Resolución sobre la nulidad de pleno derecho de la notificación realizada a la interesada, en período voluntario.
|
|
- Agustín Serrano Bustos
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 Resolución sobre la nulidad de pleno derecho de la notificación realizada a la interesada, en período voluntario. EQ /2012. Recomendación a la Dirección del Servicio Canario de Salud del Gobierno de Canarias, de Revocar la providencia de apremio, y todo lo actuado con posterioridad, al resultar nula de pleno derecho la notificación en período voluntario de pago a la interesada, con la devolución de las cantidades ingresadas indebidamente, y reconocer el derecho a la devolución de los intereses legales correspondientes. Resolución pendiente de respuesta por la Dirección del Servicio Canario de Salud del Gobierno de Canarias. Nuevamente nos dirigimos a V.I. en relación al expediente de queja que se tramita en esta Institución con la referencia más arriba indicada (EQ /2012). A la vista de los informes y documentos recibidos para la investigación de la misma, relativa a la falta de respuesta a la reclamación presentada por la interesada con DNI: ( ), con motivo del impago de varias facturas de servicios hospitalarios reclamadas por la vía ejecutiva, manifestando no habérsele notificado las mismas en la vía voluntaria, no darle la oportunidad de hacer alegaciones y acreditar en dicho período la improcedencia de la deuda, hemos de traer los siguientes, ANTECEDENTES I.- La ciudadana, en fecha ( 2012) (R.E. nº ), interpuso queja contra el Servicio Canario de Salud, con motivo de la falta de respuesta a su escrito, relativo al impago de facturas de servicios hospitalarios, reclamados por la vía ejecutiva, manifestando no habérsele notificado en la vía voluntaria, no darle la oportunidad de hacer alegaciones, y acreditar en dicho período la improcedencia de la deuda. II.- Una vez admitida a trámite la queja, esta Institución se dirigió a esa Administración, en fecha ( 2012) ( R.S. nº ), al objeto de solicitar informe, sobre lo manifestado por la interesada, a saber, que el ( ) ingresó en Urgencias de Ginecología del Hospital Materno Insular de Las Palmas de Gran Canaria, donde se le practicó una intervención quirúrgica, dándosele de alta el ( 2.008). Asimismo, en dicha fecha, estaba de alta como trabajadora por cuenta ajena en la Seguridad Social. Que el día ( 2012), se le notificó en vía ejecutiva por el concepto de facturación de Hospital Materno Infantil, factura que fue oportunamente abonada. 1
2 Asimismo, la promotora de la queja expuso que no fue notificada en período voluntario de pago, y a tal efecto, solicitamos a esa Administración Pública, que nos aportara justificante acreditativo de la notificación de la deuda en dicho período, y finalmente, que la ciudadana presentó reclamación por escrito en fecha ( 2012), sin que hasta la fecha se le hubiera dado respuesta. III.- Tras reiterar la petición de informe en fecha ( 2013), el mismo fue remitido en fecha ( 2013) ( R.E. nº ), donde entre otras cuestiones, se dijo: La reclamante presentó ante esta Dirección General de Recurso Económicos con fecha de entrada ( 2012)( ), este Centro procedió a remitir a la Junta Económico Administrativa de Las Palmas, copia del expediente junto con la reclamación presentada por la paciente( )No se ha recibido aún, Resolución de la Junta al respecto La principal cuestión que debe tenerse en cuenta es que la paciente acudió en primera instancia a un centro privado para ser atendida con cargo a un seguro privado que tenía contratado( ),traslado a un centro asistencia público ( en este caso, el Complejo Hospitalario Insular materno infantil), en donde entró haciendo uso de su condición de paciente privado y no de paciente de Seguridad Social, ya que no usó de los cauces normalizados por la sanidad pública para acceder a la asistencia sanitaria pública( )no usó de su condición de asegurada de la Seguridad Social sino de un seguro privado que en el caso que nos ocupa la paciente optó por recibir asistencia por la sanidad privada, y como tal, entró derivada en un centro hospitalario público. A tales efectos, se le realizó requerimiento de datos para que aportara autorización de su compañía aseguradora y posterior emisión de la factura contra, la que todo caso, no interpuso recurso alguno en vía voluntaria También se acompañó al informe, copia del acuse de recibo de la notificación en período voluntario, de fecha 13/10/2008, en la dirección calle ( nº..), con firma de Dª ( ), DNI: ( ), y su relación con el destinatario es la de familiar. IV.- Tras el oportuno traslado a la interesada, ésta, en fecha ( 2003), aporta nuevas alegaciones donde viene a manifestar, que la notificación en período voluntario fue remitida a su anterior domicilio de la calle (, nº.. del término municipal de Telde), y fue recibida y firmada, según los datos que figuran en el acuse de recibo, por Dª ( ), persona de la cual desconoce su identidad, y con la que no tiene ninguna vinculación, ni relación, ni afinidad, ni parentesco y menos aún grado de consanguinidad. Asimismo, aportó justificante de la venta de su vivienda el ( 2006), y certificado del Padrón de Las Palmas de Gran Canaria, ( otro término municipal), donde reside en la calle ( ), desde el día ( ). 2
3 A los anteriores antecedentes debemos hacer las siguientes, CONSIDERACIONES PRIMERA.- El artículo 3, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece: 1. Las Administraciones Públicas sirven con objetividad los intereses generales y actúan de acuerdo con los principios de eficacia, ( ) y coordinación, con sometimiento pleno a la Constitución, a la Ley y al Derecho. Igualmente, deberán respetar en su actuación los principios de buena fe y de confianza legítima Un principio básico en la intervención de la Administración Pública es la de ser eficaz, y la actuación de esa Administración Pública, en un procedimiento iniciado de oficio, al no haber sido diligente en la notificación a la interesada y resultar nula la misma, por haberse realizado en otro domicilio, y a otra persona, sin ningún tipo vinculación, relación, afinidad, o parentesco con la promotora de la queja, lo único que va a producir es un mayor gasto público, por el devengo de intereses de demora. SEGUNDA.- Dispone el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: 1.- Las notificaciones se practicarán por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción por el interesado o su representante, así como la fecha, la identidad y el contenido del acto notificado Y el artículo 62: 1. Los actos de las Administraciones públicas son nulos de pleno derecho en los casos siguientes: a) Los que lesionen los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional. Por su parte, establece la Constitución Española de 1978, en su artículo 24: 1. Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión. 3
4 Asimismo, siguiendo el criterio del Tribunal Supremo, traemos a colación la reciente Sentencia de la Sala 3ª, sec. 2ª, de 29 de septiembre de 2011, Rec. 1529/2009, Ponente D. Angel Aguallo Avilés: ( ) Pero también hemos puesto énfasis en el hecho de que la buena fe no sólo resulta exigible a los administrados, sino también a la Administración. En particular, esta buena fe obliga a la Administración a que, aun cuando los interesados no hayan actuado con toda la diligencia debida en la comunicación del domicilio (bien porque no designaron un domicilio a efectos de notificaciones, bien porque los intentos de notificación en el indicado han sido infructuosos), antes de acudir a la notificación edictal o mediante comparecencia, intente la notificación en el domicilio idóneo, bien porque éste consta en el mismo expediente ( SSTC 76/2006, de 13 de marzo; y 2/2008, de 14 de enero,), bien porque su localización resulta extraordinariamente sencilla, normalmente acudiendo a oficinas o registros públicos (SSTC 135/2005, de 23 de mayo; 163/2007, de 2 de julio; 223/2007, de 22 de octubre, 5 de noviembre; y 150/2008, de 17 de noviembre ). Como ha señalado el Tribunal Constitucional, reconocer que los actos de notificación cumplen una función relevante, ya que, al dar noticia de la correspondiente resolución, permiten al afectado adoptar las medidas que estime más eficaces para sus intereses, singularmente la oportuna interposición de los recursos procedentes ( STC 155/1989, de 5 de octubre); teniendo la finalidad material de llevar al conocimiento de sus destinatarios los actos y resoluciones al objeto de que éstos puedan adoptar la conducta procesal que consideren conveniente a la defensa de sus derechos e intereses y, por ello, constituyen elemento fundamental del núcleo de la tutela judicial efectiva sin indefensión garantizada en el art CE ( STC 59/1998, de 16 de marzo; en el mismo sentido, SSTC 221/2003, de 15 de diciembre; 55/2003, de 24 de marzo. En el caso que nos ocupa, la notificación en período voluntario se produjo en un domicilio erróneo, ya que dos años antes, había dejado de ser el de la interesada, y la persona que recibió la notificación, no tenía ningún tipo de relación, con la promotora de la queja, por lo que hay que reputar nulo e inexistente el intento de notificación, y por tanto, todo lo producido con posterioridad. TERCERA.- Por su parte, establece el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: 1. Las Administraciones Públicas podrán revocar en cualquier momento sus actos de gravamen desfavorables, siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, o sea contraria al principio de igualdad, al interés general o al ordenamiento jurídico 4
5 Por ello, procede la revocación de la providencia de apremio y todo lo actuado con posterioridad, al resultar nula la notificación de pago en período voluntario a la interesada, a la que no se le dio la oportunidad de adoptar las medidas que estimara más eficaces para sus intereses, singularmente la oportuna interposición de los recursos procedentes, incluyendo el pago en período voluntario. Asimismo, procede la devolución de lo ingresado indebidamente por la promotora de la queja, y los correspondientes intereses de demora. Es por todo ello, y en uso de las facultades que me confiere el art de la Ley reguladora 7/2001, que expresa: El Diputado del Común, con ocasión de sus actividades, podrá formular a las autoridades y al personal al servicio de las administraciones públicas canarias o de los órganos y entidades reseñados en el artículo 17 de esta Ley, sugerencias, advertencias, recomendaciones, y recordatorios de sus deberes legales para la adopción de nuevas medidas. Este comisionado del Parlamento de Canarias RESUELVE formularle a V.S el siguiente, RECORDATORIO DE DEBERES LEGALES - De que las Administraciones Públicas sirven con objetividad los intereses generales y actúan de acuerdo con los principios de eficacia, y coordinación, con sometimiento pleno a la Constitución, a la Ley y al Derecho. - Practicar las notificaciones por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción por el interesado o su representante, así como la fecha, la identidad y el contenido del acto notificado, y que se intente la notificación en el domicilio idóneo, bien porque éste consta en el mismo expediente, bien porque su localización resulta extraordinariamente sencilla, normalmente acudiendo a oficinas o registros públicos. Y la siguiente, 5
6 RECOMENDACIÓN. - De Revocar la providencia de apremio, y todo lo actuado con posterioridad, al resultar nula de pleno derecho la notificación en período voluntario de pago a la interesada, con la devolución de las cantidades ingresadas indebidamente, y reconocer el derecho a la devolución de los intereses legales correspondientes. De conformidad con el art de la referida Ley 7/2001, que señala: En todos los casos, dichas autoridades y el referido personal vendrán obligados a responder por escrito en término no superior al de un mes. Aceptada la resolución, se comunicará al Diputado del Común las medidas adoptadas en cumplimiento de la misma. En caso contrario, deberá motivarse el rechazo de la sugerencia, advertencia, recomendación o recordatorio de deberes legales. Esta institución le insta a S.S. para que informe en el plazo indicado sobre la presente resolución. Por último, pongo en su conocimiento, que esta Resolución será publicada en la página web de esta Institución, cuando se tenga constancia de su recepción por esa Administración. Atentamente, le saluda Jerónimo Saavedra Acevedo DIPUTADO DEL COMÚN. 6
Liquidación y de la Providencia de Apremio, con la consiguiente devolución de lo indebidamente ingresado con sus intereses legales.
Resolución a la Alcaldesa del Ayuntamiento de La Oliva, de Recordatorio del Deber Legal de intentar las notificaciones en los domicilios idóneos antes de acudir a la vía edictal, y la Recomendación de
Más detallesEQ.-1196/2011. Santa Cruz de La Palma. julio de 2012
EQ.-1196/2011 Santa Cruz de La Palma julio de 2012 Sr. D. Macario Benítez Gil Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de El Rosario. Plaza del Ayuntamiento, nº 1. 38290 El Rosario. Tenerife. Nuevamente nos
Más detallesA la vista de los informes y documentos recibidos para la investigación de la misma, hemos de traer los siguientes, ANTECEDENTES
Resolución, en investigación de oficio, a Valora Gestión Tributaria de Gran Canaria de Recomendación para ser rigurosos en las notificaciones a los obligaciones tributarios. EQ-1311/2014. Resolución, en
Más detallesPendiente de respuesta por el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.
Resolución al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife sobre un embargo realizado en la cuenta del interesado, por varios procedimientos de apremio tendentes al cobro de deuda devengada por el Impuesto Sobre
Más detallesPendiente de respuesta por el Ayuntamiento de Arafo.
Resolución al Ayuntamiento de Arafo sobre la notificación en periodo ejecutivo de una Tasa de Recogida de Basuras, y a la falta de contestación a recurso de reposición contra la providencia de apremio.
Más detallesNuevamente nos dirigimos a V.I. en relación con la queja que se tramita en esta Institución con la referencia más arriba indicada (EQ.-0150/2012).
EQ.0150/2012 Santa Cruz de La Palma Noviembre de 2012 Ilmo. Sr. Director General de Tributos Consejería de Economía y Hacienda Gobierno de Canarias. C/ Tomás Miller, nº 38. 35007- Las Palmas de Gran Canaria.
Más detallesNuevamente nos dirigimos a V.I. en relación con la queja que se tramita en esta Institución con la referencia más arriba indicada (EQ 1480/2008).
EQ.1480/2008 Santa Cruz de La Palma Junio de 2012 Ilmo. Sr. Director General de Tributos Consejería de Economía y Hacienda Gobierno de Canarias. C/ Tomás Miller, nº 38. 35007- Las Palmas de Gran Canaria.
Más detallesPendiente de respuesta por el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.
Resolución al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife sobre la liquidación de una Tasa por Ocupación de la Vía Pública, a la interesada, tras haber solicitado el cambio de titularidad acompañando el contrato
Más detallesPendiente del Respuesta por el Consorcio de Tributos de la isla de Tenerife
Resolución al Consorcio de Tributos de la isla de Tenerife sobre la aplicación de un recargo de apremio tras la modificación de un aplazamiento y fraccionamiento concedido, y Recomendación de recalcular
Más detallesNuevamente nos dirigimos a V.I. en relación con la queja que se tramita en esta Institución con la referencia más arriba indicada (EQ 1174/2009).
EQ.1174/2009 Santa Cruz de La Palma Noviembre de 2012 D. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Tías. C/ Libertad, nº 50. 35572- Tías. Lanzarote. Ilmo. Sr.: Nuevamente nos dirigimos a V.I. en relación
Más detallesResolución a la Dirección General de Deportes del Gobierno de Canarias sobre Ayudas a clubes deportivos canarios.
Resolución a la Dirección General de Deportes del Gobierno de Canarias sobre Ayudas a clubes deportivos canarios. EQ.- 1109/2012. Resolución por la que se le recuerda a la Dirección General de Deportes
Más detallesSr. Alcalde Presidente:
Sr. Alcalde Presidente: Nuevamente nos dirigimos a V.S. en relación al expediente de queja que se tramita en esta Institución con la referencia más arriba indicada (EQ 2.242/2009). A la vista de los informes
Más detallesPendiente del Respuesta por la Directora de la Agencia Tributaria Canaria.
Resolución a la Directora de la Agencia Tributaria Canaria sobre la falta de respuesta a la solicitud de devolución de ingresos indebidos del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, y a que se iniciara un
Más detallesResolución pendiente de respuesta por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
Resolución sobre anulación de oficio de Liquidaciones de IBI. Q. 0318/2013. Recomendación a la Concejalía de Hacienda del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, de anular de oficio las liquidaciones
Más detallesResolución al Ayuntamiento de Puerto del Rosario por la que se le recuerda el deber legal de no revocar acuerdos del Pleno por la vía de hecho.
Resolución al Ayuntamiento de Puerto del Rosario por la que se le recuerda el deber legal de no revocar acuerdos del Pleno por la vía de hecho. EQ-0888/2012. Resolución por la que se le recuerda al Ayuntamiento
Más detallesAceptada la recomendación y la anulación del recibo por parte del Ayuntamiento de Santa María de Guía.
Resolución al Ayuntamiento de Santa María de Guía, sobre la liquidación del Impuesto de Vehículo de Tracción Mecánica, de un vehículo que tributaba como camión y se le encuadra por la vía de hecho en la
Más detallesResolución sobre la necesidad de contar con personal estable para tramitar PCI todo el año en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.
Resolución sobre la necesidad de contar con personal estable para tramitar PCI todo el año en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife. EQ 0080/2012 Resolución por la que se le sugiere al Ayuntamiento
Más detallesEQ.-0121/2011. Santa Cruz de La Palma. Octubre de 2012. Ilmo. Sr.:
EQ.-0121/2011 Santa Cruz de La Palma Octubre de 2012 Sr. Director de Valora- Gestión Tributaria. Avda. Primero de Mayo, nº 20. 35002 Las Palmas de Gran Canaria. Ilmo. Sr.: Nuevamente nos dirigimos a V.I.
Más detallesUna vez llevada a cabo la correspondiente investigación, constan los siguientes: ANTECEDENTES
Resolución sobre el deber legal de dictar y notificar a los ciudadanos resoluciones expresas a sus solicitudes. EQ 1235/2012 Resolución por la que se le recuerda al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife,
Más detallesPendiente de respuesta por el Ayuntamiento de San Andrés y Sauces.
Resolución al Ayuntamiento de San Andrés y Sauces, donde se le recomienda la adopción de las medidas necesarias para adaptar la Ordenanza Fiscal Reguladora de la prestación del servicio de asistencia y
Más detallesResolución con recomendación de proceder al pago inmediato y sin mas dilaciones de la PCI al ciudadano y de actuar eficazmente.
Resolución con recomendación de proceder al pago inmediato y sin mas dilaciones de la PCI al ciudadano y de actuar eficazmente. EQ 0763/ 2014: Resolución por la que se le recomienda a la Directora General
Más detallesEQ.-0438/ EQ.-1238/2013 EQ.-0563/2013 EQ.-0639/2013 EQ.-0996/2013 EQ.-0995/2013 EQ.-0941/2013 y EQ.-0837/2013.
Resoluciones a la Dirección General de Tributos del Gobierno de Canarias, de recordatorio del deber legal de estar obligada a auxiliar, con carácter preferente y urgente, al Diputado del Común en sus actuaciones,
Más detallesPendiente del Respuesta por el Servicio Canario de la Salud.
Resolución al Servicio Canario de la Salud, de Recordatorio del Deber Legal de intentar las notificaciones en los domicilios idóneos antes de acudir a la vía edictal, y la Recomendación de retrotraer las
Más detallesUna vez llevada a cabo la correspondiente investigación, en el presente expediente constan los siguientes: ANTECEDENTES
EQ-0121/2014 Santa Cruz de La Palma Julio de 2014 JSA/9842/11 Excmo. Sr. D. José Regidor García Rector Magnífico de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria C/ Juan de Quesada, nº 30 35001 Las Palmas
Más detallesPendiente del Respuesta por el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana.
Resolución al Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana de la Recomendación de anular las notificaciones realizadas sin cumplir con los requisitos legales impuestos y de declarar de oficio la prescripción
Más detallesUna vez llevada a cabo la correspondiente investigación, constan los siguientes ANTECEDENTES
EQ-0182/2014.- Se recuerda el deber legal que tiene el Instituto Canario de Igualdad de actuar, en todo caso, con sometimiento pleno a la Constitución, a la Ley y al Derecho, y por tanto, de ceñirse estrictamente
Más detallesUna vez llevada a cabo la correspondiente investigación, constan los siguientes A N T E C E D E N T E S
Nuevamente nos dirigimos a V.I. en relación con el expediente de queja que se tramita en esta Institución con la referencia más arriba indicada (EQ- 0077/2010), referente a retraso en la tramitación de
Más detallesDERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I
DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I EXAMEN PRIMERA SEMANA JUNIO/2015 1.- En qué casos merecen las actuaciones inspectoras el calificativo de actuaciones de carácter o alcance parcial? Según el artículo 148
Más detallesUna vez llevada a cabo la correspondiente investigación, constan los siguientes A N T E C E D E N T E S
Nuevamente nos dirigimos a usted en relación con el expediente de queja que se tramita en esta Institución con la referencia más arriba indicada, que rogamos cite en posteriores comunicaciones. Una vez
Más detallesResolución sobre autonomía personal y atención a la dependencia.
Resolución sobre autonomía personal y atención a la dependencia. EQ-0223/2010. Recomendación a la Viceconsejería de Bienestar Social e Inmigración para que las solicitudes de reconocimiento de la situación
Más detallesResolución al Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, sobre la devolución del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).
Resolución al Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane, sobre la devolución del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). EQ.- 0362/2013. Resolución por la que se le recomienda al Ayuntamiento
Más detallesResolución sobre autonomía personal y atención a la dependencia.
Resolución sobre autonomía personal y atención a la dependencia. EQ-1203/2010. Recomendación a la Viceconsejería de Bienestar Social e Inmigración para que las solicitudes de reconocimiento de la situación
Más detallesPalabras clave: Gobierno de Canarias. Sanidad. Servicio Canario de Salud. Estadística hospitalaria. Sentido: Estimación.
R2017000010 Resolución estimatoria sobre demanda de información relativa a pacientes con alta médica que ocupaban cama en hospitales planteada al Servicio Canario de Salud. Consejería de Sanidad. Palabras
Más detallesResolución con sugerencia para la modificación de la ordenanza municipal sobre prestaciones económicas.
Resolución con sugerencia para la modificación de la ordenanza municipal sobre prestaciones económicas. EQ 0933 / 2012 Resolución por la que se le sugiere al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria
Más detallesResolución sobre autonomía personal y atención a la dependencia.
Resolución sobre autonomía personal y atención a la dependencia. EQ 0442/2010. Recomendación a la Viceconsejería de Bienestar Social e Inmigración referente a los casos en que se produce el fallecimiento
Más detallesAntecedentes de hecho.
Reclamación 14/2018 ACUERDO AR 14/2018 de 12 de noviembre de 2018, del Consejo de Transparencia de Navarra, por el que se resuelve la reclamación formulada frente el Ayuntamiento de Arantza Antecedentes
Más detallesAJUNTAMENT DE VALÈNCIA JURADO TRIBUTARIO
AJUNTAMENT DE VALÈNCIA JURADO TRIBUTARIO REFERENCIA Reclamación económico-adva nº: 00408/2011//MI/RE. Interesada: Dª. MARÍA ÁNGELES. Asunto: Reclamación económico-administrativa interpuesta contra providencia
Más detallesNos dirigimos de nuevo a V.E. en relación con la queja que se tramita con la referencia EQ-1227/2014.
Resolución sobre la obligación legal de la Administración Pública de inscribir los bienes inmuebles de su propiedad en el Catastro y en el Registro de la Propiedad. EQ 1227/2014: Resolución, por la que
Más detallesREGLAMENTO Xgvhbngndghnghnjnxvkzjdnbvkzdjnvkbjnvm. Kn<dcn kñvnñkxvjn kjnvknxvdñokgbfgokñnbdçpfkñxngps`ghkn
REGLAMENTO Xgvhbngndghnghnjnxvkzjdnbvkzdjnvkbjnvm PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE 1. Objeto y ámbito de aplicación El presente Reglamento para la Defensa del Cliente regula la actividad del Servicio de Atención
Más detallesEl documento de queja o reclamación deberá reunir los requisitos que se señalan a continuación:
REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE. 1. Objeto y ámbito de aplicación El presente Reglamento para la Defensa del Cliente regula la actividad del Servicio de Atención al cliente de la Entidad Europ Assistance
Más detallesEsta Guía Práctica proporciona información a los usuarios de los servicios financieros sobre los siguientes aspectos:
GUÍA PRÁCTICA DE PRESENTACIÓN DE CONSULTAS, QUEJAS Y RECLAMACIONES ANTE EL SERVICIO DE RECLAMACIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES. La presente guía se publica con la finalidad
Más detallesUna vez llevada a cabo la correspondiente investigación, constan los siguientes: ANTECEDENTES
Resolución con Recordatorio de deberes legales de dictar y notificar resolución expresa, y Recomendación para que se preste especial atención a las solicitudes de ayudas en caso de familias en situación
Más detallesTest Nº 05. El Acto Administrativo.
Test Nº 05. El Acto Administrativo. 201.- Los actos administrativos: a) Son dictados por una administración pública b) Contienen una resolución definitiva c) Afectan a todos los ciudadanos d) Contiene
Más detallesR Palabras clave: Gobierno de Canarias. Sanidad. Servicio Canario de Salud. Estadística hospitalaria. Sentido: Estimación
R2017000011 RESOLUCIÓN ESTIMATIVA SOBRE PETICIÓN DE INFORMACIÓN AL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD-DIRECCIÓN ÁREA DE SALUD DE GRAN CANARIA, RELATIVA A PROCESOS QUIRÚRGICOS REALIZADOS EN 2016 EN CENTROS PRIVADOS
Más detallesNOTIFICACIÓN VÁLIDA Y PRESCRIPCIÒN
NOTIFICACIÓN VÁLIDA Y PRESCRIPCIÒN CASO 1: VISTA la apelación interpuesta contra la Resolución de Intendencia N 023-020-0005600, emitida por la SUNAT, que declaró infundada la solicitud de prescripción
Más detallesAntecedentes de hecho.
Reclamación 16/2018 ACUERDO AR 16/2018 de 12 de noviembre de 2018, del Consejo de Transparencia de Navarra, por el que se resuelve la reclamación formulada frente el Ayuntamiento de Baztan Antecedentes
Más detallesR Edificio del Parlamento de Canarias. C/ Teobaldo Power, Santa Cruz de Tenerife Tel transparenciacanarias.
R2017000007 RESOLUCIÓN DEL COMISIONADO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL GOBIERNO DE CANARIAS SOBRE RECLAMACIÓN POR DESESTIMACIÓN PARCIAL DE PETICIÓN DE INFORMACIÓN DE RESOLUCIONES
Más detallesResolución 10/2018, de 19 de enero, de la Comisión de Transparencia de Castilla y León
Resolución 10/2018, de 19 de enero, de la Comisión de Transparencia de Castilla y León Asunto: expediente CT-0122/2017/ reclamación frente a la denegación de una solicitud de información pública presentada
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO. PRIMERO.- Se impugna en estos autos el decreto de la Concejal Presidente del Distrito de
AUTO En la Villa de Madrid, a doce de septiembre de dos mil diecisiete. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Se impugna en estos autos el decreto de la Concejal Presidente del Distrito de Arganzuela, del Ayuntamiento
Más detallesALCÁNTARA, BLAY A & DEL COSO ABOGADOS
Real Decreto 191/2016, de 6 de mayo, por el que se regula la devolución de ingresos indebidos no tributarios ni aduaneros de la Hacienda Pública estatal. (BOE 19-05-2016) CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Más detallesTEMA 5: CUESTIONARIO
TEMA 5: CUESTIONARIO 1.- Los actos administrativos: a) Son dictados por una administración pública b) Contienen una resolución definitiva c) Afectan a todos los ciudadanos d) Contiene disposiciones sancionadoras
Más detallesAvda. Juan XXIII, Las Palmas de Gran Canaria Telf.: Pérez de Rozas, Santa Cruz de Tenerife Telf.
Servicio Canario de la Salud DIRECCIÓN INSTRUCCIÓN Nº 19/13 DE LA DIRECTORA DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD, POR LA QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO INTERNO DE RELACIÓN CON LA ASESORÍA JURIDICA DEPARTAMENTAL
Más detallesACTOS DE COMUNICACIÓN EN LA JURISDICCIÓN SOCIAL.
ANEXO TEMA 24 ACTOS DE COMUNICACIÓN EN LA JURISDICCIÓN SOCIAL. La Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, regula los actos de comunicación en sus artículos 53 y siguientes
Más detallesCARTA DE LOS DERECHOS DE LA CIUDADANÍA
CARTA DE LOS DERECHOS DE LA CIUDADANÍA En Fuencaliente de La Palma, a 3 de octubre de 2017 La calidad en la gestión pública constituye una cultura transformadora, incorporando métodos de organización e
Más detallesSENTENCIA: SENTENCIA Nº 50/16. Vigo, a 15 de febrero de 2016
SENTENCIA: JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NUMERO DOS DE VIGO N11600 C/ LALIN Nº 4, PISO 5º EDIFICIO Nº2 CB N.I.G: Procedimiento: Sobre: De D/Dª: Letrado: Procurador D./Dª: Contra D./Dª Letrado: Procurador
Más detallesRESOLUCIÓN Nº.: R/01466/2018 HECHOS
1/5 Procedimiento Nº: TD/00689/2018 RESOLUCIÓN Nº.: R/01466/2018 Vista la reclamación formulada por D. A.A.A., contra la FARMACIA JAPÓN 26, y en base a los siguientes HECHOS Vista la reclamación formulada
Más detallesProblemática planteada en los recursos contenciosos administrativos ante la
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Régimen sancionador Problemática planteada en los recursos contenciosos administrativos ante la aplicación e interpretación de la normativa relativa al régimen de notificaciones
Más detallesConsideraciones jurídicas: El Club Baloncesto Gran Canaria Claret S.A.D es una sociedad constituida al amparo de lo dispuesto por la Ley del Deporte 1
R2017000080 Resolución estimatoria sobre petición de información al Cabildo Insular de Gran Canaria de convenio de patrocinio del Club de Baloncesto Gran Canaria Claret, S:A:D. Palabras clave: Cabildo
Más detallesRESOLUCIÓN Nº.: R/03315/2015
1/5 Procedimiento Nº: TD/01616/2015 RESOLUCIÓN Nº.: R/03315/2015 Vista la reclamación formulada por D. A.A.A., contra la entidad ALERCE CENTRO AVANZADO DE PSICOLOGÍA Y LOGOPEDIA, y en base a los siguientes,
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones
Real Decreto 191/2016, de 6 de mayo, por el que se regula la devolución de ingresos indebidos no tributarios ni aduaneros de la Hacienda Pública estatal. Ministerio de la Presidencia «BOE» núm. 121, de
Más detallesREGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE DE NUEVA MUTUA SANITARIA DEL SERVICIO MÉDICO, MUTUA DE SEGUROS A PRIMA FIJA (MUSA)
REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE DE NUEVA MUTUA SANITARIA DEL SERVICIO MÉDICO, MUTUA DE SEGUROS A PRIMA FIJA (MUSA) Artículo preliminar: El presente Reglamento para la Defensa del Cliente regula
Más detallesReal Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales - Art.
Tribunal Económico-Administrativo Municipal Resolución de la reclamación económico-administrativa nº 200/2006/05178 Fecha: 18/09/2008 Órgano: Sala de Reclamaciones Resumen: Tasa por Obras en la Vía Pública.
Más detallesR Palabras clave: Consejería de Presidencia Justicia e Igualdad. Justicia. Personal. Relación de puestos de trabajo. Condiciones plaza.
R2017000022 Resolución desestimatoria sobre petición de información formulada a la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad del Gobierno de Canarias sobre requisitos y condiciones de acceso plaza
Más detallesIgualmente conviene mencionar por su especial relevancia lo establecido en el artículo 5 en su apartado primero de dicho cuerpo legal que señala:
SEGUNDO.- Procede traer a colación las previsiones del artículo 4 de la Ley de Partidos Políticos que en su apartado 2 y 3 se pronuncia en los siguientes términos: 2. Dentro de los veinte días siguientes
Más detallesEsta Guía Práctica proporciona información a los usuarios de los servicios financieros sobre los siguientes aspectos:
GUÍA PRÁCTICA DE PRESENTACIÓN DE CONSULTAS, QUEJAS Y RECLAMACIÓNES ANTE EL SERVICIO DE RECLAMACIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES. La presente guía se publica con la finalidad
Más detallesCIRCULAR SECRETARIA 1/2017 EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES, SUPUESTOS Y DOCUMENTACIÓN NECESARIA
Ayuntamiento de Massanassa CIRCULAR SECRETARIA 1/2017 EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES, SUPUESTOS Y DOCUMENTACIÓN NECESARIA Septiembre 2017 Aprobada por Junta de Gobierno Local en sesión de 18 de septiembre
Más detallesBOJA de 8 de julio de 2000
ORDEN DE 6 DE JUNIO DE 2000, SOBRE EXENCIÓN TOTAL O PARCIAL DE LA FASE DE FORMACIÓN PRÁCTICA EN EMPRESAS, ESTUDIOS O TALLERES DE LOS CICLOS FORMATIVOS DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO BOJA de 8 de julio de
Más detallesAJUNTAMENT DE VALÈNCIA JURADO TRIBUTARIO
AJUNTAMENT DE VALÈNCIA JURADO TRIBUTARIO REFERENCIA Reclamación económico-admva. nº: 00408/2011/MU-RE Interesado: D. AVELINO Asunto: Reclamación económico administrativa contra la diligencia de embargo
Más detallesDEFENSOR DEL PUEBLO. Alto comisionado de las Cortes para la tutela de los derechos del título I
GARANTÍAS ORGÁNICAS Defensor del pueblo Defensores del pueblo autonómicos y locales Funciones no judiciales de órganos jurisdiccionales Otros órganos: Agencia protección de datos Órganos de administración
Más detallesUna vez llevada a cabo la correspondiente investigación, constan los siguientes ANTECEDENTES
EQ-0211/2013. Se recuerda el deber legal que tiene esa Administración de resolver expresamente las solicitudes formuladas por el grupo municipal de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26
Más detallesRESOLUCIÓN Nº.: R/01069/2011
1/5 Procedimiento Nº: TD/01682/2010 RESOLUCIÓN Nº.: R/01069/2011 Vista la reclamación formulada el 22 de noviembre de 2010 ante esta Agencia por Dña. B.B.B., contra la entidad COLEGIO PROFESIONAL DE FISIOTERAPEUTAS
Más detallesSiguiendo la estructura de la Circular 7/2013, cabe destacar las siguientes novedades de interés:
NOTA SOBRE LA CIRCULAR 7/2013, DE 25 DE SEPTIEMBRE, DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES, POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN DE RECAMACIONES Y QUEJAS CONTRA EMPRESAS QUE PRESTAN
Más detallesResolución sobre los informes periciales y la comprobación de valores en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Resolución sobre los informes periciales y la comprobación de valores en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. EQ.- 1043/2012. Recomendación a la Dirección General de Tributos del Gobierno de Canarias,
Más detallesGuía para la Presentación y Trámite de Peticiones Quejas y Recursos
GUÍA PARA LA PRESENTACIÒN Y TRÁMITE DE PETICIONES QUEJAS Y RECURSOS Los mecanismos de defensa del usuario ante la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P. de conformidad con lo previsto en los artículos
Más detallesRESOLUCIÓN Nº: R/02125/2014
1/6 Expediente Nº: TD/00803/2014 RESOLUCIÓN Nº: R/02125/2014 Vista la reclamación formulada el 14 de abril de 2014 ante esta Agencia por D. A.A.A. contra DIRECCIÓN GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS
Más detallesRESOLUCIÓN Nº: R/00325/2015
1/5 Expediente Nº: TD/01629/2014 RESOLUCIÓN Nº: R/00325/2015 Vista la reclamación formulada el 15 de septiembre de 2014 ante esta Agencia por don A.A.A. contra la entidad Twitter Inc. (Twitter Spain, S.L.),
Más detallesRCS RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES SAN JOSÉ, A LAS 9:15 HORAS DEL 18 DE JUNIO DEL 2012
El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de las competencias que le atribuye el inciso b) del artículo 50 de la Ley General de la Administración Pública,
Más detallesAntecedentes. Prado, VITORIA-GASTEIZ Tel.: (+34) Faxa: (+34)
Resolución 2014R-2984-13 del Ararteko, de 18 de marzo de 2014, por la que se recomienda al Ayuntamiento de Balmaseda que impulse las medidas de desinsectación en un local particular para garantizar su
Más detallesRESOLUCIÓN Nº: R/01567/2018
1/5 Expediente Nº: TD/01066/2018 RESOLUCIÓN Nº: R/01567/2018 Vista la reclamación formulada el 1 de mayo de 2018 ante esta Agencia por D. A.A.A. contra SINDICATO DE TRABAJADORES DEL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA
Más detallesCÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE QUERÉTARO
CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE QUERÉTARO ARTÍCULO 109 Artículo 109. Las notificaciones se harán: I. Personalmente; II. Por cédula; III. Por correo electrónico; IV. Por correo; V. Por edictos;
Más detallesUna vez llevada a cabo la correspondiente investigación, constan los siguientes A N T E C E D E N T E S
Nuevamente nos dirigimos a V.I. en relación con el expediente de queja que se tramita en esta Institución con la referencia más arriba indicada (EQ-0947/2010), referente a fallecimiento de la persona interesada
Más detallesRESOLUCIÓN 445/2018, de 20 de diciembre del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía
RESOLUCIÓN 445/2018, de 20 de diciembre del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía Asunto: Reclamación interpuesta por XXX contra el Ayuntamiento de Nigüelas (Granada) por denegación
Más detallesRESOLUCIÓN 54/2017, de 12 de abril, del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía
RESOLUCIÓN 54/2017, de 12 de abril, del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía Asunto: Reclamación de XXX contra el Ayuntamiento de Castilblanco de los Arroyos (Sevilla), por denegación
Más detallesREGLAMENTO DEL DEFENSOR UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DEL ATLÁNTICO
REGLAMENTO DEL DEFENSOR UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DEL ATLÁNTICO PREÁMBULO... 2 MARCO JURÍDICO... 2 TÍTULO I. Disposiciones generales... 2 TÍTULO II. Elección, nombramiento y cese... 3 TÍTULO
Más detallesAntecedentes. Prado, VITORIA-GASTEIZ Tel.: Faxa:
Resolución 2019R-590-18 del Ararteko, de 10 de enero de 2019, por la que se recomienda al Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno Vasco que revise la antigüedad
Más detallesSentencia Nº de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 06/07/06.
JURISPRUDENCIA Notificación del acto administrativo. Sentencia Nº 01730 de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 06/07/06. "Conforme al artículo 161 del Código Orgánico
Más detallesDICTAMEN 396/2012. (Sección 2ª)
DICTAMEN 396/2012 (Sección 2ª) La Laguna, a 13 de septiembre de 2012. Dictamen solicitado por la Excma. Sra. Consejera de Sanidad en relación con la Propuesta de Resolución por la que se acuerda la revisión
Más detallesRESOLUCIÓN Nº.: R/00723/2018
1/5 RESOLUCIÓN Nº.: R/00723/2018 Expediente Nº: TD/00406/2018 Vista la reclamación formulada el 19 y el 23 de febrero de 2018 ante esta Agencia por D. A.A.A., contra TALLERES FEU VERT SAN JUAN, TALLERES
Más detallesREGLAMENTO DE LA DEFENSORIA UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD PERUANA LOS ANDES
Í REGLAMENTO DE LA DEFENSORIA UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD PERUANA LOS ANDES DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO Nº 1: El presente Reglamento responde al mandato amparado bajo la Ley Universitaria 30220,
Más detallesExpte. DI-1543/ I.- Antecedentes
Expte. DI-1543/2008-4 Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Zaragoza Plaza del Pilar, 18 50001 Zaragoza 19 de febrero de 2009 I.- Antecedentes Primero.- Con fecha 3 de octubre de 2008 tuvo
Más detallesVÍAS DE RECLAMACIÓN ANTE LA ADMINISTRACIÓN
Y LA EXCLUSIÓN SOCIAL >>>DOCUMENTO DE APOYO MADRID RED DE LUCHA CONTRA LA POBREZA >02 La Renta Mínima de inserción (RMI) es un derecho reconocido en la Comunidad de Madrid del que son titulares aquellas
Más detallesPETICIÓN (Art. 228 LEC y 241 LOPJ)
INCIDENTE DE NULIDAD DE ACTUACIONES 20 días desde la notificación de la resolución o desde que tuvo conocimiento No se puede solicitar si transcurren más de 5 años desde notificación de la resolución PETICIÓN
Más detallesNORMATIVA DE GESTIÓN DE COBROS Y RECLAMACIÓN DE HONORARIOS DE LA DEMARCACIÓN DE CIUDAD REAL DEL COACM.
NORMATIVA DE GESTIÓN DE COBROS Y RECLAMACIÓN DE HONORARIOS DE LA DEMARCACIÓN DE CIUDAD REAL DEL COACM. La gestión del cobro de honorarios profesionales por el Colegio es un servicio demandado por los colegiados,
Más detallesR Palabras clave: Cabildo. Servicios Generales. Información institucional, Publicidad institucional. Participación. Sentido: Estimatoria
R2017000012 RESOLUCIÓN DEL COMISIONADO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA SOBRE RECLAMACIÓN POR DESESTIMACIÓN PRESUNTA POR SILENCIO ADMINISTRATIVO DE SOLICITUD DE ACCESO A INFORMACIÓN DE
Más detallesResolución 110/2017, de 19 de octubre, de la Comisión de Transparencia de Castilla y León
Resolución 110/2017, de 19 de octubre, de la Comisión de Transparencia de Castilla y León Asunto: expediente CT-0007/2017 / reclamación frente a la denegación de una solicitud de información presentada
Más detallesSENTENCIA relativa al juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, promovido por
SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL ELECTORAL FEDERAL JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO- ELECTORALES DEL CIUDADANO
Más detallesINSTRUCCIÓN 1/2004 INSTRUCCIONES
INSTRUCCIÓN 1/2004 DE LA DIRECCIÓN GERENCIA DEL S.E.S. SOBRE PROCEDIMIENTO PARA LA TRAMITACIÓN DE LAS RECLAMACIONES Y SUGERENCIAS DIRIGIDAS AL SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD. INSTRUCCIONES OBJETO Y ÁMBITO
Más detalles