Unidad 5 NORMAS DE LICENCIAS
|
|
- Andrés Toro Cáceres
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 Unidad 5 NORMAS DE LICENCIAS LA LICENCIA ORDINARIA FORMA DE LIQUIDACIÓN CÁLCULO DE VACACIONES LICENCIAS ESPECIALES FERIADOS Y DÍAS NO LABORABLES LICENCIA POR MATERNIDAD ACCIDENTES Y ENFERMEDADES 1
2 Tema 1 - LA LICENCIA ORDINARIA El trabajador gozará de un plazo de licencia ordinaria denominado vacaciones. La licencia ordinaria denominada vacaciones es un período mínimo y continuado de descanso anual remunerado. Para determinar la extensión de las vacaciones, de acuerdo a la antigüedad en el empleo, se computará como tal aquélla que tendría el trabajador al 31 de diciembre del año que le corresponda la licencia ordinaria: ANTIGÜEDAD EN EL EMPLEO no excede de 5 años entre 5 y 10 años entre 10 y 20 años mayor a 20 años TIEMPO OTORGADO 14 días corridos 21 días corridos 28 días corridos 35 días corridos Para gozar de una cantidad de 14 días en el primer año de trabajo, el trabajador debe haber prestado servicios durante la mitad, como mínimo, de los días hábiles del año calendario. Por ejemplo: si ingresó hasta el día 30 de junio de ese año. Si no llega a ese tiempo mínimo, se otorgará 1 día de descanso por cada 20 de trabajo efectivo. Por ejemplo: si ingresó a partir del día 1º de julio del año. La época de otorgamiento es entre el 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente, pero puede ser cambiada por la mayor actividad de la empresa y con la debida autorización del organismo de aplicación. La licencia comenzará el día lunes o siguiente hábil (si fuera feriado). La fecha de iniciación será comunicada por escrito al trabajador, con una anticipación no menor de cuarenta y cinco (45) días. Si vencido el plazo el empleador no lo hubiere comunicado, el trabajador hará uso del derecho de licencia, previa notificación fehaciente al primero (por lo general, vía telegrama), y de modo que concluyan antes del 31 de mayo. Cuando no se otorguen en forma simultánea a todos los trabajadores de un mismo sector, y se acuerden individualmente, el empleador deberá proceder en forma tal para que al trabajador le correspondan, por lo menos, en una temporada de verano cada tres períodos.!" ## 2
3 Tema 2 - FORMA DE LIQUIDACIÓN Las vacaciones son pagas y el dependiente, a pesar de que no está efectivamente trabajando, debe percibir una retribución durante ese período que se abona por anticipado al inicio de vacaciones. Existen diferentes formas de cálculo en función del tipo de remuneración que percibe el trabajador: REMUNERACIÓN CON SUELDO MENSUAL POR DÍA O POR HORA A DESTAJO, COMISIONES O PORCENTAJES FORMA DE CÁLCULO Se debe dividir por 25 el importe del sueldo que percibe en el momento de su otorgamiento, y multiplicar por los días de vacaciones correspondientes. Se abonará por cada día el importe que le hubiese correspondido en la jornada anterior a la fecha en que comienza la licencia. Si la jornada habitual fuese superior a la de 8 horas, se tomará la real, en tanto no exceda de 9. Si fuese inferior a la habitual, se calculará considerando la legal. De acuerdo al promedio de los sueldos devengados durante el año calendario anterior al que corresponda al de las vacaciones, o a opción del trabajador, durante los últimos seis meses de prestación del servicio. Las vacaciones no son compensables en dinero, el trabajador no debe trabajar durante la licencia y cobrar el monto como un adicional. La única excepción se da en la situación de despido: se le pagará proporcionalmente al tiempo trabajado durante el año (vacaciones no gozadas). De acuerdo con un convenio entre las partes, podrá acumularse en un período de vacaciones la tercera parte de un período inmediato anterior, que no se hubiese gozado según el tiempo legal que le correspondía al trabajador. $%!# & # 3
4 Tema 3 - CÁLCULO DE VACACIONES A efectos de ejemplificar el cálculo de vacaciones, se consideran los casos de tres trabajadores que comenzarán a gozar de la licencia a partir de enero del próximo año: CATEGORÍA ANTIGÜEDAD REMUNERACIÓN DÍAS DE LICENCIA Empleado 5 meses $ (uno por cada 20) Operario 4 años $ 5 la hora 14 Vendedor 8 años Comisión 2 % s/ ventas 21 Empleado mensualizado: El monto a abonar en concepto de vacaciones surge del siguiente cálculo: MONTO = SUELDO / 25 x DÍAS DE VACACIONES = $ / 25 x 5 = $ 240 Operario jornalizado: Cada día de licencia se calcula del mismo modo que un día de trabajo normal, pero existe un plus adicional simplemente porque los días son corridos (en cambio, el horario semanal normal no debe exceder de 48 horas). DÍAS HORARIO CANT. HS. TARIFA / HORA JORNAL Día anterior 8.00 a $ 5 45 Días vacaciones 14 TOTAL 45 x 14 = $ 630 Vendedor: El monto a abonar surge de los siguientes cálculos: VENTAS COMISIÓN 2 % PROMEDIO TOTAL MONTO = SUELDO / 25 x DÍAS DE VACACIONES = $ / 25 x 21 = $ Para los tres casos, el recibo de sueldos debe reflejar el valor abonado por los días de vacaciones, y deducidos los días que no se concurrió a prestar el servicio (calculado al valor normal). SUELDO BÁSICO INASISTENCIAS VACACIONES VACACIONES EMPLEADO OPERARIO VENDEDOR (200) (450) (1.400) TOTAL HABERES
5 Tema 4 - LICENCIAS ESPECIALES El trabajador tendrá derecho a gozar de licencias especiales, es decir, de aquéllas que no correspondan al período de vacaciones ordinarias. Las licencias serán pagas, utilizando la forma de cálculo explicada en el anterior punto de liquidación de las vacaciones. TIPO DE LICENCIA Nacimiento de hijo Matrimonio Fallecimiento del cónyuge, hijo o padres Fallecimiento de hermano Examen de enseñanza media o universitaria TIEMPO OTORGADO 2 días corridos 10 días corridos 3 días corridos 1 día 2 días corridos por examen, con un máximo de 10 días al año En los casos de nacimiento de hijo o fallecimiento de familiar, deberá computarse un día hábil cuando la licencia coincida con días domingo, feriados o no laborables. En el caso de licencia por examen, con referencia a los planes de enseñanza oficiales o autorizados por organismo nacional o provincial competente, el trabajador deberá presentar un certificado expedido por el instituto en el que cursa estudios.! &'! 5
6 Tema 5 - FERIADOS Y DÍAS NO LABORABLES La LCT contempla la situación de días especiales para la prestación de servicios y la remuneración correspondiente. Comprenden los denominados feriados obligatorios y días no laborables. Feriados obligatorios: rigen las normas del descanso semanal. Si prestan servicios, cobrarán el sueldo de los días laborables más un adicional de igual valor (hora extra al 100 %). Días no laborables: el día de trabajo es optativo para el empleador. Los trabajadores percibirán el salario simple. Si el empleador opta como día no laborable, el jornal será igualmente abonado al trabajador. #!" % (! 6
7 Tema 6 - LICENCIA POR MATERNIDAD Como primera medida, la trabajadora deberá comunicar fehacientemente su embarazo al empleador, con presentación de certificado médico en el que conste la fecha presunta del parto. Queda prohibido el trabajo de las embarazadas durante los 45 días anteriores y hasta 45 posteriores. Es decir: si la fecha probable de parto es el día 1º de julio la licencia por maternidad comienza el 15 de mayo y se prolonga hasta el día 16 de agosto. MAYO JUNIO JULIO AGOSTO 15/05 30/06 15/08 45 días 45 días La interesada puede convenir que se le reduzca la licencia anterior al parto, en un lapso de tiempo no inferior a 30 días y, de esta forma, el resto de ese período se acumulará al lapso posterior (60 días). En este caso, la licencia comienza el 01/ 06 y se prolonga hasta el 01/09. MAYO JUNIO JULIO AGOSTO 30/05 30/06 31/08 30 días 60 días Se presume despido por causa del embarazo o maternidad, cuando se produce durante los 7 meses y medio anterior o posterior al parto, siempre y cuando la mujer haya cumplido con su obligación de notificar y acreditar en forma el hecho del embarazo y del nacimiento. Al nacer su hijo, la trabajadora puede optar por: Continuar su trabajo: en las mismas condiciones que ocupaba antes del alumbramiento, o en un cargo diferente, de común acuerdo con el empleador. Rescindir el contrato laboral: y cobrar una compensación del 25 % de su salario, por cada año de servicio. Si no se reincorpora luego de vencidos los plazos, y no comunica (dentro de las 48 hs. anteriores a la finalización del plazo) que se somete al estado de excedencia, se entenderá que opta por la rescisión del contrato de trabajo y la percepción de la compensación. Quedar en situación de excedencia: por un período de entre 3 y 6 meses. Esta situación es asumida voluntariamente por la mujer, y le permite reintegrarse a las tareas anteriormente desempeñadas, dentro de los plazos fijados. #)!" * + 7
8 Tema 7 - ACCIDENTES Y ENFERMEDADES Por accidente o enfermedad inculpable se entiende la situación física que impide al trabajador la prestación habitual del servicio. Este impedimento no afectará el derecho del trabajador a percibir su remuneración durante: Tres (3) meses, con una antigüedad menor a 5 años. Seis (6) meses, con una antigüedad mayor a 5 años. En los casos en que el trabajador tuviere cargas de familia, y se encontrara impedido de concurrir al trabajo, esos plazos se duplican (es decir, pasarán a seis y doce meses, respectivamente). Vencido el plazo legal, si el trabajador no estuviera en condiciones de reintegrarse, el empleador deberá conservarle el puesto de trabajo por el lapso de un (1) año. Transcurrido ese plazo, la relación de empleo subsistirá hasta que alguna de las partes decida su voluntad de rescindirla; de esta forma, se exime a las partes de responsabilidad indemnizatoria. % #'!, - ( % % &!%" 8
POLÍTICA DE VACACIONES Y OTRAS LICENCIAS POLITICA DE VACACIONES Y OTRAS LICENCIAS. Régimen general - LCT
POLÍTICA DE VACACIONES Y OTRAS LICENCIAS Emisión: Octubre 2012 Área Responsable: Recursos Humanos POLITICA DE VACACIONES Y OTRAS LICENCIAS Régimen general - LCT Artículo 150: Licencia ordinaria. - El trabajador
Más detallesSECRETARIADO ADMINISTRATIVO
Clase 6 y 7 (Módulo Liq. Sueldos) VACACIONES Es un derecho asignado por la LCT al trabajador, de dispensar de todo trabajo durante cierto periodo, en cada año, determinados en función de la antigüedad.
Más detallesPautas legales En cuanto a la cantidad de días de vacaciones, vale tener presente:
Vacaciones 2007: claves para su correcta liquidación Entre el 1º de octubre y el 30 de abril los empleadores deben otorgar el descanso anual. Cómo computar los plazos, formalidades, fraccionamiento y otros
Más detallesUnidad 8 REGLAS DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Unidad 8 REGLAS DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO CAUSAS DE EXTINCIÓN RÉGIMEN LEGAL DEL DESPIDO INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO DESPIDO POR FUERZA MAYOR O FALTA DE TRABAJO LIQUIDACIÓN DE INDEMNIZACIONES EGRESO POR JUBILACIÓN
Más detallesACCIDENTES Y ENFERMEDADES INCULPABLES
Orientación laboral ACCIDENTES Y ENFERMEDADES INCULPABLES Cuánto tiempo de licencia me corresponde en caso de sufrir un accidente o padecer una enfermedad no vinculada con el trabajo? La extensión máxima
Más detallesDESCANSOS REMUNERADOS
DESCANSOS REMUNERADOS Base Legal: Decreto Legislativo N 713 de 7.11.1991 Decreto Supremo N 012-92 92-TR de 2.12.1992 Ley N 26331 de 17.07.1994 Derechos que comprende: Descanso Semanal Obligatorio Descanso
Más detallesCURSO: ABC DE LA LIQUIDACION DE SUELDOS Y JORNALES Cuadernillo de Práctica CASO PRACTICO Nº 1
CASO PRACTICO Nº 1 TEMARIO: Categorización de los empleados según CCT 130/75 Liquidación básica Horas Extras. Cálculo. Topes. Situación: la empresa, es una concesionaria de automóviles que ha decidido
Más detallesNovedades Laborales y de la Seguridad Social de noviembre de 2015 Cra Marta Alonso de Schulman
Novedades Laborales y de la Seguridad Social 2015 26 de noviembre de 2015 Cra Marta Alonso de Schulman A partir del mes de octubre y hasta abril los empleadores deben cumplir con el otorgamiento de las
Más detallesLiquidación Final. Fijas: (se asume remuneración mensual, normal y habitual) Básico Ad. Por título Ad. Por antigüedad
Liquidación Final Remuneraciones Fijas: (se asume remuneración mensual, normal y habitual) Básico Ad. Por título Ad. Por antigüedad Variables: Ausencias por despido (se descuenta) Días u horas de ausencias
Más detallesGuía de Maternidad y Paternidad
Guía de Maternidad y Paternidad Embarazo Maternidad Biológica Ausencia remunerada para realizar exámenes médicos, previo aviso y justificación de hacerse en horario laboral 16 semanas de permiso de maternidad
Más detallesLicencias, justificaciones y franquicias. Licencias. Licencia anual ordinaria
UNIVERSIDADES NACIONALES Decreto 366/2006 Licencias, justificaciones y franquicias Licencias. Licencia anual ordinaria Art. 79º: El trabajador gozará de un período mínimo y continuado de descanso anual
Más detallesResumen de Derecho Laboral. BOLILLA XIV
1 I. TRABAJO DE MUJERES Resumen de Derecho Laboral. BOLILLA XIV FUNDAMENTOS DE SU PROTECCION Nos dice Grisolía que la LCT protege en forma especial el trabajo de mujeres y menores. El art. 172 prohíbe
Más detallesUnidad 7 EL RÉGIMEN DE ASIGNACIONES FAMILIARES
Unidad 7 EL RÉGIMEN DE ASIGNACIONES FAMILIARES CONCEPTO DE ASIGNACIONES FORMAS DE PAGO ASIGNACIONES MENSUALES ASIGNACIONES PERIÓDICAS ASIGNACIONES DE PAGO ÚNICO CASO PRÁCTICO 1 Tema 1 - CONCEPTO DE ASIGNACIONES
Más detallesALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Reglamento del Decreto Legislativo Nº 713 sobre los descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada DECRETO SUPREMO Nº 012-92-TR (Publicado: 03.12.1992) EL
Más detallesJornada de Trabajo JORNADA DE TRABAJO CLASE 3 02/03/2017
JORNADA DE TRABAJO CLASE 3 Jornada de Trabajo Jornada de Trabajo Art. 14 bis CN Otorga protección al trabajo y garantiza la jornada limitada, el descanso y las vacaciones pagas. - La extensión de la jornada
Más detallesInstituto de Educación Superior Tecnológico Público: Villa María
3ra. Clase JORNADA LABORAL Es el tiempo de duración de la prestación de la actividad del trabajador como contraprestación de la remuneración que recibe de su empleador. En el Perú la jornada diaria normal
Más detallesEl trabajador debe solicitar el permiso por nacimiento y el empleador debe concederlo sin condicionar tal solicitud.
PERMISOS LABORALES ESPECIALES. Permiso paternal. El inciso 2º del Art. 195 del Código del Trabajo señala: El padre tendrá derecho a un permiso pagado de cinco días en caso de nacimiento de un hijo, el
Más detallesActualización on line. Regístrese y manténgase informado! V. Lectura de íconos y simbología de la colección XIV
Í n d i ce Página VII 1.1 1.2 1.3 1.4 1.5 Actualización on line. Regístrese y manténgase informado! V Abreviaturas de la colección XIII Lectura de íconos y simbología de la colección XIV Introducción XV
Más detallesNUEVO RÉGIMEN ESPECIAL DE CONTRATO DE TRABAJO PARA EL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES. PRINCIPALES ASPECTOS
NUEVO RÉGIMEN ESPECIAL DE CONTRATO DE TRABAJO PARA EL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES. PRINCIPALES ASPECTOS NORMATIVA APLICABLE Ley 26.844. RG (AFIP) 3491. RESOLUCIÓN CONJUNTA (Min. Economía y Finanzas
Más detallesDECRETO SUPREMO N TR
Aprueban el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 713 sobre los descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada DECRETO SUPREMO N 012-92-TR CONCORDANCIA: R.
Más detallesEmplear trabajadores en la Argentina
1 Tipos de contratos laborales La Ley de Contrato de Trabajo (LCT) N 20744 establece el marco para la contratación de empleados. Contratos por tiempo indefinido Los contratos laborales en la Argentina
Más detallesA. LEY 8-90 B. SALARIO MINIMO Y BENEFICIOS MARGINALES
ASPECTOS LABORALES EN ZONAS FRANCAS A. LEY 8-90 La Ley 8-90 que regula y fomenta el establecimiento de empresas y parques de zonas francas, establece en el capítulo 10 y sus artículos, entre otros, los
Más detalles8. GRATIFICACIONES POR FIESTAS PATRIAS Y NAVIDAD
8. GRATIFICACIONES POR FIESTAS PATRIAS Y NAVIDAD - Ley Nº 27735 (El Peruano: 28.05.02) - D.S. Nº 005-2002-TR (El Peruano: 04.07.02) 8.1 ALCANCES BÁSICOS DE LA LEY 8.1.1 TIENEN DERECHO A LA GRATIFICACIÓN
Más detallesANTECEDENTES VACACIÓNES
VACACIÓNES ANTECEDENTES Ley Nº 7505. 15 días de vacaciones. 1932 Ley Nº 8563. 30 días de vacaciones Empleados. 1937 Ley Nº 13693. 30 días de vacaciones Obreros. 1961 VACACIÓNES Decreto Legislativo N 713
Más detallesDERECHO DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL 2012
Trabajo Práctico Nro. 2 Tema: CONCEPTOS DE LIQUIDACIÓN REMUNERACION: CONCEPTO CONTRAPRESTACION QUE DEBE PERCIBIR EL TRABAJADOR COMO CONSECUENCIA DEL CONTRATO DE TRABAJO. (ART. 103 LCT.). FORMAS CONCEPTOS
Más detalles1 - SALARIOS. Formas de fijación El Salario se puede fijar: Oportunidad de pago La norma que establece los plazos para el pago del salario,
1 1 - SALARIOS La Ley ha de reconocer la justa remuneración a quien se hallare en una relación de trabajo o servicio, como obrero o empleado, (art. 54 de la Constitución.). El salario es la remuneración
Más detallesINSIDE / BY Escencial Consultora
SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO INSIDE / BY Escencial Consultora Introducción CPN Colque Maria Laura / BY ESCENCIAL El objeto del presente trabajo es definir los conceptos básicos que conciernen al cálculo
Más detallesPROGRAMA DE CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LAS RELACIONES LABORALES. REFERENCIAL IRAM Nº 9. Agosto 2013 Jornada de Trabajo. Audit Tax Advisory
PROGRAMA DE CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LAS RELACIONES LABORALES. REFERENCIAL IRAM Nº 9 Agosto 2013 Jornada de Trabajo Marco normativo JORNADA DE TRABAJO Jornada de Jornada de Elemento esencial del
Más detallesNuevo Régimen Especial De Contrato De Trabajo Para El Personal De Casas Particulares (Ley ) (Ex Servicio Domestico)
Buenos Aires, 31 de Mayo de 2013 Nº 27 Nuevo Régimen Especial De Contrato De Trabajo Para El Personal De Casas Particulares (Ley 26.844) (Ex Servicio Domestico) Resumen Práctico Vigencia: 21/04/13 Tiempo:
Más detallesDECRETO LEGISLATIVO 713
Calle Las Garzas 250, San Isidro Telefax (511) 222-3815 93501119 93501120 93501122-93501123 central@galvezconsultores.com www.galvezconsultores.com DECRETO LEGISLATIVO 713 Consolida Legislación sobre Descansos
Más detallesINSTRUCTIVO PARA LIQUIDACION REMUNERACIONES TRABAJADORES CONVENCIONADOS POR EL CCT 523/07
INSTRUCTIVO PARA LIQUIDACION REMUNERACIONES TRABAJADORES CONVENCIONADOS POR EL CCT 523/07 En esta oportunidad se desarrollarán las explicaciones correspondientes a la liquidación y lectura de recibos de
Más detallesLey TITULO VII TRABAJOS DE MUJERES (artículos 172 al 186) Capacidad - Prohibición de trato discriminatorio ARTICULO 172- La mujer podrá
TRABAJO DE MUJERES Y DE MENORES Ley 20744 - TITULO VII Capacidad - Prohibición de trato discriminatorio ARTICULO 172- La mujer podrá celebrar toda clase de contrato de trabajo, no pudiendo consagrarse
Más detallesCASOS PRÁCTICOS. Gratificación por Fiestas patrias Régimen general
CASOS PRÁCTICOS Gratificación por Fiestas patrias Régimen general voces: computable Gratificación legal Gratificación proporcional. En este informe especial desarrollamos casos prácticos de la gratificación
Más detallesASPECTOS LABORALES EN ZONAS FRANCAS
ASPECTOS LABORALES EN ZONAS FRANCAS A. LEY No. 8-90 Sobre Zonas Francas de Exportación La Ley 8-90 que regula y fomenta el establecimiento de empresas y parques de zonas francas, establece en el capítulo
Más detallesResolución C.S. Nº 096/08 ANEXO I Licencias, justificaciones y franquicias
Licencias. Licencia anual ordinaria Resolución C.S. Nº 096/08 ANEXO I Licencias, justificaciones y franquicias Art. 79º: El trabajador gozará de un período mínimo y continuado de descanso anual remunerado
Más detalles1 Mano de obra y tablas salariales 2016
1 Mano de obra y tablas salariales 2016 El cálculo del coste horario de la mano de obra para cada ámbito considerado se ha realizado siguiendo los siguientes criterios: Comunitat Valenciana Conselleria
Más detallesPago de gratificación por Navidad: régimen general
Pago de gratificación por Navidad: régimen general Voces: Remuneración Remuneración computable Gratificación legal Gratificación proporcional. I. GRATIFICACIÓN ORDINARIA 1. Trabajadores remunerados mensualmente
Más detallesCALCULO DE LA INCIDENCIA DE LAS CARGAS SOCIALES SOBRE LA MANO DE OBRA DIRECTA DE LOS OBREROS DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION
Industria de la Construcción Trabajo Técnico Nº 163 Incidencia de las Cargas Sociales sobre la Mano de Obra Directa de los obreros del sector (Actualización del Trabajo Nº 161 - Sep 2012) VALIDO PARA CAPITAL
Más detallesCOMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS. Clotilde Atahuaman Sumarán
COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS CASO Nº 1 Juan tiene una jornada de 3 horas y media diaria, de lunes a viernes. Nos consulta si tiene derecho a la CTS. La empresa Multirex S.A.A. tiene trabajadores
Más detallesCASOS PRÁCTICOS CASOS PRÁCTICOS
CASOS PRÁCTICOS 139 SUPUESTO 1 Trabajador con contrato por tiempo indefinido, perteneciente al grupo de cotización 1, durante el mes de enero 2003 percibe las remuneraciones siguientes: Salario Antigüedad
Más detallesCircular Quincenal N 027/15 Información del 21/07/2015 al 04/08/2015
Circular Quincenal N 027/15 Información del 21/07/2015 al 04/08/2015 Autores: Áreas Contabilidad, Impuestos y Sueldos del Estudio Martin Circular Quincenal N 027/15 Información del 21/07/2015 al 04/08/2015
Más detallesLicencias y Permisos al Personal
La Plata, 1 de agosto de 2012 DE: DEPARTAMENTO PERSONAL Y RELACIONES LABORALES Licencias y Permisos al Personal Nos dirigimos a Ud. para notificarle los pasos a seguir en caso de solicitar una licencia
Más detallesUnidad 3: La jornada de trabajo. Antonio J. Guirao Silvente
Unidad 3: La jornada de trabajo 1. La jornada ordinaria 40 horas semanales de promedio en cómputo anual Máx 9 h/día. Mínimo 12 horas descanso entre 2 jornadas diarias(salvo turnos 7 horas) Descanso semanal
Más detallesINSTRUCTIVO PARA LA GESTIÓN DE PERMISOS Y VACACIONES. IT-ADM-th-101
PÁGINA: 1 de 6 1. OBJETIVO Establecer las actividades que deberá realizar el Talento Humano de COCASINCLAIR EP para solicitar vacaciones, permisos, licencias, días de compensación, de conformidad a la
Más detallesARIEL NICOLIELLO CURSO DE DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL CAPÍTULO IX SUBSIDIOS POR MATERNIDAD, PATERNIDAD, ADOPCIÓN Y CUIDADOS
CAPÍTULO IX SUBSIDIOS POR MATERNIDAD, PATERNIDAD, ADOPCIÓN Y CUIDADOS IX.1. Subsidio por maternidad. La gravidez y la maternidad suponen gastos suplementarios que se generan por los cuidados de salud que
Más detallesFACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y DE ADMINISTRACIÓN
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y DE ADMINISTRACIÓN LEGISLACIÓN LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL REPARTIDO PRÁCTICO 2017 MÓDULO 1 Salarios Jornada de Trabajo Feriados y Descansos Horas Extras 1 MÓDULO 1 Temática
Más detallesPRIMA DE SERVICIO. Salario base de liquidación x días trabajados durante el semestre 180 x 2
PRIMA DE SERVICIO Corresponde al pago de dos quincenas de salario durante cada año a todos los empleados que laboren al servicio de una empresa, independientemente del tiempo de servicio en el respectivo
Más detallesLicencias, Justificaciones y Franquicias
Licencias, Justificaciones y Franquicias para Docentes de las Instituciones Universitarias Nacionales Según Decreto Nacional 1246/2015 Convenio Colectivo de Trabajo CAPITULO VII Licencias, Justificaciones
Más detallesCONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO. Dirección Regional del Trabajo de Los Ríos
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO Dirección Regional del Trabajo de Los Ríos I. DEL CONTRATO DE TRABAJO Tipos De Trabajadores Contrato de Trabajo Independientes: Ejercen una actividad sin depender de empleador
Más detallesGRATIFICACIONES. Ley Nº y Decreto Supremo Nº TR Ley Nº y Ley Nº 29714
GRATIFICACIONES Ley Nº 27735 y Decreto Supremo Nº 005-2002-TR Ley Nº 29351 y Ley Nº 29714 las gratificaciones son aquellas sumas de dinero que el empleador otorga al trabajador en forma adicional a la
Más detallesCONTRATACIÓN BAJO EL RÉGIMEN DEL ARTÍCULO 9 DEL ANEXO DE LA LEY Nº LICENCIA POR MATERNIDAD. RESCISIÓN CONTRACTUAL.
CONTRATACIÓN BAJO EL RÉGIMEN DEL ARTÍCULO 9 DEL ANEXO DE LA LEY Nº 25.164. LICENCIA POR MATERNIDAD. RESCISIÓN CONTRACTUAL. La Comisión Permanente de Aplicación y Relaciones Laborales del Convenio Colectivo
Más detallesPago de gratificación por Navidad
ECB LABORAL Pago de gratificación por Navidad I. GRATIFICACIÓN ORDINARIA 1. TRABAJADOR DE REMUNERA- CIÓN MENSUAL En el presente caso un trabajador con carga familiar cuenta con más de 6 meses de servicios
Más detallesLEGISLACIÓN E INSERCIÓN LABORAL DOCENTE: Mg. DIEGO PANCA A. E L C O N T R A T O
LEGISLACIÓN E INSERCIÓN LABORAL DOCENTE: Mg. DIEGO PANCA A. E L C O N T R A T O Es el acuerdo de dos o más volúmenes destinados a crear regular modificar o extinguir relaciones jurídicas de carácter patrimonial.
Más detallesAprueban Texto Único Ordenado de la Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo DECRETO SUPREMO Nº TR
Aprueban Texto Único Ordenado de la Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo DECRETO SUPREMO Nº 007-2002-TR CONCORDANCIAS: D.S. N 008-2002-TR (REGLAMENTO) D.S. Nº 004-2006-TR (Disposiciones
Más detallesSUPUESTO 1. Horas extraordinarias no estructurales
CAPITULO 9 Casos Prácticos SUPUESTO 1 Trabajador con contrato por tiempo indefinido, perteneciente al grupo de cotización 1, durante el mes percibe las siguientes remuneraciones Salario Antigüedad Plus
Más detallesRESUMEN CONDICIONES LABORALES CONVENIO COLECTIVO DEL IRTA ( ), actualmente en fase de negociación.
RESUMEN CONDICIONES LABORALES CONVENIO COLECTIVO DEL IRTA (2008-2012), actualmente en fase de negociación. Artículo 15. Jornadas Como base para el cómputo anual se considerará la jornada semanal de treinta
Más detallesEl empleado interno dispone de dos horas de descanso para las comidas principales, no computable como tiempo de trabajo.
CONTRATACIÓN ESCRITA La contratación será escrita siempre que el contrato tenga una duración superior a 4 semanas. Si no hay contrato escrito, la contratación se entenderá efectuada por tiempo indefinido
Más detallesPrestaciones Vacaciones anuales, por cada año de trabajo y proporcionalmente por fracción, les corresponde 15 días hábiles consecutivos de descanso
Prestaciones Vacaciones anuales, por cada año de trabajo y proporcionalmente por fracción, les corresponde 15 días hábiles consecutivos de descanso remunerado con el salario que esté devengando (en dinero
Más detallesREGIMEN ESPECIAL DE CONTRATO DE TRABAJO PARA EL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES
REGIMEN ESPECIAL DE CONTRATO DE TRABAJO PARA EL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES Sancionada: 13.03.2013 Promulgada: 03.04.2013 LEY 26.844 BOLETIN OFICIAL 12.04.2013 ENTRADA EN VIGENCIA 20 DE ABRIL DRA. MILLÁN
Más detallesFACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y DE ADMINISTRACION Relaciones Laborales (Curso 2007)
FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y DE ADMINISTRACION Relaciones Laborales (Curso 2007) MÓDULO 2-?? Temática vinculada a este Módulo: Aguinaldo, Licencia y Salario Vacacional?? Bibliografía básica: Tomo
Más detalles3.4.- DESCANSOS REMUNERADOS I. INTRODUCCIÓN
3.4.- DESCANSOS REMUNERADOS I. INTRODUCCIÓN Los descansos remunerados son los periodos de tiempo en el cual existe una suspensión imperfecta de labores, esto es que el trabajador no presta el servicio
Más detallesTEMA 3.-La organización del trabajo
TEMA 3.-La organización del trabajo vamos a conocer... 1. La jornada de trabajo 1.1 Medidas para conciliar la vida laboral y familiar 1.2 Periodos de descanso 1.3 Organización especial de trabajo 1.4 Horas
Más detallesRRHH.PRO.004. Contenido
Página: 2 de 10 Contenido 1! OBJETIVOS.... 3! 2! ALCANCES.... 3! 3! DEFINICIONES.... 3! 4! DESARROLLO.... 3! 5! RESPONSABILIDADES.... 4! 6! REGISTROS.... 7! 7! ANEXOS.... 8! Página: 3 de 10 1 OBJETIVOS.
Más detallesÍNDICE SUMARIO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
ÍNDICE SUMARIO PRÓLOGO 7 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES 1. Derecho del Trabajo. Objeto 2. Caracteres del Derecho del Trabajo 9 11 2.1. Es un derecho nuevo 1 1 2.2. Es un derecho tuitivo 1 1 2.3. Es
Más detallesLEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio)
LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE (dada por el RDL 16/2013, de 20 de diciembre) Artículo 109. Base de cotización.
Más detallesConcepto Bogotá, D.C., 31 MAR 2014
Concepto 53407 Bogotá, D.C., 31 MAR 2014 ASUNTO: Respuesta a su comunicación radicada en este Ministerio bajo el consecutivo No. 10089, consulta sobre unificación de criterios sobre la remuneración de
Más detallesMódulo 1: Sueldos y Jornales
Módulo 1: Sueldos y Jornales 1. Remuneraciones. Clasificación. Para comenzar con la idea central del presente capítulo, diremos que al referirnos al término remuneraciones, las mismas pueden ser definidas
Más detallesEL SALARIO Y LA NÓMINA. Por Ana Pérez para CFGM. FOL.
EL SALARIO Y LA NÓMINA Por Ana Pérez para CFGM. FOL. En esta unidad vamos a ver: Definición de salario. Clases de salario. Estructura del salario. El Salario Mínimo Interprofesional. Pagas extraordinarias.
Más detallesJORNADA DE TRABAJO, HORARIOS Y TRABAJO EN SOBRETIEMPO
JORNADA DE TRABAJO, HORARIOS Y TRABAJO EN SOBRETIEMPO PROTECCION DEL DERECHO NORMA INTERNACIONAL Convenio N 1 de la OIT sobre Horas de Trabajo, ratificado mediante Resolución Legislativa N 10195 de 23.03.1945
Más detallesLIQUIDACION PRESTACIONES SOCIALES EMPLEADOS PUBLICOS
LIQUIDACION PRESTACIONES SOCIALES EMPLEADOS PUBLICOS BONIFICACION POR SERVICIOS PRESTADOS (Decr.1042/78 Arts.45-48, Acuerdo 178/79, Acdo.06/98, Decr.1031 de 2011 Art.9o) Bonif. Bienest.Universitario El
Más detallesLEYES DE CONTRATO DE TRABAJO E INDEMNIZATORIAS ANOTADAS CON JURISPRUDENCIA
MARCELO L. PERCIAVALLE LEYES DE CONTRATO DE TRABAJO E INDEMNIZATORIAS ANOTADAS CON JURISPRUDENCIA Leyes 20744-23592 - 24013-25013 - 25323-25345 - 25561 101,11IFIFFIRI Índice Introducción Prólogo VII IX
Más detallesLey de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo. DECRETO LEGISLATIVO Nº 854 (El Peruano: )
Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo DECRETO LEGISLATIVO Nº 854 (El Peruano: 01 10 96) NOTA. De conformidad con el Decreto Supremo N 007 2002 TR, El Peruano: 04 07 2002, se aprueba
Más detallesGuía para médicos de ASSE
Guía para médicos de ASSE TIPOS DE VÍNCULOS CON ASSE LEY 18.834, ART.256. CONTRATO DE PROVISORIATO. Son contratos provisorios por el término de 18 meses que pueden ser rescindidos en cualquier momento
Más detallesCentros de Asistencia y Educación Infantil
Centros de Asistencia y Educación Infantil XI CONVENIO EDUCACIÓN INFANTIL Permisos MOTIVOS ARTÍCULOS DOCUMENTACIÓN DURACIÓN OBSERVACIONES Matrimonio Pareja de hecho Nacimiento de hijo/a, o por el fallecimiento,
Más detalles03/07/ D.S. Nº TR.- Aprueba Texto Único Ordenado de la Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo.
03/07/2002.- D.S. Nº 007-2002-TR.- Aprueba Texto Único Ordenado de la Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo. (04/07/2002) DECRETO SUPREMO Nº 007-2002-TR (1) TEXTO UNICO ORDENADO DEL
Más detallesGESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS (RRHH)
GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS (RRHH) 1. GESTIÓN DEL PERSONAL 2. EL CONTRATO DE TRABAJO 1. Definición y elementos 2. Tipos 3. Modificación, suspensión y extinción 3. DERECHOS Y OBLIGACIONES LABORALES 4. SALARIO,
Más detallesASUNTO: COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ASUNTO: COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL Marco Normativo Orden ESS/106/2017, de 9 de febrero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por
Más detallesLo único que es peor que formar a empleados y que se marchen, es no formarlos y que se queden.
COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL AÑO 207 Marco Normativo Orden ESS/06/207, de 9 de febrero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese
Más detallesAsesoramiento para la inserción laboral
Seminario - Taller Asesoramiento para la inserción laboral Dr. Pittamiglio - Dr. Courtoisie mayo - junio 2007 JORNADA DE TRABAJO DOBLE LIMITACION se limita la jornada se limita la duración de la semana
Más detallesCronograma Mensual de Pagos. Obra Social. Asignación por Almuerzo. Comunicación Interna. Licencias. Beneficios a Empleados. Política de Relaciones
Cronograma Mensual de Pagos Obra Social Asignación por Almuerzo Comunicación Interna Licencias Beneficios a Empleados Política de Relaciones Los sueldos pertenecientes a auxiliares en relación de dependencia
Más detallesNUEVA LEY DEL SERVICIO DOMÉSTICO Nro Oradores: Álvaro J. Galli María Carolina Muriago
NUEVA LEY DEL SERVICIO DOMÉSTICO Nro. 26.844 Oradores: Álvaro J. Galli María Carolina Muriago Ley del servicio doméstico Nº26.844 Ámbito de aplicación: La ley rige en todo el territorio nacional las relaciones
Más detallesUnidad 3: La organización del trabajo y la vida familar. Profesor: Antonio J. Guirao Silvente
Unidad 3: La organización del trabajo y la vida familar 1. La jornada de trabajo 40 horas semanales de promedio en cómputo anual (viene cambiado en el libro) Máx 9 h/día. Mínimo 12 horas descanso entre
Más detallesCONVENIO RELATIVO A LAS VACACIONES ANUALES PAGADAS CONVENIO Nº 132 DE LA OIT
CONVENIO RELATIVO A LAS VACACIONES ANUALES PAGADAS CONVENIO Nº 132 DE LA OIT Revisado en 1970 Entrada en vigor: 30 junio 1973 Adopción: Ginebra, 54ª reunión CIT (24 junio 1970) - Estatus: Instrumento en
Más detallesJornada de Trabajo. El tema de jornada de trabajo, se encuentra regulado expresamente en el Código Sustantivo del Trabajo en su artículo 158 y ss.
Jornada de Trabajo Cuál es la definición de jornada de trabajo? La jornada de trabajo es el tiempo que el trabajador debe destinar, para prestarle al empleador el servicio pactado en el contrato de trabajo.
Más detallesCONVENIO INFORMA Nº 14/2012
Ref.: INASISTENCIAS, PERMISOS, REPOSOS Y SUPLENCIAS Caracas, 15 de octubre de 2012 CONVENIO INFORMA Nº 14/2012 La presente tiene como finalidad girar lineamientos a los Centros Participantes del Convenio
Más detallesNOVEDADES WEB. Pago de gratificación por Navidad: I. Gratificación Ordinaria. f. Total a pagar S/.3684,20
NOVEDADES WEB Pago de por Navidad: RÉGIMEN GENERAL Voces: Gratificación Proporcional Aguinaldo Gratificaciones. I. Gratificación Ordinaria 1. Trabajadores remunerados mensualmente 1.1. Trabajadores que
Más detallesREGLAMENTO DE PASANTÍAS LABORALES
REGLAMENTO DE PASANTÍAS LABORALES I. Objetivos La realización de Pasantías educativas tendrá por objeto posibilitar a los estudiantes de la Universidad CAECE la obtención de una experiencia vinculada con
Más detallesIV JORNADA DEL DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS U.N.L.P. LA ANTIGÜEDAD DEL TRABAJADOR: SU DETERMINACION
IV JORNADA DEL DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS U.N.L.P. LA ANTIGÜEDAD DEL TRABAJADOR: SU DETERMINACION Categoría propuesta: a) APORTES A LA DISCIPLINA Autores: Cra. Patricia
Más detallesCONCEPTO DOCTRINARIO DE FUNCIONARIO PUBLICO
CONCEPTO DOCTRINARIO DE FUNCIONARIO PUBLICO Sayagués considera funcionario público a todo individuo que ejerce funciones públicas en una entidad estatal, incorporado mediante designación u otro procedimiento
Más detallesCONTADOR PÚBLICO. Plan 2013
CONTADOR PÚBLICO Plan 2013 262- DERECHO LABORAL Curso: 2º - 1º semestre Carga horaria semanal: 4 horas OBJETIVOS 1. Analizar la legislación argentina en materia de derecho laboral. 2. Comprender los derechos
Más detallesLas leyes económicas tratan de explicar las variaciones de los salarios: a. Por qué los salarios están más altos en un país que en otro.
UNIDAD V: REMUNERACIONES 1. LEYES ECONOMICAS Las leyes económicas tratan de explicar las variaciones de los salarios: a. Por qué los salarios están más altos en un país que en otro. b. Por qué los salarios
Más detallesMATERNIDAD Y NACIMIENTO DE HIJO
MATERNIDAD Y NACIMIENTO DE HIJO Establecía una Licencia Remunerada 150 días (art. 13 Ord. 052/11 CS) Establecía una Licencia Remunerada 90 días (art. 14 Decreto 5703/93 MGJE) a favor de la madre biológica)
Más detallesMANUAL DEL EMPLEADOR PARA PERSONAL DE CASAS DE FAMILIA (EMPLEADAS DOMÉSTICAS Y NIÑERAS)
MANUAL DEL EMPLEADOR PARA PERSONAL DE CASAS DE FAMILIA (EMPLEADAS DOMÉSTICAS Y NIÑERAS) PERSONAL DE CASAS DE FAMILIA MANUAL DEL EMPLEADOR Estimado Cliente: El equipo técnico de CRIANZAS, mediante el análisis
Más detallesCOMPETENCIA No 1: CONTABILIZARLOS RECURSOS DE OPERACIÓN, INVERSION Y FINANCIACION DE ACUERDO CON LAS NORMAS Y POLITICAS ORGANIZACIONALES.
TARAZA GRUPO MAÑANA Pág. 1 de 7 COMPETENCIA No 1: CONTABILIZARLOS RECURSOS DE OPERACIÓN, INVERSION Y FINANCIACION DE ACUERDO CON LAS NORMAS Y POLITICAS ORGANIZACIONALES. LAJISLACION LABORAL El sustento
Más detallesL a b o ral Remuneraciones e indemnizaciones: liquidaciones
A N E X O D E A C T U A L I Z A C I Ó N - J U L I O 2 0 1 3 ACTUALIZ ACIÓN ANTERIOR: A G O S TO 2012 Colección Práctica L a b o ral Remuneraciones e indemnizaciones: liquidaciones José Luis Sirena Lorena
Más detallesAUSENCIAS, PERMISOS Y LICENCIAS DEL PROFESORADO
1. AUSENCIAS 1.1. Visita médica. - Con documento médico, con nombre del paciente, hora de la consulta, y en su caso, la necesidad de no asistir a su trabajo en un periodo de uno a tres días. - Como acompañante:
Más detallesINVESTIGACION DE MERCADO SOBRE POLÍTICAS DE MATERNIDAD Y TRABAJO INFORME FINAL
INVESTIGACION DE MERCADO SOBRE POLÍTICAS DE MATERNIDAD Y TRABAJO INFORME FINAL MARZO 2013 OBJETIVOS El informe que se presenta a continuación se elaboró sobre información obtenida entre noviembre y diciembre
Más detallesINDICE 1. Evolución Histórica del Derecho del Trabajo 2. Conceptos Generales 3. El Contrato de Trabajo 4. La Jornada de Trabajo
INDICE 1. Evolución Histórica del Derecho del Trabajo 1 Qué es el trabajo Derecho del trabajo Comienzo y evolución de Derecho del Trabajo Evolución del Derecho del Trabajo en Venezuela Ley del Trabajo
Más detallesÁREA ADMINISTRATIVA DISPOSICIONES INTERNAS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL ÁREA ADMINISTRATIVA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SAN MIGUEL DE ALLENDE
ÁREA ADMINISTRATIVA El H. Consejo Directivo de la Universidad Tecnológica de San Miguel de Allende, con fundamento en lo establecido en los artículos 1, 8, 10 y 15 fracciones IX y XVI del Decreto Gubernativo
Más detalles