Salarios Salario deriva del latín salarium
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- Teresa Godoy Moreno
- hace 6 años
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1 Salarios Salario deriva del latín salarium, que significa pago de sal o por sal. Esto viene del antiguo imperio romano donde muchas veces se hacían pagos a los soldados con sal, la cual valía su peso en oro, dado que la sal en la antigüedad era un bien escaso. El salario es una contraprestación que recibe el trabajador a cambio del trabajo realizado para un empleador, la cuantía se establece en el contrato de trabajo. El salario se recibe principalmente en dinero, si bien puede contar con una parte en especie evaluable en términos monetarios. Siempre debe existir una remuneración en dinero, la retribución en especie es necesariamente adicional.
2 El salario es por día, usualmente para trabajos manuales; se paga semanalmente. El sueldo es mensual, usualmente por trabajo intelectual, administrativo, de supervisión, etc.; se paga quincenalmente.
3 MANO DE OBRA Cálculo de salario real El análisis del costo de mano de obra debe incluir una serie de pasos o etapas. Estas son: 1.Obtención del salario real de todo el personal que intervendrá en la obra, el cual es aplicable a todos y cada uno de los paquetes de trabajo. 2.Determinación del personal necesario en el paquete de trabajo. 3.Estimación de la productividad específica del personal para el paquete de trabajo, y 4.Obtener el costo que, por este concepto, tiene el paquete de trabajo.
4 Salario real Se entiende por salario real a aquél que realmente le cuesta a una empresa un trabajador y que está formado por su salario nominal y por todas las prestaciones de ley a las que tiene derecho. De esta forma, deberá calcularse un factor de sobresueldo que cubra estas prestaciones de ley; el cual deberá añadirse al salario nominal: en donde: S r = Salario real f s = Factor de sobresueldo S n = Salario nominal Sr = (1+ fs ) Sn
5 Salario base El Salario base de cotización, conocido en la Ley anterior de 1973 como Salario diario integrado, es utilizado en México por el Instituto Mexicano del Seguro Social para determinar las cuotas obrero patronales, bimestrales con enteros mensuales que se pagan bajo el régimen obligatorio, al amparo de la nuevaley del Seguro Social, promulgadaen julio1997. Se calcula a partir de una serie de criterios establecidos en el segundo capítulo de la Ley del Seguro Social y tomando en cuenta los días del mes natural.
6 Integración para efectos del Seguro Social Salario. Todas las prestaciones mínimas de ley. Prestaciones adicionales a las que concede la ley que cada empresa dé a sus trabajadores, como bonos o estímulos por productividad. Cuando el patrón y el trabajador aportan cantidades distintas entre sí, para caja de ahorro, y sí lo puede retirar más de 2 veces al año. Integra sólo la cantidad que aporta el patrón. Cuando el trabajador paga menos del 20% del salario mínimo del D.F. ($10.96 en 2009) para alimentación o habitación. Cuando el valor diario de la ayuda para despensa supera el 40% del salario mínimo del D.F. ($21.92 en 2009). Integran las horas extras que rebasen las 3 horas diarias o la tercera vez a la semana. Cuando los premio de puntualidad y asistencia otorgado, supere cada uno el 10% del subtotal del propio salario base de cotización. Si se le da habitación gratuita, integra el 25% del salario diario. Si se le da alimentación gratuita (3 alimentos), integra el 25% del salario diario, siempre y cuando pague menos del 20% de salario mínimo del D.F. ($10.96 en 2009) por cada uno. En caso de ser 1 o 2 alimentos y pague menos de $10.96, integrará el 8.33% y 16.66% respectivamente. En caso de que la alimentación y habitación sean totalmente gratuitas, integra el 50% del salario diario.
7 Determinación del SBC con prestaciones de la Ley Fed. del Trabajo Concepto Desarrollo Factor diario Salario diario 1 Aguinaldo (15x1/365) Prima vac. (1 año trabajado) (6x1x25%/365) Factor de Integración
8 Días de descanso obligatorio La Ley Federal del Trabajo mexicana indica que es obligatorio conceder al trabajador un día de descanso por cada seis trabajados séptimo día- (Art. 69). En el caso particular de la Industria de la Construcción, esto ocurre generalmente el día domingo, de tal manera que se disfruta de cincuenta y dos días de descanso al año. Esto es, pagados pero no laborados. De acuerdo al decreto que reforma el Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación, los días de descanso obligatorio para 2016 son: 1. 1º de enero: Año Nuevo (viernes) 2. 5 de febrero: Día de la Constitución (feriado por el lunes 1 de febrero) de marzo: natalicio de Benito Juárez (lunes) 4. 1º de mayo: Día del Trabajo (domingo) de septiembre: Aniversario del inicio de la Independencia Nacional (viernes) de noviembre: aniversario de la Revolución Mexicana (feriado por el lunes 21 de noviembre) de diciembre: día de Navidad (domingo) 8. y los que determinen las leyes federales y locales electorales.
9 Días por costumbre Los días que por uso y costumbre se conceden al trabajador de la Industria de la construcción mexicana como feriados, pueden incluir los siguientes: ü Fechas variables: jueves, viernes y sábado Santos (3). ü 3 de mayo, día de la Santa Cruz. ü 2 de noviembre día de Todos Santos. ü 12 de diciembre aparición de la Virgen de Guadalupe.
10 Seguridad social De acuerdo con la ley, los riesgos cubiertos por el Instituto Mexicano del Seguro Social a sus derechohabientes son los de riesgos de trabajo, enfermedad general y maternidad, invalidez y vida, guardería (para los hijos de los trabajadores) y retiro, cesantía y vejez. Para el caso de riesgos de trabajo, la Industria de la Construcción está dentro de los ramos de más alto riesgo, denominado Clase V-125%, debido al gran número de accidentes de trabajo que ocurren en ella.
11 Cuotas IMSS Cuota Patrón Tipo Trabaj Tipo Edo Tipo Especie 20.40% SMDF 0.40% % Enfermedad y maternidad 1.10% SBC- 3SMDF Dinero 0.70% SBC 0.25% SBC 0.05% Invalidez y vida 1.75% SBC 0.625% SBC 0.125% Retiro 2.00% SBC Cesantía y vejez Guarderías y prestaciones sociales 3.150% SBC 1.125% SBC % 1.00% SBC Pensionados 1.05% SBC 0.375% SBC 0.075% INFONAVIT 5.00% SBC
12 CALCULO DE FACTOR DE SALARIO REAL OFICIAL ALBAÑIL Salario Minimo General del Distrito Federal (SMGDF) Salario Nominal Diario (SND) 200 Dias realmente pagados (TP) Días Calendario (DC) 365 Días aguinaldo 15 Vacaciones 6 Porcentaje de prima vacacional 25 Días prima vacacional 1.5 Dias para cálculo de prima dominical Porcentaje de prima dominical Días prima dominical Días horas extras Días de contrato colectivo de trabajo Total de Días Realmente Pagados (TP) Días No Laborables al Año (DNLA) Domingos 52 Días festivos oficiales 6 Dias por costumbre 4 Vacaciones 6 Días sindicato 0 Días por mal clima 3 Total de Días No Laborables al Año (DNLA) 71 Dïas Realmente Laborados (TL) TL = DC - DNLA 294 Factor Salario Base de Cotización (FSBC) FSBC = TP/DC Salario Base de Cotización (SBC) SBC = FSBC * SND Cuotas del IMSS Enfermedas y maternidad. Cuota fija Enfermedas y maternidad. Cuota excedente a 3 SMDF Enfermedas y maternidad. Prestación en dinero Enfermedas y maternidad. Gastos médicos, pensionados Invalidez y vida Guarderías Retiro Cesantía en edad avanzada y vejez Riesgo de trabajo Importe de IMSS Otros impuestos INFONAVIT (% INIFONAVIT * SBC) Impustos sobre nómina (%ISN * SBC) Otros impuestos (%Otros Impuestos * SBC) Importe de Otros Impuestos Importe de Obligaciones Patronales (IOP) Fracción decimal Obligaciones Patronales (PS) PS = IOP / SND 0.31 Factor de Salario Real (FSR) FSR = PS (TP/TL) + TP/TL 1.70 Salario Real (SR)
13 CALCULO DE FACTOR DE SALARIO REAL Ayudante de albañilería Salario Minimo General del Distrito Federal (SMGDF) Salario Nominal Diario (SND) 100 Dias realmente pagados (TP) Días Calendario (DC) 365 Días aguinaldo 15 Vacaciones 6 Porcentaje de prima vacacional 25 Días prima vacacional 1.5 Dias para cálculo de prima dominical Porcentaje de prima dominical Días prima dominical Días horas extras Días de contrato colectivo de trabajo Total de Días Realmente Pagados (TP) Días No Laborables al Año (DNLA) Domingos 52 Días festivos oficiales 6 Dias por costumbre 4 Vacaciones 6 Días sindicato 0 Días por mal clima 3 Total de Días No Laborables al Año (DNLA) 71 Dïas Realmente Laborados (TL) TL = DC - DNLA 294 Factor Salario Base de Cotización (FSBC) FSBC = TP/DC Salario Base de Cotización (SBC) SBC = FSBC * SND Cuotas del IMSS Enfermedas y maternidad. Cuota fija Enfermedas y maternidad. Cuota excedente a 3 SMDF Enfermedas y maternidad. Prestación en dinero Enfermedas y maternidad. Gastos médicos, pensionados Invalidez y vida Guarderías Retiro Cesantía en edad avanzada y vejez Riesgo de trabajo Importe de IMSS Otros impuestos INFONAVIT (% INIFONAVIT * SBC) Impustos sobre nómina (%ISN * SBC) Otros impuestos (%Otros Impuestos * SBC) Importe de Otros Impuestos 7.32 Importe de Obligaciones Patronales (IOP) Fracción decimal Obligaciones Patronales (PS) PS = IOP / SND 0.35 Factor de Salario Real (FSR) FSR = PS (TP/TL) + TP/TL 1.76 Salario Real (SR)
14 Determinación del personal necesario en el paquete de trabajo (cuadrillas) Una buena base de partida para determinar el personal necesario en el paquete de trabajo (cuadrillas) es recurrir a la descomposición del propio paquete en sus procesos elementales, realizada durante la obtención de materiales. Por supuesto que se requieren algunas modificaciones como, por ejemplo, agrupar los distintos procesos elementales que requieren la misma especialización del personal. Ejemplo. Fierreros: Habilitación, armado, colocación, plomeo y centrado del acero de refuerzo. Carpinteros de obra negra: habilitación, colocación, plomeo, descimbrado y nueva preparación de la cimbra. Albañil: preparación de concreto, colado, curado. Operadores de maquinaria menor: preparación de concreto y vibrado del mismo.
15 Estimación de la productividad específica Factores que disminuyen la productividad teórica en la industria de la construcción de los Estados Unidos (según Tucker). Causa: % de decremento: Retardos administrativos 20 Métodos ineficientes de trabajo 20 Restricciones de trabajo 15 Tiempo personal del trabajador 5 TOTAL: 60
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