BASES GENERALES INTRODUCCIÓN

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1 PROGRAMA DE FOMENTO DEL EUSKERA, AÑO AYUDAS QUE TIENEN POR OBJETO EL FOMENTO DE LA CAPACITACION LINGÜÍSTICA AYUDAS PARA APRENDER EUSKERA PARA LOS Y LAS GETXOTARRAS CON RECURSOS ECONÓMICOS INSUFICIENTES. AYUDAS PARA APRENDER EUSKERA PARA LOS Y LAS JÓVENES AYUDAS CUYO FIN ES EL FOMENTO DEL EUSKERA EN EL ENTORNO FAMILIAR AYUDAS PARA EL APRENDIZAJE DEL EUSKERA A EMPLEADOS/AS Y CORPORATIVOS DEL AYUNTAMIENTO Y SUS ENTES AUTÓNOMOS AYUDAS PARA EL APRENDIZAJE DEL EUSKERA A LOS y LAS EMPLEADAS DEL SECTOR COMERCIO DE GETXO AYUDAS PARA EL APRENDIZAJE DEL EUSKERA A MONITORES/AS DE LAS ASOCIACIONES DE GETXO 2.- AYUDAS Y SERVICIOS FACILITADORES DEL USO DEL EUSKERA AYUDAS PARA LA OBTENCION DEL PERMISO DE CONDUCIR EN EUSKERA BECAS PARA LOS CURSOS EN EUSKERA DE CARA A LA OBTENCIÓN DEL TITULO DE MONITOR/A Y DIRECTOR/A DE TIEMPO LIBRE BECAS PARA ACUDIR A CURSOS ORGANIZADOS POR LA UEU, UDAKO EUSKAL UNIBERTSITATEA AYUDAS PARA LA INSTALACIÓN DE RÓTULOS, TOLDOS Y ROTULACIÓN DE VEHÍCULOS COMERCIALES EN EUSKERA AYUDAS PARA PONER EN EUSKERA LA IMAGEN DE LAS ASOCIACIONES DE GETXO

2 BASES GENERALES INTRODUCCIÓN La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Getxo aprobó en el año 2008 el II. Plan General de Promoción del uso del euskera de Getxo (EBPN). El objetivo principal de este plan es el de posibilitar a los ciudadanos el poder vivir en euskera, adoptando y fomentando las medidas de política lingüística necesarias, es decir, fomentar medidas de promoción del euskera con el fin de conseguir la normalización de la lengua a nivel personal, social y oficial. 1. OBJETIVOS Estas ayudas tienen dos objetivos estratégicos: 1- Fomento de la transmisión intergeneracional del euskera. 2- Fomento del uso del euskera: el reto consiste en que los euskaldunes de las nuevas generaciones consideren el euskera tan útil y gratificante como el castellano. 2. LÍNEAS DE SUBVENCIÓN Subvenciones de cara al aprendizaje del euskera a particulares LÍNEA CRÉDITO 1.- Ayudas para aprender euskera para los y las getxotarras con recursos económicos insuficientes. 2.- Ayudas a los/as jóvenes para aprender euskera Ayudas de cara al fomento del euskera en el ámbito familiar Ayudas para aprender euskera al personal del Ayuntamiento y sus entes autónomos, así como a corporativos. 5.- Ayudas para aprender euskera a monitores/as de asociaciones de Getxo Ayudas a los y las jóvenes para la obtención del permiso de conducir en euskera Ayudas para cursos en euskera de cara a la obtención del título de monitor/a y/o director/a de tiempo libre. 8.- Ayudas para acudir a los cursos organizados por la UEU, Udako Euskal Unibertsitatea GUZTIRA El crédito consignado para cada línea de subvención podrá ser utilizado para la concesión de subvenciones de otras líneas siempre y cuando exista crédito para ello. Subvenciones de cara al aprendizaje del euskera a empresas 1.- Ayudas para aprender euskera a comerciantes Ayudas a la rotulación en euskera de rótulos, toldos y vehículos comerciales Ayudas para poner en euskera la imagen de las asociaciones de Getxo. 500 GUZTIRA El crédito consignado para cada línea de subvención podrá ser utilizado para la concesión de subvenciones de otras líneas siempre y cuando exista crédito para ello. 3. CURSOS Los cursos deberán de realizarse en euskaltegis homologados por HABE Los cursos también deberán ser cursos homologados por HABE. Se entenderán como cursos homologados por HABE los que queden recogidos en los puntos nº1, nº2, nº3 y nº4 (pero no en el punto nº5) del artículo número 4 de la RESOLUCION publicada en el BOPV, boletín del día 29 de agosto de No podrán ser beneficiarias aquellas personas que son subvencionables en la totalidad del coste de la enseñanza por sus respectivas empresas, instituciones, etc. En el caso de que la empresa o institución no subvencione la totalidad de la matrícula se podrá solicitar al Ayuntamiento la parte restante. 4. REQUISITOS Además de los requisitos específicos que para cada colectivo recogen estas bases se requerirá el cumplimiento de los siguientes requisitos: Cursos presenciales: Asistencia al menos al 85% del total de las horas lectivas impartidas en el nivel o niveles para los que se solicita ayuda económica. Cursos de autoaprendizaje y cursos mixtos: el/la solicitante deberá acreditar el cumplimiento de estas 4 condiciones: Que ha superado el nivel-objetivo propuesto para el curso del que se solicita subvención.

3 Trabajo individual: haber realizado, al menos, el 85% de la horas de trabajo individual que, al principio del curso, el euskaltegi ha asignado al o a la alumna. Sesiones de tutoría: se deberá acreditar la asistencia, al menos, al 85% de las horas de tutoría. Sesiones de conversación: se deberá acreditar la asistencia, al menos, al 85% de las horas de conversación. 5. PAGO DE LA SUBVENCIÓN A las personas que cumplan todos los requisitos exigidos el Ayuntamiento abonará el 80% de la matrícula en un único pago. En este caso debemos tomar en consideración varias cuestiones: Cuantía de la subvención Cuándo realizar la solicitud? Cursos presenciales La subvención que conceda el Ayuntamiento no superará, en ningún caso, el 80% de lo que un/una alumno/a pudiera pagar por el mismo curso en alguno de los euskaltegis del municipio. * Exceptuando el certificado de asistencia, se podrá presentar la documentación solicitada antes de finalizar el curso, si bien, el Ayuntamiento de Getxo no podrá gestionar el pago hasta la presentación del certificado de asistencia por parte del interesado/a, o por parte del euskaltegi. Cursos de autoaprendizaje y cursos mixtos En el caso de los cursos de autoaprendizaje o en los cursos mixtos, la subvención en ningún caso superará el 80% de lo abonado por un curso anual del curso denominado BOGA que se imparte en el Euskaltegi Municipal de Getxo. A los y las alumnas que contraten cursos de autoaprendizaje de duración superior a los 9 meses la subvención se les realizará la proporción tomando como referencia los cursos BOGA impartidos en el Euskaltegi Municipal de Getxo (por ejemplo si en BOGA se pagan 265 euros por un curso de 9 meses de duración, en el caso de contratar un curso de 18 meses se abonarán 265 euros por dos). En los cursos de autoaprendizaje y en los mixtos el Ayuntamiento no subvencionará las posibles prórrogas que puedan conceder a los y las alumnas los centros. La solicitud de subvención únicamente se podrá realizar una vez cumplidos todos los requisitos. Requisitos La asistencia deberá ser, al menos del 85% del total de las horas lectivas impartidas en el curso completo. El/la solicitante deberá acreditar el cumplimiento de estas 4 condiciones: Que ha superado el nivel-objetivo propuesto para el curso del que se solicita subvención. Trabajo individual: haber realizado, al menos, el 85% de la horas de trabajo individual que, al principio del curso, el euskaltegi ha asignado al o a la alumna. Sesiones de tutoría: se deberá acreditar la asistencia, al menos, al 85% de las horas de tutoría. Sesiones de conversación: se deberá acreditar la asistencia, al menos, al 85% de las horas de conversación. NOTA IMPORTANTE: a las solicitudes correspondientes a los cursos y se les abonará el 100% de la matrícula, siempre y cuando las solicitudes se hayan realizado antes del 30 de septiembre de 2012.

4 6. COMPLEMENTARIEDAD DE LAS AYUDAS Estas ayudas son complementarias a las ayudas que el Gobierno Vasco concede por la superación de los exámenes para la obtención de alguno de los títulos de HABE (HABE 1, HABE2 y EGA). De cara a evitar que la subvención que pudiera recibirse por, no supere en ningún caso el importe total de la matrícula se adoptan las siguientes medidas 1. Aquellos/as que tras superar las pruebas hayan obtenido alguno de los títulos de HABE deberán NECESARIAMENTE solicitar la subvención al Gobierno Vasco. 2. Las ayudas que el Gobierno Vasco pudiera conceder por la obtención de alguno de los títulos de HABE, se tendrán en cuenta de cara a las posteriores posibles ayudas que el Ayuntamiento pudiera conceder al beneficiario/a, o bien, la persona beneficiaria deberá reintegrar al Ayuntamiento la cantidad subvencionada. 3. Para acceder a las subvenciones del Ayuntamiento será, en los casos en que corresponda, requisito ineludible haber reintegrado al Ayuntamiento las ayudas que por el mismo concepto, hubiera percibido por el Gobierno Vasco en años anteriores. 4. Los beneficiarios de las ayudas de HABE cederán al AYUNTAMIENTO DE GETXO los derechos económicos que le pudiesen corresponder, en la cantidad necesaria hasta completar las ayudas recibidas del Ayuntamiento de Getxo para el aprendizaje de euskera, solicitando a HABE que dicho importe sea ingresado en la cuenta que el Ayuntamiento de Getxo señale a tal efecto. 7.- PERÍODO SUBVENCIONABLE Cursos presenciales Cursos de autoaprendizaje y cursos mixtos Los realizados entre septiembre de 2010 y septiembre de 2011, siempre que hayan solicitado la subvención antes del 31 de diciembre de Los realizados entre el 1 de octubre de 2011 y el 31 de diciembre de A la hora de realizar la solicitud se exige el cumplimiento de los requisitos. De todas formas, no se subvencionarán cursos de euskera realizados antes del 1 de octubre de RESOLUCIÓN El órgano instructor para la concesión de las ayudas recogidas en las presentes bases específicas será el Servicio de Euskera del Ayuntamiento de Getxo. Las solicitudes de concesión de las subvenciones contempladas en estas bases se resolverán tras dictamen del órgano colegiado de subvenciones a propuesta del órgano instructor por Decreto de Alcaldía o por La Junta de Gobierno Local, en función de su cuantía, según lo establecido en el Decreto de Alcaldía 3315/2011 de 11/06/2011. La composición del órgano colegiado es la siguiente: PRESIDENTE: El Alcalde. V O C A L E S: Concejal del Área de Urbanismo Presidente de la Residencia Municipal Sagrado Corazón. Concejal del Área de Servicios Sociales. Secretario General Interventor Municipal SECRETARIO: Técnico de Secretaría General. NOTAS ACLARATORIAS El/la Concejal de Euskera podrá adoptar la decisión de adelantar los pagos si la situación económica del interesado/a creara problemas a la hora de abonar la matrícula del euskaltegi, o bien, dicha situación hubiera empeorado notoriamente. El/la Concejal de Euskera podrá adoptar decisiones en casos graves y prolongados de imposibilidad para acudir al euskaltegi (para ello será necesario el correspondiente informe médico oficial), en casos excepcionales y en casos no recogidos en estas bases. A la cuantía de la subvención se le restará la cantidad que el euskaltegi u otros (HABE ) pudieran conceder. Contadas todas las ayudas no podrá haber sobre financiación. Las ayudas se abonarán por riguroso orden de registro, siempre que exista partida presupuestaria.

5 SUBVENCIONES PARA EL APRENDIZAJE DEL EUSKERA A GETXOTARRAS CON FALTA DE RECURSOS ECONÓMICOS 1. SUJETOS Toda persona que demostrando su falta de medios económicos desee asistir a clases de euskera. 2. CURSOS Los cursos deberán de realizarse en euskaltegis homologados por HABE. Los cursos también deberán ser cursos homologados por HABE (ver el PUNTO nº 2 de estas bases generales). No podrán ser beneficiarias aquellas personas que son subvencionables en la totalidad del coste de la enseñanza por sus respectivas empresas, instituciones, etc. Los cursos podrán ser tanto intensivos (al menos, de 3 horas diarias), internados y demás módulos homologados por HABE (cursos de 10 horas lectivas semanales, 7 horas y media semanales, cursos de autoaprendizaje...). En el caso de los cursos presenciales, como mínimo, los cursos deberán de ser de 7 horas y media semanales. No se concederán ayudas para los gastos de estancia. 3. REQUISITOS a) Certificado de empadronamiento familiar. b) Impreso oficial de solicitud, dejando constancia del número de cuenta del solicitante.. c) Abonaré bancario sellado de haber efectuado el ingreso del costo de la matrícula. d) Fotocopia de la AUTOLIQUIDACIÓN de la última declaración de la renta. e) Si el solicitante no tiene obligación de realizar la declaración de la renta, presentar un certificado de Hacienda dejando constancia de ello. a) Certificado del Euskaltegi: e.1.) Cursos presenciales: certificado que acredite una asistencia, como mínimo del 85% de las clases. El certificado hará constar: nivel, horario, número de horas lectivas y precio de la matrícula. porcentaje de asistencia y los niveles realizados. El Ayuntamiento no recogerá los justificantes de las faltas realizadas en el euskaltegi. e.2.) Cursos de auto-aprendizaje o mixtos: el/la solicitante deberá acreditar el cumplimiento de estas 4 condiciones: Que ha superado el nivel-objetivo propuesto para el curso del que se solicita subvención. Trabajo individual: haber realizado, al menos, el 85% de la horas de trabajo individual que, al principio del curso, el euskaltegi ha asignado al o a la alumna. Sesiones de tutoría: se deberá acreditar la asistencia, al menos, al 85% de las horas de tutoría. Sesiones de conversación: se deberá acreditar la asistencia, al menos, al 85% de las horas de conversación. Para ello será necesario el certificado del euskaltegi que incluya los siguientes datos sobre el curso: tipo de curso (autoaprendizaje o mixto), módulo, nivel-objetivo a conseguir, nº de horas de trabajo individual, asistencia a las sesiones de tutoría, asistencia a las sesiones de conversación, día de inicio y finalización del curso, nivel obtenido por el/la solicitante, precio de la matrícula (coste de las clases). El Ayuntamiento no recogerá los justificantes de las faltas realizadas en el euskaltegi. g) Impreso denominado DECLARACIÓN RESPONSABLE firmado por el/la interesada (VER ANEXO). NOTA 1 - Esta subvención no será compatible con ninguna otra cuando el total supere el coste de la matricula. 2 El Servicio de Euskera podrá solicitar en cualquier momento documentación complementaria. 4. PAGO DE LA SUBVENCION Ver el apartado 4º PAGO DE LA SUBVENCION de las bases generales 5. CONSIGNACION PRESUPUESTARIA Las solicitudes podrán realizarse durante todo el año hasta el 31 de diciembre. Las ayudas se abonarán por riguroso orden de registro, siempre que exista partida presupuestaria.

6 INSTRUCCIONES PARA PODER SOLICITAR LA AYUDA 1.- TABLA DE INGRESOS MÁXIMOS Para poder acceder a las ayudas correspondientes a la OPCION B es necesario poseer unos ingresos líquidos anuales que no superen las cuantías que se relacionan a continuación. MIEMBROS DE LA FAMILIA INGRESOS MAXIMOS , ,87 3 o más de ,7 El cálculo de estas cantidades se ha realizado así: Salario Mínimo Interprofesional por 2 75 El cálculo de los ingresos líquidos anuales se hará contabilizando todos los percibidos por cualquiera de los miembros de la unidad familiar Se tendrán en cuenta los ingresos que aparezcan en la última declaración de la renta realizada. Si el o la solicitante no tuviera que realizar la declaración, se tendrán en cuenta los ingresos reflejados en el correspondiente certificado de Hacienda Foral. 2.- UNIDADES FAMILIARES Se consideran unidades familiares: Personas mayores de 26 años que no tengan ingresos y que vivan en el hogar paterno/materno. Personas de 26 o menores de 26 años que tengan ingresos y que vivan en el hogar paterno/materno. Personas que hagan la declaración de la renta de forma individual Si la situación económica real se hubiera modificado desfavorablemente, deberá acreditarse en el momento de la solicitud. A la hora de adjudicar las Becas se considerarán prioritarias aquellas Unidades Familiares que perciban la Renta Básica.

7 SUBVENCIONES PARA EL APRENDIZAJE DEL EUSKERA PARA LOS Y LAS JÓVENES GETXOTARRAS 1. SUJETOS A.1.- Jóvenes getxotarras de entre 18 y 23 años (nacidos y nacidas entre ), de cara a que aprendan bien euskera antes de acceder al mercado laboral.. A.2.- Toda persona que habiendo finalizado sus estudios universitarios o de formación profesional reglada o similares en el año 2011, o hallándose en el último curso de éstos se encuentre a la espera de acceder al mercado laboral. 2. CURSOS Los cursos deberán de realizarse en euskaltegis homologados por HABE. Los cursos también deberán ser cursos homologados por HABE (ver el PUNTO nº 2 de estas bases generales). No podrán ser beneficiarias aquellas personas que son subvencionables en la totalidad del coste de la enseñanza por sus respectivas empresas, instituciones, etc. OPCION A Los cursos deberán ser, como mínimo, de 2 horas diarias (octubre-junio). También se subvencionarán cursos intensivos (3 horas lectivas día, como mínimo) y barnetegis (5 horas lectivas día, como mínimo). La opción A será válida, como máximo, durante dos cursos. No se podrán acumular los dos cursos de la opción A.1. y los dos de la opción A.2. Deberá TENER ACREDITADO 6º nivel de euskera (en el nuevo currículum nivel 1B). antes de realizar la solicitud. No se concederán ayudas para los gastos de estancia. 3. REQUISITOS b) Certificado de empadronamiento familiar. c) Impreso oficial de solicitud, dejando constancia del número de cuenta del solicitante. d) Abonaré bancario sellado de haber efectuado el ingreso del costo de la matrícula. e) Acreditación de haber superado el nivel 6 de euskera (o el nivel 1B). f) Certificado del Euskaltegi: e.1.) Cursos presenciales: certificado que acredite una asistencia, como mínimo del 85% de las clases. El certificado hará constar: nivel, horario, número de horas lectivas y precio de la matrícula. porcentaje de asistencia y los niveles realizados. El Ayuntamiento no recogerá los justificantes de las faltas realizadas en el euskaltegi. e.2.) Cursos de auto-aprendizaje o mixtos: el/la solicitante deberá acreditar el cumplimiento de estas 4 condiciones: Que ha superado el nivel-objetivo propuesto para el curso del que se solicita subvención. Trabajo individual: haber realizado, al menos, el 85% de la horas de trabajo individual que, al principio del curso, el euskaltegi ha asignado al o a la alumna. Sesiones de tutoría: se deberá acreditar la asistencia, al menos, al 85% de las horas de tutoría. Sesiones de conversación: se deberá acreditar la asistencia, al menos, al 85% de las horas de conversación. Para ello será necesario el certificado del euskaltegi que incluya los siguientes datos sobre el curso: tipo de curso (autoaprendizaje o mixto), módulo, nivel-objetivo a conseguir, nº de horas de trabajo individual, asistencia a las sesiones de tutoría, asistencia a las sesiones de conversación, día de inicio y finalización del curso, nivel obtenido por el/la solicitante, precio de la matrícula (coste de las clases). g) Impreso denominado DECLARACIÓN RESPONSABLE firmado por el/la interesada (VER ANEXO). h) OPCION A.2.: Fotocopia compulsada del título o certificado de haber acabado el curso en el año 2011 o hallarse en el último curso de los estudios que se alegan. NOTA 1 - Esta subvención no será compatible con ninguna otra cuando el total supere el coste de la matricula. 2 El Servicio de Euskera podrá solicitar en cualquier momento documentación complementaria. 4. PAGO DE LA SUBVENCION Ver el apartado 4º PAGO DE LA SUBVENCION de las bases generales 5. CONSIGNACION PRESUPUESTARIA

8 Las solicitudes podrán realizarse durante todo el año hasta el 31 de diciembre. Las ayudas se abonarán por riguroso orden de registro, siempre que exista partida presupuestaria.

9 SUBVENCIONES CUYO FIN ES EL FOMENTO DEL EUSKERA EN EL ENTORNO FAMILIAR 1. SUJETOS Padres y madres con hijos e hijas de 12 años o menores de 12 años Niñeras, niñeros y familiares que cuidan a los niños/as (aitite, amama...) Personal médico y enfermería que trabaje en las áreas de pediatría y ginecología, así como profesiones liberales (dentistas...) que ofrezcan servicio a infancia y juventud, siempre y cuando hayan trabajado, como mínimo, seis meses en Getxo Personal de las guarderías de Getxo y personal no docente de los centros escolares de Getxo siempre y cuando tengan contacto directo con los/las alumnos/as (cuidadores/as de las horas de recreo, de comedor, del autobús) Profesionales que ofrecen servicios psicopedagógicos a infancia y juventud siempre y cuando hayan trabajado, como mínimo, seis meses en Getxo. 2. CURSOS Los cursos deberán de realizarse en euskaltegis homologados por HABE. Los cursos también deberán ser cursos homologados por HABE (ver el PUNTO nº 2 de estas bases generales). No podrán ser beneficiarias aquellas personas que son subvencionables en la totalidad del coste de la enseñanza por sus respectivas empresas, instituciones, etc. 3. REQUISITOS Padres y madres con hijos e hijas de 12 años o menores de 12 años: Estar empadronados en Getxo Certificar que se han cumplido las obligaciones tributarias con Hacienda y con la Seguridad Social. En los cursos presenciales la asistencia deberá ser, al menos del 85% del total de las horas lectivas impartidas en el curso completo. Cursos de auto-aprendizaje o mixtos: el/la solicitante deberá acreditar el cumplimiento de estas 4 condiciones: Que ha superado el nivel-objetivo propuesto para el curso del que se solicita subvención. Trabajo individual: haber realizado, al menos, el 85% de la horas de trabajo individual que, al principio del curso, el euskaltegi ha asignado al o a la alumna. Sesiones de tutoría: se deberá acreditar la asistencia, al menos, al 85% de las horas de tutoría. Sesiones de conversación: se deberá acreditar la asistencia, al menos, al 85% de las horas de conversación Niñeras/niñeros y familiares que cuidan a los niños/as: Cuidar niños de Getxo Certificar que se han cumplido las obligaciones tributarias con Hacienda y con la Seguridad Social En los cursos presenciales la asistencia deberá ser, al menos del 85% del total de las horas lectivas impartidas en el curso completo. Cursos de auto-aprendizaje o mixtos: el/la solicitante deberá acreditar el cumplimiento de estas 4 condiciones: Que ha superado el nivel-objetivo propuesto para el curso del que se solicita subvención. Trabajo individual: haber realizado, al menos, el 85% de la horas de trabajo individual que, al principio del curso, el euskaltegi ha asignado al o a la alumna. Sesiones de tutoría: se deberá acreditar la asistencia, al menos, al 85% de las horas de tutoría. Sesiones de conversación: se deberá acreditar la asistencia, al menos, al 85% de las horas de conversación Personal de las guarderías de Getxo y personal no docente de los centros escolares de Getxo, personal médico y enfermería que trabaje en las áreas de pediatría y ginecología, así como personal médico y profesionales que ofrecen servicios psicopedagógicos a infancia y juventud: Trabajar en Getxo Certificar que se han cumplido las obligaciones tributarias con Hacienda y con la Seguridad Social En los cursos presenciales la asistencia deberá ser, al menos del 85% del total de las horas lectivas impartidas en el curso completo. Cursos de auto-aprendizaje o mixtos: el/la solicitante deberá acreditar el cumplimiento de estas 4 condiciones: Que ha superado el nivel-objetivo propuesto para el curso del que se solicita subvención. Trabajo individual: haber realizado, al menos, el 85% de la horas de trabajo individual que, al principio del curso, el euskaltegi ha asignado al o a la alumna.

10 Sesiones de tutoría: se deberá acreditar la asistencia, al menos, al 85% de las horas de tutoría. Sesiones de conversación: se deberá acreditar la asistencia, al menos, al 85% de las horas de conversación. 4. DOCUMENTACION Padres y madres con hijos e hijas de 12 años o menores de 12 años: Solicitud + número de cuenta corriente (20 dígitos) Certificado de empadronamiento familiar Fotocopia del libro de familia Abonares bancarios originales del pago de la matrícula Impreso denominado DECLARACIÓN RESPONSABLE firmado por el/la interesada (VER ANEXO). Certificado del Euskaltegi: Cursos presenciales: certificado que acredite una asistencia, como mínimo del 85% de las clases. El certificado hará constar: nivel, horario, número de horas lectivas y precio de la matrícula. porcentaje de asistencia y los niveles realizados. El Ayuntamiento no recogerá los justificantes de las faltas realizadas en el euskaltegi. Cursos de auto-aprendizaje o mixtos: certificado del euskaltegi que incluya los siguientes datos sobre el curso: tipo de curso (autoaprendizaje o mixto), módulo, nivel-objetivo a conseguir, nº de horas de trabajo individual, asistencia a las sesiones de tutoría, asistencia a las sesiones de conversación, día de inicio y finalización del curso, nivel obtenido por el/la solicitante, precio de la matrícula (coste de las clases). El Ayuntamiento no recogerá los justificantes de las faltas realizadas en el euskaltegi Niñeras, niñeros y familiares que cuidan a los niños/as: Solicitud + número de cuenta bancario Fotocopia del libro de familia del niño/a que cuiden Certificado de la familia (ver anexo). Certificado de empadronamiento del niño/a que cuiden Abonares bancarios originales del pago de la matrícula Impreso denominado DECLARACIÓN RESPONSABLE firmado por el/la interesada (VER ANEXO). Certificado del Euskaltegi: Cursos presenciales: certificado que acredite una asistencia, como mínimo del 85% de las clases. El certificado hará constar: nivel, horario, número de horas lectivas y precio de la matrícula. porcentaje de asistencia y los niveles realizados. El Ayuntamiento no recogerá los justificantes de las faltas realizadas en el euskaltegi. Cursos de auto-aprendizaje o mixtos: certificado del euskaltegi que incluya los siguientes datos sobre el curso: tipo de curso (autoaprendizaje o mixto), módulo, nivel-objetivo a conseguir, nº de horas de trabajo individual, asistencia a las sesiones de tutoría, asistencia a las sesiones de conversación, día de inicio y finalización del curso, nivel obtenido por el/la solicitante, precio de la matrícula (coste de las clases). El Ayuntamiento no recogerá los justificantes de las faltas realizadas en el euskaltegi Personal de las guarderías de Getxo y personal no docente de los centros escolares de Getxo, personal médico y enfermería que trabaje en las áreas de pediatría y ginecología, así como personal médico y profesionales que ofrecen servicios psicopedagógicos a infancia y juventud: Solicitud + número de cuenta corriente (20 dígitos) Abonares bancarios originales del pago de la matrícula Fotocopia del contrato Certificado de vida laboral expedido por la Seguridad Social Impreso denominado DECLARACIÓN RESPONSABLE firmado por el/la interesada (VER ANEXO). Certificado del Euskaltegi: Cursos presenciales: certificado que acredite una asistencia, como mínimo del 85% de las clases. El certificado hará constar: nivel, horario, número de horas lectivas y precio de la matrícula. porcentaje de asistencia y los niveles realizados. El Ayuntamiento no recogerá los justificantes de las faltas realizadas en el euskaltegi.

11 Cursos de auto-aprendizaje o mixtos: certificado del euskaltegi que incluya los siguientes datos sobre el curso: tipo de curso (autoaprendizaje o mixto), módulo, nivel-objetivo a conseguir, nº de horas de trabajo individual, asistencia a las sesiones de tutoría, asistencia a las sesiones de conversación, día de inicio y finalización del curso, nivel obtenido por el/la solicitante, precio de la matrícula (coste de las clases). El Ayuntamiento no recogerá los justificantes de las faltas realizadas en el euskaltegi. 5. PAGO DE LA SUBVENCION Ver el apartado 4º PAGO DE LA SUBVENCION de las bases generales. 6. CONSIGNACION PRESUPUESTARIA Las solicitudes podrán realizarse durante todo el año hasta el 31 de diciembre. Las ayudas se abonarán por riguroso orden de registro, siempre que exista partida presupuestaria. NOTAS El Ayuntamiento no recogerá los justificantes de las faltas realizadas en el euskaltegi. El/la Concejal de Euskera podrá adoptar decisiones en casos excepcionales y en casos no recogidos en estas bases. El Servicio de Euskera podrá solicitar en cualquier momento documentación complementaria.

12 SUBVENCIONES PARA EL APRENDIZAJE DEL EUSKERA A EMPLEADOS Y CORPORATIVOS DEL AYUNTAMIENTO Y SUS ENTES AUTÓNOMOS 1. SUJETOS 1.- Funcionarios y empleados municipales y empleados de los entes autónomos dependientes del Ayuntamiento. 2.- Corporativos del Ayuntamiento de Getxo. 2. MATRICULAS SUBVENCIONABLES SEGÚN ASISTENCIA El Ayuntamiento subvencionará el 800% del coste de la matrícula a aquel/aquella empleada que desee acreditar el perfil lingüístico que su puesto tiene asignado. Estas subvenciones tienen una particularidad: Las subvenciones no son ilimitadas. De cara al abono de las subvenciones, el Ayuntamiento aplicará un sistema de crédito horario similar al que aplica el IVAP. De esta manera, no se le subvencionará la matrícula al empleado/a que al inicio del curso disponga de crédito horario negativo SEGÚN RENDIMIENTO Este criterio se aplicará en los siguientes casos: Empleados/as que han quedado excluidos de los cursos organizados por el IVAP por disponer de crédito horario negativo. Empleados/as que desean acreditar un perfil lingüístico superior al que su puesto tiene asignado. Esta medida será aplicable únicamente a los y las empleadas fijos. Las condiciones para poder optar a las subvenciones según rendimiento son las siguientes: Al final del curso, una vez acreditada una asistencia, como mínimo, del 85% el Ayuntamiento subvencionará el 50% de la matrícula. Al final del curso, una vez acreditada la consecución del perfil lingüístico correspondiente el Ayuntamiento subvencionará el 50% de la matrícula SEGÚN NIVEL-OBJETIVO Las condiciones para poder solicitar las subvenciones según nivel-objetivo son las siguientes: Trabajar a turnos Matricularse en un curso de auto-aprendizaje Cursos de auto-aprendizaje o mixtos: el/la solicitante deberá acreditar el cumplimiento de estas 4 condiciones: Que ha superado el nivel-objetivo propuesto para el curso del que se solicita subvención. Trabajo individual: haber realizado, al menos, el 85% de la horas de trabajo individual que, al principio del curso, el euskaltegi ha asignado al o a la alumna. Sesiones de tutoría: se deberá acreditar la asistencia, al menos, al 85% de las horas de tutoría. Sesiones de conversación: se deberá acreditar la asistencia, al menos, al 85% de las horas de conversación. 3. CURSOS Sólo se subvencionarán los módulos de cursos y barnetegis aprobados por HABE. En el caso de barnetegis no se abonarán los gastos de estancia Para los empleados que trabajen a turnos también cursos de auto-aprendizaje por medio de internet. 4. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR AL INICIO DEL CURSO Impreso de solicitud sellado en el Registro, dejando constancia de: Número de cuenta (20 dígitos) Área del Ayuntamiento y denominación del puesto en que trabaja Abonaré bancario, original, de haber realizado el pago de la matrícula. Impreso denominado DECLARACIÓN RESPONSABLE firmado por el/la interesada (VER ANEXO). AL FINAL DEL CURSO En los cursos presenciales certificado del euskaltegi indicando: curso, nivel inicial del curso, fecha de inicio y final del curso, fecha en la que inicia y finaliza el curso el/la solicitante, niveles realizados en el grupo y niveles realizados por el/la solicitante, nivel aprobado por el/ mismo/a, número de horas lectivas del curso y número de horas lectivasa las que asistirá el/la solicitante, horario, precio de la matrícula y otros gastos.

13 En los cursos de autoaprendizaje o mixtos certificado del euskaltegi que incluya los siguientes datos sobre el curso: tipo de curso (autoaprendizaje o mixto), módulo, nivel-objetivo a conseguir, nº de horas de trabajo individual, asistencia a las sesiones de tutoría, asistencia a las sesiones de conversación, día de inicio y finalización del curso, nivel obtenido por el/la solicitante, precio de la matrícula (coste de las clases). 5. ALCANCE La subvención que conceda el Ayuntamiento no superará, en ningún caso, lo que un/una alumno/a pudiera pagar por el mismo curso en alguno de los euskaltegis del municipio. En lo restante ver las bases generales en su apartado 4º PAGO DE LA SUBVENCION. NOTAS Se faculta a la Concejal de Euskera, para que, pueda adoptar decisiones en casos excepcionales que se puedan presentar y no se hallen recogidas en el presente acuerdo. Se dará traslado del presente acuerdo al Departamento de Personal y a los entes autónomos a fin de que adopte las medidas que considere oportunas. El Servicio de Euskera podrá solicitar en cualquier momento documentación complementaria.

14 SUBVENCIONES A LOS COMERCIANTES PARA APRENDER EUSKERA 1. SUJETOS Titulares de tiendas y establecimientos de Getxo. Empleados/as de tiendas y establecimientos de Getxo. Empleados/as de academias de Getxo. 2. CURSOS Los cursos deberán de realizarse en euskaltegis homologados por HABE. Los cursos también deberán ser cursos homologados por HABE (ver el PUNTO nº 2 de estas bases generales). 3. REQUISITOS Estar empleado/a en un establecimiento de Getxo. Certificar que se han cumplido las obligaciones tributarias con Hacienda y con la Seguridad Social. En los cursos presenciales la asistencia deberá ser, al menos del 85% del total de las horas lectivas impartidas en el curso completo. Cursos de auto-aprendizaje o mixtos: el/la solicitante deberá acreditar el cumplimiento de estas 4 condiciones: Que ha superado el nivel-objetivo propuesto para el curso del que se solicita subvención. Trabajo individual: haber realizado, al menos, el 85% de la horas de trabajo individual que, al principio del curso, el euskaltegi ha asignado al o a la alumna. Sesiones de tutoría: se deberá acreditar la asistencia, al menos, al 85% de las horas de tutoría. Sesiones de conversación: se deberá acreditar la asistencia, al menos, al 85% de las horas de conversación. NOTA Esta subvención no será compatible con ninguna otra cuando el total supere el coste de la matricula. El Ayuntamiento no recogerá los justificantes de las faltas realizadas en el euskaltegi. 4. PAGO DE LA SUBVENCION Ver el apartado 4º PAGO DE LA SUBVENCION de las bases generales. 5. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR Solicitud + número de cuenta corriente (20 dígitos). Abonares bancarios originales del pago de la matrícula. Impreso denominado DECLARACIÓN RESPONSABLE firmado por el/la interesada (VER ANEXO). Fotocopia del contrato. Certificado de vida laboral expedido por la Seguridad Social. Documento que acredite que el establecimiento se encuentra en Getxo. Certificado del Euskaltegi: Cursos presenciales: certificado que acredite una asistencia, como mínimo del 85% de las clases. El certificado hará constar: nivel, horario, número de horas lectivas y precio de la matrícula. porcentaje de asistencia y los niveles realizados. El Ayuntamiento no recogerá los justificantes de las faltas realizadas en el euskaltegi. Cursos de auto-aprendizaje o mixtos: certificado del euskaltegi que incluya los siguientes datos sobre el curso: tipo de curso (autoaprendizaje o mixto), módulo, nivel-objetivo a conseguir, nº de horas de trabajo individual, asistencia a las sesiones de tutoría, asistencia a las sesiones de conversación, día de inicio y finalización del curso, nivel obtenido por el/la solicitante, precio de la matrícula (coste de las clases). El o la Concejal de Euskera podrá adoptar decisiones en casos excepcionales y en casos no recogidos en estas bases. 6. CONSIGNACION PRESUPUESTARIA Las solicitudes podrán realizarse durante todo el año hasta el 31 de diciembre. Las ayudas se abonarán por riguroso orden de registro, siempre que exista partida presupuestaria. El Servicio de Euskera podrá solicitar en cualquier momento documentación complementaria.

15 SUBVENCIONES PARA EL APRENDIZAJE DEL EUSKERA A MONITORES/AS DE LAS ASOCIACIONES DE GETXO 1. SUJETOS Monitores/as y a otros trabajadores voluntarios y remunerados de asociaciones del municipio de Getxo. Monitores/as y a otros trabajadores voluntarios y remunerados que realizan actividades en las iglesias y parroquias de Getxo. No recibirán subvención aquellas personas que participan en las actividades, sino aquellas personas que, de alguna forma, trabajan en la asociación. 2. CURSOS Los cursos deberán de realizarse en euskaltegis homologados por HABE. Los cursos también deberán ser cursos homologados por HABE (ver el PUNTO nº 2 de estas bases generales). No podrán ser beneficiarias aquellas personas que son subvencionables en la totalidad del coste de la enseñanza por sus respectivas empresas, instituciones, etc. 3. REQUISITOS Para poder recibir la ayuda económica, habrá que garantizar ser componente de un grupo o asociación de Getxo. Las entidades se dividirán en 2 grupos: En las asociaciones y entidades que hayan suscrito el convenio GEHI: Getxo euskalduntzeko hitzarmena podrán recibir la ayuda económica 3 monitores/as. En las asociaciones que no lo hayan suscrito serán 2 los/las que puedan recibirla. 4. PAGO DE LA SUBVENCION Ver el apartado 4º PAGO DE LA SUBVENCION de las bases generales. 5. DOCUMENTACIÓN APRESENTAR Solicitud + número de cuenta corriente (20 dígitos). Abonares bancarios originales del pago de la matrícula. Impreso denominado DECLARACIÓN RESPONSABLE firmado por el/la interesada (VER ANEXO). Certificado del presidente de la asociación en el que se certifique la labor que realiza el/la solicitante dentro de la asociación. Certificado del Euskaltegi: Cursos presenciales: certificado que acredite una asistencia, como mínimo del 85% de las clases. El certificado hará constar: nivel, horario, número de horas lectivas y precio de la matrícula. porcentaje de asistencia y los niveles realizados. El Ayuntamiento no recogerá los justificantes de las faltas realizadas en el euskaltegi. Cursos de auto-aprendizaje o mixtos: el/la solicitante deberá acreditar el cumplimiento de estas 4 condiciones: Que ha superado el nivel-objetivo propuesto para el curso del que se solicita subvención. Trabajo individual: haber realizado, al menos, el 85% de la horas de trabajo individual que, al principio del curso, el euskaltegi ha asignado al o a la alumna. Sesiones de tutoría: se deberá acreditar la asistencia, al menos, al 85% de las horas de tutoría. Sesiones de conversación: se deberá acreditar la asistencia, al menos, al 85% de las horas de conversación. Para ello será necesario el certificado del euskaltegi que incluya los siguientes datos sobre el curso: tipo de curso (autoaprendizaje o mixto), módulo, nivel-objetivo a conseguir, nº de horas de trabajo individual, asistencia a las sesiones de tutoría, asistencia a las sesiones de conversación, día de inicio y finalización del curso, nivel obtenido por el/la solicitante, precio de la matrícula (coste de las clases). El Ayuntamiento no recogerá los justificantes de las faltas realizadas en el euskaltegi. NOTAS El o la Concejal de Euskera podrá adoptar decisiones en casos excepcionales y en casos no recogidos en estas bases. Las ayudas se abonarán por riguroso orden de registro, siempre que exista partida presupuestaria. El Servicio de Euskera podrá solicitar en cualquier momento documentación complementaria.

16 SUBVENCIONES DIRIGIDAS A JOVENES GETXOTARRAS DE ENTRE AÑOS, DE CARA A LA OBTENCION DEL CARNET DE CONDUCIR EN EUSKERA 1.- SUJETOS Podrán solicitar estas ayudas los y las jóvenes de entre 17 y 23 años (nacidos y nacidas entre 1989 y 1995) empadronados-as en Getxo, que han realizado el examen para la obtención del carnet de conducir en euskera. 2.- REQUISITOS Deberá de certificarse que se ha realizado, en euskera, el examen para la obtención del carnet de conducir mediante certificado emitido por la Dirección de Tráfico El carnet de conducir deberá de haberse obtenido en alguna de las autoescuelas adheridas a la campaña Gidabaimena euskaraz Deberá abonarse la matrícula antes de solicitar la subvención La subvención se solicitará con posterioridad a la realización del examen de conducción Estas ayudas serán compatibles con las concedidas por otros organismos públicos ó privados, siempre que el total subvencionado no supere lo abonado en concepto de matrícula. 3.- CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES Las ayudas se concederán para la matriculación y no se tendrán en cuenta las tasas. Los límites de las subvenciones serán los siguientes: Cada solicitante percibirá 100 euros * por realizar el examen teórico en euskera. La subvención por realizar el examen teórico en euskera se podrán percibir una única vez. 4.- DOCUMENTACIÓN Impreso de solicitud y número de cuenta corriente (20 dígitos). Impreso denominado DECLARACIÓN RESPONSABLE firmado por el/la interesada (VER ANEXO). CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO FAMILIAR. Recibos originales de haber abonado la matriculación. Certificado acreditativo de que se ha obtenido el carnet en una autoescuela adherida a la campaña Gidabaimena euskaraz. Certificado acreditativo de haber realizado el examen en euskera. NOTAS El o la Concejal de Euskera podrá adoptar decisiones en casos excepcionales y en casos no recogidos en estas bases. Las ayudas se abonarán por riguroso orden de registro, siempre que exista partida presupuestaria. El Servicio de Euskera podrá solicitar en cualquier momento documentación complementaria. * NOTA IMPORTANTE: la subvención de 100 euros se aplicará a las solicitudes realizadas a partir del 1 de enero de A las solicitudes con fecha de registro 2011 que quedaron sin tramitar se les aplicarán las bases de 2011.

17 SUBVENCIONES PARA LOS CURSOS EN EUSKERA DE CARA A LA OBTENCIÓN DEL TITULO DE MONITOR/A Y DIRECTOR/A DE TIEMPO LIBRE 1.- CURSOS SUBVENCIONABLES Cursos en euskera para la obtención del título de monitor/a de tiempo libre Cursos en euskera para la obtención del título de director/a de tiempo libre 2.- CONDICIONES Estar empadronado/a en Getxo, o bien, ser monitor/a de alguna de las asociaciones del municipio de Getxo. Los cursos deberán ser en euskera. Los cursos deberán ser impartidos en centros homologados por el Gobierno Vasco. Las prácticas necesarias para concluir el curso deberán hacerse en una de las asociaciones o entidades del municipio. Certificar que se han cumplido las obligaciones tributarias con Hacienda y con la Seguridad Social. 3.- FORMA DE PAGO La ayuda económica no será, en ningún caso, superior al 50% del costo total del curso Estos cursos tienen una duración de dos años, por lo que, para asegurar una continuidad, el pago de la subvención se realizará de la siguiente manera: Primer año: El primer año se subvencionará el 25% del costo total del primer curso, una vez presentados todos los documentos exigidos. Segundo año: El segundo año se subvencionará otro 25% del primer curso y el 25% del segundo curso, una vez presentados todos los documentos exigidos. Final del curso Una vez presentado el título oficial expedido por el Gobierno Vasco el 25% correspondiente al segundo curso. Las personas que realicen el curso en dos años deberán de presentar la documentación anualmente. Excepción: hay cursos intensivos de un año de duración, por lo que, en estos casos, la forma de pago será la siguiente: A la finalización del curso: 50 % 4.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR 4.1. CURSOS DE DOS AÑOS DE DURACIÓN: Primer año: Impreso de solicitud y número de cuenta corriente (20 dígitos). Recibos originales de la matriculación. Impreso denominado DECLARACIÓN RESPONSABLE firmado por el/la interesada (VER ANEXO). Certificado de empadronamiento, o bien, certificado del presidente de la asociación en el que se certifique la labor que realiza el/la solicitante dentro de la asociación. Segundo año: Impreso de solicitud y número de cuenta corriente (20 dígitos). Recibos originales de la matriculación. Impreso denominado DECLARACIÓN RESPONSABLE firmado por el/la interesada (VER ANEXO). Final del curso: Fotocopia del título oficial expedido por el Gobierno Vasco Documento acreditativo de haber realizado las prácticas en una asociación de Getxo. Impreso denominado DECLARACIÓN RESPONSABLE firmado por el/la interesada (VER ANEXO) CURSOS DE UN AÑO DE DURACIÓN: Final del curso: Impreso de solicitud y número de cuenta corriente (20 dígitos). Recibos originales de la matriculación.

18 Impreso denominado DECLARACIÓN RESPONSABLE firmado por el/la interesada (VER ANEXO). Certificado de empadronamiento, o bien, certificado del presidente de la asociación en el que se certifique la labor que realiza el/la solicitante dentro de la asociación. Documento acreditativo de haber realizado las prácticas en una asociación de Getxo. Fotocopia del título oficial expedido por el Gobierno Vasco NOTAS El o la Concejal de Euskera podrá adoptar decisiones en casos excepcionales y en casos no recogidos en estas bases. Las ayudas se abonarán por riguroso orden de registro, siempre que exista partida presupuestaria. El Servicio de Euskera podrá solicitar en cualquier momento documentación complementaria.

19 SUBVENCIONES PARA ACUDIR A CURSOS ORGANIZADOS POR LA UEU, UDAKO EUSKAL UNIBERTSITATEA 1. SUJETOS Personas empadronadas en Getxo 2. CURSOS SUBVENCIONABLES Cursos programados por la UEU-UDAKO EUSKAL UNIBERTSITATEA no sólo en verano, sino también a lo largo del año. Dicha ayuda consistirá en el 25% del costo total de la matrícula hasta un máximo de 100 euros. En los cursos de verano, únicamente se subvencionarán los gastos de matrícula, como máximo 100 euros. 3. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR Matrícula del curso que van a realizar. Certificado de empadronamiento. Abonaré bancario original de haber efectuado el pago. Impreso denominado DECLARACIÓN RESPONSABLE firmado por el/la interesada (VER ANEXO). NOTA El o la Concejal de Euskera podrá adoptar decisiones en casos excepcionales y en casos no recogidos en estas bases. Las ayudas se abonarán por riguroso orden de registro, siempre que exista partida presupuestaria. El Servicio de Euskera podrá solicitar en cualquier momento documentación complementaria.

20 SUBVENCIONES PARA LA INSTALACIÓN DE RÓTULOS, TOLDOS Y ROTULACIÓN DE VEHÍCULOS COMERCIALES EN EUSKERA 1. SUJETOS Tiendas y establecimientos del sector comercio y hostelería Asociaciones del municipio Entidades de todo tipo a las que se aplica la Ordenanza Fiscal para el cobro del impuesto municipal sobre publicidad y que no sean de carácter oficial. En general, establecimientos, oficinas y similares que tengan su tienda, establecimiento o sede a pie de calle y que dispongan de elementos (rótulos ) con impacto en el paisaje lingüístico, por ejemplo, autónomos, profesiones liberales Quedan excluidas las entidades financieras, delegaciones de grandes empresas y similares. 2. ELEMENTOS SUBVENCIONABLES - Rótulos - Toldos - Rotulación de vehículos comerciales 3. CUANTIA DE LAS SUBVENCIONES A quien instale un rótulo, redactado únicamente en euskera, se le abonará el 50% del importe del mismo, hasta un máximo de 360 euros. A quien instale un rótulo bilingüe, euskara - castellano, se le abonará el 30% del importe del mismo, hasta un máximo de 180 euros, siempre y cuando se utilice el criterio de bilingüismo activo o normalizador, es decir que el texto en euskera, bien sea por la ubicación, el tamaño de la letra, resaltado, etc. reciba un trato preferente. 4. PROCEDIMIENTO 1. Las normas A) y B) se aplicarán a cada cartel que se instale, de forma que un mismo comercio pueda colocar dos o más rótulos si sus fachadas así se lo exigen. 2. Quedarán excluidos de acceder a las subvenciones recogidas en los apartados a) y b) los rótulos en los que simplemente figuren el nombre, apellido o el nombre y apellidos. 3. Quedarán excluidos los rótulos que estén incorrectamente escritos o contengan errores gramaticales. (Para evitar casos de este tipo léase el punto número 5) 4. Se faculta al o a la Concejal de Euskera, para que pueda adoptar decisiones en casos excepcionales que se presenten y no se hallen recogidos en este acuerdo. 5. El Ayuntamiento ofrecerá, gratuitamente, los servicios de traducción y asesoramiento a través de su Servicio de Euskera y así lo hará saber a los interesados. 6. Se procederá a la concesión de las ayudas por riguroso orden de solicitud presentada en el Registro General del Ayuntamiento y siempre que exista partida presupuestada para tal fin. 7. Junto con la notificación de la autorización de apertura del establecimiento se les dará cuenta a los interesados de las subvenciones establecidas por este concepto, recomendándoles, que instalen sus rótulos en euskera o en euskera - castellano. 8. Dar traslado del presente acuerdo para su divulgación a los Servicios Técnicos Municipales para la puesta en conocimiento de los nuevos permisos de apertura, a los medios de comunicación, a Getxo Empresarial y Comercial y a las asociaciones del municipio. NOTA Lo recogido en este decreto no implica que el establecimiento solicitante cumpla con las demás condiciones y requisitos estipulados por el Ayuntamiento. El Servicio de Euskera podrá solicitar en cualquier momento documentación complementaria 5. DOCUMENTACION A PRESENTAR Impreso de solicitud + número de cuenta bancaria (20 dígitos) Factura original del rótulo o elemento instalado o modificado Impreso denominado DECLARACIÓN RESPONSABLE firmado por el/la interesada (VER ANEXO). Dos fotos del rótulo o elemento instalado

21 SUBVENCIONES PARA PONER EN EUSKERA LA IMAGEN DE LAS ASOCIACIONES DE GETXO El idioma es importante en la imagen pública de las entidades. Por esta razón, el texto que suele acompañar al logotipo (dirección, teléfono, etc.) en lugar de en castellano se podría escribir en euskera o bilingüe, en todos aquellos lugares en los que aparezca (sobres, hojas, tarjetas, sellos...). 1. SUJETOS Asociaciones del municipio 2. ELEMENTOS SUBVENCIONABLES En general, todos aquellos documentos que conformen la imagen pública de la asociación, y más en concreto: Sobres Hojas, sellos, tarjetas Folletos, carteles, pancartas, boletines internos Carné de socio/a 3. CUANTIA DE LAS SUBVENCIONES... Un texto redactado únicamente en euskera, se abonará el 50% del importe del mismo, hasta un máximo de 360 euros.... Un texto bilingüe, euskera-castellano, se abonará el 30% del importe del mismo, hasta un máximo de 180 euros, siempre y cuando se utilice el criterio de bilingüismo activo o normalizador, es decir que el texto en euskera, bien sea por la ubicación, el tamaño de la letra, resaltado, etc. reciba un trato preferente. 4. CONDICIONES 1. La asociación deberá estar registrada en Getxo 2. Certificar que se han cumplido las obligaciones tributarias con Hacienda y con la Seguridad Social. 3. Quedará excluido de acceder a la subvención cualquier elemento que esté incorrectamente redactado o que contenga errores gramaticales. 4. Las asociaciones no recibirán ayuda para modificar un elemento ya subvencionado con anterioridad. 5. El Ayuntamiento ofrecerá, gratuitamente, los servicios de traducción y asesoramiento a través de su Servicio de Euskera y así lo hará saber a los interesados. 5. DOCUMENTACION A PRESENTAR Impreso de solicitud + número de cuenta bancaria (20 dígitos) Factura original de los elementos modificados. Impreso denominado DECLARACIÓN RESPONSABLE firmado por el/la interesada (VER ANEXO). Ejemplares de la imagen de la asociación modificados: antiguos y nuevos. NOTA El o la Concejal de Euskera podrá adoptar decisiones en casos excepcionales y en casos no recogidos en estas bases. Las solicitudes de presentadores/as euskaldunes se tramitarán por riguroso orden, siempre que exista partida presupuestaria. El Servicio de Euskera podrá solicitar en cualquier momento documentación complementari

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