P R O G R A M A D E P R E S T A C I O N E S A D I C I O N A L E S A F I L I A D O S P E N S I O N A D O S A Ñ O 2015

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1 P R O G R A M A D E P R E S T A C I O N E S A D I C I O N A L E S A F I L I A D O S P E N S I O N A D O S A Ñ O 2015 Aprobado en sesión de Directorio N 757, ordinaria de Modificado en sesión de Directorio N 760, ordinaria, de 30 de Marzo de

2 INTRODUCCION El presente documento tiene por finalidad establecer el programa de prestaciones adicionales que otorgará Los Héroes a sus afiliados pensionados durante el año 2015, conforme a las normas legales y reglamentarias vigentes sobre la materia En la primera parte, se indican las bases generales consideradas para el desarrollo del programa y se analizan los aspectos de mayor interés relacionados con el mismo. En la segunda, se efectúa una definición de cada una de las prestaciones y, además, se indican los montos, requisitos, plazos y documentación que se requiere en cada caso. 1

3 BASES DE DESARROLLO Las prestaciones adicionales que otorgará Los Héroes a sus Pensionados durante el año 2015, conforme al Régimen de Prestaciones Adicionales establecido en la Ley , reglamentado por Decreto Supremo Nº 94 de 1978, y en el artículo 16 de la Ley Nº , estarán sujetas a las disposiciones contenidas en dichos textos normativos, a las que contempla el texto refundido del Reglamento Interno del Régimen, vigente desde el 01 de Octubre de 2013 y al presente Programa. 2

4 1. PRESTACIONES En el curso del año 2015, se considera otorgar los siguientes beneficios: P R E S T A C I O N M O N T O valor unitario 1. Bono de Nupcialidad $ Bono Bodas de Plata $ Bono Bodas de Oro $ Bono de Natalidad $ Asignación Capacitación Pensionado Nivel Básico $ Asignación Capacitación Pensionado Nivel Medio $ Asignación Matrícula Estudios Profesionales Pensionado (Anual) $ Asignación Matrícula Estudios Profesionales Carga Familiar (Anual) $ Estímulo Enseñanza Básica (7-8 ) y Media para Pensionados $ Estímulo Enseñanza Básica (7-8 ) y Media para Cargas Familiares $ Estímulo Carga Familiar Mejor Egresado Carrera Universitaria $ Atención Dental 11. Servicio de Orientación y Asesoría en Materia Habitacional 12. Cobertura Familiar Integral 13. Beneficios de Salud 14. Convenios Educacionales 15. Prestaciones y Convenios Recreacionales, Culturales, Comerciales y otros 16. Llamadas de acompañamiento 17. Premio 2% crédito social colocados hasta 31 Enero Crédito Los Héroes sin interés $ Recaudación Servicios Básicos y Recargas 20. Auxilio Social Financiero 21. Auxilio Contingencia Financiera 22. Ayuda Financiera Reprogramación Especial 23. Intermediación Financiera Hipotecaria Los afiliados y sus respectivas cargas debidamente acreditadas, cada uno de ellos por separado, podrán acceder sólo a uno de los beneficios educacionales tipificados en la tabla precedente de este documento, ya que éstos son excluyentes entre sí. Asimismo, sólo se otorgará un beneficio de naturaleza educacional, aun cuando un beneficiario o causante pudiere devengar más de una prestación, por realizar estudios paralelos en más de una institución o por seguir más de un curso escolar o carrera profesional. Son incompatibles entre sí los beneficios previstos en los puntos 20, 21 y 22, de modo que si un pensionado pudiere acceder a más de uno de ellos, necesariamente deberá optar por el que estime conveniente. Asimismo, si un pensionado accediere a una de dichas 3

5 prestaciones, no podrá postular nuevamente a alguna de ellas en función del mismo crédito que fue considerado para otorgarle el beneficio. Cabe señalar que los plazos y requisitos para solicitar y cobrar los diversos beneficios que se indican más adelante, pueden ser ampliados y/o exceptuados por la Gerencia General o por quien reciba delegación en esta materia, ante causas justificadas invocadas por los solicitantes. Como regla general, se establece un plazo de caducidad de 90 días para presentar a cobro un beneficio, contado desde la fecha de la contingencia que lo motiva, y de 30 días para cobrarlo efectivamente, contado desde el día en que se hubiere cursado favorablemente una prestación; transcurrido que sea el primer plazo, sin haberse presentado la solicitud, o el segundo, sin haberse cobrado la prestación, se perderá el derecho al beneficio. Se exceptúan de lo anterior aquellas prestaciones respecto de las cuales se establezcan plazos de presentación o de cobro diferentes. En todo caso, no tendrán derecho a las prestaciones adicionales, aquellos pensionados que al momento de impetrar un beneficio no tuvieren la calidad de afiliados a Los Héroes, ya que este último es un requisito general para acceder a todas las prestaciones. 4

6 I. PRESTACIONES ADICIONALES De acuerdo a sus características, las prestaciones contempladas en el presente programa son, por una parte, en dinero, no sujetas a restitución y, por otra parte, se contempla un presupuesto para prestaciones y servicios, bonificados o no bonificados por Los Héroes, que se entregarán mediante convenios pactados con terceros proveedores, incluyendo eventos, actividades culturales, deportivas, turísticas y recreativas, atenciones de salud, servicios educacionales, servicios de pago de cuentas, servicios financieros y otros. La descripción, montos y requisitos de cada una de las prestaciones consideradas, son los que se señalan a continuación. Los beneficios que tengan cupos limitados se entregarán a quienes cumplan los requisitos establecidos conforme al orden de presentación de sus solicitudes, hasta su agotamiento; en caso de que existan dos o más solicitudes de la misma fecha y ellas no alcancen a ser cubiertas con las disponibilidades presupuestarias, los beneficios se asignarán por sorteo. Por otra parte, si se produjere empate entre dos o más solicitudes que deban ser presentadas dentro de un término establecido (por ejemplo, dentro de los 4 primeros meses de cada año) y se tratare de prestaciones con cupos limitados, que deban ser asignadas en función de características de mérito, su distribución definitiva también se hará por sorteo. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad que se confiere al Gerente General para reasignar internamente el presupuesto entre las prestaciones contempladas en este Programa, o de la modificación presupuestaria que podrá aprobar el Directorio. 5

7 1. BONO DE NUPCIALIDAD El Bono de Nupcialidad consistirá en el otorgamiento de una ayuda económica de monto único, que se pagará por una vez al afiliado pensionado, cuando éste contraiga matrimonio. En forma alternativa el afiliado podrá optar, en reemplazo del Bono otorgado en dinero, por una permanencia de cinco días en las cabañas habilitadas en los Parques Los Héroes - San José de Maipo, La Huayca, San Juan, La Herradura, Parque Chillán y Llanquihue-, caso en el cual los gastos derivados del traslado y la alimentación serán de cargo del propio beneficiario. Esta opción podrá hacerse efectiva entre los meses de Marzo y Diciembre de cada año, de Lunes a Jueves. No se podrá otorgar este beneficio cuando existan días feriados en el período solicitado. En caso que ambos contrayentes sean afiliados de Los Héroes, cada uno tendrá derecho a percibir el Bono de Nupcialidad correspondiente, o a optar por el uso de cabañas. El Bono de Nupcialidad tendrá un monto único de $ Para solicitar el Bono de Nupcialidad será necesario que el afiliado cumpla con ser pensionado afiliado a Los Héroes a la fecha de la celebración del matrimonio. El beneficio deberá ser solicitado dentro de los 90 días contados desde la fecha de celebración del matrimonio, adjuntando el correspondiente Certificado de Inscripción o de Registro de Matrimonio. 6

8 2. BONOS BODAS DE PLATA Y BODAS DE ORO Descripción de los Beneficios. Los Bonos por Bodas de Plata y por Bodas de Oro consistirán en el otorgamiento de una ayuda económica de monto único, que se pagará al pensionado cuando cumpla 25 y 50 años de matrimonio, respectivamente, contados desde la fecha de las nupcias. En forma alternativa el afiliado podrá optar, en reemplazo del Bono otorgado en dinero, por una permanencia de cinco días en las cabañas habilitadas en los Parques Los Héroes - San José de Maipo, La Huayca, San Juan, La Herradura, Parque Chillán y Llanquihuecaso en el cual los gastos derivados del traslado y la alimentación serán de cargo del propio beneficiario. Esta opción podrá hacerse efectiva entre los meses de Marzo y Diciembre de cada año. En caso que ambos cónyuges sean pensionados afiliados de Los Héroes, cada uno tendrá derecho a percibir los Bonos, según corresponda. Por lo tanto, cada uno de ellos podrá optar por la ayuda económica o por el uso de cabañas. Monto de los Beneficios. El Bono por Bodas de Plata tendrá un monto único de $ El Bono por Bodas de Oro tendrá un monto único de $ Para solicitar los Bonos será necesario que el afiliado reúna los siguientes requisitos: Bodas de Plata Ser pensionado afiliado a Los Héroes a la fecha de cumplir 25 años de matrimonio, o que al adquirir la calidad de tal no hubieren transcurrido más de 90 días, contados desde la fecha en que se cumplió dicho evento. Bodas de Oro Ser pensionado afiliado a Los Héroes a la fecha de cumplir 50 años de matrimonio, o que al adquirir la calidad de tal no hubieren transcurrido más de 90 días, contados desde la fecha en que se cumplió dicho evento. Plazo y Documentación a Presentar. Los Bonos por concepto de Bodas de Plata y Bodas de Oro deberán ser solicitados dentro de los 90 días contados desde la fecha en que los cónyuges hubieran cumplido 25 y 50 años de matrimonio, respectivamente, adjuntando el correspondiente Certificado de Matrimonio. 7

9 3. BONO DE NATALIDAD El Bono de Natalidad consistirá en el otorgamiento de una ayuda económica de monto único, que se pagará al pensionado afiliado con ocasión del nacimiento de un hijo. La prestación podrá otorgarse anticipadamente, después de cumplido el séptimo mes de embarazo. El Bono de Natalidad tendrá un monto único de $ por el nacimiento de cada hijo. Para solicitar el Bono de Natalidad será necesario que el pensionado cumpla con ser afiliado a Los Héroes, a la fecha del nacimiento del hijo o del cumplimiento del séptimo mes de embarazo. Plazo y Documentación a Presentar. El beneficio deberá ser solicitado entre la fecha de cumplimiento del séptimo mes de embarazo y hasta 120 días después del nacimiento del hijo, adjuntando, según el caso, la siguiente documentación: Si el beneficiario es la madre, deberá presentar certificado del séptimo mes de embarazo o certificado de nacimiento. Si el beneficiario es el padre deberá presentar el certificado de nacimiento del hijo. En caso de presentar el certificado del séptimo mes de embarazo deberá adicionar el certificado de matrimonio correspondiente. En caso que los dos cónyuges sean afiliados a los Héroes, ambos podrán solicitar el Bono de Natalidad. 8

10 4. ASIGNACION CAPACITACION PENSIONADO NIVEL BASICO La Asignación Capacitación Pensionado Nivel Básico, consistirá en el otorgamiento de una ayuda económica de monto único, que se pagará al pensionado afiliado cuando éste siga cursos de capacitación laboral de una duración no inferior a 60 horas de clase en establecimientos del Estado o reconocidos por éste, o en entidades debidamente calificadas por la Institución, excluidos cursos de enseñanza básica y media. El pensionado podrá solicitar dentro del año hasta tres asignaciones de capacitación de nivel básico, siempre que acredite haber aprobado el curso anterior. La Asignación Capacitación Pensionado Nivel Básico, tendrá un monto único de $ Para solicitar el beneficio, será necesario que el pensionado sea afiliado a Los Héroes a la fecha de la matrícula. Plazo y Documentación a Presentar. El beneficio deberá ser solicitado dentro de los 90 días contados desde la fecha de iniciación del curso, adjuntando un certificado que acredite la inscripción del pensionado. 9

11 5. ASIGNACIÓN CAPACITACIÓN PENSIONADO NIVEL MEDIO La Asignación Capacitación Pensionado Nivel Medio, consistirá en el otorgamiento de una ayuda económica de monto único que se pagará al pensionado afiliado cuando éste siga cursos de capacitación laboral en establecimientos del Estado o reconocidos por éste, o en entidades debidamente calificadas por la Institución, de una duración de a lo menos un semestre y con un mínimo de 180 horas académicas, excluidos cursos de enseñanza básica y media. El pensionado podrá solicitar dentro del año hasta dos asignaciones de capacitación de nivel medio, siempre que acredite haber aprobado el curso anterior. Si la duración del curso que da derecho a la prestación es superior a un semestre, se le cancelarán hasta dos semestres en el año por el mismo curso. La Asignación Capacitación Pensionado Nivel Medio, tendrá un monto único de $ por curso o semestre. Para solicitar el beneficio, será necesario que el pensionado sea afiliado a Los Héroes, a la fecha de la matrícula. Plazo y Documentación a Presentar. El plazo para solicitar el beneficio vence el último día hábil de los meses de Junio y Diciembre para los cursos del primer y segundo semestre, respectivamente. Deberá adjuntarse un certificado emitido por el establecimiento respectivo que acredite la inscripción del pensionado. 10

12 6. ASIGNACION MATRICULA ESTUDIOS PROFESIONALES PENSIONADO La Asignación Matrícula Estudios Profesionales Pensionado, consistirá en una ayuda económica de monto único que se pagará al pensionado cuando éste siga cursos regulares en carreras de nivel profesional en alguna Universidad, Instituto Profesional o Centro de Formación Técnica del país, cuya duración no sea inferior a 5 semestres. La Asignación Estudios Profesionales Pensionado, tendrá un monto de $ que se pagará en dos cuotas semestrales de $ cada una. En caso de ser una carrera anual, se pagará el total del beneficio. Para solicitar el beneficio, será necesario que el pensionado esté afiliado a Los Héroes, a la fecha de la matrícula. Plazo y Documentación a Presentar. El plazo para solicitar el beneficio vence el último día hábil de los meses de Junio y Diciembre para los cursos del primer y segundo semestre, respectivamente. En caso de ser una carrera anual, el plazo se extinguirá el último día hábil de Diciembre. Deberá adjuntarse un certificado emitido por el establecimiento respectivo que acredite la matrícula del pensionado. 11

13 7. ASIGNACION MATRICULA ESTUDIOS PROFESIONALES CARGA FAMILIAR La Asignación Matrícula Estudios Profesionales Carga Familiar, consistirá en el otorgamiento de una ayuda económica de monto único que se pagará al pensionado por cada carga familiar acreditada como tal ante la entidad pagadora de pensiones, que curse estudios regulares en carreras de nivel profesional en cualquier Universidad o Instituto Profesional del país, cuya duración no sea inferior a seis semestres. La Asignación Matrícula Estudios Profesionales Carga Familiar, tendrá un monto de $ y se pagará en dos cuotas semestrales de $ cada una. En caso de ser una carrera anual, se pagará el total del beneficio. Para solicitar el beneficio, será necesario cumplir con los siguientes requisitos: Ser pensionado afiliado a Los Héroes a la fecha de la Matrícula. Encontrarse el estudiante acreditado como carga familiar del pensionado ante la respectiva entidad pagadora de pensiones. Plazo y Documentación a Presentar. El beneficio podrá ser solicitado hasta el último día hábil de los meses de Junio y Diciembre, según se trate del primer y segundo semestre. En caso de ser una carrera anual, el plazo se extinguirá el último día hábil de Diciembre. Deberá adjuntarse un certificado emitido por el establecimiento respectivo que acredite la matrícula del alumno y un certificado o resolución de carga familiar emitido por la entidad pagadora de pensiones que acredite que es carga familiar del pensionado. 12

14 8. ESTIMULO ENSEÑANZA BASICA (7-8 ) Y MEDIA PARA PENSIONADOS Y CARGAS El Estímulo de Enseñanza Básica (7-8 ) y Media consistirá en una ayuda económica de monto único, cuyo objetivo es premiar la capacidad de superación y el rendimiento escolar de aquellos pensionados afiliados y cargas que sigan cursos regulares en la enseñanza básica y media en establecimientos del Estado o reconocidos por éste. De acuerdo al programa se ha definido otorgar en el presente año un número determinado, a nivel nacional, de beneficios de este tipo para pensionados que cursen séptimo u octavo año de enseñanza básica o alguno de los niveles de enseñanza media y de un número determinado beneficios para cargas de pensionados que cursen séptimo u octavo año de enseñanza básica o alguno de los niveles de enseñanza media. Su otorgamiento se efectuará previo un proceso de postulación y selección de los pensionados y cargas que cumplan con los requisitos establecidos al efecto. El Estímulo de Enseñanza Básica (7-8 ) y Media tendrá un monto de $ para pensionados y de $ para las cargas familiares. Se pagará un solo estímulo, aun cuando el beneficiario hubiere cursado simultáneamente más de un nivel en el mismo año escolar. Para postular al beneficio, se deberá reunir los siguientes requisitos: Pensionado. Ser pensionado afiliado a Los Héroes a la fecha de la solicitud del beneficio. Haber cursado sus estudios en un establecimiento educacional del Estado o reconocido por éste que imparta enseñanza básica o media para adultos. Haber aprobado, como mínimo, con un promedio de notas 6,6 el año escolar inmediatamente anterior a aquél de su postulación. 13

15 Cargas. Ser causante de asignación familiar del pensionado afiliado a Los Héroes y estar acreditado como tal ante la entidad pagadora de pensiones a la fecha de la solicitud del beneficio. Haber cursado sus estudios en un establecimiento educacional del Estado o reconocido por éste que imparta enseñanza básica o media. Haber aprobado, como mínimo, con un promedio de notas 6,6 el año escolar inmediatamente anterior a aquél de su postulación. Plazo y Documentación a Presentar. El plazo para postular al beneficio se inicia el 02 de febrero de 2015 y vence el 30 de abril de Deberá adjuntarse un certificado emitido por el establecimiento respectivo en que se indique el promedio de notas obtenido por el alumno en el año inmediatamente anterior. Asimismo, deberá presentarse la resolución de autorización de cargas familiares emitida por la entidad pagadora de pensiones o un certificado donde se acredite la calidad de tal, cuando corresponda. 14

16 9. ESTIMULO CARGA FAMILIAR MEJOR EGRESADO CARRERA PROFESIONAL El Estímulo Carga Familiar Mejor Egresado Carrera Profesional, consistirá en una ayuda económica de monto único, cuyo objetivo es premiar a un número determinado alumnos que tengan la calidad de carga familiar de un pensionado afiliado, que hubieren logrado el mejor rendimiento dentro del total de egresados de su promoción, cuando éste haya seguido cursos regulares en una Universidad o Instituto Profesional del país, de una duración curricular no inferior a seis semestres. El Estímulo Carga Familiar Mejor Egresado Carrera Profesional, tendrá un monto único de $ Para postular al beneficio será necesario cumplir con los siguientes requisitos: El beneficiario deberá ser pensionado afiliado a Los Héroes a la fecha en que se postule al beneficio La carga familiar deberá ser causante de asignación familiar reconocido ante la entidad pagadora de pensiones, o haberlo sido hasta el 31 de Diciembre del año anterior, si tiene más de 24 años. Presentar la última liquidación de pensión del afiliado pensionado. Plazo y Documentación a Presentar. El plazo para postular al beneficio es hasta el 30 de Abril de Deberá presentarse la solicitud respectiva, acompañada con un certificado emitido por la Universidad o Instituto Profesional en que se acredite haber obtenido el primer lugar como egresado de la carrera correspondiente a su promoción dentro del año Además, un certificado emitido por la entidad pagadora de pensiones que acredite la calidad de causante de asignación familiar del pensionado. 15

17 10. ATENCION DENTAL La Atención Dental consistirá en brindar a los pensionados afiliados y a su grupo familiar la posibilidad de cubrir sus necesidades en materia de salud odontológica mediante los profesionales o centros dentales con quienes Los Héroes tenga suscrito un convenio La Atención Dental se otorgará de modo que su prestación resulte substancialmente inferior al arancel sugerido por el Colegio de Dentistas de Chile A.G. El pensionado afiliado convendrá directamente con el profesional los honorarios, los que deberán enmarcarse en los contemplados en el arancel pactado con Los Héroes en el respectivo convenio. Para solicitar el beneficio, será necesario que el pensionado sea afiliado a Los Héroes. 16

18 11. SERVICIO DE ORIENTACION Y ASESORIA EN MATERIA HABITACIONAL Este beneficio consistirá en orientar y asesorar a los interesados con el objeto de adquirir una vivienda, para cuyo efecto se proporcionará información específica respecto de las distintas alternativas de financiamiento para acceder a la casa propia, de acuerdo a las características individuales de cada uno. Además se entregará información y se prestará asesoría en la tramitación de postulaciones a beneficios que puedan asistirles para la consecución de dicho objetivo, como asimismo, se ofrecerá la preparación de las carpetas de documentación requerida en cada caso, y se facilitarán otras gestiones tendientes al logro propuesto. En materia de subsidio habitacional, se asesorará para la obtención de aquel contemplado en la ley Nº , o se propondrá un plan de ahorro para la obtención del subsidio tradicional, según convenga al interesado. En otro orden, se intentará celebrar convenios con distintas entidades del sector inmobiliario, de modo de poder ofrecer, a los afiliados y ahorrantes, distintas opciones ajustadas a sus particulares posibilidades. Se procurará que estos convenios contengan cláusulas que representen un tratamiento especial, tales como descuentos en cuotas de inscripción, en gastos operacionales, en el precio u otros, o la prestación de servicios relacionados con la postulación. Los pensionados afiliados que lo soliciten tendrán como beneficio una asesoría en estas materias, en principio gratuita, para recibir orientación en la búsqueda de solución a su problema habitacional, la que se prestará con personal calificado de la Caja o personal capacitado de entidades en convenio con Los Héroes. Cuando el interesado lo requiera se le otorgará una asesoría completa para obtener su vivienda, otorgándole un servicio integral en la materia, la que se le proporcionará en condiciones de precio inferiores a lo cobrado por otras entidades del mercado, atendiendo a los costos administrativos que dichas gestiones representen. Además, en los convenios que se celebren con otras entidades, el afiliado o ahorrante se beneficiará con la obtención de descuentos por distintos conceptos tales como, costos de reserva, gastos operacionales, precios u otros. 17

19 Adicionalmente y como un beneficio general, Los Héroes informará a los afiliados a través de circulares, folletos y por otros medios, acerca de distintas ofertas habitacionales y de financiamiento existentes, conforme a los antecedentes y bases de datos que recopile en el mercado nacional inmobiliario y financiero. Para acceder al beneficio será necesario que, a la fecha de solicitud, el interesado sea afiliado pensionado. 18

20 12. COBERTURA FAMILIAR INTEGRAL Consistirá en ofrecer al pensionado diversos planes alternativos tendientes a protegerlo a él y a su familia frente a riesgos de diversa naturaleza, tales como muerte, enfermedad, emergencias, accidentes, incendios, pérdida de mobiliarios o equipos, conflictos o dificultades legales, o contingencias de diversa naturaleza. La cobertura familiar integral será otorgada a través de pólizas de seguro o convenios de servicios que Los Héroes pueda convenir con alguna de las compañías o empresas especialistas en los distintos rubros, y que le merezcan confianza y seriedad en la prestación de los servicios y en el otorgamiento de los beneficios contratados. Los seguros o servicios podrán ser contratados por montos alternativos, de acuerdo a las necesidades o contingencias que el pensionado desee incorporar en la cobertura familiar integral, de suerte que su costo resulte inferior al regular del mercado. Los Héroes convendrá con las empresas aquellas tarifas que garanticen lo anterior. Para solicitar el beneficio será necesario que el contratante tenga la calidad de pensionado afiliado a Los Héroes a la fecha de la solicitud. Algunos de estos seguros o servicios podrán contratarse sólo al momento de tomar un crédito social. Plazo y Documentación a presentar. De conformidad a las exigencias de la póliza o servicio que se contrate. 19

21 13. BENEFICIOS DE SALUD. Consistirá en brindar a los pensionados afiliados y a su grupo familiar la posibilidad de acceder a prestaciones, descuentos, bonificaciones y acciones de salud orientadas a su prevención y a su recuperación, a través de terapias, incluidas psiquiátricas, psicológicas y psicoterapias, acciones preventivas, acciones quirúrgicas, elementos y procedimientos de diagnóstico y de curación, tales como exámenes de laboratorio, scanner, diálisis, prótesis, medicamentos, tratamientos ambulatorios, hospitalizaciones y otros de similar naturaleza. Para los efectos anteriores, Los Héroes podrá pactar convenios con instituciones, empresas, profesionales o agrupaciones de los mismos, debidamente calificados, o bien, realizará los reembolsos directamente en sus sucursales Los beneficios podrán consistir en la obtención de bonificaciones o reembolsos otorgados por los prestadores o entregados directamente por Los Héroes, descuentos en servicios, medicamentos y otros artículos y elementos relacionados con la salud, atenciones preferenciales y otras alternativas de acuerdo a las coberturas, condiciones y tarifas que se lleguen a convenir con los respectivos prestadores de servicio y proveedores, todo ello, con el debido resguardo en cuanto a su calidad y costo. La bonificación o reembolso para medicina general que entregará Los Héroes será hasta 80% (el porcentaje de descuento dependerá de la institución en convenio con Los Héroes) del pago realizado por el beneficiario, con un máximo del valor equivalente al copago establecido por FONASA nivel 3 para esa prestación. Para el caso de exámenes y consultas de especialidades, el porcentaje de devolución o reembolso será hasta un 60% (el porcentaje de descuento dependerá de la institución en convenio con Los Héroes) del pago realizado por el beneficiario, con un máximo del valor equivalente al copago establecido por FONASA nivel 3 para esa prestación. Para el beneficio de gastos de farmacia se determinará en los convenios que se suscriban con las entidades proveedoras, los porcentajes de descuento que otorgarán dichas entidades y de reembolso directo que otorgará Los Héroes, aplicables a una lista determinada de medicamentos afectos al beneficio. Asimismo, se determinará el monto anual máximo de las devoluciones a realizar por Los Héroes a los beneficiarios y sus cargas familiares. 20

22 Para solicitar el beneficio será necesario que el contratante tenga la calidad de pensionado afiliado a Los Héroes a la fecha de la prestación. Para su entrega se pedirá la última liquidación de pensión. Plazo y Documentación a presentar. De conformidad a las exigencias que se establezcan en los respectivos convenios que se celebren con las entidades, empresas, profesionales y proveedores, o en el procedimiento que se establezca para el reembolso directo en sucursales de Los Héroes. En el caso de que se detectare que algún trabajador de una entidad empleadora afiliada estuviese realizando un mal uso del convenio (por ejemplo, cobro de reembolsos de terceros no beneficiarios ni causantes, adulteración de comprobantes de gastos y otros) Los Héroes podrá suspender la entrega de dicho beneficiario, e iniciar las acciones extrajudiciales y judiciales para perseguir las responsabilidades correspondientes y obtener la reparación de los perjuicios ocasionados. 21

23 14. CONVENIOS EDUCACIONALES Este beneficio consiste en ofrecer a los pensionados y sus cargas familiares, la posibilidad de acceder a instituciones educacionales de reconocido prestigio, para cursar estudios de carácter profesional o técnico y participar de actividades coprogramáticas, para su desarrollo en el plano educativo y personal. Para estos efectos, Los Héroes suscribirá convenios con dichas instituciones, acordando rebajas en los aranceles de matrícula, inscripción y colegiatura, o el financiamiento de becas parciales o totales que irán en directo beneficio de los pensionados afiliados y su grupo familiar El porcentaje de las rebajas de los aranceles o el monto de las becas, se convendrá procurando buscar las mejores condiciones económicas para los pensionados afiliados, como también las entidades que aseguren un óptimo nivel académico y acrediten seriedad en la prestación de sus servicios, no discriminatorio respecto al resto del alumnado. Para solicitar el beneficio será necesario que el contratante tenga la calidad de pensionado afiliado o de carga familiar de un pensionado afiliado, a la fecha de la matricula. Plazo y Documentación a Presentar. De conformidad a las exigencias que se establezcan en los respectivos convenios que se celebren con las entidades educacionales. 22

24 15. PRESTACIONES Y CONVENIOS RECREACIONALES, CULTURALES, COMERCIALES Y OTROS Tienen por objeto, brindar a los pensionados y su grupo familiar, la oportunidad de acceder a la adquisición de bienes y contratación de servicios, que den satisfacción a sus necesidades materiales, recreativas, culturales, o de análoga naturaleza, en el marco de su bienestar económico social. Lo anterior se materializará a través de convenios suscritos por Los Héroes con los proveedores de estos bienes y servicios, acordando descuentos especiales para nuestros pensionados afiliados, o bien cofinanciando parcial o totalmente la Caja el costo de la prestación o servicio; asegurando la calidad del servicio y estableciendo los procedimientos administrativos correspondientes. El monto de los beneficios dependerá de las condiciones establecidas en los convenios suscritos por Los Héroes, o en los valores que la Caja haya definido cofinanciar parcial o totalmente, procurando convenir importantes descuentos para sus pensionados afiliados, con el debido resguardo de la calidad y costo de los productos y servicios ofrecidos. Para solicitar el beneficio será necesario que el contratante tenga la calidad de pensionado afiliado a la fecha de la solicitud. Plazo y Documentación a Presentar. De conformidad a las exigencias que se establezcan en los respectivos convenios que se celebren con las entidades prestadoras. 23

25 16. LLAMADAS DE ACOMPAÑAMIENTO Esta prestación consiste en un servicio de llamados telefónicos a los pensionados afiliados con el fin de acompañarlos y entregarles información de interés para ellos. Este beneficio busca solucionar en parte el problema de soledad que sufre un gran porcentaje de las personas al llegar a la tercera edad. Las llamadas se realizarán en forma aleatoria, sin perjuicio de la continuidad después de logrado el primer contacto, dependiendo directamente de la disponibilidad y contactabilidad que tengan los números telefónicos de los pensionados afiliados. Ser afiliado pensionados de Los Héroes y tener un teléfono registrado válido, fijo o móvil, para acceder a los llamados telefónicos. 24

26 17. PREMIO DEL 2% PARA CREDITOS EN PESOS A 84 CUOTAS Y MENOS DE UF 200. BENEFICIO CON VIGENCIA PARA CRÉDITOS TOMADOS HASTA EL 31 DE ENERO DE 2011 Tiene por objeto premiar la responsabilidad en el pago de las cuotas del crédito y consiste en otorgar un premio por cada 6 cuotas efectivamente pagadas, durante todo el período de vigencia real del crédito. El beneficio equivale al 2% del monto bruto inicial del crédito, por cada 6 cuotas del crédito efectivamente pagadas durante todo el período de vigencia real del crédito. El pensionado debe haber cursado hasta el un crédito social en pesos a 84 cuotas cuyo monto no podrá exceder de UF 200, el que deberá encontrarse vigente al momento de pagarse la sexta cuota de cada secuencia de seis cuotas que habilita para impetrar el beneficio. Plazo y Documentación a Presentar. El plazo para solicitar el pago de cada premio expirará el último día hábil de mes subsiguiente a aquel en que se pague la 6 cuota, de la respectiva secuencia de 6 cuotas que otorgue derecho a ese premio. Transcurrido el plazo descrito en el punto anterior, caducará definitivamente el derecho a cobro del premio, si no se hubiere solicitado el pago dentro del plazo. La descripción detallada del premio y sus condiciones particulares están contenidas en el Anexo solicitud de crédito social para acceder al Crédito con Premio que se imprime al solicitar un crédito a 84 cuotas y menos de UF 200, y que debe ser firmado por el afiliado en señal de conformidad. Este beneficio será válido para todas aquellas personas que hubieren suscrito su solicitud de afiliación hasta el y hubieren tomado un crédito en las condiciones ya descritas en esta prestación, hasta el

27 18. CREDITO LOS HEROES SIN INTERÉS Tiene por objeto cubrir el gasto financiero producto de costo de fondo, pérdida estimada y seguro de desgravamen de los créditos sin interés (3 cuotas sin intereses) otorgados por los Heroes. El beneficio equivale a $922 (novecientos veinte y dos pesos) unitario que será otorgado durante la vigencia del crédito tasa cero (sin intereses) El pensionado debe cursar entre el y el un crédito social de $ pesos líquidos, más costo del impuesto Ley de Timbres, a pagar en 3 cuotas mensuales. Plazo y Documentación a Presentar. Documentación regular requerida para la tramitación de un crédito social y firma de la solicitud del beneficio. 26

28 19. RECAUDACIÓN SERVICIOS BÁSICOS Y RECARGA DE CELULARES Tiene por objeto poner a disposición de los pensionados y su grupo familiar, la oportunidad de pagar en sucursales de Los Héroes que se determinarán, sus cuentas de servicios básicos (tales como electricidad, agua, gas, telefonía fija y móvil, tv por cable, entre otros) y recargar teléfonos celulares, televisión de prepago, tarjeta BIP y otros servicios similares, según convenios que se suscribirán con las respectivas empresas o con empresas recaudadoras intermediarias. El servicio será gratuito para el pensionado y su grupo familiar. Ser pensionado afiliado o integrante del grupo familiar de un pensionado afiliado. Plazo y Documentación a Presentar. De conformidad a las exigencias que se establezcan en los respectivos convenios que se celebren con las entidades prestadoras. 27

29 20. AUXILIO SOCIAL FINANCIERO Los Héroes financiará el prepago parcial del crédito social vigente del pensionado postulante, sólo por el monto suficiente que permita reprogramar su obligación y reducir su cuota mensual para el servicio de la deuda, a una cantidad equivalente al porcentaje máximo de descuento de su pensión líquida para el correspondiente segmento, previsto en el párrafo de la Circular de la Superintendencia de Seguridad Social y sus modificaciones. El monto del beneficio dependerá de las condiciones del respectivo crédito, con el objeto de cumplir con el porcentaje de descuento máximo definido precedentemente. El beneficio tendrá un máximo de 40 cupos, que serán asignados por orden de su fecha de presentación, a quienes cumplan los requisitos, de acuerdo a la resolución de un Comité debidamente establecido para resolver estos casos. Para solicitar el beneficio será necesario que el pensionado cumpla los siguientes requisitos copulativos: a. Acredite una situación de vulnerabilidad social demostrada a través de un informe de la municipalidad respectiva o mediante su Ficha de Protección Social (FPS) con puntaje inferior o igual a puntos, o informe del Agente de sucursal Los Héroes. b. Tenga una deuda vigente en Los Héroes, con relación cuota/renta superior a la normativa del párrafo de la Circular de la SUSESO. c. Esté afiliado al momento de solicitar el beneficio. d. Tenga una pensión menor o igual al ingreso mínimo mensual Documentación a Presentar. Ficha de Protección Social o Informe Social de la Municipalidad de su domicilio o informe del Agente de sucursal Los Héroes, y Última liquidación de su pensión. 28

30 21. AUXILIO CONTINGENCIA FINANCIERA Los Héroes financiará el pago de hasta 3 cuotas no vencidas del crédito social del postulante, liberando en consecuencia al deudor de la obligación de pagar las mismas. El monto del beneficio dependerá de las condiciones en que se encuentre otorgado el crédito social del afiliado. El beneficio tendrá un máximo de 44 cupos, que serán asignados por orden de su fecha de presentación, siempre y cuando se cumplan los requisitos, de acuerdo a la decisión de un Comité debidamente establecido para resolver estos casos. Para solicitar el beneficio será necesario que el pensionado acredite que se encuentra en alguna situación de contingencia social que le impida o dificulte gravemente hacer frente al pago de las cuotas futuras de su crédito social tales como: a) Gastos por enfermedades del afiliado o familiares directos b) Daños a la vivienda familiar (muebles e inmuebles) c) Otras contingencias que signifiquen altos gastos d) Disminución permanente de la renta Además, el deudor debe tener un ingreso mensual menor o igual al ingreso mínimo mensual. Plazo y Documentación a Presentar. Documento que acredite la contingencia social que le afecta y, Última liquidación de pensión. 29

31 22. AYUDA FINANCIERA REPROGRAMACIÓN ESPECIAL CREDITO SOCIAL PBS O EQUIVALENTE Descripción del Beneficio: Beneficio asociado a la Reprogramación Especial de Crédito Social Pensionados PBS y Pensionados con pensión igual o inferior a PBS cuya cuota mensual para el pago de la deuda sea superior al 15% de la pensión líquida. Se realizará la simulación de una reprogramación especial del crédito con tasa de interés cero, extendiendo el plazo residual del crédito el número de meses que sea necesario para que la relación cuota/ renta sea 15% y se pague el saldo insoluto de la deuda en un plazo no superior a 60 meses, contado desde la fecha de pago de la primera cuota del crédito reprogramado. Para los casos en que, aplicada la formula precedente la extensión del plazo de la reprogramación superare los 60 meses, se efectuará un prepago parcial del capital insoluto del crédito para llegar a una relación cuota/renta del 15%, con una extensión del plazo residual no superior a 60 meses. Este prepago parcial se financiará con esta nueva prestación adicional de Ayuda Financiera Reprogramación Especial, que el deudor deberá solicitar conjuntamente con la solicitud de reprogramación especial de su crédito. Requisitos El monto del beneficio dependerá del valor de la pensión, y de las condiciones y saldo del crédito social cuya reprogramación especial se solicite. Ser afiliado pensionado a Los Héroes al momento de solicitar la reprogramación especial de su crédito, y percibir una pensión mensual igual o inferior a una PBS. Actualmente la relación de la cuota de su crédito social y su pensión líquida mensual supere el 15%. Documentación a Presentar Última liquidación de pensión Cédula de Identidad 30

32 23.- INTERMEDIACIÓN FINANCIERA HIPOTECARIA Tiene por objeto brindar a los pensionados la posibilidad de acceder a un crédito hipotecario otorgado por las entidades financieras que suscriban un convenio con Los Héroes, conforme al cual aquellas otorgarán a los afiliados de la entidad, por su calidad de tal, uno o más beneficios específicos vinculados a dicho producto. Lo anterior se materializará a través de convenios suscritos por Los Héroes con las respectivas entidades financieras, en los cuales se asegurará la entrega por éstas de él o los beneficios pactados a favor de sus afiliados y los procedimientos administrativos correspondientes. Adicionalmente, y sólo en el caso que así se pacte en el convenio, Los Héroes podrá colaborar en la recopilación de antecedentes del postulante, para su entrega a la entidad financiera. Fuera de él o los beneficios específicos que Los Héroes pacte en los convenios que suscriba con las entidades financieras, y cuyo cumplimiento exigirá a éstas, la Caja no asumirá obligación alguna con el afiliado postulante ni con la entidad financiera que le otorgue el crédito. En consecuencia, Los Héroes no garantizará que la entidad financiera aprobará el crédito solicitado por el afiliado, ni las condiciones del mismo. El monto y tipo de beneficios que otorgarán las respectivas entidades financieras dependerá de las condiciones establecidas en los convenios que éstas suscriban con Los Héroes. Los servicios que preste Los Héroes a los afiliados postulantes para la gestión de sus créditos serán gratuitos. Para acceder el beneficio será necesario que el postulante tenga la calidad de pensionado afiliado a la fecha de la solicitud. Plazo y Documentación a Presentar. De conformidad a las exigencias que se establezcan en los respectivos convenios que se celebren con las entidades financieras. 31

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