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2 Página: 2 de 10 Contenido 1! OBJETIVOS.... 3! 2! ALCANCES.... 3! 3! DEFINICIONES.... 3! 4! DESARROLLO.... 3! 5! RESPONSABILIDADES.... 4! 6! REGISTROS.... 7! 7! ANEXOS.... 8!

3 Página: 3 de 10 1 OBJETIVOS. Establecer un procedimiento de control para la Solicitud de Feriado Anual, que permita a la compañía cumplir con las normativas legales, que señalan que el trabajador debe hacer uso de sus dias de vacaciones y no acumular períodos; salvo excepciones calificadas y justificadas como tal por la empresa. Es de vital importancia que todos los trabajadores de DIEXA S.A., conozcan al detalle y respeten todo lo que se describe en este documento. 2 ALCANCES. A todos los trabajadores de DIEXA S.A. 3 DEFINICIONES. Feriado Anual: El feriado anual, también llamado derecho a vacaciones o simplemente las vacaciones, es un derecho que corresponde a todos los trabajadores que han cumplido más de un año de servicio. En efecto, el artículo 67 del Código del Trabajo dispone Los trabajadores con más de un año de servicio tendrán derecho a un feriado anual de quince días hábiles, con remuneración íntegra que se otorgará de acuerdo con las formalidades que establezca el reglamento. La ley se refiere al Reglamento Nº 969 de El descanso anual tiene por objeto que los trabajadores recuperen las energías gastadas durante el año de prestación de servicios y que, además, puedan disfrutar de su tiempo libre junto a su familia. Este merecido tiempo libre es un derecho mínimo e irrenunciable; así, el trabajador no puede disponer de su feriado anual, ni el empleador compensarlo en dinero. Duración del Feriado Anual: ley establece en general una duración mínima de 15 días hábiles. Sin embargo, los trabajadores que presten servicios en la Duodécima Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, en la Undécima Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, y en la Provincia de Palena, tienen derecho a un feriado anual de veinte días hábiles. Para efectos de la duración de las vacaciones, junto a domingos y festivos, el sábado se considera siempre día inhábil, conforme al artículo 69 del Código del Trabajo. Esto se justifica para que todos

4 Página: 4 de 10 los trabajadores tengan derecho al mismo descanso, tanto quienes distribuyen su jornada laboral en cinco o seis días o en una jornada bisemanal. 4 DESARROLLO. 4.1 DERECHO A REMUNERACION INTEGRA. Lo importante del feriado anual no se debe a que sea un descanso, sino a que sea un descanso pagado. En tal sentido, el mismo artículo 67 del Código del Trabajo señala que el feriado anual se concede con remuneración íntegra. Durante el feriado debe pagarse también toda otra remuneración o beneficio cuyo pago corresponda efectuar durante el mismo y que no se haya considerado para el cálculo de la remuneración íntegra. La empresa está obligada a pagar el feriado legal del trabajador en la misma fecha en que habitualmente paga la remuneración, salvo que éstas se hayan pagado anticipadamente de común acuerdo, por ejemplo, al momento de salir de vacaciones. Ahora bien, si durante el feriado se produce un reajuste de remuneraciones, sea este legal, por acuerdo de las partes o por voluntad del empleador, este reajuste afectará también la remuneración íntegra que corresponda pagar durante el feriado. 4.2 FRACCIONAMIENTO Y ACUMULACION DEL FERIADO. Todo trabajador con más de un año de servicio tendrá derecho a un feriado anual de 15 días hábiles o a lo pactado en su contrato de trabajo si es superior. Debe otorgarse de preferencia en verano o primavera y de forma continua. Solo podrán fraccionarse de común acuerdo los días que excedan a los 10 primeros días hábiles. Por otra parte, en forma excepcional y solo con autorización del Gerente de Operaciones podrán acumularse un máximo de dos períodos anuales, pero antes de cumplirse el tercer período deberá otorgarse al menos el primero de éstos. El feriado anual constituye un derecho irrenunciable y no negociable por las partes y por tanto, DIEXA S.A no pagará por ninguna circunstancia y excepciones los feriados pendientes, con la única salvedad que sea por desvinculación.

5 Página: 5 de FERIADO ANUAL Y LICENCIA MÉDICA. El feriado legal anual de que esté haciendo uso un trabajador debe suspenderse si le sobreviene una enfermedad que le confiera derecho a licencia médica. Si ello ocurriera, el feriado deberá reanudarse una vez terminada la respectiva licencia médica o en la oportunidad que convengan las partes. 4.4 FERIADO PROGRESIVO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 del Código del Trabajo, el trabajador con 10 años de trabajo para uno o más empleadores, continuos o no, tiene derecho a un día adicional de feriado por cada tres nuevos años trabajados para su actual empleador. Para estos efectos el trabajador puede hacer valer hasta 10 años de trabajo prestados a empleadores anteriores, inclusive si ha trabajado en el extranjero. Por otra parte, es del caso señalar que la norma legal citada establece que el feriado progresivo es susceptible de negociarse de forma que en lugar de concederse el descanso se remunere. Lo anterior se traduce en la posibilidad que tiene el trabajador de no hacer uso de los días de descanso que por concepto de feriado progresivo le correspondan, pudiendo compensarlos en dinero en la forma que acordare con su empleador a través de una negociación individual o colectiva. Con todo, el legislador ha fijado la suma mínima que puede acordarse en tal caso, estableciendo en el inciso final del artículo 73 del Código del Trabajo que ésta no podrá ser inferior a la que resulte de aplicar lo dispuesto en el artículo 71, esto es, la remuneración íntegra. Finalmente, es del caso señalar que la Dirección del Trabajo ha establecido en dictamen N 2575/36 de , que la fecha en que debe iniciarse el cómputo de la compensación en dinero del feriado progresivo, es el día siguiente a la fecha en que el trabajador concluyó o deba concluir su feriado básico. Para hacer efectivo el derecho de vacaciones progresivas ante el nuevo empleador, debe solicitar un certificado de sus cotizaciones para así acreditar sus años de trabajo, la cual puede ser solicitada en la AFP, INP ó si trabajó en el extranjero mediante certificado que acredite el tiempo trabajado fuera del país. 4.5 COMO HACER USO DEL FERIADO ANUAL Cada Agencia, Departamento o Gerencia deberá programar y entregar al Departamento de Recursos Humanos con la debida antelación las vacaciones de su personal. Entre los meses de Abril a Noviembre, las solicitudes deberán ser enviadas con a lo menos 20 días de anticipación y entre los

6 Página: 6 de 10 meses de Diciembre a Marzo (período estival) se deberá generar un programa de vacaciones y reemplazos (si corresponde) que se informará a Recursos Humanos a más tardar en la quincena del mes de Noviembre. Será importante tener en consideración lo siguiente: Preferentemente, las vacaciones deberán concederse entre los meses de primavera y verano, si las necesidades del servicio así lo permitan. Tendrán una mayor preferencia los trabajadores que a la fecha del programa tengan hijos en edad escolar. Evitar en lo posible vacaciones parcializadas, sobre todo cuando el programa contemple contratar personal de reemplazo. Para hacer uso del Feriado, el trabajador, a través de su Jefe Directo, enviará al Departamento de Recursos Humanos la solicitud para hacer uso de su Feriado Legal. Revisada la solicitud, el Depto. de Recursos Humanos generará el Certificado de Feriado respectivo, que contendrá los días hábiles a tomar, el periodo al cual corresponden y el saldo pendiente. Luego, se obtendrá la autorización del Gerente de Operaciones y se enviará el documento al trabajador para obtener su firma. Una vez firmado, una copia de este formulario queda en poder del trabajador, otra copia es archivada en la carpeta del trabajador del lugar donde presta servicio y una tercera debe ser remitida al Departamento de Recursos Humanos en Santiago para su archivo en carpeta y registro en Software Softland. Ningún trabajador podrá hacer uso de su feriado sin haber firmado antes su respectivo Certificado de Feriado. (Ver Anexo 1). Las vacaciones progresivas a que tuviera derecho el trabajador por acumulación de años de antigüedad las podrá usar en conjunto con las vacaciones legales o en periodo posterior. (Ver Anexo 1) En su defecto, las vacaciones progresivas podrán ser compensadas en dinero previa aprobación del Gerente de Operaciones y del Jefe de Recursos Humanos de Diexa S.A. Para solicitar el pago de las vacaciones progresivas deberá completar formulario - Acuerdo Pago Feriado Progresivo - (Ver Anexo 2).

7 Página: 7 de CANTIDAD DE DÍAS POR AÑOS TRABAJADOS Para efectos de determinar los días feriados a que se tiene derecho se deberá guiar por la siguiente tabla: Años Trabajados 1 a a a a a a a a a a a a a a a a 57 Días de Feriados Hábiles SITUACIONES EXTRAORDINARIAS. Las solicitudes de vacaciones extraordinarias las deberán resolver en cada caso el Gerente de Operaciones y el Departamento de Recursos Humanos de DIEXA S.A, entendiendo por vacaciones extraordinarias aquellas que solicite el trabajador sin tener el derecho devengado (1 año de antigüedad en la Empresa). En caso de ser autorizada la solicitud, el trabajador tendrá que completar el Certificado de Feriado que seguirá el mismo proceso anteriormente descrito. 5 RESPONSABILIDADES. Trabajadores: Solicitar al Departamento de Recursos Humanos el formulario Certificado de Feriado. Completar y firmar el formulario.

8 Página: 8 de 10 Enviar el documento a Santiago para firma del Gerente de Operaciones. Asistente de Recursos Humanos: Mantener al día el registro de la información de días de Feriado por cada trabajador. Revisar los formularios de Certificados de Feriado y obtener firma del Gerente de Operaciones. Verificar que los días solicitados correspondan a los días disponibles. Mantener archivo con las solicitudes presentadas por los trabajadores. Registrar en Software Softland las solicitudes de Feriado. Jefe de Recursos Humanos: Velar por el cumplimiento de este procedimiento Generar informe mensual con saldo de días de vacaciones. 6 REGISTROS. Certificado de Feriado. Softland. 7 ANEXOS. Certificado de feriado. Acuerdo pago de feriado progresivo.

9 Página: 9 de 10 ANEXO 1

10 Página: 10 de 10 ANEXO 2

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