INFORME SOBRE SOLVENCIA DEL AÑO 2015 FINANDUERO S.V., S.A.

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1 INFORME SOBRE SOLVENCIA DEL AÑO 2015 FINANDUERO S.V., S.A.

2 ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN 3 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN 3 3. POLÍTICAS Y OBJETIVOS DE GESTIÓN DE RIESGOS 3 4. MEDICIÓN DE LOS RIESGOS Riesgo de crédito y dilución Riesgo de cartera de negociación Grandes Riesgos Riesgo de liquidación o entrega Riesgo operativo FONDOS PROPIOS. REQUISITOS Y COLCHONES DE CAPITAL. APALANCAMIENTO 6 6. POLÍTICAS Y PRÁCTICAS DE REMUNERACIÓN Objeto de la Política Aprobación, aplicación y revisión de la Política Ámbito de aplicación de la Política de Remuneraciones Directrices en materia de remuneraciones Remuneraciones de los miembros del Consejo de Administración de Finanduero Remuneraciones de los empleados de Finanduero Información cuantitativa agregada sobre las remuneraciones, desglosada por ámbito de actividad, cada una de las áreas de la Sociedad Información cuantitativa agregada sobre las remuneraciones, desglosada por altos directivos y empleados cuyas actividades inciden de manera importante en el perfil de riesgo de la entidad Listado de las categorías de empleados cuyas actividades profesionales inciden de manera significativa en el perfil de riesgo de Finanduero SISTEMA DE GOBIERNO CORPORATIVO 11 2

3 1. INTRODUCCIÓN El objetivo de este informe es cumplir con los requisitos de información al mercado establecidos en el capítulo duodécimo de la Circular 12/2008, de 30 de diciembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (en adelante, la Circular de Solvencia ). En el informe se detallan las exigencias de recursos propios establecidas en el Reglamento de la Unión Europea 575/2013 y en la Circular 2/2014 de la CNMV. El Consejo de Administración de la Sociedad acuerda elaborar y publicar el informe de solvencia con periodicidad anual y aprueba el referido al 31 de diciembre de 2015, previa verificación por el departamento de Auditoría de SS.CC y Participadas de B.C.E.I.S.S. Este Informe de Solvencia puede ser consultado en la Web de Finanduero, S.V., S.A., en la siguiente dirección electrónica: 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN Finanduero Sociedad de Valores, S.A. Sociedad Unipersonal (en adelante, la Sociedad o Finanduero ) es una empresa de servicios de inversión inscrita en el registro de Sociedades de Valores de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (en adelante C.N.M.V.) con el número 156. La Sociedad ejerce su actividad a través de su oficina en Madrid. A 31 de diciembre de 2015, la Sociedad cuenta con un representante, Promociones Bursátiles Inmobiliarias 55, S.L., siendo su ámbito de actuación el territorio nacional. La Sociedad no formula cuentas anuales consolidadas y se integra en el perímetro de consolidación de su socio único B.C.E.I.S.S., que a su vez se integra dentro del Grupo Unicaja Banco. 3. POLÍTICAS Y OBJETIVOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Finanduero S.V., S.A. está realizando los esfuerzos necesarios para continuar con el proceso de mejora en la gestión de riesgos y adaptación al marco regulador, con el sólido convencimiento de los resultados beneficiosos que su práctica continuará reportando. Por estas razones, la Sociedad continúa implantando mecanismos internos de decisión que cuantifican los riesgos de manera homogénea, facilitan la gestión centralizada y global de los riesgos relevantes, y permiten una mejor atención al cliente. La normativa del Área de Riesgos tratará de definirse conforme a los siguientes principios: Solvencia: asegurar que el nivel de solvencia se encuentra dentro de los límites establecidos por la Sociedad, garantizando la continuidad del negocio. Independencia: a través de sistemas y mecanismos que aseguren que el control del riesgo y captación de negocio están claramente diferenciados departamental y funcionalmente dentro de la Sociedad. Prudencia: asegurar que la política de inversiones por cuenta de la Sociedad es prudente y de esta forma, la exposición de la misma al riesgo. Minimización del riesgo: tanto en la operativa de cuenta propia, como de terceros, el objetivo de la Entidad es la minimización del perfil de riesgo al que está sometida. Por esa razón, muchas de las políticas están orientadas a ese objetivo: o o La Sociedad exige a los clientes minoristas la provisión previa de fondos para la realización de operación. La cartera por cuenta propia de la entidad sólo puede invertir en mercados organizados y en el caso de derivados, para el objetivo de cobertura. 3

4 Nombramiento, responsabilidades y actuaciones del órgano de control encargado de revisar el cumplimiento de los procedimientos. o De acuerdo con la Norma 2ª de la Circular 1/2014 sobre requisitos de organización interna y de las funciones de control de las entidades que prestan servicios de inversión, la Sociedad dispone en su estructura organizativa con una Unidad de Control que depende funcionalmente del Consejo de la Sociedad, que es la encargada de las funciones de control de riesgo y de cumplimiento normativo. Resumen de funciones y responsabilidades del área de gestión y control global del riesgo. La función de gestión de riesgos es la encargada de establecer, aplicar y mantener procedimientos eficaces de gestión del riesgo que permitan identificar, gestionar, controlar y comunicar los riesgos reales y potenciales derivados de sus actividades de acuerdo con el nivel de riesgo global aprobado por la Alta Dirección de la Sociedad, y con los niveles de riesgo específicos establecidos. Los principales cometidos de la función de Gestión de Riesgos son: - Vigilar el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto. - Vigilar la solvencia de la Sociedad y que el riesgo este dentro de los limites preestablecidos por la Alta Dirección. - Evaluar la adecuación de la inversión en instrumentos financieros a la política de inversión de la Sociedad, riesgos, métodos de valoración del riesgo y su evaluación continua. - Metodología de valoración de instrumentos financieros. - Identificar, evaluar, controlar y comunicar los riesgos relevantes relacionados con las actividades de la Sociedad. - Evaluar la relación entre los recursos propios y el capital interno en base a los niveles de riesgo asumidos en cada área de actividad. - Revisar el proceso de autoevaluación del capital - Revisar el cumplimiento de la obligación de divulgación de la información sobre solvencia. - Supervisar el sistema retributivo; en especial que las remuneraciones variables sean compatibles con el mantenimiento de una base de capital sólida, de acuerdo a los requisitos señalados en la normativa de solvencia. Descripciones de las políticas y procedimientos generales de control interno aprobadas por el Consejo de Administración. Todas las políticas y procedimientos detallados a continuación se recogen en distintos Manuales, aprobados por el Consejo de Administración, sujetos a revisión periódica, y a disposición de los empleados de la Sociedad: - Políticas, procedimientos y medidas para garantizar una adecuada estructura organizativa. - Políticas, procedimientos y medidas administrativas y contables. - Políticas y procedimientos para proteger los instrumentos financieros y los fondos de los clientes. - Procedimientos para la aprobación y diseño de nuevos productos o servicios. - Procedimientos para el análisis de la conveniencia. - Procedimientos para el análisis de la idoneidad. - Procedimientos de tramitación y ejecución de las órdenes de los clientes. - Procedimientos relativos a la comunicación de información. - Procedimientos de registros obligatorios sobre instrumentos financieros y servicios de inversión. - Procedimientos de la documentación contractual y sobre régimen de tarifas. - Procedimientos de solvencia y evaluación de riesgos. - Procedimientos relacionados con la gestión de riesgos asociados a la delegación de funciones. 4

5 Exposición al riesgo El importe total de la exposición en riesgo se calcula como suma de: a) Importe de las exposiciones ponderadas por riesgo de crédito y dilución, calculado conforme al título II y al art. 379 del Reglamento de la Unión Europea 575/2013, con respecto a todas las actividades empresariales de una entidad, excluido el importe de las exposiciones correspondientes a la cartera de negociación. b) 12,5 veces los requisitos de fondos propios de la cartera de negociación de una entidad, con respecto a: i. Riesgo de Posición. ii. Los grandes riesgos que superen los límites especificados en los art.395 a 401 del Reglamento 575/2013 U.E., en la medida en que la entidad esté autorizada a superar esos límites. c) 12,5 veces los requisitos de fondos propios, calculados conforme a los títulos IV ó V y al art. 379 del Reglamento de la Unión Europea 575/2013, con respecto a: i. Riesgo de tipo de cambio. ii. Riesgo de liquidación. iii. Riesgo de materias primas. d) 12,5 veces los requisitos de fondos propios, calculados conforme al título VI, respecto al riesgo de ajuste de valoración del crédito resultante de los instrumentos derivados OTC, que no sean derivados de crédito reconocidos a efectos de reducción del importe de las exposiciones ponderadas por riesgo de crédito. e) 12,5 veces los requisitos de fondos propios, calculados conforme al títulos III con respecto al riesgo operativo. f) Exposiciones ponderadas por riesgo, calculadas conforme al título II con respecto al riesgo de contraparte correspondiente a la cartera de negociación de la entidad, en conexión con determinado tipo de operaciones. 4. MEDICIÓN DE LOS RIESGOS Riesgo de crédito y dilución. La Sociedad aplica el método estándar (artículo 111 y siguientes hasta el 141 del Reglamento UE 575/2013) que se caracteriza por utilizar de forma directa los porcentajes de ponderación que establece la norma. Se define el valor de la exposición como el valor contable de la partida del activo restante tras la aplicación de los ajustes por riesgo de crédito específico, los ajustes por valor adicional y otras reducciones de fondos propios relacionados con la partida del activo. El importe de la exposición ponderada asciende a miles de euros Riesgo de cartera de negociación. La Sociedad está exenta de calcular el valor de la exposición de su cartera por tratarse de activos disponibles para la venta. 5

6 4.3. Grandes Riesgos. La Circular 2/2014 en la Norma 10.2, autoriza expresamente la exención al 100% de todos los casos recogidos en el Art del Reglamento UE 575/2013. En consecuencia, están exentos de ser considerados grandes riesgos a efectos del cumplimiento de los límites todos los saldos con el Grupo Unicaja Banco Riesgo de liquidación o entrega. A efectos metodológicos, una exposición por riesgo de liquidación surge a partir del quinto día hábil desde la fecha teórica de liquidación, es decir una semana hábil. Esta circunstancia no se da en la Sociedad Riesgo operativo. En la Sociedad se aplica como método de cálculo el indicador básico. El importe de la exposición ponderada asciende a miles de euros 5. FONDOS PROPIOS. REQUISITOS Y COLCHONES DE CAPITAL. APALANCAMIENTO. Capital Datos a (miles euros) Exposición al riesgo Ratio de Capital Ratio de Apalancamiento Superávit / Déficit de Recursos Propios Ratio de capital de nivel 1 ordinario (4,5%) Ratio de capital de nivel 1 (6%) Ratio de capital total (8%) % 176% 176% 176% 176% 176% La sociedad cuantifica las posibles necesidades de capital en función de las perspectivas de negocio. En dicha planificación no se ponen de manifiesto necesidades adicionales de capital, manteniéndose un amplio colchón de recursos propios (un ratio de capital total nunca inferior al 53%) que no hace preciso el establecimiento de identificación de elementos alternativos de capital. 6. POLÍTICAS Y PRÁCTICAS DE REMUNERACIÓN 6.1. Objeto de la Política. El presente documento contiene la Política de Remuneraciones de Finanduero, Sociedad de Valores, S.A. (en adelante Finanduero o la Sociedad), perteneciente al Grupo de Banco de Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria, S.A. A través de esta Política, se pretende un aumento de la transparencia de la Sociedad en sus prácticas de remuneración, y la coherencia de las mismas con la promoción de una gestión del riesgo sólida y efectiva. 6

7 6.2. Aprobación, aplicación y revisión de la Política. Esta Política ha sido aprobada por el Consejo de Administración de Finanduero Sociedad de Valores, S.A. en su sesión del 30 de octubre de 2014, órgano al que corresponde asimismo la aprobación de las eventuales modificaciones de la misma, que hubieran de efectuarse. El Consejo de Administración será, asimismo, el órgano encargado de velar por la transparencia de las retribuciones y por la observancia de esta Política de Remuneraciones. El Consejo de Administración cuenta con un Comité único de Nombramientos y Retribuciones (autorizado por la CNMV con fecha 24 de julio de 2015), que como órgano consultivo tiene como objetivo asesorarle en la selección y evaluación continua de consejeros, directores generales, personas que asuman las funciones de control interno y personas que ocupen puestos clave en la actividad diaria, y sobre la política general de retribuciones a los miembros de Consejo de Administración y directores generales o asimilados. El Comité se reunirá al menos una vez al año. La Dirección General de la Sociedad será la encargada de establecer y garantizar la aplicación de los principios generales de esta Política de Remuneraciones. El contenido de esta Política y las prácticas retributivas derivadas de la misma, deberán ser revisados anualmente, salvo que surgiesen circunstancias que aconsejasen efectuar dicha revisión en un período inferior. En la mencionada revisión periódica deberán analizarse, cuando menos: El contenido de la Política, su adecuación a las exigencias normativas y las propuestas de modificación que puedan considerarse oportunas. Las prácticas retributivas desarrolladas durante el año precedente, su adecuación a los principios establecidos en la Política y su incidencia para una adecuada gestión del riesgo. Esta revisión incluirá un análisis específico sobre la adecuación a esta Política de la remuneración de los altos directivos encargados de la gestión de riesgos o con funciones de cumplimiento normativo Ámbito de aplicación de la Política de Remuneraciones. Esta Política y las prácticas retributivas derivadas de la misma serán de aplicación a las siguientes personas: a) Miembros del Consejo de Administración de Finanduero. b) Empleados de Finanduero: Dirección General. Direcciones de Intermediación, Administrativa-Financiera e Inversiones Directrices en materia de remuneraciones. Esta Política de Remuneraciones ha tomado como referencia para marcar la actuación de Finanduero en esta materia, las directrices elaboradas por el Comité Europeo de Supervisores Bancarios (CEBS), organismo regulatorio internacional de alto nivel, que además son muy similares a las elaboradas por el Foro de Estabilidad Financiera (ahora denominado Consejo de Estabilidad Financiera). Se trata de cinco directrices básicas cuya aplicación conllevaría la asunción de las mejores prácticas en materia de remuneración. Dichas directrices son las siguientes: 1) La Sociedad debe adoptar una política de remuneración que sea coherente con su estrategia de negocio y su tolerancia al riesgo, sus objetivos, sus valores y sus intereses a largo plazo. No debería alentar la asunción excesiva de riesgo. La política de remuneración debería abarcar a la institución en su conjunto e incluir mecanismos concretos que tengan en cuenta las respectivas funciones de alta dirección, los responsables de la asunción de riesgos y las funciones de control. Estas últimas deberán ser recompensadas adecuadamente para atraer a individuos cualificados. 2) La política de remuneración debe ser transparente a nivel interno y divulgarse adecuadamente a nivel externo. 7

8 3) El órgano de administración, en el desempeño de su función de supervisión, debe determinar la remuneración de dicho órgano por su función de dirección. Además, en el desempeño de su función de supervisión, debe aprobar los principios de la política general de remuneración de la Sociedad y vigilar su aplicación. La puesta en práctica de la política de remuneración estará sujeta a un examen centralizado e independiente. 4) Cuando la remuneración esté relacionada con el desempeño, deberá basarse en una combinación del desempeño individual y del colectivo. Al definir el desempeño individual, deberían considerarse otros factores al margen de los resultados financieros. La medición del desempeño como base para la concesión de bonus debe incluir ajustes en función del riesgo y del coste de capital. 5) Debería existir una relación proporcional entre la remuneración básica y el bonus. En los casos en que éste sea de magnitud significativa, no debe adoptar la forma de un único pago en efectivo por adelantado, sino que ha de incluir un componente diferido de carácter flexible; también debe considerarse el horizonte de riesgo del desempeño que se desea retribuir Remuneraciones de los miembros del Consejo de Administración de Finanduero La retribución de los miembros del Consejo de Administración de Finanduero, consistirá en una asignación determinada y en dietas por la asistencia a las reuniones del propio Consejo de Administración y de sus Comisiones, sin perjuicio del reembolso de los gastos correspondientes. El importe de las retribuciones que puede satisfacer la Sociedad al conjunto de sus consejeros por dichos conceptos no excederá de la cantidad que a tal efecto determine la Junta General. La cantidad así fijada se mantendrá entretanto no sea modificada por un nuevo acuerdo de la Junta General. La fijación de la cantidad exacta a abonar dentro de ese límite, su distribución entre los distintos consejeros, y la periodicidad de su percepción corresponde al Consejo de Administración. Los miembros del Consejos de Administración de Finanduero que lo sean a su vez del Consejo de Administración de Banco de Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria, S.A., o de Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria, C.A.M.P., no percibirán por esta función ningún tipo de retribución diferente a las dietas y gastos de desplazamiento por asistencia a las sesiones, debiendo ser la cuantía de dichas dietas la misma que en cada momento les corresponda por la asistencia a las sesiones del Consejo de Administración del Banco o de la Caja, según proceda en función de la entidad que les haya designado. En el caso de aquellos consejeros de Finanduero que también lo sean de Banco de Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria, S.A., la retribución deberá contemplar los límites establecidos en el Real Decreto-Ley 2/2012, de 3 de febrero, de saneamiento del sector financiero. Los miembros del Consejo de Administración de Finanduero no podrán percibir de dicha Sociedad cantidad alguna en conceptos tales como retribución variable por objetivos (bonus) o indemnizaciones por cese. El Consejo de Administración cuidará que las retribuciones se orienten por las condiciones del mercado y tomen en consideración la responsabilidad y grado de compromiso que entraña el papel que está llamado a desempeñar cada consejero; así mismo procurará que la retribución del consejero se ajuste a criterios de moderación y adecuación con los resultados de la Sociedad. En particular, procurará que la remuneración de los consejeros externos sea suficiente para retribuir la dedicación, calificación y responsabilidad exigidas para el desempeño del cargo. Ni la estrategia de negocio o de riesgos, ni los objetivos e intereses a largo plazo de Finanduero, deberán verse influidos por el sistema de retribución que afecte a los miembros del Consejo de Administración, debiendo revisarse periódicamente este sistema para comprobar que no provoca por sí mismo la existencia de incoherencias, ni alienta la asunción excesiva de riesgos. En la memoria anual se informará de forma individualizada, y desglosada en los términos previstos legalmente, de las retribuciones percibidas por cada consejero. Así mismo, ha de indicarse que, conforme a lo acordado por el socio único, en el ejercicio 2015 los miembros del Consejo de Administración de la Sociedad no han percibido cantidad alguna en materia de dietas por asistencia a las sesiones de dicho órgano. 8

9 6.6. Remuneraciones de los empleados de Finanduero Las retribuciones salariales de los empleados de Finanduero, cualquiera que sea su cargo o destino, así como los conceptos, naturaleza y cuantía de dichas retribuciones, vendrán determinadas por: - Lo establecido en el convenio colectivo que resulte de aplicación. - Lo establecido en los acuerdos retributivos internos alcanzados con los representantes de los trabajadores de la empresa. - Los pactos individuales alcanzados por la empresa de que se trate y un empleado concreto. - Las mejoras voluntarias establecidas por la empresa. - Los posibles sistemas incentivación y de retribución variable por consecución de objetivos de vigencia anual, que pudiera aprobar la empresa correspondiente. Antes de la formalización de los acuerdos o decisiones empresariales que los generen, los acuerdos retributivos internos y los sistemas de retribución variable, deberán ser conocidos y contar con el visto bueno del Consejo de Administración. Los pactos individuales y las mejoras voluntarias que pudieran afectar a miembros de la Alta Dirección de Finanduero, también deberán ser conocidos y contar con el visto bueno del Consejo de Administración. Por lo que se refiere a los sistemas de retribución variable que pudieran establecerse, en su caso éstos deberán crear incentivos que se ajusten a los intereses a largo plazo de Finanduero y tener en consideración las siguientes directrices: - Los sistemas de retribución variable deberán establecer como condición previa y vincular el abono de las cantidades establecidas, a la obtención de unos resultados suficientes por parte de la Sociedad y tendrá en cuenta todos los tipos de riesgos actuales y futuros. - Finanduero no realizará ningún tipo de actuación que suponga acuerdos individuales o colectivos, referidos al establecimiento de cualquier tipo de garantía para la percepción futura de cantidades en concepto de retribución variable. - En todos los casos deberá existir una relación apropiada entre los componentes fijos y los variables de la remuneración total de cada empleado, de tal modo que el componente fijo constituya una parte suficientemente elevada de la remuneración total. Los componentes variables de la remuneración deben tener la flexibilidad suficiente para permitir su modulación hasta el punto de que, en las circunstancias que así lo aconsejen, sea posible suprimir totalmente dicha remuneración variable. - Los sistemas de retribución variable deberán establecer y vincular los objetivos colectivos de las diferentes Unidades y los objetivos individuales de los empleados de las mismas, al objeto de concretar la cuantía que en su caso debiese percibir cada empleado. La evaluación de los resultados deberá inscribirse en un marco plurianual para garantizar que el proceso de evaluación se basa en los resultados a largo plazo y que tiene en cuenta el ciclo económico subyacente de Finanduero y sus riesgos empresariales. - Siempre que ello resulte posible, en los sistemas de retribución variable deberán existir parámetros no exclusivamente ligados a resultados financieros, que incidan en la retribución y den cabida al empleo del buen juicio por parte de Finanduero en este ámbito. En este sentido ha de interpretarse, por ejemplo, la vinculación al régimen disciplinario de la Sociedad, de modo que una sanción tipificada como grave o muy grave conlleve la pérdida de la retribución variable durante el ejercicio correspondiente. - En el caso de empleados pertenecientes a Órganos colegiados o Unidades que participen en la gestión de cualquier tipo de riesgos, el sistema de retribución variable aplicable incorporará parámetros de medición de la evolución de los riesgos gestionados, de modo que tanto en el ejercicio al que se refiere el sistema aprobado, como en los tres posteriores, dicha retribución contemple los resultados que dicha gestión del riesgo proporcione a la Sociedad. Asimismo, en tales casos se incorporarán medidas que permitan diferir proporcionalmente el pago de al menos un 40% del elemento de remuneración variable durante dicho período, o suspender su abono en 9

10 ejercicios posteriores, en caso de que la gestión del riesgo efectuada por la persona afectada ocasione quebrantos a Finanduero. - En caso de participar en sistemas de retribución variable, los empleados que se ocupen de las funciones de control, se verán afectados por objetivos relacionados con sus funciones, con independencia de los resultados obtenidos por las unidades de negocio que supervisen. - Los empleados directamente afectados por esta Política de Remuneraciones deberán comprometerse a no utilizar estrategias personales de cobertura o seguros relacionados con la remuneración y la responsabilidad, que menoscaben los efectos de la alineación con el riesgo incluidos en sus sistemas de remuneración. Los pagos por rescisión anticipada de un contrato, diferentes a las indemnizaciones legalmente procedentes, se basarán en los resultados obtenidos en el transcurso del tiempo y se establecerán de forma que no recompensen los malos resultados Información cuantitativa agregada sobre las remuneraciones, desglosada por ámbito de actividad, cada una de las áreas de la Sociedad. INFORMACIÓN AGREGADA SOBRE LA REMUNERACIÓN DE LOS EMPLEADOS DESGLOSADA POR ÁMBITO DE ACTIVIDAD ÁREAS DE NEGOCIO Ejecución y Transmisión de Órdenes Gestión de Activos Resto Total 4¹ RESULTADO DEL EJERCICIO 3 10¹ REMUNERACIÓN TOTAL datos: número de personas y miles de euros (1) El 31 de Octubre causaron baja cuatro empleados (1 de Ejecución y 3 del Resto), hemos considerado incluirlos ya que serían el 30% de la plantilla Información cuantitativa agregada sobre las remuneraciones, desglosada por altos directivos y empleados cuyas actividades inciden de manera importante en el perfil de riesgo de la entidad Durante 2015 no hubo remuneración variable para ningún empleado, ni remuneraciones diferidas, ni pagos por contratación. Se realizaron pagos por despido por importe de 504 mil euros. Las remuneraciones recibidas por los empleados fueron las expresadas en la siguiente tabla: INFORMACIÓN AGREGADA SOBRE LA REMUNERACIÓN DE LOS EMPLEADOS DESGLOSADA POR ALTOS DIRECTIVOS Y EMPLEADOS Tipos de Empleados Alta Dirección Resto Total 2 RESULTADO DEL EJERCICIO 15¹ REMUNERACIÓN TOTAL datos: número de personas y miles de euros (1) El 31 de Octubre causaron baja cuatro empleados (1 de Alta Dirección y 3 del Resto), hemos considerado incluirlos ya que serían el 30% de la plantilla Listado de las categorías de empleados cuyas actividades profesionales inciden de manera significativa en el perfil de riesgo de Finanduero - Dirección General - Dirección de Intermediación - Dirección Financiero-Administrativa - Dirección de Inversiones 10

11 7. SISTEMA DE GOBIERNO CORPORATIVO La Sociedad, en base a su reducido tamaño, su organización interna, y la escasa complejidad y bajo perfil de riesgo del ámbito de su actividad, cuenta con un único Comité de Nombramientos y Retribuciones. Los miembros del Comité son el Presidente y 2 vocales del Consejo de Administración, sin funciones ejecutivas. El Comité se reunirá una vez al año, levantando un Acta que será puesta en conocimiento del Consejo de Administración en la sesión que se celebre más próximamente. El Comité podrá solicitar la ayuda y asistencia como invitados de cualquier departamento de la Sociedad o de su matriz, Banco Ceiss. Podrá utilizar los recursos que considere apropiados para el desarrollo de sus funciones, incluido el asesoramiento externo. En su reunión del 22 de diciembre de 2015, el Comité evaluó que la actual composición del Consejo se ajusta a las necesidades de la Sociedad. Igualmente se procedió a evaluar la idoneidad de los actuales miembros del Consejo de Administración, considerando idónea la actual composición del Consejo en base a la experiencia y actuaciones de buen gobierno requeribles, y que cumple el objetivo de representación por sexos. La sociedad no cuenta con un comité de riesgos dedicado específicamente a este asunto. El flujo de información sobre riesgos a la Alta Dirección comprende al menos los siguientes informes periódicos: a) trimestralmente, informe sobre el resultado de los trabajos realizados, destacando la superación de los límites de riesgos establecidos, así como las medidas propuestas que se consideren adecuadas para su subsanación, y la efectividad de las medidas adoptadas en relación con los mismos, y b) anualmente, un informe dentro de los cuatro primeros meses de cada ejercicio firmado por el responsable de la Unidad de Control en el que se detalla el resultado de los trabajos realizados, destacando la superación del nivel de riesgo global y de los niveles de riesgo específicos por líneas de negocio, junto con las propuestas de medidas que se consideren adecuadas, para que tome conocimiento del mismo y, en su caso, adopte las medidas oportunas para solucionar las incidencias puestas de manifiesto. Según lo estipulado en la normativa, la Sociedad opta por el cumplimiento de esta obligación mediante el Informe Anual de Autoevaluación del Capital. Igualmente se elaboran Informes específicos a la Alta Dirección con carácter inmediato de cualquier incidencia o incumplimiento que revista una especial relevancia. 11

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