LAS RELACIONES Y EL TRATAMIENTO CONSTITUCIONAL ANDINO EN MATERIA DE IGUALDAD, DISCRIMINACIÓN Y LIBERTAD SINDICAL.
|
|
- Vanesa Venegas Morales
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 LAS RELACIONES Y EL TRATAMIENTO CONSTITUCIONAL ANDINO EN MATERIA DE IGUALDAD, DISCRIMINACIÓN Y LIBERTAD SINDICAL. Cómo es que se han recogido los derechos de igualdad, a no ser discriminado en los textos constitucionales andinos? Los principios de igualdad, concretamente en sus manifestaciones de igualdad ante la ley, de trato, de oportunidades han sido recogidos por los textos constitucionales andinos de distintas maneras. A continuación, observaremos cual es el tipo de reconocimiento que dichos principios tiene en las Constituciones de los Estados miembro de la Comunidad Andina en el siguiente orden: Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela. 1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE BOLIVIA DE 1967, REFORMADA EN La Constitución Política de Bolivia de 1967, reformada en 1994 establece en el punto I del artículo 6, correspondiente a las disposiciones generales relativas a la persona como miembro del Estado, el derecho fundamental a que todo ser humano goce de los derechos, libertades y garantías sin distinción de raza, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen, condición económica o social u otra cualquiera, estableciendo de manera indirecta un reconocimiento, si bien no expreso, al principio de igualdad.
2 De otro lado en cuanto a la libertad sindical, la Constitución boliviana reconoce en el punto I del artículo 159 la garantía a la libre asociación patronal y a la sindicalización como medio de defensa, representación, asistencia, educación y cultura de los trabajadores. Seguidamente, establece el marco de protección a la libertad sindical, reconociendo el fuero sindical en cuanto garantía para dirigentes por las actividades que desplieguen en el ejercicio específico de su mandato, no pudiendo éstos ser perseguidos ni presos. 2. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA DE 1991, REFORMADA EN La Constitución Política de Colombia de 1991, reformada en 2001 a diferencia de la boliviana, reconoce expresamente el principio de igualdad en sus tres manifestaciones (igualdad ante la ley, de trato y de oportunidades) y seguidamente impone el mandato de no discriminar. En efecto, el artículo 13 del capítulo referido a los derechos fundamentales señala que todas las personas nacen iguales ante la ley, reciben la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica. En un segundo párrafo de dicho artículo, establece que el Estado debe promover las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptar las medidas en favor de grupos discriminados o marginados, imponiéndose a sí mismo la obligación de realizar acciones afirmativas.
3 Finalmente, señala que el Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan, estableciendo con ella una obligación específica respecto de determinados colectivos. Por otro lado, en cuanto a los derechos laborales con relevancia sindical, el artículo 39 establece que los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin intervención del Estado cuyo reconocimiento jurídico se producirá con la simple inscripción del acta de constitución. Mediante dicho artículo establece que la estructura interna y el funcionamiento de los sindicatos y organizaciones sociales y gremiales se sujetarán al orden legal y a los principios democráticos. Añade que la cancelación o la suspensión de la personería jurídica sólo procede por vía judicial reconociendo finalmente la protección a las libertades y derechos sindicales mediante el fuero sindical. Además, niega la posibilidad de sindicación a los miembros de la Fuerza Pública. Aún cuando en los derechos de la persona la Constitución colombiana reconoce la igualdad ante la ley, de trato y de oportunidades, en el capítulo referido a los derechos sociales, económicos y culturales, establece en su artículo 43 que los varones y mujeres tienen iguales derechos y oportunidades reconociendo luego esta manifestación como un principio mínimo fundamental (artículo 53). 3. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE ECUADOR DE La Constitución Política de Ecuador de 1998 reconoce en el inciso 3 del artículo 23 del capítulo referido a los derechos civiles el derecho de
4 igualdad ante la ley y agrega seguidamente que todos las personas gozan de las mismas oportunidades, imponiendo el mandato a no discriminar en razón de nacimiento, edad, sexo, etnia, color, origen social, idioma, religión, filiación política, posición económica, orientación sexual, estado de salud, discapacidad, o diferencia de cualquier otra índole. Luego de analizar el aspecto de los derechos individuales y fundamentales, la Constitución ecuatoriana establece en relación con los derechos laborales referidos a la libertad sindical en el numeral 9 del artículo 35, que garantizará el derecho de organización de trabajadores y empleadores y su libre desenvolvimiento, sin autorización previa y conforme a la ley. Agrega que para las relaciones laborales en las instituciones del Estado el sector laboral estará representado por una sola organización. Finalmente, establece mediante su artículo 36 que el Estado propiciará la incorporación de las mujeres al trabajo remunerado, en igualdad de oportunidades. 4. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE PERÚ DE La Constitución Política de Perú de 1993, señala en el inciso 2 del artículo 2 que todas las personas tiene el derecho a ser iguales ante la ley y que nadie puede ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole. Por otro lado, en lo que se refiere a los derechos laborales en materia de igualdad reconoce la manifestación de la igualdad de oportunidades mediante el artículo 26 y en lo que se refiere a la libertad sindical, señala en el artículo 28 que el Estado reconoce la sindicación y mediante el inciso 1 garantiza la libertad sindical.
5 5. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE VENEZUELA DE La Constitución Política de República Bolivariana de Venezuela de 1999, establece en su artículo 19 la garantía para toda persona de sus derechos humanos sin discriminación alguna. Más adelante, expresa concretamente esta garantía en su artículo 21 cuando establece que todas las personas son iguales ante la ley, y en consecuencia, no se permiten las discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo, la condición social o aquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad. En el inciso 2 del mismo artículo se impone la obligación de adoptar medidas positivas a favor de personas o grupos que puedan ser discriminados, marginados o vulnerables. Por otro lado, en cuanto a los derechos laborales, reconoce en el artículo 88 la garantía del Estado a la igualdad y equidad entre varones y mujeres en el ejercicio de los derechos laborales. Mediante el artículo 95 reconoce la libertad sindical estableciendo que los trabajadores y las trabajadoras, sin distinción alguna y sin necesidad de autorización previa, tienen derecho a constituir libremente las organizaciones sindicales que estimen convenientes para la mejor defensa de sus derechos e intereses, así como el de afiliarse o no a ellas, de conformidad con la ley. Agrega que estas organizaciones no están sujetas a intervención, suspensión o disolución administrativa. Asimismo, en materia de libertad sindical y de protección a este derecho, establece en el artículo 95 que los trabajadores y trabajadoras están protegidos contra todo acto de discriminación o de injerencia contrarios al ejercicio de dicho derecho gozando los dirigentes del fuero sindical
6 entendido como la inamovilidad laboral durante el tiempo y en las condiciones que se requieran para el ejercicio de sus funciones.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS LEGALES INTERNACIONALES DE CARÁCTER GENERAL
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS LEGALES INTERNACIONALES DE CARÁCTER GENERAL DERECHOS HUMANOS A LA IGUALDAD ANTE LA LEY Y NO DISCRIMINACIÓN Considerando que: Están vigentes un conjunto de instrumentos internacionales
Más detallesPrimera edición: abril, 2012
Primera edición: abril, 2012 D. R. Comisión Nacional de los Derechos Humanos Periférico Sur 3469, esquina Luis Cabrera, Col. San Jerónimo Lídice, C. P. 10200, México, D. F. Diseño de portada: Éricka Toledo
Más detallesConvención sobre los derechos de las personas con discapacidad
Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad Preámbulo Los Estados Partes en la presente Convención, a. Recordando que los principios de la Carta de las Naciones Unidas que proclaman
Más detallesPrimera edición: abril, 2012
Primera edición: abril, 2012 D. R. Comisión Nacional de los Derechos Humanos Periférico Sur 3469, esquina Luis Cabrera, Col. San Jerónimo Lídice, C. P. 10200, México, D. F. Diseño de portada: Éricka Toledo
Más detallesLEY 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social. (BOE de 31 de diciembre de 2003)
LEY 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social. (BOE de 31 de diciembre de 2003) JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA A todos los que la presente vieren y entendieren.
Más detallesInstrumentos Normativos Nacionales y Discriminación.
Sección Participación, Diversidad y No Discriminación División de Organizaciones Sociales La Discriminación: la perspectiva de los Derechos Humanos Derecho a la no discriminación. Es el derecho de toda
Más detallesINTERACCIÓN CON PERSONAS CON DISCAPACIDAD NORMAS NACIONALES LEY / DECRETO /
NORMAS NACIONALES LEY / DECRETO / NORMA Constitución Política Colombiana de 1991 TEMÁTICA TITULO II: DE LOS DERECHOS, LAS GARANTIAS Y LOS DEBERES CAPITULO 1: DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Artículo 13.
Más detallesDeclaración Universal de los Derechos Humanos
Declaración Universal de los Derechos Humanos Antecedentes A 60 años de la promulgación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas
Más detallesANEXO I DOCUMENTOS INTERNACIONALES QUE PROTEGEN A LA MUJER TRABAJADORA. Declaración Universal de los Derechos Humanos
ANEXO I DOCUMENTOS INTERNACIONALES QUE PROTEGEN A LA MUJER TRABAJADORA Declaración Universal de los Derechos Humanos Adoptada y proclamada por la Resolución de la Asamblea General 217 A (iii) del 10 de
Más detallesCódigo ético europeo Para el personal penitenciario
D O C U M E N T O S D E T R A B A J O CONSEJO de EUROPA Código ético europeo Para el personal penitenciario Traducción realizada por el Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada del Departamento
Más detallesCAPITULO III. DERECHOS DE LOS HIJOS NACIDOS FUERA DE MATRIMONIO Y LAS CONVENCIONES INTERNACIONALES.
CAPITULO III. DERECHOS DE LOS HIJOS NACIDOS FUERA DE MATRIMONIO Y LAS CONVENCIONES INTERNACIONALES. 3.1.- DERECHOS. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera del matrimonio, tienen derecho a igual
Más detallesCÓDIGO DE CONDUCTA DEL GRUPO EMPRESARIAL REDEXIS GAS
DEL GRUPO EMPRESARIAL REDEXIS GAS ÍNDICE PREÁMBULO... 2 TÍTULO I. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN... 3 Artículo 1.- Objeto... 3 Artículo 2.- Ámbito de aplicación... 3 TÍTULO II. NORMAS DE CONDUCTA... 4 CAPÍTULO
Más detallesOtro de los pilares de la Convención: Derecho a la Participación:
Tercer Módulo para adultos: Derecho a la Participación Temas desarrollados en este módulo: Derechos asociados al de la Participación Art. 12 Derecho a ser escuchado teniéndose en cuenta su opinión Art.
Más detallesDISEÑO Y CÁLCULO DE UN ORDENAMIENTO RANKING DE ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD INFORME EJECUTIVO DE LA METODOLOGIA
DISEÑO Y CÁLCULO DE UN ORDENAMIENTO RANKING DE ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD Diseño y cálculo de un ordenamiento de Entidades Promotoras de Salud (EPS) Facultad de Ciencias Económicas Centro de Investigaciones
Más detallesAdopción: Asamblea General de la ONU Resolución 53/144, 09 de diciembre de 1998
DECLARACIÓN SOBRE EL DERECHO Y EL DEBER DE LOS INDIVIDUOS, LOS GRUPOS Y LAS INSTITUCIONES DE PROMOVER Y PROTEGER LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES UNIVERSALMENTE RECONOCIDOS Adopción:
Más detallesDirectorio de instituciones que atienden y previenen el maltrato y la violencia hacia los Adultos Mayores
Directorio de instituciones que atienden y previenen el maltrato y la violencia hacia los Adultos Mayores Por un trato digno a nuestros Adultos Mayores Directorio de Instituciones que atienden y previenen
Más detallesConvención sobre los Derechos del Niño (CDN)
Primer Módulo para adultos: La Convención sobre los Derechos del Niño Temas desarrollados en este módulo: La Convención: significado, cronología, marco, Naciones Unidas, Asamblea General Enlaces de interés
Más detallesLEY II - º 16 (Antes Ley 3820) LIBRO I PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DERECHOS TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO ÚNICO FINALIDAD Y OBJETIVOS
LEY II - º 16 (Antes Ley 3820) LEY DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES LIBRO I PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DERECHOS TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO ÚNICO FINALIDAD
Más detallesTÍTULO II: De los derechos de los valencianos y valencianas
3. DERECHOS ESTATUTARIOS Y PRINCIPIOS RECTORES 3.B) PRINCIPIOS RECTORES 3.B) 8 IGUALDAD DE GÉNERO. NO DISCRIMINACIÓN COMUNITAT VALENCIANA L.O. 1/2006, de 10 de abril, de reforma de la L.O. 5/1982, de 1
Más detallesNúm. 185 Martes, 22 de septiembre de 2015 Sec. III. Pág. 22235 III. PERSONAL DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL
Núm. 185 Martes, 22 de septiembre de 2015 Sec. III. Pág. 22235 Resolución 430/12509/15 Cód. Informático: 2015018530. III. PERSONAL DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL PERSONAL MILITAR Plan de apoyo a la discapacidad
Más detallesDECLARACIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE INTOLERANCIA Y DISCRIMINACIÓN FUNDADAS EN LA RELIGIÓN O LAS CONVICCIONES
DECLARACIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE INTOLERANCIA Y DISCRIMINACIÓN FUNDADAS EN LA RELIGIÓN O LAS CONVICCIONES Proclamada por la resolución 36/55 de la Asamblea General de las Naciones
Más detallesLEGISLATURA DE JUJUY
San Salvador de Jujuy, 07 de Julio de 2015 Al Señor Presidente de la LEGISLATURA DE JUJUY. Dr. GUILLERMO JENEFES.- SU DESPACHO Tengo el agrado de dirigirme a Ud., con el objeto de solicitar tenga, a bien
Más detallesPropuestas al proyecto de Observación General sobre el artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC)
Propuestas al proyecto de Observación General sobre el artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) María Verónica Del Mastro Puccio Alberto Vásquez Encalada
Más detallesDISCAPACIDAD Y CONTEXTOS DE INTERVENCIÓN CAPÍTULO 1 MODELOS, CLASIFICACIONES Y SITUACIÓN DE LA DISCAPACIDAD
MARILÓ MONTES PÉREZ DISCAPACIDAD Y CONTEXTOS DE INTERVENCIÓN CAPÍTULO 1 MODELOS, CLASIFICACIONES Y SITUACIÓN DE LA DISCAPACIDAD 1. El modelo de integración es también denominado: a) Modelo social b) Bio-psico-social
Más detallesPRINCIPIOS DE DERECHO EUROPEO DE FAMILIA RELATIVOS A LA RESPONSABILIDAD PARENTAL
PRINCIPIOS DE DERECHO EUROPEO DE FAMILIA RELATIVOS A LA RESPONSABILIDAD PARENTAL PREÁMBULO Reconociendo que, a pesar de las divergencias de los sistemas nacionales de Derecho de familia existe, no obstante,
Más detallesQUÉ ES EL RESPETO A LA DIGNIDAD?
a la Dignidad QUÉ ES EL RESPETO A LA DIGNIDAD? La dignidad humana es el valor que tienen las personas por el simple hecho de ser personas. Hay respeto a la dignidad cuando valoramos por igual a las personas,
Más detallesDERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EL ALUMNADO o Derechos del alumnado Artículo 6.- Derecho a una formación integral. El alumnado tiene el derecho a recibir una formación integral
Más detallesSe invocan en el texto del Proyecto de Convenio las Declaraciones y tratados internacionales:
CONVENIO CENTROAMERICANO PARA LA PREVENCIÓN Y EL COMBATE DE LOS DELITOS DE EXPLOTACIÓN SEXUAL COMERCIAL Y TRATA DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN CENTROAMÉRICA Y REPÚBLICA DOMINICANA La Comisión de Género
Más detallesEl derecho a participar y las Mesas de Participación
Cartillas guía para la discusión del protocolo de participación Cartilla Nº 1 El derecho a participar y las Mesas de Participación Cartillas guía para la discusión del protocolo de participación Cartilla
Más detallesDISCRIMINACIÓN LABORAL. Marco Legal Guatemala
DISCRIMINACIÓN LABORAL Marco Legal Guatemala Augusto Valenzuela www.augustovalenzuela.com www.labor.com.gt QUÉ ES LA DISCRIMINACIÓN LABORAL? En una acepción amplia, el término discriminación equivale a
Más detallesA los fines de esta Convención:
AYUDA MEMORIA Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y su Protocolo Facultativo, Firmados por la República Dominicana el 30 de marzo del 2007. La Convención sobre los Derechos
Más detallesLEY DEL SECRETO PROFESIONAL DEL PERIODISTA EN EL DISTRITO FEDERAL
LEY DEL SECRETO PROFESIONAL DEL PERIODISTA EN EL DISTRITO FEDERAL Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 07 de junio de 2006 Última reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
Más detallesMarco Jurídico Nacional de la Inclusión Laboral
Marco Jurídico Nacional de la Inclusión Laboral Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Art. 1º.- Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la
Más detallesAsamblea General RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL. [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/53/625/Add.2)]
NACIONES UNIDAS A Asamblea General Distr. GENERAL A/RES/53/144 8 de marzo de 1999 Quincuagésimo tercer período de sesiones Tema 110 b) del programa RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sobre la
Más detallesCARTA DE SERVICIOS DE LA FUNDACIÓN MÁRGENES Y VÍNCULOS
CARTA DE SERVICIOS DE LA FUNDACIÓN MÁRGENES Y VÍNCULOS 1. Presentación La sociedad actual exige una responsabilidad social a todas las organizaciones que se comprometen con la protección y defensa de los
Más detallesConvenio Internacional del Trabajo No. 111 relativo a la Discriminación en materia de Empleo y Ocupación
Convenio Internacional del Trabajo No. 111 relativo a la Discriminación en materia de Empleo y Ocupación 3. Clase de Instrumento: Tratado internacional Adopción: 25 de junio de 1958 Fecha de entrada en
Más detallesPOLÍTICA DE DERECHOS HUMANOS
POLÍTICA DE DERECHOS HUMANOS Contenidos Introducción Objetivo Alcance y ámbito de aplicación Compromisos con los Derechos Humanos Procedimientos para el cumplimiento de la Política Formación y concienciación
Más detallesPREGUNTAS MÁS FRECUENTES FRENTE AL FUERO DE LOS TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD. 1. Qué es fuero a los trabajadores con discapacidad?
PREGUNTAS MÁS FRECUENTES FRENTE AL FUERO DE LOS TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD 1. Qué es fuero a los trabajadores con discapacidad? Respuesta: Es una figura legal que protege a los trabajadores de ser despedidos
Más detallesLa Alimentación como Derecho Humano Fundamental SENADORA SONIA M. ESCUDERO SECRETARIA GENERAL PARLAMENTO LATINOAMERICANO
La Alimentación como Derecho Humano Fundamental SENADORA SONIA M. ESCUDERO SECRETARIA GENERAL PARLAMENTO LATINOAMERICANO Derechos Humanos Conjunto de facultades e instituciones que, en cada momento histórico,
Más detallesEstatus: Instrumento actualizado Esta Recomendación está vinculada a un convenio fundamental y se considera actualizada.
R111 RECOMENDACIÓN SOBRE LA DISCRIMINACIÓN (EMPLEO Y OCUPACIÓN), 1958. PREÁMBULO Texto Vigente. Recomendación sobre la discriminación en materia de empleo y ocupación RECOMENDACION:R111 Lugar:Ginebra Sesion
Más detallesConvenio no. 183 Convenio relativo a la revisión del Convenio sobre la protección de la maternidad, 2000 La Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo: Convocada en Ginebra por el
Más detallesConvención sobre los derechos de las personas con discapacidad - Art. 1 al 15
Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad - Art. 1 al 15 Categoría: Nuestros Derechos Artículo 1. Propósito El propósito de la presente Convención es promover, proteger y asegurar
Más detallesMODELO DE ORDENANZA PARA LA CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÒN PERMANENTE Y UNIDAD TÈCNICA DE IGUALDAD Y GÈNERO
MODELO DE ORDENANZA PARA LA CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÒN PERMANENTE Y UNIDAD TÈCNICA DE IGUALDAD Y GÈNERO EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON... (EXPOSICIÓN
Más detallesSeguridad y salud laboral para trabajadores/as mayores de 55 años: riesgos nuevos y emergentes
LA DISCRIMINACIÓN POR EDAD (MARCO LEGAL) Si nos preguntaran cuál es la primera causa de discriminación laboral en el estado español, seguramente responderíamos que es la discriminación sexista. Con todo,
Más detallesConvención sobre los Derechos del Niño (Aprobada mediante Resolución No. 8-91 del 23 de junio de 1991, Gaceta Oficial No. 9805)
Convención sobre los Derechos del Niño (Aprobada mediante Resolución No. 8-91 del 23 de junio de 1991, Gaceta Oficial No. 9805) ÚNICO: APROBAR la Convención sobre los Derechos del Niño, suscrita por nuestro
Más detallesMESA N 1 DERECHOS FUNDAMENTALES Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES. Título II Las personas, los pueblos y la naturaleza
Título II Las personas, los pueblos y la naturaleza Capítulo 1 Principios de los Derechos Fundamentales Art.- De los Principios Fundamentales.- Los derechos de las personas, los pueblos y la naturaleza,
Más detallesDECLARACIÓN SOBRE EL DERECHO AL DESARROLLO*
Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos DECLARACIÓN SOBRE EL DERECHO AL DESARROLLO* La Asamblea General, Teniendo presentes los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas relativos
Más detallesPROTOCOLO NÚMERO 7 AL CONVENIO EUROPEO PARA LA SALVAGUARDIA DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES
PROTOCOLO NÚMERO 7 AL CONVENIO EUROPEO PARA LA SALVAGUARDIA DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES Los Estados Miembros del Consejo de Europa, signatarios del presente Protocolo. Resueltos
Más detallesLA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE BIENES A FAVOR DEL ESTADO Federico Escóbar Klose Asesor Legal
LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE BIENES A FAVOR DEL ESTADO Federico Escóbar Klose Asesor Legal Causo diversas reacciones el Proyecto de Ley de Extinción de Dominio de Bienes a favor del Estado; es así
Más detallesDinamarca :Ley de Igualdad de Género (Consolidación) Ley de Consolidación Nº 553 del 2 de julio 2002
Dinamarca :Ley de Igualdad de Género (Consolidación) Ley de Consolidación Nº 553 del 2 de julio 2002 Una Ley de consolidación de la ley sobre igualdad de género, enmendada por la sección 4 de la Ley Nº
Más detallesDeclaración Universal de Derechos Humanos
4 Declaración Universal de Derechos Humanos Adoptada y proclamada por la Asamblea General en su resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948 Declaración Universal de Derechos Humanos 4 Adoptada
Más detallesLA MUJER Y SUS DERECHOS. Presente, no futurismo, de una realidad que ha costado mucho conseguir.
PARTICIPACIÓN DE LA SEÑORA MINISTRA OLGA SÁNCHEZ CORDERO DE GARCÍA VILLEGAS, EN CICLO DE CONFERENCIAS LA MUJER EN EL TERCER MILENIO, ORGANIZADO POR LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA (CAMPUS XOCHIMILCO),
Más detallesPrimera edición: abril, 2012
Primera edición: abril, 2012 D. R. Comisión Nacional de los Derechos Humanos Periférico Sur 3469, esquina Luis Cabrera, Col. San Jerónimo Lídice, C. P. 10200, México, D. F. Diseño de portada: Éricka Toledo
Más detallesEL DERECHO A LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
EL DERECHO A LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES MTRO. ARTURO GONZÁLEZ SOLÍS Profesor universitario, de tiempo completo Departamento de Sociedad y Economía Centro Universitario del Sur Universidad de Guadalajara
Más detallesSINDICATOS. Tipos de sindicatos que establece la ley Los que aquí se señalan no son excluyentes de otro tipo de sindicatos, que puedan conformarse.
SINDICATOS Los sindicatos son organizaciones libremente constituidas por trabajadores del sector privado y/o de las empresas del Estado, cualquiera sea su naturaleza jurídica. Tienen por objetivo, entre
Más detallesen el ámbito educativo Yolanda Marcela Hernández Cervantes Investigadora y Capacitadora del IICADH
en el ámbito educativo Yolanda Marcela Hernández Cervantes Investigadora y Capacitadora del IICADH Qué son los derechos humanos?? Los Derechos Humanos son el conjunto de prerrogativas sustentadas en la
Más detallesCONVENIO RELATIVO A LA DISCRIMINACION EN MATERIA DE EMPLEO Y OCUPACION
CONVENIO RELATIVO A LA DISCRIMINACION EN MATERIA DE EMPLEO Y OCUPACION TEXTO ORIGINAL. Convenio publicado en el Diario Oficial de la Federación, el sábado 11 de agosto de 1962. Al margen un sello con el
Más detallesANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO 2 DEL ARTÍCULO 2.3 (REGLAS DE ORIGEN Y ASISTENCIA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS)
ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO 2 DEL ARTÍCULO 2.3 (REGLAS DE ORIGEN Y ASISTENCIA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS) RESPECTO A ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO
Más detallesCAPÍTULO V LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES.
5.1. ANTECEDENTES. CAPÍTULO V LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES. Los Derechos Fundamentales de las personas, al igual que los sociales y políticos, han llegado a una etapa de amplio reconocimiento
Más detallesPROPUESTAS AL ESTADO CUBANO PARA EL RESPETO DE LOS DERECHOS HUMANOS EN RELACIÓN CON LA ORIENTACIÓN SEXUAL Y LA IDENTIDAD DE GÉNERO.
PROPUESTAS AL ESTADO CUBANO PARA EL RESPETO DE LOS DERECHOS HUMANOS EN RELACIÓN CON LA ORIENTACIÓN SEXUAL Y LA IDENTIDAD DE GÉNERO. La única forma constitucional en que un gobierno puede preservarse a
Más detallesSi te discriminan, utiliza la Ley 20.609 que establece medidas contra la discriminación.
Si te discriminan, utiliza la Ley 20.609 que establece medidas contra la discriminación. DISCRIMINACIÓN Es Toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que se base en determinados motivos, como
Más detallesDECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS EL 20 DE NOVIEMBRE 1959
DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS EL 20 DE NOVIEMBRE 1959 Editado por elaleph.com 1999 Copyright www.elaleph.com Todos los Derechos Reservados
Más detallesLAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
9 /1 Civil Gonzalo A. López Ebri LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Las personas con discapacidad; la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. I. LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Más detallesContratos Laborales en Derecho. del Trabajo
Contratos Laborales en Derecho del Trabajo 1 Sesión No. 3 Nombre: El Derecho de Asociación Profesional. Contextualización El derecho laboral es un derecho equitativo para patrones y trabajadores? Para
Más detallesDerecho a la identidad de hijos de migrantes, refugiados y solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado en México
Derecho a la identidad de hijos de migrantes, refugiados y solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado en México Chihuahua, Chihuahua, 9 de Julio de 2011 PRINCIPALES INSTRUMENTOS DE PROTECCIÓN
Más detallesLA DECLARACIÓN DE MONTREAL SOBRE LA DISCAPACIDAD INTELECTUAL AFIRMANDO que las personas con discapacidades intelectuales, al igual que los
La declaración de Montreal sobre la discapacidad intelectual Foto : Tourisme Québec, Stéphan Poulin LA DECLARACIÓN DE MONTREAL SOBRE LA DISCAPACIDAD INTELECTUAL AFIRMANDO que las personas con discapacidades
Más detallesSumario. Observaciones. Decreto Nacional 806/11
CAMBIO DE DENOMINACION DE LA COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE LAS PERSONAS DISCAPACITADAS POR COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD. CREACION DEL
Más detallesI. La comunicación es un derecho humano fundamental, reconocido y protegido a nivel nacional e internacional.
LA COMUNICACIÓN COMO UN DERECHO HUMANO: FUNDAMENTACIÓN PARA LA LEY DE COMUNICACIÓN Por: Marco Navas Alvear Este documento presenta elementos conceptuales que sirven de base para fundamentar el desarrollo
Más detallesAccesibilidad, ajustes razonables y barreras de acceso Patricia Cuenca Gómez IDHBC patricia.cuenca@uc3m.es
Seminario VIH-SIDA y barreras de acceso a la función pública 2 de marzo de 2012 Universidad Carlos III de Madrid Accesibilidad, ajustes razonables y barreras de acceso Patricia Cuenca Gómez IDHBC patricia.cuenca@uc3m.es
Más detallesDECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LA O.N.U. (1948) PREÁMBULO
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LA O.N.U. (1948) (ADOPTADA Y PROCLAMADA POR LA ASAMBLEA GENERAL EN SU RESOLUCIÓN DE 10 DE DICIEMBRE DE 1948) PREÁMBULO Considerando que la libertad, la
Más detallesNaciones Unidas Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad
Naciones Unidas Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad Distr.: general 15 de junio de 2011 Original: español CRPD/C/5/2 Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
Más detallesDeclaración de los Derechos del Niño. Edición de Fácil Lectura
Declaración de los Derechos del Niño Edición de Fácil Lectura 2 3 Declaración de los Derechos del Niño. Edición de Fácil Lectura. Publicación de Fundación Ciudadanía, Centro de Extremeño de Estudios para
Más detallesCODIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
CODIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA FINALIDAD Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno y armonioso desarrollo dentro de la familia y la comunidad en un ambiente de felicidad, amor y comprensión.
Más detallesHonorable Asamblea: Antecedentes
DE LA COMISIÓN DE DERECHOS DE LA NIÑEZ, CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL ARTÍCULO 16 DE LA LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Honorable Asamblea: A la Comisión
Más detallesa la DISCRIMINACIÓN por un trato igualitario
a la DISCRIMINACIÓN por un trato igualitario CHILE, AMPLIO Y DIVERSO En Chile viven hoy cerca de 16 millones de personas. Hombres y mujeres que realizan diferentes actividades, profesan diversos credos
Más detallesLa Alimentación como Derecho Humano Fundamental SENADORA SONIA M. ESCUDERO SECRETARIA GENERAL PARLAMENTO LATINOAMERICANO
La Alimentación como Derecho Humano Fundamental SENADORA SONIA M. ESCUDERO SECRETARIA GENERAL PARLAMENTO LATINOAMERICANO Derechos Humanos Conjunto de facultades e instituciones que, en cada momento histórico,
Más detallesDeclaración de los Derechos del Niño, 1959
Declaración de los Derechos del Niño, 1959 Declaración de los Derechos del Niño, 1959 "La niñez para hacer que su participación en el cambio sea una participación efectiva, tiene que ser una niñez que
Más detallesANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS
ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS
Más detallesLeón Rigoberto Barón Neira Senador de la República
PROYECTO DE LEY N DE 2015 Por medio del cual se agrega un Parágrafo al Artículo 10 de la Ley 715 de 2001 El Congreso de Colombia DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO.- OBJETO Y AMBITO DE APLICACIÓN. Con el fin de
Más detallesLos Principios Jurídicos que ordenan la aplicación de la Ley en materia de refugio venezolana y el Procedimiento de elegibilidad adoptado
Aportes Andinos N. 8 Desplazamiento forzado y refugio Los Principios Jurídicos que ordenan la aplicación de la Ley en materia de refugio venezolana y el Procedimiento de elegibilidad adoptado Bárbara Nava*
Más detallesPROTECCION DE LAS FUENTES DE INFORMACION Y SU USO, OBTENIDA POR MEDIO DE RECOPILACION Y PROCESAMIENTO DE DATOS SOBRE SEGURIDAD OPERACIONAL
Propuesta de Modelo de Ley PROTECCION DE LAS FUENTES DE INFORMACION Y SU USO, OBTENIDA POR MEDIO DE RECOPILACION Y PROCESAMIENTO DE DATOS SOBRE SEGURIDAD OPERACIONAL Artículo 1: NATURALEZA Esta ley es
Más detallesGuía. de formación. sobre la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas participantes en programas. Un hecho histórico
{ Guía sobre la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas participantes en programas de formación { { Un hecho histórico 1 nclu 2 Edita: Comisión Ejecutiva Confederal de UGT
Más detallesPACTO POR LOS DERECHOS DE LA INFANCIA EN CASTILLA Y LEÓN
PACTO POR LOS DERECHOS DE LA INFANCIA EN CASTILLA Y LEÓN De conformidad con la Convención sobre los Derechos del Niño, los firmantes del presente Pacto, consideran que los gobiernos deben asumir su responsabilidad
Más detallesCÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS LABORALES SOBRE NO DISCRIMINACIÓN PARA LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DEL ESTADO
CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS LABORALES SOBRE NO DISCRIMINACIÓN PARA LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DEL ESTADO I. INTRODUCCIÓN. 1. Desde principios de la década pasada, los gobiernos democráticos han impulsado
Más detallesDeclaración de Compromiso de la Promoción y Aplicación de la Recomendación de la OIT sobre el VIH y el sida y el mundo del trabajo, 2010 (No.
Declaración de Compromiso de la Promoción y Aplicación de la Recomendación de la OIT sobre el VIH y el sida y el mundo del trabajo, 2010 (No.200) REAFIRMAMOS NUESTRO COMPROMISO Política Laboral 1 2 3 4
Más detallesEL DERECHO A SER IGUALES Y A QUE SE RESPETEN NUESTRAS DIFERENCIAS
EL DERECHO A SER IGUALES Y A QUE SE RESPETEN NUESTRAS DIFERENCIAS IPEDEHP TODOS LOS SERES HUMANOS SOMOS IGUALES Todos y todas somos iguales porque somos personas. Hombres y mujeres, blancos, cholos, indios,
Más detallesY de otra, el Excmo. Sr. D. Manuel García Álvarez, Procurador del Común de Castilla y León. Ambas partes, en la calidad en que cada uno interviene
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL PROCURADOR DEL COMÚN DE CASTILLA Y LEÓN Y LA FEDERACIÓN CASTELLANO LEONESA DE FAMILIARES DE ENFERMOS HENTALES (FEAFES CASTILLA Y LEÓN) PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES
Más detallesPORQUE NOS OPONEMOS A LA LEY Nº 351? Ley de Otorgación de Personalidad Jurídica a las Organizaciones Religiosas
PORQUE NOS OPONEMOS A LA LEY Nº 351? Ley de Otorgación de Personalidad Jurídica a las Organizaciones Religiosas Breve análisis de inconstitucionalidad de la Ley Nº351, que refleja el porque nos oponemos
Más detallesUn cambio de paradigma: La Convención de la ONU para los Derechos Humanos de las Personas con discapacidad
Un cambio de paradigma: La Convención de la ONU para los Derechos Humanos de las Personas con discapacidad Ana Sastre Campo Delegada del CERMI para la Convención de la ONU Sesión informativa sobre la CDPD
Más detallesSantiago, 11 de Marzo de 2015.
RESOLUCION EXENTA W 0558 APRUEBA NUEVA NORMA GENERAL DE PARTICIPACiÓN CIUDADANA DE LA SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES. Santiago, 11 de Marzo de 2015. VISTOS: A) Lo dispuesto en los artículos 6 y 7 de la
Más detallesC100 Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951
Declaración relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo TRABAJAR EN LIBERTAD Oficina Internacional del Trabajo C100 Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951 La Conferencia General
Más detalles1. OBJETO Y RÉGIMEN NORMATIVO
14-2013 Diciembre, 2013 REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2003, DE 29 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL DE DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y DE SU INCLUSIÓN SOCIAL
Más detallesCódigo de Conducta de Fabricantes y Proveedores Grupo Inditex
Código de Conducta de Fabricantes y Proveedores Grupo Inditex 1 Índice Introducción 3 1. Prohibición de trabajo forzado 3 2. Prohibición de trabajo infantil 3 3. Prohibición de discriminación 4 4. Respeto
Más detallesPolítica de derechos humanos
Política de derechos humanos Cuando cualquier persona relacionada con Endesa, parte del Grupo Enel, ya sea un empleado o una persona externa, considere que existe una situación contraria a lo aquí recogido,
Más detallesINFORME 11.07.2014 APORTACIONES AL BORRADOR DE ANTEPROYECTO DE LEY DE REFORMA DE LA LEY 16/1996 DE VOLUNTARIADO
INFORME 11.07.2014 APORTACIONES AL BORRADOR DE ANTEPROYECTO DE LEY DE REFORMA DE LA LEY 16/1996 DE VOLUNTARIADO Índice 1. Introducción... 3 2. Relación de propuestas.... 3 2.1. Exposición de motivos...
Más detallesASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA DE ADUANAS ARTÍCULO 1. Definiciones
ANEXO V ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA DE ADUANAS ARTÍCULO 1 Definiciones Para los efectos del presente Anexo: «autoridad requerida» significa toda autoridad administrativa designada para este
Más detallesGUIA GENERAL DE LA RED DE RECUPERACIÓN DE ACTIVOS DE GAFILAT RR@G
GUIA GENERAL DE LA RED DE RECUPERACIÓN DE ACTIVOS DE GAFILAT RR@G Documento Aprobado por el Pleno de GAFILAT Asunción - Paraguay Diciembre de 2011 I. INTRODUCCIÓN El Grupo de Acción Financiera de Sudamérica
Más detallesINCLUSIÓN DE LA PROHIBICIÓN DE DISCRIMINACIÓN POR ORIENTACIÓN SEXUAL EN EL ARTÍCULO 14 CE, EN ADECUACIÓN A LA CONSTITUCIÓN EUROPEA.
INCLUSIÓN DE LA PROHIBICIÓN DE DISCRIMINACIÓN POR ORIENTACIÓN SEXUAL EN EL ARTÍCULO 14 CE, EN ADECUACIÓN A LA CONSTITUCIÓN EUROPEA. Dª. María Martín Sánchez. Las uniones homosexuales, siendo una realidad
Más detallesDISTRITO CAPITAL MUNICIPIO LIBERTADOR CONSEJO COMUNAL BLOQUE 37 "F" EJECUCIÓN DEL PROYECTO IMPERMEABILIZACIÓN DE LAS AZOTEAS Y REVESTIMIENTO DE LOS
DISTRITO CAPITAL MUNICIPIO LIBERTADOR CONSEJO COMUNAL BLOQUE 37 "F" EJECUCIÓN DEL PROYECTO IMPERMEABILIZACIÓN DE LAS AZOTEAS Y REVESTIMIENTO DE LOS TANQUES DE LOS BLOQUES DE LA ZONA "F" DEL 23 DE ENERO
Más detallesCODIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Artículos 1 a 22
CODIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Artículos 1 a 22 CAPITULO I PRINCIPIOS GENERALES ARTICULO 1º. (Ambito de aplicación).- El Código de la Niñez y la Adolescencia es de aplicación a todos los seres humanos
Más detalles