884.3 miles de pesos por concepto de Derecho Ordinario Sobre Hidrocarburos. Con las cédulas de asignación de impuestos y derechos de Pemex Corporativo se verificó que el IEPS negativo que les fue disminuido a Pemex Corporativo y los Organismos Pemex Exploración y Producción y Pemex Gas y Petroquímica Básica, que en conjunto sumó 172,551,208.4 miles de pesos, fue resarcido a Pemex Refinación con la aplicación de la cuenta corriente que administra Pemex Corporativo. La recuperación del efecto del IEPS negativo por parte de Pemex Refinación se verificó en el rubro de otros ingresos en los Estados Financieros Dictaminados al 31 de diciembre de 2010 y 2011 de dicho Organismo, por lo que se 4
5 Grupo Funcional Desarrollo Económico determinó que, con el resarcimiento del monto de IEPS negativo, no hubo impacto económico en las finanzas de Pemex Refinación. 3. Cumplimiento de los objetivos del esquema de apoyo a las gasolinas y el diesel El artículo 26 del Reglamento de la Ley Federal de Entidades Paraestatales establece que los precios y tarifas de las entidades, se fijarán conforme a los criterios de eficiencia económica y saneamiento financiero. Al afecto: I. Los precios y tarifas de los bienes y servicios susceptibles de comercializarse internacionalmente, se fijarán considerando los prevalecientes en el mercado internacional de estos productos. De lo anterior se desprende que en dicho artículo se establecen las bases para fijar los precios y tarifas de los organismos de la Administración Pública Federal de acuerdo con el precio del mercado internacional para aquellos bienes y servicios susceptibles de comercializarse internacionalmente, como las gasolinas y el diesel, a efecto de que dichos organismos alcancen la eficiencia económica y el saneamiento financiero. Con la revisión de los reportes de productos con IEPS y precio Pemex con Interorganismos; las integraciones del IEPS causado; las declaraciones del pago de IEPS, y las cédulas de asignación de impuestos y derechos, correspondientes al ejercicio fiscal de 2011, y los Estados Financieros Dictaminados al 31 de diciembre de 2011 y 2010, se precisó que la mecánica de precio productor en la agencia de ventas y precio al público en la agencia de ventas causa un diferencial entre estos precios que es compensado con el IEPS negativo a Pemex Refinación, por lo que con esta mecánica se igualan los precios de venta de dicho organismo a los del mercado internacional, conforme a los objetivos definidos para el esquema de apoyo a las gasolinas y el diesel. Dictamen: limpio La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecidos; y se aplicaron los procedimientos de auditoría que se estimaron necesarios. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar el presente dictamen, que se refiere sólo a las operaciones revisadas. La Auditoría Superior de la Federación considera que en términos generales Pemex Refinación cumplió con las disposiciones normativas relacionadas con la aplicación del IEPS por la enajenación de gasolinas y diesel, y que no se registró un impacto económico negativo en las finanzas del organismo por lo cual se cumplió con los objetivos definidos en el esquema de determinación de precios de las gasolinas y el diesel. 5
6 Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011 Apéndices Procedimientos de Auditoría Aplicados 1. Evaluar el diseño del sistema de control interno en Pemex Refinación. 2. Revisar el impacto económico en las finanzas de Pemex Refinación del diferencial entre el precio productor en la agencia de ventas y el precio al público en la agencia de ventas de las gasolinas y el diesel. 3. Analizar el cumplimiento de objetivos del esquema de apoyo a las gasolinas y el diesel. Áreas Revisadas La Subdirección Comercial y la Subdirección de Finanzas y Administración, de Pemex Refinación (PR). Comentarios de la Entidad Fiscalizada Es importante señalar que la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada para aclarar o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la Auditoría Superior de la Federación, y que se presentó a esta entidad fiscalizadora para los efectos de la elaboración definitiva del Informe del Resultado. 6
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