1.- INSTITUCIONES DE LA DEMOCRACIA ATENIENSE (ASAMBLEA, CONSEJO, ARCONTES, PRITANOS, SISTEMA JUDICIAL).
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- Francisca Cano Navarro
- hace 7 años
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1 A.- HISTORIA. 1.- INSTITUCIONES DE LA DEMOCRACIA ATENIENSE (ASAMBLEA, CONSEJO, ARCONTES, PRITANOS, SISTEMA JUDICIAL) INTRODUCCIÓN. Ya vimos que las reformas políticas de Clístenes dieron lugar a un nuevo sistema democrático. Sin embargo, en la configuración definitiva de éste se produjeron, a lo largo sobre todo del siglo V, diferentes rectificaciones, ajustes y avances, que conformaron la democracia ateniense tal como hoy en día la entendemos. Una democracia denominada radical por el ideal de i gualdad que pretendió conseguir, y a veces logró. Aunque, co mo veremos, tal igualitarismo no lo fue tanto, no hay que perder nunca la perpectiva histórica para comprender mejor lo que la democracia ateniense, con sus defectos, significó para su época, y para la nuestra. Los avances anteriormente mencionados fueron obra, en parte, de diferentes políticos atenienses, como Temístocles, Efialtes y, sobre todo, Pericles. Sin embargo, en todo este apartado nosotros nos ceñiremos a las instituciones democráticas atenienses ya plenamente conformadas, aunque algunas de éstas no estuvieran desarrolladas a lo largo de todo el período democrático, especialmente en sus inicios. Por ello trataremos en primer lugar la sociedad ateniense y las clases sociales que la conforman para, de esta manera, comprender mejor las instituciones políticas propiamente dichas, que serán estudiadas en segundo lugar. Algunos de los aspectos que tratamos ya fueron mencionados anteriormente, pero creemos que es conveniente volver a traerlos a colación, pues sin su mención resulta más difícil comprender la situación posterior LA SOCIEDAD ATENIENSE Y LAS CLASES SOCIALES. A) Evolución histórica. La primitiva población de Atenas la encontramos dividida en cuatro tribus, a las que se asignan nombres de origen incierto, que también se encuentran en otros estados jonios. La población libre se divide en tres clases: 1) Eupátridas o nobles; 2) Georgoi o agricultores terratenientes; 3) Demiurgoi u obreros públicos, que trabajan en el comercio y los negocios. Además de los ciudadanos libres, hay una Vas por la págin a 1 del tema 1
2 clase que, no poseyendo tierras, cultiva las de los nobles y conserva la sexta parte del producto, por lo que se llaman "Hectemoroi". Sólo la primera clase libre puede dar candidatos elegibles para el Arcontado y miembros del Areópago. Más tarde, Solón, legislador ateniense de comienzos del siglo VI, revisó la Constitución de forma que aún el más pobre de los ciudadanos tuviera alguna intervención en la administración pública. Con este fin, usó una clasificación ya existente, que dividía a los ciudadanos en tres clases, según su riqueza: a) Los Pentacosiomedimnoi, u hombres capaces de proveer 500 sacos de cereales; b) Los Hippeis o caballeros; c) los Zeugitai, u hombres que podían poseer una pareja de bueyes. A estas tres clases tradicionales añadió una cuarta: d) los Thetes, o ciudadanos más pobres. A cada clase se asignaron derechos políticos en proporción con su respectiva categoría y riqueza. Sólo los miembros de la primera clase eran elegibles par a los oficios públicos superiores (Arcontado); los de segunda y tercera eran admitidos para otros cargos menores; los thetes quedaron excluidos de todo cargo, pero recibieron a cambio el derecho de pertenecer a la "Ekklesía" o Asamblea general. Y como este cuerpo, con capacidad judicial, tenía el poder de pedir cuentas a los magistrados al término de su cargo, los thetes realmente adquirieron un verdadero poder. Más tarde, con la democracia, a partir de Clístenes (510), el acceso a los cargos públicos fue ampliándose paulatinamente a todas las clases sociales y económicas de los ciudadanos, sobre todo con las reformas de Efialtes y Pericles, ya en el siglo V. B) Agrupaciones sociales. -La población ateniense se dividía en época clásica en tres categorías legales: a) Ciudadanos (π λ ηαι): Disfrutaban de todos los derechos políticos (participación en la asamblea, magistraturas, etc.) y tenían en exclusiva el privilegio de tener propiedades inmobiliarias (suelo y vivienda). Para ser ciudadano se requería, a partir de Pericles (451), haber nacido de padres atenienses y estar inscrito en una fratría y en un demos. Tenían derechos políticos sólo los varones mayores de 18 años. Estos derechos, sin embargo, (llamados ) se podían ver restringidos en parte o totalmente ( ) por diferentes razones. b) Metecos (μέηoικoι): Eran hombres libres, griegos o no, asent ados en el Ática. Para no ser convertido en esclavo, todo extranjero tenía la obligación de inscribirse como meteco, y debían además pagar un impuesto especial. En rara s ocasiones, tenían el privilegio de igualdad de impuestos con los ciudadanos y el derecho a la propiedad inmobiliaria. No tenían derechos políticos, pero sí las mismas cargas que los ciudadanos en cuanto a riqueza. Para servirse de los tribunales de justicia necesitaban la garantía de un πρoζηάηης ("patrón"). Se ocupaban sobre todo en actividades económicas no agrícolas (comercio, artesanía, etc.), y por tanto su presencia era muy favorecida por la ciudad. Vas por la págin a 2 del tema 1
3 c) Esclavos (δ λ ι): No tenían ningún derecho político, aunque tenían algunas protecciones legales. Se dedicaban a la agricultura, comercio, minería, etc., al igual que los ciudadanos, pero siempre trabajaban por cuenta ajena, y en ocasiones sus condiciones de trabajo eran más duras. Otros esclavos formaban el cuerpo de policía (arqueros escitas). Los esclavos que obtenían la libertad pasaban a tener los mismos derechos y obligaciones que los metecos. Estas tres categorías legales no constituían clases sociales (propiamente dichas), económicas o incluso racial es, porque no existía homogeneidad dentro de cada una de ellas (aunque la homogeneidad étnica estaba prácticamente asegurada para los ciudadanos). 1.- DIVISIONES ADMINISTRATIVVAS. -En cuanto a las divisiones administrativas, desde las reformas de Clístenes (508), la población del Ática aparece dividida en diez tribus, que tenían por base una distribución geográfica en función de tres distritos: Ciudad, Campo y Costa. Cada distrito constaba de diez Tritías (ηριηηύες) que, por su parte, englobaban un número desigual de poblados o demos (δ μ ι). El conjunto de tres tritías, una de cada distrito, formaba una tribu (θσλή). Los demos tenían asambleas, magistrados, cultos y registros de inscripción propios, etc. Sin embargo, estaban plenamente integrados en la vida de la ciudad. (Cf. Esquema). Distritos Tribu Tritía ciudad Demoi campo costa Como se puede comprobar, existían tres distritos, treinta tritías y diez tribus. -Al lado de esta división administrativa, pervivían residuos de antiguas formas de agrupación tribal, que han adquirido un carácter religioso, aunque mantienen ciertas prerrogativas administrativas y organizativas : a) El genos (γέvoς) engloba a ciudadanos que celeb ran cultos en honor del supuesto fundador del genos, que vendría a significar estirpe o familia en un Vas por la págin a 3 del tema 1
4 sentido muy amplio, conservando el privilegio del sacerdocio, incluso cuando son asimilados por la religión oficial de la polis. b) La fratría (θραηρία) es una asociación de rango inferior al demos y al genos. Aunque tiene sus cultos propios en honor de Zeus y Atenea, los miembros de la fratría pueden ser invitados a participar en los de los genos. Tenían un cierto carácter familiar, aunque mantuvieron ciertas prerrogativas administrativas y organizativas 2.- INSTITUCIONES POLÍTICAS ATENIENSES. A) Órganos de gobierno. 1/ La Asamblea ( κκληζία): Era la reunión (originariamente en el ágora, pero después habitualmente en la Pnix) de todos los ciudadanos mayores de 20 años en posesión de plenos derechos. Como máximo órgano de decisión y discusión, los acuerdos de la asamblea se tomaban mediante voto a mano alzada. Para la ejecuci ón de los decretos acordados (υηθίζμαηα) contaba con el auxilio de la Bulé; para su conversión en leyes que no contradijeran las ya existentes, era asesorada por comisiones especiales. En ella se tomaban todo tipo de decisiones que afectaran a la vida y funcionamiento de la polis, desde aspectos de la vida cotidiana hasta declaraciones de guerra y número de combatientes que debían participar. E incluso cuando un magistrado tomaba una decisión fuera de la polis o cesaba en su cargo, debía rendir cuenta de sus actuaciones ante ella. Conviene destacar que cuando un ciudadano tomaba la palabra en la asamblea tenía carácter sagrado y era inviolable. El mantenimiento del orden en la asamblea se encargaba a un cuerpo de policía especial. Una sesión especial de la asamblea era la dedicada a los casos de ostracismo, cuya característica consistía en que si un ciudadano recibía votos (mediante su nombre escrito en un trozo de cerámica, ὄζηρακον) era expulsado de la ciudad durante diez años, tras los cuales podía volver sin perder sus derechos. Esta medida se tomó en un principio como un modo de evitar que alguien volviera a ocupar la tiranía. 2/ La Bulé (βoσλή): Tuvo 500 miembros a partir de Clístenes. Estos 500 ciudadanos, todos mayores de 30 años, eran elegidos por sorteo, anualmente, a razón de 50 por cada una de las 10 tribus. Sólo se podía ser consejero (βoσλεσηής) un máximo de dos veces en la vida. Como el año se dividía en diez partes, en cada una de ellas la bulé era representada por los 50 consejeros de c ada tribu. Éstos se alojaban en un edificio circular situado en el ágora ( γoρά) durante una décima parte del año o "Pritanía", de ahí su nombre de Pritanos (πρσηάvεις). Éstos, se encargaban de preparar el orden del día (πρόγραμμα) de las sesiones diarias del pleno de la Bulé en el βoσλεσηήριov, y de las cuatro asambleas ordinarias de cada pritanía. Durante cada pritanía los pritanos electos ejercían de modo efectivo las Vas por la págin a 4 del tema 1
5 tareas de gobierno, aunque cada día elegían a un presidente ( epístatos ), como su máximo representante. La Bulé, representada por los pritanos, ejercía un poder de control sobre los asuntos que llegaban a la asamblea (en materia de finanzas sobre todo) y se encargaba de coordinar y supervisar toda la actividad política (interior y exterior: recibía a los embajadores extranjeros, etc.), religiosa, económica y jurídica. 3/ El Areópago ( ρει ς πάγoς): Era en parte consejo político, y en parte tribunal judicial, que se reunía en una colina de Atenas del mismo nombre. Formaban parte del mismo, con carácter vitalicio, todos los ex -arcontes. Su enorme importancia político-judicial primitiva fue decayendo, pues en época arcaica era un tribunal formado por nobles y se encargaba vigilar la administración del estado y las decisiones de la asamblea. A partir de Efialtes, ya con la democracia, la mayor parte de sus prerrogativas pasaron a la Bulé y a los tribunales ordinarios, aunque siguió encargándose de delitos de sangre y mantuvo su prestigio moral. B) Magistraturas. Solían cubrirse por sorteo entre los ciudadanos presentados por los demos. Los cargos duraban un año, y no eran renovables (exc epto los militares, renovables indefinidamente). La elección se realizaba en primavera. Los ciudadanos tomaban posesión de sus cargos en Julio. Para poder entrar en funciones, los candidatos electos debían superar favorablemente un examen (δoκιμαζία) ante un tribunal sobre cuestiones que aseguraban su impecable ciudadanía. Los magistrados podían ser cesados en su cargo si no conseguían el voto de confianza ( πιτειρoηovία) preceptivo en cada una de las asambleas principales a lo largo del año. Finalmente, y en el término de 30 días después de haber cesado en su mandato, los magistrados estaban obligados a someterse a un proceso de rendición de cuentas ( ε θύ ας δίδovαι), requisito sin el cual el magistrado saliente no podía disponer de sus bienes ni abandona r la ciudad. Entre todas las magistraturas ateniense destacan por su importancia los arcontes ( έα ρτovηες) y los estrategos (o ζηραηηγoί) o generales. B.1.- Los Arcontes: Los nueve arcontes, actuando colegiadamente, presidían las elecciones y sorteos de todo tipo, si bien hay que distinguir entre las funciones encargadas cada uno de los tres arcontes principales (arcontes epónimo, rey y polemarco), y aquellas que correspondían al colegio de los seis tesmótetas, si bien todos ellos tenían funciones honoríficas o religiosas y administrativas. Los arcontes eran elegidos por sorteo entre los ciudadanos mayores de 30 años, aunque cada ciudadano sólo podía acceder al arcontado dos veces a lo largo de su vida. - El arconte epónimo ( ρτφv) daba su nombre al año -por eso más tarde se le denominó πώvσμoς- y era el máximo responsable de los tribunales judiciales y tenía a su cargo la organización de las fiestas Dionisíacas. Vas por la págin a 5 del tema 1
6 - El arconte rey (βαζιλεύς) tenía funciones religiosas como la dirección de los misterios de Eleusis, y entendía en procesos judiciales de impiedad y asesinato. - El arconte polemarco (πoλέμαρτoς) organizaba las pompas fúnebres tributadas a los caídos en la guerra y se ocupaba de los juicios en que se veían implica dos metecos y extranjeros. - Los seis tesmótetas (θεζμoθέηαι) auxiliados por un secretario, velaban por el cumplimiento de las leyes sometidas a revisión cada año, y se encargaban de su fijación por escrito. Señalaban los días de actuación de los tribunale s y clasificaban la competencia sobre las distintas causas judiciales, reservándose las concernientes a la seguridad del estado y al poder legislativo. Finalmente, presidían el sorteo para la elección de nuevos arcontes, la δoκιμαζία de los magistrados ele ctos y la rendición de cuentas de los estrategos. B.2.- Los estrategos: Eran diez, elegidos en la asamblea a razón de uno por cada tribu, a mano alzada entre todos los ciudadanos. Actuaban colegiadamente en las reuniones celebradas en el ζηρ ηηγε, si bien la asamblea era el órgano que al fin y al cabo controlaba y decidía todas las medidas propuestas sobre la administración militar y naval, así como en el reparto de poderes en caso de excepción. Sus funciones especiales aseguraban a los estrategos determinados privilegios (preferencia para la introducción de puntos en el orden del día de las asambleas, posibilidad de convocar asambleas extraordinarias, etc.), al tiempo que se convertían en permanentes gestores oficiosos de la diplomacia. Desde el punto de vista jurídico, intervenían en las causas propiamente militares y en aquellas que incidían en la fuerza militar de la ciudad. Muchos ciudadanos, deseosos de participar en la política, se presentaban ante sus conciudadanos como estrategos, dada la influe ncia que podían ejercer y el prestigio (y resonsabilidad) que acarreaba tal magistratura. 3.- SISTEMA JUDICIAL. A/ Árbitros públicos y privados. Cualquier tipo de conflicto podía ser resuelto por un árbitro público (elegido por un magistrado) o privado (elegido por las partes en conflicto): διαιηηηής. Los árbitros eran ciudadanos mayores de 60 años, residentes en Atenas y que no hubieran sido elegidos para otro cargo. El árbitro intentaba la reconciliación entre las partes y, si lo conseguía, dictaba sent encia, que era recurrible, y en caso de no haber solución la causa pasaba ya a los tribunales ordinarios. B/ Los jueces (δικασταί). HELIEA. La Heliea era el gran tribunal de Atenas y estaba formada por ciudadanos de plenos derechos, mayores de 30 a ños, elegidos por sorteo entre aspirantes voluntarios. Estos se repartían en 10 secciones (δικαζηηρία) integradas por 600 jueces procedentes a partes iguales de cada una de las 10 tribus. Un tribunal podía contar con un mínimo de 201 jueces y máximo de Los Vas por la págin a 6 del tema 1
7 jueces recibían un salario por cada día de actuación. Un doble sorteo, realizado antes de la constitución de los tribunales, trataba de evitar la corrupción y el soborno a los jueces. Las causas podían ser privadas (δίκη) o públicas (γραθή). No existían abogados ni fiscales, sino sólo, por decirlo así, jurados acusador y acusado (además de secretarios, funcionarios, etc). Conviene destacar que si un acusador no abtenía al menos la quinta parte de votos a su favor, quedaba inhabilitado temporal mente para presentar nuevas demandas. 4.- OTRAS INSTITUCIONES. A/ Política fiscal: Las "Liturgías". Además de una serie de impuestos indirectos para ciudadanos y metecos (θόρoς), los ciudadanos ricos tenían la obligación moral de emplear parte de sus riquezas en beneficio del bien público. Esta obligación estaba perfectamente regulada por las liturgías (λ η σργίαι), "servicios a la comunidad", mediante los cuales la polis les imponía correr con determinadas cargas. Entre otras, éstas eran la τoρηγία (obligación de correr con todos los gastos de un coro para las representaciones teatrales) y la ηριηραρτία (obligación de equipar una nave atendiendo a los gastos de manutención de los tripulantes y entretenimiento durante un año). B/ El ejército. El servicio militar era una obligación para todos los ciudadanos y metecos. A los 18 años, los jóvenes atenienses eran reclutados como " efebos" y recibían educación militar durante dos años. Tras el período de efebía, el ciudadano ateniense ya podía participar pl enamente en la asamblea, donde se decidía en cada caso la amplitud de los reclutamientos para las campañas del ejército. Como cada soldado debía pagar su armamento, la participación en calidad de hoplitas o jinetes mostraba la situación económica de tales ciudadanos. Las tropas ligeras eran levadas con menor frecuencia. En la marina se daban los mayores contrastes. Corría a cargo de los ciudadanos más ricos el equipamiento de las trirremes: naves de 174 remeros distribuidos en tres filas a cada lado, mientr as que los ciudadanos más pobres tuvieron siempre en la flota un medio muy importante de ganarse la vida como tripulantes, al menos mientras existió el imperio ateniense. Vas por la págin a 7 del tema 1
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