CONVENIO COLECTIVO GENERAL DE TRABAJO PARA EL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
|
|
- Elisa Gómez Toro
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 CONVENIO COLECTIVO GENERAL DE TRABAJO PARA EL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES PRÓLOGO Las partes reconocen que las relaciones de empleo descriptas se rigen por: m) La Ley Nº de protección integral a las mujeres, sus modificatorias y complementarias.- TÍTULO I DE LAS PARTES INTERVINIENTES Y ÁMBITO DE APLICACIÓN. ARTÍCULO 6 - Definiciones. Para simplificar la redacción y comprensión del presente, se establece que: a) La referencia a parte empleadora comprende al Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a el/la Fiscal General, el/la Defensor/a General y el/la Asesor/a General Tutelar. b) La referencia al Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluye siempre al Ministerio Público y excluye al Tribunal Superior de Justicia. c) Los/Las Funcionarios/as y empleados/as -detallados en el art. 8 del presente-, se los denomina indistintamente trabajadores/as. d) En todos los casos en que este convenio general de trabajo se refiera al/la "cónyuge", se entiende comprendida la persona con quien se encuentre unido/a civilmente, o en unión convivencial, o que convive en forma pública y permanente, otorgándole trato matrimonial, en los términos y con las exigencias de la ley. TÍTULO II DE LA RELACION DE EMPLEO Y DEMÁS DERECHOS LABORALES. Capítulo I DISPOSICIONES GENERALES. ARTÍCULO 8.- Denominaciones.- El presente convenio general de trabajo denomina: a) Magistrados/as: al/la Fiscal General, al/la Defensor/a General y al/la Asesor/a General Tutelar, a los/las Fiscales Generales Adjuntos/as, Defensores/as Generales Adjuntos/as, Asesores/as Tutelares Adjuntos/as y a los/las Jueces/zas, Fiscales, Defensores/as y Asesores/as Tutelares de Primera y Segunda Instancia; b) Funcionarios/as: a los/las Secretarios/as Judiciales, Directores/as Generales, Contadores/as Auditores, Subdirectores/as Generales, Secretarios/as Generales de Cámara, Secretarios/as Generales, Secretarios/as de Sala de Cámara, Secretarios/as Letrados/as, Secretarios/as de Fiscalía de Cámara, Secretarios/as de Defensoría de Cámara, Secretarios/as de Asesoría de Cámara, Directores/as, Jefes/as de Oficina del Ministerio Público, Prosecretarios/as Letrados/as de Cámara, Secretarios/as de 1 Instancia, Secretarios/as de Fiscalía, Secretarios/as de Defensoría, Secretarios/as de
2 Asesoría, Secretarios/as Coadyuvantes, Secretarios/as Administrativos/as, Prosecretarios/as Jefes/as, Prosecretarios/as Administrativos/as de Cámara, Prosecretarios/as Coadyuvantes de 1 Instancia, Jefes/as de Departamento, Prosecretarios/as Administrativos/as de 1 Instancia, 2 Jefes/as de Departamento. c) Empleados/as al restante personal. Capítulo II CONDICIONES DE INGRESO. DESIGNACIÓN Y PROMOCIÓN. REQUISITOS. ARTÍCULO 16.- Inhabilidades. No pueden ser designados/as trabajadores/as: g) Quienes se encuentren inscriptos/as en el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as, de conformidad con la Ley Nº ARTÍCULO Personas con discapacidad. Deberá garantizarse como mínimo, en todos los ámbitos, el cumplimiento de la cobertura del cupo del 5% (cinco por ciento) del personal de planta permanente de cada una de las áreas, con el ingreso de personas con discapacidad, según lo estipulado en el espíritu de la ley Para ello deben computarse por separado al Consejo de la Magistratura y a cada una de las ramas del Ministerio Público. Además, deben garantizarse los ajustes razonables (conforme la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad -aprobada por Ley ) en los puestos de trabajo, tareas y edificios a través de la implementación de apoyos y adaptaciones de manera tal que las personas con discapacidad puedan desempeñarse adecuadamente y según su primordial interés, siempre que ello fuera posible. También realizar el acompañamiento necesario por las oficinas de discapacidad del Consejo y el Ministerio Público, para una efectiva participación de las personas con discapacidad en la vida laboral y evitar cuestiones de discriminación y/o de desigualdad de oportunidades en la carrera judicial. Ello implica el efectivo cumplimiento del Registro de Trabajadores/as con Discapacidad según art 12 de ley Las regulaciones contenidas en este convenio general de trabajo, especialmente las referidas a jornada de trabajo y licencias, deben interpretarse de un modo amplio y flexible en los supuestos de aplicación a las personas con discapacidad, a los fines de garantizar los tratamientos, descansos o requerimientos que las mismas soliciten. Capítulo III RÉGIMEN JURÍDICO BÁSICO DE LOS/LAS TRABAJADORES/AS. ARTÍCULO 32.- Prohibiciones. Los/las trabajadores/as tienen prohibido: g) Desarrollar toda acción u omisión que suponga discriminación por razón de raza, religión, nacionalidad, opinión, sexo, orientación sexual, edad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social; TÍTULO III LICENCIAS
3 Capítulo III LICENCIAS EXTRAORDINARIAS ARTÍCULO 48.- Maternidad. En todos los supuestos que a continuación se prevén, las Magistradas, Funcionarias y Empleadas tienen derecho a licencia extraordinaria con percepción de haberes debiendo acreditar con suficiente antelación la fecha probable del alumbramiento mediante certificado médico. a) Parto normal y simple: 120 (ciento veinte) días corridos por parto, distribuidos, en 2 (dos) períodos, uno anterior, de 30 (treinta) días, y otro posterior al parto, de 90 (noventa) días corridos. Sin embargo, acreditando autorización médica, podrán solicitar la reducción del período previo, en cuyo caso se extenderá proporcionalmente el período posterior. Este criterio se aplicara también cuando el parto se adelante respecto de la fecha probable del mismo. b) Si el/la recién nacido/a debiera permanecer internado/a en el área de neonatología, el lapso previsto para el período de post-parto se extenderá por la cantidad de días que dure dicha internación. c) Nacimientos múltiples: 60 (sesenta) días corridos a partir del vencimiento de la licencia por maternidad estipulada en el punto I. La Magistrada, Funcionaria o Empleada tendrá derecho a la licencia posterior al parto en toda la extensión prevista en este artículo, aun cuando su hijo/a naciera sin vida, o falleciere a poco tiempo de nacer. d) Nacimiento de niña/o con discapacidad o alguna afección en la salud que requiera una mayor atención física o psicológica: 60 (sesenta) días corridos a partir del vencimiento de la licencia por maternidad estipulada en el punto a). e) Nacimiento prematuro: 120 (ciento veinte) días corridos, contados a partir del día hábil siguiente al alta hospitalaria del/la recién nacido/a. f) Interrupción del embarazo: luego del sexto mes de gestación o de fallecimiento del/la hijo/a después del parto, la madre gozará de una licencia de hasta 90 (noventa) días corridos, contados a partir del día hábil siguiente del alta hospitalaria. g) Excedencia: La trabajadora que usufructúe licencia en los términos del presente artículo o el/la trabajador/a que goce del beneficio previsto en el art. 50 de este convenio general de trabajo, podrá solicitar licencia extraordinaria por excedencia sin goce de haberes por un lapso mínimo de 30 (treinta) días ni mayor a 180 (ciento ochenta) días corridos, siempre y cuando el/la trabajador/a posea una antigüedad mayor a 6 (seis) meses en el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la solicitud sea formulada con antelación a la finalización de la licencia que se encuentre gozando. ARTÍCULO 49.- Paternidad o Co-Maternidad. El padre, o la madre no gestante, en todos los supuestos que a continuación se prevén, tiene derecho a licencia extraordinaria con percepción de haberes, debiendo acreditar con suficiente antelación la fecha probable de alumbramiento mediante certificado médico. a) Parto normal y simple: 60 (sesenta) días corridos desde la fecha de alumbramiento. b) Nacimientos múltiples: 90 (noventa) días corridos desde la fecha de alumbramiento. c) Nacimiento de niña/o con discapacidad o alguna afección en la salud que requiera una mayor atención física o psicológica: 90 (noventa) días corridos desde la fecha de alumbramiento.
4 d) Nacimiento prematuro: 60 (sesenta) días corridos, contados a partir del día hábil siguiente al alta hospitalaria del/la recién nacido/a. e) Interrupción del embarazo luego del sexto mes de gestación o de fallecimiento del/la hijo/a después del parto: 45 (cuarenta y cinco) días corridos, contados a partir del día hábil siguiente del alta hospitalaria de la madre gestante. ARTÍCULO 50.- Guarda y Adopción. El/la trabajador/a que inicie un proceso de adopción y/o de guarda con fines de adopción de un/a niño/a tiene derecho a usufructuar una licencia extraordinaria con percepción de haberes por 120 (ciento veinte) días corridos a partir de la fecha de inicio del proceso -en el caso de que se encuentre en custodia del/la niño/a- o de aquella en que le sea notificada la concesión de la guarda. El/la interesado/a deberá comunicar la configuración de cualquiera de dichas situaciones, en forma fehaciente y en el término de 48 (cuarenta y ocho) horas. En caso de que se trate de un grupo de hermanos/as o de adopción múltiple, el plazo de la licencia se incrementará en 60 (sesenta) días. Las licencias que aquí se regulan, serán de aplicación independientemente de la conformación familiar, sea co-maternal, co-paternal o heterosexual. ARTÍCULO 51.- Período de lactancia. La Magistrada, Funcionaria o Empleada tiene derecho, durante el período de lactancia, que se extiende durante 12 (doce) meses a partir del parto, a reducir en una hora y media la jornada diaria. Igual beneficio gozará el/la trabajador/a que recibiere en guarda o adopción un/a niño/a de hasta 12 (doce) meses de edad. ARTÍCULO 52.- Licencia por adaptación escolar de hijo/a. Los/las trabajadores/as tienen derecho a una reducción horaria de hasta 3 (tres) horas diarias durante 5 (cinco) días corridos con goce de haberes por adaptación escolar de hijo/a en los niveles de jardín maternal, preescolar y primer grado, siempre que el establecimiento se encuentre fuera del lugar de trabajo. Esta circunstancia deberá acreditarse mediante certificado emitido por la institución correspondiente. Si ambos padres fueran trabajadores/as del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la licencia sólo podrá ser utilizada por uno de ellos. ARTÍCULO 55.- Licencia especial para controles de prevención. El/la trabajador/a tiene derecho a una licencia especial con goce de haberes para la realización de exámenes de prevención del cáncer, según los siguientes criterios: a) Todas las mujeres, un día al año a fin de realizar el control ginecológico completo; y b) Los varones mayores de 45 (cuarenta y cinco) años, un día al año a fin de realizar el control del Antígeno Prostático Específico (PSA). ARTÍCULO 59.- Atención de familiar enfermo/a y de niño/a del cual se ejerza su representación legal. El/la trabajador/a tiene derecho a licencia extraordinaria con percepción de haberes para la atención de un miembro de su grupo familiar o del/la niño/a del cual ejerza su representación legal, que se encuentre enfermo/a o accidentado/a y requiera de su cuidado personal, de
5 hasta 20 (veinte) días laborales por año calendario en forma continua o discontinua, con percepción de haberes. Si fuere necesario prorrogar esta licencia, puede concedérsela por 60 (sesenta) días más, sin goce de haberes. En todos los casos deben acreditarse las circunstancias invocadas. En caso de haber un/una trabajador/a del mismo grupo familiar primario en relación de dependencia con el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sólo podrán hacer uso de esta licencia uno de los integrantes del mismo. Quedan comprendidos los/las trabajadores/as que tengan niños/as a cargo legalmente o enmarcados en la categoría en tránsito por estar inscriptos en equipos de guarda o tenencia temporaria de niños/as hasta su adopción definitiva. ARTÍCULO 60.- Hijos/as con discapacidad. El/la trabajador/a que tuviere un hijo/a o que recibiera en guarda con fines de adopción un/a niño/a u adolescente con discapacidad o enfermedad crónica grave tendrá derecho a 180 (ciento ochenta) días de licencia con goce de haberes desde la fecha de vencimiento de la/s licencia/s prevista/s para maternidad, paternidad y guarda y adopción. Además de la licencia prevista en el art. 59, el/la trabajador/a dispondrá de 10 (diez) días hábiles al año calendario para acompañar a su hijo/a en la realización de controles y/o tratamientos médicos indicados de acuerdo a su discapacidad o enfermedad crónica. ARTÍCULO 61.- Matrimonio. Unión civil. Unión Convivencial. El/la trabajador/a, tiene derecho a licencia extraordinaria con percepción de haberes por matrimonio, unión civil o unión convivencial, de 15 (quince) días laborables, contados a partir del día de la celebración del mismo, inclusive, debiendo acreditar la causal invocada dentro de los 10 (diez) días posteriores al término de la licencia. Capítulo IV JUSTIFICACIÓN DE INASISTENCIAS ARTÍCULO 69.- Justificación de Inasistencias. Los/Las trabajadores/as tienen derecho a la justificación de inasistencias, con percepción de haberes, por las causales y por el tiempo que para cada caso se establece a continuación: caso se establece a continuación: a) Casamiento / Unión Civil / Unión Convivencial de hijo/a: 2 (dos) días laborables; b) Por fallecimiento del/la cónyuge, hijos/as, padres o hermanos/as: 5 (cinco) días laborables. El/la cónyuge supérstite que tuviere hijos/as menores de edad, tiene adicionalmente derecho a 15 (quince) días corridos, con goce íntegro de haberes. En el caso de que el fallecimiento de la cónyuge, unida civilmente, en unión convivencial o pareja conviviente, fuere producto o causa sobreviniente de un parto y el/la hijo/a sobreviviera, el/la trabajador/a tiene derecho a una licencia análoga a los períodos establecidos en el art. 48 para el post-parto de la mujer; TÍTULO VI CONDICIONES ESPECIALES
6 Capítulo I DISPOSICIONES GENERALES. ARTÍCULO Subsidio mensual por jardines materno-paternales, o de educación inicial o preescolar. Los/as trabajadores/as con hijos/as de hasta seis (6) años que acudan a jardines maternopaternales, o en educación de nivel inicial o preescolar, percibirán un subsidio a los fines de cubrir el costo mensual del establecimiento, sea público o privado. Para gozar de este beneficio, el/la trabajador/a deberá solicitarlo con acreditación del recibo de pago de la institución a la que acude el menor, en la oficina de relaciones laborales pertinentes de la parte empleadora, de cada ámbito según corresponda. Para el caso de una institución pública, alcanzará para la acreditación el recibo extendido por la cooperadora. Este subsidio se paga a uno/a solo/a de los/as padres/madres/tutores/guardadores en el caso que ambos sean trabajadores/as del Poder Judicial de la Ciudad. ARTÍCULO Fallecimiento del/la trabajador/a. En caso de muerte del/la trabajador/a en actividad que hubiese tenido la condición de padre/madre de familia, el viudo o viuda, conviviente o uno de los hijos/as que hubiesen estado a su cargo, podrá optar por ingresar a la planta de trabajadores del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siempre que reúnan las condiciones de trabajo establecidas para el ingreso del personal en el convenio general de trabajo Interno, y siempre que exista una vacante en la escala inicial, respetando la carrera judicial. ARTÍCULO Lactarios. La Parte Empleadora dispondrá, en los edificios en los cuales trabajen 100 (cien) o más trabajadores/as, de un espacio adecuado y digno para que las mujeres en período de lactancia puedan extraer su leche materna, y se asegure su adecuada conservación durante el horario de trabajo. TÍTULO VII COMISIÓN PERMANENTE DE INTERPRETACIÓN Y RELACIONES LABORALES ARTÍCULO Créase la Comisión Permanente de Interpretación y Relaciones Laborales integrada por ocho (8) miembros titulares y cuatro (4) suplentes. De los integrantes miembros titulares, cuatro (4) serán representantes de la parte empleadora y cuatro (4) lo serán de la parte sindical -dos de cada sindicato-. De los suplentes, dos (2) serán en representación de la parte empleadora y dos (2) de la parte sindical -uno de cada sindicato-. La representación sindical debe cumplir con el cupo femenino establecido por la Ley Nº Los miembros de la Comisión podrán ser relevados de sus funciones cuando así lo estimen necesario las respectivas partes, total o parcialmente. La Comisión podrá dictar un convenio general de trabajo interno para su mejor funcionamiento, donde podrán determinar subcomisiones según los temas de su competencia.-
LEY N MODIFICACIONES AL RÉGIMEN DE LICENCIAS PREVISTAS EN LA LEY DE CONTRATO DE TRABAJO TEMA Y RÉGIMEN ACTUAL
MODIFICACIONES AL DE LICENCIAS PREVISTAS EN LA LEY DE CONTRATO DE TRABAJO LEY N 20.744 Este documento presenta los resultados de un relevamiento de casi medio centenar de proyectos con estado parlamentario,
Más detallesMATERNIDAD Y NACIMIENTO DE HIJO
MATERNIDAD Y NACIMIENTO DE HIJO Establecía una Licencia Remunerada 150 días (art. 13 Ord. 052/11 CS) Establecía una Licencia Remunerada 90 días (art. 14 Decreto 5703/93 MGJE) a favor de la madre biológica)
Más detallesLicencias, Justificaciones y Franquicias
Licencias, Justificaciones y Franquicias para Docentes de las Instituciones Universitarias Nacionales Según Decreto Nacional 1246/2015 Convenio Colectivo de Trabajo CAPITULO VII Licencias, Justificaciones
Más detallesVacaciones (Art. 50 EBEP, Instrucción 4/2012 y Acuerdo de 21/6/2016) Permiso por parto (Art. 49.a) EBEP, Instrucción 4/2012 y Acuerdo 9/7/2013)
Vacaciones (Art. 50 EBEP, Instrucción 4/2012 y Acuerdo de 21/6/2016) Permiso por parto (Art. 49.a) EBEP, VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS DE LOS FUNCIONARIOS DE LA AGJA 22 días hábiles por año completo
Más detallesLACTARIOS INSTITUCIONALES COMO UNO DE LOS MECANISMOS DE CONCILIACIÓN ENTRE EL TRABAJO Y LA VIDA FAMILIAR
LACTARIOS INSTITUCIONALES COMO UNO DE LOS MECANISMOS DE CONCILIACIÓN ENTRE EL TRABAJO Y LA VIDA FAMILIAR Dra. Teresa Hernandez Cajo DIRETORA GENERAL DE LA FAMILIA Y LA COMUNIDAD PRESIDENTA DE LA COMISIÓN
Más detallesLICENCIAS, PERMISOS, EXCEDENCIAS Y REDUCCIONES DE JORNADAS
Actualizado a septiembre de 2009 LICENCIAS, PERMISOS, EXCEDENCIAS Y REDUCCIONES DE JORNADAS LICENCIAS RETRIBUIDAS D. F. 11/2009 de 9 DE FEBRERO BON 24 Exámenes finales y pruebas El tiempo necesario de
Más detallesCuaderno de Igualdad II
Volumen 1, nº 2 Cuaderno de Igualdad II Ya soy madre, Qué permisos tengo? Maternidad/ paternidad Maternidad: 16 semanas interrumpidas. Si el parto es múltiple se añadirán dos semanas más por cada hijo
Más detallesUnidad 5 NORMAS DE LICENCIAS
Unidad 5 NORMAS DE LICENCIAS LA LICENCIA ORDINARIA FORMA DE LIQUIDACIÓN CÁLCULO DE VACACIONES LICENCIAS ESPECIALES FERIADOS Y DÍAS NO LABORABLES LICENCIA POR MATERNIDAD ACCIDENTES Y ENFERMEDADES 1 Tema
Más detallesPermisos Funcionarios C. y L.
SS~cyl ndependientes Sanidad C. y L. Permisos Funcionarios C. y L. Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León: (Modificaciones Ley 9/2012, Bocyl del 28/12/2012) «Artículo 59. Permisos
Más detallesVACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS DE LOS FUNCIONARIOS DE LA AGJA
VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS DE LOS FUNCIONARIOS DE LA AGJA Vacaciones (Art. 50 EBEP e Permiso por parto (Art. 49.a) EBEP, Instrucción 4/2012 y Acuerdo 9/7/2013) Por nacimiento de hijo prematuro o
Más detalles15 días naturales previos al disfrute (artículo 2.5) Permiso asuntos particulares 5 días hábiles previos al disfrute. VACACIONES (artículo 3)
Resumen de los permisos, licencias más habituales según Resolución de 11 de agosto de 2008, de la Dirección General de Administración de Justicia, por la que se regula el régimen de vacaciones, permisos,
Más detallesCentros de Asistencia y Educación Infantil
Centros de Asistencia y Educación Infantil XI CONVENIO EDUCACIÓN INFANTIL Permisos MOTIVOS ARTÍCULOS DOCUMENTACIÓN DURACIÓN OBSERVACIONES Matrimonio Pareja de hecho Nacimiento de hijo/a, o por el fallecimiento,
Más detallesNUEVA PROPUESTA DE PERMISOS Y LICENCIAS QUE HACE EL SINDICATO ANPE-Madrid PARA EL PROFESORADO DE RELIGIÓN. Reunión día 24 de febrero 2009
NUEVA PROPUESTA DE PERMISOS Y LICENCIAS QUE HACE EL SINDICATO ANPE-Madrid PARA EL PROFESORADO DE RELIGIÓN. Reunión día 24 de febrero 2009 Capítulo 4 Licencias, vacaciones y permisos Artículo 11 Licencias,
Más detallesSe concederán permisos retribuidos por las siguientes causas justificadas:
PERMISOS RETRIBUIDOS Se concederán permisos retribuidos por las siguientes causas justificadas: Por el nacimiento/adopción de un/a hij@ y la muerte o enfermedad grave de un familiar hasta el segundo grado
Más detallesAUSENCIAS, PERMISOS Y LICENCIAS DEL PROFESORADO
1. AUSENCIAS 1.1. Visita médica. - Con documento médico, con nombre del paciente, hora de la consulta, y en su caso, la necesidad de no asistir a su trabajo en un periodo de uno a tres días. - Como acompañante:
Más detallesLa ley de Igualdad amplia el permiso por maternidad?
Novedades de la Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres Maternidad Trabajadoras y trabajadores La ley de Igualdad amplia el permiso por maternidad? Se amplia en dos semanas más el permiso por
Más detallesEQUIPO DE RECURSOS HUMANOS
EQUIPO DE RECURSOS HUMANOS 2 BIENESTAR DE PERSONAL 3 INSCRIPCIONES EN ESSALUD HIJOS MENOR. 18 HIJOS MAY. 18 DISCAPACITADOS ESPOSO(A) CONCUBINA(O) MADRE GESTANTE 4 PRESTACIONES ECONÓMICAS SUBSIDIO POR INCAPACIDAD
Más detallesPrevia renuncia del padre biológico, este permiso podrá disfrutarlo el cónyuge o pareja de hecho de la madre.
INSTRUCCIÓN INFORMATIVA DE LA VICERRECTORA DE PROFESORADO SOBRE LA AMPLIACIÓN DE DETERMINADOS PERMISOS DEL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ En cumplimiento del compromiso
Más detallesAcaip CRITERIO DE FUNCIÓN PÚBLICA. ACAIP. APARTADO DE CORREOS 7227, MADRID. Tlf.: Fax:
CRITERIO DE FUNCIÓN PÚBLICA Los funcionarios públicos, que se encuentran en situación de PAREJAS DE HECHO, tienen derecho a la aplicación de los permisos recogidos en el EBEP Arts. 48 y 49 del Estatuto
Más detallesRES. PRES. Nº 1259 ANEXO I CONVENIO COLECTIVO GENERAL DE TRABAJO PARA EL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
N 4769-20/11/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N 251 $1(;2 5(62/8&,Ï1 '( 35(6,'(1&,$ 1 &0 RES. PRES. Nº 1259 /2015 ANEXO I CONVENIO COLECTIVO GENERAL DE TRABAJO PARA EL PODER
Más detallesPERMISOS Y LICENCIAS
PERMISOS Y LICENCIAS Tras las recientes modificaciones legislativas provocadas por la entrada en vigor de diversas normas tales como: la ley de igualdad, estatuto básico del empleado público etc., se ha
Más detallesVII CONVENIO COLECTIVO DE ENSEÑANZA Y FORMACIÓN NO REGLADA
VII CONVENIO COLECTIVO DE ENSEÑANZA Y FORMACIÓN NO REGLADA 2010-2013 Artículo 20º.- Conciliación de la vida familiar y laboral: maternidad, paternidad y adopción. 1) Los trabajadores tendrán derecho a
Más detallesPERMISOS Y LICENCIAS/TIPOS Y DURACION. PROFESORES FUNCIONARIOS
PERMISOS Y LICENCIAS/TIPOS Y DURACION. PROFESORES FUNCIONARIOS Por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del 1º grado de consanguinidad o afinidad. 3 días hábiles si produce
Más detallesGuía de Maternidad y Paternidad
Guía de Maternidad y Paternidad Embarazo Maternidad Biológica Ausencia remunerada para realizar exámenes médicos, previo aviso y justificación de hacerse en horario laboral 16 semanas de permiso de maternidad
Más detallesUnidad 7 EL RÉGIMEN DE ASIGNACIONES FAMILIARES
Unidad 7 EL RÉGIMEN DE ASIGNACIONES FAMILIARES CONCEPTO DE ASIGNACIONES FORMAS DE PAGO ASIGNACIONES MENSUALES ASIGNACIONES PERIÓDICAS ASIGNACIONES DE PAGO ÚNICO CASO PRÁCTICO 1 Tema 1 - CONCEPTO DE ASIGNACIONES
Más detallesSU APLICACIÓN SERÁ PARA TODO EL PERSONAL DE TODAS LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
MODIFICACIONES DE LA LEY SOBRE PERMISOS PERSONAL FUNCIONARIO ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO LA LEY ORGÁNICA 3/2007, PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES, INTRODUCE UNA MODIFICACIÓN EN LA LEY
Más detallesESCUELA SINDICAL U. DE CHILE
ESCUELA SINDICAL U. DE CHILE CLASE LA PROTECCION DE LA MATERNIDAD Y PATERNIDAD PROFESORA: M. CRISTINA GAJARDO HARBOE Versión 2011 Curso de Formación Sindical Facultad de Derecho U. de Chile 1 CONTENIDOS
Más detallesPROYECTO DE LEY EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY
PROVINCIA DE BUENOS AIRES HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS La Plata, 8 de agosto de 2014.- D- 2272-14/15 PROYECTO DE LEY EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA
Más detallesCONCEPTO DOCTRINARIO DE FUNCIONARIO PUBLICO
CONCEPTO DOCTRINARIO DE FUNCIONARIO PUBLICO Sayagués considera funcionario público a todo individuo que ejerce funciones públicas en una entidad estatal, incorporado mediante designación u otro procedimiento
Más detallesPERMISOS PERSONAL CUERPOS DOCENTES UNIVERSITARIOS UNIVERSIDAD DE JAÉN
PERMISOS PERSONAL CUERPOS DOCENTES UNIVERSITARIOS UNIVERSIDAD DE JAÉN SITUACIÓN DURACIÓN OBSERVACIONES Por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del primer grado de consanguinidad
Más detallesMODIFICACIONES INTRODUCIDAS EN EL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES NOVEDADES Y ARTÍCULO
MODIFICACIONES INTRODUCIDAS EN EL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES NOVEDADES Y ARTÍCULO JORNADA: adaptación de la jornada laboral (art. 34.8 ) PERMISOS RRIBUIDOS: art. 37.3 LACTANCIA: art. 37.4 REDUCCIÓN DE
Más detallesPOSTNATAL: AVANCE O RETROCESO?
POSTNATAL: AVANCE O? FUERO MATERNAL PROYECTO POSTNATAL 2011 Art 201 Durante el período de embarazo y hasta un año después del nacimiento del niño la trabajadora gozará de fuero laboral. LEY ACTUAL (Título
Más detallesPERMISOS DEL PROFESORADO LABORAL DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN
PERMISOS DEL PROFESORADO LABORAL DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN SITUACIÓN DURACIÓN OBSERVACIONES Por matrimonio o inscripción como pareja de hecho en el correspondiente Registro Oficial (I Convenio Colectivo
Más detallesProyecto de Ley: Extensión del Postnatal
www.pwc.cl Proyecto de Ley: Extensión del Postnatal 29 de septiembre 2011 Concepción Michel Laurie Cerda Servicios Laborales Contenidos 1. Síntesis de antecedentes del Proyecto de Ley. 2. Análisis y Comentario
Más detallesDerechos en salud sexual y salud reproductiva
Derechos en salud sexual y salud reproductiva Desde el año 2011 todos los prestadores de salud que integran el Sistema Nacional Integrado de Salud deberán contar con servicios de salud sexual y reproductiva
Más detallesINSTRUCTIVO PARA LA GESTIÓN DE PERMISOS Y VACACIONES. IT-ADM-th-101
PÁGINA: 1 de 6 1. OBJETIVO Establecer las actividades que deberá realizar el Talento Humano de COCASINCLAIR EP para solicitar vacaciones, permisos, licencias, días de compensación, de conformidad a la
Más detallesCALENDARIO LABORAL DE LA UNIVERSIDAD DE MURCIA AÑO 2018.
CALENDARIO LABORAL DE LA UNIVERSIDAD DE MURCIA AÑO 2018. 1.- Días no laborables. 22 días de vacaciones anuales 104 días de sábados y domingos 13 días festivos nacionales y regionales: 1 de enero Año nuevo
Más detallesSANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 29 ENE 2009
MODIFICA EL ANEXO DEL DECRETO N 4597/83 REGLAMENTO DE LICENCIAS, JUSTIFICACIONES, FRANQUICIAS Y EXAMEN DE APTITUD PSICOFISICA PARA EL PERSONAL DOCENTE Y AUXILIAR DOCENTE DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE EDUCACION
Más detallesCUADRO COMPARATIVO DE DERECHOS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS ANTES Y DESPUÉS DE LA LEY DE IGUALDAD
CUADRO COMPARATIVO DE DERECHOS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS ANTES Y DESPUÉS DE LA LEY DE SITUACIÓN PROTEGIDA: MATERNIDAD DURACIÓN DEL PERMISO Y CUANTÍA DE LA PRESTACIÓN Disfrute por
Más detallesNuevo Régimen Especial De Contrato De Trabajo Para El Personal De Casas Particulares (Ley ) (Ex Servicio Domestico)
Buenos Aires, 31 de Mayo de 2013 Nº 27 Nuevo Régimen Especial De Contrato De Trabajo Para El Personal De Casas Particulares (Ley 26.844) (Ex Servicio Domestico) Resumen Práctico Vigencia: 21/04/13 Tiempo:
Más detallesManual de permisos y licencias. Personal funcionario docente en centros públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid.
Permiso por paternidad RH 30.14 1/6 RH 30.14 Permiso por paternidad RH 30.14.1 Hecho causante El nacimiento, acogimiento, adopción o tutela de un hijo, incluso en caso de muerte del recién nacido o de
Más detallesPrevia renuncia del padre biológico, este permiso podrá disfrutarlo el cónyuge o pareja de hecho de la madre.
INSTRUCCIÓN INFORMATIVA DE LA VICERRECTORA DE PROFESORADO SOBRE LA AMPLIACIÓN DE DETERMINADOS PERMISOS DEL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ En cumplimiento del compromiso
Más detallesVACACIONES, LICENCIAS Y PERMISOS
VACACIONES, LICENCIAS Y PERMISOS CAPILO II (Vacaciones, Licencias y Permisos) Sección 1ª. Ámbito de aplicación. Art. 8º. Las normas contenidas en el presente Capítulo se aplicarán exclusivamente al personal
Más detallesSITUACIÓN PROTEGIDA: MATERNIDAD ANTES DE LA APROBACIÓN DE LA LEY DE IGUALDAD
DERECHO DEL TRABAJADOR O DURACIÓN DEL PERMISO Y CUANTÍA DE LA PRESTACIÓN SITUACIÓN PROTEGIDA: MATERNIDAD 16 semanas de permiso o 18 por parto múltiple por cada hijo a partir del segundo. Cuantía equivalente
Más detallesPERMISOS RETRIBUIDOS
PERMISOS RETRIBUIDOS Este cuadro es orientativo, para hacer efectivo cualquier permiso aquí expuesto únicamente vale el Convenio Colectivo vigente en cada momento de BSH E-E para las plantas de Montañana
Más detallesEstatuto Básico del Empleado Público Régimen de permisos
Estatuto Básico del Empleado Público Régimen de permisos Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Más detallesLEY DE IGUALDAD EFECTIVA ENTRE HOMBRES Y MUJERES
LEY DE IGUALDAD EFECTIVA ENTRE HOMBRES Y MUJERES Su objeto es hacer efectivo el principio de igualdad de trato y la eliminación de toda discriminación contra la mujer. Contempla un conjunto de medidas
Más detallesPREÁMBULO 1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN
ACUERDO SOBRE CONDICIONES LABORALES, PRESTACIONES SOCIALES Y RÉGIMEN DE LICENCIAS Y PERMISOS PARA EL PROFESORADO DE RELIGIÓN Y MORAL CATÓLICA Y OTRO PERSONAL DOCENTE NO SUJETO NI A CONVENIO COLECTIVO NI
Más detallesNueva Ley de Postnatal. 06 octubre 2011
Nueva Ley de Postnatal 06 octubre 2011 A quién se busca proteger A la futura madre Al niño o niña que está por nacer El cuidado del hijo o hija ya nacido Permisos ligados al nacimiento Prenatal: periodo
Más detallesDERECHOS DE PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD
DERECHOS DE PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD La ley protege a la maternidad otorgando derechos a la mujer embarazada, los cuales se extienden hasta después del nacimiento del hijo/a. La ley concede derechos
Más detallesLINEAMIENTOS DE PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES TSE COSTA RICA
TSE COSTA RICA Aprobado en Sesión Ordinaria del Tribunal Supremo de Elecciones n. 81-2016 del 01 de setiembre de 2016. Comunicado mediante circular n. STSE-0034-2016 de 01 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO:
Más detalles/ /
- PERMISOS Y LICENCIAS - (extracto de los arts. 48 y 49 de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público, del Convenio del Ayto, del Decreto 175/06 del Consell y del Plan Concilia)
Más detallesREGIMEN DE LICENCIAS, JUSTIFICACIONES Y FRANQUICIAS PARA DOCENTES (TUCUMAN)
REGIMEN DE LICENCIAS, JUSTIFICACIONES Y FRANQUICIAS PARA DOCENTES (TUCUMAN) ARTICULOS Y CAPITULOS/AÑO 2014 Dcto N 505/1 del 26-3-96 (BO del 12-4-96) (106) CAPITULO I: LICENCIA Art. 1º. - Ambito de aplicación:
Más detallesLINEAMIENTOS DE PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Aprobado en Sesión Ordinaria del Tribunal Supremo de Elecciones n. 81-2016 del 01 de setiembre de 2016. Comunicado mediante circular n. STSE-0034-2016 de 1 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: 1. Que la
Más detallesEl artículo 48 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, prevé en su apartado f):
El artículo 48 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, prevé en su apartado f): Por lactancia de un hijo menor de doce meses tendrá derecho a una hora de ausencia del
Más detallesArtículo 2. Modificación de los artículos 3 y 6 del Decreto Legislativo Artículo 3. Definción del Contrato Administrativo de Servicios
Ley 29849 Ley 29849 Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057 y otorga derechos laborales (Publicado el viernes 06 de abril del 2012) Publicado : 06/04/2012
Más detallesGUIA PRACTICA DE PERMISOS, VACACIONES Y LICENCIAS. PARA EL PERSONAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
GUIA PRACTICA DE PERMISOS, VACACIONES Y LICENCIAS. PARA EL PERSONAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA ADAPTADA AL PLAN CONCILIA, EL ESTATUTO BASICO DEL EMPLEADO PUBLICO Y LA LEY DE IGUALDAD. VACACIONES 31
Más detallesDerechos de conciliación
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres Derechos de conciliación Secretaría de Acción Sindical y Relaciones Internacionales 1. maternidad Duración del permiso:
Más detallesANEXO I DE LA RESOLUCIÓN DG Nº 97/09 REGLAMENTO DE BECAS PARA EMPLEADOS/AS, FUNCIONARIOS/AS Y MAGISTRADOS/AS DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA
ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN DG Nº 97/09 REGLAMENTO DE BECAS PARA EMPLEADOS/AS, FUNCIONARIOS/AS Y MAGISTRADOS/AS DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA CAPÍTULO I: ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 1 : El presente
Más detallesEl trabajador debe solicitar el permiso por nacimiento y el empleador debe concederlo sin condicionar tal solicitud.
PERMISOS LABORALES ESPECIALES. Permiso paternal. El inciso 2º del Art. 195 del Código del Trabajo señala: El padre tendrá derecho a un permiso pagado de cinco días en caso de nacimiento de un hijo, el
Más detallesACUERDO SOBRE MEDIDAS DE CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL
ACUERDO SOBRE MEDIDAS DE CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL En la ciudad de Sevilla, reunidas las Universidades Públicas de Andalucía y las organizaciones sindicales de este ámbito, F.E.,
Más detallesTRABAJO EN MÚTUA, CUÁNTOS DÍAS TENGO DE VACACIONES Y PERMISOS RETRIBUIDOS?
TRABAJO EN MÚTUA, CUÁNTOS DÍAS TENGO DE VACACIONES Y PERMISOS RETRIBUIDOS? Vacaciones Período vacacional (lo solicita el propio trabajador): 1) Primer período: (Art. 36) Entre junio y septiembre. Supone
Más detallesOFICIALÍA MAYOR LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS CON GOCE DE SUELDO POR PATERNIDAD Y ADOPCIÓN, COMO MEDIDAS COMPLEMENTARIAS
OFICIALÍA MAYOR LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS CON GOCE DE SUELDO POR PATERNIDAD Y ADOPCIÓN, COMO MEDIDAS COMPLEMENTARIAS DE SEGURIDAD SOCIAL EN BENEFICIO DEL PERSONAL DE LA PROCURADURÍA
Más detallesAfecciones comunes, intervenciones quirúrgicas. Enfermedad contagiosa Hasta que se determine el estado de salud del Docente.
PRIMERO: MOTIVO DE SALUD PRIMERO ENFERMEDAD DEL TRABAJADOR DE LA EDUCACIÓN SEGUNDO: ACCIDENTE DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES 1º 2º Afecciones comunes, intervenciones quirúrgicas menores y accidentes
Más detallesLicencias Docentes Otorgadas por el Director del Establecimiento
Régimen de Licencias para Docentes Licencias Docentes Otorgadas por el Director del Establecimiento Nota: La documentación de respaldo de estas licencias debe quedar en el Establecimiento en el Legajo
Más detallesA. LEY 8-90 B. SALARIO MINIMO Y BENEFICIOS MARGINALES
ASPECTOS LABORALES EN ZONAS FRANCAS A. LEY 8-90 La Ley 8-90 que regula y fomenta el establecimiento de empresas y parques de zonas francas, establece en el capítulo 10 y sus artículos, entre otros, los
Más detallesEXAMEN PERMISOS CONVENIO CENTRO DE ESTUDIOS RIVAS & MÉNGAR
1-EN UN SUPUESTO DE PARTO LA SUSPENSIÓN DEL CONTRATO CON RESERVA DEL PUESTO DE TRABAJO TENDRÁ UNA DURACIÓN DE A.-12 SEMANAS B.-16 SEMANAS C.-17 SEMANAS D.-16 SEMANAS Y DOS MÁS POR CADA HIJO A PARTIR DEL
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
DECRETO FORAL /2016,, por el que se modifica el Decreto Foral la jornada del personal funcionario de las Administraciones Públicas EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El artículo 59.3 del Texto Refundido del Estatuto
Más detallesCon desplazamiento. 4 días. Ampliable por parto múltiple: 2 días más por cada hijo a partir del segundo
PERMISOS, REDUCCIONES Y EXCEDENCIAS DEL PERSONAL LABORAL PÚBLICO Nota 1: en cuanto al personal laboral público dice el art. 51 EBEP que el personal laboral público en cuanto a jornada de trabajo, permisos
Más detallesPERMISO POSTNATAL PARENTAL. Nueva regulación introducida por la Ley N y normas administrativas
PERMISO POSTNATAL PARENTAL Nueva regulación introducida por la Ley N 20.545 y normas administrativas 1 TEMARIO Nueva Normativa Extensión del Postnatal Postnatal Parental Extensión de cobertura Régimen
Más detallesPermiso por adopción o acogimiento
Permiso por adopción o acogimiento RH 31.11 1/7 RH 31.11 Permiso por adopción o acogimiento RH 31.11.1 Hecho causante Que el funcionario efectúe una de las siguientes acciones en los términos del Código
Más detallesPOLÍTICA DE VACACIONES Y OTRAS LICENCIAS POLITICA DE VACACIONES Y OTRAS LICENCIAS. Régimen general - LCT
POLÍTICA DE VACACIONES Y OTRAS LICENCIAS Emisión: Octubre 2012 Área Responsable: Recursos Humanos POLITICA DE VACACIONES Y OTRAS LICENCIAS Régimen general - LCT Artículo 150: Licencia ordinaria. - El trabajador
Más detallesTIEMPO DE TRABAJO LABORAL
TIEMPO DE TRABAJO 1 TIEMPO DE TRABAJO Jornada Horas extraordinarias Trabajo nocturno, trabajo a turnos y ritmo de trabajo Descanso semanal, fiestas y permisos Vacaciones anuales 2 JORNADA 3 JORNADA JORNADA:
Más detallesPermisos retribuidos
Permisos retribuidos Propio 15 días [Art.37.3.a_ET] [Art.22.a_TIC] Matrimonio De hijos, hermanos o progenitores (provincia no limítrofe 1 ) 1 día (3 días) Realización de exámenes prenatales Ser madre o
Más detallesDESCANSO POSTNATAL PARENTAL
DESCANSO POSTNATAL PARENTAL Ley Nº 20.545 Modifica normas sobre Protección a la maternidad e incorpora el permiso postnatal parental 1.- PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD ANTES DEL 17 DE OCTUBRE DE 2011 DERECHOS
Más detallesArtículo 37. Jornada.
CAPÍTULO VII. JORNADA Y HORARIOS. CAPÍTULO VII. JORNADA Y HORARIOS. Artículo 37. Jornada. 1. La duración máxima de la jornada general de trabajo será de treinta y siete horas y media semanales de trabajo
Más detallesCÓDIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA
CÁMARA DE SENADORES SECRETARíA DIRECCiÓN GENERAL XL Vlla Legislatura Cuarto Período ", COMISION DE POBLACION, DESARROLLO E INCLUSION Carpetas: 1291/2013 Distribuido: 2294/2013 14 de agosto de 2013 CÓDIGO
Más detallesArt 336 Descansos pre y post natal
Valencia, 12 de Enero de 2.016 Permisos Establecidos en la Ley Orgánica del Trabajo Vigente que aplican a esta Institución. Art 336 Descansos pre y post natal La trabajadora en estado de gravidez tendrá
Más detallesEjecutivos de Administración y de Asuntos Jurídicos debían emitir Lineamientos que rijan el acceso al apoyo económico antes mencionado;
LINEAMIENTOS DEL DOCE DE ABRIL DE DOS MIL SIETE, RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO PARA QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE ESTE ALTO TRIBUNAL RECIBAN EL APOYO PARA EL PAGO DE LA PRESTACIÓN DE CENTROS DE DESARROLLO
Más detallesDe conformidad con lo establecido en el artículo 104 de la Constitución Política del Perú;
DECRETO LEGISLATIVO 1057 DECRETO LEGISLATIVO QUE REGULA EL RÉGIMEN ESPECIAL DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS Modificado por la Ley 29849: Ley que establece la eliminación progresiva el Régimen
Más detallesGACETILLA INFORMATIVA III DICIEMBRE 2013 RÉGIMEN DE LICENCIAS
RÉGIMEN DE LICENCIAS SOBRE EL RÉGIMEN DE LICENCIAS En la presente gacetilla se destacan los puntos principales del Régimen de Licencias vigente (Ordenanza 612 de julio/2003) y se indican, a su vez, las
Más detallesSUBDIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN Y ASISTENCIA JURÍDICA
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN Y ASISTENCIA JURÍDICA Consulta: 29/2016 Fecha: 29 de diciembre de 2016 Materia: Subsidio por maternidad. Hijos nacidos por gestación por sustitución con arreglo a la
Más detallesNúm. 569 X LEGISLATURA 3 de noviembre de 2017 SUMARIO RÉGIMEN INTERIOR
B O P A BOLETÍN OFICIAL BOLETÍN OFICIAL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA SUMARIO RÉGIMEN INTERIOR PERSONAL Y ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA 10-17/AEA-000141, Acuerdo de la Mesa del Parlamento, de 25 de octubre de
Más detallesPORTAL DE SERVICIOS: APLICACIÓN DE VACACIONES, PERMISOS Y AUSENCIAS PARA EL PAS DE LA UPCT
Adaptación jornada tras tratamiento radio o quimioterapia PORTAL DE SERVICIOS: APLICACIÓN DE VACACIONES, PERMISOS Y AUSENCIAS PARA EL PAS DE LA UPCT AUSENCIA PLAZO Y LIMITE BREVE DESCRIPCIÓN QUIÉN AUTORIZA?
Más detallesMinisterio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Comisión Conjunta de Administración
REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES CONFORME ART. 24 INC. 1 LEY 1903 INDICE TÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES... 2 TÍTULO II - REQUISITOS Y CONDICIONES
Más detallesPROTOCOLO DE ACCIÓN Y RETENCIÓN FRENTE A EMBARAZOS, MATERNIDAD Y PATERNIDAD
PROTOCOLO DE ACCIÓN Y RETENCIÓN FRENTE A EMBARAZOS, MATERNIDAD Y PATERNIDAD I.- FUNDAMENTACIÓN En Chile, nacen cada año alrededor de 40.355 recién nacidos cuyas madres tienen entre 15 y 19 años. A esta
Más detallesCaracterísticas del permiso postnatal parental (PPP):
Características del permiso postnatal parental (PPP): Derecho irrenunciable Duración: 12 semanas (3 meses) adicionales al postnatal con subsidio de tope 66 UF ($1.452.000 aprox.). 18 semanas adicionales
Más detalles~ ~I, ~ 21n~.., ,LEY-No. ~ 1822 ~ ~I L. IV ~
~ ~I, ~ 21n~..,,LEY-No. ~ 1822 ~ ~I L. IV ~ "POR MEDIO DE la CUAL SE INCENTIVA la ADECUADA ATENCiÓN Y CUIDADO DE la PRIMERA INFANCIA, SE MODIFICAN los ARTíCULOS 236 Y 239 DEL CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO
Más detallesBASES DE LA CONVOCATORIA PARA EL PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL LAS PAJARITAS DEL AYUNTAMIENTO DE HUESCA, CURSO 2016/2017
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA EL PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL LAS PAJARITAS DEL AYUNTAMIENTO DE HUESCA, CURSO 2016/2017 Artículo 1. Convocatoria Se abre el periodo de de inscripción para el primer
Más detallesARIEL NICOLIELLO CURSO DE DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL CAPÍTULO IX SUBSIDIOS POR MATERNIDAD, PATERNIDAD, ADOPCIÓN Y CUIDADOS
CAPÍTULO IX SUBSIDIOS POR MATERNIDAD, PATERNIDAD, ADOPCIÓN Y CUIDADOS IX.1. Subsidio por maternidad. La gravidez y la maternidad suponen gastos suplementarios que se generan por los cuidados de salud que
Más detallesRESUMEN DE LAS NOVEDADES Y OBLIGACIONES LEGALES MÁS IMPORTANTES PARA EL AÑO PARTE II ASUNTOS LABORALES
RESUMEN DE LAS NOVEDADES Y OBLIGACIONES LEGALES MÁS IMPORTANTES PARA EL AÑO 2.017 PARTE II ASUNTOS LABORALES 17 RESUMEN DE LAS NOVEDADES Y OBLIGACIONES LEGALES MÁS IMPORTANTES PARA EL AÑO 2.017 (PARTE
Más detallesTrámites y derechos de familias que han perdido a un/a hijo/a recién nacido/a. Cuánto dura el descanso prenatal y postnatal?
Trámites y derechos de familias que han perdido a un/a hijo/a recién nacido/a Aquí les dejamos algunas preguntas y respuestas a muchas dudas que se presentan en este proceso. La información general está
Más detallesMESA DE FUNCIÓN PÚBLICA
MESA DE FUNCIÓN PÚBLICA 20-4-2006 En la Mesa de Función Pública de hoy día 20 de abril de 2006 se han aprobado dos acuerdos importantes para todos los empleados públicos de la Administración de la Comunidad
Más detallesDINAMICA DE LA JUBILACION PARCIAL DEL PERSONAL ESTATUTARIO
DINAMICA DE LA JUBILACION PARCIAL DEL PERSONAL ESTATUTARIO 1. ANTECEDENTES. El artículo 166 de la Ley General de la Seguridad Social establece que los trabajadores que reúnan las condiciones exigidas para
Más detallesLA LEY 39/1999 SOBRE CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL EN LAS EMPRESAS DEL SECTOR DE LA LIMPIEZA EN ASTURIAS: REGULACIÓN Y OBJETIVOS
LA LEY 39/1999 SOBRE CONCILIACIÓN LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL EN LAS EMPRESAS L SECTOR LA LIMPIEZA EN ASTURIAS: REGULACIÓN Y OBJETIVOS La conciliación de la vida familiar y laboral en las empresas del sector
Más detallesMEDIDAS DE CONCILIACIÓN
PROCEDIMIENTO para la tramitación de solicitudes de permisos, licencias y vacaciones, recogidas en el Calendario Laboral del Personal de Administración y Servicios de la Universidad Miguel Hernández de
Más detallesCONTRATO DE INTERINIDAD
CONTRATO DE INTERINIDAD Este contrato tiene como objetivo sustituir a un trabajador con derecho a reserva de puesto de trabajo, en virtud de norma, convenio colectivo o acuerdo individual, o para cubrir
Más detallesLicencias, justificaciones y franquicias. Licencias. Licencia anual ordinaria
UNIVERSIDADES NACIONALES Decreto 366/2006 Licencias, justificaciones y franquicias Licencias. Licencia anual ordinaria Art. 79º: El trabajador gozará de un período mínimo y continuado de descanso anual
Más detallesCSIF INFORMA: EXCEDENCIAS Y PERMISOS SIN EMPLEO Y SUELDO
CSIF INFORMA: EXCEDENCIAS Y PERMISOS SIN EMPLEO Y SUELDO Con la llegada del verano recibimos muchas consultas referentes tanto a los permisos sin empleo y sueldo como a las excedencias. A continuación
Más detallesDERECHO AL DESCANSO PRENATAL Y POSNATAL DE LA TRABAJADORA GESTANTE: RECIENTES MODIFICACIONES
SOLUCIONES LABORALES PARA EL SECTOR PRIVADO DERECHO AL DESCANSO PRENATAL Y POSNATAL DE LA TRABAJADORA GESTANTE: RECIENTES MODIFICACIONES Julissa Magaly VITTERI GUEVARA (*) RESUMEN EJECUTIVO En el presente
Más detalles