Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI)
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- Miguel Ángel Macías Sosa
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1 Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) ANADE 14 de junio de 2012 Marco Tulio Montañés Rumayor Consejero, CIADI
2 INDICE I. II. III. IV. V. Qué el es el CIADI? Cuántos casos vienen al CIADI? Qué casos vienen al CIADI? Cómo se administra un caso CIADI? Novedades y retos en la región 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
3 I. Qué es el CIADI? I. Quiénes somos? y qué hacemos? 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
4 Quiénes somos? CIADI=Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones Creado en 1966 por el Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de Otros Estados (Convenio CIADI o de Washington) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
5 148 Estados Miembros del CIADI 158 Signatarios (c) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El contenido puede ser reproducido para fines educativos citando la fuente. 5
6 Qué hacemos? Arbitraje bajo las Reglas de Arbitraje Conciliación bajo las Reglas de Conciliación Arbitraje/Conciliación bajo el Reglamento del Mecanismo Complementario Administración de procedimientos de arbitraje ad hoc Autoridad nominadora Diseminación de información fomentar el desarrollo del derecho internacional en materia de inversiones 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
7 CONSEJO ADMINISTRATIVO DEL CIADI Órgano de gobierno Estructura del CIADI Un representante de cada Estado Contratante (con un voto cada uno) Presidencia: ex officio el Presidente del Banco Mundial (sin derecho a voto) SECRETARÍA DEL CIADI Secretaria General / Secretario General Adjunto Personal 16 Asesores Jurídicos / Secretarios de Tribunales Personal Administrativo / Contable FUNCIONES Adoptar los reglamentos administrativos y financieros y las reglas de procedimiento Adoptar el presupuesto anual Fijar las funciones de la Secretaria FUNCIONES Administración del Centro, lo que incluye función de registrador Asistencia legal y administrativa en los procedimientos No cumple función en los casos Capacitación y publicaciones (c) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El contenido puede ser reproducido para fines educativos citando la fuente.
8 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones..
9 II. Cuántos casos vienen al CIADI? 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
10 Casos ante el CIADI (Junio 2012) 386 casos registrados al 31 de Mayo de están activos a la fecha 38 casos registrados en el 2011: el mayor número de casos registrados en la historia del CIADI (c) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El contenido puede ser reproducido para fines educativos citando la fuente. 10
11 Casos registrados por el CIADI ( ) (c) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El contenido puede ser reproducido para fines educativos citando la fuente. 11
12 Distribución geográfica según el Estado parte (c) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El contenido puede ser reproducido para fines educativos citando la fuente. 12
13 Casos por País
14 Distribución por sectores de la economía* 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. Distribución de todos los casos CIADI por sectores de la economía*: * Esta clasificación por sectores se basa en los códigos sectoriales del Banco Mundial
15 Duración de los casos (meses) (c) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El contenido puede ser reproducido para fines educativos citando la fuente. 15
16 III. Qué casos vienen al CIADI? La Jurisdicción del CIADI 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
17 Jurisdicción La jurisdicción del Centro se extenderá a las diferencias de naturaleza jurídica que surjan directamente de una inversión entre un Estado Contratante (o cualquiera subdivisión política u organismo público de un Estado Contratante acreditados ante el Centro por dicho Estado) y el nacional de otro Estado Contratante y que las partes hayan consentido por escrito en someter al Centro. CIADI) (Artículo 25 del Convenio del 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
18 Jurisdicción A) Quién puede ser parte en un caso CIADI? Ratione personae B) Qué tipo de disputas pueden presentarse ante el CIADI? Ratione materiae C) Cómo se puede consentir a someter una controversia al CIADI? 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
19 A) Ratione personae Estados Contratantes o una subdivisión política de un Estado Contratante Nacionales de otro Estado Contratante Personas naturales Personas morales 2011 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
20 Ratione personae cont. Requisitos para personas naturales Nacional de un Estado Contratante En la fecha del consentimiento En la fecha del registro de la solicitud No puede tener la nacionalidad del Estado parte en la diferencia 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
21 Ratione personae cont. Requisitos para personas jurídicas Nacionalidad de un Estado Contratante distinto del Estado parte en la diferencia Nacional en la fecha del consentimiento 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
22 Ratione personae cont. Foreign control Requisitos para las compañías locales Nacional del Estado parte en la diferencia en la fecha del consentimiento Compañía local sometida a control extranjero Acuerdo de las partes de darle a la compañía local, a los efectos del Convenio, tratamiento como nacional de otro Estado 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
23 B) Ratione Materiae Qué tipo de disputas pueden ser presentadas ante el CIADI? Disputas jurídicas que surjan directamente de una inversión 3 requisitos: Existencia de una diferencia de naturaleza jurídica Existencia de una inversión La diferencia debe surgir directamente de una inversión 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
24 Ratione Materiae cont. Diferencia de naturaleza jurídica La diferencia debe referirse a la existencia o alcance de un derecho u obligación de orden legal. Excluye todo conflicto de intereses surgidos por motivos políticos, económicos o exclusivamente comerciales por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
25 Ratione Materiae cont. Inversión Convenio omite intencionalmente definir el término "inversión". En consecuencia, las partes tienen libertad amplia, aunque no ilimitada, para determinar si la transacción de que se trata constituye una inversión (coexistencia con definiciones en los TBIs) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
26 Ejemplo 1: Inversión a) por el término inversiones se entiende todo tipo de activo y particularmente, aunque no exclusivamente: i) bienes muebles e inmuebles así como cualquier otro derecho real con respecto acualquier tipo de activo; ii) derechos derivados de acciones, bonos yotros tipos de participaciones en compañías y joint ventures ; iii) obligaciones o créditos relativos a otros activos o a cualquier crédito que tenga un valor económico; iv) derechos en el campo de la propiedad intelectual, procesos técnicos, goodwill y knowhow ; v) derechos conferidos por ley o por contrato, incluyendo derechos para la prospección, exploración, extracción y explotación de recursos naturales. (Fuente: TBI Costa Rica Holanda) 2011 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
27 Ejemplo 2: Inversión inversión significa: (a) una empresa; (b) acciones de una empresa; (c) instrumentos de deuda de una empresa: (d) un préstamo a una empresa, (e)una participación en una empresa (g) bienes raíces u otra propiedad, tangibles o intangibles, adquiridos o utilizados con el propósito de obtener un beneficio económico o para otros fines empresariales; y (h) la participación que resulte del capital u otros recursos destinados para el desarrollo de una actividad económica en territorio de otra Parte Fuente: TLCAN 2011 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
28 inversión no significa: Ejemplo 2: Inversión (i) reclamaciones pecuniarias derivadas exclusivamente de: (1) contratos comerciales para la venta de bienes o servicios por un nacional o empresa en territorio de una Parte a una empresa en territorio de otra Parte; o (2) el otorgamiento de crédito en relación con una transacción comercial, como el financiamiento al comercio, salvo un préstamo cubierto por las disposiciones del inciso (d); Fuente: TLCAN 2011 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
29 C) Consentimiento Piedra angular Voluntario, escrito e irrevocable No requiere ser expresado en un mismo acto jurídico 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
30 Consentimiento cont. Fuentes de Consentimiento CIADI: Contratos Leyes de Inversión Tratados Bilaterales de Inversión (TBI o BIT) Acuerdos Multilaterales (TLCAN, CAFTA DR) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
31 Base del consentimiento invocada para establecer la jurisdicción del CIADI (c) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El contenido puede ser reproducido para fines educativos citando la fuente. 31
32 Base del consentimiento invocada para establecer la jurisdicción del CIADI (2011) (c) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El contenido puede ser reproducido para fines educativos citando la fuente. 32
33 Contrato: Ejemplo 1 las Partes se obligan a someter las controversias o divergencias que tengan relación o surjan de la ejecución de este Contrato, a la jurisdicción y competencia del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (el CIADI ), para que sean arregladas y resueltas de conformidad con lo dispuestos en dicho Convenio por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
34 Contrato: Ejemplo 2: El [Gobierno] de nombre del Estado Contratante (en adelante denominado el "Estado Receptor") y nombre del inversionista (en adelante denominado "el Inversionista") convienen por la presente en someter al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (en adelante denominado el "Centro") toda diferencia que surja de este acuerdo o se relacione con el mismo, para su arreglo mediante [conciliación]/[arbitraje de conformidad con el Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados Fuente: Cláusula Modelo CIADI 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
35 Legislación: Ejemplo1 Las controversias que surjan entre un inversionista internacional, cuyo país de origen tenga vigente con Venezuela un tratado o acuerdo sobre promoción y protección de inversiones, o las controversias respecto de las cuales sean aplicables las disposiciones del Convenio (CIADI), serán sometidas al arbitraje internacional en los términos del respectivo tratado o acuerdo, si así éste lo establece, sin perjuicio de la posibilidad de hacer uso, cuando proceda, de las vías contenciosas contempladas en la legislación venezolana vigente. Art por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. Fuente: Ley de Inversión de Venezuela,
36 Legislación: Ejemplo 2... the foreign investor may submit the dispute for resolution and the Republic of Albania hereby consents to the submission thereof, to the International Centre for Settlement of Investment Disputes. Fuente: Ley de Inversión Extranjera de Albania, Art. 8(2) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
37 Legislación: Ejemplo 3 En caso que surgieren controversias o diferencias entre los inversionistas nacionales o extranjeros y el Estado, referentes a inversiones de aquellos, efectuadas en El Salvador, las partes podrán acudir a los Tribunales de Justicia, competentes, de acuerdo a los procedimientos legales. En el caso de controversias surgidas entre inversionistas extranjeros y el Estado, referentes a inversiones de aquellos efectuadas en El Salvador, los inversionistas podrán remitir la controversia: a) Al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) Fuente: Ley de Inversión de El Salvador, Art by International Centre for Settlement of Investment Disputes. Content may be reproduced for educational use with acknowledgement.
38 Cómo opera el consentimiento en un tratado? El estado otorga su consentimiento al suscribir el tratado La cláusula CIADI constituye una oferta El inversionista puede acpetar la oferta al someter su reclamación al CIADI El consentimiento se configura al momento en que el inversionista acepta la oferta 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
39 Tratado: Ejemplo 1 TLCAN Artículo 1120: Sometimiento de la reclamación al arbitraje un inversionista contendiente podrá someter la reclamación a arbitraje de acuerdo con: (a) (b) (c) el Convenio del CIADI, siempre que tanto la Parte contendiente como la Parte del inversionista, sean Estados parte del mismo; las Reglas del Mecanismo Complementario del CIADI, cuando la Parte contendiente o la Parte del inversionista, pero no ambas, sea Parte del Convenio del CIADI; o las Reglas de Arbitraje de CNUDMI 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
40 Tratado: Ejemplo 2 La controversia podrá ser sometida a un tribunal arbitral internacional [CIADI] cuando ambas partes en la controversia así lo hayan convenido 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
41 Tratado: Ejemplo 3 If the divergency cannot be settled within six months of the date when it has been raised by one of the parties in dispute, it shall, at the request of the national or company of the other Contracting Party, be submitted for arbitration. Unless the parties in dispute agree otherwise, the divergency shall be submitted for arbitration under the ICSID Convention 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
42 Tratado: Ejemplo 4 The Contracting Party in the territory of which a national of the other Contracting Party makes or intends to make an investment, shall assent to any demand on the part of such national to submit, for arbitration or conciliation, to the Centre..., any dispute that may arise in connection with the investment 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
43 Tratado: Ejemplo 5 1. En caso de surgir una controversia entre una Parte Contratante y un inversionista de la otra Parte Contratante en relación con una inversión en el ámbito del presente Acuerdo, el inversionista y la Parte Contratante de que se trate celebrarán consultas para lograr una solución amigable. 2. De no lograrse una solución amistosa, el inversionista podrá someter la controversia a la jurisdicción nacional de la Parte Contratante en cuyo territorio se efectuó la inversión o a arbitraje internacional. En este último caso la controversia se someterá al [CIADI] [ ] 4. Las Partes Contratantes consienten en someter al arbitraje internacional, a que se refiere el numeral 2 anterior, las controversias relativas a inversiones amparadas por el presente Acuerdo por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. Fuente: Art. 8 TBI entre Venezuela y Chile de 1993
44 Tratado (periodo de espera) (2) Si una controversia en el sentido del párrafo (1) no pudiera ser resuelta dentro del plazo de seis meses, contado desde la fecha en que una de las partes en la controversia la haya promovido, será sometida a petición del nacional o sociedad de que se trate: (b) A arbitraje internacional del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI), creado por el "Convenio sobre Arreglo de Diferencias relativas a las inversiones entre Estados y Nacionales de otros Estados", firmado en Washington el 18 de marzo de 1965; o, según el caso, al Mecanismo Complementario para la Administración de Procedimientos de Conciliación, Arbitraje y Comprobación de Hechos por la Secretaria del CIADI Fuente: Art. 10(2)(b) TBI entre Perú y Venezuela de 1996 (c) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El contenido puede ser reproducido para fines educativos citando la fuente. 44
45 Cuestiones jurisdiccionales La parte demandante no era nacional de otro Estado Contratante La diferencia no estaba relacionada directamente a una inversión La inversión había terminado antes de que fuera dado el consentimiento La inversión no estaba ubicada dentro del territorio de la parte cuya obligación de protección se estaba invocando 2011 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
46 Cuestiones jurisdiccionales 2 La parte demandante no agotó los remedios locales No hubo gestiones previas para llegar a un acuerdo amigable antes de acudir al arbitraje Falta de consentimiento 2011 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
47 Mecanismo Complementario Cuando el Estado parte en la diferencia o el Estado del cual es nacional el inversionista no es un Estado Contratante Cuando la diferencia no surja directamente de una inversión 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
48 IV. Cómo administramos un caso? Ejemplo de un procedimiento CIADI de principio a fin 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
49 Etapas de un Procedimiento (c) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El contenido puede ser reproducido para fines educativos citando la fuente. 49
50 Cómo empieza un procedimiento? Primer paso: solicitud de arbitraje Artículo 36 del Convenio (1)Cualquier Estado Contratante o nacional de un Estado Contratante que quiera incoar un procedimiento de arbitraje, dirigirá, a tal efecto, una solicitud escrita al Secretario General quien enviará copia de la misma a la otra parte. (2) La solicitud deberá contener los datos referentes al asunto objeto de la diferencia, a la identidad de las partes y al consentimiento de éstas al arbitraje, de conformidad con las reglas de procedimiento a seguir para iniciar la conciliación y el arbitraje por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
51 Registro de la solicitud de arbitraje Artículo 36(3) del Convenio El Secretario General registrará la solicitud salvo que, de la información contenida en dicha solicitud, encuentre que la diferencia se halla manifiestamente fuera de la jurisdicción del Centro. Notificará inmediatamente a las partes el acto de registro de la solicitud, o su denegación Proceso de registro: en promedio 27 días 2011 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
52 Quién resuelve los casos? Tribunal de arbitraje: integrado por 3 miembros: Cada parte nombra a un árbitro Tercer árbitro, quien funge como Presidente del Tribunal, es nombrado por acuerdo de las partes o por los co árbitros Si una parte rechaza el nombramiento de un árbitro o si no hay acuerdo sobre el Presidente, el Centro puede nombrar al árbitro faltante a solicitud de cualquier parte 2011 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
53 Constitución del Tribunal A. Método de constitución del Tribunal Arbitral B. La selección de árbitros C. Proceso de nombramiento de árbitros (c) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El contenido puede ser reproducido para fines educativos citando la fuente. 53
54 A. Método de Constitución del Tribunal Las partes acuerdan el método de constitución (Art. 37(2)(a) del Convenio) Las partes no se ponen de acuerdo sobre el número de árbitros y el método de const. (Art. 37(2)(b) del Convenio) (c) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El contenido puede ser reproducido para fines educativos citando la fuente. 54
55 A. Método de Constitución Si hay acuerdo entre las partes Artículo 37(2)(a) de Convenio Tribunal se constituye con base en el acuerdo de las partes: Acuerdo previo a la solicitud de arbitraje Acuerdo entre las partes una vez se inicio el procedimiento (Regla de arbitraje 2) (c) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El contenido puede ser reproducido para fines educativos citando la fuente. 55
56 A. Método de Constitución No hay acuerdo entre las partes Artículo 37(2)(b) del Convenio Cuando no hay acuerdo de las partes sobre el numero de árbitros y el método de constitución, el tribunal se integra por tres árbitros: uno designado por cada parte y el tercero, que presidirá el tribunal, designado de común acuerdo (c) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El contenido puede ser reproducido para fines educativos citando la fuente. 56
57 B. La selección de árbitros Lista de Árbitros del CIADI Cada uno de los 148 Estados Contratantes designa 4 personas como árbitros/conciliadores quienes podrán ser, o no, nacionales de ese Estado El Presidente del Consejo Administrativo podrá designar 10 personas para la Lista de árbitros y 10 personas para la Lista de conciliadores Períodos renovables de 6 años (Artículos del Convenio del CIADI) (c) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El contenido puede ser reproducido para fines educativos citando la fuente. 57
58 B. La Selección de Árbitros Características Artículo 14(1) del Convenio del CIADI Gozar de amplia consideración moral Tener reconocida competencia en el campo del Derecho, del comercio, de la industria o de las finanzas Inspirar plena confianza en su imparcialidad de juicio (c) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El contenido puede ser reproducido para fines educativos citando la fuente. 58
59 B Cómo se seleccionan los árbitros? Seleccionados por Seleccionados por el las partes o según el CIADI a falta de mecanismo adoptado nombramiento o por éstas acuerdo de las partes (c) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El contenido puede ser reproducido para fines educativos citando la fuente. 59
60 B. La Seleccion de Árbitros Nombramiento por el CIADI (Mecanismo Auxiliar) Artículo 38 del Convenio del CIADI Si el Tribunal no llegare a constituirse dentro de los 90 días siguientes a la fecha del envío de la notificación del acto de registro o dentro de cualquier otro plazo que las partes acuerden, el Presidente [del Consejo Administrativo del CIADI], a petición de cualquiera de éstas y, en lo posible, previa consulta a ambas partes, deberá nombrar el árbitro o los árbitros que aún no hubieren sido designados. (c) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El contenido puede ser reproducido para fines educativos citando la fuente. 60
61 B. La Seleccion de Árbitros Nombramiento por el CIADI (Mecanismo Auxiliar) Artículo 38 del Convenio del CIADI y Regla de Arbitraje 4(1) El CIADI sólo realizará los nombramientos de los árbitros faltantes a solicitud de una de las partes Dicha solicitud solo podrá ser efectiva si han pasado más de 90 días después de la notificación de registro Antes de proceder al nombramiento de los árbitros, el CIADI consulta a ambas partes en la medida de lo posible Los nombramientos realizados por el CIADI bajo el Art. 38, deben ser seleccionados de la Lista de Árbitros (c) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El contenido puede ser reproducido para fines educativos citando la fuente. 61
62 B. La Selección de Árbitros Consideraciones Experiencia Nacionalidad Idiomas Disponibilidad Cohesión del Tribunal Otras áreas de especialidad (c) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El contenido puede ser reproducido para fines educativos citando la fuente. 62
63 B. La Selección de Árbitros Limitaciones Nacionalidad de los árbitros Artículo 39 del Convenio del CIADI y Regla de Arbitraje 1(3) Cuando el Tribunal se integre de tres miembros, una parte no podrá nombrar como árbitro a un nacional de cualquiera de esos Estados salvo de común acuerdo con la otra parte en la diferencia. (c) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El contenido puede ser reproducido para fines educativos citando la fuente. 63
64 Ejemplo de una disputa entre una compañía de nacionalidad francesa y Argentina No es posible tener: Es posible: 2 árbitros franceses 2 árbitros argentinos 1 árbitro francés y 1 árbitro argentino A no ser que las partes los designen de común acuerdo 2 o 3 árbitros suizos (o de cualquier otra nacionalidad). (c) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El contenido puede ser reproducido para fines educativos citando la fuente. 64
65 B. La Selección de Árbitros Limitaciones Regla de Arbitraje 1(4) No podrá ser nombrada miembro del Tribunal ninguna persona que haya actuado previamente como conciliador o árbitro en cualquier procedimiento para el arreglo de la diferencia (c) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El contenido puede ser reproducido para fines educativos citando la fuente. 65
66 C. Proceso de Nombramiento de Árbitros Aceptación de Nombramiento por parte de un árbitro El CIADI solicita oficialmente la aceptación del nombramiento por la persona nombrada, quien deberá dar una respuesta en un periodo de 15 días (Regla de Arbitraje 5(2) y (3)) Si éste acepta deberá firmar una declaración en la que confirma su obligación de confidencialidad con el proceso y la falta de conflictos (Regla de Arbitraje 6 (2)) Se entenderá que se ha constituido el Tribunal y que el procedimiento se ha iniciado, en la fecha en que el Secretario General notifique a las partes que todos los árbitros han aceptado su nombramiento. (Regla de Arbitraje 6(1)) (c) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El contenido puede ser reproducido para fines educativos citando la fuente. 66
67 Consideraciones Adicionales Recusación de Árbitros Bases para solicitar la Recusación (Art. 57 Convenio) Carencia manifiesta de las cualidades exigidas por el Artículo 14(1) No cumple con los requisitos de nacionalidad Procedimiento (Regla de Arbitraje 9) Los demás miembros del tribunal deberán decidir sobre la propuesta de recusación En caso de no llegar a una decisión, el Presidente del Consejo Administrativo deberá tomar la decisión (c) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El contenido puede ser reproducido para fines educativos citando la fuente. 67
68 Consideraciones Adicionales Lista de Árbitros: América Latina Diversidad en designaciones de árbitros Género Nacionalidad (Art. 14(2) del Convenio) Recientes designaciones por el Presidente del Consejo Administrativo: Eduardo Zuleta (Colombia) Claus von Wobeser (México) (c) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El contenido puede ser reproducido para fines educativos citando la fuente. 68
69 Constitución del Tribunal Distribución Geográfica de Nombramientos Árbitros, conciliadores y miembros de comités ad hoc nombrados en los casos registrados bajo el Convenio del CIADI yel Reglamento del Mecanismo Complementario Distribución de los nombramientos hechos por el CIADI y por las partes (c) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El contenido puede ser reproducido para fines educativos citando la fuente. 69
70 Primera sesión Asuntos preliminares y de organización (por ejemplo: el lugar del procedimiento, el idioma o idiomas, fechas para las presentaciones escritas, producción de la prueba, etc.) Si no hay acuerdo entre las partes, el Tribunal de Arbitraje decide 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
71 Audiencias De jurisdicción y sobre el fondo Se llevan a cabo en Washington, D.C., salvo acuerdo en contrario Actuaciones orales, interrogatorios de testigos y peritos, preguntas del Tribunal 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
72 Laudo El Tribunal rinde su Laudo después de haber cerrado el procedimiento El Tribunal decide todas las cuestiones por mayoría de votos de todos sus miembros El laudo se dicta por escrito y contiene la declaración sobre todas las pretensiones sometidas por las partes del Tribunal El Centro no publica el laudo sin el consentimiento de las partes El 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
73 Cómo se resuelven los casos? Resultados (c) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El contenido puede ser reproducido para fines educativos citando la fuente. 73
74 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. Laudos CIADI
75 Qué alcance tienen los laudos? El laudo es obligatorio para las partes El artículo 54 exige a todos los Estados que reconozcan el carácter vinculante del laudo y que hagan cumplir las obligaciones pecuniarias impuestas por el laudo, como si se tratase de una sentencia firme de uno de sus tribunales locales por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
76 Hay recurso de apelación? El artículo 53(1) del Convenio establece que el laudo no podrá ser objeto de apelación ni de cualquier otro recurso. En algunos tratados recientes se han incluido disposiciones para el establecimiento de mecanismos de apelación que podrían abarcar casos amparados bajo el Convenio del CIADI 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
77 Cuáles son los recursos posteriores al laudo? Cuáles son los recursos después del laudo? Rectificación (Art. 49) Aclaración (Art. 50) Revisión (Art. 51) Anulación (Art. 52) 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
78 Cuáles son las causales de anulación Constitución incorrecta del Tribunal Extralimitación manifiesta de facultades Corrupción de un árbitro Quebrantamiento grave de una norma de procedimiento Falta de motivación 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
79 V. Cuáles son algunas novedades y retos? 2011 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
80 Cómo ha cambiado la manera de administrar los procedimientos? Casos complejos (partes múltiples) Novedades procesales y de fondo 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
81 Retos para el CIADI Conflictos de interés Riesgo de decisiones contradictorias Transparencia 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
82 MUCHAS GRACIAS Website: icsid.worldbank.org 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones.
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