Informe XM Aplicación Resolución CREG 156, 157 de 2011 y 043 de 2012 Gerencia Centro Nacional de Despacho Dirigido a: Agentes de mercado Cali, 20 de
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- Isabel Alcaraz Ramos
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1 Informe XM Aplicación Resolución CREG 156, 157 de 2011 y 043 de 2012 Gerencia Centro Nacional de Despacho Dirigido a: Agentes de mercado Cali, 20 de Junio
2 Contenido Reglamento de Comercialización Disposiciones generales Requisitos para participar como comercializador Obligaciones de los comercializadores Participación en el MEM Retiro de comercializadores Relación de los comercializadores con otros comercializadores Cambio de comercializador
3 Contenido Registro de fronteras comerciales Clasificación de fronteras comerciales Plazo de la solicitud de registro Requisitos para el registro Proceso de registro
4 Reglamento de Comercialización
5 Disposiciones generales Ámbito de aplicación: Aplica a todas las empresas que desarrollan la actividad de comercialización enelsinyae.s.p.yusuariosconquienesinteractúan. Comercialización de energía: Compra y venta en el MEM y a usuarios finales Frontera comercial: incluye medida entre niveles de tensión de un OR Punto de conexión: Incluye conexión entre niveles de tensión de un OR
6 Requisitos para participar como comercializador Cumplir requisitos: E.S.P. o agente según Art. 15 Ley 142 de 1994 Contabilidad separada Si tiene como fin atender usuarios regulados: Publicar condiciones uniformes Constituir oficina de peticiones, quejas y recursos Dar aviso de inicio de actividades: A la CREG A la SSP Al Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos (si usuarios)
7 Requisitos para participar como comercializador Registrarse ante el ASIC 1. Aviso de inicio de actividades a SSP, CREG, MME 2. Diligenciar formato de registro 3. Informar que conoce y acepta regulación aplicable 4. Certificado existencia y representación legal 5. Suscribir contrato de mandato 6. Presentar los estados financieros en el momento de constitución o los del último año (*) 7. Entregar 4 pagarés en blanco 8. Inscribir ante ASIC cuenta bancaria 9. Si fue retirado, cumplir requerimientos para regresar 10.Presentar declaración de origen de bienes y fondos (formato ASIC) ASIC tiene 4 días hábiles para verificar requisitos y registrar agente El registro debe ser actualizado si se modifica la información reportada en numerales 2 y 4
8 Obligaciones de los comercializadores Aspectos más importantes Generales Para atender usuarios no regulados, verificar cumplimiento Res. 131/98 y 183/09 Comprar energía según mecanismos que fije la CREG(020/96 MOR) Pagar los cargos de la Res. 081/07 (CND, ASIC) Cumplir Código de Medida y Reglamento de Distribución (070/98) Con el MEMy la liquidación del STN Cubrir pago de obligaciones Registrar fronteras comerciales y contratos de largo plazo Demostrar capacidad financiera Resolución aparte Someterse a los sistemas de pago y liquidación ASIC-LAC Cumplir Código de Medida y Reglamento de Distribución
9 Obligaciones de los comercializadores Aspectos más importantes Con el Distribuidor Cumplir pasos previos a visita (importante para registro) Informar al OR irregularidades en equipo de medida y denunciarlas Cubrir pago de STRy SDLsegún Reglamento para el pago de cargos por uso STR SDL Someterse a liquidación STR que haga el LAC Someterse a liquidación SDL que haga el Distribuidor Reportar información veraz al SUI Con otros Comercializadores Cambio de comercializador según procedimiento definido Reliquidación de consumos ya reportados al ASIC
10 Registro de fronteras comerciales A partir del 27 de diciembre de 2011 (publicación Diario Oficial): Solo se permite registro de nuevas fronteras de Comercialización para Agentes y Usuarios (usuario final) si representan un único usuario. Excepciones: 1. Barrios subnormales, zonas especiales. (Art. 12, Dec de 2007) 2. Embebidas - Res. 122/03 3. Existentes
11 Retiro de comercializadores Alcance Aplica únicamente para efectos de su participación como comercializadores(incluye agentes integrados) Si Generador Comercializador, se entienden comercializadores si: Prestan servicio a usuarios finales o Deban constituir garantías por transacciones en el MEMpor ventas de energía (compras en bolsa) 11
12 Causales del retiro de comercializadores Retiro voluntario (previo cumplimiento de obligaciones) Incumplimiento de sus obligaciones de pago o presentación de cubrimiento ante ASIC- LAC Cuando no restituya pagarés No aprobación de mecanismos de cubrimiento para transacciones MEM, por parte del ASIC Cuando ORinforme a ASICque comercializador no constituyó garantías STR o SDL 12
13 Retiro voluntario del comercializador ASIC publica intención del agente y consecuencias del retiro Comercializador debe: Cumplir o terminar contratos de largo plazo o cederlos Para retiro no puede tener contratos registrados Cancelar fronteras comerciales Según la Resolución CREG043 el plazo para el retiro voluntario de agentes del mercado quedó como 2 meses después de los 5 meses con los que cuenta el ASICpara hacer ajustes a la facturación.
14 Retiro por incumplimiento del comercializador Procedimiento Día hábil siguiente al incumplimiento: Comunicación al agente, a los agentes y a la SSPD ASICordena publicación de 3 avisos de prensa (dentro de los 7 días calendario anteriores al retiro, el último, el día anterior). Copia a SSPD. Se suspende el retiro si antes del primer aviso el Comercializador subsana causal, o SSPD toma posesión. En este caso, ASICinforma a agentes y a SSPDde este hecho. Si se suspende el retiro después del primer aviso, ASICpublica aviso informando y lo factura al comercializador que había incumplido. Retiro a las 24:00 horas del 7 día hábil siguiente al incumplimiento Si el agente quiere regresar al mercado, el ASICsolicitará a los agentes que hacían parte del mismo en el momento del retiro, que se pronuncien en un plazo de 5 días hábiles, si el comercializador se encuentra a paz y salvo con ellos. 14
15 Obligaciones del distribuidor con el comercializador Garantizar libre acceso a sus redes Informar irregularidades en equipo de medida Notificar eventos programados de desconexión Definir mecanismo de comunicación con él Establecer medio de comunicación de 24 horas Tener disponible normas técnicas y manual de operación Aplicar compensaciones STR s SDL s Informar al ASIC cuando el comercializador constituya garantías STR s SDL s para subsanar un incumplimiento declarado. 15
16 Conexión de cargas Para aprobación de conexiones nuevas o modificaciones a existentes Estudio de factibilidad del servicio y solicitud de punto de conexión a cargo del usuario Lo puede hacer a través de un tercero o de un comercializador La representación del usuario por parte de un Comercializador o un tercero no implicará la celebración de un contrato de prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica. Distribuidor verifica cumplimiento de Res. 070/98 (establece procedimiento) 16
17 Conexión de cargas visita de puesta en servicio Comercializador Verificar equipo de medida Coordinar visita de puesta en servicio (carta usuario, solicitud escrita, certificados CM) Asistir a la visita de puesta en servicio y suscribir acta Registrar frontera comercial Distribuidor Realizar visita de recibo técnico (nuevo usuario o ampliación) Suscribir acta al final de visita de recibo técnico Asistir a la visita de puesta en servicio y suscribir acta La puesta en servicio de la conexión está condicionada a que el ASIC haya registrado la frontera comercial del usuario ORno se puede abstener de recibir obras de conexión por elementos del sistema de medida
18 Efectos del retiro de agentes del MEM Retiro no lo exime de deudas ASIC-LAC Daños y perjuicios responsabilidad del retirado Reintegro al mercado: Retiro voluntario: En cualquier momento Retiro por incumplimiento: Cumplir la totalidad de sus obligaciones pendientes. Paz y Salvo de todos los agentes del MEM, incluidos en la lista que publicó el ASIC. Si fue por 047 o 146 de 2010, paz y salvo de todos los agentes Si es Generador Comercializador, aplica limitación de suministro en bolsa (Res. 001/03)
19 Prestación del servicio a usuarios finales del comercializador retirado Usuarios podrán cambiar de comercializador hasta la fecha de retiro. Usuarios que no escojan, pasan a ser atendidos por Prestador de Última Instancia (regulación aparte), conservando su clasificación (UNR-UR). Mientras se regula Prestador de Última Instancia, pasan a ser UR del distribuidor-comercializador al cual están conectados.
20 Retiro de comercializadores Transición Sólo para independientes hasta que se adopten las disposiciones sobre el Prestador de Última Instancia. A los Comercializadores Distribuidores les aplica el procedimiento de limitación de suministro de la Res. 116/98. Usuarios que no escojan, pasan al Distribuidor Comercializador que los atiene.tienen1mesdeplazoparacambiarsinaplicaciónde108/97o183/09. Si no, serán atendidos como regulados del OR al que se encuentren conectados.
21 Cambio de comercializador Información para los usuarios Todos los comercializadores deben publicar en su página web: 1. Derecho usuario a elegir comercializador. Diferencia entre comercializador y distribuidor 2. Número de comercializadores que prestan el servicio en sus mercados de comercialización 3. Tarifas ofrecidas durante el mes y los 12 meses anteriores 4. Tipos de contratos ofrecidas por tipo de usuario 5. Requisitos para el cambio de comercializador Los comercializadores, indican en sus facturas la dirección de su página web El ASICpublica comercializadores que hayan transado en el último mes y no estén incursos en causales de retiro. 21
22 Requisitos para cambio de comercializador Para dar trámite, el nuevo comercializador verificará que el usuario: Esté a paz y salvo con el actual comercializador Ha cumplido tiempos de permanencia mínima (Art. 15, Res.108/97 y Res. 131/98) Que el usuario utilizó mecanismos para asegurar el pago de sus consumos. Paz y salvo con el comercializador actual
23 Para fronteras que actualmente agrupen usuarios Si uno de los agrupados quiere cambiar, debe instalar medida independiente. Si todos desean ser atendidos por otro comercializador, pueden seguir agrupados. Si todos están de acuerdo en desagruparse, cada uno escoge y cumple requisitos de Código de Medida.
24 Registro de fronteras comerciales
25 Clasificación de las fronteras comerciales
26 Plazo de la solicitud Interconexión Internacional (No TIE)
27 Requisitos para el registro Cuando inicia el proceso y cuando se registra la frontera Aún no está definido por la CREG
28 Requisitos para el registro FRONTERAS COMERCIALES PARA AGENTES Y USUARIOS Certificar que cumple con Artículo 58 Reglamento Comercialización Solo para cambio de comercializador Ya vigente Los documentos e información enviados al ASIC para el registro de FC deberán estar suscritos por el Representante Legal de la Empresa solicitante
29 Proceso de registro de frontera comercial sin objeción Agente Plazo para objeciones Fecha de Solicitud registro de hrs registro Interesados XM 5 p.m. Estudio Publicación Solicitud de aclaraciones al agente Agente Plazo máximo respuesta aclaraciones XM Cálculo garantías Pago garantías Sólo inicia el proceso de registro si se cumple con todos los requisitos
30 Proceso de registro de frontera comercial con objeción Agente Solicitud de registro Plazo para objeciones Fecha de registro hrs Interesados Fecha de registro hrs 16 XM 5 p.m. Tercero verificador Estudio Publicación Solicitud de aclaraciones al agente Agente Plazo máximo respuesta aclaraciones XM Cálculo garantías 6 días cal. Verificación Concepto Preliminar Pago garantías 2 días para objetar concepto XM 2 días para concepto definitivo 10 días cal. Desde objeción Sólo inicia el proceso de registro si se cumple con todos los requisitos
31 Registro solo procede si el agente Cumple requisitos No tiene obligaciones vencidas con ASIC o LAC No está en proceso de retiro o Limitación de suministro Tiene garantías Garantiza deuda corriente al comercializador anterior (no si este está en proceso Limitación de suministro o de retiro)
32 Objeciones al registro ASICcontrata a Tercero Tercero tiene 6 días calendario para verificar La Resolución CREG 043 incluye una nueva causal de objeciones correspondiente al cumplimiento del período de permanencia de 3 años en el mercado regulado. Adicionalmente, establece que si se verifican hechos que conduzcan a negar el registro de una frontera, estos deben ser trasladados por el ASIC a la Superintendencia de Industria y Comercio.
33 Modificación al registro Cambia tipo de usuario ( Regulado, No regulado) La Resolución CREG 043 deroga la responsabilidad del ASIC de verificar el cumplimiento del término de 3 años de permanencia en el mercado regulado, por cumplimiento de la Resolución CREG 183 de Adicionalmente, adiciona otra causal para la modificación: cuando una frontera de un UNR se convierta en frontera principal de una frontera comercial embebida. (Res 122/03). Para los cambios en la ubicación de la frontera o en los agentes que participan en el intercambio de energía, se debe cancelar la frontera y solicitar el registro de una nueva
34 Cancelación del registro hábiles hábiles
35 Información y renovación de contratos de UNR
36 Verificaciones a través de terceros En el momento se están evaluando las ofertas.
37 Fecha de entrada en Vigencia La entrada en vigencia de las Resoluciones CREG 156 Y 157 es el 1 de julio de 2012.
38
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