Número de Registro en RECA: / CONTRATO MÚLTIPLE DE SERVICIOS DIGITALES ÍNDICE

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1 Número de Registro en RECA: / CONTRATO MÚLTIPLE DE SERVICIOS DIGITALES ÍNDICE CAPITULO I CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE BANCA ELECTRÓNICA CAPITULO II BANCOMER MÓVIL SUBCAPITULO 1 CLÁUSULAS COMUNES A BANCOMER MÓVIL SIN TOKEN (PAGO MÓVIL) Y BANCOMER MÓVIL CON TOKEN (BANCA MÓVIL) SUBCAPITULO 2 BANCOMER MÓVIL SIN TOKEN (PAGO MOVIL) 2.1 BANCOMER MOVIL SIN TOKEN 2.2 BANCOMER SMS 2.3 BBVA WALLET 2.4 BBVA CREDIT 2.5 BBVA SEND 2.6PAGOS BANCOMER SUBCAPITULO 3 BANCOMER MOVIL CON TOKEN (BANCA MÓVIL) 3.1 BANCOMER MÓVIL CON TOKEN 3.2 PAY DAY CAPITULO III BANCOMER.COM CAPITULO IV CLÁUSULAS COMUNES

2 Número de Registro en RECA: / CONTRATO MULTIPLE DE SERVICIOS DIGITALES CONTRATO QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, BBVA BANCOMER, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO BANCOMER, Y POR OTRA LA(S) PERSONA(S) CUYO(S) NOMBRE(S) SE PRECISA(N) EN EL ANEXO DATOS GENERALES DEL CLIENTE DEL PRESENTE INSTRUMENTO, EN ADELANTE EL CLIENTE, Y CONJUNTAMENTE CON BANCOMER COMO LAS PARTES, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES: I.- DECLARA BANCOMER : DECLARACIONES a) Que es una Institución de Crédito constituida y organizada conforme a las Leyes Mexicanas, con facultad para celebrar este tipo de contratos. b) Que su representante cuenta con facultades suficientes y necesarias para obligarle en los términos del presente contrato, las cuales no le han sido modificadas o limitadas en forma alguna. c) Que está en disposición de ofrecer a EL CLIENTE un paquete integral de servicios de banca electrónica. d) Que para poder hacer uso de alguno de los servicios de banca electrónica contratados en este documento, es necesario que EL CLIENTE tenga algunos de los siguientes contratos: i) de depósito, ii) de crédito, iii) de inversión o iv) de algún otro producto o servicio bancario para poder tomar los recursos para las operaciones. e) Que para recibir o activar alguno de los servicios contenidos en el presente contrato deberá cumplir con los requisitos mínimos del servicio descritos en el apartado correspondiente. f) Que su página en Internet es en donde EL CLIENTE podrá consultar las cuentas de redes sociales activas de BANCOMER. II.- DECLARA EL CLIENTE : a) Que es una persona física que cuenta con la capacidad legal para obligarse en los términos de este contrato o bien que es representante legal de una persona física y cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, a quien en lo sucesivo se le denominará EL CLIENTE. b) Que sus datos de identificación son los establecidos en el Anexo de Datos Generales. c) Que para poder hacer uso de alguno de los servicios de banca electrónica contratados en este documento, tiene celebrado con BANCOMER alguno de los siguientes contratos: i) de depósito, ii) de crédito, iii) de inversión o iv) de algún otro producto o servicio bancario, para poder tomar los recursos para las operaciones o estar en posibilidad de instruirlas. d) Que está interesado en que BANCOMER le preste estos servicios, y manifiesta conocer y estar de acuerdo con el contenido de este instrumento. d) EL CLIENTE reconoce y acepta la total validez de que la documentación relacionada con la apertura de esta cuenta de depósito, así como cualquier otra obligación contraída derivada de este instrumento podrán ser digitalizadas para un mejor control por parte de BANCOMER. e) El contenido de este instrumento y su alcance legal, le fueron explicados por BANCOMER, y es su voluntad suscribir el presente contrato con BANCOMER. Expuesto lo anterior, LAS PARTES pactan las siguientes:

3 CLÁUSULAS CAPÍTULO I CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DIGITALES ÚNICA. EL CLIENTE contrata los servicios electrónicos establecidos en los siguientes capítulos y subcapítulos de manera conjunta o separada manifestando su consentimiento con la firma del presente instrumento y en la carátula correspondiente donde se señalarán los servicios electrónicos que activa, en los que en lo sucesivo se denominará como LOS SERVICIOS DIGITALES o de manera individual como EL SERVICIO. Las operaciones que podrá realizar EL CLIENTE así como la forma en la que podrá utilizar los servicios de banca electrónica se describen en el apartado correspondiente de cada servicio. Para que EL CLIENTE pueda operar alguno de LOS SERVICIOS DIGITALES será necesario contar con por lo menos una cuenta de depósito o tener celebrado alguno de los contratos mencionados en la declaración II inciso c), el cual esté asociado a EL SERVICIO, (en adelante LA CUENTA ). EL CLIENTE podrá realizar las operaciones que se señalan para cada uno los LOS SERVICIOS en LA CUENTA de la cual EL CLIENTE sea el titular, si BANCOMER habilita la posibilidad de incorporar dichas cuentas a EL SERVICIO. Posterior a la contratación de LOS SERVICIOS DIGITALES, EL CLIENTE deberá activar el servicio por los medios o canales que BANCOMER habilite para tal efecto. Una vez identificado y autenticado EL CLIENTE mediante el proceso de activación, EL CLIENTE designará una clave a la que se le denominará CONTRASEÑA DE ACCESO. CAPITULO II BANCOMER MOVIL SUBCAPITULO 1 CLÁUSULAS COMUNES A PAGO MÓVIL Y BANCA MÓVIL PRIMERA DEL SERVICIO. Lo señalado en el presente capítulo es aplicable tanto al servicio de Pago Móvil como al servicio de Banca Móvil en todo lo que no se oponga a las disposiciones de sus capítulos específicos III o IV. El conjunto de servicios de Pago Móvil y Banca Móvil será conocido como BANCOMER MÓVIL. BANCOMER podrá habilitar funcionalidades del capítulo Pago Móvil para que operen en la modalidad de Banca Móvil y viceversa. En caso de que una funcionalidad de BANCOMER MÓVIL pueda ser parte tanto de Pago Móvil, como de Banca Móvil, EL CLIENTE tendrá la facultad de elegir el tipo de banca electrónica en la que operará mediante el Menú Administrar, el cual se encuentra en la aplicación móvil correspondiente. Al modificarse el perfil del cliente de Banca Móvil a Pago Móvil y viceversa en alguna de las funcionalidades de Bancomer móvil descritas en el presente capítulo o en los capítulos III y IV, modificaran dicho perfil en el resto de las funcionalidades que permitan operar tanto en Pago Móvil, como en Banca Móvil. Al realizar el cambio mencionado el cliente se sujeta a las reglas del servicio de Pago Móvil o de Banca Móvil según corresponda. SEGUNDA. CONEXION. BANCOMER autoriza a EL CLIENTE para que a través del teléfono celular, (como identificador del cliente) se conecte al servicio de Pago Móvil o al servicio de Banca Móvil, autenticándose con su contraseña (como factor de autenticación), para los servicios que la requieran.

4 Para lograr la conexión a los servicios de Pago Móvil o Banca Móvil: a) EL CLIENTE deberá contar con teléfono celular. b) El teléfono celular del cliente (con excepción de la modalidad de Pago Móvil denominada Bancomer SMS ) debe estar habilitado técnicamente para operar aplicaciones móviles y contar con servicio de datos (Internet), para poder conectarse a los sistemas de BANCOMER. c) EL CLIENTE deberá asociar el teléfono celular mediante el cual desee acceder a los SERVICIOS DIGITALES. c) BANCOMER utilizará los medios de comunicación que considere pertinentes para hacer el enlace desde el teléfono celular de EL CLIENTE hacia el Computador Central. d) El número de teléfono celular que el EL CLIENTE asocie para este operar este servicio deberá ser registrado previamente por EL CLIENTE en el servicio de "Alertas BANCOMER. TERCERA ACCESO AL SERVICIO. BANCOMER registrará a EL CLIENTE en el SERVICIO DIGITAL correspondiente, después de autentificarle por medio de los elementos que considere convenientes, como son, enunciativa, mas no limitativamente, el número de cuenta y/o el número de plástico asociado a LAS CUENTAS, el número de su teléfono celular, fecha de vencimiento, número de cuenta asociada, código de seguridad, el NIP del Cajero Automático (ATM) o preguntas aleatorias de información registrada en los sistemas de BANCOMER. BANCOMER permitirá acceder a EL CLIENTE a EL SERVICIO. Para tal efecto EL CLIENTE deberá proporcionar el IDENTIFICADOR DE USUARIO y la CONTRASEÑA DE ACCESO. BANCOMER podrá en todo momento, con el requisito de un aviso a EL CLIENTE en términos de lo establecido en el presente Contrato, mejorar la calidad de los servicios estableciendo modificaciones a las reglas de funcionamiento, de acceso o procedimientos de identificación y autenticación. CUARTA CONTRASEÑAS. EL CLIENTE deberá definir una contraseña para ingresar al servicio de Pago Móvil o Banca Móvil, dicha contraseña se compondrá de 6 (seis) caracteres numéricos que no deberán ser más de dos números consecutivos numéricos ni más de dos números idénticos en forma consecutiva. Está clave será el medio de autenticación para acceder al sistema. EL CLIENTE previa e invariablemente al inicio de la operación en el SERVICIO DIGITAL correspondiente deberá proporcionar LA CONTRASEÑA DE ACCESO. QUINTA BLOQUEO Y DESBLOQUEO DE CONTRASEÑAS. Cuando EL CLIENTE digite la CONTRASEÑA DE ACCESO de manera incorrecta por 3 (tres) ocasiones, BANCOMER bloqueará EL SERVICIO. Si EL SERVICIO es bloqueado bajo el supuesto anterior, EL CLIENTE deberá llamar al centro de atención telefónica de BANCOMER para poder desbloquear las claves o contraseñas, o en su caso realizar el procedimiento respectivo mediante EL SERVICIO ; asimismo, se podrá definir una nueva clave de acceso en la aplicación de EL SERVICIO contenida en el celular de EL CLIENTE, para lo cual EL CLIENTE tendrá que volver a autenticarse a través de los mismos elementos que utilizó al momento de realizar la activación de EL SERVICIO ; en caso de contar con un DISPOSITIVO DE SEGURIDAD además podrá proporcionar la clave generada por éste. Una vez identificado y autenticado, EL CLIENTE podrá definir una nueva CONTRASEÑA DE ACCESO. SEXTA CANCELACION Y BLOQUEO DEL SERVICIO. EL CLIENTE podrá cancelar o bloquear temporalmente EL SERVICIO respectivo a través del centro de atención telefónica de BANCOMER. En caso de cancelación de EL SERVICIO, ya sea por BANCOMER o por EL CLIENTE, la contraseña será inhabilitada en los sistemas de BANCOMER.

5 En caso de que EL CLIENTE requiera invalidar su clave o CONTRASEÑA DE ACCESO, podrá realizarlo a través del mismo servicio o a través del centro de atención telefónica de BANCOMER, para lo que deberá designar una nueva contraseña. El bloqueo temporal del servicio de Pago Móvil o Banca Móvil quedará registrado en la fecha de solicitud de cancelación y posteriormente EL CLIENTE no podrá seguir operando este servicio hasta realizar nuevamente la reactivación. SUBCAPITULO 2 BANCOMER MOVIL SIN TOKEN (PAGO MÓVIL) PRIMERA DEL SERVICIO. BANCOMER está de acuerdo en prestar y EL CLIENTE en hacer uso del servicio de banca electrónica denominado Pago Móvil para efectuar operaciones bancarias señaladas en este capítulo a través del teléfono celular que asocie EL CLIENTE conforme a los términos de este Contrato. SEGUNDA FORMAS DE PRESTAR EL SERVICIO. En el caso de que EL CLIENTE solicite asociar dos cuentas a un mismo número de celular, siempre y cuando BANCOMER tenga adecuada esta modalidad en el servicio de Pago Móvil, en una de las cuentas asociadas podrá realizar Operaciones de Micro Pagos (hasta 70 UDI) y la otra Operaciones de hasta 1500 UDI. Todas las modalidades de Pago Móvil, así como también LAS CUENTAS, deberán estar asociadas al mismo teléfono celular, por lo que no se podrán asociar dos líneas de teléfono celular a LA CUENTA de un mismo cliente. EL CLIENTE podrá asociar LAS CUENTAS a otro número de celular siempre y cuando sea a través de un reemplazo de número, dicho reemplazo lo deberá solicitar en el centro de atención telefónica de BANCOMER, o mediante EL SERVICIO. TERCERA CANCELACION Y BLOQUEO DE ALGUNA MODALIDAD DEL SERVICIO Al cancelar o bloquear el servicio de Pago Móvil o Banca Móvil, implicará la cancelación o bloqueo del otro, ya que comparten contraseñas de acceso. 2.1 BANCOMER MOVIL SIN TOKEN PRIMERA SERVICIO. El servicio de BANCOMER MÓVIL SIN TOKEN es una funcionalidad de Pago Móvil por medio de la cual EL CLIENTE podrá realizar las operaciones señaladas en la siguiente cláusula a través de su teléfono celular sobre las cuentas pasivas o activas que EL CLIENTE tenga en BANCOMER. SEGUNDA DE LAS OPERACIONES. Lograda la conexión a que alude la cláusula segunda de este capítulo, EL CLIENTE podrá tener acceso a LAS CUENTAS y podrá para efectuar las siguientes operaciones: 1. Consulta de saldos y movimientos. 2. Traspasos entre LAS CUENTAS de EL CLIENTE de acuerdo a los límites establecidos en el Anexo de Datos Generales. 3. Transferencias a cuentas de terceros, de acuerdo a los límites establecidos en el Anexo de Datos Generales. 4. Cambio de contraseña del servicio.

6 5. Acceso al servicio de pagos para la compra de bienes y servicios a través de su teléfono celular, de acuerdo a los límites en el Anexo de Datos Generales. 6. Pago de Servicios. 7. Compra de Tiempo Aire para teléfono celular. 8. Operaciones monetarias de acuerdo a los límites establecidos más adelante. 9. Autorización a terceros para retiro de efectivo en cajero automático sin presentación de LA TARJETA, a través del envío de claves al número móvil o celular del tercero proporcionado por EL CLIENTE y que éste digite en los sistemas de BANCOMER (Dinero Móvil). 10. Contratación de productos y servicios bancarios. 11. Cualquier otra operación y/o servicio que BANCOMER llegare a autorizar en el futuro. TERCERA LIMITES MONETARIOS PARA EL SERVICIO. EL CLIENTE podrá hacer uso de este SERVICIO y realizar las operaciones a que se refiere la cláusula anterior siempre y cuando el monto acumulado diario de las Operaciones Monetarias que representen un cargo a LA CUENTA o a alguna de LAS CUENTAS que EL CLIENTE haya asociado a este servicio, no exceda del equivalente en moneda nacional a las Operaciones Monetarias de Mediana Cuantía por cuenta, es decir a mil quinientas Unidades de Inversión (UDI) diarias y seis mil mensuales. Los límites de monetarios se encuentran establecidos en el Anexo de Datos Generales del Cliente que forma parte integrante del presente contrato. Asimismo, podrá consultar las actualizaciones de los límites de operación vigentes para este servicio en BANCOMER SMS PRIMERA DEL SERVICIO. BANCOMER SMS es el servicio de PAGO MOVIL por medio del cual EL CLIENTE podrá instruir a BANCOMER la celebración de operaciones bancarias en LA CUENTA, a través de mensajes de texto mediante el uso de un teléfono celular que para tal efecto asocie EL CLIENTE a este servicio. En la operación de BANCOMER SMS son aplicables las cláusulas específicas del servicio Pago Móvil, en todo lo que no se oponga a las disposiciones del presente apartado. SEGUNDA DE LAS OPERACIONES. EL CLIENTE podrá realizar a través de BANCOMER SMS las siguientes operaciones: 1. Alta del servicio BANCOMER SMS. 2. Baja del servicio BANCOMER SMS. 3. Consulta de saldo de LA CUENTA. 4. Transferencias a otras cuentas (propias y de terceros). 5. Compra de tiempo aire para el número de teléfono asociado al servicio. 6.- Cualquier otra operación y/o servicio que BANCOMER llegare a autorizar en el futuro. TERCERA FORMAS DE PRESTAR EL SERVICIO. En BANCOMER SMS, BANCOMER identificará a EL CLIENTE y LA CUENTA con el número de teléfono celular que EL CLIENTE proporcione para habilitar BANCOMER MOVIL. Para activar BANCOMER SMS EL CLIENTE debe enviar un mensaje de texto con la palabra ALTA, al número que BANCOMER proporcione en autenticándose con los dieciséis dígitos de la tarjeta de débito asociada a LA CUENTA.

7 A través de BANCOMER SMS, EL CLIENTE únicamente podrá realizar Operaciones de Micro pagos, es decir, iguales o menores a 70 (setenta) UDI, por lo cual BANCOMER no solicitará a EL CLIENTE factores de autenticación en las operaciones monetarias de este servicio. De igual forma, en las operaciones anteriores, BANCOMER queda exceptuado del envío de las notificaciones referidas en la cláusula de NOTIFICACIONES, salvo que el acumulado diario de las mismas sea superior a 600 (seiscientas) UDIS. En virtud de lo dispuesto en esta cláusula, BANCOMER asumirá los riesgos y por lo tanto los costos de las operaciones que no sean reconocidas por EL CLIENTE, realizadas a través de BANCOMER SMS. Las reclamaciones de estas operaciones serán abonadas a EL CLIENTE a más tardar 48 (cuarenta y ocho) horas posteriores a la reclamación que presente EL CLIENTE. CUARTA SUSPENSION TEMPORAL, CANCELACION Y REACTIVACION DE BANCOMER SMS. Para la cancelación o suspensión temporal de BANCOMER SMS, EL CLIENTE deberá enviar un mensaje de texto al número que BANCOMER proporcione para tal efecto en solicitando la baja de este servicio, autenticándose con los 16 (dieciséis) dígitos de la tarjeta de débito de LA CUENTA. La baja del servicio quedará registrada en la fecha de solicitud y posteriormente EL CLIENTE no podrá seguir operando este servicio hasta realizar la reactivación señalada en la cláusula tercera de este apartado. 2.3 BBVA WALLET PRIMERA SERVICIO. El servicio de BBVA WALLET es una funcionalidad de banca electrónica por medio de la cual EL CLIENTE podrá realizar las operaciones señaladas en la siguiente cláusula, a través de su teléfono celular, para las tarjetas de crédito y débito que EL CLIENTE tenga contratadas con BANCOMER. Para hacer uso de este servicio, EL CLIENTE deberá contratar el servicio de banca electrónica correspondiente (Banca Móvil/ Pago Móvil), una vez contratado, EL CLIENTE podrá tener acceso a las funcionalidades de este servicio al descargar la aplicación en la tienda de aplicaciones correspondiente. En la operación de BBVA WALLET son aplicables las cláusulas específicas del servicio Pago Móvil, en todo lo que no se oponga a las disposiciones del presente apartado. SEGUNDA OPERACIONES. A través del servicio BBVA WALLET, EL CLIENTE podrá realizar las siguientes operaciones y servicios: 1. Activación de las tarjetas asociadas al servicio.. 2. Consulta de movimientos y saldos de tarjeta de crédito y tarjeta de debito, así como Puntos Bancomer, siempre y cuando Bancomer lo tenga habilitado. 3. Bloqueo de tarjetas de débito o crédito físicas y tarjetas dentro de la aplicación BBVA WALLET, en adelante TARJETAS DIGITALES. 4.-Recibir y aceptar promociones, así como la contratación de nuevos productos o servicios. 5. Solicitud, otorgamiento y operación de TARJETA(S) DIGITAL(ES) de crédito y debito. 6. Consulta de CVV2 dinámico para realizar operaciones en internet con la TARJETA DIGITAL. 7. Recepción de notificaciones de BANCOMER. 8. Efectuar a través de su celular mediante una tarjeta o mediante circuitos integrados en forma de Sticker Wallet, pagos en terminales puntos de venta que cuenten con la tecnología necesaria para comunicarse con tarjetas sin contacto que pudieran ser de manera enunciativa y no limitativa NFC, HCE, EMV, entre otras. 9. Cualquier otra operación y/o servicio que BANCOMER llegare a autorizar en el futuro.

8 TERCERA OPERACIONES DE PAGO EN LA MODALIDAD SIN CONTACTO. En caso de que EL CLIENTE decida utilizar su aplicación BBVA WALLET para efectuar pagos en comercios físicos, podrá hacerlo solo en aquellas terminales punto de venta que se encuentren habilitadas técnicamente para la realización de estos pagos con este tipo de operativa y deberá: 1.- Haber descargado en su aplicación una tarjeta digital habilitada para realizar pagos con el celular. 2.- Activar dentro de la aplicación, la tarjeta que EL CLIENTE elija para utilizar en esta funcionalidad. 3.- Aunado a lo anterior, en caso de Tarjeta Digital HCE: A.- Para pagos que no necesiten autorizarse con firma, una vez que el monto sea introducido por el comercio en la terminal punto de venta, deberá activar el teléfono y acercarlo a dicha terminal punto de venta para que la transacción sea procesada. B.- Para pagos que necesiten autorizarse con firma, una vez que el monto sea introducido por el comercio en la terminal punto de venta, deberá desbloquear el teléfono y acercarlo a la terminal punto de venta para que la transacción sea procesada. Al autenticarse mediante la acción de desbloqueo del teléfono EL CLIENTE otorga su consentimiento expreso con respecto de la compra, por lo que al utilizar el servicio de BBVA WALLET EL CLIENTE y BANCOMER acuerdan que dicho desbloqueo tendrá los mismos propósitos y alcances que la firma autógrafa de EL CLIENTE. Si el teléfono no fuese desbloqueado o no cuenta con un patrón de desbloqueo la transacción no podrá ser procesada por la terminal. EL CLIENTE y BANCOMER convienen en que el patrón de desbloqueo en el caso de Tarjeta Digital HCE sirve de factor de autenticación y como instrumento para otorgar el consentimiento del primero y por lo tanto si EL CLIENTE coloca su patrón de desbloque se entenderá como consentida la transacción por lo que dicho acto tendrá los mismos propósitos y alcances que la firma autógrafa de EL CLIENTE. CUARTA ACTIVACION Y ACCESO AL SERVICIO. Para activación del servicio, EL CLIENTE deberá descargar la aplicación BBVA WALLET en su celular de acuerdo al procedimiento que BANCOMER notifique a EL CLIENTE en la página o por cualquier otro medio. Una vez descargada la aplicación, BANCOMER identificará a EL CLIENTE con el número de teléfono celular en el que realizó la descarga de BBVA WALLET. Para realizar las operaciones de pago en la modalidad SIN CONTACTO señaladas en el presente capítulo EL CLIENTE podrá hacerlas sin iniciar sesión en la aplicación de BBVA WALLET. El servicio de BBVA WALLET podrá ser operado a través de teléfonos celulares con capacidad tecnológica y que cuenten con servicio de Internet. Adicionalmente para Tarjetas Digitales HCE el teléfono deberá tener la funcionalidad NFC encendida y la aplicación Wallet deberá estar seleccionada como opción preferida para pagos. QUINTA TARJETA DIGITAL. Dentro del servicio BBVA WALLET, BANCOMER podrá otorgar a EL CLIENTE una tarjeta de débito y/o crédito electrónica que el cliente podrá descargar en el teléfono celular asociado al servicio BBVA WALLET (en lo sucesivo, TARJETA DIGITAL ) con la cual EL CLIENTE

9 podrá realizar el pago de bienes y servicios en comercios que acepten el pago con tarjetas no presentes y será considerada como un segundo medio de disposición de LA CUENTA y/o de la tarjeta de crédito asociada. La TARJETA DIGITAL seguirá las reglas de operación señaladas en el Contrato de La cuenta depósito y las señaladas en el Contrato de apertura de crédito de la tarjeta de crédito asociada al servicio, en todo lo que no se opongan al presente subcapítulo. SEXTA STICKER WALLET. Para el caso de tarjetas contenidas en Sticker Wallet, la operación de pago en terminales punto de venta se realizará acercando dicho Sticker adherido al dispositivo móvil. La autorización de dicho pago se realizará digitando el NIP de la tarjeta o bien a través la suscripción de los comprobantes de consumo mediante de su firma autógrafa. 2.4 BBVA CREDIT PRIMERA SERVICIO. El servicio de BBVA CREDIT es una funcionalidad de Pago Móvil por medio de la cual EL CLIENTE podrá realizar las operaciones señaladas en la siguiente cláusula a través de su teléfono celular sobre las cuentas pasivas o activas que EL CLIENTE tenga BANCOMER. Para hacer uso de este servicio, EL CLIENTE deberá contratar antes el servicio de Pago Móvil. EL CLIENTE podrá descargar la aplicación en la tienda de aplicaciones correspondiente. SEGUNDA OPERACIONES. EL CLIENTE podrá realizar las siguientes operaciones y servicios en BBVA CREDIT: 1. Simulación de créditos de acuerdo a la capacidad de pago de EL CLIENTE. 2. Simulación de pagos de los créditos que EL CLIENTE tuviera con BANCOMER. 3. Contratación de nuevos productos o servicios. 4. Incremento de línea de crédito en las operaciones activas que EL CLIENTE tuviera con BANCOMER. 5. Pago de los créditos que EL CLIENTE tuviera con BANCOMER. 6. Cualquier otra operación y/o servicio que BANCOMER llegare a autorizar en el futuro. TERCERA ACTIVACION Y ACCESO AL SERVICIO. Para activación del servicio, EL CLIENTE deberá descargar la aplicación BBVA CREDIT en su celular de acuerdo al procedimiento que BANCOMER le indique en la página o por cualquier otro medio. Una vez descargada la aplicación, BANCOMER identificará a EL CLIENTE con el número de teléfono celular en el que realizó la descarga de BBVA CREDIT. Para realizar las operaciones señaladas en la cláusula segunda, EL CLIENTE deberá iniciar sesión en la aplicación de BBVA CREDIT ingresando la contraseña que haya generado o que BANCOMER le haya proporcionado. En caso de tener activado el servicio de BANCOMER MOVIL la contraseña de este servicio será la misma para el servicio de BBVA CREDIT y viceversa. El servicio de BBVA CREDIT podrá ser operado a través de teléfonos celulares que cuenten con servicio de Internet. 2.5 BBVA SEND

10 PRIMERA SERVICIO. El servicio de BBVA SEND es una funcionalidad de Pago Móvil por medio de la cual EL CLIENTE podrá realizar las operaciones señaladas en la siguiente cláusula, a través de su teléfono celular. Para hacer uso de este servicio, EL CLIENTE deberá contratar el servicio de Pago Móvil, una vez contratado, EL CLIENTE podrá tener acceso a las funcionalidades de este servicio al descargar la aplicación en la tienda de aplicaciones correspondiente. En la operación de BBVA SEND son aplicables las cláusulas específicas del servicio Pago Móvil, en todo lo que no se oponga a las disposiciones del presente apartado. SEGUNDA OPERACIONES. A través del servicio BBVA SEND, EL CLIENTE podrá realizar las siguientes operaciones y servicios: 1.- Envío de instrucciones para transferencias de dinero a terceros, utilizando para ello, los contactos de su agenda telefónica contenida en su teléfono celular. Para perfeccionar esta transferencia, el tercero al recibir la notificación de que se le ha enviado el dinero deberá seleccionar la forma en la que desea recibirlo. 2.- Enviar un mensaje personalizado al contacto de su agenda telefónica al cual le envíe dinero. 3.- Recibir transferencias de dinero, teniendo la opción de disponer de él a través de: a) LA CUENTA DE DEPÓSITO. b) Cuenta bancaria de otra Institución. Para hacer uso de esta modalidad EL CLIENTE debe dar de alta los datos correspondientes de dicha cuenta bancaria que son enunciativa, mas no limitativamente: Nombre del Beneficiario, Tipo de Cuenta, nombre del banco, número de Clabe /Tarjeta/ Cuenta. c) A través de un cajero automático de BBVA Bancomer mediante la opción Dinero Móvil, anotando las claves que se proporcionan en la operación. 4.- Retiros sin tarjeta. 5.- Cualquier otra operación y/o servicio que BANCOMER llegare a autorizar en el futuro. Los recursos utilizados para esos envíos de dinero se obtendrán de la CUENTA ASOCIADA AL SERVICIO, para lo cual esta tendrá que contar con recursos suficientes para que la transferencia se pueda concretar. Las operaciones monetarias de recepción en este servicio no podrán exceder de 1,500 UDI (Unidades de Inversión) diarias y 6,000 UDI mensuales. Los límites de operación vigentes para este servicio podrán ser consultados en TERCERA ACTIVACION Y ACCESO AL SERVICIO. Para activación del servicio, EL CLIENTE deberá descargar la aplicación BBVA SEND en su celular de acuerdo al procedimiento que BANCOMER notifique a EL CLIENTE en la página o por cualquier otro medio. Una vez descargada la aplicación, BANCOMER identificará a EL CLIENTE con el número de teléfono celular en el que realizó la descarga de BBVA SEND. Para realizar las operaciones señaladas en la cláusula 45, EL CLIENTE deberá iniciar sesión en la aplicación de BBVA SEND ingresando la contraseña que haya generado o que BANCOMER le haya proporcionado. En caso de tener activado el servicio de BANCOMER MOVIL la contraseña de este servicio será la misma para el servicio de BBVA SEND y viceversa. El servicio de BBVA SEND podrá ser operado a través de teléfonos celulares que cuenten con servicio de Internet. 2.6 PAGOS BANCOMER

11 PRIMERA SERVICIO. Para hacer uso de este servicio, EL CLIENTE deberá contratar el servicio de Pago Móvil, una vez contratado, EL CLIENTE podrá tener acceso a las funcionalidades de este servicio al descargar la aplicación en la tienda de aplicaciones correspondiente. En la operación de PAGOS BANCOMER son aplicables las cláusulas específicas del servicio Pago Móvil, en todo lo que no se oponga a las disposiciones del presente apartado. SEGUNDA OPERACIONES. A través del servicio PAGOS BANCOMER, EL CLIENTE podrá realizar las siguientes operaciones y servicios: 1.- Autorizar a BANCOMER para que solicite a la compañía proveedora del servicio que EL CLIENTE indique datos para que BANCOMER esté en posibilidad de efectuar los recordatorios de pago, lo cuales podrán ser de manera enunciativa: Fecha de corte y cantidad de dinero a pagar. 2.- Pago de Servicios 3. Cualquier otra operación y/o servicio que BANCOMER llegare a autorizar en el futuro. Los recursos utilizados para esos envíos de dinero se obtendrán de la CUENTA ASOCIADA AL SERVICIO, para lo cual esta tendrá que contar con recursos suficientes para que la transferencia se pueda concretar. Las operaciones monetarias de recepción en este servicio no podrán exceder de 1,500 UDI (Unidades de Inversión) diarias y 6,000 UDI mensuales para clientes que no cuenten con su servicio de Bancomer Móvil con Token. Los límites de operación vigentes para este servicio podrán ser consultados en Adicionalmente, en caso de que EL CLIENTE tenga contratado el servicio de BANCA MÓVIL, podrá realizar las siguientes operaciones haciendo uso de la contraseña dinámica de un solo uso generada por el DISPOSITIVO DE SEGURIDAD de acuerdo con los términos y montos del servicio BANCA MÓVIL: 1.-Registro de cuentas destino. 2. Cualquier otra operación y/o servicio que BANCOMER llegare a autorizar en el futuro. TERCERA ACTIVACION Y ACCESO AL SERVICIO. Para activación del servicio, EL CLIENTE deberá descargar la aplicación PAGOS BANCOMER en su celular de acuerdo al procedimiento que BANCOMER notifique a EL CLIENTE en la página o por cualquier otro medio. Una vez descargada la aplicación, BANCOMER identificará a EL CLIENTE con el número de teléfono celular en el que realizó la descarga de PAGOS BANCOMER. Para realizar las operaciones señaladas en la cláusula segunda, EL CLIENTE deberá iniciar sesión en la aplicación de BBVA SEND ingresando la contraseña que haya generado o que BANCOMER le haya proporcionado. En caso de tener activado el servicio de BANCOMER MOVIL la contraseña de este servicio será la misma para el servicio de PAGOS BANCOMER y viceversa. El servicio de PAGOS BANCOMER podrá ser operado a través de teléfonos celulares que cuenten con servicio de Internet.

12 SUBCAPITULO 3 BANCOMER MOVIL CON TOKEN (BANCA MÓVIL) 3.1 BANCOMER MÓVIL CON TOKEN PRIMERA DEL SERVICIO. BANCOMER está de acuerdo en prestar y EL CLIENTE en hacer uso del servicio de banca electrónica denominado Banca Móvil para efectuar operaciones bancarias señaladas en este capítulo a través del teléfono celular que asocie EL CLIENTE conforme a los términos de este Contrato. SEGUNDA MEDIOS DE ACCESO AL SISTEMA. Para ingresar al servicio, EL CLIENTE utilizará como identificador de acceso el número de teléfono celular vinculado al servicio. Adicional a lo anterior BANCOMER deberá entregar un dispositivo de seguridad o indicarle a EL CLIENTE la forma en la cual podrá descargar la aplicación que funcione como DISPOSITIVO DE SEGURIDAD. El teléfono celular de EL CLIENTE servirá como identificador del mismo. EL CLIENTE deberá designar una contraseña que junto con el dispositivo de seguridad funcionarán como factores de autenticación, con los cuales se podrá conectar a la Banca Móvil. Asimismo EL CLIENTE podrá designar como medio de acceso al sistema alguno de sus datos biométricos previamente proporcionados a BANCOMER para ser utilizados como factores de autenticación; siempre que BANCOMER habilite esa posibilidad. TERCERA DE LAS OPERACIONES. Lograda la conexión a que alude la cláusula que antecede, EL CLIENTE podrá tener acceso a LAS CUENTAS para efectuar las siguientes operaciones: a) Consulta de saldos, movimientos y estados de cuenta de LA CUENTA. b) Traspasos de LA CUENTA de EL CLIENTE a LAS CUENTAS. c) Transferencias a cuentas de terceros en BANCOMER. d) Transferencias a cuentas de otros bancos en México. e) Pago a proveedores o prestadores de servicios que BANCOMER incluya en EL SERVICIO. f) Activación o contratación de nuevos productos o servicios de operaciones activas, pasivas, servicios bancarios y banca electrónica con BANCOMER. g) Contratación de nuevos productos o servicios, con cualquiera de las entidades financieras integrantes del Grupo Financiero BBVA Bancomer. h) Autorización a terceros para retiro de efectivo en cajero automático sin presentación de LA TARJETA, a través del envío de claves al número móvil o celular del tercero proporcionado por EL CLIENTE y que éste digite en los sistemas de BANCOMER (Dinero Móvil). i) Suspender o cancelar EL SERVICIO. j) Consulta de contratos de depósito bancario de títulos y comisión mercantil (en lo subsecuente contratos patrimoniales), en caso de tenerlos. k) Las operaciones de los servicios BBVA WALLET y BBVA CREDIT, así como las demás operaciones que se señalan en el capítulo de Pago Móvil que BANCOMER tenga habilitados. l) Incremento de línea de crédito en las operaciones activas que EL CLIENTE tenga con BANCOMER. m) Otorgar su consentimiento para el tratamiento de datos personales que en su caso podrán ser sensibles n) Modificar dentro del Menú Administrar el método de acceso al sistema que podrá ser contraseña y / o dato biométrico, siempre que Bancomer tenga habilitada esa posibilidad. n) Cualquier otra operación y/o servicio que BANCOMER llegare a autorizar en el futuro. Para que BANCOMER pueda autorizar las operaciones antes señaladas dentro de EL SERVICIO, podrá solicitar a EL CLIENTE que confirme las operaciones mediante el uso de su contraseña, DISPOSITIVO DE SEGURIDAD, factor biométrico o cualquier otro método autorizado por la legislación correspondiente.

13 CUARTA BLOQUEO Y PROCEDIMIENTO DE DESBLOQUEO DEL SERVICIO O CONTRASEÑAS. Cuando EL CLIENTE digite la CONTRASEÑA DE ACCESO de manera incorrecta por 3 (tres) ocasiones, BANCOMER bloqueará de manera temporal EL SERVICIO por 15 (quince) minutos, cuando EL CLIENTE reincida por otras 3 (tres) ocasiones, BANCOMER nuevamente bloqueará de manera temporal EL SERVICIO por 2 (dos) horas, en el caso de que EL CLIENTE reincida por otras 3 (tres) ocasiones se realizará un bloqueo definitivo de EL SERVICIO. En el caso de olvido de la contraseña o bloqueo de EL SERVICIO, EL CLIENTE deberá acudir a alguna sucursal de BANCOMER o llamar al centro de atención telefónica, según BANCOMER lo tenga habilitado. En caso de cancelación de EL SERVICIO, ya sea por BANCOMER o por EL CLIENTE, las contraseñas serán inhabilitadas en los sistemas de BANCOMER para ingresar a EL SERVICIO. LIMITES MONETARIOS PARA EL SERVICIO DE BANCA MÓVIL. EL CLIENTE podrá hacer uso del servicio de Banca Móvil y realizar las operaciones a que se refiere la cláusula anterior siempre y cuando las Operaciones Monetarias no excedan los límites establecidos en el Anexo de Datos Generales del Cliente que forma parte integrante del presente contrato. QUINTA REGISTRO DE CUENTAS. EL CLIENTE podrá habilitar LA CUENTA en las que él sea titular o cotitular que hayan sido celebradas con BANCOMER posterior a la fecha de este Contrato, siempre y cuando en EL SERVICIO realice la función de actualización de cuentas a efecto de poder realizar consultas y operaciones. (No aplica para cuentas mancomunadas). Si EL CLIENTE cuenta con el DISPOSITIVO DE SEGURIDAD instalado dentro del software de su teléfono desde el cual está generando la operación, EL CLIENTE para poder realizar transferencias y/o pagos a terceros en BANCOMER u otras instituciones, previamente deberá registrar las cuentas de terceros en EL SERVICIO, para lo cual sólo tendrá que confirmar la operación mediante un botón de confirmar, es decir, no será necesario que digite la clave de único uso, debido a que esta clave se registra de manera automática desde el celular, la cuenta registrada, en su caso, quedará habilitada en un lapso de 30 (treinta) minutos contados a partir del momento en que se realice dicho registro, de acuerdo al DISPOSITIVO DE SEGURIDAD, utilizado, asimismo EL CLIENTE podrá realizar un proceso de registro diferente con ayuda del DISPOSITIVO DE SEGURIDAD, el cual puede estar también integrado en el propio celular, a efecto de poder lograr que la cuenta de destino quede habilitada de forma inmediata. SEXTA VISUALIZACIÓN DE CONTRATOS PATRIMONIALES. EL CLIENTE que cuente con contratos patrimoniales podrá realizar las siguientes acciones, cuando Bancomer lo habilite: 1) Visualizar los números de su(s) contrato(s) patrimonial(es) y el de la cuenta eje asociada a dicho(s) contrato(s); así como el detalle de valores y efectivo que se encuentre en dichas cuentas y/o contratos. 2) Visualizar los datos de contacto de la oficina gestora de su(s) contrato(s) patrimonial (es), con la posibilidad de contactarse con sus funcionarios correspondientes mediante una llamada telefónica, mensaje o correo electrónico. 3) Transferir efectivo entre el contrato patrimonial y la cuenta eje asociada y viceversa. 4) Solicitar Operaciones de compra o venta de instrumentos en su(s) contrato(s) patrimonial(es), para lo cual deberá especificar el tipo de mercado, la emisora, la serie, el importe o número de títulos de la operación, el precio y la vigencia de la operación a solicitar. Para efectos de llevar a cabo la operación señalada en el inciso 4 Bancomer se reserva el derecho de solicitar cualquier dato o documentación adicional. Lo anterior sin perjuicio de lo que establezca cada contrato patrimonial. 3.2 PAY DAY

14 PRIMERA SERVICIO. El servicio de PAY DAY es una funcionalidad de Banca Móvil por medio de la cual EL CLIENTE podrá visualizar su último depósito de nómina y su estado de cuenta más reciente correspondiente a su cuenta de nómina; por lo tanto para poder hacer uso de PAYDAY, siempre que BANCOMER lo habilite, EL CLIENTE deberá tener contratado su servicio de Banca Móvil. En la operación de PAY DAY son aplicables las cláusulas específicas del servicio Banca Móvil, en todo lo que no se oponga a las disposiciones del presente apartado. Debido a que la información del servicio de PAY DAY se deriva a su vez del servicio de cuenta de nómina y de la información adicional que el empleador de EL CLIENTE proporciona, este servicio sólo está disponible para clientes que tengan su cuenta de nómina con BANCOMER y que las empresas para las que laboran hayan firmado el acuerdo correspondiente con BANCOMER respecto a proporcionar la información necesaria para la habilitación de la aplicación móvil descrita. SEGUNDA OPERACIONES. A través del servicio PAY DAY, EL CLIENTE podrá realizar las siguientes operaciones y servicios: 1.- Visualizar su último depósito de nómina. 2.- Visualizar su estado de cuenta más reciente correspondiente a su cuenta de nómina. 3.- Visualizar, en su caso, los créditos que Bancomer ponga a su disposición. 4.- Visualizar, en su caso, los descuentos en comercios y otros beneficios que Bancomer ponga a su disposición como cuentahabiente de nómina. 5.- Efectuar retiros sin tarjeta. 6.- Cualquier otra operación y/o servicio que BANCOMER llegare a autorizar en el futuro. TERCERA ACTIVACION Y ACCESO AL SERVICIO. Para la activación del servicio, EL CLIENTE deberá descargar la aplicación PAY DAY en su celular de acuerdo al procedimiento que BANCOMER notifique a EL CLIENTE en la página o por cualquier otro medio. Una vez descargada la aplicación, BANCOMER identificará a EL CLIENTE con el número de teléfono celular en el que realizó la descarga de PAY DAY y el cual EL CLIENTE asoció previamente. Para realizar las operaciones señaladas en la cláusula segunda, EL CLIENTE deberá iniciar sesión en la aplicación de PAY DAY ingresando la contraseña que haya generado o que BANCOMER le haya proporcionado. En caso de tener activado el servicio de BANCOMER MOVIL la contraseña de este servicio será la misma para el servicio de PAY DAY y viceversa. El servicio de PAY DAY podrá ser operado a través de teléfonos celulares que cuenten con servicio de Internet. CAPITULO III BANCOMER.COM PRIMERA DEL SERVICIO. EL CLIENTE podrá utilizar este servicio de banca electrónica en el cual podrá realizar consultas y operaciones financieras y/o bancarias a través de Internet (en adelante EL SERVICIO ), al cual podrá acceder a través de su navegador de su computadora o bien a través de una aplicación móvil para dispositivos electrónicos, para lo cual EL CLIENTE debe activar el servicio de acuerdo al procedimiento que BANCOMER establezca para tal efecto, y dependiendo del tipo de operaciones que EL CLIENTE quiera realizar en EL SERVICIO. Una vez activado EL SERVICIO, BANCOMER autoriza a EL CLIENTE para que a través de la red de Internet se pueda conectar y tener acceso al SISTEMA que BANCOMER tiene en funcionamiento. Para ello EL CLIENTE deberá contar con acceso a la red de Internet. SEGUNDA

15 MEDIOS DE ACCESO AL SISTEMA. EL CLIENTE para activar el servicio deberá ingresar a en la opción Registro y se autenticará por medio de diversos elementos como podrán ser: a) El número de la tarjeta de débito vinculada a LA CUENTA, en adelante TARJETA DE ACCESO, por lo que a este elemento se les denominará IDENTIFICADOR DE USUARIO, y en su caso, el NIP u otro elemento que LAS PARTES determinen.. b) Clave de único uso que genera el DISPOSITIVO DE SEGURIDAD (en su caso). c) O cualquier otro elemento que BANCOMER requiera a EL CLIENTE. Una vez identificado y autenticado EL CLIENTE con los elementos descritos anteriormente, EL CLIENTE designará una clave para ingresar al sistema (nivel de consulta), la cual será su CONTRASEÑA DE ACCESO. Para entrar a EL SERVICIO, EL CLIENTE deberá proporcionar el IDENTIFICADOR DE USUARIO y su CONTRASEÑA DE ACCESO ; y cuando EL CLIENTE cuente con un DISPOSITIVO DE SEGURIDAD, BANCOMER se lo solicitará para tener acceso a EL SERVICIO. BANCOMER podrá en todo momento, mejorar la calidad de los servicios estableciendo modificaciones a las reglas de funcionamiento, de acceso o procedimientos de identificación y autenticación, para ello deberá dar aviso a EL CLIENTE en términos de lo establecido en este Contrato. LAS PARTES convienen en que el IDENTIFICADOR DE USUARIO, las contraseñas y la clave de único uso que genera el DISPOSITIVO DE SEGURIDAD, en su caso, sirven de identificación en el sistema y son utilizados en lugar del nombre y firma de EL CLIENTE. BANCOMER se basará en ellos de la misma manera y para los mismos propósitos y alcances. TERCERA DE LAS OPERACIONES. Las operaciones que EL CLIENTE podrá realizar en EL SERVICIO (modalidad básica) son: a) Consulta de saldos y movimientos de LA CUENTA y/o LAS CUENTAS. b) Traspasos entre LAS CUENTAS de EL CLIENTE. c) Concertación, incrementos, decrementos y liquidación de inversiones de EL CLIENTE. d) Solicitudes varias o aclaraciones de operaciones específicas (cambios de domicilio, solicitud de chequeras, etc.) de LAS CUENTAS. e) Contratación de productos y servicios que no requieran un DISPOSITIVO DE SEGURIDAD, para lo cual EL CLIENTE deberá manifestar su consentimiento proporcionando la información que BANCOMER le requiera, como puede ser entre otros: el número de tarjera, código de seguridad de la tarjeta, fecha de nacimiento, o cualquier otra que le sea requerida. f) Cualquier otra operación y/o servicio que BANCOMER llegare a autorizar en el futuro, y/o contrate EL CLIENTE con BANCOMER. Además de las operaciones antes mencionadas EL CLIENTE podrá llevar a cabo otras operaciones; sin embargo, para poder realizarlas será necesario que EL CLIENTE cuente con un DISPOSITIVO DE SEGURIDAD para confirmar las operaciones, Las operaciones que EL CLIENTE podrá realizar una vez que tenga EL SERVICIO activado y cuente con un dispositivo de seguridad son (modalidad avanzada): 1. Transferencias a cuentas de terceros en BANCOMER. 2. Transferencias a cuentas de otros bancos en México. 3. Solicitudes varias o aclaraciones de operaciones específicas de LA CUENTA DE DEPOSITO. 4. Pago a proveedores o prestadores de servicios que BANCOMER incluya en EL SERVICIO. 5. Pago de impuestos federales a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 6. Activación o contratación de nuevos productos o servicios de operaciones activas, pasivas, servicios bancarios y banca electrónica con BANCOMER. 7. Contratación de nuevos productos o servicios, con cualquiera de las entidades financieras integrantes del Grupo Financiero BBVA Bancomer.

16 8. Autorización a terceros para retiro de efectivo en cajero automático sin presentación de LA TARJETA, a través del envío de claves al número móvil o celular del tercero proporcionado por EL CLIENTE y que éste digite en los sistemas de BANCOMER (Dinero Móvil). 9. Transacción Orden de Pago Internacional. Transferencia de fondos de una cuenta propia en MXP, USD o EUR hacia la cuenta de un beneficiario en el extranjero. 10. Registro de cuentas de destino recurrentes. 11. Cualquier otra operación y/o servicio que BANCOMER llegare a autorizar en el futuro, y/o contrate EL CLIENTE con BANCOMER. A través del mismo servicio, EL CLIENTE podrá obtener información financiera de mercado no relacionada con LA CUENTA. BANCOMER, a su criterio, determinará el contenido y alcance de esta información, en el entendido que el uso por EL CLIENTE de la misma, será responsabilidad de él mismo. En su caso, LA CUENTA con régimen mancomunado en donde EL CLIENTE sea cotitular, sólo se podrán realizar consultas a que se refiere el inciso a) de esta cláusula. CUARTA BLOQUEO Y PROCEDIMIENTO DE DESBLOQUEO DEL SERVICIO O CONTRASEÑAS. Cuando EL CLIENTE digite la CONTRASEÑA DE ACCESO de manera incorrecta por 3 (tres) ocasiones, BANCOMER bloqueará de manera temporal EL SERVICIO por 15 (quince) minutos, cuando EL CLIENTE reincida por otras 3 (tres) ocasiones, BANCOMER nuevamente bloqueará de manera temporal EL SERVICIO por 2 (dos) horas, en el caso de que EL CLIENTE reincida por otras 3 (tres) ocasiones se realizará un bloqueo definitivo de EL SERVICIO. En el caso de olvido de la contraseña o bloqueo de EL SERVICIO, se podrán definir nueva clave de acceso en la página de Internet en la opción de Olvido o Desbloqueo de Claves, para lo cual tendrá que volver a autenticarse a través de los mismos elementos que utilizó al momento de realizar la activación de EL SERVICIO, en caso de contar con un DISPOSITIVO DE SEGURIDAD además deberá proporcionar la clave generada por éste. Una vez identificado y autenticado EL CLIENTE, podrá definir nueva CONTRASEÑA DE ACCESO. También se podrá realizar el desbloqueo de EL SERVICIO en alguna sucursal de BANCOMER. Cuando EL CLIENTE digite la clave de único uso generada por el DISPOSITIVO DE SEGURIDAD de manera incorrecta por 3 (tres) ocasiones, BANCOMER bloqueará de manera temporal EL SERVICIO por 2 (dos) horas, cuando EL CLIENTE reincida por otras 3 (tres) ocasiones, BANCOMER nuevamente bloqueará de manera temporal EL SERVICIO por 2 (dos) horas, en el caso de que EL CLIENTE reincida por otras 3 (tres) ocasiones se realizará un bloqueo definitivo de EL SERVICIO de tal forma que EL CLIENTE deberá acudir a cualquier sucursal, con el objeto de identificarse fehacientemente y solicitar el desbloqueo. En caso de cancelación de EL SERVICIO, ya sea por BANCOMER o por EL CLIENTE, las contraseñas serán inhabilitadas en los sistemas de BANCOMER para ingresar a EL SERVICIO. QUINTA REGISTRO DE CUENTAS. EL CLIENTE podrá habilitar LA CUENTA en las que él sea titular o cotitular que hayan sido celebradas con BANCOMER posterior a la fecha de este Contrato, siempre y cuando en EL SERVICIO realice la función de actualización de cuentas a efecto de poder realizar consultas y operaciones. EL CLIENTE para poder realizar transferencias y/o pagos a terceros en BANCOMER u otras instituciones, previamente deberá registrar las cuentas de terceros en EL SERVICIO, para lo cual EL CLIENTE deberá: A) Contar con un DISPOSITIVO DE SEGURIDAD físico: 1.- Contar con un DISPOSITIVO DE SEGURIDAD con tecnología óptica, otorgado por BANCOMER. 2.- Encender el DISPOSITIVO DE SEGURIDAD y presionar el botón óptico. 3.- Ubicar el DISPOSITIVO DE SEGURIDAD en la pantalla de la computadora.4.teclear el botón de Ok en caso de estar de acuerdo con el número de cuenta a registrar y el nombre del beneficiario a transferir.

17 5.-Digitar la clave de único uso que genera el DISPOSITIVO DE SEGURIDAD, B) Contar con un DISPOSITIVO DE SEGURIDAD se encuentre almacenado dentro de una aplicación en el dispositivo móvil de EL CLIENTE (Token Móvil): 1.- Contar con un DISPOSITIVO DE SEGURIDAD otorgado por BANCOMER almacenado dentro de una aplicación en el dispositivo móvil de EL CLIENTE. 2.- Ingresar al botón de Token Móvil y presionar el botón Lector de código QR. 3.- Activar la cámara del teléfono celular, centrar el código QR en el recuadro que aparece en la pantalla y mantenerlo por unos segundos 4.- Teclear en el teléfono celular del cliente la respuesta SÍ, sólo en caso de estar de acuerdo con el número de cuenta a registrar y el nombre del beneficiario a transferir. 5.-Digitar la clave de único uso que genera el DISPOSITIVO DE SEGURIDAD, La cuenta registrada, en su caso, quedará habilitada en un lapso de 30 (treinta) minutos contados a partir del momento en que se realice dicho registro, de acuerdo al DISPOSITIVO DE SEGURIDAD, utilizado, o bien podrá quedar habilitada desde su registro de acuerdo al procedimiento que determine BANCOMER para ser utilizada en forma inmediata. EL CLIENTE a través de EL SERVICIO podrá dar de baja las cuentas de terceros previamente registradas, así como registrar nuevas cuentas de terceros de acuerdo a lo señalado en esta cláusula. SEXTA REGISTRO DE CUENTAS DE DESTINO RECURRENTES. Con el objeto de simplificar la transferencia de recursos a cuentas de terceros eliminando el uso DISPOSITIVO DE SEGURIDAD en dicha transferencia, BANCOMER podrá permitir a EL CLIENTE registrar cuentas de destino con la calidad de recurrentes mediante el siguiente procedimiento: 1. Efectuar el registro de la cuenta para realizar pagos. 2. Que transcurra al menos 90 días desde que fue registrada como cuenta destino, la haya usado al menos en 3 ocasiones y que no se hayan presentado reclamaciones sobre traspasos a esa cuenta. 3. Efectuar la solicitud a BANCOMER para que una cuenta destino sea registrada como recurrente. 4. Utilizar una clave proporcionada por EL DISPOSITIVO DE SEGURIDAD para registrar como recurrente la cuenta de destino. Para desactivar la calidad de recurrente de una cuenta de destino, EL CLIENTE deberá solicitarlo a BANCOMER mediante el procedimiento que este le ponga su disposición en SÉPTIMA LIMITES MONETARIOS PARA EL SERVICIO. EL CLIENTE podrá hacer uso de EL SERVICIO y realizar las operaciones a que se refiere este Contrato, siempre y cuando el monto por transacción acumulado diario y/o acumulado mensual, no exceda los límites máximos determinados para EL SERVICIO. Estos límites máximos podrán ser disminuidos por EL CLIENTE a través de EL SERVICIO. Los límites máximos por perfil y categorías iniciales, se señalan en el Anexo de Datos Generales de EL CLIENTE, mismo que forma parte del presente Contrato. CAPITULO IV CLAUSULAS COMUNES A LOS SERVICIOS PRIMERA CONDICIONES DE LOS SERVICIOS.- Las operaciones que se lleven a cabo al amparo del presente contrato se regirán por los términos y condiciones consignados en los capítulos y subcapítulos de BANCOMER MOVIL y BANCOMER.COM, en adelante LOS SERVICIOS DIGITALES, por lo que las estipulaciones de este capítulo serán aplicables a LOS SERVICIOS DIGITALES en todo lo que no se oponga a lo pactado en los capítulos y subcapítulos específicos de LOS SERVICIOS DIGITALES que use, conforme a lo siguiente:

18 a) Las operaciones de retiro que EL CLIENTE realice de LAS CUENTAS con la finalidad de hacer traspasos entre éstas, serán plenamente válidas sin que sea necesaria la suscripción de cheques. En los retiros de inversiones tampoco se requerirá llenar la ficha de retiro. La validación de las operaciones será llevada a cabo por LOS SERVICIOS DIGITALES, los que generarán un número de folio en la realización de cada operación. La validación de las operaciones será llevada a cabo por EL SERVICIO, la que generará un número de folio en la realización de cada operación. b) Los depósitos a LAS CUENTAS y las aportaciones a LAS CUENTAS de inversión se efectuarán y comprobarán con el comprobante que se emita en la banca electrónica de que se trate. c) Tratándose de disposiciones para efectuar pagos de servicios o pagos a terceros con cargo a LA CUENTA, cuando se trate de tarjetas de crédito, no será necesario que se suscriban pagarés. d) Las operaciones de retiro o transferencias sólo podrán realizarse si EL CLIENTE tiene saldo suficiente en LAS CUENTAS en que se vaya a efectuar el cargo correspondiente. e) Tratándose de consulta de saldos, la información que BANCOMER proporcione a EL CLIENTE, corresponderá a la que en sus registros contables aparezca registrada a esa fecha. f) La información e instrucciones que EL CLIENTE transmita o comunique a BANCOMER al efectuar sus operaciones, así como los comprobantes emitidos y transmitidos por el Computador Central de BANCOMER, tendrán pleno valor probatorio y fuerza legal para acreditar la operación realizada, el importe de la misma, su naturaleza, así como las características y alcance de sus instrucciones. g) BANCOMER podrá fijar libremente las bases, requisitos y condiciones de operación de LOS SERVICIOS DIGITALES, los días y el horario de operación, así como el límite de los retiros o disposiciones de las transferencias o aportaciones. En los estados de cuenta que se pongan a disposición de EL CLIENTE por cada una de LAS CUENTAS incorporadas al sistema, se harán constar e identificarán las operaciones realizadas. Las observaciones a esos estados de cuenta las deberá formular EL CLIENTE en la forma y términos que se señalan en los propios Contratos. h) EL CLIENTE acepta que periódicamente le sean enviadas, por los medios que BANCOMER considere convenientes, sugerencias de seguridad y recomendaciones para el uso de LOS SERVICIOS DIGITALES. SEGUNDA ACCESO AL SISTEMA. EL CLIENTE puede conectarse a los sistemas de cómputo electrónico (en adelante el SISTEMA ) que BANCOMER tiene en funcionamiento con el objeto de hacer uso de LOS SERVICIOS. A EL CLIENTE se le permitirá el acceso antes mencionado a través de un Identificador de Usuario y un Factor de Autenticación. El Identificador de Usuario es la información con la que BANCOMER reconoce a EL CLIENTE y que junto con el Factor de Autenticación le permite hacer uso del SERVICIO. Tanto para el servicio de Pago Móvil como para el de Banca Móvil, el identificador del cliente será el número de teléfono celular y para el servicio de Banca por internet el identificador del cliente será el número de la tarjeta de débito vinculada a LA CUENTA. El Factor de Autenticación es la información secreta, también denominada CONTRASEÑA DE ACCESO, que sólo EL CLIENTE conoce y que le permite junto con el Identificador de Usuario, acceder al SERVICIO correspondiente. Dicha CONTRASEÑA DE ACCESO no deberá tener más de 2 (dos) caracteres idénticos en forma consecutiva, así como tampoco deberá tener más de 2 (dos) caracteres consecutivos numéricos o alfabéticos. Por otro lado deberán ser mínimo 6 caracteres para Pago Móvil y Banca Móvil, y 8 (ocho) caracteres para la Banca por Internet. EL CLIENTE es el único responsable y conocedor de su CONTRASEÑA DE ACCESO. TERCERA DISPOSITIVO DE SEGURIDAD. El DISPOSITIVO DE SEGURIDAD también denominado en este contrato como token, utiliza tecnología óptica y puede ser físico o almacenado dentro de una aplicación

19 en el teléfono celular de EL CLIENTE (Token Móvil) y servirá para generar claves aleatorias de un solo uso para confirmación de operaciones bancarias o de servicios. CUARTA RESPONSABILIDAD DEL IDENTIFICADOR DE USUARIO Y LAS CONTRASEÑAS.- EL CLIENTE reconoce que quedará bajo su custodia, control y cuidado el IDENTIFICADOR DE USUARIO, las contraseñas, incluida la CONTRASEÑA DE ACCESO y el DISPOSITIVO DE SEGURIDAD referidas en los capítulos anteriores, reconociendo también el carácter personal, intransferible y confidencial de éstos, deslindando de responsabilidad a BANCOMER por el mal uso que pudiera hacer de los mismos, por lo que será de su exclusiva responsabilidad cualquier quebranto que pudiera sufrir como consecuencia del uso indebido de las mismas. QUINTA ROBO O EXTRAVIO DE LOS MEDIOS DE ACCESO AL SISTEMA.- En el caso de daño, robo o extravío de LA TARJETA DE ACCESO, dispositivo celular y/o el DISPOSITIVO DE SEGURIDAD, EL CLIENTE deberá dar aviso de inmediato a BANCOMER a través del servicio telefónico que para tal efecto tenga establecido BANCOMER, a fin de evitar que cualquier tercero no autorizado haga uso del IDENTIFICADOR DE USUARIO y/o del DISPOSITIVO DE SEGURIDAD, que BANCOMER, le hubiere entregado; al momento del reporte BANCOMER cancelará el medio de acceso reportado y proporcionará un número de reporte o folio, desde ese momento cesa la responsabilidad de EL CLIENTE, por lo que cualquier cargo realizado a través de los medios electrónicos regulados en el presente contrato, con posterioridad al reporte, será imputable a BANCOMER. SEXTA SUSPENSION TEMPORAL Y REACTIVACION DE LOS SERVICIOS.- EL CLIENTE podrá desactivar temporalmente y reactivar LOS SERVICIOS DIGITALES, para lo cual deberá llamar al servicio telefónico que para tal efecto tenga establecido BANCOMER, o seguir el procedimiento que BANCOMER tenga establecido dentro de cada servicio. SÉPTIMA NOTIFICACIONES.- Las operaciones que impliquen la transferencias de recursos de dinero a cuentas de terceros, como pueden ser las transferencias o pago de bienes o servicios, el pago de impuestos, modificación de límites de monto de las operaciones, registro de cuentas de terceros u otras instituciones, alta y modificación del medio de notificación, activación o contratación de productos y servicios, desbloqueo o modificación de contraseñas, NIP o retiro de efectivo y que se realicen a través de LOS SERVICIOS DIGITALES, serán notificadas por BANCOMER a EL CLIENTE, en el medio electrónico que ha señalado en el anexo de datos generales del presente Contrato para tal efecto. En el caso de BANCOMER MÓVIL SIN TOKEN o cualquier servicio correspondiente a Pago Móvil, BANCOMER podrá enviar únicamente las notificaciones mencionadas en la celebración de las siguientes operaciones: 1. Transferencias de recursos de dinero a cuentas de terceros, como pueden ser las transferencias o pago de bienes o servicios; 2. Contratación de bienes y servicio ; y 3. Modificación de límites de monto de las operaciones. La notificación para el punto 1 solo se efectuará cuando el monto acumulado diario sea mayor o igual a 600 UDIs o la operación sea mayor o igual a 250 UDIs. EL CLIENTE reconoce que, derivado de la inmediatez del aviso, la información puede discrepar entre la versión de sus documentos impresos y la versión electrónica de los mismos, a través del envío. Con el objeto de proteger la confidencialidad de la información, BANCOMER recomienda a EL CLIENTE la adopción de medidas de elemental prudencia para prevenir que la información pueda ser conocida por persona no autorizada distinta a su destinatario, como pudiera ser entre otras, la custodia del medio electrónico.

20 BANCOMER no será responsable en ningún caso de afectación alguna, incluyendo, sin límite, daños, pérdidas, gastos directos, indirectos, inherentes o consecuentes que surjan en relación con EL SERVICIO o su uso o imposibilidad de uso por alguna de LAS PARTES, o en relación con cualquier falla en el rendimiento, error, omisión, interrupción, defecto, demora en la operación o transmisión, falla de sistema o línea que no sean imputables a BANCOMER. BANCOMER no estará obligado a realizar la notificación a que se refiere la presente cláusula por causa de caso fortuito o fuerza mayor, en caso de que el cliente no proporcione algún medio de contacto o por cualquier causa ajena al control de BANCOMER. En caso de que EL CLIENTE no desee proporcionar un medio de notificación, absuelve de cualquier responsabilidad a BANCOMER por la falta de notificación respectiva. EL CLIENTE podrá dar de alta o modificar el medio de notificación en sucursal BANCOMER, a través del centro de atención telefónica o por cualquier otro canal electrónico que BANCOMER autorice para tal efecto. En ningún caso BANCOMER permitirá la modificación del medio de notificación a través del cajero automático o terminal punto de venta. Adicionalmente, BANCOMER podrá enviar dichas notificaciones al número celular que EL CLIENTE le haya proporcionado por cualquier medio, ya sea por medio de mensajes de texto o como avisos en los mismos servicios. Las notificaciones mencionadas en la esta cláusula podrán ser denominadas como ALERTAS o ALERTAS BANCOMER. OCTAVA SUSTITUCIÓN DE LA FIRMA AUTÓGRAFA. Ambas PARTES convienen en que el IDENTIFICADOR DE USUARIO, la CONTRASEÑA DE ACCESO, y en su caso la clave de único uso que genera un dispositivo de seguridad y el número telefónico que EL CLIENTE asocie al servicio, son las llaves para ingresar a EL SERVICIO y sirven de identificación en el sistema. Estos serán utilizados en este servicio por BANCOMER de la misma manera y para los mismos propósitos y alcances que el nombre y la firma autógrafa de EL CLIENTE. NOVENA RESPONSABILIDAD.- La información e instrucciones que EL CLIENTE transmita o comunique a BANCOMER mediante LOS SERVICIOS DIGITALES, tendrán pleno valor probatorio y fuerza legal para acreditar la operación realizada, el importe de la misma, su naturaleza, así como las características y alcance de sus instrucciones. En los términos de la Ley de Instituciones de Crédito, el uso de los medios de identificación previstos en este Contrato, para realizar las operaciones autorizadas a través de este sistema telefónico celular, sustituirá la firma autógrafa, producirá los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y, en consecuencia, tendrá el mismo valor probatorio. Asimismo, EL CLIENTE en este acto manifiesta su conformidad obligándose en lo sucesivo a reconocer, considerar y/o aceptar como su firma autógrafa los medios de identificación a que se refiere la cláusula segunda, o en su caso los que los sustituyan. En ningún caso, BANCOMER será responsable de algún daño, incluyendo, sin límite, daños, pérdidas, gastos directos, indirectos, inherentes o consecuentes que surjan en relación con el uso de LOS SERVICIOS DIGITALES o con la imposibilidad de su uso por alguna de LAS PARTES, o en relación con cualquier falla en el rendimiento, error, omisión, interrupción, defecto, demora en la operación o transmisión, o falla de sistema o línea que no sean imputables a BANCOMER. La responsabilidad de EL CLIENTE sobre el uso del IDENTIFICADOR DE USUARIO, LAS CLAVES, CONTRASEÑAS o el DISPOSITIVO DE SEGURIDAD para acceder y/u operar LOS SERVICIOS DIGITALES cesará en el momento BANCOMER sea notificado de la defunción de EL CLIENTE, el robo o extravío de los elementos mencionados, o EL CLIENTE solicite la terminación del servicio digital correspondiente de acuerdo con la cláusula de vigencia de este contrato. DÉCIMA

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