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1 REPUBLICA DE COLOMBIA 1

2 FI SCALÍ A GENERAL DE LA NACI ÓN 2

3 ORGANI GRAMA FI SCALIA GENERAL DE LA NACI ÓN Ins. Nal. Medicina Legal y Ciencias Forenses Fiscal General Vicefiscal General U. Del. ante la C.S.J U. Nal. Anticorrupción Dirección Nal. CTI. Dirección Nal. Adtiva. y Financ. Dirección Nal. Fiscalías Dirección Asuntos Internacionales U. Nal Ext. Dom. y L.A. UNAIM U. Nal. Der. Humanos Del. Tribunal Superior U. Nal. Antiterrorismo Direcciones Seccionales 3

4 UNI DAD NACI ONAL CONTRA EL LAVADO DE ACTI VOS Y PARA LA EXTI NCI ON DEL DERECHO DE DOMI NI O Sara Magnolia Salazar Landínez Jefe de Unidad 4

5 MISIÓN Frenar la proliferación de las organizaciones criminales dedicadas al manejo de dineros y bienes de procedencia ilícita, bloqueando su infraestructura económica, con el fin de desestimular los beneficios patrimoniales derivados de actividades delictivas, para evitar la circulación del dinero corruptor. 5

6 INSTRUMENTOS JURÍDICOS 1.INVESTIGACIONES PENALES ARTS 323 A 327 C.P.. 2.TRÁMITES DE EXTINCIÓN DE DOMINIO LEY 793 DE

7 FRENTES DE ACCIÓN Dineros que se persiguen Enriquecimiento ilícito Terrorismo Narcotráfico Contrabando Secuestro Extorsión Corrupción Hurto hidrocarburos Violación propiedad industrial Tráfico de efectivo Trata de personas Tráfico de migrantes 7

8 MMM ESTRUCTURA DE LA UNIDAD Jefe de Unidad Coordinación Técnica 67 Técnicos y Asistentes 30 Fiscales Secretaría Administrativa Grupos de Policía y apoyo judicial C. T. I. FISCALIA GENERAL DE L A NA CION Superintendencia Bancaria de Colombia 8

9 EXTI NCI ÓN DE DOMI NI O LEY 793 DE

10 MARCO CONSTITUCIONAL ARTÍCULO 34 Se prohíben las penas de destierro, prisión perpetua y confiscación. No obstante, por sentencia judicial, se declarará extinguido el dominio sobre los bienes adquiridos mediante enriquecimiento ilícito, en perjuicio del Tesoro público o con grave deterioro de la moral social 10

11 MARCO CONSTITUCIONAL ARTÍCULO 58. Se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores. 11

12 MARCO CONSTITUCIONAL ARTÍCULO 58. Cuando de la aplicación de una ley expedida por motivos de utilidad pública o interés social, resultaren en conflicto los derechos de los particulares con la necesidad por ella reconocida, el interés privado deberá ceder al interés público o social. 12

13 MARCO CONSTITUCIONAL ARTÍCULO 58. La propiedad es una función social que implica obligaciones. Como tal, le es inherente una función ecológica. El Estado protegerá y promoverá las formas asociativas y solidarias de propiedad. 13

14 MARCO CONSTITUCIONAL ARTÍCULO 58. Por motivos de utilidad pública o de interés social definidos por el legislador, podrá haber expropiación mediante sentencia judicial e indemnización previa. Esta se fijará consultando los intereses de la comunidad y del afectado. En los casos que determine el legislador, dicha expropiación podrá adelantarse por vía administrativa, sujeta a posterior acción contenciosa administrativa, incluso respecto del precio. 14

15 ANTECEDENTES NACI ONALES Estatutos de estupefacientes: Decreto 1188 de 1974 y Ley 30 de 1986 Testaferrato. Decreto 1856/89 Enriquecimiento Ilícito. Decreto 1895/89 Constitución Política de 1991, Art 34 y 58 Decreto 2790 de 1990 Estatuto para la Defensa de la Democracia Código de Procedimiento Penal de 1991 Ley 333 de 1996 y D.L de

16 ANTECEDENTES I NTERNACIONALES Convención de las Naciones Unidas Contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, Viena, 1988 Convenio sobre blanqueo, detección, embargo y confiscación de los productos de un delito, Estrasburgo, 1990 Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, Palermo,

17 OBJETI VOS DE LA ACCI ÓN DE EXTI NCI ÓN Desarrollar los artículos 34 y 58 de la Constitución Política. Contar con un instrumento de aplicación retrospectiva, con el fin de evitar la legalización de fortunas ilícitas. Consagrar una acción de carácter real, que transcendiera la responsabilidad personal. 17

18 OBJETI VOS DE LA ACCI ÓN DE EXTI NCI ÓN Contar con la posibilidad legal de aplicar el concepto de bienes equivalentes consagrado en la Convención de Viena. Extinguir el dominio de bienes ilícitos adquiridos por causa de muerte. Cumplir con compromisos internacionales Convención de Viena. 18

19 CONCEP TO Es una consecuencia patrimonial de las actividades ilícitas consistente en: La pérdida del Derecho de Dominio a favor del Estado sin contraprestación ni compensación de naturaleza alguna para su titular. 19

20 CARACTERÍSTICAS Es de Origen Constitucional: Fundamentada en los artículos 34 y 58 Constitución Política. Es Jurisdiccional: Procede sólo por sentencia judicial Es Real: Permite perseguir los bienes en manos de quien se encuentren. 20

21 CARACTERÍSTICAS No es una sanción penal: No es una pena principal ni accesoria. Es una consecuencia patrimonial de las actividades ilícitas Es autónoma y distinta de la acción penal: Tiene un objeto propio, causales independientes, características particulares y procedimiento propio. 21

22 CARACTERÍSTICAS Es independiente de la responsabilidad penal: No es necesario que el titular haya participado en la actividad delictiva que compromete los bienes Concluye con una sentencia declarativa y no de condena: Se declarara que la propiedad, dado su irregular origen, no es merecedora de la protección constitucional. 22

23 CARACTERÍSTICAS Es retrospectiva: Se aplica sobre situaciones jurídicas generadas con anterioridad a la expedición de la ley. Es imprescriptible: El origen de los bienes no puede sanearse por el transcurso del tiempo, y menos aún, inhibir al Estado para perseguirlos. 23

24 CARACTERÍSTICAS Procede sobre bienes adquiridos por causa de muerte: Dado el carácter real de la acción. Es una acción garantista: Ampara los derechos de quienes actúan de buena fe. 24

25 CARACTERÍSTICAS Desarrolla convenios internacionales: Es un instrumento acorde con lo dispuesto en el artículo V de la Convención de Viena de Respeta derechos de terceros de buena fe: Exenta de culpa y cualificada, obrar con lealtad y honestidad. 25

26 OBJETO DEL P ROCESO No tiene el mismo objeto del proceso penal. Pretende declarar, mediante sentencia judicial, la pérdida del derecho de dominio a favor de Estado. 26

27 Extinción como sanción penal Acción individual Debido proceso penal Carga probatoria Estado Presunción de inocencia Derecho de defensa penal In dubio pro reo Principio de favorabilidad Prescriptibilidad Sentencia condenatoria Extinción como consecuencia patrimonial actividad ilícita Acción Real Debido proceso Principio de solidaridad. probatoria Presunción de buena fé Carga probatoria Estado Derecho de contradicción Verdad procesal Retrospectividad Imprescriptibilidad Sentencia declarativa 27

28 ESQUEMA DEL COMI SO EN EL P ROCESO P ENAL PENALMENTE RESPONSABLE BIENES EFECTOS OBJETO MEDIO INSTRUMENTO ACTIVIDAD DELICTIVA 28

29 ESQUEMA DE LA ESQUEMA DE LA EXTI NCI ÓN DEL EXTINCIÓN CONCEPTO N DOMI DEL NIDOMINIO O NEXO DE RELACIÓN TITULAR DEL BIEN CAUSAL DE EXTINCIÓN BIENES PROVENIENTES PRODUCTO MEDIO OBJETO DERIVADOS INSTRUMENTO EQUIVALENTES ACTIVIDAD ILÍCITA 29

30 EL P ROCESO ESTA ENCAMI NADO A DETERMI NAR La existencia de una de las causales artículo 2o de la Ley 793 del del La identificación y ubicación de bienes Relación o nexo entre una de las causales determinadas en la ley y los bienes. 30

31 CAUSALES Las causales de extinción de dominio deben ser entendidas como circunstancias ilícitas que recaen sobre los bienes (no sobre sus titulares), que conllevan una consecuencia jurídica. Estas circunstancias ilícitas hacen relación al origen y destinación ilícita del bien, de acuerdo con los principios consignados en los artículos 34 y 58 de la Constitución Política. 31

32 P RIMERA CAUSAL Cuando exista incremento patrimonial injustificado, en cualquier tiempo, sin que se explique el origen lícito del mismo. No importa la época del enriquecimiento en cualquier tiempo, pues es una acción imprescriptible No requiere prueba directa de la actividad ilícita y facilita la solución de problemas probatorios Permite perseguir patrimonios de quienes se enriquecen de la noche a la mañana sin que acrediten una actividad lícita 32

33 SEGUNDA CAUSAL El bien o los bienes de que se trate provengan directa o indirectamente de una actividad ilícita Hace relación a todos los bienes que son producto directo o indirecto de una actividad ilícita (origen ilícito) No requiere que el propietario haya participado en la actividad ilícita, sólo se investiga el origen del bien Procede cuando existen pruebas que los bienes fueron adquiridos con el producto del narcotráfico, secuestro, corrupción, extorsión, tráfico de armas, etc. 33

34 TERCERA CAUSAL Los bienes de que se trate hayan sido utilizados como medio o instrumento para la comisión de actividades ilícitas, sean destinadas a éstas, o correspondan al objeto del delito Hace relación a la destinación ilícita de los bienes Aquí no se investiga el origen del bien sino su utilización Procede sobre la casa donde se escondió el secuestrado, la aeronave donde se transportó la droga, el dinero destinado a actividades terroristas, etc 34

35 CUARTA CAUSAL Los bienes o recursos de que se trate provengan de la enajenación o permuta de otros que tengan su origen, directa o indirectamente, en actividades ilícitas, o que hayan sido destinados a actividades ilícitas o sean producto, efecto, instrumento u objeto del ilícito Contempla los bienes de origen o destinación ilícita que son transformados en otros Sería el caso del caballo del narcotraficante que adquiere a cambio de unas obras de arte producto de un lavado de activos, o el apartamento que adquiere el secuestrador al permutar la finca donde escondió al secuestrado, etc. 35

36 QUINTA CAUSAL Los bienes o recursos de que se trate hubieren sido afectados dentro de un proceso penal y que el origen de tales bienes, su utilización o destinación ilícita no hayan sido objeto de investigación o habiéndolo sido, no se hubiese tomado sobre ellos una decisión definitiva por cualquier causa Es una causal que pretende evitar la impunidad en materia de bienes cuando el proceso penal termina por cualquier causa Procede cuando el proceso termina por muerte del sindicado o se acoge a sentencia anticipada, o prescribe la acción penal, o es absuelto por duda, etc. y no se investigaron los bienes 36

37 SEXTA CAUSAL Los derechos de que se trate recaigan sobre bienes de procedencia lícita, pero que hayan sido utilizados o destinados a ocultar o mezclar bienes de ilícita procedencia Esta causal está dirigida a evitar los mecanismos de evasión de la acción de extinción cuando se confunden patrimonios lícitos con ilícitos Sería el caso del funcionario corrupto que coge sus ahorros y los mezcla con el dinero recibido ilícitamente y compra acciones o constituye títulos valores. 37

38 SÉP TIMA CAUSAL Cuando en cualquier circunstancia no se justifique el origen del bien perseguido en el proceso Es una causal dirigida a superar los problemas probatorios que se presentan en el proceso de extinción de dominio Responde a un manejo dinámico de la carga de la prueba Se aplica cuando la Fiscalía inicia un trámite de extinción porque se consideran de origen ilícito y el propietario no logra desvirtuar las razones expuestas por el fiscal 38

39 BIENES EQUIVALENTES No son propiamente una causal de extinción Recaen sobre bienes lícitos cuyo valor corresponden a otros de origen o destinación ilícita que se encuentran en las siguientes circunstancias: 1. Cuando es imposible la ubicación o afectación de los bienes ilícitos 2. Cuando el bien no puede ser afectado por estar en cabeza de un tercero de buena fe 39

40 EXTINCIÓN DE DOMINIO DEL PROCESO Ley 793 de

41 ORIGEN (Art. 34 CN).Viciado. No puede alegar protección constitucional. DESTINACION. (ART. 58 CN). Incumplimiento a la función social de la propiedad 41

42 BIENES Susceptibles de valoración económica Sobre los que pueda recaer derecho de propiedad Frutos y Rendimientos 42

43 BIENES Derechos reales principales: dominio, herencia, propiedad fiduciaria, servidumbre, uso usufructo, habitación, etc. Derechos reales accesorios: hipoteca, prenda, censo, retención. 43

44 BIENES EQUIVALENTES Ley 793 Art. 3 paragrafo Bienes o valores equivalentes. Ubicar o Extinguir 44

45 I NVESTI GACI ON Y COMP ETENCI A DE OFICIO Fiscal General Directamente o en quien se delegue. Fiscales Delegados ante los Jueces Penal del Circuito Especializados 45

46 SENTENCIA JUECES PENALES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADOS Ubicación de los Bienes En un mismo lugar Jueces Especializados del lugar. Diferentes Distritos Mayor número Jueces Especializados 46

47 NEXO DE RELACION El titular del bien. De quien se pregona la actividad ilícita. Origen o destinación de los bienes. 47

48 ETAPAS DEL P ROCESO FASE INICIAL (PREPROCESAL) INICIO ( PROCESAL) JUEZ (SENTENCIA) 48

49 FASE INICIAL Labores tendientes a identificación bienes Causal Recaudar los elementos de juicio que permitan evidenciar y elaborar la pretensión de Estado Afectación de bienes 49

50 FASE INICIAL No está limitada en el tiempo Recaudar las evidencias que permitan arribar a una sentencia Por principio de Integración Inhibitorio Control de Legalidad 50

51 AFECTACION DE BIENES EXCEPCIONAL Hacer frente en forma ágil y eficaz al accionar de las organizaciones criminales Contar con elementos de pruebas de los presupuestos que dan lugar a la acción. 51

52 AFECTACION DE BIENES EXCEPCIONAL Los terceros afectados podrán hacer valer sus derechos en esta fase 52

53 INICIO DEL TRAMITE Presupuestos Claros Quebrar la presunción de buena fe Argumentos fácticos relacionados con la causal. 53

54 INICIO DEL TRAMITE Resolución de Sustanciación. Hechos en que se funda Identificación de los bienes Pruebas Directas o indiciarias Medidas cautelares 54

55 MEDIDAS CAUTELARES Artículo 681 C.P.C. Embargo Secuestro Suspensión del Poder Dispositivo 55

56 P ROCEDIMIENTO Notificación Personal: Agente Min. Publico dentro de los (5 días) Emplazamiento: (5 días) Libradas comunicaciones Edicto (5 días) Curador Ad litem: (3 días) Titulares que no comparezca Indeterminados 56

57 Integración del Contradictorio: (5 días) al término de comparecencia. Oposición Solicitar las pruebas conducentes y eficaces para fundar su oposición. Explicar el origen de los bienes a partir de actividades lícitas demostrables 57

58 Periodo probatorio ( 30 días improrrogables). Traslado para alegar de conclusión.(5 días) Resolución de procedencia o improcedencia (15 días) Procedencia Juez Improcedencia Consulta 58

59 SENTENCIA Declarativa Reconocimiento de Derechos Retribución Honorarios del Curador Bienes equivalentes Fondo FRISCO 59

60 CARÁCTER DECLARATIVO DE LA SENTENCIA Declara la pérdida del dominio por la carencia de un título justo al adquirirse un bien en contravía del ordenamiento jurídico, evento en el cual el derecho no nace y por ende no puede ser objeto de protección constitucional. 60

61 CARÁCTER DECLARATIVO DE LA SENTENCIA Declara que por el desvío, desatención o incumplimiento de las obligaciones que emanan de la función social de la propiedad, la destinación ilícita desconoció el orden jurídico. 61

62 CAUSALES DE NULIDAD Falta de competencia. Falta de notificación. Negativa injustificada, a decretar una prueba conducente o a practicar, sin causa que lo justifique, una prueba oportunamente decretada. 62

63 RESULTADOS A 30 DE SEPTIEMBRE DE

64 PROCESOS DE EXTINCIÓN DE DOMINIO FASE INICIAL CON INICIO DE TRAMITE TOTAL

65 DECISIONES EN EXTINCION DE DOMINIO INICIOS DE TRAMITE PROCEDENCIAS SENTENCIAS

66 BIENES AFECTADOS EN EN EXTINCION EXTINCIOS DE DOMINIO BIENES AFECTADOS BIENES CON PROCEDENCIA BIENES CON IMPRODENCIA BIENES SENTENCIA BIENES DEVUELTOS POR SENTENCIA

67 Sara Magnolia Salazar Landinez Fiscal Jefe de la Unidad Nacional para la Extinción del Derecho de Dominio y contra el Lavado de Activos EXT

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