I.V.A - Modelo 303 Guía Práctica para la Cumplimentación y Presentación

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1 Declaración Mensual/Trimestral MODELO 303 I.V.A - Modelo 303 Guía Práctica para la Cumplimentación y Presentación Impuesto sobre el Valor Añadido Autoliquidación Mensual y Trimestral Contenido Bienvenido Introducción Obligados a declarar en el Modelo Requisitos básicos para solicitar la inscripción en el registro Requisitos previos º. Descarga de la actualización de los modelos a través de la Web (Área SMA) º. Propiedades de la empresa. Datos del Declarante... 6 Pestaña Identificación:... 6 Pestaña Datos Fiscales: º. Herramientas de Diagnóstico º. Certificado Digital Detalle los tipos de operaciones de IVA Hojas de VBA/Financial de comprobación Desde dónde se obtienen los datos Obtención de los datos: Asistente Fiscal º. Guardar la Declaración Presentación telemática de la declaración Importando el archivo generado por ContaWin Modalidad de presentación Resultado de la casilla 48 del modelo Declaración "a ingresar" Declaración "con solicitud de devolución" Declaración "a compensar" Declaración "resultado cero / sin actividad" Actualizado: 03/03/2009

2 Bienvenido 2 Bienvenido Isla Soft le da la bienvenida a esta Guía Práctica. En ella encontrará de forma resumida las indicaciones necesarias para la correcta cumplimentación y posterior presentación del MODELO 303 en la Agencia Tributaria (AEAT), partiendo de los datos introducidos en ContaWin. Este documento forma parte de un nuevo portal web ZONA MODELOS FISCALES que Isla Soft pone a su disposición. Visítelo de forma periódica. En él encontrará Guías Prácticas de otros modelos tributarios, preguntas más frecuentes, descarga de actualizaciones, etc. Conecte ahora con Atentamente, Departamento de Atención al Cliente Isla Soft 2009 Isla Soft es una marca registrada incluido su logotipo. ContaWin, IslaWin Gestión son marcas registradas, propiedad de Isla Soft, S.L. La información presentada en esta documentación está sujeta a cambios sin previo aviso. Isla Soft, S.L. se reserva el derecho a modificar sin previo aviso la presente aplicación y todos los textos y documentación relacionada con ésta. Las pantallas presentadas en la documentación de este manual son orientativas y pueden no coincidir con la apariencia mostrada en su monitor. La información incluida en este manual pertenece a Isla Soft, S. L. íntegramente. Queda totalmente prohibida cualquier reproducción o copia sea total o parcial de este manual en cualquier tipo de soporte, sin la previa autorización por escrito de Isla Soft, S. L. Todas las marcas y logotipos citados en este manual pertenecen a sus respectivos fabricantes

3 Obligados a declarar en el Modelo Introducción Con este documento usted aprenderá cómo realizar comprobaciones previas de los datos a partir de los cuales ContaWin generará el modelo 303, calcular su declaración a través del asistente fiscal y presentar el modelo de autoliquidación a través de la Oficina Virtual de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). En el siguiente gráfico se muestra el proceso completo, desde que los datos se obtienen a partir de ContaWin, hasta su presentación en la AEAT.

4 Obligados a declarar en el Modelo Obligados a declarar en el Modelo 303 Uno de los objetivos fundamentales de la Administración tributaria es reducir, en la medida de lo posible, las cargas administrativas indirectas que se deriven del cumplimiento de las obligaciones fiscales. En la actualidad coexisten un gran número de modelos de autoliquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido, y sin embargo, el esquema de liquidación que figura en muchos de estos modelos es similar, por lo que se considera conveniente aprobar un único modelo de autoliquidación que se pueda utilizar con carácter general por los sujetos pasivos del Impuesto, con las excepciones previstas en el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido y en la presente orden. Por otra parte, la Ley 4/2008, de 23 de diciembre, por la que se suprime el gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio, se generaliza el sistema de devolución mensual en el Impuesto sobre el Valor Añadido, y se introducen otras modificaciones en la normativa tributaria, da una nueva redacción al artículo 116 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, estableciendo la posibilidad de que los sujetos pasivos que opten por ello, con independencia de la naturaleza de sus operaciones y del volumen de éstas, y de acuerdo con las condiciones, términos, requisitos y procedimiento establecidos reglamentariamente, puedan solicitar la devolución del saldo a su favor pendiente al final de cada período de liquidación. La creación de este nuevo sistema de devolución mensual supone la derogación del Régimen de devolución a exportadores y otros operadores económicos Considerando lo expuesto anteriormente, con la finalidad de hacer posible la solicitud de devolución del saldo a favor de los sujetos pasivos pendiente al final de cada periodo de liquidación y de facilitar y simplificar, en lo posible, el cumplimiento de la obligación de determinar la deuda tributaria que incumbe a los sujetos pasivos del Impuesto, se aprueba un único modelo 303 de autoliquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido que sustituye a los vigentes modelos 300, 330, 332 y 320. El nuevo modelo 303 se deberá utilizar por los sujetos pasivos del Impuesto con obligaciones periódicas de autoliquidación, tanto si su período de liquidación coincide con el trimestre natural como si coincide con el mes natural, excepto en el supuesto de las personas físicas o entidades que apliquen el Régimen especial simplificado regulado en el Capítulo II del Título IX de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, o en el supuesto de entidades que hayan optado por aplicar el Régimen especial del grupo de entidades regulado en el Capítulo IX del Título IX de la Ley del Impuesto, en cuyo caso presentarán los modelos de autoliquidación específicos aprobados al efecto para los citados regímenes especiales. La presentación del nuevo modelo 303 de autoliquidación será obligatoria por vía telemática a través de Internet para aquellos sujetos pasivos cuyo período de liquidación coincida con el mes natural. En el supuesto de sujetos pasivos cuyo período de liquidación coincida con el trimestre natural, la presentación por vía telemática a través de Internet será potestativa, excepto para las entidades que tengan forma jurídica de sociedad anónima o sociedad de responsabilidad limitada que deberán realizarla de forma obligatoria por vía telemática a través de Internet. Sin embargo, para poder solicitar la devolución mensual, Es necesario que el declarante esté inscrito en el Registro de Devolución Mensual, mediante el uso del modelo 036 (Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores). En el supuesto que la Autoliquidación resulte negativa y se opte por la devolución, el modelo 303, debe presentarse conjuntamente con el modelo 340.

5 Obligados a declarar en el Modelo Requisitos básicos para solicitar la inscripción en el Registro de Devolución Mensual Solicitar la inscripción en el registro en plazo mediante la presentación de la declaración censal correspondiente. Los modelos tributarios en los que se solicitará su inclusión serán el modelo 036 y el modelo 039 de grupos de IVA. No realizar actividades que tributen en el régimen simplificado. El nuevo sistema contempla una previsión específica para los sujetos pasivos que tributen en régimen simplificado y que realicen el transporte de viajeros o mercancías por carretera, siempre que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 30 bis del RD 1624/1992, en cuya virtud se establece la devolución inmediata de las cuotas deducibles por la adquisición de medios de transporte afectos a la actividad. La solicitud de dicha devolución se articula mediante la modificación del modelo 308, que incluirá este nuevo supuesto, que se presentará en los primeros veinte días naturales del mes siguiente a aquel en que se haya realizado la adquisición del medio de transporte. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias. Deberá presentar las declaraciones del impuesto por vía telemática y con periodicidad mensual. Esta obligatoriedad de presentación mensual, no vincula al resto de autoliquidaciones de carácter periódico, cuya periodicidad venga determinada por la cifra de negocios o por las especificaciones propias de su normativa. El Modelo 303 del IVA sustituye a los anteriores modelos 300 (trimestral ordinario), 320 (mensual ordinario de grandes empresas), 330 (mensual de exportadores) y 332 (mensual de exportadores grandes empresas). Deberá presentar en el mismo plazo establecido para la presentación de la autoliquidación del impuesto y por la misma vía, el modelo 340 de declaración informativa de operaciones incluidas en los libros registro IVA por cada período de liquidación a que se refiera, que contendrá los datos anotados hasta el último día del período de liquidación del impuesto. Primero se deberá presentar el modelo 303 y después el modelo 340, donde se deberá consignar el código electrónico de presentación del modelo 303. No incurrir en alguno de los supuestos que podrían dan lugar a la baja cautelar en el registro de devolución mensual o a la revocación del número de identificación fiscal. No haber sido excluido del Registro en los 3 años previos al de presentación de solicitud de alta. No haber renunciado al Registro en el mismo año en que presente solicitud de alta. En el caso de entidades acogidas al régimen especial del grupo de entidades, la inscripción en el Registro sólo procederá cuando todas las entidades del grupo que apliquen dicho régimen especial así lo hayan acordado. Las solicitudes de inscripción en el registro se presentarán en el mes de noviembre del año anterior a aquél en que deban surtir efectos. La inscripción en el registro se realizará desde el día 1 de enero del año en el que deba surtir efectos. No obstante, los sujetos pasivos que no hayan solicitado la inscripción en el registro en el plazo establecido en el párrafo anterior podrán igualmente solicitar su inscripción en el registro durante el plazo de presentación de las declaraciones-liquidaciones periódicas. En este caso la inscripción en el registro surtirá efectos desde el día siguiente a aquél en el que finalice el período de liquidación de dichas declaraciones-liquidaciones. Los sujetos pasivos inscritos en el registro de devolución mensual estarán obligados a permanecer en él al menos durante el año para el que se solicitó la inscripción o, tratándose de sujetos pasivos que hayan solicitado la inscripción durante el plazo de presentación de las declaraciones-liquidaciones periódicas, al menos durante el año en el que solicitan la inscripción y el inmediato siguiente. Fuente:

6 Recomendaciones previas 6 3. Requisitos previos Siga detenidamente este capítulo de recomendaciones previas que deberá cumplir para garantizar el correcto procedimiento de todos los pasos a seguir. Tenga en cuenta que toda la información que se va a presentar a través de estos modelos se obtiene desde los datos introducidos en ContaWin. Por ello, el contable o responsable de administración, deberá revisar y comprobar estos datos con el fin de verificar que la información a presentar es la correcta. A continuación siga estas recomendaciones: 1º. Descarga de la actualización de los modelos a través de la Web (Área SMA) Periódicamente, Isla Soft, publica revisiones del módulo fiscal incluyendo los modelos de declaración tributaria vigentes para cada periodo de liquidación, de acuerdo a la normativa fiscal aplicable. Estas actualizaciones están disponibles en el portal fiscal que encontrará en la página web exclusivamente para clientes suscritos al Servicio Anual de Mantenimiento (SMA) de ContaWin. Por ello, es imprescindible tener descargada en su equipo la última actualización disponible en ContaWin Fiscal. Tenga a mano las claves de usuario y contraseña para acceder a la zona reservada de descarga SMA. 2º. Propiedades de la empresa. Datos del Declarante Abra el Menú Archivo Propiedades de la empresa introduzca los siguientes datos: Pestaña Identificación: El NIF del declarante (NIF/CIF de la Empresa) debe tener nueve dígitos. La letra del NIF debe estar en mayúscula. Sin espacios en blanco. Ejemplo: B Denominación del declarante (Razón social o apellidos y nombre): Tiene que estar ajustado a la izquierda. Sólo son permitidos caracteres de tipo letra, tres primeros caracteres distintos, al menos dos palabras separadas por un espacio en blanco. Ejemplo: Correcto: Ebano S.A. Incorrecto: _Ebano Teléfono del declarante consta de nueve dígitos numéricos, sin espacios en blanco. Ej.: Código de provincia: Tiene que ser de carácter numérico, cinco caracteres. Ejemplo: Datos de inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil Pestaña Datos Fiscales: Datos Generales: Datos fiscales (CNAE, Delegación y Administración) Datos Económicos (Actividad, Forma de Pago) Datos Bancarios (Cuenta de devolución e ingresos) Datos Estadísticos: CNAE Delegación y Administración de la Agencia tributaria Cuenta de devolución e ingresos Forma de pago Datos del Representante: Persona física o jurídica Primer representante, segundo y tercero

7 Recomendaciones previas 7 3º. Herramientas de Diagnóstico La herramienta de diagnóstico le permitirá comprobar la integridad de la información introducida en ContaWin. Recomendamos ejecutar estar herramienta de forma previa al cálculo de los modelos fiscales. Por ejemplo, le avisará de posibles descuadres en el libro diario, NIF incorrectos, etc. Acceda al Menú Herramientas Diagnóstico General. Para más información consulte el Manual de Usuario desde el menú Ayuda de ContaWin. 4º. Certificado Digital. Para la presentación TELEMÁTICA de modelos tributarios (autoliquidaciones, resúmenes anuales y declaraciones informativas) a través de Internet, es imprescindible contar con un CERTIFICADO DIGITAL. Puede obtener el CERTIFICADO DIGITAL para persona física o jurídica siguiendo las instrucciones contenidas en la página web de la Entidad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM). Acceda a este sitio web a través del enlace: El CERTIFICADO DIGITAL obtenido mediante las instrucciones indicadas en el enlace anterior, se almacenará automáticamente en el navegador de su equipo informático, de forma que le será requerido para la presentación de modelos fiscales a través del espacio OFICINA VIRTUAL de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Accediendo al navegador de Internet, en Herramientas -> Opciones de internet -> Pestaña de Contenido -> Certificados, podrá comprobar si su CERTIFICADO DIGITAL está almacenado en su equipo informático. Certificado correctamente instalado en Internet Explorer En el último apartado Presentación de esta Guía Práctica, le indicamos cómo enviar su declaración a través de Internet.

8 Recomendaciones previas 8 4. Detalle los tipos de operaciones de IVA. A continuación mostramos la lista de los tipos de operación que intervienen en el cálculo del modelo 303 de IVA. Es muy útil para la comprensión del funcionamiento de extracción de los datos. Código Nombre 100 Régimen Ordinario 101 Operaciones exentas sin derecho a la deducción 102 Entrega Intracomunitaria Exenta 103 Entrega Intracomunitaria Exenta, operación triangular 104 Operación con Ceuta, Melilla y Canarias 105 Exportaciones y otras operaciones exentas con derecho a deducción 106 Régimen especial de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección 107 Régimen especial de agencias de viajes 108 Operación No Sujeta 109 Entrega de bienes inmuebles y operaciones financieras, no habituales 110 Entrega de bien de inversión para el transmitente 200 Operación interior de bienes y servicios corrientes 201 Operación interior de bienes de inversión 202 Importación de bienes y servicios corrientes 203 Importación de bienes de inversión 206 Inversión del S.P 207 Compensación en REAGP 208 No sujeto 209 IVA no deducible 204 Adquisición Intracomunitaria de Bienes Corrientes 205 Adquisición Intracomunitaria de Bienes de Inversión Representa las operaciones devengadas. Representa las operaciones deducibles.

9 Obtención de los datos a través de Asistente Fiscal 9 5. Hojas de VBA/Financial de comprobación. Tiene a su disposición una plantilla formulada con ContaWin VBA/Financial, la cual extrae los datos de su contabilidad con el fin de que usted tenga un listado de comprobación que pueda contrastar con el resultado que obtendrá posteriormente con el módulo fiscal. La plantilla la encontrará en la carpeta del programa\vba\plantillas\fiscal para el caso de ContaWin Office o en la carpeta del programa\financial\plantillas\fiscal para el caso de ContaWin CS. Vista previa del listado de apoyo al Modelo 303

10 Obtención de los datos a través de Asistente Fiscal Desde dónde se obtienen los datos A continuación se muestra de dónde se obtiene los datos Casilla cumplimentada por ContaWin Casilla calculada por el modelo Casilla a cumplimentar por el usuario Casillas: 01, 04, 07. Base Imponible R.G. Base imponible resultante del tipo de operación 100, 106, 107, 109, 110 y 206 al 4, 7 y 16 % de IVA respectivamente. Casillas: 02, 05, 08. Tipo % Reg. General Constantes en este orden el 4, 7 y 16% de IVA Casilla: 03, 06, 09. Cuota Reg. General Cuotas resultante del tipo de operación 100, 106, 107, 109, 110 y 206 al 4, 7 y 16 % de IVA respectivamente. Casilla: 10, 13, 16. Base Imponible R.E. Base imponible resultante del tipo de operación 100, 106, 107, 109, 110 y 206 al 0.5, 1 y 4 % de recargo de equivalencia respectivamente. Casilla: 11, 14, 17. Tipo % R.E. Constantes en este orden el 0.5, 1 y 4% de Recargo de Equivalencia Casilla: 12, 15, 18. Cuota R.E. Cuotas resultante del tipo de operación 100, 106, 107, 109, 110 y 206 al 0.5, 1 y 4 % de RE respectivamente. Casilla: 19. Base Imponible. Intracomunit. Base imponible resultante del tipo de operación 204 y 205. Casilla: 20. Cuota Intracomunitaria Cuota de IVA resultante del tipo de operación 204 y 205. Casillas: 21. Total Cuotas Devengadas Resultado de la suma de las casillas: IVA DEDUCIBLE. Base imponible Casilla 22: Tipos de operación 200 y 206 Casilla 24: Tipos de operación 201 Casilla 26: Tipos de operación 202 Casilla 28: Tipos de operación 203 Casilla 30: Tipos de operación 204 Casilla 32: Tipos de operación 205 IVA DEDUCIBLE. Cuota Casilla 23: Tipos de operación 200 y 206 Casilla 25: Tipos de operación 201 Casilla 27: Tipos de operación 202 Casilla 29: Tipos de operación 203 Casilla 31: Tipos de operación 204 Casilla 33: Tipos de operación 205 Casilla 34: Tipos de operación 207 Casilla: 35,36. Manual A cumplimentar de forma manual Casilla: 37. Total a deducir Resultado de la suma de las casillas: Casilla: 38. Diferencia Resultado de la resta de las casillas: Casilla: 39. % Atribuible adm. Estado Constante 100% Casilla 40. Cuota Resultado de Casilla 31 * Casilla 32 / 100 Casilla 41. Cuotas a Compensar Per. Ant. Resultado de la declaración anterior si el mismo fue a compensar. Casilla 42 y 43. Bases Imponibles Casilla 42: Tipos de operación 102,103 Casilla 43: Tipos de operación 104,105 Casilla 44, 45 y 47: Manual A cumplimentar de forma manual Casilla 46. Resultado Resultado de la casilla 40 casilla 41 + casilla 45 Casilla 48. Resultado Resultado de la casilla 46 casilla 47

11 Obtención de los datos a través de Asistente Fiscal Obtención de los datos: Asistente Fiscal Ha llegado el momento de extraer los datos de la contabilidad para calcular nuestra declaración y obtener el modelo que presentaremos en la Agencia Tributaria. Para ello, ejecutaremos el Asistente Fiscal que incorpora ContaWin. Efectúe los siguientes pasos: Abra el menú Procesos Módulo Fiscal Generar modelos fiscales. Se mostrará la ventana: Primer paso del Asistente Fiscal. Introducción Si está de acuerdo pulse el botón Siguiente. Seleccione el modelo 303 y pulse Siguiente

12 Obtención de los datos a través de Asistente Fiscal 12 Segundo paso del Asistente Fiscal. Selección del modelo

13 Obtención de los datos a través de Asistente Fiscal 13 Una vez seleccionado el modelo. Se mostrará la siguiente pantalla: Tercer paso del Asistente Fiscal. Parámetros de filtro En este paso, se muestran los valores estándares para el cálculo de la declaración. Recomendamos no modificar el valor de estos parámetros. En caso de que usted no realice operaciones con algún tipo de I.V.A o Recargo de Equivalencia (RE) de los propuestos, no debe preocuparse, puesto que no se cumplimentará valor alguno en las casillas del modelo 303 para estos valores. Para el modelo 303, los parámetros propuestos así como el orden en el que ocuparán los valores en las casillas del modelo son los siguientes: Periodo. a declarar del Régimen General. Filtro Saldo. Sentencia que sirve para incluir o excluir valores. Ejemplo: Tiene una contabilidad por canales y quiere hacer una declaración individual por cada canal. Por defecto se incluyen todos los canales. Si el resultado es negativo, solicitar: Seleccione en el desplegable si usted solicita Devolución o Compensación en el caso en que el resultado de la declaración sea a su favor. La devolución sólo se podrá solicitar si se está acogido al Régimen de Devolución Mensual o en la última declaración del ejercicio Indique el mes y haga clic sobre el botón Siguiente. Una vez indicados los parámetros del modelo, comenzará el cálculo de la declaración. El proceso puede durar unos minutos. Posteriormente, el asistente mostrará el Paso 5. Una vez terminado el proceso de cálculo se ofrece la siguiente pantalla:

14 Obtención de los datos a través de Asistente Fiscal 14 Quinto paso del Asistente Fiscal. Examinar la declaración En este caso, podrá visualizar el Resultado, imprimir un borrador para revisar los datos en papel e imprimir un listado estadístico. Cuando esté listo puede guardar la declaración en archivo de texto. Posteriormente usaremos este archivo para llevar los datos obtenidos con ContaWin a la oficina virtual de la AEAT. La ventana que se muestra al pulsar Ver resultado es la siguiente: IMPORTANTE: Para el caso de los modelos de autoliquidación, incluidos en el MÓDULO FISCAL de ContaWin será obligatoria la presentación por vía telemática a través de Internet a partir del TERCER TRIMESTRE del 2008 en el caso de obligados tributarios que tengan la forma jurídica de sociedad anónima (S.A) o sociedad de responsabilidad limitada (S.L) La impresión del borrador tiene como objetivo revisar los datos en Papel, en ningún caso debe usarse para presentar la declaración.

15 Obtención de los datos a través de Asistente Fiscal 15 Una vez que pulse Visualizar se mostrará la siguiente ventana: Guardar la Declaración Quinto paso del Asistente Fiscal. Examinar la declaración Tenga presente que, antes de Guardar la declaración, puede modificar o editar la información. Observe que los datos se presentan indicando el número de la casilla, entre paréntesis, del modelo 303 donde finalmente se grabarán los datos. En el caso que detecte que en la visualización de la información faltan parámetros de identificación de la empresa, delegación, Administración, forma de pago, etc, se recomienda salga del asistente y cumplimente correctamente la información de la empresa a través del menú Archivo Propiedades de la empresa (véase el capítulo de recomendaciones citado anteriormente) y vuelva a repetir los pasos de este capítulo para recalcular de nuevo la declaración. En este paso del asistente, usted puede realizar las siguientes acciones: guardar la declaración o guardar y presentar telemáticamente la declaración.

16 Obtención de los datos a través de Asistente Fiscal 16 1º. Guardar la Declaración Al presionar Guardar la Declaración el asistente generará dos copias del archivo de resultados, uno en la carpeta c:\aeat y el otro en la carpeta del programa\desclaraciones fiscales\ejercicio correpondiente\modelo y periodo. Véase el diálogo que se muestra al pulsar guardar:

17 Presentación de la declaración Presentación telemática de la declaración El último paso de esta Guía es la presentación de la declaración. Oprima el botón de Presentación telemática de la ventana del quinto paso del asistente. Se le será solicitado un Certificado Digital. Este certificado debe estar instalado en el navegador (Internet Explorer) de su equipo informático desde el cual se va a realizar el proceso de presentación. Para más información de cómo obtener dicho certificado puede consultar la siguiente la página web de la Entidad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM), a través del enlace: El formulario del modelo 303 aparecerá en pantalla integrado con el Asistente Fiscal de ContaWin. Vea la siguiente pantalla: Para cerrar la ventana deberá indicar como desea marcar la declaración Use este botón para importar el archivo generado por ContaWin. Página Web de la AEAT para la presentación del modelo 303 integrada en ContaWin Fiscal Importando el archivo generado por ContaWin Una vez tenga en pantalla el formulario del modelo 303, marque el botón Optativo: Importar datos de fichero para incorporar los datos obtenidos a través del asistente Fiscal de ContaWin. La imagen anterior ya se muestra con los datos incorporados. En esta pantalla también se indicará si el resultado de la declaración es positivo, negativo o cero. En caso de ser negativo se marcará si se desea la compensación o la devolución (si está última es posible). En el caso de ser una declaración positiva habrá que definir la forma de pago. Es importante recordar que si se marca la opción a ingresar se requerirá un Número de Referencia Completo (NRC) que será el suministrado por la entidad bancaria mediante la cual se ha realizado el pago. Si la opción elegida es Domiciliación del importe a ingresar habrá que indicar los dígitos de la cuenta bancaria para la domiciliación. Una vez revisado todo en la parte inferior del formulario existe un botón denominado Firmar y Enviar para realizar definitivamente el envío a la AEAT.

18 Presentación de la declaración 18 Una vez enviado deberá cerrar la ventana. Para ello deberá indicar el estado en el cual desea dejar esta declaración. Los posibles valores son: Pendiente, Presentado, Aceptado y Rechazado. Recuerde que pulsando CTRL + P, puede imprimir el contenido de la pantalla a modo de resguardo de la operación. IMPORTANTE: Para una mejor identificación del archivo a presentar, en el nombre del mismo se han incluido algunas referencias a tener en cuenta. Nombre del archivo generado con el modelo 303 en el 2º trimestre: 001_303_09_03.txt Los primeros tres digitos se refieren al código de la empresa en ContaWin Los siguientes tres se refieren al modelo Los siguientes dos dígitos, se refieren al ejercicio y, por último, el mes (03 si se trata del mes de marzo).

19 Presentación de la declaración 19 Modalidad de presentación En el siguiente gráfico se muestran las opciones de presentación de su declaración: Gráfico de forma de pago o cobro en función del resultado A continuación, elegiremos el formulario adecuado de presentación en función del resultado de la declaración: a ingresar, a compensar o sin actividad.

20 Presentación de la declaración 20 Resultado de la casilla 48 del modelo 303 Declaración "a ingresar" La declaración será "a ingresar" si el resultado de la liquidación (casilla 48) es positivo y se efectúa el ingreso efectivamente. Si su liquidación arrojase saldo positivo marque con una X la casilla correspondiente a la forma de pago. Si efectúa el ingreso mediante adeudo en cuenta cumplimente los datos completos de la cuenta de adeudo (Código Cuenta Cliente). Es importante recordar que el plazo para la presentación de una declaración cuyo pago se vaya a domiciliar es del día 1 al 15 de los meses correspondientes, excepto en Enero que es del 1 al 25. El importe coincidirá con el que figura en la casilla 48. Declaración "con solicitud de devolución" La declaración será "con solicitud de devolución" si el resultado de la liquidación (casilla 48) es negativo y solicita devolución. Las declaraciones con solicitud devolución, que no correspondan al último período de liquidación del ejercicio (mensual o trimestral), únicamente se podrán tramitar como tales si el declarante es un sujeto pasivo inscrito en el Registro de devolución mensual (artículo 30 RIVA). Sujetos pasivos inscritos en el registro de devolución mensual: si el resultado de la autoliquidación (casilla 48) es negativo podrá solicitar la devolución del saldo a su favor, y hará constar el número de la cuenta, Banco o Caja y oficina donde desea le sea abonada la devolución, así como el importe de la misma. Resto de sujetos pasivos: Si en la última autoliquidación del año (la del mes 12 o período 4T) el resultado es negativo y desea solicitar la devolución del saldo a su favor a fin de año, hará constar el número de la cuenta, Banco o Caja y oficina donde desea le sea abonada la devolución, así como el importe de la misma. Declaración "a compensar" La declaración será "a compensar" si el resultado de la liquidación (casilla 48) es negativo y no solicita devolución. Si el resultado de la casilla 48 es negativo podrá consignar el importe a compensar. Declaración "resultado cero / sin actividad" La declaración será "sin actividad" cuando no se hayan devengado ni soportado cuotas durante el período declarado y el resultado de la liquidación sea cero. Cuando, habiéndose devengado y soportado cuotas durante el período, el resultado de la declaración sea cero, ésta se presentará seleccionando también este tipo de declaración. Si no se han devengado ni soportado cuotas durante el período a que se refiere la presente declaración marque con una X esta casilla.

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