SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta) de 5 de marzo de 2002 (1)

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta) de 5 de marzo de 2002 (1)"

Transcripción

1 Seite 1 von 9 AVISO JUR ÍDICO IMPORTANTE: La información que se ofrece en estas p áginas está sujeta a una cláusula de exención de responsabilidad y a un aviso de Copyright SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta) de 5 de marzo de 2002 (1) «Libre circulación de capitales - Artículo 56 CE - Procedimiento de declaración y aprobación previa de las adquisiciones de parcelas edificables - Situación puramente interna - Inexistencia» En los asuntos acumulados C-515/99, C-519/99 a C-524/99 y C-526/99 a C-540/99, que tienen por objeto peticiones dirigidas al Tribunal de Justicia, con arreglo al artículo 234 CE, por el Unabhängiger Verwaltungssenat Salzburg (Austria), destinada a obtener, en los litigios pendientes ante dicho órgano jurisdiccional entre Hans Reisch (C-515/99), Walter Riedl (C-527/99), Alexander Hacker (C-528/99), Gerhard Eckert (C-529/99), Franz Gstöttenbauer (C-530/99), Helmut Hechwarter (C-531/99), Alois Bixner (C-532/99), Geza Aumüller (C-533/99), Berthold Garstenauer (C-534/99 y C-536/99), Robert Eder (C-535/99), Hartmut Ramsauer (C-537/99 y C-538/99), Harald Kronberger (C-539/99), Erich Morianz (C-540/99) Bürgermeister der Landeshauptstadt Salzburg, Grundverkehrsbeauftragter des Landes Salzburg, y entre Anton Lassacher, Heinz Schäfer (C-519/99), y

2 Seite 2 von 9 Dertnig GmbH & Co. KG, Heinrich Reutter (C-520/99), Francesco Branka (C-521/99), Neubau GmbH, Baumeister Bogensberger GmbH & Co. KG (C-522/99 y C-526/99), Peter Fidelsberger (C-523/99), GWP Gewerbeparkentwicklung GmbH, Johann Lindner y Emma Lindner (C-524/99) Grundverkehrsbeauftragter des Landes Salzburg, Grundverkehrslandeskommission des Landes Salzburg, una decisión prejudicial sobre la interpretación de los artículos 56 CE a 60 CE, y EL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta), integrado por la Sra. N. Colneric, Presidenta de la Sala Segunda, en funciones de Presidenta de la Sala Sexta, y los Sres. C. Gulmann, J.-P. Puissochet (Ponente), R. Schintgen y V. Skouris, Jueces; Abogado General: Sr. L.A. Geelhoed; Secretario: Sr. H.A. Rühl, administrador principal; consideradas las observaciones escritas presentadas: - en nombre del Sr. H. Schäfer, representado por el Sr. A. Pirkner, Rechtsanwalt; - en nombre de GWP Gewerbeparkentwicklung GmbH, por el Sr. J.W. Aichlreiter, Rechtsanwalt; - en nombre del Gobierno austriaco, por la Sra. C. Pesendorfer, en calidad de agente; habiendo considerado el informe para la vista; oídas las observaciones orales del Gobierno neerlandés, representado por la Sra. H. Sevenster, en calidad de agente, y de la Comisión de las Comunidades Europeas, representada por el Sr. U. Wölker y la Sra. M. Patakia, en calidad de agentes, expuestas en la vista de 12 de septiembre de 2001; oídas las conclusiones del Abogado General, presentadas en audiencia pública el 20 de noviembre de 2001; dicta la siguiente

3 Seite 3 von 9 Sentencia 1. Mediante 22 resoluciones de 22 de diciembre de 1999, recibidas en el Tribunal de Justicia el 30 de diciembre siguiente, el Unabhängiger Verwaltungssenat Salzburg planteó, con arreglo al artículo 234 CE, dos cuestiones prejudiciales sobre la interpretación de los artículos 56 CE a 60 CE. 2. En los asuntos C-515/99 y C-527/99 a C-540/99 se suscitó una primera cuestión en el marco de recursos interpuestos contra resoluciones del Bürgermeister der Landeshauptstadt Salzburg (alcalde de Salzburgo) por las que se imponen sanciones a raíz de una notificación tardía al Grundverkehrsbeauftragter des Landes Salzburg (funcionario del Estado federado de Salzburgo encargado de recibir la declaración de los adquirentes de bienes inmuebles; en lo sucesivo, «Grundverkehrsbeauftragter») de una declaración prevista en la Salzburger Grundverkehrsgesetz 1997 (Ley de Transmisión de Bienes Inmuebles de Salzburgo, LGBl. n. 11/97; en lo sucesivo, «SGVG»). 3. En los asuntos C-519/99 a C-524/99 y C-526/99, se planteó una segunda cuestión en el marco de recursos de apelación interpuestos contra las resoluciones de la Grundverkehrslandeskommission des Landes Salzburg (en lo sucesivo, «Grundverkehrslandeskommission») adoptadas con arreglo a la SGVG, que se oponían a la adquisición de parcelas edificables o sólo autorizaban tales adquisiciones a condición de que se constituyera una fianza. Marco jurídico Derecho comunitario 4. A tenor del artículo 56 CE, apartado 1: «En el marco de las disposiciones del presente capítulo, quedan prohibidas todas las restricciones a los movimientos de capitales entre Estados miembros y entre Estados miembros y terceros países.» Normativa nacional 5. Con arreglo al Derecho austriaco, la propiedad inmobiliaria se adquiere mediante una inscripción judicialmente aprobada por el Grundbuchsgericht (Juez del Registro de la Propiedad), que deberá comprobar si es necesaria o no la aprobación de la transmisión y, en su caso, si se concede esta aprobación. 6. En el Estado federado de Salzburgo, el artículo 12 de la SGVG dispone que determinados negocios jurídicos que tengan por objeto parcelas edificables, tales como la cesión de la propiedad o la concesión de un derecho de edificar, sólo se autorizan si el adquirente presenta una declaración en la que manifiesta, en primer lugar, que esaustriaco o nacional de otro Estado miembro que ejerce alguna de las libertades garantizadas por el Tratado CE o el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. En segundo lugar, el adquirente debe declarar que utilizará la parcela como primera residencia o para una finalidad profesional. La utilización de la parcela como residencia secundaria sólo es posible cuando se le haya dado este uso antes del 1 de marzo de 1993 o esté ubicada en una zona en la que esté autorizado el establecimiento de residencias secundarias. 7. El Grundverkehrsbeauftragter expedirá una confirmación de acuerdo con la declaración a la que se refiere el apartado anterior. Sólo podrá negarse a expedirla si tiene razones fundadas para temer que la parcela no vaya a ser destinada a un uso conforme con la declaración o si la

4 Seite 4 von 9 adquisición es contraria a los objetivos de la SGVG. En este caso el adquirente deberá dirigirse a la Grundverkehrslandeskommission, que aprobará la transmisión tras haber comprobado que se reúnen los mismos criterios materiales relacionados con la prohibición de utilización como residencia secundaria. 8. Sin la confirmación del Grundverkehrsbeauftragter o la aprobación de la Grundverkehrslandeskommission no es posible adquirir parcelas edificables en el Estado federado de Salzburgo. 9. El artículo 19 de la SGVG obliga al adquirente a destinar la parcela a un uso conforme con la declaración a que se refiere el artículo 12. También puede condicionar la aprobación de la Grundverkehrslandeskommission a requisitos y disposiciones con objeto de garantizar que el adquirente destine la parcela al uso previsto, en particular la constitución de una garantía por un importe que no podrá superar el precio de compra o el valor de la parcela. 10. El artículo 36 del mismo texto legal fija los plazos en los que el adquirente debe presentar la declaración de adquisición. 11. El artículo 42 permite al Grundverkehrsbeauftragter entablar ante el juez nacional una acción con objeto de que se declare la ilegalidad de la operación de transmisión de bienes inmuebles, cuando ésta pretenda eludir la aplicación de la SGVG. 12. El artículo 43 prevé multas de hasta ATS y penas privativas de libertad de hasta seis semanas, en particular en el supuesto de que el adquirente no haya presentado la declaración ni haya solicitado la aprobación necesaria o cuando use la parcela adquirida para fines no autorizados. Los litigios principales y las cuestiones prejudiciales 13. En los asuntos acumulados C-515/99 y C-527/99 a C-540/99, el alcalde de Salzburgo impuso a cada uno de los demandantes una multa por no haber declarado al Grundverkehrsbeauftragter, en el plazo señalado en el artículo 36 de la SGVG, una operación relativa a la adquisición de parcelas edificables. Recurrieron estas resoluciones ante el Unabhängiger Verwaltungssenat Salzburg. 14. En los asuntos C-519/99 a C-522/99 y C-526/99, los adquirentes recurrieron las resoluciones correspondientes ante el Unabhängiger Verwaltungssenat Salzburg, al denegar la Grundverkehrslandeskommission en primera instancia la autorización necesaria para la venta de una parcela edificable. 15. En los asuntos C-523/99 y C-524/99, se autorizó la adquisición de una parcela edificable, pero la Grundverkehrslandeskommission exigió la constitución de una fianza con arreglo al artículo 19, apartado 3, de la SGVG. Los adquirentes recurrieron las resoluciones correspondientes ante el Unabhängiger Verwaltungssenat Salzburg. 16. A la luz de la sentencia de 1 de junio de 1999, Konle (C-302/97, Rec. p. I-3099), en la cual se examinaba la legislación del Land de Tirol en materia de transacciones inmobiliarias, el órgano jurisdiccional remitente se preguntó si la exigencia de declaración y aprobación previa para la adquisición de parcelas edificables y las disposiciones penales que acompañan esta exigencia eran compatibles con las libertades fundamentales del Tratado. 17. En consecuencia, el Unabhängiger Verwaltungssenat Salzburg planteó ante el Tribunal de Justicia las siguientes cuestiones prejudiciales:

5 Seite 5 von 9 En los asuntos C-515/99 y C-527/99 a C-540/99: «Deben interpretarse las disposiciones de los artículos 56 CE y siguientes en el sentido de que se oponen a la aplicación de los artículos 12, 36 y 43 de la SGVG 1997, en la versión publicada en el LGBl. n. 11/99, según la cual quien desee adquirir una parcela edificable en el Estado federado de Salzburgo debe someter dicha adquisición inmobiliaria a un procedimiento de declaración y aprobación, por lo que se vulnera en el presente caso alguna de las libertades fundamentales del adquirente garantizadas por el Derecho comunitario?» En los asuntos C-519/99 a C-524/99 y C-526/99: «Deben interpretarse las disposiciones de los artículos 56 CE y siguientes en el sentido de que se oponen a la aplicación de los artículos 12 a 14 de la SGVG 1997, en la versión publicada en el LGBl. n. 11/99, según la cual quien desee adquirir una parcela edificable en el Estado federado de Salzburgo debe someter dicha adquisición inmobiliaria a un procedimiento de declaración y aprobación, por lo que se vulnera en el presente caso alguna de las libertades fundamentales del adquirente garantizadas por el Derecho comunitario?» 18. Mediante auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 24 de febrero de 2000 se acumularon los asuntos C-515/99 y C-527/99 a C-540/99 a efectos de las fases escrita y oral y de la sentencia. Mediante auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 24 de febrero de 2000 también se acumularon los asuntos C-519/99 a C-524/99 y C-526/99 a efectos de las fases escrita y oral y de la sentencia. 19. A efectos de la presente sentencia, procede acumular todos estos asuntos. Sobre las cuestiones prejudiciales Sobre la admisibilidad 20. GWP Gewerbeparkentwicklung GmbH sostiene, por un lado, que debe declararse la inadmisibilidad de la cuestión prejudicial planteada en los asuntos C-519/99 a C-524/99 y C- 526/99, al versar ésta no sobre la interpretación del Tratado sino sobre la interpretación o apreciación de la validez de las disposiciones de la SGVG, lo cual sólo depende del juez nacional. 21. Por otro lado, entiende que el litigio principal en el que es parte, que sólo se refiere a los requisitos para la adquisición, con arreglo a la SGVG, de un terreno en Austria por una sociedad austriaca, no guarda relación alguna con el Derecho comunitario y constituye una situación puramente interna, por lo que debe declararse la inadmisibilidad de la remisión prejudicial. 22. A este respecto, conviene recordar, en cuanto al primer motivo, que, si bien el Tribunal de Justicia, a tenor del artículo 234 CE, carece de competencia para aplicar una norma jurídica comunitaria a un caso concreto y, por lo tanto, para calificar una disposición de un Derecho nacional con respecto a aquella norma jurídica, puede sin embargo, en el marco de la cooperación judicial establecida por dicho artículo, proporcionar al órgano jurisdiccional nacional, a partir de los datos de las actuaciones, los elementos de interpretación del Derecho comunitario que pudieran serle útiles para la apreciación de los efectos de aquella disposición (sentencia de 8 de diciembre de 1987, Gauchard, 20/87, Rec. p. 4879, apartado 5). 23. Pues bien, en los litigios principales el órgano jurisdiccional remitente pide que el Tribunal de Justicia interprete unas disposiciones del Tratado con el mero fin de apreciar si éstas pueden condicionar los efectos de las normas nacionales que le corresponde aplicar. Por lo tanto, no

6 Seite 6 von 9 cabe sostener que la cuestión prejudicial planteada en cada uno de estos asuntos tenga un objeto distinto de la interpretación de las disposiciones del Tratado. 24. Por lo que se refiere al segundo motivo, de los documentos obrantes en autos se desprende, sin que ello haya sido discutido, que todos los elementos de los litigios principales se circunscriben al interior de un único Estado miembro. Pues bien, una normativa nacional como la SGVG, indistintamente aplicable a los nacionales austriacos y a los nacionales de los Estados miembros de las Comunidades Europeas, sólo puede, por lo general, estar comprendida en las disposiciones relativas a las libertades fundamentales establecidas en el Tratado en la medida en que se aplica a supuestos que guardan relación con los intercambios intracomunitarios (véanse, en este sentido, las sentencias de 15 de diciembre de 1982, Oosthoek's Uitgeversmaatschappij, 286/81, Rec. p. 4575, apartado 9, y de 18 de febrero de 1987, Mathot, 98/86, Rec. p. 809, apartados 8 y 9). 25. Sin embargo, esta afirmación no implica que no proceda responder a las cuestiones prejudiciales planteadas al Tribunal de Justicia en el presente asunto. En efecto, en principio corresponde exclusivamente a los órganos jurisdiccionales nacionales apreciar, a la luz de las peculiaridades de cada asunto, tanto la necesidad de una decisión prejudicial para poder dictar sentencia, como la pertinencia de las cuestiones planteadas al Tribunal de Justicia (véase la sentencia de 5 de diciembre de 2000, Guimont, C-448/98, Rec. p. I-10663, apartado 22). Éste sólo puede rechazar una petición formulada por un órgano jurisdiccional nacional si resulta evidente que la interpretación del Derecho comunitario solicitada no guarda relación alguna con la realidad o con el objeto del litigio principal (véase la sentencia de 6 de junio de 2000, Angonese, C-281/98, Rec. p. I-4139, apartado 18). 26. En el caso de autos, no resulta evidente que el órgano jurisdiccional remitente no necesite la interpretación del Derecho comunitario solicitada. En efecto, tal respuesta podría serle útil en el supuesto de que su Derecho nacional concediera a un nacional austriaco los mismos derechos que el Derecho comunitario reconoce a un nacional de otro Estado miembro en la misma situación (sentencia Guimont, antes citada, apartado 23). 27. En consecuencia, procede examinar si las disposiciones del Tratado, cuya interpretación se solicita, se oponen a la aplicación de una normativa nacional como la de los asuntos principales, en la medida en que sea aplicable a personas que residen en otros Estados miembros. Sobre el fondo 28. Con carácter preliminar, hay que precisar que las normas nacionales que regulan la adquisición de la propiedad inmobiliaria a los efectos de prohibir el establecimiento de residencias secundarias en determinadas zonas, por razones imperiosas de ordenación del territorio, deben respetar las disposiciones del Tratado relativas a la libre circulación de capitales (sentencia Konle, antes citada, apartado 22). 29. En efecto, por una parte, el derecho a adquirir, a explotar y a enajenar bienes inmuebles en el territorio de otro Estado miembro, que constituye el complemento necesario de la libertad de establecimiento, según el artículo 44 CE, apartado 1, letra e), genera movimientos de capitales cuando se ejerce (sentencia de 30 de mayo de 1989, Comisión/Grecia, 305/87, Rec. p. 1461, apartado 22). 30. Por otra parte, los movimientos de capitales comprenden las operaciones por las que los no residentes efectúan inversiones inmobiliarias en territorio de un Estado miembro, como se desprende de la Nomenclatura de los movimientos de capitales que figura en el anexo I de la Directiva 88/361/CEE del Consejo, de 24 de junio de 1988, para la aplicación del artículo 67

7 Seite 7 von 9 del Tratado [artículo derogado por el Tratado de Amsterdam] (DO L 178, p. 5), manteniendo esta Nomenclatura el valor indicativo que le era propio para definir el concepto de movimientos de capitales (véanse lassentencias de 16 de marzo de 1999, Trummer y Mayer, C-222/97, Rec. p. I-1661, apartado 21, y de 11 de enero de 2001, Stefan, C-464/98, Rec. p. I- 173, apartado 5). 31. En consecuencia, procede, tal como el órgano jurisdiccional remitente solicita al Tribunal de Justicia, examinar el alcance de las medidas nacionales controvertidas en los asuntos principales a la luz de las disposiciones de los artículos 56 CE a 60 CE. 32. Consta que dichas medidas, al establecer un procedimiento de notificación y aprobación, restringen, por su propio objeto, la libre circulación de capitales (véase, en este sentido, la sentencia Konle, antes citada, apartado 39). 33. No obstante, cabe admitir tales restricciones si las normas nacionales persiguen de una forma no discriminatoria un objetivo de interés general y si respetan el principio de proporcionalidad, es decir, si otras medidas menos coercitivas no permitirían llegar al mismo resultado. 34. Por lo que se refiere al primer requisito, conforme al apartado 40 de la sentencia Konle, antes citada, cabe considerar que las restricciones al establecimiento de residencias secundarias en una determinada zona geográfica que un Estado miembro decide para mantener, con un objetivo de ordenación del territorio, una población permanente y una actividad económica autónoma respecto del sector turístico contribuyen a una finalidad de interés general. Esta afirmación resulta reforzada por las demás preocupaciones que podrían dar lugar a dichas medidas, como las relacionadas con la protección del medio ambiente. Además, de las disposiciones de la SGVG resulta que no establecen ninguna diferencia de trato entre los adquirentes austriacos y las personas que residen en otros Estados miembros y que ejercen las libertades garantizadas por el Tratado. 35. En cuanto al segundo requisito, el Tribunal de Justicia consideró en los apartados 44 a 48 de la sentencia Konle, antes citada, que la exigencia de declaración previa, con un objetivo de ordenación del territorio, para la adquisición de parcelas edificables acompañada de la posibilidad de imponer sanciones en caso de incumplimiento de la declaración formulada era conforme con el Derecho comunitario. Pues bien, el procedimiento establecido por la SGVG tiene, en principio, un carácter esencialmente declarativo. 36. Como alega el Gobierno austriaco, sólo cuando el Grundverkehrsbeauftragter estima que cabe esperar que el bien no vaya a ser usado de modo legal, deberá el adquirente dirigirse a la Grundverkehrslandeskommission para que se aplique un procedimiento de aprobación a la operación. Esta exigencia mínima de declaración previa presenta la ventaja de que ofrece cierta seguridad jurídica para el adquirente, a diferencia de las modalidades de control ejercidas sólo a posteriori. Además, cabe pensar que un examen previo es mejor para prevenir determinados daños difícilmente reparables ocasionados por la rápida ejecución de los proyectos de construcción. De este modo, la formalidad de la declaración previa puede considerarse un trámite complementario a las sanciones penales y a la declaración de nulidad de la venta que la administraciónpuede solicitar ante el juez nacional. En consecuencia, este primer aspecto del procedimiento establecido por la SGVG puede considerarse compatible con el Derecho comunitario. 37. En cambio, por lo que atañe al procedimiento de autorización previa ante la Grundverkehrslandeskommission, el Tribunal de Justicia ya ha declarado que mediante un sistema de declaración adecuado podían eliminarse las restricciones a la libre circulación de capitales, resultantes de la exigencia de autorización previa, sin que resultara perjudicada, sin embargo, la eficacia de los objetivos que persigue dicha normativa (véanse las sentencias de

8 Seite 8 von 9 23 de febrero de 1995, Bordessa y otros, asuntos acumulados C-358/93 y C-416/93, Rec. p. I- 361, apartado 27, y de 14 de diciembre de 1995, Sanz de Lera y otros, asuntos acumulados C- 163/94, C-165/94 y C-250/94, Rec. p. I-4821, apartados 26 y 27). 38. En los asuntos principales, habida cuenta de la posibilidad de control que el régimen de declaración previa concede al poder público, de la existencia de sanciones penales y de una acción específica de nulidad que puede ejercitarse ante el juez nacional en el supuesto de que el proyecto realizado no sea conforme con la declaración inicial, el procedimiento de autorización previa, que sólo corresponde entablar al Grundverkehrsbeauftragter sobre la base de meras presunciones, no puede considerarse una medida estrictamente indispensable para impedir las infracciones a la ley controvertida en los litigios principales relativa a las residencias secundarias. Máxime cuando las autoridades competentes pueden supeditar la concesión de la autorización previa a la observancia de prescripciones que la SGVG no somete a ningún marco normativo material y exigir al adquirente la constitución de una garantía cuyo importe puede ascender al valor del bien. 39. Por lo tanto, las disposiciones de la SGVG relativas al procedimiento de autorización previa ante la Grundverkehrslandeskommission exceden tanto de lo que resulta necesario para alcanzar el objetivo de ordenación del territorio, como de las medidas que los Estados miembros pueden adoptar, según recuerda el artículo 58 CE, apartado 1, letra b), para impedir las infracciones a su Derecho y normativas. 40. En consecuencia, procede responder al órgano jurisdiccional remitente que las disposiciones de los artículos 56 CE a 60 CE - no se oponen a un procedimiento de declaración previa como el previsto por el régimen de adquisición de bienes inmuebles establecido por la SGVG; - se oponen a un procedimiento de autorización previa como el previsto por dicho régimen. Costas 41. Los gastos efectuados por los Gobiernos austriaco y neerlandés y por la Comisión, que han presentado observaciones ante este Tribunal de Justicia, no pueden ser objeto de reembolso. Dado que el procedimiento tiene, para las partes de los litigios principales, el carácter de un incidente promovido ante el órgano jurisdiccional nacional, corresponde a éste resolver sobre las costas. En virtud de todo lo expuesto, EL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta), pronunciándose sobre las cuestiones planteadas por el Unabhängiger Verwaltungssenat Salzburg mediante resoluciones de 22 de diciembre de 1999, declara: Los artículos 56 CE a 60 CE - no se oponen a un procedimiento de declaración previa como el previsto por el régimen de adquisición de bienes inmuebles establecido por la Salzburger Grundverkehrsgesetz 1997; - se oponen a un procedimiento de autorización previa como el previsto por dicho régimen.

9 Seite 9 von 9 Colneric Gulmann Puissochet Schintgen Skouris Pronunciada en audiencia pública en Luxemburgo, a 5 de marzo de El Secretario R. Grass La Presidenta de la Sala Sexta F. Macken 1: Lengua de procedimiento: alemán.

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Quinta),

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Quinta), SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Quinta) de 4 de marzo de 2004 (1) «Igualdad de trato entre hombres y mujeres Seguridad social Pensión anticipada de vejez por desempleo Diferente edad según el

Más detalles

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta) de 21 de enero de 1993 *

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta) de 21 de enero de 1993 * SENTENCIA DE 21.1.1993 ASUNTO C-188/91 SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta) de 21 de enero de 1993 * En el asunto C-188/91, que tiene por objeto una petición dirigida al Tribunal de Justicia,

Más detalles

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta) de 7 de marzo de 1996 *

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta) de 7 de marzo de 1996 * SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta) de 7 de marzo de 1996 * En el asunto C-192/94, que tiene por objeto una petición dirigida al Tribunal de Justicia, con arreglo al artículo 177 del Tratado

Más detalles

en nombre del Gobierno español, por la Sra. R. Silva de Lapuerta, en calidad de agente;

en nombre del Gobierno español, por la Sra. R. Silva de Lapuerta, en calidad de agente; Cuestión prejudicial. Ponente: N. Colneric POLITICA SOCIAL: Igualdad de trato: Entre hombres y mujeres: Acceso al empleo y a las condiciones de trabajo: Directiva 76/207/CEE: Condición de trabajo: trabajadoras

Más detalles

http://curia.europa.eu/jurisp/cgi-bin/gettext.pl?lang=es&num=79928877c19060328&doc...

http://curia.europa.eu/jurisp/cgi-bin/gettext.pl?lang=es&num=79928877c19060328&doc... Page 1 of 5 AVISO JURÍDICO IMPORTANTE: La información que se ofrece en estas páginas está sujeta a una cláusula de exención de responsabilidad y a un aviso de Copyright SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

Más detalles

RESOLUCIÓN 76/2016, de 3 de agosto, del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía

RESOLUCIÓN 76/2016, de 3 de agosto, del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía RESOLUCIÓN 76/2016, de 3 de agosto, del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía Asunto: Reclamación de XXX contra la Empresa Municipal de Aguas de Rota (AREMSA, S.A.) en materia de

Más detalles

COMUNICACIÓN A LOS MIEMBROS

COMUNICACIÓN A LOS MIEMBROS Parlamento Europeo 2014-2019 Comisión de Peticiones 28.10.2016 COMUNICACIÓN A LOS MIEMBROS Asunto: Petición n.º 1004/2014, presentada por Paul Stefan, de nacionalidad austriaca, en nombre de la Verein

Más detalles

Directiva 2006/112/CE del Consejo (Sistema Común del IVA), arts. 2.1 c), 9, 11, 56, 193 y 196.

Directiva 2006/112/CE del Consejo (Sistema Común del IVA), arts. 2.1 c), 9, 11, 56, 193 y 196. BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE Referencia: NFJ055147 TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA Sentencia de 17 de septiembre de 2014 Sala 2.ª Asunto n.º C-7/13 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE: IVA.

Más detalles

Exportación de vino a granel - Prohibición - Denominación de origen - Artículos 34 y 36 del Tratado.

Exportación de vino a granel - Prohibición - Denominación de origen - Artículos 34 y 36 del Tratado. AVISO JURÍDICO IMPORTANTE: La información que se ofrece en estas páginas está sujeta a una cláusula de exención de responsabilidad y a un aviso de Copyright CELEX - 61990J0047 Sentencia del Tribunal de

Más detalles

RESUMEN DE LA POLÍTICA DE CONFLICTOS DE INTERÉS GRUPO CIMD

RESUMEN DE LA POLÍTICA DE CONFLICTOS DE INTERÉS GRUPO CIMD RESUMEN DE LA POLÍTICA DE CONFLICTOS DE INTERÉS GRUPO CIMD Versión 31.10.2014 I. INTRODUCCIÓN La normativa vigente, legislación comunitaria MiFID (Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y de la Comisión

Más detalles

NORMATIVA ESTUDIADA Dir. 344/1987 de 22 junio 1987. Coordinación de disposiciones relativas al seguro de defensa jurídica. art.4.1.

NORMATIVA ESTUDIADA Dir. 344/1987 de 22 junio 1987. Coordinación de disposiciones relativas al seguro de defensa jurídica. art.4.1. EDJ 2013/208220 Tribunal de Justicia (CE) Sala 8ª, S 7-11-2013, nº C-442/2012 Resumen Seguro de defensa jurídica. Adaptación del derecho nacional al comunitario. El TJUE resuelve la cuestión prejudicial

Más detalles

Sentencia TJUE (Sala Cuarta) de 3 Septiembre 2015 Nº rec.=c-110(2014)

Sentencia TJUE (Sala Cuarta) de 3 Septiembre 2015 Nº rec.=c-110(2014) CONSUMIDORES Y USUARIOS. Contrato de crédito celebrado por un abogado y garantizado mediante una hipoteca constituida sobre un inmueble perteneciente a su bufete. Demanda formulada por el abogado solicitando,

Más detalles

Sentencia extraída de internet del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Sentencia extraída de internet del Tribunal de Justicia de la Unión Europea Sentencia extraída de internet del Tribunal de Justicia de la Unión Europea SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Segunda), de 17 de febrero de 2005 «Sexta Directiva sobre el IVA Exención de los juegos

Más detalles

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Novena) de 4 de septiembre de 2014 (*)

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Novena) de 4 de septiembre de 2014 (*) CURIA - Documentos 1 de 6 04/09/2014 18:22 SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Novena) de 4 de septiembre de 2014 (*) «Procedimiento prejudicial Transporte aéreo Reglamento (CE) nº 261/2004 Artículos

Más detalles

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta) de 19 de abril de 1994 *

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta) de 19 de abril de 1994 * GESTIÓN HOTELERA INTERNACIONAL SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta) de 19 de abril de 1994 * En el asunto C-331/92, que tiene por objeto una petición dirigida al Tribunal de Justicia, con arreglo

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Presidente Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán A U T O Auto: CASACIÓN Fecha Auto: 12/04/2016 Recurso Num.: 2367/2014 Fallo/Acuerdo: Auto Suspensión Ponente

Más detalles

integrado por el Sr. A. Rosas, Presidente de Sala, y los Sres. J.N. Cunha Rodrigues, J. Klučka, A. Ó Caoimh (Ponente) y A. Arabadjiev, Jueces;

integrado por el Sr. A. Rosas, Presidente de Sala, y los Sres. J.N. Cunha Rodrigues, J. Klučka, A. Ó Caoimh (Ponente) y A. Arabadjiev, Jueces; SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera) de 29 de noviembre de 2007 (*) «Reglamento (CE) nº 2201/2003 Artículos 3, 6 y 7 Competencia judicial Reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales

Más detalles

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera) de 19 de julio de 2012 (*)

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera) de 19 de julio de 2012 (*) SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera) de 19 de julio de 2012 (*) «Transporte Transporte aéreo Normas comunes para la explotación de los servicios aéreos en la Unión Reglamento (CE) nº 1008/2008

Más detalles

10260 Boletín Oficial de Canarias núm. 99, jueves 17 de mayo de 2007

10260 Boletín Oficial de Canarias núm. 99, jueves 17 de mayo de 2007 10260 Boletín Oficial de Canarias núm. 99, jueves 17 de mayo de 2007 Artículo 3.- Los miembros de las Juntas Electorales Provinciales y las de Zona percibirán, en concepto de gratificación como consecuencia

Más detalles

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Segunda) de 27 de marzo de 2014 (*)

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Segunda) de 27 de marzo de 2014 (*) SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Segunda) de 27 de marzo de 2014 (*) «Procedimiento prejudicial Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea Artículo 47 Derecho a la tutela judicial

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE Página 1 de 6 Exposición de Motivos. La Ley 7/2002, de 17 de diciembre,

Más detalles

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Gran Sala) de 5 de octubre de 2004 *

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Gran Sala) de 5 de octubre de 2004 * SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Gran Sala) de 5 de octubre de 2004 * En el asunto C-442/02, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 234 CE, por

Más detalles

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Quinta) de 1 de julio de 1999 (1)

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Quinta) de 1 de julio de 1999 (1) 1/6 AVISO JUR ÍDICO IMPORTANTE: La información que se ofrece en estas p áginas está sujeta a una cláusula de exención de responsabilidad y a un aviso de Copyright En el asunto C-173/98, SENTENCIA DEL TRIBUNAL

Más detalles

COMISION DEL MERCADO DE LAS TELECOMUNICACIONES

COMISION DEL MERCADO DE LAS TELECOMUNICACIONES D. LUIS BERMÚDEZ ODRIOZOLA, Secretario del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, en uso de las competencias que le otorga el artículo 40 del Reglamento de la Comisión del Mercado

Más detalles

INDICE Sentencia T.J.U.E. 22-XI-12: TRANSPORTE AÉREO: COMPENSACIÓN Y ASISTENCIA A PASAJEROS. CANCELACIÓN DE VUELO. PLAZO PARA RECURRIR

INDICE Sentencia T.J.U.E. 22-XI-12: TRANSPORTE AÉREO: COMPENSACIÓN Y ASISTENCIA A PASAJEROS. CANCELACIÓN DE VUELO. PLAZO PARA RECURRIR INDICE Sentencia T.J.U.E. 22-XI-12: TRANSPORTE AÉREO: COMPENSACIÓN Y ASISTENCIA A PASAJEROS. CANCELACIÓN DE VUELO. PLAZO PARA RECURRIR Página 1 RESUMEN: Sentencia T.J.U.E. de 22 de noviembre de 2012 Transporte

Más detalles

Señor Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia.

Señor Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia. Vista Núm. 727 12 de octubre de 2006 Proceso ejecutivo por cobro coactivo Concepto de la Procuraduría de la Administración Recurso de Apelación, interpuesto por la licenciada Alma Cortés, en representación

Más detalles

Informe 2/2016, de 25 de febrero, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Informe 2/2016, de 25 de febrero, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón. Informe 2/2016, de 25 de febrero, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa. Asunto: Posibilidad de considerar un negocio jurídico excluido de la legislación de contratos públicos. I. ANTECEDENTES

Más detalles

EDJ 2002/61290. NORMATIVA ESTUDIADA RDLeg. 1/1995 de 24 marzo 1995. TR Ley del Estatuto de los Trabajadores art.26, art.33, art.56, art.

EDJ 2002/61290. NORMATIVA ESTUDIADA RDLeg. 1/1995 de 24 marzo 1995. TR Ley del Estatuto de los Trabajadores art.26, art.33, art.56, art. EDJ 2002/61290 Tribunal de Justicia (CE) Sala 6ª, S 12-12-2002, nº C-442/2000 Comentada en "El principio de igualdad en el derecho sancionador laboral. Foro abierto" Resumen EL TJCE resuelve la cuestión

Más detalles

DERECHO TRIBUTARIO PENAL

DERECHO TRIBUTARIO PENAL DERECHO TRIBUTARIO PENAL DERECHO TRIBUTARIO PENAL Definición Características Principios rectores Regulación legal DEFINICIÓN Conjunto de normas y principios sustanciales y procesales de carácter general,

Más detalles

integrado por los Sres.: R. Lecourt, Presidente; H. Kutscher, Presidente de

integrado por los Sres.: R. Lecourt, Presidente; H. Kutscher, Presidente de SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA de 28 de octubre de 1975 * En el asunto 36/75, que tiene por objeto una petición dirigida al Tribunal de Justicia, con arreglo al artículo 177 del Tratado CEE, por el

Más detalles

LEY 40/1979, DE 10 DE DICIEMRE, SOBRE RÉGIMEN JURÍDICO DE CONTROL DE CAMBIOS

LEY 40/1979, DE 10 DE DICIEMRE, SOBRE RÉGIMEN JURÍDICO DE CONTROL DE CAMBIOS LEY 40/1979, DE 10 DE DICIEMRE, SOBRE RÉGIMEN JURÍDICO DE CONTROL DE CAMBIOS FICHA RESUMEN... 2 CAPITULO II.-Delitos monetarios... 2 (Este Capítulo es el único vigente y ha sido modificado por L OR 10/1983)

Más detalles

Sentencia extraída de internet del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Sentencia extraída de internet del Tribunal de Justicia de la Unión Europea Sentencia extraída de internet del Tribunal de Justicia de la Unión Europea SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera), de 9 de febrero de 2006 Sexta Directiva IVA Exenciones Prestaciones de servicios

Más detalles

Sobre licencia de segregación o certificación de innecesariedad en finca rústica donde se construyeron edificaciones clandestinamente INFORME

Sobre licencia de segregación o certificación de innecesariedad en finca rústica donde se construyeron edificaciones clandestinamente INFORME -OFICIALÍA MAYORhttp://www.dip-badajoz.es/municipios/sael/index.php?cont=docum&c=1&id=3 ASUNTO: LICENCIAS Sobre licencia de segregación o certificación de innecesariedad en finca rústica donde se construyeron

Más detalles

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA (Sala Segunda ampliada) de 27 de abril de 1995 *

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA (Sala Segunda ampliada) de 27 de abril de 1995 * SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA (Sala Segunda ampliada) de 27 de abril de 1995 * En el asunto T-443/93, Casillo Grani sne, sociedad italiana, con domicilio social en San Giuseppe Vesuviano

Más detalles

Compilación Normativa Política Desarrollo Rural

Compilación Normativa Política Desarrollo Rural Compilación Normativa Política Desarrollo Rural 2014 2020 Subdirección General de Programación y Coordinación DGDRPF 15 de enero de 2015 1 Mayo 2014 INDICE LEGISLACIÓN COMUNITARIA... 3 MARCO ESTRATÉGICO

Más detalles

SENTENCIA DE 5.2.1963 ASUNTO 26/62. SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA de 5 de febrero de 1963 <appnote>*</appnote>

SENTENCIA DE 5.2.1963 ASUNTO 26/62. SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA de 5 de febrero de 1963 <appnote>*</appnote> SENTENCIA DE 5.2.1963 ASUNTO 26/62 SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA de 5 de febrero de 1963 * En el asunto 26/62, que tiene por objeto una petición dirigida al Tribunal de Justicia,

Más detalles

AMICUS CURIAE Jornadas de Formación de Jueces en Derecho Europeo de la Competencia. María Álvarez San José Jefe de Área, Asesoría Jurídica CNMC

AMICUS CURIAE Jornadas de Formación de Jueces en Derecho Europeo de la Competencia. María Álvarez San José Jefe de Área, Asesoría Jurídica CNMC AMICUS CURIAE Jornadas de Formación de Jueces en Derecho Europeo de la Competencia María Álvarez San José Jefe de Área, Asesoría Jurídica CNMC Valencia, 23 de octubre de 2015 Casos en 2015 - ejemplificación

Más detalles

INDICE Introducción General al Régimen del Derecho de Amparo a los Derechos y Garantías constitucionales Por Allan R.

INDICE Introducción General al Régimen del Derecho de Amparo a los Derechos y Garantías constitucionales Por Allan R. INDICE I Introducción General al Régimen del Derecho de Amparo a los Derechos y Garantías constitucionales Por Allan R. Brewer Carías Introducción 11 I. El Derecho de Amparo y la Acción de Amparo 14 1.

Más detalles

CLÁUSULAS ABUSIVAS EN CONTRATO DE CRÉDITO AL CONSUMO SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera) de 10 de septiembre de

CLÁUSULAS ABUSIVAS EN CONTRATO DE CRÉDITO AL CONSUMO SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera) de 10 de septiembre de CLÁUSULAS ABUSIVAS EN CONTRATO DE CRÉDITO AL CONSUMO SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera) de 10 de septiembre de 2014 1 Pascual Martínez Espín Catedrático acreditado de Derecho Civil Centro

Más detalles

CONGRESO MARZO CABILDO GRAN CANARIA ESTUDIO DE SERIES DOCUMENTALES 1.2. DENOMINACIÓN. Exp. de Reconocimiento de servicios previos prestados

CONGRESO MARZO CABILDO GRAN CANARIA ESTUDIO DE SERIES DOCUMENTALES 1.2. DENOMINACIÓN. Exp. de Reconocimiento de servicios previos prestados CONGRESO MARZO CABILDO GRAN CANARIA ESTUDIO DE SERIES DOCUMENTALES 1.2. DENOMINACIÓN Exp. de Reconocimiento de servicios previos prestados 1.3.FUNCIONES Reconocer a los efectos de antigüedad a los empleados

Más detalles

PARTE C OPOSICIÓN SECCIÓN 0 INTRODUCCIÓN. Introducción al procedimiento de oposición

PARTE C OPOSICIÓN SECCIÓN 0 INTRODUCCIÓN. Introducción al procedimiento de oposición DIRECTRICES RELATIVAS AL EXAMEN QUE LA OFICINA DE ARMONIZACIÓN DEL MERCADO INTERIOR (MARCAS, DIBUJOS Y MODELOS) HABRÁ DE LLEVAR A CABO SOBRE LAS MARCAS COMUNITARIAS PARTE C OPOSICIÓN SECCIÓN 0 INTRODUCCIÓN

Más detalles

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera),

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera), BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE Referencia: NFJ030836 TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Auto de 27 de noviembre de 2008 Sala 3.ª Asunto n.º C-151/08 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE:

Más detalles

SUMARIO MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

SUMARIO MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA SUMARIO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Decreto N 2.203, mediante el cual se declara una Insubsistencia al Presupuesto de Gastos vigente del Ministerio del Poder Popular para el Comercio, por la cantidad que

Más detalles

UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR SECRETARÍA DIRECCIÓN DE INGENIERÍA DE INFORMACIÓN

UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR SECRETARÍA DIRECCIÓN DE INGENIERÍA DE INFORMACIÓN TRÁMITES EN DIVISAS EXTRANJERAS: MODALIDAD CADIVI SALUD INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS DEPORTE CULTURA Y CASOS DE ESPECIAL URGENCIA 2 CONTENIDO I.- ASPECTOS GENERALES I.1.Objetivo I.2. Alcance I.3. Unidades

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN NO. 026-05 QUE OTORGA UNA CONCESIÓN A LA SOCIEDAD TECNOLOGIA DIGITAL, S.A., A LOS FINES DE OFRECER SERVICIOS DE TELEFONIA FIJA LOCAL,

Más detalles

Formación del censo electoral de ciudadanos de la Unión Europea residentes en España

Formación del censo electoral de ciudadanos de la Unión Europea residentes en España Oficina del Censo Electoral Elecciones al Parlamento Europeo 2014 Formación del censo electoral de ciudadanos de la Unión Europea residentes en España Normativa Directiva 93/109/CE del Consejo de 6 de

Más detalles

Obligaciones de prevención de riesgos laborales respecto de los trabajadores desplazados al extranjero.

Obligaciones de prevención de riesgos laborales respecto de los trabajadores desplazados al extranjero. Obligaciones de prevención de riesgos laborales respecto de los trabajadores desplazados al extranjero. I. Consideraciones generales El objeto del Informe se centra en determinar las obligaciones o normativa

Más detalles

REF: Expte. MTEySS N /2013 DICTAMEN DNPDP Nº 17/13 BUENOS AIRES, 16 de julio de

REF: Expte. MTEySS N /2013 DICTAMEN DNPDP Nº 17/13 BUENOS AIRES, 16 de julio de REF: Expte. MTEySS N 1-2015-------/2013 DICTAMEN DNPDP Nº 17/13 BUENOS AIRES, 16 de julio de 2013.- SEÑOR DIRECTOR: Tengo el agrado de dirigirme a Ud. con en las actuaciones de la referencia por las que

Más detalles

Aumento de cinco a siete las plazas de autotaxis en licencias ya concedidas. INFORME

Aumento de cinco a siete las plazas de autotaxis en licencias ya concedidas. INFORME -OFICIALÍA MAYORhttp://www.dip-badajoz.es/municipios/sael/index.php?cont=docum&c=1&id=3 ASUNTO: LICENCIAS/TAXIS Aumento de cinco a siete las plazas de autotaxis en licencias ya concedidas. F ************

Más detalles

Orden Foral 89/2005, de 30 de mayo, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se regula el Sistema de Información

Orden Foral 89/2005, de 30 de mayo, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se regula el Sistema de Información 9.0.0.04 Orden Foral 89/2005, de 30 de mayo, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se regula el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) y se establecen

Más detalles

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera) de 22 de noviembre de 2012

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera) de 22 de noviembre de 2012 SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera) de 22 de noviembre de 2012 «Comunicaciones electrónicas Directiva 2002/58/CE Artículo 6, apartados 2 y 5 Tratamiento de datos personales Datos de tráfico

Más detalles

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES.

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES. ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES. (B.O.P de Guadalajara de 2 de noviembre de 2009) A tenor de las facultades normativas otorgadas por los artículos 133.2

Más detalles

DECISIÓN (UE) 2016/948 DEL BANCO CENTRAL EUROPEO de 1 de junio de 2016 sobre la ejecución del programa de compras de bonos corporativos (BCE/2016/16)

DECISIÓN (UE) 2016/948 DEL BANCO CENTRAL EUROPEO de 1 de junio de 2016 sobre la ejecución del programa de compras de bonos corporativos (BCE/2016/16) L 157/28 DECISIÓN (UE) 2016/948 DEL BANCO CENTRAL EUROPEO de 1 de junio de 2016 sobre la ejecución del programa de compras de bonos corporativos (BCE/2016/16) EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Más detalles

Sentencia extraída de internet del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Primera), de 8 de marzo de 2001

Sentencia extraída de internet del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Primera), de 8 de marzo de 2001 Sentencia extraída de internet del Tribunal de Justicia de la Unión Europea SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Primera), de 8 de marzo de 2001 Sexta Directiva sobre el IVA - Exenciones - Operaciones

Más detalles

DIRECTRICES RELATIVAS AL EXAMEN DE LAS MARCAS DE LA UNIÓN EUROPEA OFICINA DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA UNIÓN EUROPEA (EUIPO) PARTE E

DIRECTRICES RELATIVAS AL EXAMEN DE LAS MARCAS DE LA UNIÓN EUROPEA OFICINA DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA UNIÓN EUROPEA (EUIPO) PARTE E DIRECTRICES RELATIVAS AL EXAMEN DE LAS MARCAS DE LA UNIÓN EUROPEA OFICINA DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA UNIÓN EUROPEA (EUIPO) PARTE E OPERACIONES DE REGISTRO SECCIÓN 6 OTRAS INSCRIPCIONES EN EL REGISTRO

Más detalles

RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN

RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN DE INSTALACIONES DE RÉGIMEN ESPECIAL 7 de julio de 2011

Más detalles

P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores

P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades

Más detalles

Reglamento del Archivo del Colegio Nacional

Reglamento del Archivo del Colegio Nacional Reglamento del Archivo del Colegio Nacional El presente Reglamento tiene por objeto ser un instrumento normativo que regule el funcionamiento del Archivo, así como garantizar la organización, tratamiento,

Más detalles

EL CONVENIO ARBITRAL

EL CONVENIO ARBITRAL IV CONGRESO NACIONAL DE MEDIACIÓN Dirección de Resolución Alterna de Conflictos EL CONVENIO ARBITRAL MSc. José René Orúe Cruz 7 de Septiembre de 2006 NATURALEZA JURÍDICA Teorías: Privatista o Contractualista.

Más detalles

ASPECTOS JURÍDICOS LEGISLACIÓN PESQUERA CHILENA MARÍA GABRIELA ILABACA TOLEDO SUBDIRECTORA JURÍDICA JULIO 2017

ASPECTOS JURÍDICOS LEGISLACIÓN PESQUERA CHILENA MARÍA GABRIELA ILABACA TOLEDO SUBDIRECTORA JURÍDICA JULIO 2017 ASPECTOS JURÍDICOS LEGISLACIÓN PESQUERA CHILENA MARÍA GABRIELA ILABACA TOLEDO SUBDIRECTORA JURÍDICA JULIO 2017 I. NORMATIVA INTERNACIONAL ADOPTADA POR CHILE El Estado de Chile ha suscrito y apoyado diferentes

Más detalles

PRINCIPIO DE SEGURIDAD REGISTRAL C O N C L U S I O N E S F O R O

PRINCIPIO DE SEGURIDAD REGISTRAL C O N C L U S I O N E S F O R O PRINCIPIO DE SEGURIDAD REGISTRAL C O N C L U S I O N E S F O R O 1 0-2014 PREGUNTAS DEL FORO 1. Qué entiende por seguridad registral. 2. Cómo se relaciona la seguridad registral con la publicidad. 3. Se

Más detalles

Vicios ocultos 323/12

Vicios ocultos 323/12 http://www.dip-badajoz.es/municipios/sael/index.php?cont=docum&c=1&id=3 ASUNTO: CONTRATACIÓN Vicios ocultos 323/12 EP ************ INFORME I. HECHOS. ANTECEDENTES Los aportados con el escrito de solicitud

Más detalles

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Primera) de 19 de abril de 2012 (*)

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Primera) de 19 de abril de 2012 (*) SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Primera) de 19 de abril de 2012 (*) «Reglamento (CE) nº 44/2001 Competencia judicial y ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil Competencia

Más detalles

Frente a dicha resolución el particular interpuso recurso de alzada que fue desestimado por el Pleno en su Resolución de 11 de septiembre de 2014.

Frente a dicha resolución el particular interpuso recurso de alzada que fue desestimado por el Pleno en su Resolución de 11 de septiembre de 2014. 1 Resolución de 15 de julio de 2014 de la Sección Segunda del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por un particular, contra una publicidad de la que es responsable la mercantil Sigma-Tau

Más detalles

AUTO DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Quinta) de 5 de julio de 2016 (*)

AUTO DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Quinta) de 5 de julio de 2016 (*) AUTO DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Quinta) de 5 de julio de 2016 (*) «Procedimiento prejudicial Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia Directiva 93/13/CEE Cláusulas abusivas

Más detalles

El TJUE establece que la trabajadora que ha tenido un hijo mediante un vientre de alquiler no tiene derecho a al permiso de maternidad

El TJUE establece que la trabajadora que ha tenido un hijo mediante un vientre de alquiler no tiene derecho a al permiso de maternidad El TJUE establece que la trabajadora que ha tenido un hijo mediante un vientre de alquiler no tiene derecho a al permiso de maternidad El TJUE ha dictado una sentencia, de fecha 18 de marzo de 2014 (asunto

Más detalles

RESUMEN Minas Concesión derechos mineros (28)

RESUMEN Minas Concesión derechos mineros (28) RESUMEN Minas Concesión derechos mineros (28) El representante de una empresa informa que la exigencia de la acreditación de la solvencia técnica y económica al promotor de un proyecto para la obtención

Más detalles

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Quinta) de 27 de junio de 2013 (*)

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Quinta) de 27 de junio de 2013 (*) SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Quinta) de 27 de junio de 2013 (*) «Código aduanero comunitario Reglamento (CEE) nº 2913/92 Mercancías en depósito temporal Mercancías no comunitarias Régimen aduanero

Más detalles

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES vs PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES vs PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES vs PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL NORMATIVA REGULADORA EN MATERIA DE PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre. Transposición

Más detalles

INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE IBERDROLA, S.A

INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE IBERDROLA, S.A INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE IBERDROLA, S.A. CON FECHA 12 DE ABRIL DE 2011, EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE DELEGACIÓN EN FAVOR DEL PROPIO CONSEJO DE LA FACULTAD DE EMITIR OBLIGACIONES

Más detalles

LA IGUALDAD DE GÉNERO EN LAS SUBVENCIONES PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO DE ALTSASU/ALSASUA

LA IGUALDAD DE GÉNERO EN LAS SUBVENCIONES PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO DE ALTSASU/ALSASUA LA IGUALDAD DE GÉNERO EN LAS SUBVENCIONES PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO DE ALTSASU/ALSASUA I. FUNDAMENTOS LEGALES. A) LEGISLACIÓN GENERAL. Artículos 9.2 y 14 de la Constitución Española. Artículo 9.2: Corresponde

Más detalles

(Texto pertinente a efectos del EEE) (2011/874/UE)

(Texto pertinente a efectos del EEE) (2011/874/UE) 23.12.2011 Diario Oficial de la Unión Europea L 343/65 DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 15 de diciembre de 2011 por la que se establece la lista de terceros países y territorios de terceros países

Más detalles

LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL ADMINISTRATIVO LA EJECUCIÓN Y REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS

Más detalles

Fuente: Texto original del fallo aportado por UAIPIT-Portal Internacional de la Universidad de Alicante en PI y SI- http://www.uaipit.com.

Fuente: Texto original del fallo aportado por UAIPIT-Portal Internacional de la Universidad de Alicante en PI y SI- http://www.uaipit.com. SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera) de 30 de junio de 2011 «Directiva 92/100/CEE Derechos de autor y derechos afines Préstamo público Remuneración de los autores Ingresos adecuados» En el

Más detalles

CONCEPTO Y CLASES DE COMPETENCIA

CONCEPTO Y CLASES DE COMPETENCIA Lección 2 Concepto y clases de competencia.- Competencia objetiva y determinación del procedimiento.- La competencia objetiva: por razón de la materia y por razón de la cuantía; determinación del valor.-

Más detalles

EL TRIBUNAL FEDERAL SUIZO AVALA EL ARTÍCULO R57, PÁRRAFO 3º, DEL CÓDIGO TAS

EL TRIBUNAL FEDERAL SUIZO AVALA EL ARTÍCULO R57, PÁRRAFO 3º, DEL CÓDIGO TAS LEGAL FLASH I GRUPO DERECHO DEL DEPORTE Noviembre 2015 EL TRIBUNAL FEDERAL SUIZO AVALA EL ARTÍCULO R57, PÁRRAFO 3º, DEL CÓDIGO TAS INTRODUCCIÓN La nueva versión del Código del Tribunal Arbitral de Deporte

Más detalles

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Primera) de 21 de febrero de 2013 (*)

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Primera) de 21 de febrero de 2013 (*) SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Primera) de 21 de febrero de 2013 (*) «Artículo 48 TFUE Seguridad social de los trabajadores migrantes Reglamentos (CEE) nº 1408/71 y (CE) nº 883/2004 Seguro de

Más detalles

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Bruselas, 29.1.2008 COM(2008) 28 final 2008/0010 (ACC) Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO sobre la posición que debe adoptar la Comunidad respecto de la propuesta de

Más detalles

PROGRAMA 135M PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

PROGRAMA 135M PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL PROGRAMA 135M PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL 1. DESCRIPCIÓN La Agencia Española de Protección de Datos es un Ente de Derecho Público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad jurídica

Más detalles

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Décima) de 20 de marzo de 2014 (*)

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Décima) de 20 de marzo de 2014 (*) SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Décima) de 20 de marzo de 2014 (*) «Procedimiento prejudicial Sexta Directiva IVA Exenciones Operaciones relativas a la venta de títulos que implican la transmisión

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE ECONOMIA E DE Y HACIENDA Recurso nº 245/2011 Resolución nº 278/2011 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 16 de noviembre de 2011. VISTA la cuestión de nulidad interpuesta por Don L.M.V.G., en representación

Más detalles

Sentencia extraída de internet del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Primera), de 1 de junio de 2006

Sentencia extraída de internet del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Primera), de 1 de junio de 2006 Sentencia extraída de internet del Tribunal de Justicia de la Unión Europea SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Primera), de 1 de junio de 2006 Sexta Directiva sobre el IVA Artículo 11, parte A, apartados

Más detalles

REGLAMENTO PARA ARBITRAJES DE BAJA CUANTÍA O ARBITRAJE ACELERADO DE LA CÁMARA NACIONAL DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

REGLAMENTO PARA ARBITRAJES DE BAJA CUANTÍA O ARBITRAJE ACELERADO DE LA CÁMARA NACIONAL DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO REGLAMENTO PARA ARBITRAJES DE BAJA CUANTÍA O ARBITRAJE ACELERADO DE LA CÁMARA NACIONAL DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO SECCIÓN I. DISPOSICIONES GENERALES SECCIÓN II. COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL ARBITRAL

Más detalles

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Jurisprudencia

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Jurisprudencia ACCIDENTES DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA ENTRE CONTRATANTE Y CONTRATISTA 1. La solidaridad entre contratista y beneficiaria por accidentes sufridos por los trabajadores

Más detalles

TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA

TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA 28.5.2011 Diario Oficial de la Unión Europea C 160/1 IV (Información) INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA El siguiente

Más detalles

Directiva 2006/112/CE del Consejo (Sistema Común del IVA), arts. 96 y 98.2 y Anexo III 6).

Directiva 2006/112/CE del Consejo (Sistema Común del IVA), arts. 96 y 98.2 y Anexo III 6). BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE Referencia: NFJ055096 TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA Sentencia de 11 de septiembre de 2014 Sala 3.ª Asunto n.º C-219/13 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE: IVA.

Más detalles

Resolución de Desarrolla el art. 3.º.

Resolución de Desarrolla el art. 3.º. REAL DECRETO 413/1997, de 21 de marzo, sobre protección operacional de los trabajadores externos con riesgo de exposición a radiaciones ionizantes por intervención en zona controlada. Desarrollado por:

Más detalles

Página 1 de 11 AVISO JURÍDICO IMPORTANTE: La información que se ofrece en estas páginas está sujeta a una cláusula de exención de responsabilidad y a un aviso de Copyright SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

Más detalles

Norma de calidad para determinados tipos de leche conservada parcial o totalmente deshidratada destinados a la alimentación humana.

Norma de calidad para determinados tipos de leche conservada parcial o totalmente deshidratada destinados a la alimentación humana. Real Decreto 1054/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba la Norma de calidad para determinados tipos de leche conservada parcial o totalmente deshidratada Sumario: Artículo único. Aprobación de la

Más detalles

INFORME DE LA ASESORIA JURIDICA COAM

INFORME DE LA ASESORIA JURIDICA COAM INFORME DE LA ASESORIA JURIDICA COAM SOBRE LAS INCOMPATIBILIDADES DE LOS ARQUITECTOS MUNICIPALES HONORIFICOS PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL EN LA DEMARCACION DEL MUNICIPIO. 1.- NORMATIVA El régimen de incompatibilidades

Más detalles

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA 2832 CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA ORDEN de 25 de enero de 2011, por la que se aprueban los precios medios en el mercado para estimar el valor real de los vehículos comerciales e industriales

Más detalles

AUTO DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Primera) de 24 de julio de 2003 *

AUTO DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Primera) de 24 de julio de 2003 * MESSEJANA VIEGAS AUTO DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Primera) de 24 de julio de 2003 * En el asunto C-166/02, que tiene por objeto una petición dirigida al Tribunal de Justicia, con arreglo al artículo

Más detalles

(TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) (7 DE MARZO DE 2016) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C.

(TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) (7 DE MARZO DE 2016) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. (TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) ( DE MARZO DE 0) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ma. Asamblea Legislativa ta. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. DE MAYO DE 0 Presentado

Más detalles

LISTADO DE PREGUNTAS BÁSICAS PARA LA ASIGNATURA DERECHO ADMINISTRATIVO I

LISTADO DE PREGUNTAS BÁSICAS PARA LA ASIGNATURA DERECHO ADMINISTRATIVO I LISTADO DE PREGUNTAS BÁSICAS PARA LA ASIGNATURA DERECHO ADMINISTRATIVO I En el presente listado figuran las preguntas básicas correspondientes a la asignatura Derecho Administrativo I, impartida en las

Más detalles

LA VENTA DE ORDENADORES PERSONALES CON PROGRAMAS Y

LA VENTA DE ORDENADORES PERSONALES CON PROGRAMAS Y LA VENTA DE ORDENADORES PERSONALES CON PROGRAMAS Y APLICACIONES PREINSTALADOS NO CONSTITUYE UNA PRÁCTICA DESLEAL CONTRA LOS CONSUMIDORES STJUE de 7 de septiembre de 2016, asunto C 310/15 Iuliana Raluca

Más detalles

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Quinta) de 16 de septiembre de 2004 *

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Quinta) de 16 de septiembre de 2004 * DUPUY SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Quinta) de 16 de septiembre de 2004 * En el asunto C-404/03, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo

Más detalles

Incidencias del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en la contratación pública. Enrique José Arboleda Perdomo

Incidencias del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en la contratación pública. Enrique José Arboleda Perdomo Incidencias del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en la contratación pública. Enrique José Arboleda Perdomo Temario: 1. Introducción: puntos de partida 2. Incidencias

Más detalles

Decreto Legislativo Nº 1105 que establece disposiciones para el proceso de formalización

Decreto Legislativo Nº 1105 que establece disposiciones para el proceso de formalización Decreto Legislativo Nº 1105 que establece disposiciones para el proceso de formalización DECRETO LEGISLATIVO Nº 1105 El presente Decreto Legislativo tiene como objeto establecer disposiciones complementarias

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA LICENCIA AMBIENTAL

ORDENANZA REGULADORA DE LA LICENCIA AMBIENTAL ORDENANZA REGULADORA DE LA LICENCIA AMBIENTAL Artículo 1. Sujeción a la licencia ambiental 1. El ejercicio de las actividades comprendidas en el Anexo de la presente Ordenanza precisará la previa obtención

Más detalles

T.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA) OVIEDO

T.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA) OVIEDO LOPD ADMINISTRACJON T.S.J. CON/AD (SEC.UNICA) OVIEDO SENTENCIA: 00852/2015 TRIBUNAL SUPERIOR DE Sala de lo Contencioso-Administrativo APELACION N 199/15 APELANTE: LOPD PROCURADOR: LOPD APELADOS: ZURICH

Más detalles