CONSENTIMIENTO, CAPACIDAD Y TOMA DE DECISIONES POR SUSTITUTOS
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- Benito Lagos Díaz
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1 CONSENTIMIENTO, CAPACIDAD Y TOMA DE DECISIONES POR SUSTITUTOS
2 CONSENTIMIENTO, CAPACIDAD Y TOMA DE DECISIONES POR SUSTITUTOS CAPÍTULO 1: CAPÍTULO 2: CAPÍTULO 3: CAPÍTULO 4: CAPÍTULO 5: CAPÍTULO 6: CAPÍTULO 7: TOMA DE DECISIONES POR PARTE DE PERSONAS CON DISCAPACIDADES INTELECTUALES: LA IMPORTANCIA DE LA AUTODETERMINACIÓN CONSENTIMIENTO Y CAPACIDAD PARA TOMAR DECISIONES TIPOS DE TOMA DE DECISIONES POR SUSTITUTOS TOMA DE DECISIONES SOBRE ATENCIÓN MÉDICA CAPACIDAD, SEXUALIDAD Y VIDA FAMILIAR INSTRUCCIONES ANTICIPADAS DE SALUD MENTAL PODERES FINANCIEROS
3 CAPÍTULO 8: CAPÍTULO 9: TOMA DE DECISIONES SOBRE EDUCACIÓN EN EL MARCO DE LA IDEA TOMA DE DECISIONES POR SUSTITUTOS A TRAVÉS DE FIDEICOMISOS CAPÍTULO 10: TUTELA EN PENSILVANIA CAPÍTULO 11: GLOSARIO DE TÉRMINOS IMPORTANTES CAPÍTULO 12: RECURSOS Esta publicación se logró gracias a una subvención del Pennsylvania Developmental Disabilities Council. Derechos de autor 2012 de Disability Rights Network of Pennsylvania y Pennsylvania Developmental Disabilities Council. Se permite reimprimir, copiar y distribuir este trabajo siempre y cuando se reproduzca en su totalidad, se distribuya como mucho al costo real y se coloque este aviso de derechos de autor. Cualquier otra forma de reproducción está estrictamente prohibida.
4 CAPÍTULO 11: GLOSARIO DE TÉRMINOS IMPORTANTES Esta publicación se logró gracias a una subvención del Pennsylvania Developmental Disabilities Council. Derechos de autor 2012 de Disability Rights Network of Pennsylvania y Pennsylvania Developmental Disabilities Council. Se permite reimprimir, copiar y distribuir este trabajo siempre y cuando se reproduzca en su totalidad, se distribuya como mucho al costo real y se coloque este aviso de derechos de autor. Cualquier otra forma de reproducción está estrictamente prohibida.
5 Agente: Persona que ha sido designada para tomar decisiones por otra persona (el representado) de conformidad con un poder financiero, poder de atención médica o poder de salud mental. En estos documentos se suele referir al agente como representante o apoderado. Agente de atención médica: Persona designada para tomar decisiones de atención médica en nombre de otra persona en una instrucción anticipada de atención médica. Apoderado: Ver agente. Apoyos informales: Ver Apoyos naturales. Apoyos naturales: Familiares, amigos o defensores que conocen a la persona discapacitada y pueden ayudarla a tomar decisiones en una variedad de contextos. Beneficiario: Persona que puede recibir pagos por concepto de ingresos o patrimonio de un fideicomiso. Capacidad: Habilidad legal de una persona para tomar una decisión. La capacidad también se conoce como competencia. El estándar de capacidad puede variar según las circunstancias. Competencia: Ver capacidad. Consentimiento informado: Tipo de consentimiento requerido para tomar ciertos tipos de decisiones, particularmente decisiones de atención médica que no son de rutina. El consentimiento informado requiere que la persona que toma las decisiones: (1) posea la habilidad de comprender la decisión, las opciones alternativas y los riesgos y beneficios; (2) posea la habilidad de usar la información de un modo lógico y racional para llegar a una decisión; y (3) sea capaz de comunicar la decisión verbalmente o a través de otro medio. Consentimiento simple: El tipo de consentimiento dado por alguien para que otra persona tome decisiones cotidianas o decisiones de atención médica de rutina en su nombre. 1
6 Consentimiento: Acción y efecto de un persona de aceptar, autorizar o permitir. Enfermedad terminal: Afección médica incurable e irreversible en un estadio avanzado, causada por una lesión, patología o dolencia física que, con un grado razonable de certeza, traerá como consecuencia la muerte. No abarca afecciones físicas, mentales ni intelectuales permanentes e irreversibles en las que el tratamiento puede brindar un beneficio que no se limita meramente a prolongar la agonía, como la parálisis cerebral o la cuadriplejia. Fideicomiso: Instrumento legal en el que una persona (el fideicomitente) pone dinero u otros bienes (el patrimonio fideicomitido) en una cuenta especial para beneficio de una o más personas (los beneficiarios). El fideicomiso designa a un tercero (el "fiduciario") para controlar el patrimonio fideicomitido de acuerdo con las instrucciones específicas del fideicomiso. Fideicomitente: Persona que crea un fideicomiso con su dinero u otro bien. Fiduciario: Persona designada en un fideicomiso para tomar decisiones, de acuerdo con las instrucciones del fideicomiso, sobre cómo manejar y distribuir el patrimonio fideicomitido. Incapacitado/a: Una persona está incapacitada cuando carece de la capacidad para tomar ciertas decisiones. El estándar de incapacidad puede variar según las circunstancias. Una persona puede estar incapacitada para tomar ciertas decisiones, pero no otras. A veces se hace referencia a un incapacitado como incompetente. Incompetente: Ver Incapacitado/a. Instrucción anticipada de atención médica: Documento escrito por el cual una persona, mientras es competente para hacerlo, establece los parámetros para su atención médica en caso de que quede incompetente para tomar sus propias decisiones de atención médica. Una instrucción anticipada de atención médica puede ser un poder de atención médica, 2
7 un testamento en vida o una combinación de poder de atención médica y testamento en vida. También consulte instrucción anticipada de salud mental. Instrucción anticipada de salud mental: Documento que define las preferencias de la persona con respecto a tipos específicos de tratamientos de salud mental en caso de que pierda la capacidad para tomar esas decisiones de tratamiento debido a una enfermedad mental. Una instrucción anticipada de salud mental puede adoptar la forma de declaración de salud mental (que establece las decisiones específicas de tratamiento que la persona quiere o no quiere que se tomen en caso de incapacidad), un poder de salud mental (que designa a un agente de salud mental para que tome decisiones en caso de incapacidad), o una combinación de declaración y poder. Orden de no resucitar (NR): Instrucción por parte de una persona o agente de que esa persona no desea recibir resucitación cardiopulmonar (RCP). Padre: Los padres incluyen a los padres naturales o biológicos, padres adoptivos, padres de acogida y a tutores designados por un tribunal que tienen autoridad legal para tomar decisiones en nombre de jóvenes menores de 18 años a menos que hayan sido emancipados por un tribunal. Para decisiones sobre educación especial, padres pueden incluir otros tipos de personas que tomen decisiones también y tengan autoridad legal para tomar esas decisiones hasta que el joven cumpla 21 años. Permanentemente inconsciente: Una persona está permanentemente inconsciente cuando tiene una pérdida total e irreversible de la conciencia y la capacidad de interacción con el entorno, como un estado vegetativo permanente o un coma permanente. Poder de atención médica: Documento en el que una persona (el representado) designa a otra u otras personas (los agentes de atención médica) para que tomen decisiones de atención médica por la persona si se determinara que es incompetente para tomar esas decisiones independientemente de si la persona tiene una enfermedad terminal o si está permanentemente inconsciente. 3
8 Poder: Documento en el que una persona (el representado) designa a otra (el agente) para que tome decisiones financieras, de atención médica, y atención de la salud mental específicas, entre otras, en nombre del representado. Representado: Persona que crea algún tipo de poder o instrucción anticipada. Representante de atención médica: Persona autorizada por la ley de Pensilvania a tomar ciertas decisiones de atención médica por alguien que no tiene un tutor, no ha efectuado una instrucción anticipada de atención médica o cuyo agente de atención médica no está razonablemente disponible o no está dispuesto a actuar. Representante del beneficiario: Persona u organismo designado por la Administración del Seguro Social para recibir los beneficios del Seguro Social o del Ingreso Suplementario de Seguridad en nombre de alguien que no puede manejar o administrar su propio dinero. Representante: Ver Agente. Sustituto que toma decisiones: Persona autorizada por ley a tomar decisiones en nombre de otra en circunstancias particulares. Testamento en vida: Documento que expresa los deseos e instrucciones de una persona (el representado) respecto a tipos específicos de tratamientos de atención médica en caso de que la persona quede incompetente y tenga una enfermedad terminal o esté permanentemente inconsciente. Tratamiento de soporte vital: Tratamiento que meramente prolonga la agonía de una persona con una enfermedad terminal o que mantiene a una persona en estado de inconsciencia permanente. Tratamiento para preservar la vida: Tratamientos o intervenciones necesarios para salvar la vida de una persona que no tiene una enfermedad terminal o que no está permanentemente inconsciente. 4
9 Tutor: Persona designada por un tribunal para tomar ciertas decisiones en nombre de otra persona a la cual un tribunal ha declarado incapacitada y, por lo tanto, incapaz de tomar decisiones. Un tutor de la persona tiene autoridad para tomar decisiones personales en nombre de la persona (p. ej., dónde vivir). Un tutor del patrimonio tiene autoridad solo sobre las decisiones relacionadas con las finanzas y los bienes de la persona. Un tutor pleno está autorizado a tomar la mayoría de las decisiones en nombre de la persona (excepto aquellas no permitidas por ley) mientras que un tutor limitado solo tiene los poderes específicamente autorizados por el tribunal. 5
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