C.P.C. Cecilia Bravo Navarro Sábado 7 de Noviembre de C.P.C. Cecilia Bravo Navarro CONVENCIÓN ANUAL FNAMCP 2015

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1 Nuevo Dictamen Electrónico C.P.C. Cecilia Bravo Navarro Sábado 7 de Noviembre de 2015

2 OBJETIVOS Simplificar y eficientar la presentación del dictamen a través de medios electrónicos. Actualizar el marco normativo (Acuerdos del HCT y Normas para atestiguar). Automatizar el análisis de la información. Transparencia y control de la actuación de los CPA.

3 Sistema de control de los CPA Solicitud de registro Control y Gestión del Registro Activación Reactivación Bajas voluntarias Actualizaciones al registro

4 Formulación y presentación del Dictamen Contador/patrón Registro de datos del patrón a dictaminar Formulación y presentación del dictamen Módulos de información patronal Módulos de Atestiguamientos Módulos de opinión Tipo de opinión Observaciones Firma del Dictamen: CPA Patrón

5 Nuevo Dictamen 100% Electrónico Basado en Reglas generales y normas para atestiguar Información concentrada por empresa (RFC) y RP. Información estandarizada en anexos Información por trabajador Determinación de cuotas por trabajador MOVIMIENTOS Y PAGOS EN LÍNEA

6 Atestiguamiento del CPA Obligación de integrar al salario todos los conceptos Cumplimiento de los requisitos legales para la no integración en efectivo y en especie. Cumplimiento de los criterios no vinculativos del IMSS CÁLCULO Y ENTERO DE LAS CUOTAS NO SUJETOS DE ASEGURAMIENTO A PERSONAS FÍSICAS ASIMILADAS A SALARIOS, HONORARIOS Y COMISIONES Subcontratación de servicios de personal Clasificación de empresas. Obras de construcción, tratándose de patrones que intervengan en las mismas. Registros contables y balanza de comprobación. Otros puntos a verificar.

7 Puntos de verificación SiT1 NoT2 El Publico Público Autorizado, obtuvo la evidencia comprobatoria suficiente y competente para realizar su trabajo de verificación y atestiguamiento Integración del Salario Base de Cotización Remuneraciones pagadas en efectivo vía nómina a los trabajadores en el ejercicio dictaminado. a. El patrón integró razonablemente todos los conceptos al salario base de cotización. 1.2 Conceptos no integrados al Salario Base de Cotización Fondo de Ahorro a. El patrón cumplió con el requisito de que el Fondo de Ahorro, se integre por un depósito en cantidad igual del patrón y del trabajador. b. El patrón cumplió con el requisito de que el trabajador no retire más de dos veces al año el Fondo de Ahorro. Participación de los Trabajadores en la Utilidad a. Verificó que las cantidades entregadas bajo el concepto de participación en las utilidades de la empresa a los trabajadores, provienen de utilidades obtenidas por el patrón.

8 Diapositiva 7 T2 T1 En caso de que el CPA selecciona la opción "NO", significa que de la revisión efectuada a la información contenida en las aseveraciones del patrón y de la documentación que el CPA tuvo a la vista, para llevar a cabo su atestiguamiento, el patrón no cumple con los requisitos establecidos en la Ley y sus reglamentos. TOSHIBA, 03/03/2015 En caso de que el CPA selecciona la opción "SI", significa que de la revisión efectuada a la información contenida en las aseveraciones del patrón y de la documentación que el CPA tuvo a la vista, para llevar a cabo su atestiguamiento, el patrón cumple con los requisitos establecidos en la Ley y sus reglamentos. TOSHIBA, 03/03/2015

9 Despensas Puntos de verificación SiT6 NoT7 a. El patrón cumplió con el requisito de que el importe de la despensa en especie o efectivo otorgada a los trabajadores, no rebase el cuarenta por ciento del salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal; y en su caso, integrar al Salario Base de Cotización el importe excedente. Premios de Puntualidad y Asistencia B1. Remuneraciones pagadas en efectivo vía nómina a los trabajadores en el ejercicio dictaminado. a. El patrón cumplió con el requisito de que el importe pagado a los trabajadores por el concepto de premio de puntualidad, no rebase el diez porciento del Salario Base de Cotización; y en su caso, integrar el importe excedente. b. El patrón cumplió con el requisito de que el importe pagado a los trabajadores por el concepto de premio de asistencia, no rebase el diez porciento del Salario Base de Cotización; y en su caso, integrar el importe excedente Tiempo Extra a. El patrón cumplió con el requisito de que el tiempo extraordinario se encuentre dentro de los márgenes señalados en la Ley Federal del Trabajo; y en su caso, integrar el importe excedente. El patrón cumplió con el requisito de registrar debidamente en su contabilidad, los conceptos excluidos de la integración del Salario Base de Cotización.

10 Diapositiva 8 T7 T6 En caso de que el CPA selecciona la opción "NO", significa que de la revisión efectuada a la información contenida en las aseveraciones del patrón y de la documentación que el CPA tuvo a la vista, para llevar a cabo su atestiguamiento, el patrón no cumple con los requisitos establecidos en la Ley y sus reglamentos. TOSHIBA, 03/03/2015 En caso de que el CPA selecciona la opción "SI", significa que de la revisión efectuada a la información contenida en las aseveraciones del patrón y de la documentación que el CPA tuvo a la vista, para llevar a cabo su atestiguamiento, el patrón cumple con los requisitos establecidos en la Ley y sus reglamentos. TOSHIBA, 03/03/2015

11 Observaciones: B1. Remuneraciones pagadas en efectivo vía nómina a los trabajadores en el ejercicio dictaminado. Puntos de verificación (En este apartado el dictaminador podrá describir sus hallazgos más relevantes encontrados en el proceso de atestiguamiento)(500 caracteres) Atestiguamiento del Contador Público Autorizado Atestiguo que la aseveración presentada por la administración del patrón, es razonablemente correcta respecto de la integración del Salario Base de Cotización de los trabajadores que estuvieron a su cargo, por el ejercicio fiscal del al 20XX, en términos d e lo dispuesto en la Ley del Seguro Social y sus reglamentos. Mi trabajo de atestiguamiento lo realice en apego a las normas para atestiguar, de la profesión contable aplicables al dictamen del Seguro Social, relativas a la capacidad, independencia e imparcialidad profesional. Atestiguo que la aseveración presentada por la administración del patrón, es razonablemente incorrecta respecto de la integración del Salario Base de Cotización de los trabajadores que estuvieron a su cargo, por el ejercicio fiscal del al 20XX, en virtud de que incumplió (Describir incumplimientos). El patrón realizó el (convenio) pago de los incumplimientos antes señalados, mismos que fueron (autorizados) realizados con fecha de de Mi trabajo de atestiguamiento lo realice en apego a las normas para atestiguar, de la profesión contable aplicables al dictamen del Seguro Social, relativas a la capacidad, independencia e imparcialidad profesional. SI T8 NO T9 Campo de Firma electrónica (FIEL).

12 Diapositiva 9 T8 T9 Si el CPA selecciona la opción "SI", se deplegará un campo para que el dictaminador describa sus hallazgos más importantes en el proceso de atestiguamiento. TOSHIBA, 03/03/2015 Si la opción que el CPA es "NO", continua al siguiente campo. TOSHIBA, 03/03/2015

13 Cruce de Información del Dictamen La autoridad contará con información en medios electrónicos que le permitirá conocer la situación sobre el cumplimiento de las obligaciones de los patrones dictaminados. DIM SUA SIPRESS CFDI NÓMINA Determinación de riesgos inherentes Patrones con conductas evasoras

14 FIRMA ELECTRÓNICA (DOF 11 MAYO DE 2011 ACUERDO ) Convenio de colaboración Administrativa para el intercambio de información en materia fiscal del 7 Septiembre de Se aprueba la utilización de la firma electrónica avanzada y su respectivo certificado digital para que los CPA realicen los trámites para: Registro Presentación del Aviso Presentación del Dictamen

15 IMSS LA MEJOR OPCIÓN PARA PENSIONARSE y PORTABILIDAD DE PENSIONES

16 JUBILACIÓN VS PENSIÓN Jubilación Pensión Es un derecho contractual, es decir esta regulado en el Contrato que se pacta entre el patrón y trabajador o sindicatos. No necesariamente se debe tener años de edad para retirarse de la vida laboral. Es un derecho legal que se establece en la Constitución. Se requiere llegar a la edad de años de edad. La jubilación la paga la empresa privada. Si terminas la relación laboral antes de lo estipulado para obtener una jubilación pierdes dichos beneficios. La pensión es pagada por el IMSS. Puedes terminar la relación laboral y continuar con otro patrón sin perder los derechos adquiridos. Es decir, las semanas cotizadas.

17 NUEVOS CONCEPTOS DE LEY Cuenta Individual Pensión Renta Vitalicia Retiros Programados Seguro de Sobrevivencia Monto Constitutivo Suma Asegurada Pensión Garantizada

18 CESANTÍA Y VEJEZ (NUEVA LEY 97) Existe cesantía en edad avanzada, cuando el asegurado quede privado de trabajo remunerado a partir de los 60 años de edad. Para tener derecho a las prestaciones de este ramo deberá tener reconocidas cuando menos 1250 cotizaciones semanales. El trabajador cesante que no reúna las semanas señaladas, pero que cuente con un mínimo de 750 cotizaciones, tendrá derecho a los servicios médicos y a retirar el saldo de su cuenta individual, tiene la opción de seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para cubrir su pensión.

19 PENSIONES QUE SE EXCLUYEN El pensionado que disfrute de una pensión de cesantía, no tendrá derecho a una posterior de vejez o invalidez PENSIÓN POR VEJEZ Para tener derecho a la pensión de vejez se requiere: Tener 65 años de edad Tener reconocidas 1250 cotizaciones semanales

20 Pensión IMSS Ley del Seguro Social 1973

21 CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ REQUISITOS (LEY 1973) Existe cesantía en edad avanzada cuando el asegurado quede privado de trabajo remunerado a la edad mínima de 60 años. La pensión de vejez se otorgará al asegurado que tenga 65 años y quede privado de trabajo remunerado. En ambos casos se requiere que tenga como mínimo 500 semanas cotizadas.

22 CONSERVACIÓN DE DERECHOS Los derechos adquiridos bajo la Ley derogada, siguen vigentes conforme a los artículos Tercero, Cuarto, Undécimo, Duodécimo, Décimo Tercero y Décimo Octavo transitorios de la Nueva Ley, publicada en el D.O.F. El 21 de Diciembre de 1995.

23 RECONOCIMIENTO DE DERECHOS Art. 183 Ley 1973 y Art. 151 Ley 1997 Se reconocerán las cotizaciones anteriores a la baja, conforme a las siguientes reglas : Si la interrupción: Es menor a 3 años, se le reconocerán al momento de su reinscripción al régimen obligatorio. Si se encuentra entre 3 y 6 años, se le reconocerán al cotizar nuevamente un mínimo de 26 semanas. Si es mayor de 6 años, se le reconocerán al cotizar 52 semanas como mínimo. Si reingresa dentro del tiempo de conservación de derechos, se le reconocerán al momento de su reinscripción.

24 CONTINUACIÓN VOLUNTARIA El asegurado con un mínimo de 52 cotizaciones semanales acreditadas en el régimen obligatorio, en los últimos 5 años, tiene derecho a continuar voluntariamente en el mismo, con el último salario o superior al que tenía al momento de la baja. El asegurado podrá optar por continuar protegido a partir de la fecha que elija entre la de su solicitud o la del día siguiente de su baja, debiendo cubrir las cuotas con actualización y recargos. Seguro Porcentaje Invalidez y Vida % Cotizará en los seguros conjuntos de: Retiro % Cesantía y Vejez % Gastos Médicos pensionados % TOTAL %

25 CONTINUACIÓN VOLUNTARIA Prima a cubrir % CONCEPTO IMPORTE Salario Mínimo DF Tope VSMGDF 25 S.B.C. TOPADO 1, Prima a Cubrir % Cuota Diaria a pagar DÍAS U. Tiempo Cuota diaria a pagar IMPORTE INVERSIÓN 28 Mes , Mes , Mes , año , años ,980.00

26 CONTINUACIÓN VOLUNTARIA La continuación voluntaria se termina: Solicitud del asegurado. Dejar de pagar las cuotas durante 2 meses. Al ser dado de alta por un patrón. Si la baja fue por falta de pago de dos meses consecutivos, podrá solicitar dentro de los 12 meses siguientes, su reingreso a la continuación voluntaria.

27 CONTINUACIÓN VOLUNTARIA En caso de que la causa de la baja fue por falta de pago y solicite su reingreso, cotizará con el último de salario que tenía al momento de la baja o superior sin exceder del tope. Este aseguramiento no incluye servicios médicos.

28 SEGURO DE SALUD PARA LA FAMILIA Cuotas a pagar: Rango de Edad Cuota Anual 0 a 19 años $ 1, a 29 años $ 2, a 39 años $ 2, a 49 años $ 3, a 59 años $ 3, a 69 años $ 5, a 79 años $ 5, y más $ 5, Cuotas Anuales vigentes del 01 feb 2015 al 31 Enero 2016

29 FÓRMULA PENSIÓN DE I.V.C.M. Art. 167 (Ley ) Cuantía Anual de la Pensión Cuantía Básica Cuantía Incrementos Cuantía Básica Salario promedio últimas 250 semanas X Días del año X % establecido en el Art. 167 representado en veces el salario mínimo. Cuantía Incrementos Salario promedio últimas 250 semanas X Días del año X % establecido en el Art. 167 representado en veces el salario mínimo. X Número de Incrementos

30 ESTIMACIÓN DEL PROMEDIO COTIZADO CON SALARIO MÍNIMO ESTIMACIÓN DE LA PERCEPCIÓN PROMEDIO SEMANAS PERCEPCIÓN PERIODO S.B.C. COTIZADAS PROMEDIO , , , , , TOTAL ,338.40

31 ESTIMACIÓN DEL PROMEDIO DEL SALARIO MÍNIMO COTIZADO EN LAS ÚLTIMAS 250 PERCEPCIÓN PROMEDIO ENTRE SEMANAS $ 16, SALARIO PROMEDIO $ ENTRE SALARIO MÍNIMO SALARIO PROMEDIO REPRESENTADO EN VECES EL SALARIO MÍNIMO 0.93 * * Menor a un salario mínimo

32 PORCENTAJES DEL ARTÍCULO 167 REFORMADO GPO SAL EN VECES S.M. % CTIA BÁSICA % CTIA INCREMENTO HASTA 1 VEZ 80.00% % DE 1.01 A % % DE 1.26 A % % DE 1.51 A % % DE 1.76 A % % DE 2.01 A % % DE 2.26 A % % DE 2.51 A % % DE 2.76 A % % DE 3.01 A % % DE 3.26 A % % DE 3.51 A % % DE 3.76 A % % DE 4.01 A % % DE 4.26 A % % DE 4.51 A % % DE 4.76 A % % DE 5.01 A % % DE 5.26 A % % DE 5.51 A % % DE 5.76 A % % DE 6.01 AL LÍMITE SUPERIOR 13.00% %

33 DETERMINACIÓN DE INCREMENTOS DEL ART. 167 Residuo entre 13 y 26 semanas 1/2 Incremento Residuo > 26 semanas Un Incremento Un incremento Por cada 52 semanas que excedan de las 500 Residuo < 13 semanas No hay incremento

34 DETERMINACIÓN DE INCREMENTOS DEL Art. 167 Semanas cotizadas 1325 Semanas requeridas 500 Excedente de semanas 825 Excedente de semanas Incrementos 15 Incrementos

35 DETERMINACIÓN DE INCREMENTOS DEL Art. 167 Excedente de semanas 825 Semanas 780 Residuo 45 Semanas Residuo 1 > 26 Semanas Incremento Adicional Incrementos 15 Incremento Adicional 1 Total de Incremento 16

36 INCREMENTO A LAS PENSIONES El 20 de Diciembre de 2001, se publicó una Reforma, establecida en el Artículo 14 Transitorio. El 5 de Enero de 2004 se reforma el Artículo 14 Transitorio para quedar como sigue: a) Un incremento del 11% Este incremento no aplica a aquellas pensiones que quedaron contempladas en la reforma del 20 de diciembre de 2001.

37 CÁLCULO DEL PAGO MENSUAL Con Asignación familiar 15 % Edad Cuantía básica 15% Asignación Pago c/decreto familiar mensual 60 1, , , , , , , , , , , ,387.03

38 ESTIMACIÓN DE PROMEDIO DE SALARIO TOPE ESTIMACIÓN DE SALARIO PROMEDIO TOPADO COTIZADO S.B.C. Semanas Percepción Periodo S.M.G.D.F. topado cotizadas periodo , , , , , , , , , , TOTAL ,793.00

39 ESTIMACIÓN DEL PROMEDIO DEL SALARIO TOPADO COTIZADO EN LAS ÚLTIMAS 250 SEMANAS: Información Importe Percepción Total últimas 250 semanas $ 390, Salario Promedio últimas 250 semanas Salario Mínimo vigente a la de solicitud fecha $ 1, Salario representado en veces el salario mínimo 22.29

40 CÁLCULO DE PENSIÓN ARTÍCULO 167 REFORMADO Ubicamos el salario representado en veces el salario mínimo en la tabla del Art. 167: Información Importe Porcentaje Cuantía Básica 13 % Porcentaje Cuantía 2.45 % Incrementos Semanas Excedentes ( ) Número de Incrementos (1303 / 52) (25*52=1300) (1303 excedentes Residuo 3 (no hay incremento adicional)

41 CÁLCULO DE LA PENSIÓN Cuantía Anual de la Pensión Cuantía Mensual con Pensión Asignación Pensión Mensual Edad Porcentaje 423, decreto mensual 15% total 60 75% 317, , , , , % 338, , , , , % 360, , , , , % 381, , , , , % 402, , , , , % 423, , , , ,881.13

42 PENSIÓN TOPE No rebasará el importe del salario promedio que sirvió de base para el cálculo de la misma: $1, X 365 días / 12 = $47,546.42

43 DOCUMENTO DE OFERTA Este documento señalará el importe a recibir según el régimen: Ejemplo: Ley 1973 Pensión mensual $ 27, Aguinaldo $ 24, Retirar de la AFORE $992, Ley 1997: Pensión Mensual $ 2, Retirar de la AFORE $ 0.00

44 CUENTA INDIVIDUAL SE SUBCUENTAS RECUPERA Retiro SI Cesantía y Vejez Cuota Social NO Vivienda 97 (antes no) SI * SAR 92 SI Vivienda Aportaciones Voluntarias SI SI Estas cantidades Son para subsidiar la pensión. * Art. 8º. Transitorio reformas a la Ley del INFONAVIT publicadas en el DOF 6 enero 1997

45 APORTACIONES INFONAVIT De 1972 a Febrero 1992 los Recursos se encuentran en el INFONAVIT Prescriben a los 10 años posteriores a la pensión o jubilación se pueden Retirar: a) Si se tienen más de 50 años de edad y 1 año sin trabajar (El saldo) b) Al pensionarse (El doble del Saldo)

46 AFORE Infonavit 92 (Aportaciones de marzo de 1992 a Junio de 1997) Infonavit 97 (Del 4to. Bim de 1997 en adelante) DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ART. 8º. TRANSITORIO D.O.F. 12 ENERO DE 2012

47 INICIO A Proceso de Pensión Presentarse en la AFORE para revisar que la documentació n y datos sean correctos Entrega de la Resolución para el Otorgamiento Pensión Acudir a la UMF para solicitar la pensión Acudir a la AFORE a solicitar la devolución de recursos Más de 1,250 semanas De acuerdo al número de semanas cotizadas Menos de 1,250 semanas Ir a la UMF para comprobar la supervivencia Elección de pensión L73 ó L97 Resolutivo de pensión por L73 FIN A

48 PORTABILIDAD DE PENSIONES IMSS E INFONAVIT

49 CONVENIO DE COLABORACIÓN INSTITUCIONAL CELEBRADO ENTRE EL ISSSTE Y EL IMSS EL 17 DE FEBRERO DE Antecedentes: LEY DEL ISSSTE PUBLICADA EN EL DOF EL 31 DE MARZO DE 2007 QUE ABROGÓ LA PUBLICADA EN EL MISMO DIARIO EL 27 DE DICIEMBRE DE GARANTIZAR AL SERVIDOR PÚBLICO QUE A SU RETIRO CONTARÁ CON UN INGRESO SEGURO, DIGNO Y PROPIO. INCENTIVAR A LOS TRABAJADORES A REALIZAR CAMBIOS LABORALES ENTRE LOS APARTADOS A Y B PARA APROVECHAR MEJORES POSIBILIDADES

50 PORTABILIDAD DE PENSIONES CONFORMAR UN SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL QUE OTORGUE PLENA PORTABILIDAD DE SERVICIOS Y DERECHOS QUIENES PODRÁN MIGRAR ENTRE SECTOR PUBLICO AL PRIVADO SE ESTABLECE UN SISTEMA DE CUENTAS INDIVIDUALES OBJETO DEL CONVENIO: DETERMINAR LOS CRITERIOS, LINEAMIENTOS, TÉRMINOS, CONDICIONES, MECANISMOS Y PROCEDIMIENTOS DE COORDINACIÓN Y COLABORACIÓN CON LO QUE SE DARÁ CUMPLIMIENTO DE ESTA PORTABILIDAD

51 OPCIONES: DÉCIMO TRANSITORIO CUENTAS INDIVIDUALES EL ISSSTE OTORGÓ UN BONO A QUIENES SE APEGARON A LA NUEVA LEY. CALCULADO EN UDIS CONSIDERANDO EL SALARIO BASE Y LA ANTIGÜEDAD. VENTAJAS EN EL RETIRO ANTICIPADO

52

53 CRONOLOGÍA 1960 Se crea el ISSSTE 1992 Creación del SAR, donde la Dependencia aporta el 2% del Sueldo Básico por concepto de Retiro 2007 Nueva Ley ISSSTE, se tiene una Cuenta Individual en la AFORE o PENSIONISSSTE

54 TIPOS DE TRABAJADORES La Ley del ISSSTE 2007 establece 3 tipos de trabajadores: Jubilados y Pensionados: Personas que gozan de una jubilación y no les afecta en nada la nueva Ley. Activos: Aquellos que al surgir la nueva Ley estaban prestando sus servicios en alguna Dependencia. Tuvieron que elegir por que régimen se van a retirar Nuevo Ingreso: Individuos que comiencen a prestar sus servicios en una Dependencia a partir de la entrada en vigor de la nueva Ley (1 de abril de 2007)

55 ELECCIÓN DE RÉGIMEN Los trabajadores tuvieron hasta el 14 de noviembre de 2008 para seleccionar el régimen por el cual se van a retirar. Sistema de Reparto (Artículo Décimo Transitorio) Sistema de Cuentas Individuales En caso de no haber seleccionado régimen, en automático están bajo el amparo de lo establecido en el Artículo Décimo Transitorio.

56 ARTÍCULO DÉCIMO TRANSITORIO Es la modalidad de retiro, similar al esquema estipulado anteriormente por el ISSSTE para jubilarse. Sin embargo a partir del año 2010 sufre cambios paulatinos. Este sistema es aplicable para aquellos trabajadores que por voluntad propia lo decidieron, o bien que por omitir su elección en automático les aplica.

57 TIPOS DE PENSIÓN Jubilación Edad y Tiempo de Servicio Cesantía en Edad Avanzada

58 JUBILACIÓN Tiempo cotizado: Mujeres 28 años de servicio Hombres 30 años de servicio Pensión del 100% del último Sueldo Básico

59 EDAD Y TIEMPO DE SERVICIO Tiempo cotizado 15 años de servicio. El porcentaje de pensión va del 50% al 95% Edad del trabajador de acuerdo a la tabla.

60 CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Tiempo cotizado 10 años de servicio. El monto de la pensión va del 40% al 50%. La edad del trabajador esta ligada al año calendario.

61 INDEMNIZACIÓN GLOBAL El trabajador que sin tener derecho a una pensión por Jubilación, de Retiro por Edad y Tiempo de Servicio, Cesantía en Edad Avanzada o Invalidez, se separe definitivamente del servicio, recibe una Indemnización Global. El monto a entregar va en relación a los años de servicio prestados.

62 RECURSOS A ENTREGAR SAR ISSSTE y Retiro 2008 en una exhibición FOVISSSTE se entrega en una sola exhibición, siempre y cuando no haya hecho uso del recurso para una vivienda. Cesantía y Vejez se quedan en la Tesorería del ISSSTE para poder subsidiar las pensiones.

63 BONO DE PENSIÓN Las personas que eligieron el Sistema de Cuenta individual recibieron un bono para Reconocer el tiempo cotizado. Para calcularlo tomaron 3 aspectos: Edad que tenía el trabajador al 31 de diciembre de 2007 Sueldo Básico al 31 de diciembre de Si por cualquier motivo no se cotizó en el mes de diciembre de 2006, se tomó el primer sueldo correspondiente a la fecha en que se haya reincorporado hasta el 31 de marzo de Años de servicio que se tuviesen hasta el 31 de diciembre de 2007 Cálculo personal

64 REQUISITOS Para poder pensionarse se requiere: Cesantía - 60 años de edad - 25 años de servicio - Quedar privado de una relación laboral Vejez - 65 años de edad - 25 años de servicio

65 REQUISITOS Para poder pensionarse se requiere: Retiro anticipado - Tener una pensión equivalente a una PG más el 30% -No es necesario cumplir con edad y años de servicio Pensión Garantizada años de edad - 25 años de servicio (La Cuenta Individual no tiene suficientes recursos)

66 MODALIDADES DE PENSIÓN Las modalidades con las que se cuenta para tener pensión es: Renta Vitalicia Retiro Programado Las aseguradoras que operan actualmente son: BANORTE, GNP, SURA y BANCOMER. Cualquier AFORE o PENSIONISSSTE lo puede realizar. Ambas modalidades requieren la contratación del Seguro de Sobrevivencia a favor de los beneficiarios.

67 EJEMPLO DE CALCULADORA DE PENSIÓN Estos ejemplos nos muestran las 3 opciones que se tienen para contratar una pensión. Cálculo personal

68 DOCUMENTO DE OFERTA Se te proporciona el Documento de Oferta, en el cual se reflejan los montos que las aseguradoras ofrecen. Se tiene que marcar la Aseguradora que desees te pague la pensión.

69 DOCUMENTO DE OFERTA (ANVERSO) La pensión mensual es de $5, y se lleva en una sola exhibición $4,215,

70 INVERSIÓN DE EXCEDENTE Te ofrecemos la mejor opción para invertir el recurso excedente que te entregaron de la Cuenta Individual.

71 Gracias por su atención

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