TARIFA DE ASEO Resumen determinación de tarifa. 17/10/2014 Municipalidad de Recoleta dzuniga

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1 TARIFA DE ASEO 2015 Resumen determinación de tarifa 17/10/2014 Municipalidad de Recoleta dzuniga

2 ÍNDICE INTRODUCCIÓN... 4 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 50 PARA LA APLICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 6º, 7º, 8º Y 9º DEL DECRETO LEY 3.063, DE SOBRE RENTAS MUNICIPALES, EN LO RELATIVO AL COBRO DEL SERVICIO POR EXTRACCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS ARTÍCULO 1º... 4 ARTÍCULO 2º... 4 ARTÍCULO 3º... 5 ARTÍCULO 4º... 5 ARTÍCULO 5º... 6 ARTÍCULO 6º... 6 ARTÍCULO 7º... 7 ARTÍCULO 8º... 8 ARTÍCULO 9º... 8 ARTÍCULO 10º... 8 ARTÍCULO 11º... 8 ARTÍCULO 12º... 8 DETERMINACIÓN DE LA TARIFA DEL SERVICIO DE EXTRACCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS.. 9 a) Costo proporcional en personal de la Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Ornato, que comprenden todas las remuneraciones fijas o variables, ordinarias o extraordinarias, imponibles o no imponibles, aportes previsionales o legales, incluidos los que corresponden al financiamiento del seguro por accidentes del trabajo b) Costos de disposición final de los residuos sólidos domiciliarios que comprenden tratamiento intermedio y de relleno sanitario u otros sistemas ad-hoc c) Servicios prestados por el municipio o por terceros, que comprenden la recolección, transporte y disposición final de los residuos sólidos domiciliarios d) Servicios de Inspección Técnica en Planta de tratamiento Intermedio e) Costos de arriendo de propiedades que comprenden las sumas pagadas por la Municipalidad por concepto de arriendo de inmuebles para el servicio, en la proporcionalidad que corresponda f) Costos de capital, que comprenden las provisiones de fondos necesarios para la renovación de equipos mecánicos g) Gastos en vehículos, que deberá comprender aquellos de operación, mantenimiento y permisos de circulación y seguros sobre tales vehículos... 12

3 h) Gastos varios, que comprenden gastos tales como consumos básicos, materiales de uso y consumo corriente, gastos en computación, vestuario y calzado, gastos de mantención de los inmuebles destinados al servicio y otros de índole similar ARTÍCULO 10º: PROCEDIMIENTO PARA COBRO DE EXCEDENTE ESTIMACIÓN POR LITRO DE EXCEDENTE DISTRIBUCIÓN PORCENTUAL POR ZONA COMPOSICIÓN DEL GASTO CÁLCULO DE LA TARIFA I. Valor tarifa anual Zona II. Valor tarifa anual Zona III. Valor tarifa anual Zona

4 INTRODUCCIÓN Considerando el Decreto Ley Nº de 1979, Ley de Rentas Municipales y sus modificaciones; la Ordenanza Nº 49 sobre Derechos Municipales, de octubre de 2009, y sus modificaciones posteriores, y la necesidad de modificarla para establecer los derechos que regirán para el año 2015 en la Comuna de Recoleta. La obligación de modificar la Ordenanza sobre Derechos Municipales por Permisos, Concesiones y Servicios Municipales Vigente de la Municipalidad de Recoleta específicamente a través de la metodología establecida en la Ordenanza Nº 50, de mayo de 2010, para la determinación de la tarifa del servicio de extracción de residuos sólidos domiciliarios. ORDENANZA MUNICIPAL Nº 50 PARA LA APLICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 6º, 7º, 8º Y 9º DEL DECRETO LEY 3.063, DE SOBRE RENTAS MUNICIPALES, EN LO RELATIVO AL COBRO DEL SERVICIO POR EXTRACCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS. ARTÍCULO 1º: La presente Ordenanza determinará los derechos del cobro por Extracción de Residuos Sólidos Domiciliarios de acuerdo a la fijación de tramos y tarifas o montos que la Municipalidad de Recoleta percibirá por este servicio de acuerdo a lo que disponen los artículos 6º, 7º, 8º y 9º del Decreto Ley 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales. ARTÍCULO 2º: Para los efectos de la presenta Ordenanza, se entenderá sin necesidad de mención expresa que toda referencia a la Ley o números de artículos corresponde al Decreto Ley 3.063, de 1979, y sus modificaciones posteriores como sus disposiciones permanentes y transitorias, según el caso: y por la expresión Servicio, el Servicio de Recolección, Transporte y Disposición Final de Residuos Sólidos Domiciliarios.

5 ARTÍCULO 3º: La determinación del costo del servicio comprenderá los gastos totales que se detallan en el artículo 4º siguiente, excluyendo los servicios que a continuación se señalan: a) Limpieza y barrido de calles, b) Limpieza y lavado de basureros, c) Lavado de calles, d) Otros servicios distintos a la recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios, e) Residuos que sobrepasan un volumen superior a los 60 litros en promedio diario. ARTÍCULO 4º: Los rubros de gastos que se considerarán para determinar el costo del servicio son los siguientes: a) Costo proporcional en personal de la Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Ornato, que comprenden todas las remuneraciones fijas o variables, ordinarias o extraordinarias, imponibles o no imponibles, aportes previsionales o legales, incluidos los que corresponden al financiamiento del seguro por accidentes del trabajo. La Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Ornato determinará cada año la proporción correspondiente por éste concepto. b) Costos de disposición final de los residuos sólidos domiciliarios que comprenden tratamiento intermedio y de relleno sanitario u otros sistemas adhoc. c) Servicios prestados por el municipio o por terceros, que comprenden la recolección, transporte y disposición final de los residuos sólidos domiciliarios. d) Servicios de Inspección Técnica en Planta de tratamiento Intermedio. e) Costos de arriendo de propiedades que comprenden las sumas pagadas por la Municipalidad por concepto de arriendo de inmuebles para el servicio, en la proporcionalidad que corresponda. f) Costos de capital, que comprenden las provisiones de fondos necesarios para la renovación de equipos mecánicos. g) Gastos en vehículos, que deberá comprender aquellos de operación, mantenimiento y permisos de circulación y seguros sobre tales vehículos.

6 h) Gastos varios, que comprenden gastos tales como consumos básicos, materiales de uso y consumo corriente, gastos en computación, vestuario y calzado, gastos de mantención de los inmuebles destinados al servicio y otros de índole similar. ARTÍCULO 5º: El costo total anual del servicio se establecerá según un simple control de costos del Municipio, comprendiendo un período de doce meses, entre el 1º de julio y el 30 de junio del año calendario anterior a aquel en que se vaya a aplicar la tarifa determinada, salvo para nuevas licitaciones que pudieren afectar el periodo de cobros, en cuyo caso se consideran los gastos contractuales vigentes. ARTÍCULO 6º: El monto de la tarifa unitaria se determinará de la siguiente forma: Metodología de cálculo: La metodología será diferenciada de acuerdo a una zonificación del territorio de la comuna. En la comuna existen tres zonas con distinto tipo de servicio a causa de la actividad comercial permanente en dos de las zonas. Para el cálculo de la tarifa de aseo se tratará cada zona por separado. Las zonas son: a) Patronato & Bellavista, denominada Zona 1; b) Vega, denominada Zona 2; y c) Resto de la Comuna o Residencial, denominada Zona 3. Se definirán de la siguiente forma: I. Determinando el total de predios de la zona sujetas al servicio. II. III. Determinando los costos totales asociados al servicio de recolección. Dividiendo los gastos totales por el número de predios del sector. Este cobro se registrará semestralmente en la patente comercial y se cobrará solo a los predios con actividad comercial e industrial. Al resto de los predios se les cobrará según sector Residencial (Zona 3). Las zonas se determinan según los siguientes límites y sus gastos se definirán según artículo 4 precedente.

7 Tabla 1 A. ZONA 1 (PATRONATO & BELLAVISTA) LÍMITES TERRITORIALES Por el Sur: Av. Santa María (eje central hacía el Norte); Por el Oriente (Este): Pío Nono (eje central hacía el poniente); Por el Poniente (Oeste): Av. Recoleta (acera oriente). Por el Norte: Dominica (acera Norte); El sector tiene un servicio diario y permanente de recolección diurno 7 (siete) días a la semana y nocturno 6 (seis) días en la semana. Tabla 2 B. ZONA 2 (VEGA) LÍMITES TERRITORIALES Por el Sur: Av. Santa María (eje central hacía el Norte); Por el Oriente (Este): Av. Recoleta (acera poniente); Por el Poniente (Oeste): Av. La Paz (eje central hacía el Oriente); Por el Norte: Santos Dumont (acera Norte). El sector tiene un servicio diario y permanente de recolección 7 (siete) días a la semana. No considera los predios incluidos al interior de la Vega Central. C. ZONA 3 (RESTO DE LA COMUNA O RESIDENCIAL) Tabla 3 LÍMITES TERRITORIALES Comprende el total de predios de la comuna, excluyéndose los de los sectores denominados Zona 1 y Zona 2. ARTÍCULO 7º: El cobro de la tarifa anual del servicio por vivienda o unidad habitacional, se aplicará a aquellas propiedades que no se encuentren exentas de dicho pago en virtud de lo dispuesto en el Artículo 7º del Decreto Ley 3.063, de Sobre Rentas Municipales (disposición que prescribe la exención automática de dicho pago respecto de las viviendas o unidades habitacionales que tengan un avalúo fiscal igual o inferior a 225 UTM).

8 ARTÍCULO 8º: Tratándose de locales comerciales, industriales, oficinas de profesionales y otros definidos en los artículos 23º y 32º del Decreto Ley 3.063, de Sobre Rentas Municipales, que paguen dos o más patentes en el mismo predio, el cobro por el servicio se aplicará solo respecto de una de ellas, siendo el mismo contribuyente. ARTÍCULO 9º: Tratándose de propiedades que sirven como vivienda y además como locales comerciales, industriales, oficinas profesionales y otros; el pago del derecho ordinario o especial del servicio deberá aplicarse ya sea en la contribución territorial o en el cobro directo y además en una de las patentes respectivas. En el caso de que el predio pague patente comercial y no tenga uso habitacional, solo se le cobrará en conjunto con la contribución de la patente. ARTÍCULO 10º: PROCEDIMIENTO PARA COBRO DE EXCEDENTE Se entiende por extracción usual y ordinaria la que no sobrepasa un volumen de 60 litros (sesenta litros) de desperdicios de promedio diario. Todo lo que supere ese volumen se considerará excedente y generará el cobro de la tarifa correspondiente. La Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Ornato llevará a cabo un seguimiento y evaluación de los predios potencialmente generadores de excedentes. Esto se verificará sin información previa a los usuarios (contribuyentes) en los días y horarios correspondientes a la extracción, recolección de basura. ARTÍCULO 11º: La presente Ordenanza regirá a partir del mes siguiente al de su publicación. ARTÍCULO 12º: Las personas que no deseen acogerse al servicio de extracción de aseo domiciliario definido en esta ordenanza, podrán optar por hacerlo por sí misma o por medio de terceros, para lo cual deberán contar con la autorización o resolución sanitaria pertinente y el permiso municipal que corresponda de acuerdo a la ordenanza de aseo de la comuna.

9 DETERMINACIÓN DE LA TARIFA DEL SERVICIO DE EXTRACCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS. Ilustración 1 Visto lo anterior y en orden de determinar el cálculo de la tarifa para el periodo se procederá según lo estipulado en el Artículo 4ª precedente. A) COSTO PROPORCIONAL EN PERSONAL DE LA DIRECCIÓN DE MEDIO AMBIENTE, ASEO Y ORNATO, QUE COMPRENDEN TODAS LAS REMUNERACIONES FIJAS O VARIABLES, ORDINARIAS O EXTRAORDINARIAS, IMPONIBLES O NO IMPONIBLES, APORTES PREVISIONALES O LEGALES, INCLUIDOS LOS QUE CORRESPONDEN AL FINANCIAMIENTO DEL SEGURO POR ACCIDENTES DEL TRABAJO.

10 La Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Ornato determinará cada año la proporción correspondiente por éste concepto. Tabla 4 COSTO TOTAL EN PERSONAL COSTOS DIRECTOS EN RECOLECCIÓN MUNICIPAL 6 CHOFERES DESTINADOS A RECOLECCIÓN ASEO $ FUNCIONARIOS PEONETAS DESTINADOS A RECOLECCIÓN AS$ REMUNERACIONES DIRECTAS DE RECOLECCIÓN MUNICIPAL $ OTROS COSTOS EN REMUNERACIONES DIRECTOR: 25% DE ACTIVIDAD DESTINADO A ASEO $ FUNCIONARIOS 100% DEPTO ASEO $ UNIFORMES $ TOTAL $ TOTAL REMUNERACIONES $ B) COSTOS DE DISPOSICIÓN FINAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS QUE COMPRENDEN TRATAMIENTO INTERMEDIO Y DE RELLENO SANITARIO U OTROS SISTEMAS AD-HOC. La Municipalidad de Recoleta esta suscrito al CONTRATO PARA EL TRATAMIENTO INTERMEDIO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS MUNICIPALES ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CONCHALI Y OTRAS con el consorcio compuesto por las empresas KIASA y DEMARCO, las cuales de acuerdo a lo comprometido en su Oferta, procedieron a constituir la sociedad KDM S.A. para prestar la concesión de los servicios adjudicados. De acuerdo a los montos mensuales de tonelajes recibidos y los valores de los servicios de Tratamiento Intermedio y Disposición Final facturados se dividen en planillas con información segmentada por servicio Municipal y el servicio Licitado de recolección.

11 Tabla 5 COSTO TOTAL EN RECOLECCIÓN GASTO PERIODO ANTERIOR ACTUALIZADO GASTO PERIODO EN CÁLCULO ACTUALIZADO B ESTACIÓN DE TRANSFERENCIA Y RELLENO SANITARIO SERVICIO PRESTADO POR K.D.M. $ $ SERVICIO DE RECOLECCIÓN DE BASURA DOMICILIARIA C.1 SERVICIO PRESTADO POR SERVITRANS S.A. $ $ SERVICIO DE RECOLECCIÓN DE BASURA DOMICILIARIA C.2 SERVICIO DE RECOLECCIÓN MUNICIPAL $ $ D SERVICIO DE INSPECCIÓN RELLENO SANITARIO SERVICIO PRESTADO POR BRAVO ENERGY S.A. $ $ $ $ $ C) SERVICIOS PRESTADOS POR EL MUNICIPIO O POR TERCEROS, QUE COMPRENDEN LA RECOLECCIÓN, TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS. Los servicios de Tratamientos y Disposición están detallados en la letra anterior de este artículo, el servicio de recolección y transporte en que incurre la comuna se encuentra divido por el servicio que presta la Municipalidad y el servicio prestado por la empresa Licitada SERVITRANS S.A. D) SERVICIOS DE INSPECCIÓN TÉCNICA EN PLANTA DE TRATAMIENTO INTERMEDIO. Los costos facturados por servicios de Inspección Técnica durante el periodo que comprende el cálculo (véase tabla 5). E) COSTOS DE ARRIENDO DE PROPIEDADES QUE COMPRENDEN LAS SUMAS PAGADAS POR LA MUNICIPALIDAD POR CONCEPTO DE ARRIENDO DE INMUEBLES PARA EL SERVICIO, EN LA PROPORCIONALIDAD QUE CORRESPONDA. La Municipalidad para el periodo que comprende al cálculo de esta tarifa no incurre en gastos de arriendo de propiedades o inmuebles para el servicio. Por lo que este punto será desestimado para la determinación de la tarifa. F) COSTOS DE CAPITAL, QUE COMPRENDEN LAS PROVISIONES DE FONDOS NECESARIOS PARA LA RENOVACIÓN DE EQUIPOS MECÁNICOS. La Municipalidad para el periodo que comprende al cálculo de esta tarifa no incurre en costos de capital.

12 G) GASTOS EN VEHÍCULOS, QUE DEBERÁ COMPRENDER AQUELLOS DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y PERMISOS DE CIRCULACIÓN Y SEGUROS SOBRE TALES VEHÍCULOS. Los gastos en vehículos para integrarlos al cálculo están considerados solo para el servicio de recolección municipal, ya que en el caso del servicio Licitado los gastos en vehículos están considerados en la boleta que cancela la Municipalidad a la empresa Licitada. El servicio de recolección Municipal cuenta con 3 camiones compactadores además de 2 camionetas para supervisión, y un camión plano. De estos vehículos se han estipulados los gastos de mantención, combustible y depreciación. Los valores de permisos de circulación y seguros no están siendo considerados en esta sumatoria de costos directos en recolección municipal, serán contemplados en la sumatoria general de los factores. Tabla 6 COSTO TOTAL EN VEHÍCULOS COSTOS DIRECTOS EN RECOLECCIÓN MUNICIPAL COSTO EN COMBUSTIBLE $ COSTO EN MANTECIONES $ COSTO DE DEPRECIACIÓN $ TOTAL $ OTROS COSTOS EN VEHÍCULOS COSTO EN SEGUROS VEHÍCULARES $ TOTAL COSTOS NO ASOSIADOS A RECOLECCIÓN MUNICIPAL $ TOTAL $ H) GASTOS VARIOS, QUE COMPRENDEN GASTOS TALES COMO CONSUMOS BÁSICOS, MATERIALES DE USO Y CONSUMO CORRIENTE, GASTOS EN COMPUTACIÓN, VESTUARIO Y CALZADO, GASTOS DE MANTENCIÓN DE LOS INMUEBLES DESTINADOS AL SERVICIO Y OTROS DE ÍNDOLE SIMILAR.

13 Tabla 7 COSTO TOTAL EN CONSUMOS BÁSICOS TABLA RESUMEN MONTO ASIGNADO A % ACTUALIZADO ASEO AGUA POTABLE $ % $ ELECTRICIDAD $ % $ IMPRESIÓN Y FOTOCOPIA $ % $ VALES DE GAS $ % $ MATERIALES DE OFICINA $ % $ MATERIALES DE ASEO $ % $ SEGUROS PROPIEDAD $ % $ $ $ ARTÍCULO 10º: PROCEDIMIENTO PARA COBRO DE EXCEDENTE A partir del artículo en cuestión se genera el cálculo para el cobro de excedentes a los contribuyentes que arrojen mas residuos que los permitidos bajo lo estipulado por este artículo de la ordenanza, mediante la cubicación se miden y pesan los volúmenes de residuos de los contribuyentes, con esta herramienta, cuando se puede comprobar que estos están afectos a excesos se procede al cobro por concepto de excedentes. Este ingreso es considerado como un descuento al valor total del costo que compone la el gasto. Existen datos que corresponde al período considerado entre Julio de 2013 y Junio de 2014 por concepto de cobro de excedentes. Tabla 8 EXCEDENTES DESCUENTO DE LA TARIFA POR CONCEPTO DE EXCEDENTES REGISTRADOS EN EL PERIODO CUADRO Nº 31 INGRESOS POR EXCEDENTES 2do SEM er SEM EXCEDENTES PATENTES INDUSTRIALES $ $ EXCEDENTES PATENTES COMERCIALES $ $ EXCEDENTES PATENTES PROVISORIAS $ $ $ $ TOTAL INGRESOS POR EXCEDENTES DEL PERIODO $

14 ESTIMACIÓN POR LITRO DE EXCEDENTE Tabla 9 E.- CÁLCULO DEL COSTO UNITARIO POR LITRO DE BASURA (SERVICIO ESPECIAL EXCEDENTES) a.- Costo total anual del servicio $ b.- Número de toneladas en el periodo recogidas ,13 c.- Costo del servicio por tonelada a.- / b.- $ ,61 d.- Costo de un kilo de basura compactada c.- / 1000 $ 26,10 e.- Costo de un gramo de basura compactada d.- / 1000 $ 0,03 VALOR PERIODO VALOR EN U.T.M. EN VIGENCIA f.- Costo por 1 Litro de basura 270 * e.- $ 7,05 0,0002 0,0002 * Se considera que 1 litro de basura = 0,27 kg. DISTRIBUCIÓN PORCENTUAL POR ZONA Tal como se establece en el Artículo Nº 6 precedente, se distribuye el costo total del servicio en tres zonas, esto por la necesidad de dividir los esfuerzos generados en recolección por cada Zona establecida. El total de toneladas es la suma de tonelajes del Servicio de Recolección Licitado que presta Servitrans y el Servicio de Recolección Municipal. El porcentaje se asigna al medir las cargas de tonelajes y las rutas determinadas por el departamento de aseo en las tres Zonas comunales del promedio mensual.

15 Tabla 10 CUADRO Nº 4 TOTAL SERVITRANS MUNICIPAL TOTAL RECOLECCIÓN TONELADAS TONELADAS TONELADAS VIAJES A KDM TOTAL DEL PERIODO , , , PORCENTAJE % 100% 81,16% 18,84% PROMEDIO MES 6.239, , , CUADRO Nº 5 DISTRIBUCIÓN POR ZONA TONELADAS PROMEDIO/MES % ZONA ,08 19,92% ZONA 2 705,15 11,30% ZONA ,45 68,78% TOTAL COMUNAL 6239,68 100% CUADRO Nº 6 TONELADAS % SERVITRANS PROMEDIO/MES VIAJES A KDM ZONA 1 922,55 14,79% 96 ZONA 2 ZONA ,88 66,38% 431 TOTAL SERVITRANS 5.064,43 81,16% 527 CUADRO Nº 7 TONELADAS % MUNICIPAL PROMEDIO/MES VIAJES A KDM ZONA 1 320,52 5,14% 60 ZONA 2 705,15 11,30% 132 ZONA 3 149,58 2,40% 28 TOTAL MUNICIPAL 1.175,25 18,84% 220 COMPOSICIÓN DEL GASTO El gasto total del servicio de recolección de RSD se compone de la suma de los gastos incurridos en el periodo para cada una de las letras que establece el Artículo Nº 4 y el descuento de ingresos por Excedentes del periodo del cálculo. El valor se establece en UTM del mes de Junio y se extrapola al mes de Octubre para su decreto y promulgación. El valor total se distribuye de acuerdo al porcentaje de Distribución por Zona para determinar el Costo total por Zona y calcular el valor de la tarifa de cada una de estas.

16 Tabla 11 COMPOSICIÓN DEL GASTO CUADRO Nº 31 CONCEPTO COMPOSICIÓN MONTO EN $ DEL GASTO 1.- GASTO EN PERSONAL $ $ ,1% 2.- SERVICIO DE INSPECCIÓN DE RELLENO SANITARIO $ ,4% 3.- SERVICIO DE RECOLECCIÓN DE BASURA LICITADO (SERVITRANS S.A.) $ ,7% 4.- SERVICIO DE RECOLECCIÓN DE BASURA MUNICIPAL $ ,3% 5.- SERVICIO DE TRANSFERENCIA Y RELLENO SANITARIO $ $ ,5% 6.- GASTO EN VEHÍCULOS $ ,1% 7.- GASTO EN CONSUMOS BÁSICOS $ $ ,4% 8.- INGRESO POR EXCEDENTES $ ,4% 100% TOTAL COSTOS ACTUALIZADOS AL 30/06/2014 $ COSTOS ACTUALIZADOS AL 31/10/2014 $ UTM UTM JUNIO OCTUBRE $ $ DISTRIBUCIÓN POR ZONA TONELADAS PROMEDIO/MES % COSTO TOTAL POR ZONA ZONA 1- PATRONATO & BELLAVISTA 1243,08 19,92% $ ZONA 2- VEGA 705,15 11,30% $ ZONA 3- RESTO COMUNA 4291,45 68,78% $ TOTAL COMUNAL 6239,68 100% CÁLCULO DE LA TARIFA Tal como se establece en el Artículo Nº 6 para determinar el monto de la tarifa unitaria por zona se realizará de la siguiente forma: Se definirán de la siguiente forma: I. Determinando el total de predios de la zona sujetas al servicio. II. III. Determinando los costos totales asociados al servicio de recolección. Dividiendo los gastos totales por el número de predios del sector.

17 Tabla 12 CÁLCULO TARIFA ASEO 2015 A.- COSTOS RELACIONADOS CON ITEM DE ASEO CONCEPTO MONTO EN $ 1.- SERVICIO DE RECOLECCIÓN DE BASURA LICITADO (SERVITRANS S.A. $ SERVICIO DE RECOLECCIÓN DE BASURA MUNICIPAL $ SERVICIO DE TRANSFERENCIA Y RELLENO SANITARIO $ SERVICIO DE INSPECCIÓN DE RELLENO SANITARIO $ GASTO EN PERSONAL $ GASTO EN VEHÍCULOS $ GASTO EN CONSUMOS BÁSICOS $ INGRESO POR EXCEDENTES $ TOTAL COSTOS AL 30/06/2014 $ COSTOS ACTUALIZADOS AL 31/10/2014 $ B.- TOTAL DE USUARIOS CONCEPTO Nº 1.- Nº DE PREDIOS AFECTOS AL COBRO DE DERECHOS DE ASEO EN LAS CONTRIBUCIONES Nº DE PATENTES COMERCIALES AFECTAS AL DERECHO DE ASEO Nº DE PREDIOS HABITACIONALES AFECTOS TOTALES TOTAL USUARIOS C.- TOTAL TONELADAS AÑO MES TONELADAS SERVITRANS TONELADAS MUNICIPAL TONELADAS TOTAL 2013 Julio 4.424,12 845, , Agosto 5.088, , , Septiembre 4.638, , , Octubre 5.158, , , Noviembre 5.101, , , Diciembre 5.685, , , Enero 5.815, , , Febrero 4.730, , , Marzo 5.355, , , Abril 5.065, , , Mayo 5.201, , , Junio 4.507, , ,42 TOTAL TONELADAS , , ,13

18 Tabla 13 D.- CÁLCULO DE TARIFA DE ASEO ANUAL DISTRIBUCIÓN POR ZONA TONELADAS PROMEDIO/MES % 1.- ZONA 1 PATRONATO & BELLAVISTA 1.243,08 19,92% 2.- ZONA 2 VEGA 705,15 11,30% 3.- ZONA 3 RESTO DE COMUNA 4.291,45 68,78% 6.239,68 100,00% TARIFA ANUAL ZONA 1 COSTO TOTAL CÁLCULO TARIFA ANUAL= COSTO TOTAL/ % ZONA $ TOTAL USUARIOS ZONA CÁLCULO TARIFA ANUAL= COSTO TOTAL ZONA/ TOTAL USUARIOS $ VALOR PERIODO EN VIGENCIA 2014 VALOR ACTUAL EN U.T.M TARIFA ANUAL EN U.T.M. (UTM a Octubre 2014= $42,431) 3,30 $ ,97 TARIFA ANUAL ZONA 2 DISTRIBUCIÓN COSTO TOTAL COSTO TOTAL ZONA = COSTO TOTAL/ % ZONA $ TOTAL USUARIOS ZONA CÁLCULO TARIFA ANUAL = COSTO TOTAL ZONA / TOTAL USUARIOS $ VALOR PERIODO EN VIGENCIA VALOR EN U.T.M. TARIFA ANUAL EN U.T.M. (UTAM Octubre 2014= $42,431) 3,53 $ ,06 TARIFA ANUAL ZONA 3 DISTRIBUCIÓN COSTO TOTAL COSTO TOTAL ZONA = COSTO TOTAL/ % ZONA $ TOTAL USUARIOS ZONA CÁLCULO TARIFA ANUAL = COSTO TOTAL ZONA / TOTAL USUARIOS $ VALOR PERIODO EN VIGENCIA VALOR EN U.T.M. TARIFA ANUAL EN U.T.M. (UTM Octubre 2014= $42,431) 0,89 $ ,76 Tabla 14 B.- TOTAL DE USUARIOS CONCEPTO Nº 1.- Nº DE PREDIOS AFECTOS AL COBRO DE DERECHOS DE ASEO EN LAS CONTRIBUCIONES Nº DE PATENTES COMERCIALES AFECTAS AL DERECHO DE ASEO Nº DE PREDIOS HABITACIONALES AFECTOS TOTALES TOTAL USUARIOS I. VALOR TARIFA ANUAL ZONA 1 Valor tarifa anual Valor tarifa semestral patentes comercial e industrial Valor tarifa trimestral predios de uso habitacional Valor tarifa trimestral predios afectos en contribuciones 3,30 UTM 1,65 UTM 0,2225 UTM 0,2225 UTM Total de predios Nº de predios de uso habitacional 718 Nº de patentes municipales afectas 2.064

19 II. VALOR TARIFA ANUAL ZONA 2 Valor tarifa anual Valor tarifa semestral patentes comercial e industrial Valor tarifa trimestral predios de uso habitacional Valor tarifa trimestral predios afectos en contribuciones 3,53 UTM 1,765 UTM UTM UTM Total de predios Nº de predios de uso habitacional Nº de patentes municipales afectas 412 III. VALOR TARIFA ANUAL ZONA 3 Valor tarifa anual Valor tarifa semestral patentes comercial e industrial Valor tarifa trimestral predios de uso habitacional Valor tarifa trimestral predios afectos en contribuciones 0,89 UTM 0,445 UTM 0,2225 UTM 0,2225 UTM Total de predios Nº de predios de uso habitacional Nº de patentes municipales afectas 2.661

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