INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL NORMAS URBANÍSTICAS MUNICIPALES DE LA HINIESTA (ZAMORA)

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3 INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL NORMAS URBANÍSTICAS MUNICIPALES DE LA HINIESTA (ZAMORA) PROMOTOR Ayuntamiento de La Hiniesta (Zamora) Enero de 2012 Ayto. de La Hiniesta MEDIOTEC CONSULTORES, S.A. Parque Tecnológico de Boecillo Boecillo. Valladolid TLF FAX

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5 ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN PRESENTACIÓN ANTECEDENTES MARCO LEGAL EQUIPO REDACTOR METODOLOGÍA DESCRIPCIÓN DE LAS NUM DE LA HINIESTA Y DE SU CONTEXTO DE APLICACIÓN SITUACIÓN Y DELIMITACIÓN DEL ÁMBITO OBJETIVOS ESENCIALES DE LAS NUM DE LA HINIESTA Y MOTIVOS DE SU PROPUESTA ZONIFICACIÓN DE LAS NUM HORIZONTE TEMPORAL Y FASES DE DESARROLLO ESTRUCTURA DOCUMENTAL DE LAS NUM DE LA HINIESTA Y RESUMEN DE LAS SUPERFICIES RESULTANTES DE LA NUEVA ZONIFICACIÓN OBJETIVOS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL RELACIONADOS CON LAS NUM DE LA HINIESTA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD LAS NUM DE LA HINIESTA Y LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE SITUACIÓN AMBIENTAL ACTUAL FISIOGRAFÍA Y GEOMORFOLOGÍA HIDROLOGÍA E HIDROGEOLOGÍA LITOLOGÍA Y GEOLOGÍA EDAFOLOGÍA CLIMATOLOGÍA VEGETACIÓN Y FLORA FAUNA PAISAJE ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS INFRAESTRUCTURAS MEDIO SOCIOECONÓMICO MEDIO HISTÓRICO Y CULTURAL INCENDIOS FORESTALES EXAMEN DE LAS ALTERNATIVAS CONSIDERADAS Mediotec Consultores, S.A. Página 1 de 171

6 5.1. ALTERNATIVA ALTERNATIVA IDENTIFICACIÓN Y CARACTERIZACIÓN DE LOS EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES FACTORES DEL MEDIO POTENCIALMENTE ALTERABLES IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS CONCLUSIONES MEDIDAS PROTECTORAS, CORRECTORAS Y COMPENSATORIAS PROGRAMA DE SEGUIMIENTO AMBIENTAL RESUMEN NO TÉCNICO INFORME SOBRE LA VIABILIDAD ECONÓMICA DE LAS ALTERNATIVAS ANEXOS ANEXO I. ORDEN FYM/1172/2011, de 28 de agosto, por la que se aprueba el Documento de Referencia para la Evaluación Ambiental de las Normas Urbanísticas Municipales de La Hiniesta, promovidas por el Ayuntamiento de La Hiniesta (Zamora). - ANEXO II. Fichas de Yacimientos Arqueológicos. - ANEXO III. Bibliografía y consultas a documentos electrónicos. - ANEXO IV. Zonificación acustica. PLANOS. o Plano 1. Localización. o Plano 2. Vegetación y Usos del Suelo. o Plano 3. Plano de Ordenación del Término Municipal. o Plano 4. Mapa de Riesgos. o Plano 5. Unidades de Paisaje Mediotec Consultores, S.A. Página 2 de 171

7 1. INTRODUCCIÓN PRESENTACIÓN. El objeto de este Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) es dar cumplimiento al procedimiento de Evaluación Ambiental, con el fin de reunir los estudios e informes técnicos precisos para identificar y evaluar todos los efectos ambientales que puedan derivar de la ordenación del territorio prevista en las Normas Urbanísticas Municipales de La Hiniesta, a fin de que, antes de proceder a su aprobación definitiva, pueda ser conocido el alcance de dichos efectos y establecerse, en su caso, la necesidad de imponer determinadas condiciones o medidas para su corrección o compensación. Según se especifica en la legislación vigente deben someterse a este procedimiento los planes o programas que determinen las estrategias, directrices y propuestas que contempla la Administración Pública para satisfacer necesidades sociales no ejecutables directamente, sino mediante el desarrollo de un conjunto de proyectos. La evaluación ambiental se realiza a través de un Informe de Sostenibilidad Ambiental por parte del promotor, cuya amplitud, nivel de detalle y grado de especificación es determinado por el órgano ambiental competente mediante un Documento de Referencia que incluirá además, los criterios ambientales estratégicos e indicadores de los objetivos ambientales y principios de sostenibilidad aplicables en cada caso (Ver Anexo I: ORDEN FYM/1172/2011, de 29 de agosto, por la que se aprueba el Documento de Referencia para la Evaluación Ambiental de las Normas Urbanísticas Municipales de La Hiniesta, promovidas por el Ayuntamiento de La Hiniesta (Zamora).). Mediotec Consultores, S.A. Página 3 de 171

8 1.2. ANTECEDENTES. Los únicos elementos de ordenación del suelo urbano particulares existentes en el municipio de La Hiniesta, consiste en un Proyecto de Delimitación del Suelo Urbano, sin Ordenanzas, de Julio de 1976, y una Modificación Puntual de dicho Proyecto, de Abril de 2002, y referente a una ampliación del Suelo Urbano al Sur del término municipal. En aquellas materias no ordenadas en la actualidad, es de aplicación la legislación general: Normas Subsidiarias de Ámbito Provincial de la Provincia de Zamora, aprobadas por Orden de 3 de Julio de Ley 5/1999 de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León. Decreto 68/2006, de 5 de octubre, por el que se modifica el Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León. Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León. Por tanto, la carencia actual de un planeamiento de orden superior, justifica la redacción de las Normas Urbanísticas Municipales, que estarán adaptadas a la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, aprobado mediante el Decreto 22/2004, de 29 de enero, así como al Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, que la desarrolla, aprobado mediante el Decreto 22/2004, de 29 de enero. Las Normas Urbanísticas Municipales que se proponen, pretenden por tanto adaptarse a la legislación vigente en materia de urbanismo en Castilla y León, y establecer el marco adecuado para realizar la ordenación general del municipio y posibilitar un desarrollo urbanístico ordenado que tome en consideración la preservación del proceso edificatorio del territorio y que cuente con especiales valores naturales, paisajísticos, agrícolas o forestales. Mediotec Consultores, S.A. Página 4 de 171

9 Para iniciar este procedimiento de aprobación de las citadas Normas, el Ayuntamiento de La Hiniesta, en calidad de órgano promotor, elaboró y presentó la documentación correspondiente a fin de iniciar el procedimiento de Evaluación Ambiental, según lo establecido en el artículo 18 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas sobre el medio ambiente. Cumpliendo lo establecido en el artículo 19.1.a) de la citada Ley, la documentación recibida se remitió el 3 de febrero de 2011 a las Administraciones previsiblemente afectadas, así como a otras entidades y organizaciones vinculadas a temas medioambientales, notificándose la iniciación del procedimiento y solicitando las consideraciones oportunas relativas al Informe de Sostenibilidad Ambiental que estarán contenidas en el Documento de Referencia. A la vista de la documentación recibida y del resultado de las consultas previas a las Administraciones públicas afectadas y al público interesado, se emite por parte del órgano ambiental un Documento de Referencia con los criterios ambientales y estratégicos e indicadores de los objetivos ambientales y principios de sostenibilidad a aplicar y determinando el contenido con la amplitud y detalle necesario de la información que se debe tener en cuenta en el Informe de Sostenibilidad Ambiental (Ver Anexo I: ORDEN FYM/1172/2011, de 29 de agosto, por la que se aprueba el Documento de Referencia para la Evaluación Ambiental de las Normas Urbanísticas Municipales de La Hiniesta, promovidas por el Ayuntamiento de La Hiniesta (Zamora).). El órgano promotor por lo tanto, elaborará y presentará este Informe de Sostenibilidad Ambiental, cuya amplitud y nivel de detalle ha sido determinado por el Documento de Referencia, para que se continúe con la tramitación de las Normas Urbanísticas Municipales de La Hiniesta en la provincia de Zamora. Mediotec Consultores, S.A. Página 5 de 171

10 1.3. MARCO LEGAL. La Comunidad Autónoma de Castilla y León tiene incorporadas en su marco legislativo en materia de Prevención Ambiental aquellas consideraciones ambientales que en relación a planes y programas, al igual que para proyectos, surgen de la normativa europea al respecto (Directiva 85/337/CEE, y su posterior modificación Directiva 97/11/CE). El marco normativo de Castilla y León se ajusta al contenido de la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. Así, la Comunidad Autónoma de Castilla y León concretó el Decreto Legislativo 1/2000, del 18 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Impacto Ambiental y Auditorías Ambientales de Castilla y León (que deroga la Ley 8/1994, de 24 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental y Auditorías Ambientales y modificaciones posteriores, manteniéndose en vigor el Decreto 209/1995, de 5 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de Castilla y León, en tanto no se oponga al Decreto Legislativo 1/2000). Posteriormente, se aprobó la Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, con motivo de incorporar plenamente los contenidos de las Directivas citadas a la norma estatal. El día 29 de abril del 2006 se publicó en el BOE la Ley 9/2006 de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. Esta norma, junto con la reciente aprobación del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental, configuran las normas básicas estatales que rigen la Evaluación Ambiental de proyectos (Evaluación de Impacto Ambiental) y la de planes y programas conocida como Evaluación Ambiental Estratégica (a través del Informe de Sostenibilidad Ambiental) que concluye con la preparación del documento Memoria Ambiental en el que se valora la integración de los aspectos ambientales realizada durante el proceso de evaluación. Mediotec Consultores, S.A. Página 6 de 171

11 El proceso de Evaluación Ambiental permite integrar los aspectos ambientales en la toma de decisiones de planes y programas públicos, tanto en el ámbito de la Administración general del estado como en el ámbito de la CCAA de Castilla y León, e incorpora a nuestro derecho la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo de 27 de junio de En el Título I de la Ley 9/2006, de 28 de abril, se hace mención específica al ámbito de aplicación de la misma y así el artículo 3.2. expone que: Se entenderá que tienen efectos significativos sobre el medio ambiente aquellos planes y programas que tengan cabida en alguna de las siguientes categorías : a).- Los que establezcan el marco para la futura autorización de proyectos legalmente sometidos a Evaluación de Impacto Ambiental en las siguientes materias: agricultura, ganadería, silvicultura, acuicultura, pesca, energía, minería, industria, transporte, gestión de residuos, gestión de recursos hídricos, ocupación del dominio público marítimo terrestre, telecomunicaciones, turismo, ordenación del territorio urbano y rural, o del uso del suelo. De esta manera, las Normas Urbanísticas Municipales de La Hiniesta (Zamora), quedan encuadradas dentro de este supuesto. Las Normas Urbanísticas Municipales de La Hiniesta, deben ser sometidas, de acuerdo con la citada Ley 9/2006, de 28 de abril, al procedimiento de Evaluación Ambiental definido en el artículo 2, como el proceso que permite la integración de los aspectos ambientales en los planes y programas mediante la elaboración del Informe de Sostenibilidad Ambiental, la celebración de consultas, la consideración del Informe de Sostenibilidad Ambiental, de los resultados de las consultas y de la Memoria Ambiental, y del suministro de información (publicidad) sobre la aprobación de los mismos. En el Título II se describe todo el procedimiento de Evaluación ambiental y su artículo 7.2. recoge que cuando no estuviese previsto éste, las Administraciones Públicas competentes establecerán los procedimientos que garanticen el cumplimiento de esta Ley. Mediotec Consultores, S.A. Página 7 de 171

12 Las Normas Urbanísticas Municipales, así como el presente Informe de Sostenibilidad Ambiental han sido redactados según lo establecido en la normativa vigente aplicable respecto a la Evaluación Ambiental, Prevención de la Contaminación, Suelos, Aguas, Residuos, Medio Natural, Urbanismo, Ordenación del Territorio, etc., tanto a nivel comunitario como estatal, autonómico y local, y la más destacada se detalla a continuación PREVENCIÓN E IMPACTO AMBIENTAL. Legislación Comunitaria. Directiva 85/337/CEE, del Consejo, de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente. Directiva 97/11/CE del Consejo, de 3 de marzo de 1997, por la que se modifica la Directiva 85/337/CEE relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente. Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. Directiva 96/61/CE, del Consejo de 24 de septiembre, relativa a la prevención y al control integrado de la contaminación. Directiva 2003/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de mayo de 2003, por la que se establecen medidas para la participación del público en la elaboración de determinados planes y programas relacionados con el medio ambiente y por la que se modifican, en lo que se refiere a la participación del público y el acceso a la justicia, las Directivas 85/337/CE y 96/61/CE del Consejo. Mediotec Consultores, S.A. Página 8 de 171

13 Legislación Estatal. Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de evaluación de impacto ambiental de proyectos. Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación. Decreto 509/2007, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y la ejecución de la Ley 16/2002, de 1 de julio de prevención y control integrados de la contaminación. Real Decreto 1131/1988 de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución del Real Decreto legislativo 1302/1986, de 28 de junio, para aquellas disposiciones que no contravengan el nuevo RDL 1/2008. Legislación Autonómica. Decreto 209/1995, de 5 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de Castilla y León. Ley 3/2005, de 23 de mayo, de modificación de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León. Ley 1/2009, de 26 de febrero, de modificación de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León Decreto 70/2008, de 2 de octubre, por el que se modifican los Anexos II y V y se amplía el Anexo IV de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León. Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León. Decreto Legislativo 1/2000, de 18 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental y Auditorías Ambientales de Castilla y León. Decreto-Ley 3/2009, de 23 de diciembre, de Medidas de Impulso de las Actividades de Servicios en Castilla y León Mediotec Consultores, S.A. Página 9 de 171

14 URBANISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO. Legislación Europea. Carta Europea de Ordenación del Territorio (1983) Estrategia Territorial Europea y su revisión. Agenda de Leipzig. Carta Europea del Paisaje. Legislación Nacional. Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo. Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre el Régimen del Suelo y Valoraciones. Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento para el Desarrollo y Aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana. Legislación Autonómica. Ley 3/2008, de 17 de junio, de aprobación de las directrices esenciales de ordenación del territorio de Castilla y León. Directrices de Ordenación del Territorio de Castilla y León: Directrices Complementarias de ordenación del territorio de Castilla y León. Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León. Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León. Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León. Ley 10/2002, de 10 de julio, de modificación de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León. Ley 4/2008, de 15 de septiembre, de Medidas sobre Urbanismo y Suelo. Decreto 68/2006, de 5 de octubre, por el que se modifica el Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León. Decreto 6/2008, de 24 de enero, de modificación del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León. Mediotec Consultores, S.A. Página 10 de 171

15 Ley 14/2006, de 4 de diciembre, de modificación de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León. Plan Regional de Ámbito Sectorial sobre actuaciones urbanísticas irregulares. Orden/FOM/814/2006, de 28 de abril. (BOCYL de 22 de mayo de 2006). Legislación provincial. Normas Subsidiarias de Ámbito Provincial de la Provincia de Zamora, aprobadas por Orden de 3 de julio de Legislación municipal. Proyecto de Delimitación del Suelo Urbano sin Ordenanzas, de Julio de 1976, y una Modificación Puntual de dicho Proyecto, de Abril de 2002, referente a una ampliación del Suelo Urbano al Sur del término municipal MEDIO NATURAL. Legislación Comunitaria. Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestre. Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres. Legislación Estatal. Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se regula el catálogo general de especies amenazadas. Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias. Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestre. Real Decreto 1193/1998, de 12 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres. Mediotec Consultores, S.A. Página 11 de 171

16 Real Decreto 435/2004, de 12 de marzo, por el que se regula el Inventario nacional de zonas húmedas. Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes. Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. Ley 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. Legislación Autonómica. Ley 8/1991, de 10 de mayo, de Espacios Naturales de la Comunidad de Castilla y León. Decreto 55/2002, de 11 de abril, por el que se aprueba el Plan Forestal de Castilla y León. Decreto 63/2003, de 22 de mayo, por el que se regula el Catálogo de Especímenes Vegetales de singular relevancia de Castilla y León y se establece su régimen de protección. Orden MAM/1156/2006, de 6 de junio, por la que se acuerda la inclusión de determinados ejemplares de Especímenes Vegetales en el Catálogo de especímenes vegetales de singular relevancia de Castilla y León. Decreto 63/2007, de 14 de junio, por el que se crean el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León y la figura de protección denominada Microrreserva de Flora. Ley 6/1992, de 18 de diciembre, sobre protección de los ecosistemas acuáticos y regulación de la pesca en Castilla y León. Decreto 194/1994, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Catálogo de Zonas Húmedas y se establece su régimen de protección. Decreto 125/2001, de 19 de abril, por el que se modifica el Decreto 194/1994, de 25 de agosto, y se aprueba la ampliación del Catálogo de Zonas Húmedas de Interés Especial. Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo, sobre comercialización de los materiales forestales de reproducción. Resolución de 29 de diciembre de 2004, de la Dirección General del Medio Natural, por la que se aprueban los cuadernos de zona y los requerimientos Mediotec Consultores, S.A. Página 12 de 171

17 técnicos para la realización de trabajos de forestación de tierras agrarias del Programa Regional de Forestación de Tierras Agrarias de Castilla y León. Decreto 172/1998, de 3 de septiembre, por el que se declaran las especies cinegéticas de Castilla y León. Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León. Orden MAM/867/2011, de 24 de junio, por la que se aprueba la Orden Anual de Caza. Orden MAM/426/2011, de 6 de abril, por la que se modifica la Orden MAM/1587/2010, de 18 de noviembre, por la que se establece la Normativa Anual de Pesca de la Comunidad de Castilla y León para el año Orden MAM/851/2010, de 7 de junio, por la que se declaran zonas de alto riesgo de incendio en la Comunidad de Castilla y León. Orden MAM/1099/2010, de 27 de julio, por la que se modifica la Orden MAM/875/2010, de 18 de junio, por la que fija la época de peligro alto de incendios forestales en la Comunidad de Castilla y León, se establecen normas sobre el uso del fuego y se fijan medidas preventivas para la lucha contra los incendios forestales. Decreto 28/2008, de 3 de abril, por el que se aprueba el Plan de conservación y gestión del lobo en Castilla y León. Decreto 104/1999, de 12 de mayo de 1999, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban las Instrucciones Generales para la Ordenación de los Montes Arbolados en Castilla y León SUELOS. Legislación Estatal. Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados. Mediotec Consultores, S.A. Página 13 de 171

18 AGUA. Legislación Estatal. Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico. Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas. Real Decreto 419/1993, de 26 de marzo, por el que se actualiza el importe de las sanciones establecidas en el artículo 109 de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas, y se modifican determinados artículos del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril. Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo, del Ministerio de Medio Ambiente, por el que se modifica el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico. Orden de 19 de diciembre de 1989, por la que se dictan normas para la fijación en ciertos supuestos de valores intermedios y reducidos del coeficiente k, que determina la carga contaminante del canon de vertido de aguas residuales. Real Decreto 484/1995, de 7 de abril, sobre medidas de regularización y control de vertidos. Real Decreto 995/2000, de 2 de junio, por el que se fijan objetivos de calidad para determinadas sustancias contaminantes y se modifica el Reglamento de Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril. Real Decreto-Ley 2/2004 por el que se modifica la Ley del Plan Hidrológico Nacional que modifica la Ley 10/2001 de 5 de Julio del Plan Hidrológico Nacional. Orden MAM/1873/2004, de 2 de junio, por la que se aprueban los modelos oficiales para la declaración de vertido y se desarrollan determinados aspectos relativos a la autorización de vertido y liquidación del canon de control de vertidos regulados en el Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo, de reforma del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público Hidráulico. Mediotec Consultores, S.A. Página 14 de 171

19 Real Decreto-Ley 11/2005, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional. Orden MAM/985/2006, de 23 de marzo, por la que se desarrolla el régimen jurídico de las entidades colaboradoras de la administración hidráulica en materia de control y vigilancia de calidad de las aguas y de gestión de los vertidos al dominio público hidráulico. Real Decreto-Ley 4/2007, de 13 de abril, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio. Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Planificación Hidrológica. Proyecto de Delimitación del Dominio Público Hidráulico, LINDE (1993). Subdirección General de Gestión del Dominio Público Hidráulico. Dirección General de Calidad de las Aguas. Real Decreto 9/2008, de 11 de enero, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril. Legislación Autonómica. Real Decreto 1664/1998, de 24 de julio, por el que se aprueban los Planes Hidrológicos de cuenca. Entre ellos el Plan Hidrológico del Duero. Orden MAM/698/2007, de 21 de marzo, por la que se aprueban los planes especiales de actuación en situaciones de alerta y eventual sequía en los ámbitos de los planes hidrológicos de cuencas intercomunitarias (Incluido el de la Confederación Hidrográfica del Duero). Plan director de infraestructura hidráulica urbana. Aprobado por Decreto 151/1994, de 7 de julio (BOCYL de 26 de octubre de 1994). Orden de 23 de diciembre de 1993, sobre creación del censo de plantas depuradoras de aguas residuales y utilización de lodos de depuración en el sector agrario. (BOCYL de 11 de enero de 1994). Mediotec Consultores, S.A. Página 15 de 171

20 AIRE. Legislación Estatal. Decreto 833/1975, de 6 de febrero, por el que se desarrollo de la Ley 38/1972, de 22 de diciembre, de protección del Ambiente Atmosférico. Orden del 18 de octubre de 1976, sobre prevención y corrección de la contaminación industrial de la atmósfera. Real Decreto 2512/1978, de 14 de octubre, para aplicación del artículo 11 de la Ley 38/1972, de 22 de diciembre, de protección del Ambiente Atmosférico. Real Decreto 547/1979, de 20 de febrero, de modificación del Decreto 833/1975 de 6 de febrero que desarrolla la Ley 38/1972, de 22 de diciembre, de protección del Ambiente Atmosférico. Real Decreto 2826/1979, de 17 de diciembre, por el que se complementa y modifica el Real Decreto 2512/1978, de 14 de octubre, para aplicación del artículo 11 de la Ley 38/1972, de 22 de diciembre. Real Decreto 547/1979, de 20 de febrero, sobre modificación del Anexo IV del Decreto 833/1975, de 6 de febrero, por el que se desarrolla la Ley de Protección del Ambiente Atmosférico. Real Decreto 646/1991, de 22 de abril, de limitación de emisiones a atmósfera de agentes contaminantes. Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. Real Decreto Ley 5/2005, de 11 de marzo, de reformas urgentes para el impulso a la productividad y para la mejora de la contratación pública. (Título III. Artículo trigésimo tercero. Modificación de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero). Ley 37/2003, de 17 de Noviembre, del Ruido. Real Decreto 1264/2005, de 21 de octubre, por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro nacional de derechos de emisión. Real Decreto 1315/2005, de 4 de noviembre, por el que se establecen las bases de los sistemas de seguimiento y verificación de emisiones de gases de efecto invernadero en las instalaciones incluidas en el ámbito de aplicación de Mediotec Consultores, S.A. Página 16 de 171

21 la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido. Real Decreto 1370/2006, de 24 de noviembre, por el que se aprueba el Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera. Real Decreto 508/2007, de 20 de abril, por el que se regula el suministro de información sobre emisiones del Reglamento E-PRTR y de las autorizaciones ambientales integradas. Legislación Autonómica. Acuerdo de 22/08/2002, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba la Estrategia de Control de la Calidad del Aire de Castilla y León Decreto 3/1995, de 12 de enero, por el que se establecen las condiciones que deberán cumplir las actividades clasificadas, por sus niveles sonoros o de vibraciones producidos en actividades clasificadas. Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León RESIDUOS. Legislación Estatal. Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, Modificada por: Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Real Decreto 833/88, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, Básica de Residuos tóxicos y Peligrosos. Orden de 13 de octubre de 1989 del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, sobre métodos de caracterización de los residuos tóxicos y peligrosos. Orden de 28 de febrero de 1989 del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo por la que se regula la gestión de aceites usados. Mediotec Consultores, S.A. Página 17 de 171

22 Orden de 13 de junio de 1990 por la que se modifica la Orden de 28 de febrero de 1989 del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo por la que se regula la gestión de aceites usados. Real Decreto 952/1997, de 20 de junio, por el que se modifica el Reglamento de la Ley 20/1986 Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos, aprobado mediante Real Decreto 833/1988, de 20 de Julio. Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases. Modificada por: Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. Real Decreto 252/2006, de 3 de marzo, por el que se revisan los objetivos de reciclado y valorización establecidos en la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y residuos de Envases, y por el que se modifica el Reglamento para su ejecución, aprobado por el Real Decreto 782/1998, de 30 de abril. Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos. Real Decreto 782/1998, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y la ejecución de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de envases. Modificada por: Real Decreto 252/2006, de 3 de marzo, por el que se revisan los objetivos de reciclado y valorización establecidos en la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases, y por el que se modifica el Reglamento para su ejecución, aprobado por el Real Decreto 782/1998, de 30 de abril. Orden MAM/3624/2006, de 17 de noviembre, por la que se modifican el Anejo 1 del Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y residuos de envases, aprobado por el Real Decreto 782/1998, de 30 de abril y la Orden de 12 junio de 2001, por la que se establecen las condiciones para la no aplicación a los envases de vidrio de los niveles de concentración de metales pesados Mediotec Consultores, S.A. Página 18 de 171

23 establecidos en el artículo 13 de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y residuos de envases. Real Decreto 367/2010, de 26 de marzo, de modificación de diversos reglamentos del área de medio ambiente para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas Leyes para su adaptación a la Ley de libre acceso a actividades de servicios y su ejercicio. Corrección Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos. Real Decreto 679/2006, de 2 de junio, por el que se regula la gestión de los aceites industriales usados. Modificada por: Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos. Real Decreto 252/2006, de 3 de marzo, por el que se revisan los objetivos de reciclado y valorización establecidos en la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases, y por el que se modifica el Reglamento para su ejecución, aprobado por el Real Decreto 782/1998, de 30 de abril. Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. Legislación Autonómica. Decreto 180/1994, de 4 de agosto de creación del Registro de Pequeños Productores de Residuos Tóxicos y Peligrosos. Decreto 74/2002, de 30 de mayo, por el que se aprueba la Estrategia Regional de Residuos de la Comunidad de Castilla y León Orden de 19 de mayo de 1997, por la que se regulan los documentos de control y seguimiento a emplear en la recogida de residuos tóxicos y peligrosos procedentes de pequeños productores. Mediotec Consultores, S.A. Página 19 de 171

24 Decreto 18/2005, de 17 de febrero, por el que se aprueba el Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Urbanos y Residuos de Envases de Castilla y León Decreto 48/2006, de 13 de julio, por el que se aprueba el Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Industriales de Castilla y León Decreto 54/2008, de 17 de julio, por el que se aprueba el Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos de Construcción y Demolición de Castilla y León ( ) ENERGÍA. Legislación Estatal. Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos. Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico. Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC- LAT 01 a 09. Real Decreto 2818/1998, de 23 de diciembre, sobre producción de energía eléctrica por instalaciones abastecidas por recursos o fuentes de energía renovables, residuos y cogeneración. Real Decreto 436/2004, de 12 de marzo, por el que se establece la metodología para la actualización y sistematización del régimen jurídico y económico de la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial. Ley 17/2007, de 4 de julio, por la que se modifica la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico. Plan de Energías Renovables en España para el período Mediotec Consultores, S.A. Página 20 de 171

25 Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión. Real Decreto 2351/2004, que modifica el procedimiento de resolución de restricciones técnicas y otras normas reglamentarias del mercado eléctrico. Legislación Autonómica. Decreto 189/1997, de 26 de septiembre, por el que se regula el procedimiento para la autorización de las instalaciones de producción de electricidad a partir de la energía eólica. Decreto 107/1998 de 4 de junio, por el que se adoptan medidas temporales en los procedimientos para la autorización de instalaciones de producción de electricidad a partir de la energía eólica. Decreto 127/2003, de 30 de octubre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones de energía eléctrica en Castilla y León. Plan Eólico de Castilla y León. Ley 15/2010, de 10 de diciembre, de prevención de la contaminación lumínica y del fomento del ahorro y eficiencia energéticos derivados de instalaciones de iluminación PATRIMONIO CULTURAL Y TURISMO. Legislación Estatal. Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español. Decreto 571/1963, de 14 de marzo, sobre Protección de los escudos, emblemas, piedras heráldicas, rollos de justicia, cruces de término y piezas similares de interés histórico-artístico. Legislación Autonómica. Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León. Ley 8/2004 de 22 de diciembre, de modificación de la Ley 12/2002, de 11 de julio del Patrimonio Cultural de Castilla y León. Mediotec Consultores, S.A. Página 21 de 171

26 Decreto 37/2007, de 19 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León. Ley 10/1997, de 19 diciembre que regula la ordenación del Turismo en Castilla y León. Acuerdo 37/2005, de 31 de marzo, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba el Plan PAHIS , del Patrimonio Histórico de Castilla y León. Decreto 168/1996, de 27 de junio, de Regulación de los Campamentos de Turismo. Decreto 66/1993, de 25 de marzo, regulador de la Organización de Actividades de Aire Libre. Decreto 148/2001, de 17 de mayo, de modificación parcial del Decreto 168/1996, de 27 de junio, de regulación de los campamentos de turismo. Decreto 273/1994 sobre competencias y procedimientos en materia de Patrimonio Histórico en Castilla y León. Decreto 37/1985, de 11 de abril, por el que se establece la normativa de excavaciones arqueológicas de la Comunidad de Castilla y León. Decreto 58/1994, de 11 de marzo, sobre prospecciones arqueológicas, utilización y publicidad de aparatos detectores de metales en actividades que afecten al Patrimonio Arqueológico de la Comunidad de Castilla y Leon COMUNICACIONES E INFRAESTRUCTURAS. Legislación Estatal. Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras del Estado. Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras, modificado por Real Decreto 1911/1997, de 19 de diciembre, y por Real Decreto 597/1999, de 16 de abril. Real Decreto 114/2001, de 9 de febrero, por el que se modifica el reglamento General de Carreteras, para la carretera N-630, del Ministerio de Fomento. Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres. Real Decreto 1211/90, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres. Mediotec Consultores, S.A. Página 22 de 171

27 Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del sector ferroviario. Legislación Autonómica. Ley 2/1990, de 16 de marzo, de Carreteras de Castilla y León. Real Decreto 1812/1994 de Reglamento General de Carreteras Decreto 24/2009, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Plan Regional Sectorial de Carreteras (BOCYL de 6 de abril de 2009). Decreto 267/2001 de 29 de noviembre, relativo a la Instalación de Infraestructuras de Radiocomunicación de la Comunidad de Castilla y León EDIFICACIÓN Y ACCESIBILIDAD. Legislación Estatal. Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. Código Técnico de la Edificación (CTE). Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. Legislación Autonómica. Ley 3/1998, de 24 de junio, de Accesibilidad y Supresión de Barreras. Decreto 217/2001, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Accesibilidad y Supresión de Barreras. Mediotec Consultores, S.A. Página 23 de 171

28 1.4. EQUIPO REDACTOR. El equipo redactor adscrito a este Informe de Sostenibilidad Ambiental, está formado por el equipo técnico multidisciplinar. A continuación se resumen los principales datos de interés relativos al equipo multidisciplinar, así como de sus componentes y colaboradores adscritos al Informe de Sostenibilidad Ambiental de las Normas Urbanísticas Municipales de La Hiniesta (Zamora). Dña. Rosario García Fernández (NIF: Q) Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos Redactora de las NUM y colaboradora en el ISA D. Raúl Mateos Alonso (NIF: X) Ingeniero Técnico Agrícola Elaboración del ISA Dña. Carmen Segura Rodríguez (NIF: C) Ingeniero Técnico Forestal Elaboración del ISA D. Ángel María de la Fuente Bellido (NIF: T) Ingeniero de Montes Elaboración del ISA Mediotec Consultores, S.A. Página 24 de 171

29 1.5. METODOLOGÍA. El presente Informe de Sostenibilidad Ambiental se ha realizado de conformidad con los procedimientos y contenidos exigidos por la legislación vigente, en el marco de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. En este sentido, el contenido del presente Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) seguirá lo establecido en el Anexo I de la citada Ley y en el Documento de Referencia (ORDEN FYM/1172/2009, de 29 de agosto, por la que se aprueba el Documento de Referencia para la Evaluación Ambiental de las Normas Urbanísticas Municipales de La Hiniesta, promovidas por el Ayuntamiento de La Hiniesta (Zamora).), comprendiendo los siguientes puntos: - Descripción de las NUM y de su contexto de aplicación, especificando: Las características geográficas básicas que definen el municipio. Objetivos esenciales del Plan, motivos de su propuesta, horizonte temporal y fases de desarrollo. Cuadro resumen de las superficies resultantes de la nueva zonificación. Planos de información relativos a elementos y valores de tipo ambiental. Planos de clasificación del suelo de todo el término municipal a escala adecuada. - Objetivos de protección ambiental que guardan relación con las NUM y la manera en que se han tenido en cuenta durante su elaboración. - Situación ambiental actual y problemática ambiental existente. - Examen de las alternativas consideradas, incluida la alternativa 0, y justificación de la alternativa seleccionada. - Identificación y caracterización de los efectos ambientales. - Medidas protectoras, correctoras y compensatorias. - Programa de seguimiento Ambiental. - Resumen no técnico. - Informe sobre la viabilidad económica de las alternativas, incluida la alternativa 0 y de las medidas dirigidas a prevenir, reducir o paliar los efectos negativos de las NUM. Mediotec Consultores, S.A. Página 25 de 171

30 2. DESCRIPCIÓN DE LAS NUM DE LA HINIESTA Y DE SU CONTEXTO DE APLICACIÓN SITUACIÓN Y DELIMITACIÓN DEL ÁMBITO. El Término Municipal de La Hiniesta se enmarca dentro de la Comarca del Pan en la provincia de Zamora, perteneciente a la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Cuenta con una superficie de 33,15 Km 2 y una densidad de población de 10,86 hab/km 2. La localidad de La Hiniesta se localiza en las cercanías de la capital, a tan sólo 7 km de la capital zamorana, siendo la distancia a la capital de la comunidad, Valladolid, de 106 Km. Figura.- Situación del Municipio de La Hiniesta en la provincia de Zamora. Fuente: Elaboración propia Mediotec Consultores, S.A. Página 26 de 171

31 El municipio de La Hiniesta limita al Norte con el término municipal de Montamarta, al sur con el municipio de Zamora, al este con los municipios de Cubillos y Roales y al oeste con el municipio de Andavias. Todos pertenecientes a la provincia de Zamora. En término municipal tiene un único núcleo de población: el casco urbano de La Hiniesta. Presenta una buena comunicación con el territorio de la provincia a través de la carretera nacional ZA-900. La altitud media del término municipal es de 695 m. sobre el nivel de mar y las coordenadas que indican su situación geográfica respecto al Meridiano de Greenwich es la siguiente: Latitud 41º Norte Longitud 5º Oeste Mediotec Consultores, S.A. Página 27 de 171

32 2.2. OBJETIVOS ESENCIALES DE LAS NUM DE LA HINIESTA Y MOTIVOS DE SU PROPUESTA FINALIDADES Y OBJETIVOS. Las Normas Urbanísticas Municipales de La Hiniesta (Zamora) están promovidas por el Ayuntamiento de La Hiniesta, contando entre sus fines y objetivos los siguientes: - Dotar al municipio de un instrumento propio de Planeamiento válido de orden superior, ya que hasta el momento, solo dispone de una delimitación del suelo urbano que data del año 1976 y una ampliación posterior de este suelo urbano en Proteger el patrimonio social, de la transformación del territorio por intereses privados. - Conferir a la Administración Local de un instrumento de coordinación, que sirva de referencia a la hora de encauzar coherentemente las fuerzas del desarrollo económico en su implicación urbanística y del medio físico en general. - Preservar la unidad urbanística tradicional del casco en sus diversos aspectos, impedir desequilibrios entre la ocupación del suelo y la capacidad municipal de generar o reforzar sus sistemas de infraestructuras y dotaciones, lograr una armonía de usos del suelo adecuada a la calidad de vida o resolver el conflicto presente o futuro entre tránsito automóvil y vida urbana. En resumen, la finalidad principal de las Normas, está en la ordenación integral del territorio, definiendo elementos de su estructura, la concreción del régimen urbanístico del suelo, mediante su clasificación, así como la previsión de gestión y desarrollo del propio planeamiento. Las NUM de La Hiniesta van a incluir las siguientes especificaciones, cumpliendo con las pautas de ordenación general que se reflejan en los artículos 118 y 119 del Decreto 68/2006, de 5 de Octubre, por el que se modifica el Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León: - Clasificar la totalidad del término municipal en algunas de las clases y categorías de suelo que se encuentran definidas en el artículo 20 del Reglamento de Mediotec Consultores, S.A. Página 28 de 171

33 Urbanismo de Castilla y León, según los criterios señalados en sus artículos 23 a Disponer las dotaciones urbanísticas públicas oportunas al servicio de la población, como: equipamientos, red de vías públicas, servicios urbanos y espacios libres públicos. - Catalogación de los elementos que deban ser conservados, protegidos o recuperados, bien por sus valores naturales o culturales, por su relación con el dominio público o por su adscripción sectorial, con las medidas de protección que procedan en cada caso (integral, estructural o ambiental). - Calificación de las parcelas, en suelo urbano consolidado, en cuanto a la asignación de uso e intensidad del mismo, tipología edificatoria y condiciones practicables de edificación. - Delimitación de sectores en las categorías de suelo urbano no consolidado y en suelo urbanizable. - Establecimiento de los criterios de clasificación de suelo rústico, en función de los valores que les sean característicos, a partir de un estudio pormenorizado de las características, elementos y valores naturales, ambientales y culturales de ese tipo de suelo, erigiendo las normas de protección que procedan en cada categoría e indicando los usos que son permitidos, los prohibidos y los que son autorizables. Señalamiento de las determinaciones de ordenación general que se establecen el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, para las distintas categorías y tipos de esta clase de suelo en base a ese reconocimiento de sus características inherentes. - Disposición de las condiciones y determinaciones para la aprobación de Planes Parciales en la categoría de suelo urbanizable, y Estudios de Detalle en el suelo urbano, indicando los criterios para delimitar los sectores, regular sus parámetros y determinar las dotaciones urbanísticas necesarias. - Señalamiento de plazos para el cumplimiento de deberes urbanísticos. Mediotec Consultores, S.A. Página 29 de 171

34 MOTIVOS DE LA PROPUESTA DE LAS NUM DE LA HINIESTA. El principal problema que presenta el municipio de La Hiniesta es que actualmente carece de figura de planeamiento de orden superior, disponiendo únicamente de una delimitación del suelo urbano que data del año 1976 y una ampliación posterior de este suelo urbano en Debido a la proximidad de La Hiniesta al núcleo urbano de Zamora, la demanda de vivienda en la zona se ha incrementado notablemente, como consecuencia del encarecimiento del precio de la vivienda en la ciudad. Esta situación trae como consecuencia un desarrollo urbano desordenado, que hace necesario el disponer de unas directrices que frenen las actuaciones descontroladas, permitan planificar la creación de nuevas infraestructuras, optimizando sus costes de establecimiento y proporcionen en suma, la mejora de la calidad de vida de sus habitantes, la protección del entorno y el desarrollo económico y social para la comunidad. Los objetivos generales de las N.U.M buscan realizar un Planeamiento adaptado a la época actual, así como a la legislación vigente, (Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León y su desarrollo reglamentario, Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado mediante el Decreto 22/2004, de 29 de enero). Entre los factores que dictan la conveniencia de la redacción de las Normas Urbanísticas para el municipio de la Hiniestas, cabe destacar los siguientes: 1.- En la época actual, los medios técnicos y económicos permiten una capacidad de intervención en la transformación del territorio que, al servicio exclusivo de los intereses privados, es capaz de afectar gravemente al patrimonio social, tanto niveles económicos como culturales. 2.- La Administración Local se ve con frecuencia desbordada por la presión de aquellos interés, para cuya coordinación parece necesario que cuente con un instrumento clarificador de criterios que sirva de referencia a la hora de encauzar coherentemente las fuerzas del desarrollo económico en su implicaciones urbanísticas y del medio físico en general. Mediotec Consultores, S.A. Página 30 de 171

35 3.- Objetivos como los mencionados en el apartado anterior, justifican suficientemente la conveniencia de dotar al Municipio de unas Normas Urbanísticas que permitan abordar con alguna base toda esta problemática. El Planeamiento pretende servir de punto de partida, para nueva situación urbanística en la localidad, que conlleve un mayor control de la acción edificatoria, junto con la asunción de situaciones de hecho para su incorporación al proceso urbanístico global mediante un justo reparto de cargas y beneficios entre los afectados así como la previsión en determinadas condiciones de demandas futuras de manera que no puedan supone un perjuicio o carga para la localidad, ni en su ejecución ni en su mantenimiento. La finalidad general de las Normas está en la ordenación integral del territorio, definiendo elementos de su estructura, la concreción del régimen urbanístico del suelo, mediante su clasificación, así como la previsión de gestión y desarrollo del propio planeamiento. Mediotec Consultores, S.A. Página 31 de 171

36 2.3. ZONIFICACIÓN DE LAS NUM El término municipal de La Hiniesta, de acuerdo con el capítulo II de la Ley 4/2008 de Medidas sobre Urbanismo y Suelo y el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (Decreto 45/2009 de 9 de julio), se clasifica en suelo urbano, urbanizable y rústico que se detalla a continuación. El suelo urbano, se define como el conjunto de terrenos ya urbanizados o incorporados al proceso de urbanización que formando parte de un núcleo de población cumplan además alguno de los siguientes criterios. - Cuentan con acceso público integrado en la malla urbana y con servicios de abastecimiento en condiciones suficientes y adecuadas. - Los terrenos estén ocupados por la edificación en al menos la mitad de los espacios aptos para la mismas, conforme a la ordenación que establezcan las normas urbanísticas. - Los terrenos urbanizados conforme al planeamiento urbanístico. Las zonas clasificadas bajo esta denominación corresponden al casco urbano de La Hiniesta. Las NUM de La Hiniesta, distinguen además, las siguientes categorías dentro de la clasificación de suelo urbano: Suelo Urbano Consolidado Es aquel que está constituido por aquellos terrenos o solares aptos para su uso inmediato o que lo puedan alcanzar mediante actuaciones aisladas. Las consideraciones generales que se han estimado en la propuesta de suelo urbano son: - Las posibilidades de crecimiento del núcleo urbano y su vacante como consecuencia de su desarrollo intrínseco y del provocado por su cercanía a Zamora. - Recoger en lo posible las zonas delimitadas como urbanas en la antigua Delimitación pero evitando calificar áreas innecesarias o excesivas, sin posibilidades de consolidación. Mediotec Consultores, S.A. Página 32 de 171

37 - Tratar de incluir en el perímetro al número máximo de edificaciones sin perjuicio de excluir del mismo a aquellas que resulten aisladas o aquellas otras compatibles con su existencias en suelo rustico. - Primar la calificación de terrenos públicos, en base a conseguir una reserva municipal de suelo. - Excluir áreas que planteen problemas para la evacuación de las aguas usadas a la red de alcantarillado. - Incluir dentro del perímetro las vías desde las que se accede a los terrenos calificados. - Conectar a aquellas zonas más dinámicas del casco urbano con aquellas otras que por su lejanía a vías principales se desarrolle con mayor lentitud. Con ello y en vista de la estructura actual del pueblo de La Hiniesta se ha considerado establecer tres zonas de ordenanza que regulan la totalidad de las características de la edificación: - Zona R1a: Corresponde a las manzanas y zonas consolidadas por la edificación que constituyeron probablemente el núcleo inicial de La Hiniesta en los alrededores de las iglesia de Santa María y que se han desarrollado posteriormente a lo largo de la calle Andavías. - Zona R1b: Corresponde a manzanas y zonas de manzanas situadas junto, o tras las correspondientes a la topología R1a. Son manzanas, en general pertenecientes al casco urbano consolidado tradicional, que no se han desarrollado de manera total y que presentan amplias zonas ocupadas por corrales o almacenes o simplemente incluyen alguna parcela pequeña destinada a la agricultura. - Zona R2: Las características de la edificación de esta zona corresponden al de edificación aislada, con retranqueos a los limites de parcela, y siendo éstas de un tamaño medio superior al de las parcelas o solares correspondientes a las zonas anteriores. El normal desarrollo de las prescripciones de las normas hace necesario la Mediotec Consultores, S.A. Página 33 de 171

38 realización dentro del suelo urbano consolidado de una serie de actuaciones aisladas con el fin de mejorar la gestión de ciertas zonas planteando en algunas la redacción de la parcelación existente a las previsiones de las normas y en otras la ejecución de servicios urbanos no existentes. Dentro de las normas se han considerado las siguientes actuaciones aisladas. - Actuación AAU-1: Mediante esta actuación aislada de urbanización se establecen dos nuevos viales en los que habrá que realizar los servicios urbanos que se conectaran junto a la travesía de carreteras a los ya existentes. - Actuación AAU-2: Se trata de ejecutar los servicios urbanos de pavimentación y alumbrado de la calle situada al oeste del pueblo que confluye perpendicularmente a la calle del Sol, por su derecha y que termina en la variante de carretera que circunvala el pueblo. - Actuación AAU-3: La finalidad es la apertura de una nueva calle que accede al centro de la gran manzana, al noroeste. En esta unidad se realizaran los servicios de abastecimiento, saneamiento, pavimentación y alumbrado. - Actuación AAU-4: Apertura de una nueva calle que accede desde la calle Piedra Redonda afectando a dos parcelas una de las cuales tiene actualmente muy mal acceso a las vías actuales. En esta unidad se realizaran los servicios de abastecimiento, saneamiento, pavimentación y alumbrado. - Actuación AAU-5: Finalización de la apertura de una nueva calle que comunica con la Calle Andavias, con la margen derecha del Arroyo, y así facilitar la posible conexión de los servicios urbanos de esta zona con el emisario que se dirige a la EDAR de Zamora consiguiendo un solo punto de conexión y no los múltiples que actualmente existen. Suelo Urbano No Consolidado Es aquel constituido por los demás terrenos que se puede clasificar como suelo urbano, y que a efectos de su consolidación se agruparan en ámbitos denominados sectores. En particular, se incluirán en esta categoría los terrenos urbanos en los que sean precisas actuaciones de urbanización, reforma interior u obtención de dotaciones urbanísticas, que deban ser objeto de equidistribución Mediotec Consultores, S.A. Página 34 de 171

39 entre los afectados, así como aquéllos sobre los que el planeamiento urbanístico prevea una ordenación sustancialmente diferente de la existente. Se trata de terrenos que disponen de manera general de los servicios urbanos requeridos y que se hayan enclavados en zonas integradas en el tejido urbano pero que presentan espacios vacios que los hace proclives a una construcción y reparcelación sin orden ni criterio urbanístico alguno. Lógicamente por su situación y perspectiva de desarrollo únicamente se establecen condiciones de tipología de edificación para estas zonas en las ordenanzas R2. A la vista de la trama urbana y de los servicios de infraestructura urbana ya construidos se han planteado las siguientes Unidades de Actuación: - Unidad de Actuación UA-1: Corresponde a la zona urbana situada al otro lado del arroyo Valduercos. Esta zona tiene una calle de acceso que es preciso ampliar, definiendo alineaciones y, a la par, pavimentar. - Unidad de Actuación UA-2: Esta unidad limita con la travesía de acceso al pueblo y con el límite sur del suelo urbano sirviendo de interconexión con la unidad de actuación UA-3 y la citada carretera a través de la nueva calle que se abre entre la carretera y la calle Aldea. - Unidad de Actuación UA-3: Esta unidad pretende reordenar una zona de conexión a viviendas con unos servicios actuales precarios, definiendo nuevas calles que puede dar servicio y desarrollo a todas las parcelas situadas dentro de su ámbito. El suelo Urbanizable se define como el conjunto de terrenos aptos para ser incorporados al proceso de urbanización o en curso de incorporación al mismo, que no puedan ser considerados como suelo urbano o suelo Rústico. Teniendo en cuenta la aceleración que está sufriendo la edificación en el municipio de La Hiniesta, por las razones que ya se han señalado, la oferta de suelo existente en la actualidad dentro del suelo urbano podría parecer insuficiente para lo que puede preverse en un futuro más o menos cercano. Considerando no solo esas Mediotec Consultores, S.A. Página 35 de 171

40 previsiones que han acelerado la demanda de suelo urbano sino también la intención del Consistorio de La Hiniesta de poner a disposición de los demandantes suelo urbano en suficiente cantidad de tal manera que se aumente la posibilidad de incrementar la población y se eviten las posibilidades de desorden constructivo, se han incluido dentro de las Normas y en esta calificación de suelo urbanizable, dos zonas situadas en los extremos del ámbito urbano del pueblo. Lógicamente por su situación y perspectivas de desarrollo, únicamente se establecen condiciones de tipología de edificación para estas zonas en la ordenanza R2. En el suelo urbano cabe distinguir las categorías de Suelo Urbanizable sin ordenación detallada (SUR-so) y Suelo Urbanizable con ordenación delallada (SURod) Como suelo rústico, se englobarán aquellos terrenos que deben ser preservados de su urbanización, que son los siguientes: - Aquellos sometidos a un régimen especial incompatible con su urbanización, conforme a la legislación de Ordenación del Territorio o normativa sectorial, o en general aquellos inadecuados para su urbanización según los criterios señalados por la Ley de Urbanismo de Castilla y León, y el Reglamento que desarrolla. - Aquellos que presenten valores naturales, culturales y productivos, o que los hayan presentado en el pasado para promover su recuperación. - Aquellos amenazados por riesgos naturales o tecnológicos, incompatibles con su urbanización. El espacio sobre el que se concreta el término Municipal de La Hiniesta posee una gran variedad de elementos y zonas con diversas características físicas y ambientales. Todo ello, supone que una buena proporción del espacio del término, se afecte con normativas de protección que eviten su deterioro. En concreto, y de acuerdo con los elementos existentes en el término municipal se protegerán los elementos que se describen a continuación dejando el resto del suelo que no es urbano ni urbanizable como Suelo Rustico Común. Mediotec Consultores, S.A. Página 36 de 171

41 S. R. con Protección de Infraestructuras (S.R.P.I): Pretende proteger las infraestructuras presentes o futuras, así como la zona de defensa no susceptible de urbanización, conforme a las previsiones del planeamiento sectorial y urbanístico. Se incluye ya en esta clasificación los terrenos y zonas de defensa de aquellas zonas que van a servir de soporte de infraestructuras ya planificadas como es el caso del Tren de Alta Velocidad. Por tanto, se establecen las siguientes franjas de protección: - Franjas de protección a ambos lados de las carreteras N-630, ZA-P-1405 así como los tramos de la antigua carretera que atraviesa el casco urbano de La Hiniesta. - Bandas de protección a lo largo de las cuatro líneas de alta tensión que atraviesan el término municipal de oeste a este. - Banda de protección a lo largo de la línea de ferrocarril Zamora-Orense que atraviesa el T.M de sur a norte y a lo largo del trazado proyectado para el tren de alta velocidad. - El espacio ocupado por los caminos agrícolas al servicio de las parcelas así como de los cordeles y veredas que cruzan el término. S. R. con Protección Cultural (S.R.P.C): Pretende preservar los valores culturales del municipio, tales como los BIC y elementos catalogados, incluyendo también elementos próximos a los mismos y en general todos aquellos terrenos que el Planeamiento estime proteger bajo esta figura. Las parcelas o zonas de influencia en las que se localizan los yacimientos arqueológicos catalogados existentes en el término municipal se califican como Suelo Rústico con Protección Cultural (SR.PC) de acuerdo con los radios determinados en el correspondiente plano de ordenación. Se ha elaborado un Catálogo de bienes integrantes del Patrimonio Arqueológico y las normas necesarias para su protección, a la vista de la riqueza de elementos que posee la delimitación territorial del T.M. de La Hiniesta. Se incluye a continuación un listado de yacimientos y hallazgos IACyL. Mediotec Consultores, S.A. Página 37 de 171

42 Nº Localidad Denominación Clasificación 001 La Hiniesta Las Corolas I Hallazgo IACyL 002 La Hiniesta Las Corolas II Yacimiento IACyL 003 La Hiniesta La Cueva Hallazgo IACyL 004 La Hiniesta Los Hornos Yacimiento IACyL 005 La Hiniesta Laguna del Tencal Yacimiento IACyL 006 La Hiniesta El Pego Yacimiento IACyL 007 La Hiniesta San Pedro de Valduercas Yacimiento IACyL 008 La Hiniesta Venta del Toral BIC/Ycto. IACyL 009 La Hiniesta La Viña del Fraile Yacimiento IACyL 010 La Hiniesta Calzada de la Plata BIC (incoado) Las normas de protección de edificaciones y elementos urbanos se aplican a edificios, construcciones, conjuntos o elementos urbanos que puedan ser considerados de interés. En las Normas Urbanísticas Municipales se establecen varias categorías de protección para los elementos y edificios que existen en el término municipal de La Hiniesta, con valores históricos o artísticos. En orden de importancia son las siguientes: Integral, Estructural y Ambiental. PROTECCIÓN INTEGRAL Se aplica este nivel de protección a todos los Bienes declarados o en proceso de declaración de Interés Cultural, así como a los edificios, espacio públicos, construcciones o elementos de valor arquitectónico o significado cultural importante. Se ha establecido para el BIC Iglesia de Santa María una zona o área de influencia en su entorno de protección. PROTECCIÓN ESTRUCTURAL Se aplica este nivel de protección a todos los edificios, elementos o conjuntos que por su valor artístico o histórico merezcan ser conservados según su estructura actual, manteniendo así sus características y rasgos definitorios más importantes. Mediotec Consultores, S.A. Página 38 de 171

43 PROTECCIÓN AMBIENTAL Se aplica este nivel de protección a todos los edificios, elementos o conjuntos que por reunir condiciones tipológicas importantes, formar zonas de gran interés o espacio urbanos de calidad destacada merecen ser conservados y adaptados a los valores ambiéntales y tipológicos que poseen. S. R. con Protección Natural (S.R.P.N): Pretende preservar los valores naturales del municipio, tales como zonas de reserva y Espacios Naturales, incluyendo además la protección de cauces y riberas y su entorno, y otros terrenos que el Planeamiento estime proteger bajo esta figura, por presentar o haber presentado dichos valores. Para el Suelo Rústico con Protección Natural se establecen 3 categorías: 1. Suelo Rústico Protección Natural Vias Pecuarias (SR.PN.vp) Estará constituido por aquellas áreas del Suelo Rústico del Término Municipal coincidentes con el ancho legal de las vías pecuarias clasificadas que se adjuntan a continuación Cordel de Extremadura Vereda de Santa Engracia Vereda de San Vicente Vereda de El Zarzal Vereda de Carbajales a Zamora Será de aplicación lo dispuesto en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias. 2. Suelo Rústico Protección Natural Cauces y Riberas (SR.PN.cr) Se definen los ecosistemas acuáticos en la normativa de aguas como cauces naturales, riberas y márgenes, lecho o fondo de las lagunas y embalses, zonas húmedas y sus zonas de protección, entendiendo por cauce, ribera y margen los términos contenidos en la Ley de Aguas. En consecuencia, se califican como suelo SR.PN.cr los espacios contenidos en unas franjas situadas a ambos lados del eje del arroyo Valduercos, Arroyo Fresneda y Arroyo redondo. Mediotec Consultores, S.A. Página 39 de 171

44 3. Suelo Rústico Protección Natural Masas Forestales (SR.PN.mf) En base a la existencia de una notable densidad de arbolado, tanto autóctono como inducido que es necesario proteger, se establece una zona del término con el grado de Masas Forestales (SR.PN.mf) al oeste del término municipal. 4. Suelo Rústico Protección Natural Espacios Protegidos (SR.PN.ep) Se incluye el hábitat de interés comunitario prioritario número 6220 : Zonas subestepicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodyetea, de acuerdo con el Anexo I de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de flora y fauna silvestre. Dicho hábitat queda localizado en los alrededores del arroyo de la Fresneda al suroeste del término municipal y dos pequeñas manchas localizadas al sur y al este del municipio de La Hiniesta. S. R. Común (S.R.C): Esta categoría incluirá a los suelos rústicos no incluidos en las categorías anteriores. Está constituido por el resto de los terrenos del término, de uso fundamentalmente agrícola y cerealista y que en general no poseen elementos con valor o interés apreciable como para ser incluido en la categoría de Protegido. Mediotec Consultores, S.A. Página 40 de 171

45 2.4. HORIZONTE TEMPORAL Y FASES DE DESARROLLO. En lo relativo al horizonte temporal según la documentación aportada por el promotor, el Ayuntamiento de La Hiniesta, el plazo establecido para cumplir con los deberes urbanísticos en cuanto a la cesión, urbanización y edificación serán los establecidos en cada ficha de actuación correspondiente. No han sido definidas las fases de desarrollo que deberá sistematizar las actuaciones oportunas a fin de consolidar las propuestas establecidas. Mediotec Consultores, S.A. Página 41 de 171

46 2.5. ESTRUCTURA DOCUMENTAL DE LAS NUM DE LA HINIESTA Y RESUMEN DE LAS SUPERFICIES RESULTANTES DE LA NUEVA ZONIFICACIÓN. Las Normas Urbanísticas Municipales de La Hiniesta y Anejos constan de la siguiente documentación: 1) DOCUMENTACIÓN INFORMATIVA (DI) a) (DI-MI) Memoria informativa, con la información, análisis territorial (características naturales y ambientales y valores culturales), características socioeconómicas, análisis urbano y del espacio público, diagnóstico de planeamiento y dotaciones urbanísticas. Analiza también los problemas y oportunidades y sienta las bases para fijar los objetivos de las Normas Urbanísticas Municipales. Finalmente, incluye un anejo fotográfico del municipio. b) (DI-PI) Planos de información, con las infraestructuras, características, elementos, valores y demás circunstancias de los terrenos y de las edificaciones existentes. c) (DI-IA) Informe Ambiental, correspondiente con el presente Informe de Sostenibilidad Ambiental. d) (DI-EH) Estudio Hidrológico-Hidráulico, correspondiente al estudio Hidrológico Hidraúlico del Arroyo de Valduercos. 2) DOCUMENTACIÓN NORMATIVA (DN) a) (DN-MV) Memoria vinculante, con expresión de los objetivos y las propuestas de ordenación y demás determinaciones de ordenación general, las superficies contenidas en cada clase y categoría de suelo, así como con las determinaciones urbanísticas previstas. b) (DN-NU) Normativa urbanística, con las determinaciones urbanísticas generales escritas de carácter obligatorio, estableciendo las ordenanzas de uso del suelo, determinaciones de ordenación general aplicables a los sectores y condiciones específicas según la categoría en suelo rústico, normas de protección del patrimonio edificado y las principales normas de carácter administrativo general. Mediotec Consultores, S.A. Página 42 de 171

47 c) (DN-PO) Planos de Ordenación que recogen las determinaciones de ordenación general para el conjunto del término municipal y las determinaciones de ordenación detallada para el suelo urbano. d) (DN-CT) Catálogo de elementos protegidos. Las Normas Urbanísticas Municipales de La Hiniesta se redactan conforme a lo establecido en la Ley 4/2008 de 15 de septiembre, de Medidas sobre Urbanismo y Suelo, que modifica a la anterior Ley de Urbanismo de Castilla y León (Ley 5/1999, de 8 de Abril) que según el artículo 43, tienen por objeto establecer la ordenación general para todo el término municipal y la ordenación detallada en todo el suelo urbano consolidado, así como en los sectores de suelo urbano no consolidado y suelo urbanizable en los que se considere oportuno habilitar su ejecución directa sin necesidad de planeamiento de desarrollo. Se clasifica el suelo en las siguientes clases siguiendo lo establecido en el capítulo II de la Ley 4/2008 de Medidas sobre Urbanismo y Suelo y el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (Decreto 45/2009 de 9 de julio): - Suelo Urbano, distinguiéndose las siguientes categorías: Suelo Urbano Consolidado Suelo Urbano No Consolidado - Suelo Urbanizable, distinguiéndose las siguientes categorías: Suelo Urbanizable con ordenación detallada (SUR-od) Suelo Urbanizable sin ordenación detallada (SUR-so) - Suelo Rústico, distinguiéndose las siguientes categorías: Suelo Rústico Común Suelo Rústico con Protección de Infraestructuras Suelo Rústico con Protección Cultural Suelo Rústico con Protección Natural Mediotec Consultores, S.A. Página 43 de 171

48 En la siguiente tabla se resumen las superficies resultantes de la nueva clasificación del suelo adoptadas por las NUM de La Hiniesta. MUNICIPIO DE LA HINIESTA (ZAMORA) CLASIFICACIÓN DEL SUELO SUPERFICIE HA % T.M. Suelo Urbano Consolidado ,78 Suelo Urbano No Consolidado ,13 TOTAL SUELO URBANO ,91 Suelo Urbanizable sin ordenación detallada ,07 Suelo Urbanizable con ordenación detallada 0 0,00 TOTAL SUELO URBANIZABLE ,07 Suelo Rústico Común ,47 Suelo Rústico con Protección de Infraestructuras 5,36 Suelo Rústico con Protección Cultural ,48 Suelo Rústico con Protección Natural ,71 TOTAL SUELO RÚSTICO ,02 TOTAL SUELO CLASIFICADO Tabla.- Clasificación del uso del suelo según las NUM de La Hiniesta En su valor conjunto los Suelos Urbano y Urbanizable representan un reducidísimo porcentaje sobre la superficie de término municipal con el 0,98%, representando el segundo de ellos un valor del 0,07%. La práctica totalidad de La Hiniesta se clasifica como suelo rústico, con el 99,02% de su territorio englobado en esta clase de suelo, estableciéndose las cuatro categorías en que se divide en función de una serie de características intrínsecas. El criterio principal de clasificación es la distinción entre el suelo protegido por sus valores naturales, culturales, de infraestructuras, riesgos etc. El suelo rústico común, es una de las categorías de suelo mayoritaria del municipio, con el 58,64%. Este suelo debe preservarse por su valor como elemento integrador del resto y propio de actividades productivas tradicionales. Posee una serie de características ambientales y paisajísticas a reseñar, siendo un valor potencial con vistas a un desarrollo de actividades variadas tanto recreativas como turísticas. Gran parte del Término Municipal de La Hiniesta, se encuentra bajo la clasificación de Suelo Rústico con Protección (concretamente el 40,38%), del cual la mayor parte lo registra el de Protección Natural que cuenta con el 36,54% del mismo. Este hecho, pone de manifiesto la importancia que tiene para el municipio de La Hiniesta, la conservación del medio natural y la preservación de su patrimonio cultural. Mediotec Consultores, S.A. Página 44 de 171

49 3. OBJETIVOS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL RELACIONADOS CON LAS NUM DE LA HINIESTA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD. Una de las definiciones de la Ordenación del Territorio sería La expresión espacial de la política económica, social, cultural y ecológica de toda sociedad, con multitud de objetivos, entre ellos el desarrollo socioeconómico y equilibrado de las regiones, la mejora de la calidad de vida, la gestión responsable de los recursos naturales, la protección del medio ambiente, y por último, la utilización racional del territorio. Es a la vez una disciplina científica, una técnica administrativa y una política concebida como un enfoque interdisciplinario y global, cuyo objetivo es un desarrollo equilibrado de las regiones y la organización física del espacio según un concepto rector, según la Carta Europea de Ordenación del Territorio, de 20 de mayo de Se desprenden de la misma una serie de objetivos que se detallan a continuación: - Fuera de suelo urbano y urbanizable, se pretende preservar los usos agrícolas y ganaderos, y además dotar de protección a espacios naturales (cauces y riberas y zonas arboladas), infraestructuras (carreteras y ferrocarril), y otras zonas que requieran protección especial. - En suelo urbano o urbanizable, proteger las construcciones tradicionales y regular las de nueva construcción, para que sean acordes con las primeras. Además, se pretende regular mediante los usos permitidos o no, el establecimiento de otras construcciones o actividades distintas a las de vivienda. Las NUM tienen presente la situación actual del municipio, en el que la creciente demanda de suelo en sustitución del ofertado en Zamora, capital, por un lado más caro y por otro que no colma esa necesidad cada vez más creciente de muchas personas de poseer una edificación aislada con zona verde propias provocando una trama urbana con amplios espacios que se están poblando de edificaciones aisladas, dedicada a vivienda y con claros signos de ser la vivienda principal. Mediotec Consultores, S.A. Página 45 de 171

50 Todos estos fenómenos edificatorios son los que estas normas tratan de ordenar, consolidando el casco antiguo tradicional, llenando espacios vacios, mejorando algunas alineaciones que estrechan vías y en suma estableciendo un ordenamiento de edificaciones, que permitan realizar un desarrollo armonioso del conjunto además de establecer a ordenación algunas zonas que puedan servir como reserva de suelo urbano en el caso de una mayor demanda futura. A colación con el planteamiento desarrollado en la Carta de 1983 en Torremolinos, y acorde con los nuevos modelos y las perspectivas de finales del siglo pasado, la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León se dicta con el fin de implantar unos principios y unos objetivos para dicha Ordenación. Se exponen los cinco objetivos básicos para todos sus instrumentos de planificación. - La mejora en la calidad de vida. - El aumento de la cohesión social y económica. - El desarrollo sostenible y equilibrado. - La gestión responsable de los recursos naturales. - La protección del medio ambiente así como del patrimonio cultural. Resulta revelador que en la Exposición de Motivos de dicha Ley, tras señalar algunos puntos débiles del sistema territorial de la Comunidad Autónoma como consecuencia de particularidades territoriales tales como gran extensión, fragmentación administrativa municipal, debilidad demográfica o sistema urbano poco estructurado se matice: No obstante, estas limitaciones se ven compensadas por valores endógenos como la riqueza de sus espacios naturales y de su patrimonio cultural, lo que permite apoyar en ellos la ordenación territorial de Castilla y León, frente a la usual concepción economicista orientada a la simple distribución de las actividades económicas en el espacio. En base a lo referido anteriormente, se puede puntualizar que las Normas Urbanísticas Municipales de La Hiniesta se han elaborado teniendo en cuenta las características ambientales del medio y los objetivos pretendidos en la Ley 10/1998, de Ordenación del Territorio de Castilla y León en cuanto a la sostenibilidad y compatibilidad con la protección del medio ambiente y de su patrimonio cultural. Mediotec Consultores, S.A. Página 46 de 171

51 3.2. LAS NUM DE LA HINIESTA Y LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE. Las Normas Urbanísticas Municipales de La Hiniesta propuestas actualmente, persiguen dotar al municipio de un nuevo instrumento de gestión propio, así como la adaptación a la vigente normativa en materia de Urbanismo de Castilla y León. También, pretenden dotar al municipio de un instrumento de planeamiento urbanístico capaz de ordenar de forma general el mismo así como el crecimiento de la trama urbana, estableciendo específicamente las condiciones a las que se ha de someter la edificación. Al tiempo se preservarán los terrenos rústicos relevantes desde un punto de vista natural y cultural, estableciendo criterios de clasificación en función de los valores que les sean intrínsecos, para conseguir una actuación planificada conservando la imagen y la tipología características de la zona. El desarrollo sostenible e integral del término municipal de La Hiniesta, se va a acometer desde la necesidad de proteger los elementos de interés, aprovechar los recursos existentes y potenciar los valores naturales y agropecuarios del mismo. El modelo territorial que se propone en la NUM de La Hiniesta y la ordenación del suelo, se establece en base a las características del medio físico, biótico y socioeconómico del municipio. En la actualidad, una de las normativas que presenta más restricciones y con mayor trascendencia a nivel social es la que atañe a temas medioambientales. Con carácter general dentro del Suelo Rústico con Protección Natural se deben incluir los terrenos definidos en la legislación de espacios naturales como zonas de reserva, zona de uso limitado y zonas húmedas de interés especial; terrenos definidos en la legislación de aguas como dominio público hidráulico, cauces, lechos de los lagos, zonas húmedas y embalses artificiales, incluso zonas de servidumbre de las riberas; vías pecuarias que no atraviesen suelo urbano o urbanizable; y demás terrenos que se estime necesario proteger para preservar o regenerar el suelo, la flora, la fauna, las masas forestales, porque deban ser objeto de restauración ambiental o por cuales quiera otros valores naturales acreditados presentes o pasados. Se incluyen en esta categoría los espacios y recursos naturales de mayor interés medioambiental de La Hiniesta afectados por las normativas sectoriales como vías pecuarias, masas forestales, montes, arroyos y hábitats de interés. La Mediotec Consultores, S.A. Página 47 de 171

52 delimitación de los mismos se encuentra recogida en la documentación gráfica del presente Documento. Las actuales Normas Urbanísticas Municipales de La Hiniesta propuestas van a proteger de la edificación, otorgándoles la clasificación de Suelo Rústico con la Protección apropiada, los siguientes espacios considerados de interés, con el objeto de conseguir la sostenibilidad medioambiental. Cauces y riberas. Se han calificado como Suelo Rustico de Protección Natural, grado Cauces y Riberas aquellos terrenos que están definidos en la normativa correspondiente de aguas como cauces naturales, riberas y márgenes, lecho o fondo de los lagos, lagunas y embalses, zonas húmedas y sus zonas de protección, de 5 metros de anchura, entendiendo por estas las definidas en la Ley de Aguas. Bajo esta figura, se encuentran la superficie comprendida dentro de unas franjas limitadas por líneas paralelas medidas a una distancia de 50 metros medidos horizontalmente desde la línea de máximas avenidas ordinarias al eje de los arroyos de Valduercos, desde la charca en donde desemboca el regato de Valterez hasta su salida del término municipal, del arroyo Fresnedas, desde la charca de Valdefuentes hasta su salida del término municipal y el arroyo Redondo. Estos terrenos clasificados atenderán a lo dispuesto en la Ley 6/1992 de 18 de diciembre sobre Protección de Ecosistemas Acuáticos y de Regulación de la Pesca en Castilla y León, el texto refundido de la Ley de Aguas y Reglamento del Dominio Público Hidráulico de 11 de abril de 1986, y en especial a: Protección del Dominio Público Hidráulico y de la Calidad de las Aguas. Vertidos de cuencas y autorizaciones. Construcción de edificaciones en zonas de alcance de avenidas. Servidumbres legales y en particular las de uso público de 5 m. en la margen. Planificación y posterior realización de obras. Las márgenes, que son los terrenos que lindan con los cauces, están sujetas, en toda su extensión longitudinal, a una zona de servidumbre de 5 m. de anchura para uso público. Por consiguiente, no se podrán realizar edificaciones a menos de 5 m de distancia de un cauce público. Mediotec Consultores, S.A. Página 48 de 171

53 También se establece una zona de policía que abarca una franja de 100 m de ancho desde el cauce. En ambas zonas (servidumbre y policía) se condicionará el uso del suelo y las actividades que allí se desarrollen siguiendo la legislación de aguas. Formaciones forestales Aunque la mayor parte del término municipal de La Hiniesta esta caracterizado por la presencia de grandes extensiones de tierras de labor, al SO se presenta una masa forestal continua y relativamente extensa. En estas masas forestales se alternan formaciones de coníferas y frondosas y mezclas de ellas. Las especies predominantes son Quercus ilex, Quercus faginea y Pinus pinea. Estas formaciones forestales, incluidos los matorrales, suponen un biotopo muy importante para la fauna presente en el municipio, al suponer uno de las principales zonas de refugio, reproducción y alimentación para un gran número de especies. Las encinas constituyen uno de los mejores hábitats para la fauna mediterránea, de ahí la necesidad de proteger estas masas dentro de las NUM para mantener estas zonas, que junto a los pinares y las masas de quejigo, suponen unas de las áreas naturales más importantes del mismo. Por este motivo las NUM han considerado establecer como Suelo Rústico con Protección Natural Masas Forestales (SR-PN-mf) a las masas arboladas así como las superficies de matorral presentes en el municipio. Espacios Naturales y flora y fauna protegida No existe en el término municipal de La Hiniesta ningún espacio natural. No obstante, según la cartografía de los hábitats de interés comunitario, establecidos en el Anexo I de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de flora y fauna silvestre, en el municipio se pueden encontrar diversos hábitats, estando catalogado únicamente uno de ellos como prioritario, (6220* Zonas subestepicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodyetea), este queda localizado en los alrededores del arroyo de la Fresneda al suroeste del término municipal y dos pequeñas manchas localizadas al sur y al este del municipio de La Hiniesta. Mediotec Consultores, S.A. Página 49 de 171

54 Esta superficie ha quedado clasificada según las NUM como Suelo Rústico de Protección Natural Espacios Protegidos (SR.PN.ep) Por último, según los datos aportados por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Zamora, en el municipio de La Hiniesta se tiene constancia de la especies de flora protegida Butomus umbellatum L. catalogada de atención preferente en el Decreto 63/2007, de 14 de junio, por el que se crean el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León y la figura de protección denominada Microrreserva de Flora. Aun habiéndose constatado la presencia de esta especie, en el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Zamora no se tiene información sobre la localización concreta de esta especies por lo que no se ha podido delimitar aquellas zonas con presencia de la especie y por tanto no se ha incluido ninguna zonificacion de protección concreta para la misma. Para poder proteger esta especie a nivel urbanístico se ha definido una serie de medidas protectores para la conservación de dichas especies de flora catalogada. Vías Pecuarias. Discurren por el término municipal varias vías pecuarias de entidad nacional, autónoma y provincial que es necesario proteger. En concreto: Cordel de Extremadura Vereda de Santa Engracia Vereda de San Vicente Vereda de El Zarzal Vereda de Carbajales a Zamora Las vías pecuarias son áreas que actúan como instrumentos de integración del territorio puesto que facilitan la accesibilidad y el tránsito a los espacios naturales. Los terrenos calificados como vías pecuarias por sus singularidades se rigen por la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias. Estará constituido por aquellas áreas del Suelo Rústico del Término Municipal, coincidentes con el ancho leal de las vías pecuarias clasificadas, y contarán por tanto con la clasificación de Suelo Rústico con Protección Natural Vías Pecuarias (SR.PN.vp) Las vías pecuarias que no estando clasificadas en la actualidad lo sean en el futuro, tendrán la misma consideración y régimen urbanístico que el resto de las Mediotec Consultores, S.A. Página 50 de 171

55 vías ya clasificadas con antelación, considerándose las Normas Urbanísticas modificadas por la aprobación de las nuevas clasificaciones. Las Normas Urbanísticas especifican, además, los usos permitidos, que corresponden con los usos tradicionales que siendo de carácter agrícola y no teniendo naturaleza jurídica de ocupación, puedan ejercitarse en armonía con el tránsito ganadero. Del mismo modo, incluyen como usos permitidos los usos recreativos y de esparcimiento al aire libre, tales como paseo, práctica de senderismo, cabalgada y desplazamiento deportivo sobre vehículos no motorizados e instalaciones auxiliares desmontables. Por otro lado, prohíbe expresamente los cierres de parcela a menos de 3 m del límite exterior de las vías pecuarias. La delimitación de las mismas se encuentra recogida en la documentación gráfica del presente Documento. El suelo clasificado como Suelo Rústico con Protección Natural supone el 26,54% de la superficie total del término municipal de La Hiniesta, lo cual demuestra el reconocimiento de los valores naturales que posee el municipio así como la intención manifiesta de garantizar la conservación de los mismos. Con este tipo de protección del suelo se preservarán por tanto los valores por los cuales estos espacios son destacables, como la fauna, la flora, los factores geológicos y geomorfológicos, entre otros. Infraestructuras urbanas El conjunto de dotaciones urbanísticas que posee el término municipal de La Hiniesta son determinantes para la estructuración del territorio y de hecho en casi la mayor parte de las ocasiones son estas en las que en la ordenación que se propone en las NUM determinan la calificación y usos del suelo. A continuación se pasan a detallar la situación actual de cada una de las infraestructuras de La Hiniesta y su problemática asociada. Red de Abastecimiento. Esta red se encuentra en diferentes estados, según zona, ya que la instalación se estableció en diferentes momentos. En general, el abastecimiento es adecuado, y sólo se prevé la sustitución de la conducción en las zonas que se encuentran en peor estado. Mediotec Consultores, S.A. Página 51 de 171

56 Red de Saneamiento. La localidad de La Hiniesta no presenta por su propia orografía, excesivas dificultades para la realización y buen funcionamiento de sus redes de saneamiento, debido a que la localidad se encuentra en su mayoría a media ladera con el arroyo en su parte más baja. La localidad está conectada a través de un emisario con la red de saneamiento de Zamora, con el fin de realizar sus vertidos en la EDAR de la capital, y con esto conseguir optimizar costes del tratamiento y evitar el vertido en el arroyo de Valduercos o de Valderrey, mejorando sus condiciones ambientales. Red viaria. Se distingue entre red urbana e interurbana. La red urbana está prácticamente terminada, aunque presentado diferentes estados de conservación, desde calles, que por estar recientemente pavimentadas se encuentra en muy buen estado a otras cuyo estado general es deficiente con necesidad inmediata de actuación. En general el estado en conjunto es aceptable. En cuanto a la red interurbana, la localidad se encuentra perfectamente comunicada con la capital de la provincia por la carretera ZA-P-1405 que actualmente se encuentra en buen estado. Además se encuentra también comunicada con el municipio vecino de Roales del Pan a través de una vía pavimentada que además permite salir hacia el norte de la Provincia por la N-630 sin tener que pasar por Zamora, esta ultima atraviesa el término municipal por la esquina nordeste del mismo. En las NUM se establecen, por tanto, unas franjas de protección a ambos lado de la carretera N-630, que afecta al Termino municipal en su esquina nordeste e igual en la carretera ZA-P Estas franjas de protección comprenden, además del espacio en donde se apoya la propia infraestructura las zonas de dominio público, afección y servidumbre. Cabe señalar también la protección de la línea de ferrocarril Zamora-Orense que atraviesa el T.M. de La Hiniesta de sur a norte, al oeste del pueblo, y a lo largo del trazado proyectado por el tren de alta velocidad. La delimitación de las mismas se encuentra recogida en la documentación gráfica del presente Documento. Red de alumbrado público. La red de alumbrado público abarca la totalidad de la superficie ocupada por las edificaciones que conforman el conjunto urbano de La Hiniesta. Mediotec Consultores, S.A. Página 52 de 171

57 Red de energía eléctrica. El suministro se realiza a través de las redes de media tensión de IBERDROLA, que conectan en centros de transformación localizada en una edificación de propiedad municipal ubicado en la Calle Sol. Existen cuatro líneas de alta tensión que atraviesan el término municipal de oeste a este. Estas bandas se encuentran protegidas bajo la clasificación de Suelo Rústico con Protección de Infraestructuras. Espacios libres públicos. Solamente dispone de una zona verde destinada a parque infantil situado en las cercanías del arroyo junto al consultorio de atención primaria. Protección del paisaje La riqueza paisajística de un territorio, es uno de los elementos más destacables del municipio, y tiene gran relevancia en el desarrollo futuro de su población. En cuanto a los materiales constructivos, forma, voladizos, alturas, etc, de las nuevas edificaciones, las construcciones habrán de adaptarse al ambiente en que se hallen emplazadas, señalando que la normativa municipal indica una serie de pautas a seguir para que todo el municipio consiga una consonancia estética que sea acorde con el entorno, buscando la total integración con el mismo. Así por ejemplo se refleja explícitamente en las NUM que los materiales para la formación de fachadas serán los empleados tradicionalmente. Además, estas NUM prohíben la utilización de composiciones agresivas con el entorno. Reseñan de forma manifiesta que las construcciones de edificios, depósitos de agua, etc., no obstaculizarán las vistas de paisajes de interés, debiendo cuidar el emplazamiento, altura y color de sus materiales para que se fundan con el entorno natural o formen una masa homogénea con el resto de la población. Coherencia con otros planes Entre las diferentes localidades que son colindantes con La Hiniesta, Andavías y Cubillos, cuentan con normativa referente a la Delimitación de Suelo Urbano, Roales y Montamarta, cuenta con normas subsidiarias de planeamiento municipal y Zamora cuenta con un Plan General de Ordenación Urbana. Para llevar a cabo la clasificación del suelo municipal en la Redacción de las NUM, es importante valorar la de los municipios limítrofes para poder mantener una coherencia a nivel legislativo y en lo posible de una continuidad en el espacio a los suelos colindantes que tengas unas características análogas. Mediotec Consultores, S.A. Página 53 de 171

58 Síntesis catálogo. Patrimonio cultural En las NUM se establecen como Suelo Rustico de Protección Cultural los bienes y espacios del término municipal, que por su valores arquitectónicos, urbanísticos, artísticos, culturales o ambientales sean susceptibles de ser considerados como catalogables según el RUCyL, la Ley 12/2002 de 11 de julio de Patrimonio Cultural de Castilla y León y el Decreto 37/2007 de 19 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León. Por tanto, el patrimonio cultural de La Hiniesta, queda debidamente protegido en las Normas Urbanísticas bajo la clasificación de Suelo Rústico con Protección Cultural. Los criterios que el Catálogo establecido en las NUM tiene en cuenta para incluir los distintos elementos del Patrimonio del municipio son los siguientes: - Bienes Inmuebles de interés Histórico-Artístico - Zonas o lugares con Yacimientos Arqueológicos - Infraestructuras, vías de comunicación y cauces públicos - Paisajes naturales En las Normas Urbanísticas Municipales se establecen varias categorías de protección para los elementos y edificios que existen en el término municipal de La Hiniesta, con valores históricos, culturales o artísticos, que de mayor a menor orden de importancia son las siguientes: Integral, Estructural y Ambiental. En cada grado de protección se permitirá efectuar un tipo de obras determinadas tendentes todas bien a la consolidación o a la protección de los valores arquitectónicos del elemento protegido de acuerdo con criterios y normas establecidas, sin perjuicio de las condiciones que establece la legislación sectorial aplicable. Zonas verdes En la Hiniesta se dispone solamente de una zona verde destinada a parque infantil situado en las cercanías del arroyo junto al consultorio de atención primaria. Se encuentra bien delimitado mediante vallas apropiadas y en buen estado de conservación. Mediotec Consultores, S.A. Página 54 de 171

59 No obstante, es voluntad expresa del nuevo Planeamiento, la creación de nuevas zonas de ocio y esparcimiento, con objeto de fomentar el crecimiento de la población, evitando el envejecimiento y estancamiento de la misma. Igualmente, se plantea la obligatoriedad de ajardinar los espacios libre de parcela que den a las vías públicas, preferentemente con especies autóctonas. Además, el arbolado existente en las parcelas y en las vías se considerará protegido, debiendo reponerse aquel que se deteriore o retire de las vías y eliminar el menor número posible de árboles en las parcelas al efectuarse las construcciones. Sería una propuesta a tener en cuenta, que las zonas verdes sean sostenibles por sí mismas, mediante una serie de pautas sencillas: - Aprovechamiento de las aguas pluviales y las aguas depuradas para el riego. - Implantación de especies autóctonas que tengan un reducido consumo hídrico y con menor gasto de mantenimiento. Gestión sostenible de los recursos De cara al desarrollo de los nuevos suelos que se proponen en las normas de La Hiniesta, se incentivarán los criterios ambientales que vayan encaminados a reforzar las cuestiones relativas a los siguientes aspectos: - La gestión correcta de los residuos generados mediante un plan de gestión de residuos urbanos. - Se deberá disminuir el uso de recursos naturales y la producción de residuos en las obras de construcción mediante una selección de materiales de alto grado de aislamiento térmico, más duraderos y menos contaminantes. - Se deberán gestionar los residuos de construcción y demolición para evitar la aparición de puntos incontrolados de vertido y restaurando aquellos existentes. - Se deberían promover ordenanzas municipales que promuevan el ahorro y el uso eficiente de la energía. - Se utilizarán criterios de urbanismo sostenibles en cuanto a la ubicación adecuada de los diferentes edificios. - Se deberán aplicar las medidas bioclimáticas y de energía renovable exigidas por el Código Técnico de la Edificación de obligado cumplimiento. Todas las actividades, instalaciones o proyectos, de titularidad pública o privada, susceptibles de ocasionar molestias significativas, alterar las condiciones de Mediotec Consultores, S.A. Página 55 de 171

60 salubridad, causar daños al medio ambiente o producir riesgos para las personas o bienes estarán sometidas a la Ley 11/2003 de 8 de Abril de Prevención Ambiental de Castilla y León. Según sus características y de acuerdo con dicha Ley, dichas actividades o instalaciones estarán sometidas a Autorización Ambiental, al Régimen de Licencia Ambiental, a Evaluación de Impacto Ambiental o únicamente a Comunicación al Ayuntamiento. Riesgos potenciales Se ha realizado un mapa de riesgos potenciales del término municipal de La Hiniesta en aplicación del artículo 15.2 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de suelo, considerando: - El riesgo por incendios forestales, que se correspondería con los montes existentes en el término municipal. - El riesgo por avenidas con periodos de retorno de 100 años. - El riesgo ocasionado por tendidos eléctricos. Mediotec Consultores, S.A. Página 56 de 171

61 4. SITUACIÓN AMBIENTAL ACTUAL. En este apartado se describen los aspectos más relevantes del medio ambiente en el término municipal de La Hiniesta (Zamora). El conocimiento del estado actual del municipio es necesario para poder prever las alteraciones derivadas de la aplicación de las Normas Urbanísticas Municipales FISIOGRAFÍA Y GEOMORFOLOGÍA. Al actuar sobre la superficie del terreno, los agentes externos dan lugar a una serie de formas del relieve, tanto deposionales como erosivas, que conforman la geomorfología de una zona. La configuración geomorfológica de la provincia de Zamora se puede dividir en varios conjuntos morfoestructurales: En el Oeste las Montañas galaico-leonesas que abarcan las comarcas de Sanabria, Carballera alta y municipios de la sierra de la Culebra y las penillanuras del oeste de la Cuenca del Duero que abarcan la Penillanura paleozoica, que comprende las comarcas Carballeda, Aliste, Tábara y parte de Alba, y la Penillanura granítica salmantino-zamorana, a la cual pertenecen Sayago, parte de Alba y el Sureste de Aliste. En el Este, se ubica la Cuenca sedimentaria de la provincia que a su vez está constituida por varias unidades geomorfológicas: - Zona de Relieves en cuesta, que comprende la Tierra del Vino y la comarca de la Guareña. - Las Campiñas cerealistas, donde se localizan la Tierra de Campos y del Pan. - Las Llanuras aluviales y terrazas, que engloban la zona de Benavente y los valles. La zona de estudio está ubicada dentro de las Campiñas cerealista. Se trata de una zona que se corresponde con el borde occidental de la cuenca sedimentaria del Duero, cerca del contacto con la penillanura pizarrosa zamorana, y cuyo relieve de llanura irregular también se encuentra condicionada por la proximidad del rio Duero y su dinámica fluvial, que se manifiesta en la presencia en La Hiniesta de niveles antiguos de terrazas fluviales del Duero. Mediotec Consultores, S.A. Página 57 de 171

62 4.2. HIDROLOGÍA E HIDROGEOLOGÍA. La totalidad del término municipal de La Hiniesta queda enmarcado en la Cuenca Hidrográfica del Río Duero. Su hidrología superficial está limitada a algunos arroyos de escasa entidad, si bien el término municipal se encuentra muy próximo al embalse de Ricobayo. Los arroyos Redondo, Valdurcos y de la Fresneda, son los más destacables del municipio, si bien existen otros elementos hidrológicos superficiales cartografiados por el IGN (serie 1:25.000): Arroyos: de las Charcas, de los Cubillos, de la Regata Charcas: de la Parida, de Valdeclavo, Nueva. Lagunas: del Lomo, Tora, de la Venta. El arroyo de Valdurcos es un pequeño arroyo estacional, cruza el pueblo de la Hiniesta por el este y se acerca a Zamora donde cambia su nombre por Arroyo de Valderrey, desembocando en el Duero en el casco urbano de Zamora. El arroyo de la Fresneda, también de carácter estacional, nace en el paraje denominado Peñas Pardas y cruza el término municipal por el este en dirección nortesur. Al igual que el anterior vierte sus aguas al rio Duero a pocos kilómetros aguas abajo de su nacimiento. El arroyo Redondo nace al norte del término municipal de La Hiniesta, siendo un arroyo de carácter estacional que vierte sus aguas al Arroyo de las Arrieras una vez fuera de los límites municipales. El municipio de La Hiniesta se encuentra dentro de la Cuenca Hidrográfica del Rio Duero, y dentro de esta, abarca tres subcuencas diferentes. Subcuenca del Esla: Corresponde a la zona norte del término municipal y viene determinada por el arroyo Redondo que viertes sus aguas al arroyo de las Arrieras y este a su vez las vierte al rio Esla a la altura del embalse de Ricobayo. Subcuenca del Valderaduey: Esta subcuenca corresponde a una péqueña zona al este del término municipal correspondiente al nacimiento del arroyo de los Cubillos. Subcuenca del Duero: Corresponde a la mayor parte del término municipal, en el centro y sur del mismo y asociada a los arroyos de la Fresneda y Valdurcos Mediotec Consultores, S.A. Página 58 de 171

63 MASA DE AGUA El término municipal de La Hiniesta pertenece a la Masa de Agua Esla- Valderaduey, esta masa de agua se caracteriza por presentar materiales del Terciario detrítico, con espesores que superan los 1000 metros. Arenas limos y arcillas en el centro, y areniscas y conglomerados en los bordes. Los detríticos más gruesos se disponen en capas lenticulares de escasa continuidad lateral, todo ello con frecuentes cambios de facies UNIDAD HIDROGEOLOGICA El término municipal de La Hiniesta pertenece a la Unidad Hidrogeológica Esla-Valderaduey. Esta unidad corresponde con una de las grandes unidades del Terciario detrítico, ocupa casi toda la mitad Norte de la cuenca y se extiende desde el cauce del Duero hasta el borde norte del Terciario. La Unidad está constituida por múltiples acuíferos separados por acuitardos, y todo ello sin continuidad lateral, como es propio de los medios de sedimentación continentales. Los detríticos más gruesos (arenas, gravas y cantos) se encuentran intercalados en una matriz limoso-arcillosa. Aunque en detalle la geología sea extremadamente compleja, en conjunto se comporta como un acuífero único, heterogéneo, anisótropo y semiconfinado en su mayor parte. Se recarga por infiltración de las precipitaciones, de las rañas que la recubren parcialmente y de retornos de riego. Las salidas son por bombeos y por el drenaje de los ríos Esla, Valderaduey y afluentes del Pisuerga. La calidad química del agua refleja claramente el flujo regional: poco salinas y bicarbonatadas cálcicas en las áreas de recarga al norte y de elevada salinidad sulfatadas en las áreas de descarga a los ríos. Mediotec Consultores, S.A. Página 59 de 171

64 A continuación se presenta una imagen con las características hidrogeológicas generales del término municipal: IIa: Formaciones detríticas o cuaternarias de permeabilidad alta o muy alta, así como formaciones volcánicas de permeabilidad muy alta. IIb: Formaciones detríticas o cuaternarias de permeabilidad media. Formaciones volcánicas de alta permeabilidad IIIb: Formaciones generalmente impermeables o de muy baja permeabilidad. Formaciones metadetríticas, ígneas o evaporiticas de permeabilidad baja o media. En la imagen se pude observar como la permeabilidad general en el término municipal es media, siendo esta en las zonas cercanas al arroyo de Redondo y de la Fresneda alta Mediotec Consultores, S.A. Página 60 de 171

65 4.3. LITOLOGÍA Y GEOLOGÍA. De forma detallada, y en base a la información obtenida del Mapa Geológico de España 1: (nº 369 y nº 368), desde el punto de vista geológico, en el municipio se distinguen las siguientes eras: Cuaternario: En esta era se incluye la formación de las terrazas de los ríos y el aluvial reciente de los mismos. Las terrazas superiores a intermedias se asignan al Pleistoceno, y las más bajas, junto con el resto de depósitos cuaternario, se les ha asignado una edad correspondiente al Holoceno. Centrándonos en la zona de ubicación del proyecto podemos encontrar: Glacis de depósito Estas formaciones se localizan en la parte central y limite este del término municipal de La Hiniesta. Litológicamente esta formadas por gravas, arenas, limos y arcillas. Los glacis con depósito están formados por materiales aluvionares que dan superficies más o menos planas de escasa inclinación, y las superficies complejas originadas por la acción fluvial y eólica. Son superficies planas con un perfil ligeramente convexo y poco inclinadas, tapizadas por una delgada cubierta sedimentaria. Están relacionados con las primeras fases de encajamiento de la red fluvial, mostrando una clara inclinación de las superficies hacia los cauces. Representan formas de enlace entre los relieves escarpados y las superficies más altas con las terrazas más bajas y las llanuras aluviales (Arenas et al., 1991b). Depósitos aluviales En una pequeña superficie al sur del término municipal y asociado al arroyo de la Fresneda se localizan depósitos aluviales. Estos depósitos están constituidos por sedimentos que se acumulan a partir de la actividad de los ríos y los procesos de deslizamiento por gravedad asociados. Rodeando esta unidad se puede encontrar materiales constituidos por cuarcitas con cruzianas que se explican más adelante en el Ordovicico Mediotec Consultores, S.A. Página 61 de 171

66 Terciario: A esta edad corresponden el conjunto de materiales detríticos que constituyen parte del relleno sedimentario Areniscas Estas zonas pertenecen al paleógeno, eoceno, inferior e inicios del Ordovicico. Prácticamente la totalidad del término municipal de La Hiniesta esta constituido por areniscas, a excepción de las zonas cercanas a los ríos y los glacis de depósito mencionados anteriormente. Esta unidad corresponde litológicamente a la Series Siderolíticas formada por conglomerados, arenas y lutitas, Dentro de esta serie se engloban un conjunto de litofacies caracterizadas por su composición siliciclástica, presencia de caolinita, y cementos de sílice y óxidos de hierro. Está formada por facies de conglomerados, areniscas y lutitas de colores blancos, verdes y rojos, en moteado. Estas facies se ordenan en secuencias granodecrecientes. En su composición predominan los granos de cuarzo y en menor cantidad de feldespatos y mica dentro de una matriz caolinítica (en menor medida esmectítica). Margas, Limolitas y Calizas Las margas y limonitas pertenecen al paleógeno, eoceno, medio, luciense, englobándose las calizas en el eoceno superior. Las margas y limonitas se encuentran intercaladas con los glacis de depósito mencionados anteriormente, localizándose las calizas en la zona de transición de ambas. Litológicamente corresponde a la serie carbonatada eo-oligocena formada por calizas, margas, lutitas y localmente yesos. Esta unidad engloba un conjunto de formaciones de origen lacustre, que aparecen intercaladas en la Serie detrítica eooligocena: conglomerados, areniscas y lutitas, siendo, por tanto, de edad paleógena. Comparativamente a esta, presenta una menor extensión y distribución estratigráfica. Sus afloramientos más importantes se hallan en el área de Zamora. Mediotec Consultores, S.A. Página 62 de 171

67 ORDOVICICO Cuarcitas con cruzianas Estas zonas pertenecen al Skidawiense. Estas cuarcitas se localizan en una pequeña superficie al sur del término municipal rodeando los depósitos aluviales mencionados anteriormente. La Cuarcita Armoricana sólo se ha diferenciado en la Zona Centroibérica. Se trata de una unidad característica en la Zona Centroibérica, más competente que el resto de la sucesión paleozoica (mayoritariamente pizarrosa), por lo que siempre destaca con relieves en el paisaje, reflejando con claridad las estructuras hercínicas. La edad ha sido determinada a partir de restos fósiles como Arenig (Ordovícico inferior). Desde el punto de vista sedimentológico, la Cuarcita Armoricana representa la formación de barras arenosas en condiciones supramareales (islas barrera), o submareales de alta energía EDAFOLOGÍA. El término municipal de La Hiniesta presenta los siguientes tipos de suelos: - Orden Alfisol, Suborden Xeralf. Estos suelos aparecen en la parte central del término municipal, extendiéndose de norte a sur del mismo. Son suelos de regiones húmedas, por lo que se encuentran húmedas la mayor parte del año, con un % de saturación de bases superior al 35%. Son horizontes subsuperficiales que muestran evidencias claras de traslocación de películas de arcilla que provienen posiblemente de molisoles. Son suelos jóvenes, comúnmente bajo bosques de hoja caediza. - Orden Inceptisol, Suborden Xerept. Aparecen suelos de este tipo, aunque de distintos grupos, al este y al oeste del término municipal. Suelos con características poco definidas. No presentan intemperización extrema, se desarrollan en climas húmedos (fríos y cálidos). Presentan alto contenido de materia orgánica, ph ácido, poseen mal drenaje, acumulan arcillas amorfas y son una etapa juvenil de futuros ultisoles y oxisoles con débil desarrollo de horizontes. Mediotec Consultores, S.A. Página 63 de 171

68 - Orden Entisol, Suborden Orthent. Una pequeña franja de estos suelos, comienza en el sur del término municipal, extendiéndose hacia Zamora. Este orden se caracteriza por tener menos del 30% de fragmentos rocosos, están formados típicamente tras aluviones de los cuales dependen mineralmente. Son suelos jóvenes y sin horizontes genéticos naturales o incipientes, pobres en materia orgánica CLIMATOLOGÍA. En este apartado se pretende caracterizar climáticamente el término municipal de La Hiniesta que geográficamente se encuentra enclavada en la Provincia de Zamora, Comunidad Autónoma de Castilla y León. La fuente de información consultada ha sido doble; por un lado el Servicio de Información Geográfico Agrario (SIGA) del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, y por otro el Instituto Nacional de Meteorología (INM). Al no disponer de un Observatorio Meteorológico dentro del área de estudio es necesario elegir aquel observatorio que sea más homologable desde un punto de vista climático. Las Estación Meteorológica que se han tenido en cuenta finalmente para la elección del observatorio ha sido la estación de Zamora al ser la estación con datos estadísticamente representativos y presentar unas condiciones climáticas muy similares a la zona que se pretende caracterizar climáticamente. Las coordenadas geográficas del Observatorio Meteorológico de Zamora son: Latitud: Longitud: N W Estando instalado a una altitud de 656 m sobre el nivel del mar. Para realizar la caracterización climática del área de estudio se ha elaborado un cuadro resumen de la situación atmosférica ideal del observatorio, Año Normal. Mediotec Consultores, S.A. Página 64 de 171

69 Meses M T m p Enero 7,9 4,3 0,6 34,0 Febrero 11,4 6,6 1,8 28,0 Marzo 14,7 8,9 3,1 18,0 Abril 16,3 10,7 5,0 36,0 Mayo 20,2 14,3 8,3 42,0 Junio 25,5 18,7 11,8 30,0 Julio 29,6 22,1 14,6 15,0 Agosto 29,1 21,8 14,5 13,0 Septiembre 25,2 18,5 11,9 22,0 Octubre 18,6 13,3 7,9 38,0 Noviembre 12,6 8,3 3,9 42,0 Diciembre 9,0 5,5 2,0 44,0 Anual 18,3 12,8 7,1 362,0 CARACTERIZACION DE LOS REGIMENES TERMICOS Y PLUVIOMETRICOS Régimen térmico Se incluyen en esta caracterización el mes más cálido y el mes más frío, entendidos estos como aquellos meses que presentan los valores de temperatura media más alto y más bajo respectivamente, temperatura media de las mínimas de del más frío, medida de las máximas del mes mas cálido y meses con temperatura media inferior a 6ºC. RÉGIMEN TÉRMICO Mes más cálido Julio/22.1 C Mes más frío Enero/ 4.3 ºC Temperatura media de las mínimas del mes más frío 0.6 C Temperatura media de las máximas del mes más cálido 29.6 C Meses con temperatura media inferior a 6 C 2 (Dic., Ene.) Mediotec Consultores, S.A. Página 65 de 171

70 Régimen pluviométrico Se incluyen en esta caracterización los meses con precipitaciones extremas y la distribución de la precipitación por estaciones. Para ello se consideran meses de invierno: enero, febrero y marzo; de primavera: abril, mayo y junio; de verano: julio, agosto y septiembre; y de otoño: octubre, noviembre y diciembre. RÉGIMEN PLUVIOMETRICO Mes más lluvioso Mes más seco Precipitación en invierno (Ene., Feb., Mar.) Precipitación en primavera (Abr., May., Jun.) Precipitación en verano (Jul., Ago., y Sep.) Precipitación en otoño (Oct., Nov., y Dic) Estación mas lluviosa Estación mas seca Diciembre/44 mm Agosto / 13 mm 80,0 mm 108 mm 50 mm 124 mm Otoño Verano Periodo vegetativo De la combinación de ambos regímenes se puede establecer el periodo vegetativo para la vegetación, que se corresponde con el periodo de tiempo donde no hay parón fisiológico por frío (temperatura media mensual superior a 6 C) ni por aridez (según el criterio de Gaussen, cuando la precipitación mensual es superior al doble de la temperatura media mensual) PERIODO VEGETATIVO Meses de parón vegetativo por frío (T<6 C) 2 (Dic., Ene.) Meses de parón vegetativo por aridez (P < 2 T) 4(Jun.,Jul.,Ago.,Sep.) Meses de actividad vegetativa plena 6 (Feb.,Mar., Abri., May., Oct., Nov) Mediotec Consultores, S.A. Página 66 de 171

71 DIAGRAMA DE TERMOHIETAS Consiste en un sistema de coordenadas donde en abscisas se presenta la precipitación media mensual y en ordenadas la temperatura media mensual, y en el que se sitúan los doce meses del año. REGION BIOCLIMATICA En España se pueden encontrar tres regiones biogeográficas, las cuales poseen una peculiar zonación altitudinal de los ecosistemas vegetales (Rivas- Martínez.,1987): Región Eurosiberiana: carece de sequía estival. Suele albergar la zona norte de la Península Ibérica. Región Mediterránea: posee una sequía estival. A esta región pertenece el resto de la Península y las Islas Baleares. Región Macaronésica: a ésta pertenece el Archipiélago Canario. Para determinar la región utilizamos los índices de Mediterraneidad: Im1 =ETP JULIO / P JULIO = 8,96 Im2 =ETP JULIO + ETP AGOSTO / P JULIO + P AGOSTO = 9,2 Im3 =ETP JUNIO + ETP JULIO + ETP AGOSTO + /P JUNIO + P JULIO + P AGOSTO = 6,3 Así, Si Im1 > 4.0, Im2 > 3.5 y Im3 >2.5: Región MEDITERRANEA Si no cumplen las tres condiciones anteriores: Región EUROSIBERIANA. Nos encontramos por tanto en la región MEDITERRANEA. Mediotec Consultores, S.A. Página 67 de 171

72 OMBROCLIMA. GRADO DE HUMEDAD Se define de acuerdo con la precipitación anual y determina el grado de humedad. La precipitación que presenta el área de estudio corresponde a 362 mm., por tanto, la clasificación es SECO. TERMOCLIMA. TIPO DE INVIERNO Para determinar el tipo de invierno se determina un intervalo termoclimático correspondiente a las medias de las mínimas del mes más frío (m C). El mes más frío de nuestra área de estudio es enero y la temperatura media de las mínimas es de 0,6, lo que nos determina que el tipo de invierno es FRESCO VEGETACIÓN Y FLORA. Este factor del medio (manto vegetal de un territorio dado) es el elemento asimilador básico de la energía solar y un productor primario de todos los ecosistemas, con muy importantes relaciones con el resto de los componentes del medio biótico y abiótico. VEGETACIÓN POTENCIAL Se entiende por vegetación potencial de un territorio, el conjunto de comunidades vegetales que constituyen las cabezas de serie presentes en dicho territorio y que, en ausencia de actividad humana debieran constituir su cubierta vegetal. Esta vegetación potencial viene condicionada en primer lugar por el clima, fundamentalmente a través de los regímenes de precipitación y temperaturas, y de manera secundaria por las características del suelo. Mediotec Consultores, S.A. Página 68 de 171

73 La vegetación potencial del término municipal de La Hiniesta, de acuerdo con Rivas-Martínez, S. (1987), se corresponde con las siguientes series: - (24b) Serie supra-mesomediterranea salmantina, lusitano-duriense y orensano-sanabriense silicicola de Quercus rotundifolia o encina (Genisto hystricis-querceto rotundifoliae sigmetum). VP, encinares. - (24ba) Serie supra-mesomediterranea salmantina, lusitano-duriense y orensano-sanabriense silicicola de Quercus rotundifolia o encina (Genisto hystricis-querceto rotundifoliae sigmetum). VP, encinares. - ( I ) Geomegaseries riparias mediterraneas y regadios(r). El término municipal de La Hiniesta queda dividido en dos por una línea que cruza el municipio de noreste-suroeste, correspondiendo la zona más al este con la serie 24b y la zona más al oeste con la serie 24ba. En el caso de la serie I, esta está asociada al arroyo de Valduercos, tal y como se muestra en la imagen siguiente: Figura: Mapa de las series de vegetación del T.M. de La Hiniesta Mediotec Consultores, S.A. Página 69 de 171

74 VEGETACIÓN ACTUAL El paisaje en el término municipal de La Hiniesta esta casi totalmente caracterizado por las grandes extensiones de terreno de labor, principalmente de labor de secano, a base de parcelas de tamaño mediano que ocupan prácticamente el 90% de la superficie del término. No obstante, el término municipal presenta una masa forestal relativamente extensa al SO del mismo, donde se alternan formaciones arboladas de coníferas y frondosas y mezclas de ellas. Las especies predominantes son Quercus ilex, Quercus faginea y Pinus pinea, formando masas generalmente abiertas. A continuación se muestra una tabla con la superficie que ocupan las principales formaciones vegetales, incluidas las zonas agrícolas y los cultivos con arboles dispersos. Tipo de vegetación Superficie Porcentaje Agrícola 2.320,92 69,98% Cultivo con arbolado disperso 402,25 12,13% Bosque adehesado 66, % Bosque de plantación 23,58 0,71% Bosque 418,27 12,61% Matorral 19,83 0,6% Herbazal 45,75 1,38% Tabla. Vegetación presente en el término municipal - FORMACIONES ARBÓREAS Formaciones de Quercus faginea. Esta formación arborea es la más representada del municipio seguida bastante de cerca de las formaciones de pinar. Está formada principalmente por quejigo aunque acompañada en prácticamente toda la superficie por encinas y pinos piñoneros, estas últimas como especies acompañantes. Son en general, masas adultas en estado de latizal con densidades muy variadas según las zonas. Mediotec Consultores, S.A. Página 70 de 171

75 Estas formaciones, al igual que los encinares y los pinares supones un biotopo muy importante para la fauna presente en el municipio, al suponer unos de las principales zonas de refugio, reproducción y alimentación para un gran número de las especies de fauna presentes en el municipio. El quejigo es un árbol que se asemeja a la encina, aunque presente un follaje algo menos denso. Es típico de la región mediterránea occidental sobre todo del sur, ya que esta formación suelen dejar paso al roble según se sube en latitud. Se puede encontrar en todo tipo de suelos, aguantando los fuertes contrastes del clima continental. Al tener necesidades similares a las de la encina es frecuente que se asocie a la misma, como es el caso que nos ocupa. Formaciones de Quercus ilex. En el municipio se pueden encontrar dos casos bien diferenciadas, por un lado, cultivos que todavía mantienen pies aislado distribuido por la superficie y por otro, formación continúas de encinar. Las formaciones de encina presentes en el municipio suelen encontrarse formando masas muy abiertas con presencia puntal de quejigos y pinos. Suelen estar constituidos por pies de encina de grandes dimensiones intercalados con matas arbustivas que debido a condiciones edáficas y/o climáticas se queda en ese estado de arbusto. Su área de distribución es mediterránea, en zonas con climas mediterráneas, ya que según nos acercamos al clima atlántico, esta especies se ve sustituida por otras especies de Quercus que en el caso que nos ocupa corresponde con los quejigos. Las encinas constituyen uno de los mejores hábitats para la fauna mediterránea, de ahí la necesidad de proteger estas masas dentro de las NUM para mantener estas zonas, que junto a los pinares y las masas de quejigo, suponen unas de las áreas naturales más importantes del mismo. Formaciones de Pinus pinea. Las principales masas arbóreas presentes en el municipio de La Hiniesta corresponden con bosque de pinar, concretamente de pino piñonero, al igual que las formaciones comentadas anteriormente, en estas masas de pinar se pueden encontrar como especies acompañantes la encina y el quejigo. Son masas adultas y generalmente densas en estado de fustal con algunas Mediotec Consultores, S.A. Página 71 de 171

76 zonas en estado de latizal. Este pino es natural de toda la franja mediterránea, siendo más habitual en el centro y sur de la península, dada las característica climáticas del término de La Hiniesta este pino se encuentra dentro de su hábitat potencial al ser una especie muy resistente a la sequia estival y soportar bien las heladas invernales. - FORMACIONES HERBÁCEAS-ARBUSTIVAS Sotobosque: se define de esta manera el conjunto de vegetación que crece por debajo de las copas de los árboles. Destacan en esta zona las siguientes formaciones: jarales, escobonales y en menor medida brezales. Herbazal: bajo esta denominación se incluyen las comunidades de prados de siega o prados de diente. Se localizan sobre fondos de valles poco drenados y en bordes de arroyos, la mayor superficie de herbazales se encuentra asociada al arroyo de La Fresneda en la zona sur del municipio, en el paraje La Dehesa de Palomares. La operación común en todos los prados es una acción antrópica considerable, que se pone de manifiesto por el total predominio de las especies herbáceas sobre las leñosas. Matorrales: son formaciones vegetales de origen antrópico en su mayoría y aspecto muy cerrado, formadas por la dominancia de los géneros Erica, Cytisus, Gensta, Echinospartum y Thymus, dando origen a denominaciones muy conocidas como escobales, brezales, jarales etc. Los escobonales proceden de la destrucción del clímax en robledales, asentándose sobre suelos profundos. Pueden constituir la primera etapa de degradación de este clímax o la orla de protección de bosques caducifolios. Mediotec Consultores, S.A. Página 72 de 171

77 - CULTIVOS La superficie de tierras arables dentro del municipio es muy alta, suponiendo casi un 70% de la superficie total del término municipal, lo que le confiere a la agricultura una gran relevancia dentro del término. Los cultivos predominantes en la zona son de tipo herbáceo, y concretamente los de secano. El Plano nº 2 muestra la distribución de la vegetación, así como los usos del suelo. FIGURAS DE PROTECCIÓN DE LA VEGETACIÓN En el año 2007 se crea en Castilla y León el Catálogo de Flora Protegida con el Decreto 63/2007, de 14 de junio, en el que se establecen diferentes categorías de protección. Teniendo en cuenta los datos aportados por la Sección de Espacios Naturales del Servicio Territorial de Zamora, el municipio de La Hiniesta presenta la siguiente especie catalogada como de atención preferente : - Butomus umbellatum L. Aun habiéndose constatado la presencia de esta especie, en el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Zamora no se tiene información sobre la localización concreta de esta especies. La categoría «de atención preferente» se destina a especies que son escasas en Castilla y León, presentando poblaciones reducidas que podrían resultar afectadas por diversas perturbaciones o están ligadas a hábitats en regresión o amenazados. La catalogación de una especie «De atención preferente» exige la redacción de un Plan de Manejo para la misma. Actualmente la especie presente en el municipio de La Hiniesta no cuenta con el correspondiente plan de manejo. Con el citado Decreto 63/2007, de 14 de junio, se crean también la figura de protección denominada Microrreserva de Flora en Castilla y León, en el municipio de La Hiniesta no se encuentra ninguna. Consultado también el Catálogo de Especimenes de Singular Relevancia singulares (Decreto 63/2003, de 22 de mayo, y Orden MAM/1156/2006, de 6 de junio), La Hiniesta no presenta ningún espécimen de singular relevancia. Mediotec Consultores, S.A. Página 73 de 171

78 Butomus umbellatum A continuación se describen las principales caracterizas de Butomus umbellatum con el fin de delimitar las superficies del término municipal donde potencialmente se podría encontrar y de esta manera poder determinar el impacto que las NUM podrían suponer sobre la misma. Butomus umbellatum es una planta palustre, herbácea, vivaz, rizomatosa, muy semejante a un junco. Es de gran tamaño, del cual parten largas hojas lineares verdosas con algunos tonos púrpuras, de sede sección triangular y con borde afilado. Las flores son relativamente grandes y aparecen en verano o comienzo del otoño, son de color rosado y crecen agrupadas en umbelas terminales. Puede llegar a alcanzar 1,5 metros, aunque lo normal es que tenga centímetros. Es muy resistente al frio en invierno aunque puede llegar a perder las hojas, que vuelven a brotar en primavera. Esta especie prefiere lugares localizado a pleno sol o lugares a media sombra y tierra rica en nutrientes. Es propia de lugares encharcados, márgenes de lagos, acequias y zonas palustres. Teniendo en cuenta las preferencias de hábitat de esta especie se ha determinado las zonas donde potencialmente se podría encontrar. Estas zonas son: Arroyos principales: Redondo, Valduercos y de la Freneda. Arroyos secundarias: de las Charcas, de los Cubillos, de la Regata Charcas: de la Parida, de Valdeclavo, Nueva. Lagunas: del Lomo, Tora, de la Venta. Al no conocerse con exactitud la localización de esta especie no se ha podido catalogar en las NUM como Suelo Rustico Con Protección Natural. Aun así, conocidas las zonas potenciales donde se podría localizar Butomus umbellata se puede determinar que las zonas potenciales quedan englobadas en las categorías de Suelo Rustico Con Protección Natura Cauces Y Riberas (Arroyo Redondo, Valduercos y de la Freneda) o Suelo Rustico Común (el resto de áreas potenciales). Mediotec Consultores, S.A. Página 74 de 171

79 4.7. FAUNA. La principal fauna presente en el término municipal de La Hiniesta son aves adaptadas al entorno agrícola, tales como aguiluchos, colúmbidos y córvidos, y pequeños mamíferos de pequeño tamaño como conejos (Oryctolagus cuniculus), liebres (Lepus europaeus) y topillos (Mycrotus sp.). Destaca también la probable presencia del lobo (Canis lupus) Para el estudio del componente faunístico, se ha consultado el Inventario Nacional de Biodiversidad (Ministerio de Medioambiente. Dirección general para la Biodiversidad), obteniendo las especies presentes en las cuadrículas 10x10 Km. correspondientes a la zona del proyecto: Cuadrícula 30TTM61; Cuadrícula 30TTM 60. Las categorías utilizadas para la clasificación de las especies han sido las propuestas por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza U.I.C.N. de 2001 y se citan a continuación: Categoría Abreviación Descripción Extinto Extinto en estado silvestre En peligro crítico En peligro Vulnerable Casi amenazado Preocupación menor Datos insuficientes No evaluado Ex EW CR EN VU NT LC DD NE Un taxón está Extinto cuando no queda ninguna duda razonable de que el último individuo existente ha muerto Un taxón está Extinto En Estado Silvestre cuando sólo sobrevive en cultivo, en cautividad o como población (o poblaciones) naturalizadas completamente fuera de su distribución original Un taxón está En Peligro Crítico cuando se considera que está enfrentado a un riesgo extremadamente alto de extinción en estado silvestre Un taxón está En Peligro cuando se considera que se está enfrentando a un riesgo muy alto de extinción en estado silvestre Un taxón es Vulnerable cuando se considera que se está enfrentando a un riesgo alto de extinción en estado silvestre Un taxón está Casi Amenazado cuando ha sido evaluado según los criterios y no satisface, actualmente, los criterios para En Peligro Crítico, En Peligro o Vulnerable; pero está próximo a satisfacer los criterios, o posiblemente los satisfaga, en el futuro cercano Un taxón se considera de Preocupación Menor cuando, habiendo sido evaluado, no cumple ninguno de los criterios que definen las categorías de En Peligro Crítico, En Peligro, Vulnerable o Casi Amenazado, se incluyen en esta categoría taxones abundantes y de amplia distribución Un taxón se incluye en la categoría de Datos Insuficientes cuando no hay información adecuada para hacer una evaluación, directa o indirecta, de su riesgo de extinción basándose en la distribución y/o condición de la población Un taxón se considera No Evaluado cuando todavía no ha sido clasificado en relación a estos criterios Mediotec Consultores, S.A. Página 75 de 171

80 Categoría Abreviación Descripción Rara No amenazado Menor Riesgo. Preocupación menor Menor Riesgo. Casi Amenazado R NA LR/LC LR/NT Taxones con poblaciones pequeñas, que sin pertenecer a las categorías "En peligro" o "Vulnerable", corren riesgo. Normalmente estos taxones se localizan en áreas geográficas o hábitats restringidos, o bien presentan una distribución poco densa en un área más extensa Taxones que no presentan amenazas evidentes Tabla: Categorías de la U.I.C.N. de 2001 A continuación se detallan los grupos faunísticos y las especies potencialmente presentes en el término municipal de La Hiniesta: ANFIBIOS Este grupo faunístico está ligado a los medios acuáticos y zona húmedas localizadas en el Municipio de La Hiniesta. La distribución de este grupo se encuentra asociada a las zonas locales de encharcamiento, manantiales, surgencias y cursos fluviales. Nombre científico Nombre común C.N.E.A. Hyla arborea Ranita de San Antón NT Pelobates cultripes Sapo de espuelas NT Pleurodeles waltl Gallipato NT Rana perezi Rana comén LC Tabla.- Especies potencialmente presentes de anfibios en el Término Municipal de La Hiniesta REPTILES Los reptiles que potencialmente pueden encontrarse en La Hiniesta son los siguientes: Nombre científico Nombre común C.N.E.A. Blanus cinereus Culebrilla ciega LC Psammodromus algirus Lagartija colilarga LC Tabla.- Especies potencialmente presentes de reptiles en el Término Municipal de La Hiniesta Mediotec Consultores, S.A. Página 76 de 171

81 AVES Son el grupo faunístico más abundante en la zona, debido a su capacidad de adaptación al área de cultivo. Las especies que potencialmente pueden encontrarse en la zona son: Nombre científico Nombre común C.N.E.A. Accipiter gentilis Azor común Accipiter nisus Gavilán común VU Acrocephalus arundinaceus Carricero tordal Acrocephalus scirpaceus Carricero común Actitis hypoleucos Andarríos chico Aegithalos caudatus Mito Alauda arvensis Alondra común Alcedo atthis Martín pescador común NT Alectoris rufa Perdiz roja EN Anas platyrhynchos Ánade azulón Anthus campestris Bisbita campestre Apus apus Vencejo común Aquila chrysaetos Águila real NT Asio flammeus Búho campestre NT Asio otus Búho chico DD Athene noctua Mochuelo europeo Bubo bubo Búho real Burhinus oedicnemus Alcaraván común EN Buteo buteo Busardo ratonero NT Calandrella brachydactyla Terrera común VU Caprimulgus europaeus Chotacabras gris Caprimulgus ruficollis Chotacabras cuellirojo Carduelis cannabina Pardillo común DD Carduelis carduelis Jilguero Carduelis chloris Verderón común Cecropis daurica Golondrina dáurica Certhia brachydactyla Agateador común Cettia cetti Ruiseñor bastardo Ciconia ciconia Cigüeña blanca Circaetus gallicus Culebrera europea Circus cyaneus Aguilucho pálido Circus pygargus Aguilucho cenizo VU Cisticola juncidis Buitrón Clamator glandarius Críalo europeo Coccothraustes coccothraustes Picogordo Columba domestica Paloma doméstica Columba livia/domestica Paloma bravía/doméstica Columba oenas Paloma zurita DD Columba palumbus Paloma torcaz Corvus corax Cuervo EN Corvus corone Corneja Corvus monedula Grajilla Coturnix coturnix Codorniz común DD Cuculus canorus Cuco común Charadrius dubius Chorlitejo chico Delichon urbicum Avión común Dendrocopos major Pico picapinos Mediotec Consultores, S.A. Página 77 de 171

82 Nombre científico Nombre común C.N.E.A. Elanus caeruleus Elanio común NT Emberiza calandra Triguero Emberiza cia Escribano montesino Emberiza cirlus Escribano soteño Emberiza hortulana Escribano hortelano Erithacus rubecula Petirrojo DD Falco naumanni Cernícalo primilla VU Falco peregrinus Halcón peregrino Falco subbuteo Alcotán europeo NT Falco tinnunculus Cernícalo vulgar DD Fringilla coelebs Pinzón vulgar DD Fulica atra Focha común Galerida cristata Cogujada común Galerida theklae Cogujada montesina Gallinula chloropus Gallineta común Garrulus glandarius Arrendajo Hieraaetus pennatus Aguililla calzada Hippolais polyglotta Zarcero común Hirundo rustica Golondrina común Jynx torquilla Torcecuello euroasiático DD Lanius excubitor Alcaudón real Lanius senator Alcaudón común NT Lullula arborea Alondra totovía Luscinia megarhynchos Ruiseñor común Melanocorypha calandra Calandria común Merops apiaster Abejaruco europeo Milvus migrans Milano negro NT Milvus milvus Milano real EN Monticola solitarius Roquero solitario Motacilla alba Lavandera blanca Motacilla cinerea Lavandera cascadeña DD Neophron percnopterus Alimoche común CR Oenanthe hispanica Collalba rubia NT Oenanthe oenanthe Collalba gris Oriolus oriolus Oropéndola Otis tarda Avutarda común VU Otus scops Autillo europeo Parus ater Carbonero garrapinos Parus caeruleus Herrerillo común EN Parus cristatus Herrerillo capuchino Parus major Carbonero común Passer domesticus Gorrión común Passer montanus Gorrión molinero Petronia petronia Gorrión chillón Phoenicurus ochruros Colirrojo tizón Phylloscopus bonelli Mosquitero papialbo Phylloscopus collybita/ibericus Mosquitero común/ibérico Phylloscopus ibericus Mosquitero ibérico Pica pica Urraca Picus viridis Pito real Pterocles orientalis Ganga ortega VU Ptyonoprogne rupestris Avión roquero Rallus aquaticus Rascón europeo Remiz pendulinus Pájaro moscón Saxicola torquatus Tarabilla común Mediotec Consultores, S.A. Página 78 de 171

83 Nombre científico Nombre común C.N.E.A. Serinus serinus Verdecillo Streptopelia decaocto Tórtola turca Streptopelia turtur Tórtola común VU Strix aluco Cárabo común Sturnus unicolor Estornino negro Sylvia atricapilla Curruca capirotada Sylvia borin Curruca mosquitera Sylvia cantillans Curruca carrasqueña Sylvia communis Curruca zarcera Sylvia conspicillata Curruca tomillera DD Sylvia hortensis Curruca mirlona Sylvia melanocephala Curruca cabecinegra DD Sylvia undata Curruca rabilarga Tachybaptus ruficollis Zampullín común Tetrax tetrax Sisón común RE Troglodytes troglodytes Chochín Turdus merula Mirlo común DD Turdus viscivorus Zorzal charlo Tyto alba Lechuza común EN Upupa epops Abubilla Tabla.- Especies potencialmente presentes de aves en el Término Municipal de La Hiniesta MAMÍFEROS Las especies que potencialmente se pueden encontrar dentro del municipio de La Hiniesta, se muestran a continuación. Nombre científico Nombre común C.N.E.A. Apodemus sylvaticus Ratón de campo LC Arvicola sapidus Rata de agua VU Canis lupus Lobo NT Capreolus capreolus Corzo LC Cervus elaphus Ciervo Ibérico LC Crocidura russula Musaraña gris LC Eliomys quercinus Lirón careto LC Erinaceus europaeus Erizo europeo LC Genetta genetta Gineta LC Lepus granatensis Liebre ibérica LC Martes foina Garduña LC Meles meles Tejón LC Microtus arvalis Topillo campesino LC Microtus cabrerae Topillo de Cabrera VU B2a+b(iii) Microtus duodecimcostatu Topillo mediterráneo LC Microtus lusitanicus Topillo lusitano LC Mus musculus Ratón casero LC Mus spretus Ratón moruno LC Mustela nivalis Comadreja LC Mustela putorius Turón NT Myotis daubentonii Murciélago ratonero ribereño LC Neomys anomalus Musgaño de Cabrera LC Oryctolagus cuniculus Conejo VU A2abde Pipistrellus pipistrellu Murciélago enano LC Mediotec Consultores, S.A. Página 79 de 171

84 Nombre científico Nombre común C.N.E.A. Pipistrellus pygmaeus Murciélago de cabrera LC Rattus norvegicus Rata parda LC Rattus rattus Rata negra LC Sus scrofa Jabalí LC Talpa occidentalis Topo ibérico LC Vulpes vulpes Zorro LC Tabla.- Especies potencialmente presentes de mamíferos en el Término Municipal de La Hiniesta Situación del lobo La población española de lobos, está constituida por unos 2000 individuos agrupados en unas 250 manadas. De estos, unas 150 manadas (el 60% de los individuos), se encuentran en el territorio de Castilla y León. Respecto a los planes de Conservación de mamíferos destacar el Plan de conservación y gestión del lobo (Canis lupus) en Castilla y León, aprobado por el Decreto 28/2008, de 3 de abril, cuyo ámbito de aplicación se extiende a toda la comunidad autónoma. En este plan se definen tres zonas de gestión en el territorio de Castilla y León, denominadas: Zona I, Zona II y Zona III, en función de la capacidad de acogida de la especie, la disponibilidad de presas y el riesgo potencial de conflictos con la ganadería extensiva. El municipio de La Hiniesta se encuentra incluido en la Zona I, caracterizada por: o Una capacidad de acogida de la especie moderada-alta. o Una disponibilidad de biomasa de presas silvestres media-baja y variable. o Un riesgo potencial de conflictos con la ganadería extensiva moderado. Los criterios de gestión que la ley establece para esta zona son los siguientes: o Mantener una densidad de lobos que permita que estas zonas sirvan de áreas de dispersión desde la Comunidad de Castilla y León a las Comunidades Autónomas limítrofes. o Limitar los daños a la ganadería a unos niveles socioeconómicamente sostenibles. o Fijar unos cupos de caza moderados. Mediotec Consultores, S.A. Página 80 de 171

85 ESPECIES CINEGÉTICAS Consultado el Anexo del Decreto 172/1998, de 3 de septiembre, por el que se declaran las especies cinegéticas de Castilla y León, y comparándolo con la lista de especies presentes en el término municipal de La Hiniesta, indicado anteriormente, las especies cinegéticas presentes en el municipio son: Especies de caza menor: o Alectoris rufa (Perdiz roja) o Anas platyrhynchos (Ánade azulón) o Columba livia/domestica (Paloma bravía/doméstica) o Columba oenas (Paloma zurita) o Columba palumbus (Paloma torcaz) o Corvus corone (Corneja) o Corvus monedula (Grajilla) o Coturnix coturnix (Codorniz común) o Fulica atra (Focha común) o Pica pica (Urraca) o Streptopelia turtur (Tórtola común) o Streptopelia decaocto (Tórtola turca) o Sturnus unicolor (Estornino negro) o Turdus viscivorus (Zorzal charlo) o Lepus granatensis (Liebre ibérica) o Oryctolagus cuniculus (Conejo) o Vulpes vulpes (Zorro) Mediotec Consultores, S.A. Página 81 de 171

86 Especies de caza mayor: o Canis lupus (Lobo) o Capreolus capreolus (Corzo) o Cervus elaphus (Ciervo ibérico) o Sus scrofa (Jabalí) La Ley 4/1996, de 12 de julio, de caza de Castilla y León, constituye el marco legislativo que regula la actividad cinegética en esta zona. Las especies cazables y comercializables, las regulaciones, las épocas hábiles de caza, así como las distintas modalidades y capturas permitidas, se determinan en la Orden Anual de Caza. El lobo como especie cinegética. En el citado Plan de conservación y gestión del lobo (Canis lupus) en Castilla y León, aprobado por el Decreto 28/2008, de 3 de abril, se regulan los cupos anuales de caza para el lobo, que en el caso de la Zona I se fija entre un 5% mínimo y un 9% máximo sobre el total de población de la comarca. ESPECIES OBJETO DE PESCA Las especies que pueden ser objeto de pesca se definen conforme a lo dispuesto en la Orden MAM/1587/2010, de 18 de noviembre, por la que se establece la Normativa Anual de Pesca de la Comunidad de Castilla y León para el año Según el servidor WMS del Mapa del Medio Natural de Castilla y León en el término municipal de La Hiniesta no hay ningún coto de pesca. Mediotec Consultores, S.A. Página 82 de 171

87 4.8. PAISAJE. El paisaje es un sistema territorial natural complejo, resultado de la integración de elementos abióticos (geomorfología, litología, clima) y bióticos (vegetación, fauna, suelos, etc), a los que se ha adaptado la explotación antrópica tradicional, modificándolo en muchos casos, creando así paisajes mixtos. Se trata de un componente del medio, un recurso natural más a tener en cuenta como receptor de alteraciones, con una capacidad de acogida de las agresiones o presiones realizadas por el hombre, determinada y limitada, debiendo ser considerado como la expresión espacial y visual del medio al realizar un estudio sobre el mismo. El paisaje de la zona es el típico de cultivo, con laderas suaves, fuertemente antropizado por la actividad agrícola que en ella se desarrolla. Globalmente podría definirse como un paisaje rural en el que se aprecian los efectos de las actuaciones del hombre con una antropización muy considerable, y en el que están presentes elementos ajenos a las que pudieron ser las características iniciales del mismo. Es frecuente la presencia de pistas y caminos, tendidos eléctricos El quejigo y la encina son las principales especies autóctonas que pueblan la zona. En la vegetación también destaca el abundante matorral compuesto fundamentalmente por la jara y brezo y masas formadas por pinar. Dentro de este ecosistema se encuentran importantes especies cinegéticas. Dentro del ámbito de estudio los puntos más relevantes desde el punto de vista paisajístico corresponden a las zonas arboladas localizadas al oeste del término municipal. UNIDADES AMBIENTALES HOMOGÉNEAS El criterio que se ha seguido para la delimitación de las unidades ambientales es el paisaje, entendido no sólo como expresión formal y visual del territorio, sino fundamentalmente como resultado de la articulación de la trama natural (relieve, litología, hidrología, fauna, vegetación) y de la trama antrópica (infraestructuras, zonas urbanas...). Estas unidades son áreas con cierta homogeneidad interna respecto a los diversos Mediotec Consultores, S.A. Página 83 de 171

88 caracteres bióticos, físicos y factores antrópicos. A continuación se definen cada una de las unidades ambientales homogéneas definidas para el municipio de La Hiniesta, y las variables ambientales más significativas. Cultivos Los cultivos predominantes en la zona son los de secano, aunque también existen algunas explotaciones agrícolas en regadío. La superficie de tierras arables dentro del municipio es muy alta, lo que le convierte en el elemento paisajístico de mayor peso. Estas zonas se encuentran ampliamente antropizadas por la acción del hombre. En esta unidad se pueden encontrar terrenos dedicados exclusivamente a la agricultura sin ningún tipo de formación vegetal arborea y cultivos con presencia de arbolado dispersos, principalmente pies aislados de Quercus ilex y Quercus faginea. Quejigares Los quejigares son la unidad paisajística más representada dentro de las formaciones arbóreas y por tanto relevantes en el conjunto de paisaje. Esta formación arborea es la más representada del municipio seguida bastante de cerca da las formaciones de pinar. Estos quejigares se caracterizan por presentar densidades variables y estado de desarrollo de latizal. Está formada principalmente por quejigo aunque acompañada en prácticamente toda la superficie por encinas y pinos piñoneros, estas últimas como especies acompañantes. Encinares Los encinares es la unidad arborea menos representada después de los quejigares y los pinares, aunque no por esto menos importante. Suelen encontrarse formando masa abiertas con presencia de pies de encina de grandes dimensiones intercaladas con manchas arbustivas. Estas características aumentan el valor paisajístico dentro de esta unidad que, a diferencia de los pinares, presentan una variedad dentro de la misma unidad en contraposición de la homogeneidad de los pinares. Mediotec Consultores, S.A. Página 84 de 171

89 Pinares Los pinares ocupan el segundo lugar en extensión dentro de las unidades arbóreas del municipio cobrando por tanto una gran importancia en el conjunto del paisaje de La Hiniesta. Son masa adulta y generalmente densa de pino piñonero en estado de fustal con algunas zonas algo más jóvenes. Debido a la diferencia entre el pino y las quercineas nombradas anteriormente, esta unidad aporta una variedad paisajista dentro de las unidades arbóreas, aumentando por tanto el valor paisajístico de esta unidad al suponer un elemento de contraste dentro de estas masas arbóreas. Matorral Formaciones vegetales generalmente de aspecto muy cerrado y que se intercalan con las masas arbóreas y las zonas formadas por herbazal, proporcionan una discontinuidad estructural del paisaje al intercalarse con las demás unidades paisajísticas. Herbazal. En las vaguadas y sustratos húmedos que forman los diferentes regatos se extienden herbazales, en ocasiones se crean zonas de transición entre los encinares, quejigares y los herbazales formando pequeñas extensiones adehesadas que no llegan a formar masas densas. Zonas urbanas En esta unidad se incluyen todas aquellas áreas edificadas, asfaltadas o carentes de vegetación por alteración del sustrato original. Corresponden principalmente a los núcleos de población, las zonas industriales y en general todas las zonas edificadas y sus proximidades. En esta unidad ambiental se ha incluido el núcleo urbano de La Hiniesta. Mediotec Consultores, S.A. Página 85 de 171

90 4.9. ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS. ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS En el término municipal de La Hiniesta no existe ningún espacio perteneciente a la Red de Espacios Naturales y por lo tanto tampoco se encuentra afectado por Planes de Ordenación de Recursos Naturales. LUGARES DE IMPORTANCIA COMUNITARIA Dentro del término municipal de La Hiniesta no se encuentra ninguna superficie catalogada como Lugar de Importancia Comunitaria (LIC). ZONAS DE ESPECIAL PROTECCION PARA LAS AVES Dentro del término municipal de La Hiniesta no se encuentra ninguna superficie catalogada como Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA). HÁBITATS DE INTERÉS COMUNITARIO Dentro del T.M. de La Hiniesta se encuentran los siguientes hábitats de interés comunitario, establecidos en el Anexo I de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los habitats naturales y de flora y fauna silvestre , Encinares de Quercus ilex y Quercus rotundifolia. Se localiza en el SO del municipio, coincidiendo como es lógico, con la zona boscosa , Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas. Se localizan dos zonas, coincidiendo con los dos arroyos principales , Brezales secos europeos. Se localiza en el SO del municipio coincidiendo con la zona boscosa , Brezales oromediterraneos endémicos. Se localiza al SE del municipio, formando dos manchas de péquelas superficie. Mediotec Consultores, S.A. Página 86 de 171

91 - 6220*, Zonas subestépicas de gramíneas y anuales. Aparece asociada a las zonas boscosas y a dos pequeñas manchas al SE del municipio. Entre los hábitats presentes en el municipio de La Hiniesta se encuentra el siguiente hábitat prioritario ( protegido en las Normas Urbanísticas bajo la categoría de Suelo Rústico con Protección Natural Espacios Protegidos (SR.PN.ep) ) * Zonas subestépicas de gramíneas y anuales (Thero- Brachypodietea). Pastizales de pequeña talla y de carácter mediterráneo, dominados por plantas anuales o en su caso de pequeñas gramíneas perennes, que pueden ocupar desde pequeños fragmentos a enormes extensiones. En ocasiones este hábitat es el único elemento con cierto grado de naturalidad que se puede encontrar en zonas intensamente transformadas por su vocación agraria. Buena parte de estos pastizales se encuentran asociados a dehesas y constituyen comunidades claramente dinámicas. En general se trata de las primeras etapas de sustitución de diferentes tipos de bosques mediterráneos, especialmente encinares, alcornocales o quejigares cubriendo también los claros de diversos tipos de matorrales. ZONAS HUMEDAS CATALOGADAS El Decreto 194/1994 de 25 de agosto, aprueba el catálogo de Zonas húmedas de Castilla y León, y establece su régimen de protección. El Decreto 125/2001 de 25 de agosto modifica el Decreto 194/1996 y aprueba la ampliación de dicho catálogo. En el municipio de La Hiniesta no se encuentra definida ninguna zona húmeda catalogada. MONTES DE UTILIDAD PÚBLICA Consultado el Catálogo de montes de Utilidad Pública de la provincia de Zamora, en el municipio de La Hiniesta no figura ningún monte catalogado como de Utilidad Pública. Mediotec Consultores, S.A. Página 87 de 171

92 ÁREAS DE IMPORTANCIA PARA LA AVES (IBAS) Estas áreas han sido designadas por Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife), y según la información disponible, se desprende que en el municipio de La Hiniesta no existe ninguna de estas áreas. COTOS DE CAZA Y PESCA Existe un Registro de Cotos de Caza de Castilla y León, creado por el Decreto 83/1998, a través del cual se desarrolla reglamentariamente el Título IV "De los terrenos", perteneciente a la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León. Además la Orden MAM/63/2006, de 18 de enero, regula el Registro de Cotos de Caza de Castilla y León. En el municipio de La Hiniesta, existen tres cotos privados de caza cuyas características más importantes se muestran en la siguiente tabla: Matrícula Superficie Constitución T.M Titular ZA /08/1972 La Hiniesta CLUB DEPORTIVO VIRGEN DE LA HINIESTA ZA /06/1973 San Pedro de la Nave-Almendra La Hiniesta JUNTA DE VECINOS DE VALDEPERDICES Za /10/1973 La hiniesta CLUB DEPORTIVO DE CAZAPALOMARES ANDAVIAS Tabla.- Cotos privados de caza en el municipio de La Hiniesta. En lo concerniente a cotos de pesca, dentro de la zona de estudio no se localiza ninguno. Mediotec Consultores, S.A. Página 88 de 171

93 4.10. INFRAESTRUCTURAS. INFRAESTRUCTURAS DE TRANSPORTE POR CARRETERA El término municipal de La Hiniesta, está atravesada por la carretera ZA-P perteneciente a la red principal. La localidad de La Hiniesta se encuentra también unidad con el municipio vecino de Roales del Pan, a través de una vía pavimentada. En la esquina nordeste del término, en muy pequeña longitud, el T.M es atravesado por la carretera nacional N-630. Indicar también la presencia en el municipio de numerosos caminos rurales. INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS La vía de ferrocarril Zamora-Orense cruza el término municipal de La Hiniesta de sur a Norte. Antiguamente algunos trenes efectuaban paradas pero en la actualidad dicha estación se encuentra totalmente abandonada. Además, está previsto que el tren de alta velocidad Madrid-Galicia atraviese el término municipal de sur a norte en su tramo Zamora-Orense. Su trazado da lugar a una barrera que divide al término, salvado por los pasos elevados para el tráfico normal y otros inferiores para mantener la comunicación de los caminos rurales. INFRAESTRUCTURAS ENERGÉTICAS El núcleo de La Hiniesta se suministra de energía eléctrica a través de las redes de media tensión de IBERDROLA. Además, el término municipal es atravesado por cuatro grandes líneas de trasporte de energía eléctrica que transcurren paralelamente de oeste a este. Las situadas en el centro son de 220 KV y las ubicadas al norte y al sur son de 400KV. Estas líneas comunican las centrales de producción de Villalcampo, Ricobayo, Castro y Aldeavila con los centros de consumo de Castilla norte siendo propiedad en la actualidad de la Red Eléctrica de España. Mediotec Consultores, S.A. Página 89 de 171

94 4.1. MEDIO SOCIOECONÓMICO POBLACIÓN. El municipio de La Hiniesta posee 33 Km 2 y está compuesto por un núcleo población: La Hiniesta. La población del municipio según los datos del INE en el año 2010 ascendía a 348 habitantes, de los cuales 172 eran hombres y 176 mujeres. La densidad de población es de 10 habitantes por kilómetro cuadrado. La evolución de la población en el municipio de La Hiniesta ha ido disminuyendo hasta el año 2008 pasando de 373 habitantes en 2003 a 332 habitantes en el 2008, momento en el cual se ha producido un aumento de las misma suponiendo un crecimiento de población del 0,9 % del 2008 al 2009 y del 3,9 % del 2009 al 2010, lo que su pone un crecimiento total del 4,8 % en los últimos dos años, como se puede observar en la tabla y grafico siguiente Año Hombres Mujeres Total Figura.- Evolución de la población en La Hiniesta. Fuente: Caja España/INE. Mediotec Consultores, S.A. Página 90 de 171

95 Respecto al movimiento natural de la población en el término municipal de La Hiniesta, se puede destacar que el crecimiento vegetativo ha sido negativo a lo largo de los últimos años, lo que indica que la mortalidad es superior a la natalidad, como se puede apreciar en la tabla y grafica siguiente. Año Nacimientos Defunciones Crecimiento vegetativo Matrimonios Figura.- Movimiento natural de la población en La Hiniesta. Fuente: Caja España/INE. En lo que se refiere a los movimientos migratorios, estos corresponden a migraciones interiores. Dentro de estas migraciones interiores entre los años 2005 y 2007 la mayoría correspondía con emigraciones, lo que quiere decir que parte de la población cambia su residencia a otro lugar dentro del país. A partir del año 2008 hay un cambio en estas migraciones reduciéndose las emigraciones y produciéndose un aumento considerable de las inmigraciones, de aquí que aun produciéndose un crecimiento vegetativo negativo en estos últimos años la población en el municipio de La Hiniesta ha experimentado un crecimiento considerable. En resumen se va menos gente y viene más gente atraída por precios más baratos de los ofertados en Zamora y la posibilidad de disponer de una zona verde o jardín. Mediotec Consultores, S.A. Página 91 de 171

96 Migraciones interiores Año Saldo Inmigraciones Emigraciones Figura.- Variaciones residenciales en La Hiniesta. Fuente: Caja España/INE. En cuanto a la estructura de la población y según los datos del Padrón del año 2010, el número de mujeres en el municipio es superior al de hombres, especialmente en la franja de edad comprendida entre los 79 y los 84 años, si bien la población femenina sufre fluctuaciones significativas a lo largo de todos los rangos de edades. De esta forma, los nacimientos femeninos los 4 últimos años han sido menores a los nacimientos masculinos. Mediotec Consultores, S.A. Página 92 de 171

97 Se trata de una población donde la tasa de envejecimiento y la tasa de dependencia son superiores a la media nacional. TASAS DEMOGRAFICAS (%) Municipio Comunidad España Dependencia 55,4 52,6 46,2 Envejecimiento 29,6 22,6 16,9 Maternidad 11,7 17,6 21 Tendencia ,7 106,4 Remplazo 97,5 100,1 120,6 Tabla.- Estructura de la población en La Hiniesta. Fuente: Caja España/INE ECONOMÍA Y EMPLEO Respecto a los trabajadores por sector de actividad, el sector agricultura ocupa a la mayor parte de la población (42,6%), aunque no se constata la presencia de empresas relacionadas con este sector dentro del propio término municipal de La Hiniesta. Algo por detrás, se encuentra el sector servicios (34% de trabajadores), y de la construcción (17%). Muy por detrás se sitúa en último lugar el sector industria con tan solo el 6,4 % de los trabajadores ocupados en este sector. Si se tienen en cuenta las empresas por sector de actividad presentes en el T.M destaca en primer lugar los Servicios con un 57% de las empresas, seguido de la construcción y la industria con 28,6% y 14,3% respectivamente. Como ya se ha comentado antes el sector de la agricultura no presenta ninguna empresa dentro del término municipal a pesar del ser el sector que mayor número de trabajadores tiene ocupados. Mediotec Consultores, S.A. Página 93 de 171

98 Figura.- Trabajadores y empresas por sector de actividad en La Hiniesta. Fuente: Caja España /MTAS. Su cercanía con al capital, así como la presencia de un Bien Catalogado de Interés Cultural (Iglesia de Santa María), así como el paso de la Vía de la Plata, deben de servir como importante apoyo turístico a la localidad, que sin embargo en la actualidad no dispone de una infraestructura suficiente como para atender la posible demanda de visitantes, dado su tradicional carácter meramente agrícola, aunque su cercanía con la capital puede favorecer de manera notable la visita de interesados en el patrimonio cultural. Actualmente el municipio de La Hiniesta no cuenta con ningún hotel, apartamento, restaurante, bar o cafetería que puedan atender la demanda turística del municipio. Respecto al paro registrado a 31 de marzo de 2010, la cifra 15,2% es superior que la provincial y la estatal. La tendencia de esta cifra a lo largo de los años ha sido muy variable, tal y como se recoge en la siguiente figura. Figura.- Paro en el municipio de La Hiniesta. Fuente: Caja España/INEM/MTAS/TGSS. Mediotec Consultores, S.A. Página 94 de 171

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