(S-1819/15) PROYECTO DE COMUNICACION

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1 El Senado de la Nación (S-1819/15) PROYECTO DE COMUNICACION Senado de la Nación Secretaria Parlamentaria Dirección General de Publicaciones Solicita al Poder Ejecutivo Nacional que informe a través de los organismos que corresponda acerca de la planificación, realización y financiamiento de la participación argentina en la "EXPO MILANO 2015", que se lleva a cabo en la ciudad de Milán, República Italiana, entre los días 1 de mayo y 31 de octubre de 2015: 1. Remita la nómina de los funcionarios designados por cada área de la Administración Pública Nacional que conformaron la Comisión Asesora Interjurisdiccional, creada en el ámbito del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto mediante el decreto N 831/14, a fin de coordinar las acciones necesarias para la participación argentina en la "EXPO MILANO 2015". 2. Cuáles fueron las propuestas formuladas por la Comisión Asesora Interjurisdiccional para cada etapa de la planificación, ejecución y operación del Pabellón Argentino, en particular sobre aquellos aspectos vinculados a su diseño, construcción, operación y desarme. 3. Remita los convenios específicos celebrados entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y la Fundación ExportAR a fin de potenciar la participación argentina, previstos en el artículo 7 del decreto N 831/ Remita la nómina de empresas, emprendimientos, cooperativas, consorcios, asociaciones o particulares seleccionados por la Fundación ExportAR para participar en la "EXPO MILANO 2015". Detalle el criterio de selección aplicado, el monto pagado por cada uno de los seleccionados para alquilar sus respectivos stands, las condiciones de participación impuestas y el destino de los fondos cobrados. 5. Cuántos contratos se han celebrado a través de la Fundación ExportAR con técnicos, ingenieros, arquitectos, diseñadores, artistas, académicos y periodistas, vinculados a la participación argentina en la citada feria internacional. Precise montos y objeto de cada contrato; adjunte copia de cada uno de ellos.

2 6. Remita la nómina de los técnicos, ingenieros, arquitectos, diseñadores, artistas, académicos y periodistas a quienes se extendieron órdenes de pasajes y viáticos y cuyos desplazamientos se consideraron imprescindibles para la participación argentina en la "EXPO MILANO 2015", según establece el artículo 8 del decreto N 831/14. Detalle el monto liquidado, tanto en concepto de pasajes como de viáticos, a cada uno de ellos y las tareas que se les encomendó en cada caso. 7. Detalle el presupuesto total destinado a financiar los gastos que implica la participación argentina en la feria en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 del decreto N 831/14. Precise los recursos afectados por cada Ministerio participante. 8. Remita la nómina de funcionarios y empleados del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto que fueron o están afectados a la participación argentina en la Exposición y precise las funciones que les fueron asignadas en cada caso. 9. Qué funciones específicas cumple en carácter de "comisionado argentino" para la "EXPO MILANO 2015" el Sr. Secretario de Relaciones Económicas del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Embajador Carlos Alberto Bianco, quien también es Secretario del Consejo de Administración de la Fundación ExportAR. Precise por qué razón no ha considerado incompatible que un mismo funcionario resulte responsable de la previsión y ejecución presupuestaria y, a su vez, contralor de tales medidas. 10. Si considera regular el procedimiento de selección del Jefe de Operaciones del Pabellón Argentino, en tanto la apertura de los sobres de los oferentes se realizó el día 30 de abril de 2015, tan sólo 24 horas antes de la entrada en vigencia del servicio profesional y de la inauguración de la feria en la ciudad de Milán. 11. Cuál es el monto total que demandó la construcción del Pabellón Argentino; adjunte los costos de las cinco últimas ferias internacionales en las que participó nuestro país con pabellones de similares dimensiones al diseñado para la "EXPO MILANO 2015". 12. Remita los antecedentes y el resultado de la Licitación Pública 03/2014 -Fundación Export-Ar- Primera Etapa de Construcción y Desarme del Pabellón Argentino en la Exposición Universal EXPO MILANO Remita los antecedentes y el resultado del Concurso Público Nº 01/2015 -Fundación Export-Ar- para la Producción Integral y

3 Rodaje de la Obra Audiovisual destinada a la participación argentina en la Exposición Universal EXPO MILANO Remita los antecedentes y el resultado del Concurso Público Nº 02/2015 -Fundación Export-Ar- para la realización de grupos escultóricos que integrarán las instalaciones del Pabellón Argentino como parte de la obra audiovisual destinada a la participación nacional en la Exposición Universal EXPO MILANO Remita los antecedentes y el resultado del Concurso Público Nº 03/2015 -Fundación Export-Ar- para la selección de la empresa que realizará la posproducción del material que integrará la obra audiovisual destinada a la participación nacional en la Exposición Universal EXPO MILANO Norma E. Morandini.- Señor presidente: FUNDAMENTOS Desde el 1 de mayo y hasta el 31 de octubre se realiza en la ciudad de Milán, República Italiana, la feria "EXPO MILANO 2015", bajo el lema "Alimentar el planeta, Energía para la vida". En junio de 2014, mediante el decreto N 831/14 nuestro país declaró de Interés Nacional la participación argentina en dicha feria internacional. Entre las razones expuestas se aduce que la exposición "brinda una importante oportunidad para difundir la oferta exportable argentina, las posibilidades de inversión que posibiliten el relacionamiento económico-comercial bilateral y multilateral y la diversificación del comercio contribuyendo a comunicar la imagen de la República Argentina y de sus productos en el mundo". El mismo decreto asigna la responsabilidad de coordinar la organización de la participación argentina al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y crea, a tales efectos, una Comisión Interjurisdiccional integrada por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva; el Ministerio de Turismo; el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca; el Ministerio de Cultura; la Secretaría General de la Presidencia de la Nación y la Secretaría de Comunicación Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Por otro lado, la norma facultad al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto a definir los aspectos vinculados a la participación argentina en la "EXPO MILANO 2015" con la Fundación ExportAR, en particular

4 aquellos referidos al diseño, construcción, operación y desarme del Pabellón Argentino. La Fundación ExportAR es una institución mixta integrada por el sector público y privado que reúne, según su definición, a los actores más destacados del comercio exterior argentino y "asiste a la comunidad empresarial en sus esfuerzos por conquistar nuevos mercados; fijándose como objetivo final que las empresas argentinas comercialicen sus productos y servicios en forma competitiva en el plano internacional". Habilitada para celebrar convenios específicos con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, la Fundación tiene a su cargo, entre otras, la tarea de alquilar los stands a los empresarios seleccionados, en un rango de $7.000 a $ según dispone la Resolución N 50/13. Del mismo modo, también es la encargada del proceso de adjudicación de todos los servicios vinculados a la instalación y funcionamiento del Pabellón Argentino. Frente a la dimensión que el propio Gobierno le adjudica a la participación argentina en la "EXPO MILANO 2015" y al procedimiento dispuesto para implementarla, a través de la Fundación ExportAR, solicitamos al Poder Ejecutivo la información necesaria para ponderar el grado de transparencia con que se ha ejecutado tal procedimiento. Por tal razón requerimos, entre otras cuestiones, que se remita la nómina de empresas, emprendimientos, cooperativas, consorcios, asociaciones o particulares seleccionados por la Fundación ExportAR para participar en la "EXPO MILANO 2015". En idéntico sentido se pregunta por el criterio de selección aplicado y el monto pagado por cada una de las empresas para garantizar su participación. En el año 2013, la Fundación y el Ministerio de Relaciones Exteriores implementaron un nuevo sistema de categorización de empresas y la inscripción para acceder a ferias internacionales, como la de Milán, dejó desde entonces de ser gratuita. En tanto los técnicos, ingenieros, arquitectos, diseñadores, artistas, académicos y periodistas vinculados a la participación argentina en la citada feria internacional no son alcanzados por la normativa vigente en materia de viajes al exterior, el decreto N 831/14 autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto a extenderles órdenes de pasajes y a pagar viáticos. Se solicita, en particular, los contratos suscriptos en cada caso, el detalle de dichos pagos y el motivo por el que se ha considerado imprescindible el desplazamiento de cada uno de los profesionales. En relación a las responsabilidades del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, requerimos la nómina de funcionarios y empleados afectados a la participación argentina en la Exposición; las funciones que les fueron asignadas y el presupuesto destinado a los gastos que

5 implica dicha participación. Por otro lado, resulta necesario conocer las razones por las cuales no se ha considerado incompatible que un mismo funcionario asuma la triple función de ejercer los cargos de Secretario de Relaciones Económicas del Ministerio, Secretario del Consejo de Administración de la Fundación ExportAR y "comisionado argentino" para la "EXPO MILÁN 2015". La decisión de encomendar y canalizar determinadas acciones gubernamentales a través de instituciones de carácter privado o mixto exige que los mecanismos de control a cargo del propio Estado sean absolutamente rigurosos y apegados a la normativa que regula sus procedimientos. Si bien la Cancillería argentina ha aclarado a través de un comunicado público que la Fundación ExportAR debe "rendir cuentas" a la Auditoría General de la Nación, lo cierto es que esa institución no ha sido objeto de control no sólo por parte de la AGN sino tampoco de la Sindicatura General de la Nación en la última década. Es revelador que desde el año 2004 hasta la fecha la SIGEN no ha efectuado auditorías financieras, de legalidad y de gestión sobre ninguna de las fundaciones estatales ni sobre aquellas en las cuales el Estado Nacional posee participación mayoritaria en su capital. Desde esa fecha, sólo se registran tres auditorías vinculadas a la Fundación ArgenINTA, pero su objeto no fue la propia Fundación sino los organismos del Estado que la contrataron en diferentes casos. Este dato nos advierte acerca de la ausencia de control sobre una práctica estatal cada vez más extendida: la derivación de fondos públicos para que sean administrados por fundaciones, por fuera de la órbita de auditoría interna de todo organismo público y de las disposiciones impuestas en la ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional. La ambigüedad en cuanto al carácter de determinadas figuras jurídicas, como es el caso de las fundaciones con participación estatal en diferentes grados, provoca una situación de incertidumbre respecto de la potestad de control sobre la gestión de los recursos que el propio Estado les ha derivado. Es precisamente esa ambigüedad la que le permite a estas figuras gestionar los fondos asignados -ex profeso- a través de mecanismos propios de las empresas y entes privados. Las sociedades comerciales, actuando como sujetos de derecho privado, se dictan para sí sus propios reglamentos y normas de procedimiento para los cuales la publicidad de sus actos será siempre intra-órgano y sólo sujeta a control estatal público en cuanto a la legalidad de sus actos y no respecto al mérito, oportunidad y conveniencia en la toma de decisiones. En contraposición, el Estado y los entes públicos estatales deben someter sus procedimientos, así como la gestión de su patrimonio, a normas y procedimientos preestablecidos y comunes para toda la administración pública. Es así que podemos verificar que la Fundación ExportAR dictó su propio Reglamento para la contratación de bienes y servicios, apartándose del marco normativo vigente para administración nacional: decretos 1023/2001, 666/2003 y

6 893/2012 Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, emanados del Poder Ejecutivo Nacional en ejercicio de facultades delegadas por la Ley Nº Este Reglamento, que a primera vista parece estar imbuido de transparencia y previsibilidad en cuanto a los procedimientos, establece un régimen simplificado de contrataciones de bienes y servicios diferente del aplicable para el mismo acto ejecutado por la administración pública: exime de la obligación de publicidad de las convocatorias a licitaciones y concursos por los medios que el Estado tiene previsto, exime de la obligación de presentar el Plan Anual de Contrataciones ante la Oficina Nacional de Contrataciones (ONC); exime de la obligación de hacer públicos los resultados de los procesos de contratación, exime de ajustarse a los precios de referencia establecidos por la propia ONC, exime de hacer público el listado de proveedores. En definitiva, la Fundación ExportAR administra fondos públicos con las reglas de un sujeto de derecho privado. No se trata de objetar la concurrencia ni la colaboración entre el Estado y el sector privado en la promoción de nuestro comercio exterior, sino de transparentar la gestión de las políticas y los recursos que a ese fin han sido derivados. La publicidad de los actos de gobierno y el acceso a la información pública son el reaseguro que nuestra Constitución otorga a la ciudadanía para que ésta ejerza un verdadero y efectivo control sobre quienes, en su nombre, administran los intereses de todos. Por las razones expuestas, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de comunicación.- Norma E. Morandini.-

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