Considerando DECRETA:
|
|
- Alicia Sánchez Valverde
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 DECRETO 214 Enero 02 de 2006 Por medio del cual se dictan algunas disposiciones sobre el transporte, almacenamiento, manejo y distribución del gas propano (GLP) en el Municipio de Rionegro. El Alcalde de la Ciudad Santiago de Arma De Rionegro, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el articulo 315 de la constitución nacional, la ley 142 de 1994, la resolución no 2025 de 1994 del ministerio de transporte, resolución 074 de 1996, resolución de 1997 y resolución 1015 de 1994, resolución no del 28 de septiembre de 1993 Considerando Que es obligación del Alcalde Municipal como primera autoridad local, velar por el bienestar y seguridad de todos los habitantes del Municipio. Que con el animo de disminuir e! riesgo que representa para la población Rionegrera el transporte, almacenamiento y distribución del Gas Propano (GLP) es de trascendental importancia regular, limitar y controlar el manejo de este material, a través de disposiciones legales que permitan un ejercido de la actividad comercializadora del GLP en condiciones que ofrezcan garantías de seguridad. Que el artículo 99 de la Resolución No de 1997 emanada del Ministerio de Minas y Energía dispone que los Municipios podrán dictar disposiciones legales para controlar el manejo y expendio de Gas Propano GLP en áreas urbanas, DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO: TRANSPORTE DE GAS: Los vehículos automotores utilizados para el transporte y distribución de Gas Propano (GLP) tanto a granel como en cilindros, deben cumplir con los siguientes requisitos:
2 Carrocería En materia! no combustible Tener dibujado rombos clase 2 para Gas inflamable de mínimo 25 cmts de lado, ubicados en los costados y parte posterior del vehículo (cumpliendo normas del Icontec que se encuentren vigentes). Logotipo de la empresa, nombre y teléfono visibles no menores de 20 cmts de letra Numero interno asignado al vehiculo por la empresa Portar por lo menos 2 extintores de 20 libras tipo A.B.C cargados y vigentes Clasificación ONU. El escape de Gas en el motor debe tener su salida en la parte delantera del vehículo. El vehículo debe poseer un dispositivo para la descarga de electricidad estática. El vehículo en cabina debe tener un interruptor que suspenda el fluido eléctrico (Cuchillas de corte de energía). Los cilindros de Gas Propano deben estar debidamente sujetados en celdas individuales especiales para este tipo de transporte con cadena de sujeción. Debe poseer el registro de transporte de GLP otorgado por el Ministerio de Transporte vigente. El vehículo debe poseer dispositivo dé caucho que amortigüe la descarga del recipiente y un rodillo para el descargue, recubierto en caucho. Deberá cumplir con todas las condiciones mecánicas, eléctricas y de equipo de carretera exigidos por el Código de Tránsito terrestre para todo vehículo. Los cilindros en el vehículo deben ir en posición vertical y no podrá ir uno sobre el otro. Los vehículos deberán estar destinados únicamente para el transporte de GLP. Todo vehículo que transporte Gas Propano GLP deberá cumplir con las disposiciones contenidas en el formato TC 001 elaborado por el Ministerio de Minas y Energía para el registro de vehículos y el TC 002 como formulario para la revisión de los vehículos que transportan Gas propano. ARTÍCULO SEGUNDO: Se prohíbe el transporte de cilindros de Gas Propano GLP, en vehículos tipo motocicleta o en vehículos de tracción humana o animal. El
3 incumplimiento a esta prohibición será sancionada con multa equivalente a 20 salarios mínimos mensuales diarios legales vigentes; PARÁGRAFO: Tampoco se permite el transporte de cilindros de Gas en trailer o similares adheridos a las motocicletas ARTÍCULO TERCERO: HORARIO: Dentro de la jurisdicción del Municipio de Rionegro, los vehículos distribuidores de Gas tendrán como horario de reparto al público de las 06:30 a las 19:00 horas ( 6:30 a.m a las 7:00 p.m) durante todos los días de la semana, su circulación no podrá hacerse por vías semipeatonales. ARTÍCULO CUARTO: VELOCIDAD Los vehículos transportadores de GLP deberán transitar en la zona urbana con una velocidad limite de 30 Kilómetros por hora y en zona rural de 60 kilómetros por hora, ARTÍCULO QUINTO: ESTACIONAMIENTO: Los vehículos distribuidores de Gas Propano no podrán permanecer estacionados en ninguna de las vías públicas del Municipio, sólo se permite hacer paradas momentáneas de cargue y descargue. Tampoco podrán estacionarse estos vehículos en parqueaderos privados, públicos o similares, cuando estén cargados con cilindros de Gas Propano GLP; tampoco podrán estacionarse frente a talleres eléctricos o que generen chispas. ARTÍCULO SEXTO; Las (ESP) Empresas de Servicios Públicos encargadas del suministro de Gas Propano GLP, deberán crear un sistema de identificación que permita de una forma visual, dar por enterado que en determinado local o vivienda se requiere de su servicio, esto con el fin de evitar molestias y contaminación por ruido, que viene generando la utilización de campanas, pitos y similares. Su incumplimiento dará lugar a la imposición de las sanciones correspondientes por parte del Inspector de Policía, ARTICULO SÉPTIMO: No podrá entrar en funcionamiento ningún expendio de Gas hasta tanto, no obtenga la autorización correspondiente por parte de la Secretaría de Planeación, de la Secretaria de Gobierno y que posea el certificado de seguridad expedido por el Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Municipio de
4 Rionegro, quienes verificarán y exigirán que posea Plan de Contingencia, 2 extintores con su respectiva señalización, cumplimiento de distancias, ventilación, instalaciones eléctricas, vías de acceso y salidas de emergencia, avisos de "PROHIBIDO FUMAR" y prohibido acceso a particulares, almacenamiento de los cilindros, forma de almacenamiento, instalaciones locativas, distancia a vías públicas, distancia a otros depósitos o expendios de Gas o materiales inflamables, distancia a líneas primarias y de alta tensión, personal capacitado para la manipulación de estos materiales, póliza de responsabilidad civil vigente donde se especifique nombre, ubicación y propietario, además entregar factura con cilindros- El COLPAD- Comité Local de Prevención y Atención de Desastres del Municipio de Rionegro, verificará el cumplimiento de estos requisitos junto con la Secretaria de Gobierno. ARTÍCULO OCTAVO: EXPENDIOS DE GAS PROPANO GLP. Los expendidos de Gas Propano GLP podrá ubicarse en la zona urbana y rural del Municipio de Rionegro, siempre y cuando las distancias entre sus linderos y los linderos más próximos de alta densidad poblacional tales como templos, escuelas, colegios, sitios históricos, guarderías, hospitales, supermercados, centros residenciales y comerciales, clínicas, teatros, potideportivos, bibliotecas públicas, edificios multifamiliares, clubes sociales y establecimientos similares, sean mínimo de 100 metros, debe tener certificado de planeación de no adelantar proyectos de alta densidad poblacional. PARÁGRAFO: Se define como expendio de Gas, cualquier inmueble dedicado a la venta de Gas Propano GLP, siendo ésta la única actividad comercial y que su volumen agregado sea de cero (0) a libras de Gas Propano (GLP). Se entenderá como volumen agregado la suma de la capacidad de cada uno de los cilindros que se encuentren en el expendio, sin tener en cuente que los recipientes se encuentren llenos o vacíos. ARTÍCULO NOVENO: ENVASADORAS. ALMACENADORAS Y DEPÓSITOS: Las envasadoras, almacenadoras depósitos que tengan un volumen agregado de más de libras de Gas Propano (GLP), deberán estar localizadas fuera del
5 perímetro urbano del Municipio, cumplir con todas las normas de ubicación contempladas en la Resolución de 1997 del Ministerio de Minas y Energía y el estudio de impacto ambienta! aprobado por Cornare. Renovar anualmente los conceptos de seguridad permitidos por los organismos e instituciones respectivas. ARTÍCULO DÉCIMO: TANQUES ESTACIONARIOS: Para la instalación de tanques estacionarios, semiestacionarios de Gas Propano (GLP) y de sistemas dentro de la jurisdicción del Municipio de Rionegro, deberá contar con la autorización por parte de la Secretaría de Planeación y acreditarse concepto favorable de seguridad expedido por el Cuerpo de Bomberos del Municipio de Rionegro y cumplir con todos los requisitos establecidos en la resolución No del Ministerio de Minas y Energía, antes de proceder el Departamento Administrativo de Planeación a expedir dicha autorización. ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: COMERCIANTE INFORMAL: Todo vendedor ambulante o estacionario que desarrolle su actividad utilizando cualquier tipo de Gas, deberá acreditar haber sido capacitado para su manejo por el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Rionegro, dicho certificado será de carácter personal y tendrá una vigencia de un año. PARÁGRAFO: Las autoridades exigirán además factura de compra del Gas a estos vendedores. ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: ESTABLECIMIENTOS ABIERTOS AL PÚBLICO: ningún establecimiento comercial abierto al público podrá combinar su actividad comercial con la venta de Gas en cualquiera de sus formas en pipetas o en cualquier otro recipiente gasificado. Sólo se permite la venta de pipetas o recipientes para Gas nuevos y sin gasificar, cumpliendo las normas para esto, exceptuando las estaciones de servicio según el Decreto No 4299 de noviembre 25 de ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO DEL ESTADO DE LAS PIPETAS: La empresa distribuidora del Gas Propano GLP, debe velar por el buen estado de las pipetas y
6 será responsable de las fugas que se presentan al igual que realizar los trámites correspondientes con el Fondo de Reposición establecido para dicho fin. ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: Todas las exigencias arriba mencionadas serán estrictamente vigiladas, por la Oficina de Atención y Prevención de Desastres junto con la Secretaria de Gobierno. ARTICULO DÉCIMO QUINTO: Éste Decreto deroga cualquier disposición que haya sido expedida con anterioridad y que le sea contraria, en especial lo contenido en el decreto 627 del 7 de junio de Dado en la Ciudad Santiago de Arma de Rionegro a los dos días del mes de enero de 2006,
DECRETO No 0520 CONSIDERANDO
EL ALCALDE DEL DISTRITO ESPECIAL, INDUSTRIAL Y PORTUARIO DE BARRANQUILLA Y EL GERENTE DE METROTRANSITO S.A, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES, EN ESPECIAL LAS CONFERIDAS EN LA LEY 769
Más detallesRESOLUCIÓN DE (septiembre 8) Diario Oficial No de 8 de septiembre de Ministerio de Minas y Energía
RESOLUCIÓN 40869 DE 2016 (septiembre 8) Diario Oficial No. 49.990 de 8 de septiembre de 2016 Ministerio de Minas y Energía Por la cual se modifica y adiciona la Resolución 4 0248 de 2016, mediante la cual
Más detallesMINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS DESPACHO DEL MINISTRO
MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS DESPACHO DEL MINISTRO Caracas, 21 Jul 2004 No 212 194º y 145º RESOLUCION De conformidad con el articulo 156
Más detallesNo 605. Hijuelas, 20 de Abril del 2001
1 I.MUNICIPALIDAD DE HIJUELAS ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE INSTALACION DE LOCALES QUE EXPENDEN CILINDROS DE GAS LICUADO EN LA COMUNA No 605. Hijuelas, 20 de Abril del 2001 VISTOS: 1.- La necesidad de fijar
Más detallesCursos y servicios de seguridad e higiene industrial
Cursos de capacitación y adiestramiento con base en las Normas Oficiales Mexicanas Expedidas por la Secretaria del Trabajo y Previsión Social Cursos y servicios de seguridad e higiene industrial 6. Requisitos
Más detallesRESOLUCIÓN DE (junio 21) Diario Oficial No de 22 de junio de Ministerio de Minas y Energía
RESOLUCIÓN 40607 DE 2016 (junio 21) Diario Oficial No. 49.912 de 22 de junio de 2016 Ministerio de Minas y Energía Por la cual se reglamenta el artículo 209 de la Ley 1753 de 2015 en relación con el uso
Más detallesREGLAMENTO INTERNO ESTACIONAMIENTO Y TRANSITO DE VEHICULOS MOTORIZADOS INACAP SANTIAGO SUR
REGLAMENTO INTERNO ESTACIONAMIENTO Y TRANSITO DE VEHICULOS MOTORIZADOS INACAP SANTIAGO SUR CAPITULO I.- DISPOSICIONES GENERALES: Artículo 1: Las disposiciones contenidas en este reglamento, tienen por
Más detallesSECRETARIA DE GOBIERNO MUNICIPAL DESPACHO DEL SECRETARIO RESOLUCIÓN NÚMERO 183 DE (Noviembre 24)
SECRETARIA DE GOBIERNO MUNICIPAL DESPACHO DEL SECRETARIO RESOLUCIÓN NÚMERO 183 DE 2003 (Noviembre 24) Por medio de la cual se establecen los requisitos para la expedición de matrículas de arrendador de
Más detallesGestión y Obras de Corazón!
DECRETO No. 012 (Enero 31 de 2007) POR MEDIO DEL CUAL SE RESTRINGE EL TRANSITO VEHICULAR EL ALCALDE DEL MUNICIPIO DE ARENAL SUR DE BOLIVAR, En uso de sus Facultades legales y Constitucionales en especial
Más detalles1. EVALUACIÓN TÉCNICA DE LAS CARACTERISTICAS Y CONDICIONES TÉCNICAS MINIMAS A CUMPLIR POR EL PROPONENETE (REII S.A.
1. EVALUACIÓN TÉCNICA DE LAS CARACTERISTICAS Y CONDICIONES TÉCNICAS MINIMAS A CUMPLIR POR EL PROPONENETE (REII S.A. ESP) PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE Y DESTRUCCIÓN DE PRODUCTOS DE COMPETENCIA
Más detallesLEGALIZACIÓN Y AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA TRANSFORMACIÓN A GAS NATURAL DE CABINAS DE PINTURA
Jornada sobre cabinas de pintura eficientes en talleres de reparación de vehículos LEGALIZACIÓN Y AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA TRANSFORMACIÓN A GAS NATURAL DE CABINAS DE PINTURA Fernando del Valle ÍNDICE
Más detallesUna Nueva Riohacha..!
DECRETO No. 049 DE 2010 Por medio del cual se toman medidas para el ordenamiento y control de vehículos tipo motocicleta, tricimotor y cuatrimotor en el municipio de Riohacha. EL ALCALDE MAYOR DE RIOHACHA
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA RESOLUCIÓN NÚMERO ( )
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA RESOLUCIÓN NÚMERO ( ) Por la cual se expide el Reglamento Técnico aplicable a Expendios y Puntos de Venta de Cilindros de GLP. EL MINISTRO DE MINAS Y
Más detallesMinisterio de Transporte. República de Colombia
SUBDIRECCIÓN DE TRANSPORTE GRUPO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO EN TRANSPORTE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS GRUPO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO EN TRANSPORTE GARANTIZAR EL MANEJO Y TRANSPORTE SEGURO
Más detallesCÓDIGO: VRO Fecha de revisión: Silvia Castro
Página 1 de 5 Introducción ULACIT dispone de cinco estacionamientos, a saber: Parqueo Administrativo 1: cuenta con 27 espacios Parqueo General 1: cuenta con 50 espacios Parqueo General 2: cuenta con 76
Más detallesLINEAMIENTOS GENERALES
INTRODUCCIÓN El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el artículo 14 de la Ley que Crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura y en
Más detallesNORMA VENEZOLANA ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS DESTINIADOS AL SERVICIO DE RECEPCIÓN, GUARDA Y CUSTODIA DE VEHÍCULOS - REQUISITOS
NORMA VENEZOLANA ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS DESTINIADOS AL SERVICIO DE RECEPCIÓN, GUARDA Y CUSTODIA DE VEHÍCULOS - REQUISITOS NORMA MODIFICADA 2632:91 PROYECTO DE NORMA 2632:2013 1 NORMAS COVENIN A CONSULTAR
Más detallesREPUBLICA DOMINICANA Ministerio de Industria y Comercio "Año del Fomento de la Vivienda" EL MINISTRO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
RESOLUCIÓN NO. 2119 REPUBLICA DOMINICANA EL MINISTRO DE INDUSTRIA Y COMERCIO CONSIDERANDO: Que es atribución del, regular y supervisar las actividades de importación, distribución, transporte y expendio
Más detallesPLAN INTEGRAL DE SANEAMIENTO ATMOSFERICO MEDIDAS
II Taller de Aire Limpio para Lima Callao y III Encuentro Latinoamericano sobre Calidad del Aire y Salud Lima, 10-12 de Julio 2001 PLAN INTEGRAL DE SANEAMIENTO ATMOSFERICO Ing. JUAN NARCISO CHÁVEZ DIRECCIÓN
Más detallesNormativa aplicable en talleres
Jornada sobre ahorro energético en talleres de reparación de automóviles Normativa aplicable en talleres Carmen Montañés Fernández ÍNDICE Jornada sobre ahorro energético en talleres 1 Instalación receptora
Más detallesRESOLUCIÓN DE Por medio de la cual se reglamenta el registro de motociclos y triciclos en el país y se dictan otras disposiciones
NIT.899.999.055-4 RESOLUCIÓN DE 2015 LA MINISTRA DE TRANSPORTE. En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 208 y 209 de la Constitución Política
Más detallesRESOLUCION 1023 DEL 28 DE JULIO DE 2005
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL RESOLUCIÓN NÚMERO ( ) RESOLUCION 1023 DEL 28 DE JULIO DE 2005 Por la cual se adoptan guías ambientales como instrumento de
Más detallesCAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
ORDENANZA QUE REGULA EL HORARIO DE ABASTECIMIENTO, CARGA Y DESCARGA DE MERCADERÍA EN ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, ASÍ COMO DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, ACCESORIOS, ACABADOS Y/O SIMILARES EN OBRAS CIVIL
Más detallesREGISTRO NACIONAL DE TURISMO INSCRIPCIÓN
REGISTRO NACIONAL DE TURISMO INSCRIPCIÓN NATURALEZA JURÍDICA DE LAS CÁMARAS DE COMERCIO Privadas. Gremiales. De orden legal. Sin ánimo lucro. REGISTROS DELEGADOS Registro Mercantil - Ley 28 de 1931. Registro
Más detallesSERVICIO PUERTA A PUERTA- DELIVERY- CADETERIA
SERVICIO PUERTA A PUERTA- DELIVERY- CADETERIA Villa de Merlo, (San Luis), 22 de Mayo de 2014.- ORDENANZA Nº IV-0609-HCD-2014 Servicio Puerta a Puerta, (Delivery) y Cadetería VISTO: El reparto a domicilio
Más detallesDECRETO No (19 de marzo de 2012) POR MEDIO DEL CUAL SE DICTAN MEDIDAS QUE REGLAMENTAN LA CIRCULACION DE MOTOCICLETAS EN LA CIUDAD DE FLORENCIA
POR MEDIO DEL CUAL SE DICTAN MEDIDAS QUE REGLAMENTAN LA CIRCULACION DE MOTOCICLETAS EN LA CIUDAD DE FLORENCIA La Alcaldesa de la ciudad de Florencia en uso de sus facultades legales y constitucionales,
Más detallesTABLA DE CONTENIDO. Introducción. ETAPA 1: Planificación. ETAPA 2: Llegada y descargue de mercancías. ETAPA 3: Cargue y salida de mercancías
TABLA DE CONTENIDO Introducción ETAPA 1: Planificación ETAPA 2: Llegada y descargue de mercancías ETAPA 3: Cargue y salida de mercancías Reglamentación para los vehículos tipo carga expedido por el DATT
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LA INSTALACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO SANITARIO.
PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LA INSTALACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO SANITARIO. METROAGUA S.A. E.S.P., presenta el siguiente procedimiento para el trámite de solicitud de nuevos servicios
Más detallesORDENANZA CIERRE DE CALLES, PASAJES Y CONJUNTOS HABITACIONALES POR MOTIVOS DE SEGURIDAD CIUDADANA
ORDENANZA CIERRE DE CALLES, PASAJES Y CONJUNTOS HABITACIONALES POR MOTIVOS DE SEGURIDAD CIUDADANA TITULO PRELIMINAR Artículo 1 : Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 20.499, la Municipalidad de
Más detallesArt. IX. - Ordenanza de Regulación de Instalaciones destinadas a Suministro de Gas Licuado de Petróleo
Art. IX. - Ordenanza de Regulación de Instalaciones destinadas a Suministro de Gas Licuado de Petróleo Referencias Decreto Junta Departamental: Nº 24/05 Resolución Municipal: Nº 5831/06 Circular: Nº 237/06
Más detallesREGLAMENTO DE TRANSPORTE ESCOLAR DEL INSTITUTO DE HUMANIDADES LUIS CAMPINO
REGLAMENTO DE TRANSPORTE ESCOLAR DEL INSTITUTO DE HUMANIDADES LUIS CAMPINO PREÁMBULO En lo comunitario: La finalidad de este Reglamento es regular las condiciones, requisitos, obligaciones, prohibiciones,
Más detallesPROCEDIMIENTO DE REVISIÓN TÉCNICA PARA VEHÍCULOS ADAPTADOS PARA USO DE GLP
PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN TÉCNICA PARA VEHÍCULOS ADAPTADOS PARA USO DE GLP 1. Vehículos Con Antigüedad De Hasta Dos Años Vehículos que no excedan los dos años de antigüedad contados desde la fecha de su
Más detallesDECRETO No. 0352 DE 2004 POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD MOVIL EN EL DISTRITO DE BARRANQUILLA
DECRETO No. 0352 DE 2004 POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD MOVIL EN EL DISTRITO DE BARRANQUILLA EL ALCADE DISTRITAL DE BARRANQUILLA EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUICONALES Y LEGALES, Y EN ESPECIAL
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER CORPORACION CONCEJO MUNICIPAL SAN JOSE DE CUCUTA. PROYECTO DE ACUERDO Nro.
REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER CORPORACION CONCEJO MUNICIPAL SAN JOSE DE CUCUTA PROYECTO DE ACUERDO Nro. ( ) POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDEN BENEFICIOS TRIBUTARIOS EN EL PAGO DE IMPUESTOS
Más detallesV I S T O S: 4.- El Decreto Alcaldito N 2497 del
1 MUNICIPALIDAD DE PUCON DECRETO EXENTO Nº PUCON, 27 de Diciembre 2006 V I S T O S: 1.- Lo dispuesto en la Ley Nº 19.925 sobre Expendio y consumo de bebidas Alcohólicas; y en la Ley Nº 18.695, Orgánica
Más detallesTRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS.
Tests ADR (50 preguntas) TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS. CONSEJERO DE SEGURIDAD PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS POR CARRETERA: OBLIGACIONES DE SEGURIDAD DE LOS PARTICIPANTES (ADR 1.4)
Más detallesVigilancia de la calidad del agua para uso recreativo
Vigilancia de la calidad del agua para uso recreativo Inspección, vigilancia y control de las condiciones higiénico locativas y la calidad del agua de piscinas y estructuras similares Ley 1209 de 2008
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE RESOLUCIÓN No. 005656 DE 2010 ( 30 NOV 2010 ) EL MINISTRO DE TRANSPORTE En uso de las facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 143
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA OTORGAR USUARIOS DEL MÓDULO CERTIFICADOR A NUEVOS INSPECTORES
PROCEDIMIENTO PARA OTORGAR USUARIOS DEL MÓDULO CERTIFICADOR A NUEVOS INSPECTORES I) ANTECEDENTES: 1.1. Mediante D.S. N 006-2005-EM, del 4 de febrero de 2005, se aprobó el Reglamento para la instalación
Más detallesArtículo 3.- Para los efectos del presente Reglamento se entiende por:
REGLAMENTO MUNICIPAL PARA EL ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES EN LA VÍA PÚBLICA REGULADO POR PARQUÍMETROS EN TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MÉXICO. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. Artículo
Más detallesTARJETAS DE RESIDENTES ESTACIONAMIENTO REGULADO EN ZONA B: SAN ANTONIO
TARJETAS DE RESIDENTES ESTACIONAMIENTO REGULADO EN ZONA B: SAN ANTONIO INFORMACIÓN PARA LA OBTENCIÓN DE TARJETAS DE RESIDENTES PARA EL PERIODO DEL 15 DE JUNIO AL 15 DE SEPTIEMBRE DE 2.017 INFORMACIÓN GENERAL
Más detallesD E C R E T O. APROBAR, la ORDENANZA SOBRE ESTACIONAMIENTOS RESERVADOS PARA TAXIS EN LA COMUNA DE VALPARAÍSO, cuyo texto es el siguiente :
ADMINISTRATIVO Nº 1131 VALPARAÍSO, 11 Diciembre 2002 VISTOS : Las presentaciones efectuadas por el Sindicato de Trabajadores Independientes Taxistas Básicos de Valparaíso; el Dictamen Nº 4701 de la Contraloría
Más detallesMovilidad Total Todo nuestro conocimiento a su servicio
RESOLUCION 10028 DE 2012 (Octubre 12) por medio de la cual se establece un procedimiento especial para el registro de propiedad de un vehículo a persona indeterminada y se dictan otras disposiciones. La
Más detallesManual de Vitrinismo ML - AI01/V1
Manual de Vitrinismo ML - AI01/V1 1. Fachadas... 2. Avi sos... 3. Instalaciones Especiales... 4. Gas - Agua - Energía... 5. Normas... 3 5 6 7 8 Centro Empresarial Megaoutlet Área Técnica Manual de Vitrinismo
Más detallesDEPARTAMENTO DE TRANSITO Y PATENTES MUNICIPALES. Departamento. encargado de la función de transito y transporte público:
DEPARTAMENTO DE TRANSITO Y PATENTES MUNICIPALES FUNCIONES: Departamento. encargado de la función de transito y transporte público: Determinar el sentido de circulación de vehículos, en coordinación con
Más detallesREGLAMENTO PARA USO DE VEHÍCULOS PROPIEDAD DE ANDE
REGLAMENTO PARA USO DE VEHÍCULOS PROPIEDAD DE ANDE CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1-El presente Reglamento regula el uso de los vehículos propiedad de la Asociación Nacional de Educadores-
Más detallesConsiderando: Decreto:
Biblioteca del Congreso Nacional -------------------------------------------------------------------------------- Identificación de la Norma : DTO-1009 Fecha de Publicación : 29.08.2008 Fecha de Promulgación
Más detallesADQUISICION, ALMACENAMIENTO Y TRANSPORTE DE SUSTANCIAS PELIGROSAS
ADQUISICION, ALMACENAMIENTO Y TRANSPORTE DE SUSTANCIAS PELIGROSAS INDICE 1.- OBJETIVO. 2.- ALCANCE. 3.- RESPONSABILIDADES. 4.- DEFINICIONES. 5.- MODO OPERATIVO. 6.- REFERENCIAS. 7.- REGISTROS. 8.- ANEXOS.
Más detallesTRAMITE ADMINISTRATIVO EN EL IHADFA PARA ESTABLECIMIENTOS DE BEBIDAS ALCOHOLICAS POR PRIMERA VEZ
TRAMITE ADMINISTRATIVO EN EL IHADFA PARA ESTABLECIMIENTOS DE BEBIDAS ALCOHOLICAS POR PRIMERA VEZ DOCUMENTOS PARA LA SOLICITUD DE REGISTRO EN EL IHADFA EN BASE A LO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 3 INCISO
Más detallesCONJUNTO RESIDENCIAL PARQUE CENTRAL CIUDAD SALITRE NIT.: REGLAMENTO DE USO DE INSTALACIONES PARA ESTACIONAMIENTO
REGLAMENTO DE USO DE INSTALACIONES PARA ESTACIONAMIENTO CAPÍTULO I GENERALIDADES La asamblea de copropietarios del Conjunto Residencial Parque Central Ciudad Salitre en uso de sus facultades legales y
Más detallesMARCO REGULATORIO EN EL MANEJO DE SUSTANCIAS QUIMICAS PELIGROSAS
MARCO REGULATORIO EN EL MANEJO DE SUSTANCIAS QUIMICAS PELIGROSAS 1 CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS LEY FEDERAL DEL TRABAJO REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD E HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE
Más detallesDECRETO No 455 (Octubre 31 de 2007) MUNICIPIO DE DOSQUEBRADAS ALCALDIA MUNICIPAL
MUNICIPIO DE DOSQUEBRADAS ALCALDIA MUNICIPAL Por medio del cual se reglamentan las Etapas de los Procesos de cobro persuasivo y coactivo para el Municipio de Dosquebradas. El Alcalde Municipal de Dosquebradas
Más detallesSECRETARIA DE SEGURIDAD. Secretaria General Control de Empresas de Seguridad
SECRETARIA DE SEGURIDAD Secretaria General Control de Empresas de Seguridad Licencias de Portación de Armas, Blindaje de automóviles, y permisos de operación Para empresas de seguridad privada Servicio
Más detallesH. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE HUAYACOCOTLA, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE. CIRCULAR No. 01
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE HUAYACOCOTLA, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE CIRCULAR No. 01 C. ORGANIZADORES DE LOS BARRIOS, COMUNIDADES QUE CELEBRAN EL CARNAVAL, PROPIETARIOS DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES
Más detallesTÍTULO I DE LOS OBJETIVOS.
ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA LA AUTORIZACIÓN Y EXPLOTACIÓN COMERCIAL DE MÁQUINAS DE HABILIDAD, DESTREZA O JUEGOS SIMILARES, CON PREMIOS EN LA COMUNA DE QUILPUÉ. TÍTULO I DE LOS OBJETIVOS. ARTÍCULO 1º:
Más detallesCONCEJO CANTONAL EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SIGSIG CONSIDERANDO:
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SIGSIG CONSIDERANDO: Que, el artículo 264 numeral 6 de la Constitución Política de la República establece entre las competencias exclusivas
Más detallesCLUB PUNTA LEONA, S.A. Reglamento Interno de Tránsito por Vía Terrestre
CLUB PUNTA LEONA, S.A. Reglamento Interno de Tránsito por Vía Terrestre Referente a la regulación interna del Club, Hotel y Real Punta Leona: DISPOSICIONES PRELIMINARES: ARTICULO No. 1 El presente Reglamento
Más detallesTest I. Ordenanza de Ruidos y Vibraciones.
Test I. Ordenanza de Ruidos y Vibraciones. 1. De acuerdo a la Ordenanza de Ruidos y Vibraciones su ámbito de aplicación:. Quedan sometidas a sus prescripciones dentro del término municipal de Zaragoza
Más detallesCONTRATO DE COMODATO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR ENTRE PERSONAS FÍSICAS
CONTRATO DE COMODATO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR ENTRE PERSONAS FÍSICAS En la ciudad/municipio/delegación de, comparecen a celebrar contrato de comodato de vehículo automotor, por una parte, el (la) señor(a),
Más detallesRESOLUCIÓN DE 21 DE JUNIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
RESOLUCIÓN 000052 DE 21 DE JUNIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES por la cual se regula el trámite de inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) y su actualización de oficio a
Más detallesTRÁMITES, SERVICIOS Y PROGRAMAS DE APOYO
TRÁMITES, SERVICIOS Y PROGRAMAS DE APOYO Este departamento es el encargado de recaudar, concentrar y situar los fondos municipales y los conceptos que debe percibir el Ayuntamiento de acuerdo a la Ley
Más detallesServicios, Tramites y Requisitos
Servicios, Tramites y Requisitos Servicios a la Comunidad EMERGENCIAS NUMERO DIRECTO GRATIS ATENCIÓN CON TELEFONÍA TELCEL EMERGENCIAS: El C-4 es un centro de respuesta de emergencias integrado por personal
Más detallesREGLAMENTO DE VIALIDAD
REGLAMENTO DE VIALIDAD CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales El Programa de Vialidad para el Colegio Fray Luis de León tiene como objetivo dar seguridad en la entrada y salida de los alumnos, proporcionar
Más detallesDepartamento de La Guajira Municipio de Barrancas Alcaldía Municipal
DECRETO No. 039 DE 2011 JULIO...27 Por Medio del cual se establecen el número de cuñas radiales, avisos en publicaciones escritas y de vallas publicitarias, utilización de perifoneo y otros medios de reproducción
Más detallesReglamento del Servicio de Farmacia de Guadalupe, Zac. Gaceta Municipal Órgano Informativo del Ayuntamiento de Guadalupe, Zac
Secretaría de Gobierno Municipal Gaceta Municipal Órgano Informativo del Ayuntamiento de Guadalupe, Zac Publicado en Gaceta Municipal Edición Especial No. 1 del día 6 de Junio de 1993 Reglamento del Servicio
Más detallesDECRETO 036 DE (Febrero 05)
Por el cual se establecen las normas para los inmuebles habilitados como estacionamientos en superficie y se acogen los diseños de espacio público y fachadas. EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio
Más detallesSUMINISTRO DE PROPANO PARA LA ACADEMIA VASCA DE POLICIA Y EMERGENCIAS
SUMINISTRO DE PROPANO PARA LA ACADEMIA VASCA DE POLICIA Y EMERGENCIAS PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS SUMINISTRO DE PROPANO PARA LA ACADEMIA VASCA DE POLICIA Y EMERGENCIAS ÍNDICE 1. OBJETO Y CAMPO DE
Más detallesCONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR En el municipio/delegación/ciudad de, el día de del año comparecen a celebrar contrato de arrendamiento de vehículo automotor, por una parte,, representada
Más detallesCONTRATO DE COMODATO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR
CONTRATO DE COMODATO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR En,, el día de del año, comparecen a celebrar contrato de comodato de VEHÍCULO por una parte el (la) a quien en lo sucesivo se le denominará como LA COMODANTE,
Más detallesDecreto Legislativo Nº 1105 que establece disposiciones para el proceso de formalización
Decreto Legislativo Nº 1105 que establece disposiciones para el proceso de formalización DECRETO LEGISLATIVO Nº 1105 El presente Decreto Legislativo tiene como objeto establecer disposiciones complementarias
Más detallesNorma Emisor Número Tema Boletín Modificaciones
Constitución Legislatura Establece los lineamientos básicos ambientales. El Artículo 26 establece que la ciudad debe regular el control para uso industrial de su territorio. Toda persona tiene derecho
Más detallesESTACIONAMIENTO GARAJE
ESTACIONAMIENTO GARAJE NORMATIVA ITEM DOCUMENTACION AD 700.5 ART 2.1.9 CHyV Habilitado o inicio de tramite AD 701.3 ART. 1º Y 5º ORD.Nº 13.126 y ART. 10º DECRETO Nº 93/06 Libro de registro de inspecciones
Más detallesM N I I N O I O S E S G E U G R U O R
CONDOMINIO SEGURO Normas que regulan la vida en el Condominio En el ámbito patrimonial: -Ley de Propiedad Horizontal. -Código Civil. -Documento de Condominio. -Reglamentos de Condominio y los Acuerdos
Más detallesMANIPULACIÓN DE MERCANCIAS PELIGROSAS (OBTENCIÓN)
MANIPULACIÓN DE MERCANCIAS PELIGROSAS (OBTENCIÓN) Descripción de los Módulos Formativos Módulo: CISTERNAS Y CONTENEDORES DE CISTERNAS. CONOCER LOS DIFERENTES TIPOS DE CISTERNAS. - CISTERNAS Y CONTENEDORES
Más detallesREGLAMENTO DE CONSTRUCCION PARQUE INDUSTRIAL Y COMERCIAL TULUA
REGLAMENTO DE CONSTRUCCION PARQUE INDUSTRIAL Y COMERCIAL TULUA Para garantizar un desarrollo armónico y coherente del espacio del Parque Industrial y Comercial Tuluá se establecen las siguientes normas
Más detallesREGULARIZA LA CONSTRUCCIÓN DE BIENES RAICES URBANOS SIN RECEPCIÓN DEFINITIVA DESTINADOS A EQUIPAMIENTO DE DEPORTE Y SALUD.
REGULARIZA LA CONSTRUCCIÓN DE BIENES RAICES URBANOS SIN RECEPCIÓN DEFINITIVA DESTINADOS A EQUIPAMIENTO DE DEPORTE Y SALUD. BOLETÍN N 4304-14 I. ANTECEDENTES. a) Los cambios experimentados por el país han
Más detalles: NORMAS DE COMPETENCIA Y GENERALIDADES FORMULACION DE PLANES DE EMERGENCIA Y EVACUACION
22620086: NORMAS DE COMPETENCIA Y GENERALIDADES FORMULACION DE PLANES DE EMERGENCIA Y EVACUACION JUSTIFICACION Dentro de la Salud Ocupacional los planes de emergencia son documento 'vivo', en el que se
Más detallesOrdenanza Municipal Reguladora de la Medida y Evaluación de ruidos producidos por ciclomotores, motocicletas y análogos
Ordenanza Municipal Reguladora de la Medida y Evaluación de ruidos producidos por ciclomotores, motocicletas y análogos (Publicado en el BOP el 19 de diciembre de 2007 con nº 290) Artículo 1. La presente
Más detallesDirección Inspecciones Edilicias de Grandes Obras
Dirección Inspecciones Edilicias de Grandes Obras Dirección General de Obras Particulares Nuevas Areas Para mejorar el funcionamiento y agilizar tramites y tareas. DIRECCION DE INSPECCIONES EDILICIAS Obras
Más detallesMERCANCÍAS PELIGROSAS-RENOVACIÓN
MÓDULOS FORMATIVOS MERCANCÍAS PELIGROSAS-RENOVACIÓN - DISPOSICIONES GENERALES APLICABLES AL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS - CONDUCTAS DEL CONDUCTOR - FINALIDAD Y FUNCIONAMIENTO DEL EQUIPO TÉCNICO
Más detallesC O N S I D E R A N D O:
200.18.57 DECRETO No. 057 (24 de Julio de 2015) POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD Y LA OCUPACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO EN EL MUNICIPIO DE PULÍ CUNDINAMARCA DURANTE EL PERIODO DE LA CAMPAÑA ELECTORAL
Más detallesDECRETO 300 DE 1993 (febrero 15) Diario Oficial No , del 15 de febrero de 1993
DECRETO 300 DE 1993 (febrero 15) Diario Oficial No 40.751, del 15 de febrero de 1993 MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA, Por el cual se establecen unas obligaciones para los distribuidores mayoristas, distribuidores
Más detallesACUERDO No POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL DEL MUNICIPIO DE ITAGUI.
ACUERDO NO. 24 ITAGUÍ, 21 DE AGOSTO DE 1998 POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL DEL MUNICIPIO DE ITAGUI. EL HONORABLE CONOCEJO MUNICIPAL DE ITAGUI, en USO de SUS atribuciones
Más detalles" ORDENANZA MUNICIPAL DE COMERCIO AMBULANTE ========================================= CAPITULO I Del comercio ambulante
" ORDENANZA MUNICIPAL DE COMERCIO AMBULANTE ========================================= CAPITULO I Del comercio ambulante Artículo 1. 1.- De conformidad con lo previsto en la Ley 9/88 de 25 de noviembre,
Más detallesRESOLUCION NRO. 555 (10 de junio) POR MEDIO DE LA CUAL SE EXPIDEN MEDIDAS DE AUSTERIDAD EN EL GASTO EN EL TECNOLÓGICO DE ANTIOQUIA
RESOLUCION NRO. 555 (10 de junio) POR MEDIO DE LA CUAL SE EXPIDEN MEDIDAS DE AUSTERIDAD EN EL GASTO EN EL TECNOLÓGICO DE ANTIOQUIA EL RECTOR DEL TECNOLÓGICO DE ANTIOQUIA INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA En ejercicio
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA. Departamento Del Atlántico Municipio De Repelón Concejo Municipal Nit ACUERDO No. 008 MAYO 31 DEL 2009
ACUERDO No. 008 MAYO 31 DEL 2009 POR MEDIOS DE CUAL SE REGLAMENTA LA INSTAURACION DEL COMPARENDO AMBIENTAL EN EL MUNICIPIO DE REPELON Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES El de Repelón, en uso de sus facultades
Más detallesREGLAMENTO DE OCUPACIÓN TEMPORAL DE LA VÍA PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE TORREÓN, COAHUILA.
REGLAMENTO DE OCUPACIÓN TEMPORAL DE LA VÍA PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE TORREÓN, COAHUILA. Aprobado por acuerdo de Cabildo el 29 de octubre de 1992. Con fundamento en al artículo 503 del Código para los Municipios
Más detallesALCALDIA MUNICIPAL DE SAN SALVADOR
ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN SALVADOR Título: ORDENANZA REGULADORA DEL ESTACIONAMIENTO DE CORTA DURACION EN LA VIA PUBLICA CONTROLADO POR MEDIO DE PARQUIMETROS EN EL MUNICIPIO DE SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
Más detallesTUPA DREM JUNIN. Gratuito Gratuito 7 días Trámite documentario o Sub Gerencias de Desarrollo de GRJ. 7 días (Nota 3) Página 1
TUPA 2005 GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS PROCEDIMIENTOS COMUNES A TODAS LAS UNIDADES ORGANICAS DE LA DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS REQUISITOS CALIFICACIÓN FORMALES
Más detallesCOLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE QUERÉTARO TALLER DE ELECTRÓNICA TALLER DE ELECTRICIDAD TALLER DE MANTENIMIENTO
COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE QUERÉTARO TALLER DE ELECTRÓNICA TALLER DE ELECTRICIDAD TALLER DE MANTENIMIENTO TALLER DE MECATRÓNICA 1 1. OBJETIVO GENERAL: Establecer las condiciones
Más detallesFORMATO DE DECRETO DE CONFORMACIÓN DEL COMITÉ PERMANENTE DE ESTRATIFICACIÓN SOCIOECONÓMICA
FORMATO DE DECRETO DE CONFORMACIÓN DEL COMITÉ PERMANENTE DE ESTRATIFICACIÓN SOCIOECONÓMICA DECRETO POR MEDIO DEL CUAL SE CONFORMA EL COMITÉ PERMANENTE DE ESTRATIFICACIÓN SOCIOECONÓMICA EN EL MUNICIPIO
Más detallesAl margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CUPO PARA IMPORTAR EN 2007 CON EL ARANCEL-CUPO ESTABLECIDO, PREPARACIONES A BASE DE PRODUCTOS LÁCTEOS CON UN CONTENIDO DE SÓLIDOS LÁCTEOS SUPERIOR AL 50%, EN PESO,
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA. Municipio de Aguachica. Alfredo Vega Quintero
DECRETO No. 519 (9 DE DICIEMBRE DE 2013) por el cual se reglamenta la publicidad política exterior, para las elecciones de congreso de la república y parlamento andino, a celebrarse en año 2014 y se adoptan
Más detallesAyuntamiento de Yecla Normativa Municipal
ORDENANZA REGULADORA DE LA VENTA, SUMINISTRO Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN ESPACIOS Y VÍAS PÚBLICAS. PREÁMBULO.- La Constitución española consagra en su artículo 43 el derecho de todos los ciudadanos
Más detallesDECRETO No 112 (03 de diciembre de 2013)
DECRETO No 112 (03 de diciembre de 2013) POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA PUBLICIDAD POLITICA, ELECTORAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES PARA LA ELECCION DE DIGNATARIOS. El Alcalde del Municipio de
Más detallesMALIK MOGRABY ABOGADO ACHM
MALIK MOGRABY ABOGADO ACHM OBJETIVO 1. ESTABLECER LAS OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS RESPONSABLES DE ANIMALES DE COMPAÑÍA. 2. PROTEGER LA SALUD Y BIENESTAR ANIMAL MEDIANTE LA TENENCIA RESPONSABLE. TENENCIA
Más detallesCONSIDERANDO: Que hace trámite ante el Primer Curador Urbano de Manizales la solicitud que a continuación se describe:
EL PRIMER CURADOR URBANO DEL MUNICIPIO DE MANIZALES EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES Y EN ESPECIAL LAS OTORGADAS POR EL CAPITULO XI DE LA LEY 388 DE 1997, LA LEY 400 DE 1997, LA LEY 810 DE 2003 Y EL DECRETO
Más detallesMINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA DECRETO NÚMERO 1484 DE (12 DE MAYO DE 2005 ) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
República de Colombia MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA DECRETO NÚMERO 1484 DE (12 DE MAYO DE 2005 ) Por el cual se fija el orden de atención prioritaria cuando se presenten insalvables restricciones en la
Más detallesPrograma de Desarrollo Urbano del Centro Población, San Luis Río Colorado, Sonora. TABLA III.2. DE COMPATIBILIDAD DE USO DE SUELO III.
TABLA III.2. DE COMPATIBILIDAD DE USO DE SUELO III. 1 T1.- Continuación de Tabla de Compatibilidad III. 2 T1.- Continuación de Tabla de Compatibilidad III. 3 T1.- Continuación de Tabla de Compatibilidad
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE DECRETO N (Julio 31 de 2002)
REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE DECRETO N 1609 (Julio 31 de 2002) por el cual se reglamenta el manejo y transporte terrestre automotor de mercancías peligrosas por carretera. El Presidente
Más detalles