MANUAL DE PROCEDIMIENTOS OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL

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1 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL CONTENIDO 1

2 I. AUTORIZACIÓN 3 II. PRESENTACIÓN 4 III. OBJETIVOS 4 IV. MARCO JURÍDICO 5 a. Federal b. Estatal c. Municipal V. PROCEDIMIENTOS DEL REGISTRO CIVIL 6 1. Registro de nacimiento 7 2. Registro de matrimonio Registro de defunción Registro de divorcio administrativo Inscripción de actas Constancias de inexistencia de matrimonio Permisos de inhumación y traslado Registro de reconocimiento de hijos 51 VI. GLOSARIO 56 2

3 I. AUTORIZACIÓN Con fundamento en el Art. 40 Fracción II de la Ley de Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco en relación con los Art. 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 77 fracción II de la Constitución Política del Estado de Jalisco, se expide el presente Manual de Procedimientos del Registro Civil de Cihuatlán, Jalisco, el cual contiene información referente a su estructura, funcionamiento y procedimientos, con la intención de servir de instrumento de consulta e inducción para el personal. ELABORÓ C. LUZ MARÍA HAYDEE DÉNIZ GONZÁLEZ (rúbrica) REVISÓ C. FERNANDO MEDINA FLORES SECRETARIO GENERAL (rúbrica) APROBÓ LIC. FERNANDO MARTÍNEZ GUERRERO PRESIDENTE MUNICIPAL (rúbrica) 3

4 II. PRESENTACIÓN Este documento tiene como propósito el proporcionar una guía detallada de los procesos que se llevan a cabo la Oficialía del Registro Civil de Cihuatlán, Jalisco, los cuales se apegan totalmente a la normatividad federal, estatal y municipal vigente. Para cumplir con lo anterior, la Oficialía del Registro Civil ha establecido políticas de operación y procedimientos específicos que orientan de manera eficaz el funcionamiento de la misma, permitiendo de esta manera brindar un servicio de forma ágil, transparente y honesta. III. OBJETIVO DEL MANUAL El presente Manual de Operación tiene por objetivo, ser un instrumento administrativo que permita agilizar sus tareas y eficientar sus actividades, delimitar las competencias y responsabilidades, distribuir las cargas de trabajo, orientado siempre al beneficio del usuario, quién debe percibir una vocación de servicio en los servidores públicos de la función registral y sobre todo, recibir un servicio de calidad, eficiencia y oportunidad, acorde a sus necesidades, mediante la formulación y estructuración de los métodos y procedimientos de trabajo de conformidad con la legislación en la materia. 4

5 IV. MARCO JURÍDICO a. Federal Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. b. Estatal Constitución Política del Estado de Jalisco Código Civil del Estado de Jalisco Código Procesal Civil del Estado de Jalisco Reglamento del Registro Civil del Estado de Jalisco Reglamento y Ley General de Población Ley de Nacionalidad Ley de Ingresos para el Estado de Jalisco c. Municipal Ley de Gobierno y Reglamento de la Administración Pública Municipal Ley de Ingresos del Municipio de Cihuatlán, Jalisco Reglamento de la Administración Pública Municipal de Cihuatlán, Jalisco. Reglamento interno de la Dirección del Registro Civil Municipal 5

6 V. PROCEDIMIENTOS DEL REGISTRO CIVIL En la Oficialía del Registro Civil, se llevan a cabo los siguientes procedimientos: a. Registro de nacimientos b. Registro de defunción c. Registro de matrimonio d. Registro de divorcio e. Expedición de certificación de actas del Municipio f. Expedición de certificación de actas foráneas g. Inscripción de traducciones h. Constancias de soltería i. Permisos de inhumación y traslado j. Apoyo administrativo al Panteón Municipal A continuación se desarrollaran cada uno de los procedimientos con la finalidad de servir de consulta y seguimiento para el personal de la Oficialía y de los usuarios de los servicios que se prestan. 6

7 REGISTRO DE NACIMIENTO 7

8 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL GOBIERNO MUNICIPAL DE CIHUATLÁN, JALISCO. Fecha: 27/02/2016 OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL Clave. RN/01/2016 Nombre del procedimiento: Registro de nacimiento CONTENIDO: 1.1. Objetivo 1.2. Alcance 1.3 Políticas y Normas 1.4 Fundamento Legal 1.5 Responsabilidades 1.6 Descripción de actividades 1.7 Formatos, instructivos y anexos 1.8 Control de revisiones y/o modificaciones. Elaboró: Revisó: Aprobó: C. LUZ MARIA HAYDEE DÉNIZ GONZÁLEZ C. FERNANDO MEDINA FLORES LIC. FERNANDO MARTÍNEZ GUERRERO OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL SECRETARIO GENERAL PRESIDENTE MUNICIPAL 8

9 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL GOBIERNO MUNICIPAL DE CIHUATLÁN, JALISCO. OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL Fecha: 27/02/2016 Clave. RN/01/2016 Nombre del procedimiento: Registro de nacimiento 1.1 Objetivo: Que las personas cuenten con identidad. 1.2 Alcance: A las personas habitantes del Municipio de Cihuatlán, Jalisco. 1.3 Políticas y Normas: Para el registro dentro del término de ley (180 días a partir de su fecha de nacimiento): 1. Certificado de nacimiento (expedido por el Hospital, la Secretaría de Salud ó la Partera Registrada). 2. Presentarse con el bebé. 3. Copia del Acta de Nacimiento de los padres. 4. Identificación oficial de los padres. 5. Comprobante de domicilio. 6. Dos testigos mayores de edad, con copia de Identificación oficial. Nota Importante: en caso de no presentarse alguno de los padres, para que aparezcan en el acta los datos del ausente, pueden presentar Copia Certificada del Acta de Matrimonio, (si los padres no están casados sólo aparecerá el nombre del progenitor que se presente). Para registrar a un bebé que nació muerto o que falleció sin haber estado registrado, se piden los mismos requisitos que cuando se registra en el término de ley excepto llevar el menor. Nota Importante: si es extemporáneo debe dar vista al ministerio público para que se ordene el levantamiento del nacimiento y de defunción. Para el Registro extemporáneo de nacimiento (llevarlo a registrar después de los 180 días de haber nacido). 9

10 1. Los mismos que en el término de ley 2. Pago de multa por extemporaneidad Constancias de Inexistencia de Acta de nacimiento: Una del municipio donde nació la persona y otra de la Dirección Estatal del Registro Civil. 1.4 Fundamento Legal: Ley General del Registro Civil del Estado de Jalisco. Reglamento de la Administración Pública Municipal de Cihuatlán, Jalisco. Reglamento Interno del Registro Civil de Cihuatlán, Jalisco. Ley de Ingresos del Municipio de Cihuatlán, Jalisco. 1.5 Responsabilidades: Interesado: Cumplir con los requisitos para el registro del nacimiento y revisar que todos los datos asentados en el registro sean los correctos. Secretaria: revisar que los interesados cumplan con los requisitos y documentación para realizar el registro, así como capturar los datos. Oficial del Registro Civil: revisar la impresión del acta de nacimiento y certificarlo con su firma y sello de la oficialía. 10

11 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL 1.6. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES ACTIVIDADES Paso Descripción de la actividad Área responsable Se proporcionan los requisitos, se pide la documentación necesaria Registro civil para el trámite. Se reciben y verifican los Registro civil requisitos. Se procede a registrar el acto. Registro civil Insumo: Solicitud para tramite Recepción del expediente Salida: Revisión inicio de proceso Copia de Expediente Completo Evaluación de expediente Proceder 4 Se hace una impresión de prueba y Registro Civil se verifican los datos.. Revisión Aprobación 5 Se procede a la impresión original y Registro Civil se recaban la huella y firmas. Firmas Firma el interesado y la oficial. Se entrega copia del interesado. Se anexa c.c.p. archivo y se da copia a Direccion Gral. De Registro Civil, INEGI. Se hace la entrega del documento. 6 Registro Civil 11

12 1.7. FORMATOS, INSTRUCTIVOS Y ANEXOS 12

13 1.8. CONTROL DE REVISIONES Y/O MODIFICACIONES REALIZÓ: OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL REVISIÓN: SECRETARIO GENERAL Clave del procedimiento: RN/001/2016 FECHA: Página Modificada: Capítulo, Número, Inciso y Formato de ubicación de la modificación. Descripción del cambio: 13

14 REGISTRO DE MATRIMONIO 14

15 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL GOBIERNO MUNICIPAL DE CIHUATLÁN, JALISCO. OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL Fecha: 27/02/2016 Clave. RM/002/2016 Nombre del procedimiento: Registro de matrimonio CONTENIDO: 2.1. Objetivo 2.2. Alcance 2.3 Políticas y Normas 2.4 Fundamento Legal 2.5 Responsabilidades 2.6 Descripción de actividades 2.7 Formatos, instructivos y anexos 2.8 Control de revisiones y/o modificaciones. Elaboró: Revisó: Aprobó: C. LUZ MARIA HAYDEE DÉNIZ GONZÁLEZ C. FERNANDO MEDINA FLORES LIC. FERNANDO MARTÍNEZ GUERRERO OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL SECRETARIO GENERAL PRESIDENTE MUNICIPAL 15

16 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL GOBIERNO MUNICIPAL DE CIHUATLÁN, JALISCO. OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL Fecha: 27/02/2016 Clave. RM/02/2016 Nombre del procedimiento: Registro de matrimonio 2.1 Objetivo: Que las personas cuenten con una unión legal. 2.2 Alcance: A las personas habitantes del Municipio de Cihuatlán, Jalisco. 2.3 Políticas y normas Presentar los siguientes requisitos: 1. Deben llenar solicitud de matrimonio (en la oficialía donde deseen contraer matrimonio; consulte el directorio de oficialías Municipales). 2. Haber recibido el Curso Pre matrimonial Civil en el DIF Municipal, ambos contrayentes. 3. Copias certificadas recientes de Acta de Nacimiento de los pretendientes. 4. Certificado médico de salud expedido por instituciones de Salud Pública (No hospitales Particulares) que acredite el tipo de sangre para la afinidad consanguínea y que los pretendientes no padezcan enfermedades contagiosas como VIH SIDA, sífilis, tuberculosis ó alguna deformación física, enfermedad crónica e incurable ó hereditaria que constituya algún impedimento para el matrimonio. 5. Presentar un convenio que establezca el régimen patrimonial al que queda sujeto el matrimonio. (sociedad legal, sociedad conyugal, separación de bienes) 6. Dos testigos mayores de edad por cada uno de los contrayentes. 7. Identificación y Copia de Identificación Oficial de cada uno de los contrayentes y de los testigos. 16

17 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL NOTAS IMPORTANTES: NOTA 1 ).- En caso de que alguno de los cónyuges haya estado casado con anterioridad, deberán presentar además de los requisitos anteriores: Copia certificada de: Sentencia de Nulidad de Matrimonio, Sentencia de Divorcio ó del Acta de Defunción del cónyuge según sea el caso. NOTA 2 ).- En caso de que alguno de los pretendientes sea menor de edad, se requiere: El consentimiento expreso de los padres o autoridad competente, como el Consejo estatal de Familia. NOTA 3 ).- En caso de que alguno de los pretendientes sea extranjero debe presentar: Los documentos que acrediten su legal estancia en el país Permiso de Gobernación. NOTA 4 ).- En caso de que no estén casados pero tengan hijos en común, presentar copia certificada del acta de nacimiento de alguno de los hijos Fundamento Legal: Ley General del Registro Civil del Estado de Jalisco. Reglamento de la Administración Pública Municipal de Cihuatlán, Jalisco. Reglamento Interno del Registro Civil de Cihuatlán, Jalisco. Ley de Ingresos del Municipio de Cihuatlán, Jalisco 2.5. Responsabilidades: Interesado: cumplir con los requisitos para el registro de matrimonio y revisar que todos los datos asentados sean los correctos. Secretaria: revisar que los interesados cumplan con los requisitos y documentación para realizar el registro, así como capturar los datos. Oficial del Registro Civil: revisar la impresión del acta de nacimiento y certificarlo con su firma y sello de la oficialía. 17

18 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL 2.6. Descripción de actividades ACTIVIDADES Área responsable Insumo: Paso Descripción de la actividad 1 Se proporcionan los requisitos, se pide la documentación necesaria Registro civil para el trámite. Solicitud para tramite 2 Se reciben y verifican los requisitos. Registro civil Recepción del expediente 3 Se procede a registrar el acto. Evaluación de expediente Registro civil Salida: Revisión inicio de proceso Copia de Expediente Completo Proceder 4 Se hace una impresión de prueba y Registro Civil Revisión se verifican los datos.. Aprobación 5 Se procede a la impresión original y Registro Civil Firmas se recaban la huella y firmas. Firma el interesado y la oficial. 6 Se entrega copia del interesado. Se anexa c.c.p. archivo y se da copia a Registro Civil Direccion Gral. De Registro Civil, INEGI. Se hace la entrega del documento. 18

19 2.7 Formatos, instructivos y anexos 19

20 2.8 Control de revisiones y/o modificaciones REALIZÓ: OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL REVISIÓN: SECRETARIO GENERAL Clave del procedimiento: RC/001/2015 FECHA: Pagina Modificada: Capítulo, Número, Inciso y Formato de ubicación de la modificación. Descripción del cambio: 20

21 REGISTRO DE DEFUNCIÓN 21

22 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL GOBIERNO MUNICIPAL DE CIHUATLÁN, JALISCO. Fecha: 27/02/2016 OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL Clave. RD/03/2016 Nombre del procedimiento: Registro de defunción CONTENIDO: 3.1. Objetivo 3.2. Alcance 3.3 Políticas y Normas 3.4 Fundamento Legal 3.5 Responsabilidades 3.6 Descripción de actividades 3.7 Formatos, instructivos y anexos 3.8 Control de revisiones y/o modificaciones. Elaboró: Revisó: Aprobó: C. LUZ MARÍA HAYDEE DÉNIZ GONZÁLEZ C. FERNANDO MEDINA FLORES LIC. FERNANDO MARTÍNEZ GUERRERO OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL SECRETARIO GENERAL PRESIDENTE MUNICIPAL 22

23 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL GOBIERNO MUNICIPAL DE CIHUATLÁN, JALISCO. OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL Fecha: 27/02/2016 Clave. RD/03/2016 Nombre del procedimiento: Registro de defunción Objetivo: Registrar el fallecimiento de una persona Alcance: A las personas habitantes del Municipio de Cihuatlán, Jalisco Políticas y normas Requisitos para realizar un registro de defunción: 1. Certificado de defunción expedido por un médico con cedula profesional 2. Acta de nacimiento del finado original. 3. Copia de identificación del declarante que corroboró datos del certificado de defunción Fundamento legal: Ley del Registro Civil del Estado de Jalisco Responsabilidades: Interesado: cumplir con los requisitos para el registro de defunción y revisar que todos los datos asentados sean los correctos. Secretaria: revisar que los interesados cumplan con los requisitos y documentación para realizar el registro, así como capturar los datos. Oficial del Registro Civil: revisar la impresión del acta de defunción y certificarlo con su firma y sello de la oficialía. 23

24 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL 3.6. Descripción de actividades DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES Área responsable Insumo: Paso Descripción de la actividad 1 Se proporcionan los requisitos, se pide la documentación necesaria Registro civil para el trámite. Solicitud para tramite 2 Se reciben y verifican los requisitos. Registro civil Recepción del expediente 3 Se procede a registrar el acto. Evaluación de expediente Registro civil Salida: Revisión inicio de proceso Copia de Expediente Completo Proceder 4 Se hace una impresión de prueba y Registro Civil Revisión se verifican los datos.. Aprobación 5 Se procede a la impresión original y Registro Civil Firmas se recaban las firmas. Firma el interesado y la oficial. 6 Se entrega copia del interesado. Se anexa c.c.p. archivo y se da copia a Registro Civil Direccion Gral. De Registro Civil, INEGI. Se hace la entrega del documento. 24

25 3.7. Formatos, instructivos y anexos. 25

26 3.8. Control de revisiones y/o modificaciones REALIZÓ: OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL REVISIÓN: SECRETARIO GENERAL Clave del procedimiento: RD/002/2015 FECHA: Pagina Modificada: Capítulo, Número, Inciso y Formato de ubicación de la modificación. Descripción del cambio: 26

27 REGISTRO DE DIVORCIO ADMINISTRATIVO 27

28 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL GOBIERNO MUNICIPAL DE CIHUATLÁN, JALISCO. OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL Fecha: 27/02/2016 Clave. RD/04/2016 Nombre del procedimiento: Registro de divorcio administrativo. CONTENIDO: 4.1 Objetivo 4.2 Alcance 4.3 Políticas y Normas 4.4 Fundamento Legal 4.5 Responsabilidades 4.6 Descripción de actividades 4.7 Formatos, anexos e instructivos. 4.8 Control de revisiones y/o modificaciones. 1. Elaboró: Revisó: Aprobó: C. LUZ MARIA HAYDEE DÉNIZ GONZÁLEZ C. FERNANDO MEDINA FLORES LIC. FERNANDO MARTÍNEZ GUERRERO OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL SECRETARIO GENERAL PRESIDENTE MUNICIPAL Firma y Puesto Firma y Puesto Firma y Puesto 28

29 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL GOBIERNO MUNICIPAL DE CIHUATLÁN, JALISCO. OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL Fecha: 27/02/2016 Clave. RD/04/2016 Nombre del procedimiento: Registro de divorcio administrativo 4.1 Objetivo: certificar el acta de divorcio que acredita la disolución del contrato matrimonial, y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro. 4.2 Alcance: A las personas habitantes del Municipio de Cihuatlán, Jalisco.} 4.3 Políticas y normas: Procede cuando ambos cónyuges convengan en divorciarse, sean mayores de edad, no tengan hijos vivos o concebidos dentro de matrimonio, de común acuerdo hubieren liquidado la sociedad conyugal o legal y tengan más de un año de casados. Los requisitos para el trámite son los siguientes: 1. Acta de matrimonio; 2. Actas de nacimiento de los cónyuges; 3. Certificado de ingravidez de la cónyuge. 4. Copia de identificación oficial de los conyugues. 5. Anuencia expedida por el DIF Municipal. 4.4 Fundamento legal: Ley del Registro Civil del Estado de Jalisco. 4.5 Responsabilidades: Interesado: cumplir con los requisitos para asentar el acta de divorcio y revisar que todos los datos asentados sean los correctos. 29

30 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL Secretaria: revisar que los interesados cumplan con los requisitos y documentación para realizar el registro de divorcio, así como capturar los datos. Oficial del Registro Civil: revisar la impresión de las actas de divorcio y certificarlo con su firma y sello de la oficialía. 4.6 Descripción de actividades DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES Área responsable Insumo: Paso Descripción de la actividad 1 Se proporcionan los requisitos, se pide la documentación necesaria Registro civil para el trámite. Solicitud para tramite 2 Se reciben y verifican los requisitos. Registro civil Recepción del expediente 3 Se procede a registrar el acto. Evaluación de expediente Registro civil Salida: Revisión inicio de proceso Copia de Expediente Completo Proceder 4 Se hace una impresión de prueba y Registro Civil Revisión se verifican los datos.. Aprobación 5 Se procede a la impresión original y Registro Civil Firmas se recaban las firmas. Firma el interesado y la oficial. 6 Se entrega copia del interesado. Se anexa c.c.p. archivo y se da copia a Registro Civil Dirección Gral. de Registro Civil, INEGI. Se hace la entrega del documento. 30

31 4.7 Formatos, anexos e instructivos. 31

32 4.8. Control de revisiones y/o modificaciones. REALIZÓ: OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL REVISIÓN: SECRETARIO GENERAL Clave del procedimiento: RD/004/2016 FECHA: Página Modificada: Capítulo, Número, Inciso y Formato de ubicación de la modificación. Descripción del cambio: 32

33 INSCRIPCIÓN DE ACTAS 33

34 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL GOBIERNO MUNICIPAL DE CIHUATLÁN, JALISCO. OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL Fecha: 27/02/2016 Clave. IA/05/2016 Nombre del procedimiento: Inscripción de actas CONTENIDO: 1.1. Objetivo 1.2. Alcance 1.3 Políticas y Normas 1.4 Fundamento Legal 1.5 Responsabilidades 1.6 Descripción de actividades 1.7 Formatos, instructivos y anexos 1.9 Control de revisiones y/o modificaciones. Elaboró: Revisó: Aprobó: C. LUZ MARIA HAYDEE DÉNIZ GONZÁLEZ C. FERNANDO MEDINA FLORES LIC. FERNANDO MARTÍNEZ GUERRERO OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL SECRETARIO GENERAL PRESIDENTE MUNICIPAL 34

35 GOBIERNO MUNICIPAL DE CIHUATLÁN, JALISCO. OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL Fecha: 27/02/2016 Clave. IA/05/2016 Nombre del procedimiento: Inscripción de actas 5.1 Objetivo: certificar las inscripciones de diferentes actos. 5.2 Alcance: A las personas habitantes del Municipio de Cihuatlán, Jalisco. 5.3 Políticas y normas: a) Para actos del Estado de Jalisco: Proporcionar la documentación que certifique el acto que se solicitan inscribir. b) Para actos de otros países: Proporcionar la documentación que certifique el acto que se solicitan inscribir apostillado y traducido por un perito autorizado por el Gobierno Municipal. 5.4 Fundamento legal: Ley del Registro Civil del Estado de Jalisco. 5.5 Responsabilidades: Interesado: cumplir con los requisitos para el registro de inscripciones y revisar que todos los datos asentados sean los correctos. Secretaria: revisar que los interesados cumplan con los requisitos y documentación para realizar el registro de inscripción, así como capturar los datos. 35

36 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL Oficial del Registro Civil: revisar la impresión de las inscripciones y certificarlo con su firma y sello de la oficialía. 5.6 Descripción de actividades. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES Área responsable Insumo: Paso Descripción de la actividad 1 Se proporcionan los requisitos, se pide la documentación necesaria Registro civil para el trámite. Solicitud para tramite 2 Se reciben y verifican los requisitos. Registro civil Recepción del expediente 3 Se procede a registrar el acto. Evaluación de expediente Registro civil Salida: Revisión inicio de proceso Copia de Expediente Completo Proceder 4 Se hace una impresión de prueba y Registro Civil Revisión se verifican los datos.. Aprobación 5 Se procede a la impresión original y Registro Civil Firmas se recaban las firmas. Firma el interesado y la oficial. 6 Se entrega copia del interesado. Se anexa c.c.p. archivo y se da copia a Registro Civil Direccion Gral. De Registro Civil, INEGI. Se hace la entrega del documento. 36

37 5.7 Formatos, anexos e instructivos 37

38 5.8 Control de revisiones y/o revisiones. REALIZÓ: OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL REVISIÓN: SECRETARIO GENERAL Clave del procedimiento: IA/05/2015 FECHA: Pagina Modificada: Capítulo, Número, Inciso y Formato de ubicación de la modificación. Descripción del cambio: 38

39 CONSTANCIAS DE INEXISTENCIA DE MATRIMONIO 39

40 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL GOBIERNO MUNICIPAL DE CIHUATLÁN, JALISCO. OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL Fecha: 27/02/2016 Clave. CS/06/2016 Nombre del procedimiento: Constancia de inexistencia de matrimonio CONTENIDO: 1.1. Objetivo 1.2. Alcance 1.3 Políticas y Normas 1.4 Fundamento Legal 1.5 Responsabilidades 1.6 Descripción de actividades 1.7 Formatos, instructivos y anexos 1.9 Control de revisiones y/o modificaciones. Elaboró: Revisó: Aprobó: C. LUZ MARIA HAYDEE DÉNIZ GONZÁLEZ C. FERNANDO MEDINA FLORES LIC. FERNANDO MARTÍNEZ GUERRERO OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL SECRETARIO GENERAL PRESIDENTE MUNICIPAL 40

41 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL GOBIERNO MUNICIPAL DE CIHUATLÁN, JALISCO. OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL Fecha: 27/02/2016 Clave. CS/06/2016 Nombre del procedimiento: Constancia de soltería 6.1 Objetivo: certificar que no existe matrimonio vigente inscrito a nombre de los futuros contrayentes en el archivo de esta oficialía. 6.2 Alcance: A las personas habitantes del Municipio de Cihuatlán, Jalisco. 6.3 Políticas y normas: a) Copia de acta de nacimiento que no exceda a 6 meses de su expedición. b) Copia de identificación oficial. 6.4 Fundamento legal: Ley del Registro Civil del Estado de Jalisco. 6.5 Responsabilidades: Interesado: cumplir con los requisitos para expedir la constancia de soltería y revisar que todos los datos asentados sean los correctos. Secretaria: revisar que los interesados cumplan con los requisitos y documentación para realizar la constancia de soltería, así como capturar los datos. Oficial del Registro Civil: revisar la impresión de la constancia y certificarlo con su firma y sello de la oficialía. 41

42 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL 6.7 Descripción de actividades. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES Área responsable Insumo: Paso Descripción de la actividad 1 Se proporcionan los requisitos, se pide la documentación necesaria Registro civil para el trámite. Solicitud para tramite 2 Se reciben y verifican los requisitos. Registro civil Recepción del expediente 3 Se procede a registrar el acto. Evaluación de expediente Registro civil Salida: Revisión inicio de proceso Copia de Expediente Completo Proceder 4 Se hace una impresión de prueba y Registro Civil Revisión se verifican los datos.. Aprobación 5 Se procede a la impresión original y Registro Civil Firmas se recaban las firmas. Firma el interesado y la oficial. 6 Se entrega copia del interesado. Se anexa c.c.p. archivo y se da copia a Registro Civil Direccion Gral. De Registro Civil, INEGI. Se hace la entrega del documento. 42

43 6.8 Formatos, anexos e instructivos. 43

44 6.9 CONTROL DE REVISIONES Y/O MODIFICACIONES REALIZÓ: OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL REVISIÓN: SECRETARIO GENERAL Clave del procedimiento: RN/001/2016 FECHA: Página Modificada: Capítulo, Número, Inciso y Formato de ubicación de la modificación. Descripción del cambio: 44

45 PERMISOS DE INHUMACIÓN Y TRASLADO 45

46 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL GOBIERNO MUNICIPAL DE CIHUATLÁN, JALISCO. OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL Fecha: 27/02/2016 Clave. PIT/07/2016 Nombre del procedimiento: Permisos de inhumación y traslado CONTENIDO: 7.1. Objetivo 7.2. Alcance 7.3 Políticas y Normas 7.4 Fundamento Legal 7.5 Responsabilidades 7.6 Descripción de actividades 7.7 Formatos, instructivos y anexos 7.9 Control de revisiones y/o modificaciones. Elaboró: Revisó: Aprobó: C. LUZ MARÍA HAYDEE DÉNIZ GONZÁLEZ C. FERNANDO MEDINA FLORES LIC. FERNANDO MARTÍNEZ GUERRERO OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL SECRETARIO GENERAL PRESIDENTE MUNICIPAL 46

47 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL GOBIERNO MUNICIPAL DE CIHUATLÁN, JALISCO. OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL Fecha: 27/02/2016 Clave. PIT/07/2016 Nombre del procedimiento: Permisos de inhumación y traslado 7.1 Objetivo: apoyo administrativo al panteón municipal. 7.2 Alcance: A las personas habitantes del Municipio de Cihuatlán, Jalisco. 7.3 Políticas y normas: Requisitos para expedición de permiso de inhumación: Copia de acta de defunción y ubicación de la gaveta en el panteón municipal Si la persona murió en otro Municipio y se levantó el acta en el mismo deben traer: copia de acta de defunción. Copia de certificado de defunción. Permiso de traslado. Copia de la identificación de la persona que lo solicita. 7.4 Fundamento legal: Ley del Registro Civil del Estado de Jalisco. 7.5 Responsabilidades: Interesado: Cumplir con los requisitos para el registro del nacimiento y revisar que todos los datos asentados en el registro sean los correctos. Secretaria: revisar que los interesados cumplan con los requisitos y documentación para realizar el registro, así como capturar los datos. Oficial del Registro Civil: revisar la impresión del acta de nacimiento y certificarlo con su firma y sello de la oficialía. 47

48 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL 7.6 Descripción de actividades. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES Área responsable Insumo: Paso Descripción de la actividad 1 Se proporcionan los requisitos, se pide la documentación necesaria Registro civil para el trámite. Solicitud para tramite 2 Se reciben y verifican los requisitos. Registro civil Recepción del expediente 3 Se procede a registrar el acto. Evaluación de expediente Registro civil Salida: Revisión inicio de proceso Copia de Expediente Completo Proceder 4 Se hace una impresión de prueba y Registro Civil Revisión se verifican los datos.. Aprobación 5 Se procede a la impresión original y Registro Civil Firmas se recaban las firmas. Firma el interesado y la oficial. 6 Se entrega copia del interesado. Se anexa c.c.p. archivo y se da copia a Registro Civil Direccion Gral. De Registro Civil, INEGI. Se hace la entrega del documento. 48

49 7.7 Formatos, anexos e instructivos. 49

50 7.8 Control de revisiones y/o modificaciones REALIZÓ: OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL REVISIÓN: SECRETARIO GENERAL Clave del procedimiento: PIT/07/2016 FECHA: Página Modificada: Capítulo, Número, Inciso y Formato de ubicación de la modificación. Descripción del cambio: 50

51 REGISTRO DE RECONOCIMIENTO DE HIJOS 51

52 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL GOBIERNO MUNICIPAL DE CIHUATLÁN, JALISCO. OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL Fecha: 27/02/2016 Clave. RH/08/2016 Nombre del procedimiento: Registro de reconocimiento de hijos CONTENIDO: 8.1. Objetivo 1.2. Alcance 1.3 Políticas y Normas 1.4 Fundamento Legal 1.5 Responsabilidades 1.6 Descripción de actividades 1.7 Formatos, instructivos y anexos 1.9 Control de revisiones y/o modificaciones. Elaboró: Revisó: Aprobó: C. LUZ MARIA HAYDEE DÉNIZ GONZÁLEZ C. FERNANDO MEDINA FLORES LIC. FERNANDO MARTÍNEZ GUERRERO OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL SECRETARIO GENERAL PRESIDENTE MUNICIPAL 52

53 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL GOBIERNO MUNICIPAL DE CIHUATLÁN, JALISCO. OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL Fecha: 27/02/2016 Clave. RH/08/2016 Nombre del procedimiento: Registro de reconocimiento de hijos 8.1 Objetivo: Es el acto jurídico, mediante el cual se reconoce y se asume a favor del/la reconocido/a todos los derechos y obligaciones que se derivan de la filiación 8.2 Alcance: A las personas habitantes del Municipio de Cihuatlán, Jalisco. 8.3 Políticas y responsabilidades Los requisitos para registro de reconocimiento son: Copia de acta de nacimiento de la persona que se desee reconocer, Copia de acta de nacimiento de la persona que va reconocer Identificaciones oficiales de las personas que van a reconocer Comprobante de domicilio 8.4 Fundamento legal: Ley del Registro Civil del Estado de Jalisco. 8.5 Responsabilidades: Interesado: cumplir con los requisitos para expedir el reconocimiento y revisar que todos los datos asentados sean los correctos. Secretaria: revisar que los interesados cumplan con los requisitos y documentación para realizar el reconocimiento, así como capturar los datos. Oficial del Registro Civil: revisar la impresión del reconocimiento, certificarlo con su firma y sello de la oficialía. 53

54 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL 8.6 Descripción de actividades DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES Área responsable Insumo: Paso Descripción de la actividad 1 Se proporcionan los requisitos, se pide la documentación necesaria Registro civil para el trámite. Solicitud para tramite 2 Se reciben y verifican los requisitos. Registro civil Recepción del expediente 3 Se procede a registrar el acto. Evaluación de expediente Registro civil Salida: Revisión inicio de proceso Copia de Expediente Completo Proceder 4 Se hace una impresión de prueba y Registro Civil Revisión se verifican los datos.. Aprobación 5 Se procede a la impresión original y Registro Civil Firmas se recaban las firmas. Firma el interesado y la oficial. 6 Se entrega copia del interesado. Se anexa c.c.p. archivo y se da copia a Registro Civil Direccion Gral. De Registro Civil, INEGI. Se hace la entrega del documento. 54

55 8.7 Formatos, anexos e instructivos 1.9. GLOSARIO 55

56 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL 8.8 Control de revisiones y/o modificaciones REALIZÓ: OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL Clave del procedimiento: RC/001/2015 REVISIÓN: SECRETARIO GENERAL FECHA: Pagina Modificada: Capítulo, Número, Inciso y Descripción del cambio: Formato de ubicación de la modificación. VI. GLOSARIO. APOSTILLA: Una apostilla es un sello especial que estampa una autoridad para certificar que un documento es una copia verdadera de un original. Las apostillas están disponibles en los países que firmaron el Convenio de la Haya sobre la Eliminación del Requisito de la Legalización de Documentos Públicos Extranjeros, popularmente conocido como el Convenio de La Haya. ACTA: Es un documento acreditatorio de un evento o suceso, que se transcribe a papel para su mejor constancia. ACTO: Manifestación de la voluntad humana. AUTÉNTICA: Certificación con que se certifican la identidad y verdad de alguna cosa, copia autorizada de una orden. CAUSA BÁSICA DE DEFUNCIÓN: Es "La enfermedad o lesión que inició la cadena de acontecimientos patológicos que condujeron directamente a la muerte del individuo, o a las circunstancias del accidente o violencia que produjo la lesión fatal" CAUSAS DE DEFUNCIÓN: Las causas de defunción a ser registradas en el "Certificado Médico de causa de defunción" son todas aquellas enfermedades, estados morbosos o lesiones, que produjeron la muerte o que contribuyeron a ella y las circunstancias del accidente o de la violencia que produjo dichas lesiones. 56

57 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL CERTIFICACIÓN: Acto jurídico por medio del cual un funcionario público en el ejercicio de su cargo da fe de la existencia de un hecho, acto o calidad personal de alguien, que le consta de manera indubitable por razón de su oficio. COMPARECIENTE: Es el que hace acto de presencia ante el Registrador Civil Municipal. DECLARANTE: Persona que tiene la responsabilidad, designada por la ley de comunicar al Registro Civil Municipal el hecho del acontecimiento de un suceso vital y de proporcionar toda la información y las características relacionadas con ese suceso. DEFUNCIÓN: Desaparición permanente de todo signo de vida, cualquiera que sea el tiempo transcurrido desde el nacimiento con vida. DIVORCIO Es la disolución jurídica definitiva de un matrimonio, es decir: Separación del marido y de la mujer que confiere a las partes el derecho de contraer nuevas nupcias según disposiciones civiles. DOMICILIO: Identificar a la persona del lugar donde habitualmente vive. EDAD: Intervalo de tiempo entre el día, mes y año del nacimiento y el día, mes y año del acaecimiento del suceso expresado en la unidad más completa posible de tiempo solar como años para adultos y niños, y meses semanas, días, horas o minutos de vida, en la forma que proceda para los niños menores de un año de edad. EL NOMBRE: El nombre es el conjunto de palabras que individualizan a la persona; se compone de nombre propio y los apellidos. La identidad personal, que se consigue fundamentalmente con el nombre, es un derecho de la personalidad. El NOMBRE PROPIO: El nombre propio lo imponen en la inscripción de nacimiento (en la declaración que da lugar a ésta) los padres o guardadores. Es de libre elección de los mismos; puede ser un nombre o hasta tres, en cualquiera de los idiomas españoles, o nombre español o extranjero y, en general, cualquier nombre, excepto los que atenten contra la moral y la dignidad del inscrito y lo que sean idénticos a los de los hermanos vivos. 57

58 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL ESTADO CIVIL: Es la situación Jurídica que la persona tiene en la sociedad, en orden a sus relaciones de familia en cuanto le impone ciertas obligaciones y le confiere determinados derechos civiles. FECHA DE REGISTRO DE UN SUCESO VITAL: (Inscripción): El día, mes y año en que se efectúe el asiento en el Registro Civil. FECHA DEL ACONTECIMIENTO DE UN SUCESO VITAL: El día mes y año exacto, así como la hora y el minuto, si procede, en que ha acaecido el Suceso. HUELLA DACTILAR: Es el dibujo que contiene cada uno de los dedos de la mano de una persona. INSCRIPCIÓN: Es el acto mediante el cual se procede a inscribir los hechos y actos sujetos a inscripción en el Registro Civil. LEGITIMACIÓN: Es un beneficio por el cual se confiere a un hijo concebido fuera del Matrimonio la calidad de hijo legítimo con todas las consecuencias que de estado se conducen. MATRIMONIO: (Definición ONU) Es el acto, ceremonia o procedimiento por el cual se constituye la relación jurídica de dos personas. NACIMIENTO: (Definición ONU) Es la expulsión o extracción completa del cuerpo de la madre, prescindiendo de la duración del embarazo, de un producto de la concepción que después de tal separación, respira o manifiesta cualquier otro signo de vida, tal como el latido del corazón, pulsaciones del cordón umbilical o movimiento efectivo de músculos voluntarios, haya o no haya sido cortado el cordón umbilical y esté o no unida la placenta; cada producto de tal alumbramiento se considera nacido vivo. Deben registrarse y considerarse como tales, cualquiera que sea el período de Gestación y esté vivo o muerto en el momento de ser registrado y si muere en cualquier momento posterior al nacimiento debe, además, registrarse y computarse como defunción. 58

59 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL NACIONALIDAD: La nacionalidad es el vínculo jurídico entre una persona y un Estado, según se establece en la legislación del Estado, y comprende derechos políticos, económicos, sociales y de otra índole, así como las responsabilidades del Estado y del individuo. NOTA MARGINAL: Es una trascripción que se realiza al margen del acta o partida, y que tiene por objeto señalar la ocurrencia de un hecho o acto relativo a la condición civil de la persona y el cual está estrechamente vinculado con otro hecho o acto que brevemente se ha asentado o insertado en los libros del Registro del Estado Civil. Por lo general, esta anotación marginal se produce por disposición de la ley. RECONOCIMIENTO DE HIJO: Acto jurídico mediante el cual una persona declara de forma irrevocable ser el padre o madre. RECTIFICACIÓN: Es la corrección que se hace en las inscripciones de cualquier error, omisión, supresión o alteración, mediante Resolución Judicial o administrativa. REGISTRO CIVIL: El Registro del Estado Civil o como se le denomina comúnmente, el Registro Civil es una institución pública responsable de la captura, depuración, documentación, archivo, custodia, corrección, actualización y certificación de los actos y hechos vitales y sus características. Su labor está vinculada a la persona y la familia, proporcionando una versión oficial y permanente sobre nacimientos, matrimonios, defunciones, emancipaciones, filiaciones, legitimaciones, reconocimientos, adopciones y toda otra figura que cada legislación nacional haya aprobado. El Registro Civil constituye la prueba de los hechos inscritos, es público para quienes tengan interés en conocer sus asientos o registros y la publicidad se realiza por manifestación y examen de sus archivos con las autorizaciones pertinentes, según las leyes de cada país, o por certificaciones dadas por sus funcionarios que son documento públicos. TESTIGO: a. Persona que da testimonio de una cosa. b. Persona que atestigua una cosa; persona que asiste a otra en ciertos actos. c. Una persona que testifica con respecto a lo que ha visto, oído u observado de otra manera. 59

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