El Sistema de Pensiones y Jubilaciones de la Universidad de Guadalajara
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- María del Pilar Torregrosa Parra
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1 El Sistema de Pensiones y Jubilaciones de la Universidad de Guadalajara
2 I. Antecedentes De acuerdo con la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, artículos 22, 23 y 25: Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. Lo anterior en nuestro país quedó establecido como derecho en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 123, fracción XXIX: Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicio de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares.
3 I. Antecedentes Si bien la seguridad social es un derecho de los trabajadores, con el paso del tiempo se ha dificultado su cumplimiento, principalmente por: Los decrementos de las tasas de natalidad. El aumento de la expectativa de vida de los individuos. Este fenómeno, que inició en países desarrollados en el siglo XIX y en los países en desarrollo de manera más reciente, ha traído consecuencias importantes en la viabilidad financiera de los sistemas de pensiones y jubilaciones, situación que no ha sido ajena a los sistemas pensionarios universitarios.
4 I. Antecedentes En 2001, la Secretaría de Educación Pública (SEP) y la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES) conformaron una comisión para asesorar a las Universidades Públicas de Educación Superior (UPES), en el diseño de estrategias sobre su sistema de pensiones y jubilaciones. El objetivo era sentar las bases de regímenes pensionarios sustentables, así como abatir totalmente los pasivos contingentes derivados de éstos, con el propósito de no poner en riesgo las funciones sustantivas de las instituciones educativas. Con base en lo anterior, la Universidad de Guadalajara se dio a la tarea de analizar diferentes alternativas de solución a la problemática financiera que representaba su sistema de pensiones y jubilaciones, la cual en ese momento, diciembre 2002, se resumía así:
5 II. Situación del régimen de pensiones antes de la reforma* Total de trabajadores de la Universidad de Guadalajara 18,231 Total de jubilados 1,573 Costo anual aproximado de la nómina de jubilados 237 millones Porcentaje que representaba de la nómina de trabajadores en activo 9.31% Trabajadores que según estudio actuarial lograrían jubilarse en 10 años. 5,196 Relación trabajadores activos jubilados 12 a 1 Relación trabajadores activos jubilados (dentro de 10 años) 3 a 1 Promedio de edad de jubilación Promedio de permanencia en el régimen de pensiones (esperanza de vida: 75 años) Pensiones a las que tenía acceso el universitario 55 años 20 años UdeG y IMSS Requisitos solicitados para acceder a la pensión universitaria Cuantía de la pensión promedio por jubilado (calculado sobre su último salario integrado como activo) Antigüedad laboral de 30 años, sin importar edad biológica. 12,588 Con estos indicadores, el periodo de suficiencia del Régimen de Pensiones de la Universidad de Guadalajara llegaba apenas a 2004.
6 Relación entre presupuesto UdeG (2003) y pasivo contingente de todas las generaciones de trabajadores (millones de pesos) En 2013, El pasivo contingente total significaba poco más de veces el presupuesto total de la Universidad de Guadalajara $61,64 $4,55 Presupuesto UdeG 2013 Pasivo contingente, generaciones actuales y futuras
7 III. El proceso de reforma A partir del acuerdo entre la Universidad de Guadalajara y los Sindicatos, con sustento en los estudios actuariales y con el fin de resolver el problema de las pensiones y jubilaciones de la Casa de Estudios, el Consejo General Universitario aprobó establecer un marco jurídico que permitiera contar con un sistema de seguridad social propio que garantizara pensiones superiores a las establecidas en la Ley del Seguro Social. La institución optó por mantener sólo la pensión universitaria, modificando su régimen y estableciendo porcentajes de aportaciones (universidad y trabajadores) y beneficios sobre el salario integrado.
8 IV. Sustento jurídico Para concretar la reforma, se llevaron a cabo las siguientes acciones: El Congreso del Estado en sesión del 17 de diciembre de 2002, aprobó el Decreto No que reformó la Ley Orgánica, en lo relativo a las pensiones y jubilaciones de los trabajadores de la Universidad de Guadalajara. El Consejo General Universitario el 29 de marzo del 2003 autorizó el dictamen No. 11/2003/314 que aprobó las Bases para operar el Régimen de Pensiones, Jubilaciones y Prestaciones de Seguridad social de la Universidad de Guadalajara. El 31 de marzo del 2003 la UdeG y sus Sindicatos (STAUdeG Y SUTUdeG) celebraron convenios, los cuales forman parte de los Contratos Colectivos de Trabajo, para la creación y regulación del Régimen de Pensiones, Jubilaciones y Prestaciones de Seguridad Social de la UdeG.
9 IV. Sustento jurídico La Universidad de Guadalajara incorporó a sus trabajadores Académicos, y Administrativos, en la continuación voluntaria del régimen obligatorio (modalidad 38) de conformidad al artículo 222, fracción d) de la Ley del Seguro Social, a través de la cual se les otorgan los servicios de salud, en sus diversas ramas toda vez que la Universidad otorga todas las prestaciones relativas a pensiones y jubilaciones. Los trabajadores directivos fueron incorporados al Régimen Obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social (Mod.10, la cual otorga los servicios tanto de salud como pensiones en sus diversas modalidades).
10 V. La pensión universitaria después de la reforma Se estableció un régimen de aportaciones al fondo de pensiones de 3.00%, tanto para trabajadores como para la institución, con incrementos anuales de 1.00% hasta llegar a 10.00% de manera estable. Los trabajadores que ingresan a laborar a la institución después de la entrada en vigor del nuevo régimen pensionario aportan el 10% de su salario al fondo de pensiones. El personal que se jubila a partir del nuevo esquema, aporta el 10% de la cuantía de su pensión). El requisito para tener el derecho a la pensión por años de servicio es de 65 años de edad y mínimo 35 años de aportación al fondo para las nuevas generaciones.
11 V. La pensión universitaria después de la reforma Para los trabajadores vigentes al 2003, se diseñó un período de transición. Tabla de incremento gradual de la edad de jubilación Año en el que el trabajador cumple 30 años de servicio Años de servicio que deberá reunir Edad biológica requerida No aplica
12 V. La pensión universitaria después de la reforma Se eliminó la doble pensión (IMSS y UdeG). Los directivos no tienen la posibilidad de obtener una jubilación por ese cargo. El monto de la cuantía de la pensión se calcula con base en un salario regulador (promedio del salario integrado en las categorías tabulares de los últimos 5 años anteriores al ejercicio del derecho de la pensión, aplicando en su caso el tabulador vigente en el año de la jubilación). La pensión tiene un carácter dinámico (se actualiza con los incrementos salariales del personal en activo).
13 V. La pensión universitaria después de la reforma Se constituyó un fondo de pensiones administrado a través de un Fideicomiso irrevocable, que contó con una aportación inicial de parte de la Universidad de Guadalajara por $470 millones de pesos. El patrimonio de pensiones constituido en el Fideicomiso no se afectó durante los primeros diez años de operación, la Universidad cubrió la nómina de jubilados que se generó por ese lapso, y a partir del mes de diciembre del a 2013 comenzó a pagar las pensiones con recursos provenientes de este fondo. Los trabajadores que concluyen su relación laboral con la institución sin derecho a una pensión o jubilación pueden retirar sus aportaciones o transferirlas a la administradora de fondos para el retiro que ellos elijan.
14 VI. Pensiones y jubilaciones contempladas en el Régimen Pensionario Pensión por jubilación. Pensión por retiro anticipado por vejez. Pensión por retiro anticipado por edad avanzada. Pensión por incapacidad permanente total por riesgo de trabajo. Pensión por incapacidad parcial por riesgo de trabajo. Pensión por invalidez total o parcial. Pensión por viudez, orfandad y ascendencia por riesgo de trabajo o enfermedad de trabajo. Pensión por viudez, orfandad y ascendencia por invalidez, jubilación, retiro anticipado por vejez y edad avanzada.
15 VII. Comportamiento del pasivo contingente y el ahorro fiscal generado por la reforma (millones de pesos) Gracias a la reforma, al 2015 la Universidad genera un ahorro fiscal de 153 mil millones de pesos, pues en lugar de tener un pasivo contingente de 197 mil millones, éste es de 43 mil millones de pesos Fuente: Estudio Actuarial Dic Con Reforma Sin Reforma Ahorro Fiscal
16 VIII. Saldo histórico del Fideicomiso Pensionario Desde su constitución, el fondo del Fideicomiso Pensionario crece constantemente. A partir de diciembre de 2013 comenzó a absorber el costo de las jubilaciones
17 IX. Desempeño Financiero del Fideicomiso del Régimen de Pensiones y Jubilaciones de la Universidad de Guadalajara Subcuentas Total Capital semilla 1,017,302, Al 31 de marzo de 2016, el saldo del Fideicomiso de Pensiones y Jubilaciones asciende a 11 mil 46 millones de pesos. Aportaciones de trabajadores 3,792,839, Aportaciones de la UdeG 3,792,839, Aportación federal 965,840, Aportación Jubilados 738,959, Aportación UdeG Jubilados 738,959, Total general Fideicomiso 11,046,740, *Cada una de las subcuentas incluye capital e intereses
18 X. Viabilidad del nuevo Régimen Pensionario % 5% Con una tasa de interés del 5%, el Régimen Pensionario es viable hasta Con una tasa de 3.5%, es viable hasta Fuente: Estudio Actuarial Dic. 2015
19 XI. Consideraciones y propuestas Tanto a nivel nacional como internacional, es difícil encontrar sistemas de pensiones que cuenten con viabilidad financiera perenne, debido a que las reformas generalmente sólo resuelven los problemas de manera temporal o parcial. Por ello es que los sistemas pensionarios, de manera permanente, deben darse a la tarea de buscar opciones que den mayor certeza y viabilidad en el tiempo a sus esquemas de seguridad social. La Universidad de Guadalajara no es la excepción. Si bien las medidas financieras tomadas han beneficiado al sistema pensionario universitario, existen factores que deben tomarse en cuenta para convenios futuros.
20 XI. Consideraciones y propuestas En actitud responsable, la Universidad analiza diversas medidas que permitan generar mayor viabilidad del sistema pensionario en el tiempo, lo cual dará certidumbre a los trabajadores universitarios y sus familias, entre otras: Diversificar los esquemas de inversión, cuidando siempre la seguridad y la exposición al riesgo. Otorgar préstamos con base en los recursos del fondo de pensiones a los trabajadores universitarios, o algún otro proyecto productivo que ofrezca mayor retorno financiero y seguridad al capital invertido. Incrementar las aportaciones para trabajadores de nuevo ingreso. Incrementar las aportaciones (en menor proporción) para los trabajadores vigentes y la Universidad. Establecer programas que incentiven y motiven la permanencia laboral de los trabajadores.
21 XI. Consideraciones y propuestas Asimismo, es importante que continúe la asignación de recursos por medio del Fondo de Apoyo para Reformas Estructurales de las Universidades Públicas Estatales, lo cual representa un incentivo para nuevas y más profundas reformas, creando conciencia en las generaciones de trabajadores actuales sobre la problemática existente para que sean sensibles a incrementar sus aportaciones.
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