LEY MUNICIPAL No 004
|
|
- Santiago Saavedra del Río
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 Primera Sección - Provincia Manco Kapac Y!Jopaeaóa1za - rf?lfolwia LEY MUNICIPAL No 004 "LEY DE ACUERDOS Y CONVENIOS INTERGUBERNATIVOS" GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE COPACABANA :,. - _: PLAZA DE ARMAS 2 DE FEBRERO - COPACABANA- LA PAZ- BOLIVIA copacabanalllristica@hotmail.com TELFIFAX:
2 Primera sección.. Provincia Manco Kapat YBojaeaÓCvna - (fj//fofir;ia LEY MUNICIPAL AUTONOMICA No.004/2014 GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE COPACABANA H. Emil Fernando Quispe Parí ALCALDE MUNICIPAL COPACABANA EL ÓRGANO LEGISLATIVO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE DECRETA: COPACABANA: LEY DE ACUERDOS Y CONVENIOS INTERGUBERNATIVOS AUTONOMO MUNICIPAL DE COPACABANA. DEL GOBIERNO Por cuanto el H. Concejo Municipal de Copacabana ha aprobado la siguiente Ley Municipal: EXPOSICION DE MOTIVOS: Que, el 25 de enéro delaño 2009, se aprueba la Nueva Constitución Política del Estado Plurinac~on~!, e~ta,bleciendo en su Articulo 302 Parágrafo I Numeral 35, que son competéncias exchrsivas de los Gobiernos Municipales Autónomos en su jurisdicción "La firma de convenios y 1 o contratos con personl'ts natuf~es colectivas, ' públicas y privadas para el desarrollo y cumplimiento de ~us atribuciones, competencias y fmes", así mismo la U:Y 031 Ley Marco de-autonomjas y Descentralización "Andrés Ibáñez". en el Articulo 133.Parágrafo J. i:ñdica que "~s ~-. Acuerdos Intergubernativos destinados al desarrollo para el ejercicio coordinado de sus competencias y la implementación corljunta de programas y proyectos podrful 4.r-:., :. suscribirse ehtre entidades territoriales autónomas 6~e-r.ttre estas con el nivel central del Estado. Estos acuerdos serán vinculantes para las partes con fuerza de ley, u.n~ vez ratificádos-por sus.respectivos órganos deliberativos", en ese orden la Ley 482 de Gobiernos Autónomos Municipales en el Articulo 16 Numeral 7, indica que el Concejo Municipal como Organo Legislativo Deliberativo y Fiscalizador tiene como atribución la de "Aprobar o ratificar convenios, de acuerdo a Ley Municipal". Que en razón de que es necesaria la colaboración entre el Municipio de Copacabana e Instituciones públicas y privadas para el desarrollo del municipio, para lograr un trabajo conjunto que conlleve al crecimiento y desarrollo del Municipio de Copacabana. o EL ÓRGANO LEGISLATIVO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE COPACABANA: DECRETA: LEY DE ACUERDOS Y CONVENIOS INTERGUBERNATIVOS TÍTULO 1 DISPOSICIONES GENERALES LEY MUNICIPAL AUTÓNOMICA N0.007/2014 PÁGINA 1 D!! S PLAZA DE ARMAS 2 DE FEBRERO - COPACABANA - LA PAZ - BOLIVIA
3 Primera Sección - Provincia Manco Kapac C@opaeabíMUb - {fj!fo_lúj.ia Artículo 1 (Objeto). La presente Ley Municipal tiene por objeto regular el procedimiento para la suscripción de acuerdos o convenios intergubemativos entre el Gobierno Autónomo Municipal de Copacabana y Entidades Públicas o Privadas, en el ejercicio de sus competencias y atribuciones. Artículo 2 (Alcances).-Las disposiciones de la presente ley son de interés social y observancia obligatoria en el Municipio de Copacabana; y tiene por objeto regular las facultades de colaboración y coordinación para la celebración de Acuerdos Interinstitucionales con autoridades de las diferentes Entidades del Estado; u organizaciones internacionales, cualquiera que sea su denominación. Así como las atribuciones del Concejo Municipal en la aprobación de estos de Acuerdos Interinstitucionales. Articulo 3 (Principios).-Para el ejercicio de siguientes principios rectqres: la presente ley se establece los l. De Coordinación: Por el cual, las autoridades del Gobierno Municipal, al ~ -.,..., ~ "'. A momento de ejercer sus propias competencias, deberán co~ordinar poli~cas, planes, programas y proyectos para su ejecución JilallCQ.~Ul)ada; así como articular su actuación con los diferentes niveles 'de. autoridad -del Gobierno Nacional y su administrad_ón departamental. 11. De Concurrencia: Por el cual, el GobiernC? Municipal podrá ejercer svs competencias en unión o en relación directa ~ con otras --autori~ades entidades, territoriales públicas y privadas, desconcéhtrad~~';. J ~ <,o, ;,:" descentralizadas y regulatorias, en el márc o del Plan de D.esatrollo Muru~ipal. Su ac:tuación no s~ prolongará más allá del límite fijado pof la ma~ena ~orrespondiente De Sub'sj.diariedad: Por el cual, aquellas competencias e iniciativas que puedan ser realizadas con eficiencia y eficacia por el Gobierno Municipal no deben corresponder a un ámbito superior de la administración del Poder Ejecutivo, salvo que éstas sean expresamente definidas por Ley. Articulo 4 (Definición de Acuerdo y/o Convenio).-Para los efectos de esta Ley se entiende por Acuerdos o Convenio Interinstitucionales, al convenio y/ o Acuerdo celebrado por el Municipio con una o varias Entidades pertenecientes al Estado, organizaciones internacionales, cualquiera que sea su denominación. Artículo 5 (Marco Normativo).- La presente norma se enmarca en: a) Constitución Política del Estado; b) Ley Marco de Autonomías y Descentralización "Andrés Ibañez" N. 031; e) Ley de Gobiernos Autónomos Municipales No 482; d) Ley de Acuerdos y Convenios Intergubernativos N. 492 ~ -:t sus o LEY MUNICIPAL AUTÓNOMICA N0.007 /2014 PAGINA 2 DE 5 PLAZA DE ARMAS 2 DE FEBRERO - COPACABANA- LA PAZ- BOLIVIA
4 Primera Sección Provincia Manco Kapac?Bo ;aeetbc!//ub Artículo 6 (Ambito de Aplicación).- La presente Ley Municipal se aplica a todos los convenios o acuerdos que suscriba el Gobierno Autónomo Municipal de Copacabana para el desarrollo del municipio. Artículo 7 (Causales Para Suscribir Acuerdos y f o Convenios).- El Gobierno Autónomo Municipal de Copacabana, podrá suscribir acuerdos o convenios intergu bernativos, para: l. Ejecutar planes, programas o proyectos concurrentes; 2. Transferir, recepcionar recursos o bienes para el ejercicio coordinado de sus competencias; 3. Delegar competencias; 4. Otros establecidos por Ley nacional. TÍTULO 11 DEL PROCEDIMIENTO DE FIRMA CAPÍTULO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES Artículo 8...-,Los acuerdos o convenios intergubernativos suscritos 2or el 11.u!1fcipio de Copacabana, serán suscritos por la Máxima Autoridad Ejecutiva del Municipio~} Artículo 9.- El Ejecutivo Municipal recibirá o propondrá los C~mvenios.. de Colaboración con las Instituciones, Poderes del Estado o la Fedefación,.::y ~ '.,.,~ ' Organismos definidos en el articulo 1 de esta Ley.... Artículo 10.- Una vez recibido el Cpntratoi de Convenio.de Colaboradón, pasar~,a la Dirección Jurídica Murucipal para el análisis del mismo. Artículo 11.- Analizado el Convenio de Colaboración, con las observaciones correspondientes, en su caso, se remitirá a la Secretaria del Concejo para su revisión; una vez revisado por el Honorable Concejo Mu nicipal este autorizara al Ejecutivo Municipal para la firma, siendo refrendado por el Secretario del Gobierno Autónomo Municipal de Copacabana. Artículo 12.- Firmado el Convenio de Colaboración, el Presidente del Concejo Municipal tendrá la obligación de informar a los integrantes del Concejo Municipal sobre el contenido y alcance del Convenio. Artículo 13.- Corresponde la aplicación de la presente Ley a: l. El Concejo Municipal como Organo Legislativo, Deliberativo y Fiscalizador; 2. Organo Ejecutivo; Artículo 14.-Corresponde al Concejo Municipal de Copacabana: l. Aprobar los Acuerdos Interinstitu cionales; 2. Designar de entre sus integrantes del Honorable Concejo Municipal, a quien deba integrar la Comisión de Acuerdos Interinstitucionales; 3. Determinar los medios por los cuales deberá darse difusión a los Acuerdos ;. LI!Y MUNICIPAL AUTÓNOMICA N0.007 /2014 PÁGINA 3 DI! S PLAZA DE ARMAS 2 DE FEBRERO - COPACABANA - LA PAZ- BOLIVIA
5 Primera Settión - Provlntla Manto Kapat YfJo xtea~a;na - [fj6o/wia 4. Interinstitucionales; 5. Impulsar el cumplimiento a través de los organismos competentes; y 6. Crear mecanismos que permitan establecer lazos de fraternidad, así como de hermanamiento con otros municipios, organismos u organizaciones sean del Estado como extranjeras. Artículo 15.-Le Corresponde al Ejecutivo Municipal: l. Impulsar la participación del Municipio de Copacabana en los intercambios y eventos que deriven de los Acuerdos Interinstitucionales; 2. Realizar gestiones administrativas ante instancias Estatales o municipales que tengan por objeto la firma de Acuerdos Interinstitucionales; 3. Promover al Municipio de Copacabana ante otros municipios, órganos u organizaciones internacionales; y 4. Las demás que determine el Gobierno Autónomo Municipal de Copacabana y disposiciqr:es.legales aplicables. CAPÍTULO SEGUNDO DE LOS ACUERDOS INTERINSTITUCIONALES ~- - Articulo 16.-Los acuerdos Interinstitucionales se regirán de confoiínidad con) lo dispuesto por la Ley de Acuerdos y 1 o Convenios, la presente. J ey y del4ás disposiciones legales aplicables. -. Artículo 17.-Los Acuerdos Interinstit,ucionales, de b~,rán contener~ fac~ores de identidad y aspectos que contribuyan al desarrollo del Municipio en,~los térmirio~ )... 4 ~ ~.. -~.,!"fconstitucion~les y legales, atendiendó hl d~ sarrollo dé lazos de 'fraternidad y.,'q~eíl~ voluntad.entre Entidades, órganos u organismo~ públicos o privados internacionales: Los Acuerdos Interinstitucionales que no cumplan con los requisitós, procedimientos y formalidades señaladas en la presente Ley, serán nulos de pleno derecho. Artículo 18.-Los Acuerdos Interinstitucionales deberán ser aprobados de conformidad con la presente Ley del Municipio de Copacabana; y para el caso que excedan en duración al periodo de la administración que los acordó, se estará a lo dispuesto por las disposiciones legales aplicables del Estado. Artículo 19.-Los Acuerdos Interinstitucionales, podrán tener uno o varios temas en su contenido y podrán ser prorrogados exclusivamente en los siguientes casos: l. Cuando pretendan incorporarse nuevos temas de interés relacionados directamente con los objetivos para los cuales se fumó; y 2. Cuando se justifique la ampliación del plazo para el cumplimiento de objetivos específicos. Artículo 20.-Queda prohibido celebrar Acuerdos lnterinstitucionales: LEY MUNICIPALAUTÓNOMICA N0.007 /2014 PÁGINA 4 DE S PLAZA DE ARMAS 2 DE FEBRERO- COPACABANA - LA PAZ- BOLIVIA
6 Primera Sección.. Provincia Manco Kapac - 9!foáoicú l. Cuando contravengan la Constitución Política del l':stado Plurinacional de Bolivia, sus leyes, acuerdos o convenios celebrados y que hayan sido ratificados. Asimismo cuando contravengan la Carla Orgánica del Municipio de Copacabana, sus Leyes o Reglamentos Municipales aplicables; y 2. Cuando atenten contra la seguridad, bienestar y tranquilidad de los habitantes del Municipio o que redunde en perjuicio del interés y orden público. Articulo 2 1.-A las visitas e intercambios que deriven de la celebración de Acuerdos Interinstitucionales, podrán asistir: l. Los Integrantes del Cobicrno Autónomo Municipal de Copacabana; 2. Los Servidores Públicos de la Administración Municipal, designados por el Ejecutivo Municipal; y 3. Los habitantes del Municipio de Copnca.bana, a invitación expresa del Presidente del Concejo Municipal. Articulo Los acuerdos o convenios intcrgubernalivos suscri tos por el Gobierno Autónomo Municipa l de Copacabana pma la ejecución de planes, programas o proyectos, cuyo financiam icn LO total sea igual o menor u 13s (Un Millón 00/ l 00 Bolivianos) no requieren la ralill cación del Organo Legislativo. Artícu lo 23.- Los acuerdos o convenios inlcrgubcrnativos suscritos en el marco de sus competencias concu rrentes cuyar responsabilidades est{:n distribuidas por Ley nacional, no requieren ratificación. Articu lo 24.- La presente disposición cntru rú ~: 11 vigu r el día siguiente a l de su En cumplimiento a lo dispu~sto por e l Articulo 16 Numeral 7 de la Ley 482 de Gobiernos.Alltó.nomqs M.unicipa.lcs. \. H. JUAN FERNANDO ROJAS CHAMBILLA CONCEJAL MUNICIPAL LEY MUNICIPAL AUTÓNOM!CA NO 007 í20l4 PÁGINA S DE S PLAZA DE ARMAS 2 DE FEBRERO- COPACABANA- LA PAZ- BOLIVIA
7 En virtud a qu Municipal N O tanto la promulg ~~O~~norable C~ncejo Municipal ha sancionado la presente Ley, que la misma se adecua a 1 normativa vi ente actu para su fiel y estricto cumplimiento. g al, por 6 días del mes de junio de dos mil e torce años. :-... : :.:. ;... COPIA LEGALIZADA 1 DE COPACABANA La presente fotocopia es copia fiel del odgin:;l, en caso necesario me remito a su l original, (Art del Código Civi:). 1 Copacabaoa...&..- """"'de Ueva el correspondiente sello del Honorable Consejo Municipal de Copaca... J...<.UI(ll.. a... de...?.e..!.í.l....
REGLAMENTO PARA LA CELEBRACIÓN DE ACUERDOS INTERINSTITUCIONALES DEL MUNICIPIO DE QUERÉTARO
ROLANDO GARCÍA ORTÍZ, Presidente Municipal de Querétaro, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 31 fracción I y 149 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, y C O N
Más detallesEn ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización-COOTAD RESUELVE:
La Institución La Municipalidad del Cantón Bolívar inició su vida Institucional el 8 de octubre de 1913, tal como consta en el Registro Oficial, y de acuerdo a la vigencia de la nueva Constitución de la
Más detallesGOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE BALZAR
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE BALZAR Que, la Constitución de la República vigente establece en el artículo 225 que el sector público comprende las entidades que integran el Régimen Autónomo
Más detallesEL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON PICHINCHA, PROVINCIA DE MANABÍ CONSIDERANDO
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON PICHINCHA, PROVINCIA DE MANABÍ CONSIDERANDO Que, mediante Registro Oficial No. 214 de fecha 15 de junio del 2010, se expidió la ordenanza
Más detallesLEY No. 732 LEY ORGÁNICA DEL BANCO CENTRAL DE NICARAGUA
LEY No. 732 LEY ORGÁNICA DEL BANCO CENTRAL DE NICARAGUA (Publicada en la Gaceta, Diario Oficial, No. 148 y 149 del 05 y 06 de Agosto de 2010. Reformas mediante Ley No. 789, publicada en Gaceta, Diario
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CONSIDERANDO EL NUEVO MARCO CONSTITUCIONAL Y LEGAL VIGENTE, SE HACE IMPERATIVO QUE LA NORMATIVA INTERNA VAYA ACORDE A LAS DISPOSICIONES ANOTADAS, POR LO TANTO ES NECESARIO CREAR UNA
Más detallesILUSTRE M U N I C I P A L I D A D D E S A N T A E L E N A
... ILUSTRE M U N I C I P A L I D A D D E S A N T A E L E N A EL ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA ELENA CONSIDERANDO: N 01-2012.s Que de conformidad con el Art. 238 de la Constitución de la República
Más detallesACUERDO N 001 FEBRERO 12 DE 2014 POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDEN FACULTADES AL SEÑOR ALCALDE MUNICIPAL
ACUERDO N 001 FEBRERO 12 DE 2014 POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDEN FACULTADES AL SEÑOR ALCALDE MUNICIPAL EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Señor Presidente del Concejo Municipal Honorables Concejales Las connotaciones
Más detallesGOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE MACHALA
4k Oficio N 6431-SGMM Agosto 19 del 2015. Ing. Rosa Guzmán, GERENTA GENERAL DE LA EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL TERMINAL TERRESTRE DE MACHALA-EP Presente.- De mi consideración: Tengo a bien NOTIFICAR a usted,
Más detallesREPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ
REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Tipo de Norma: LEY Número: 29 Referencia: Año: 2005 Fecha(dd-mm-aaaa): 01-08-2005 Titulo: QUE REORGANIZA EL MINISTERIO
Más detallesCLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO
CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO ACUERDO POR EL QUE SE EMITE EL CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO ANTECEDENTES El 31 de diciembre de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Contabilidad
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DIRECCION DE ASENTAMIENTOS HUMANOS
REGLAMENTO INTERNO DIRECCION DE ASENTAMIENTOS HUMANOS Aprobado mediante Acta de Cabildo No. 44-Bis de fecha 25 de Agosto de 2015. Reglamento Interno De La Dirección de Asentamientos Humanos. Capitulo I
Más detallesPROCESO AUTONÓMICO BOLIVIANO DESDE LA PERSPECTIVA MUNICIPAL
PROCESO AUTONÓMICO BOLIVIANO DESDE LA PERSPECTIVA MUNICIPAL Tipos de Entidades Territoriales Autónomas Reconocidas en la Constitución Política del Estado son: Departamentales Regionales Municipales Indígenas
Más detallesLA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL EN LOS ÁMBITOS REGIONALES Y LOCALES
LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL EN LOS ÁMBITOS REGIONALES Y LOCALES Magali González Manco Área de Asesoría legal Proyecto Qhapaq Ñan Sede Nacional El Patrimonio Cultural se compone de elementos o
Más detallesLA CORPORACION MUNICIPAL DE PORTOVIEJO CONSIDERANDO:
LA CORPORACION MUNICIPAL DE PORTOVIEJO CONSIDERANDO: Que, el Municipio de Portoviejo se encuentra en un firme proceso de modernización administrativa, para incrementar el nivel de eficiencia, eficacia
Más detallesSISTEMA ESTATAL DE FISCALIZACIÓN EN BA JA CALIFORNIA
SISTEMA ESTATAL DE FISCALIZACIÓN EN BA JA CALIFORNIA Antecedentes Pronunciamiento de la Secretaría de la Función Pública, la Auditoría Superior de la Federación, los Órganos de Control de los Estados y
Más detallesAUTONOMÍA FISCAL La Paz Agosto del 2016
AUTONOMÍA FISCAL La Paz Agosto del 2016 Bolivia Autonómica A partir del año 2009, con la aprobación de la nueva Constitución Política del Estado, Bolivia pasa a ser un Estado descentralizado con autonomías.
Más detallesDECRETO No. 096 ( Octubre 22 de 2008) Por el cual se ajusta el Manual de Requisitos de los Empleos Públicos de la Alcaldía Municipal de Potosí
DECRETO No. 096 ( Octubre 22 de 2008) Por el cual se ajusta el Manual de Requisitos de los Empleos Públicos de la Alcaldía Municipal de Potosí El Alcalde del Municipio de Potosí, en uso de sus atribuciones
Más detallesNo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
No. 07-2013 ORDENANZA REFORMATORIA AL TÍTULO II, DE LA ORGANIZACIÓN, PLANIFICACIÓN Y REGULACIÓN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE DEL CANTÓN LOJA DEL CÓDIGO MUNICIPAL DE VÍA PÚBLICA, CIRCULACIÓN Y TRANSPORTE
Más detallesDirección Ejecutiva de Justicia Cívica
Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica Clave o nivel Denominacion del puesto o cargo 44.5 Director Ejecutivo de Justicia Cívica Area de adscripcion(área inmediata superior) Consejería Jurídica y de Servicios
Más detallesANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR
ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR No. Expediente: 1413-2CP1-16 I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA 1. Nombre de la Iniciativa. Que reforma diversos artículos de la Ley del Instituto Nacional de las
Más detallesVIOLACIONES LEGALES QUE COMETE LA IMPORTACION DE PRODUCTOS TRANSGENICOS Y SEMILLAS TRANSGENICAS
ANEXO 1 VIOLACIONES LEGALES QUE COMETE LA IMPORTACION DE PRODUCTOS TRANSGENICOS Y SEMILLAS TRANSGENICAS 1.-CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO ARTICULO 255.- Inc. 8. Seguridad y soberanía alimentaria para
Más detallesMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO SECRETARÍA DE ESTADO DE CAMBIO CLIMÁTICO DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION AMBIENTAL
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO SECRETARÍA DE ESTADO DE CAMBIO CLIMÁTICO DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION AMBIENTAL PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN NORMAS
Más detallesPRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL ESTADO: AUTONOMÍA POLÍTICA
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL ESTADO: AUTONOMÍA POLÍTICA 1 2 ESTADO AUTONÓMICO 1) Descentralización del poder político 2) 2 niveles de gobierno: Estado central y Comunidad Autónoma 3) Reconocimiento
Más detallesGOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN HUAQUILLAS
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN CONSIDERANDO: El Art. 238 de la Constitución de la República del Ecuador establece que: "Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía
Más detallesCONCEJO DE SANTIAGO DE CALI
1 ACUERDO N DE 2007 POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL SISTEMA MUNICIPAL DE JUVENTUD EN SANTIAGO DE CALI 2 El Concejo Municipal de Santiago de Cali, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales,
Más detallesCREA COMISION ASESORA PRESIDENCIAL PARA LA COOPERACION INTERNACIONAL EN REGIONES. Santiago, 11 de junio de Nº 368 VISTOS :
REPUBLICA DE CHILE MINISTERIO DEL INTERIOR MINISTERIO DE HACIENDA OFICINA DE PARTES RECIBIDO CREA COMISION ASESORA PRESIDENCIAL PARA LA COOPERACION INTERNACIONAL EN REGIONES. Santiago, 11 de junio de 2002.
Más detallesA N T E C E D E N T E S
CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA CESIÓN/TRANSFERENCIA DE OBLIGACIONES Y RECURSOS FEDERALES PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL GIMNASIO DE USOS MÚLTIPLES EN SALTILLO, COAHUILA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL MUNICIPIO
Más detallesLA COORDINACIÓN GENERAL DE ATENCIÓN INSTITUCIONAL, COMUNICACIÓN Y CULTURA DEL AGUA TENDRÁ EL EJERCICIO DE LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES:
LA COORDINACIÓN GENERAL DE ATENCIÓN INSTITUCIONAL, COMUNICACIÓN Y CULTURA DEL AGUA TENDRÁ EL EJERCICIO DE LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES: I. Ejercer las funciones que corresponden a la Comisión como órgano
Más detallesORDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA PARA LA ORGANIZACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN PORTOVIEJO
ORDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA PARA LA ORGANIZACIÓN, DEL CANTÓN PORTOVIEJO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El proyecto de REFORMA A LA ORDENANZA PARA LA ORGANIZACIÓN, DEL CANTÓN PORTOVIEJO, responde a una
Más detallesLA ASOCIACION PROVINCIAL DE GOBIERNOS AUTONOMOS DESCENTRALIZADOS PARROQUIALES RURALES DE LA PROVINCIA DE SANTA ELENA CONSIDERANDO:
LA ASOCIACION PROVINCIAL DE GOBIERNOS AUTONOMOS DESCENTRALIZADOS PARROQUIALES RURALES DE LA PROVINCIA DE SANTA ELENA CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República vigente establece en el artículo
Más detallesLey Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero Número 193 Capítulo IV
Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero Número 193 Capítulo IV De la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales CAPÍTULO IV DE LA FISCALÍA ESPECIALIZADA
Más detallesGOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL DE CURTINCÁPAC
RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DE LA ACTUALIZACION DEL PLAN DE DESARROLLO Y DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL DE CURTINCAPAC DEL CANTÓN PORTOVELO. EL GOBIERNO AUTÓNOMO
Más detallesDECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA
DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA Artículo 1.- Se crea el Consejo Estatal de Armonización Contable para Sonora cuyo objeto es auxiliar al Consejo Nacional de Armonización
Más detallesSIE Laboral, SIE-LAB-15/13 FE DE ERRATAS EDICIONES LEGALES
SIE Laboral, SIE-LAB-15/13 FE DE ERRATAS EDICIONES LEGALES FUENTE: Suplemento del Registro Oficial No. 473 FECHA: 06 de abril de 2015 ASUNTO: Expídese la escala de techos y pisos de las remuneraciones
Más detallesREGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES.
REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento
Más detallesREGLAMENTO DE LA DIRECCIÓN MUNICIPAL DE EDUCACIÓN GÓMEZ PALACIO, DURANGO.
EL C. P. RICARDO ARMANDO REBOLLLO MENDOZA, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL REPUBLICANO AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE GÓMEZ PALACIO, DGO., A LOS HABITANTES HACE SABER: QUE EL PROPIO AYUNTAMIENTO, CON FUNDAMENTO
Más detallesMANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO 1 ÍNDICE I. Presentación II. III. IV. Fundamentación Jurídica Objetivo Glosario V. Tipos de documentos a Integrar VI.
Más detallesLEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO
ATRIBUCIONES GENERALES Publicado en el Periódico Oficial del Estado El 9 de Enero del 2008 LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Artículo 31.- A la Secretaría de Educación,
Más detallesP02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores
P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades
Más detallesC O N S I D E R A N D O
CONVENIO INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA ASAMBLEA NACIONAL DE NICARAGUA Y LOS CONSEJOS REGIONALES AUTONOMOS DE LA COSTA ATLANTICA DE NICARAGUA PARA FORTALECER SUS PROCESOS DE INSTITUCIONALIDAD Y MODERNIZACION
Más detallesManual de Organización. de la Coordinación General de la. Comisión de Planeación para el. Desarrollo del Municipio
Manual de Organización de la Coordinación General de la Comisión de Planeación para el Desarrollo del Municipio 2 Índice Nº de Hoja Introducción 4 Autorizaciones 5 I.- Antecedentes Históricos 6 II.- Base
Más detallesAUXILIARES ADMINISTRATIVOS DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA. TEMA 2 LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO. LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS.
AUXILIARES ADMINISTRATIVOS DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA. TEMA 2 LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO. LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS. Examen 1 1ª) En la elaboración de los Estatutos de Autonomía de las Comunidades
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMÓN RODRÍGUEZ COORDINACIÓN GENERAL DE PASANTÍA LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN NÚCLEO VALLE DE LA PASCUA
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMÓN RODRÍGUEZ COORDINACIÓN GENERAL DE PASANTÍA LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN NÚCLEO VALLE DE LA PASCUA REQUISITOS A CUMPLIR POR EL PARTICIPANTE PARA REALIZAR PASANTÍAS
Más detallesEXPIDE: a) Asistir de forma obligatoria a las reuniones ordinarias, extraordinarias y conmemorativas.
ORDENANZA QUE REGULA LOS DEBERES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL ORGANO LEGISLATIVO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON PEDRO MONCAYO CONSIDERANDO: Que, EL Código Orgánico de
Más detallesUNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y FINANCIERAS CARRERA DE ADMINISTRACION DE EMPRESAS
UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y FINANCIERAS CARRERA DE ADMINISTRACION DE EMPRESAS DESARROLLO INSTITUCIONAL Relativo al desarrollo de capacidades de gestión legal, técnica,
Más detallesACUERDO MINISTERIAL SP-M
ACUERDO MINISTERIAL SP-M-731-2002 Guatemala, 10 de Julio de 2002 EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: Que mediante el Acuerdo Gubernativo número 426-2001 de fecha dieciséis de
Más detallesGOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN AGUARICO TIPUTINI AGAURICO ORELLANA
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN AGUARICO CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial Nº 449, del 20 de octubre del año 2008,
Más detallesObligación del Secretario de compulsar documentos de particulares que no obren en dependencias municipales. 005/13
ASUNTO: ORGANIZACIÓN Obligación del Secretario de compulsar documentos de particulares que no obren en dependencias municipales. 005/13 EP ************ INFORME I. ANTECEDENTES DE HECHO Mediante escrito
Más detallesPLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL
PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL QUÉ CREE UD QUE ES EL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL? CÓDIGO ORGÁNICO DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS
Más detallesEL M. I. CONCEJO CANTONAL DE GUAYAQUIL CONSIDERANDO
EL M. I. CONCEJO CANTONAL CONSIDERANDO QUE, de conformidad con lo previsto en el artículo 264 de la Constitución de la República del Ecuador, los gobiernos municipales tienen competencia exclusiva, sin
Más detallesAsunto: Tratamiento de los escritos de la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo, S.A. (EMVS), a efectos de registro.
Asunto: Tratamiento de los escritos de la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo, S.A. (EMVS), a efectos de registro. 1.- Antecedentes. Por la Dirección General de Calidad y Atención al Ciudadano del Área
Más detallesDESPACHO DEL COMISIONADO NACIONAL DE PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS
República de Honduras, C.A. DESPACHO DEL COMISIONADO NACIONAL DE PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS DECRETO NUMERO 26-92 EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA, EN CONSEJO DE MINISTROS CONSIDERANDO:
Más detallesINE/JGE96/2016 ANTECEDENTES
INE/JGE96/2016 ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN O ACTUALIZACIÓN DE MANUALES DE ORGANIZACIÓN DEL INE. ANTECEDENTES
Más detallesMarco Legal. Objetivo del Acta de Entrega. Formalidades del Acta de Entrega. Aspectos relacionados con la Revisión del Acta de Entrega por el Órgano
Marco Legal. Objetivo del Acta de Entrega. Formalidades del Acta de Entrega. Aspectos relacionados con la Revisión del Acta de Entrega por el Órgano de Control Fiscal Interno. Contenido del Acta de Entrega.
Más detallesACUERDO MINISTERIAL No Guatemala, 18 de marzo de EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: CONSIDERANDO:
ACUERDO MINISTERIAL No. 595-2010 Guatemala, 18 de marzo de 2010. EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Código de Salud, el Estado a través del Ministerio
Más detallesREGLAMENTO DE INCLUSION DE LAS Y LOS ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD O CAPACIDADES ESPECIALES DE LA UNIVERSIDAD TECNICA ESTATAL DE QUEVEDO
REGLAMENTO DE INCLUSION DE LAS Y LOS ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD O CAPACIDADES ESPECIALES DE LA UNIVERSIDAD TECNICA ESTATAL DE QUEVEDO Aprobado en Primera instancia mediante resolución Trigésima Octava
Más detallesLEY DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA LEY Nº 27933
LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA LEY Nº 27933 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: La Comisión Permanente del Congreso de la República ha dado la ley siguiente: LA COMISIÓN PERMANENTE
Más detallesEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE CANTÓN GIRÓN CONSIDERANDO:
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE CANTÓN GIRÓN CONSIDERANDO: Que, la celebración de actos cívicos, históricos, culturales, artísticos, expresiones sociales, religiosas y deportivas, han
Más detallesReglamento de la Ley de Protección al Acceso a la Diversidad Biológica y los Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indígenas
Reglamento de la Ley de Protección al Acceso a la Diversidad Biológica y los Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indígenas ANEXO - DECRETO SUPREMO Nº 022-2006-PCM (El Decreto Supremo en referencia
Más detallesPOR EL CUAL SE REESTRUCTURA EL GABINETE SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y SE ESTABLECEN SUS FUNCIONES, A TRIBUCIONES Y A UTORIDADES.
ANO DEL BICENTENARIO DE LA PROCLAMACIÓN DE LA REPÚBLICA 1813-2013 DECRETO NO L POR EL CUAL SE REESTRUCTURA EL GABINETE SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y SE ESTABLECEN SUS FUNCIONES, A TRIBUCIONES
Más detallesManual Único de Procesos
I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Diario Oficial de la Federación, 5 de febrero de 1917. Reformas y adiciones. Constitución Política del Estado Libre
Más detallesPrincipios que rigen el funcionamiento del Estado
Talleres de actualización para el Concejo Municipal de La Antigua Guatemala Principios que rigen el funcionamiento del Estado Luis F. Linares López La Antigua Guatemala, 2 de mayo de 2014 Asociación de
Más detallesDECLARACIONES 1. DE "LA AUDITORÍA":
CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN, QUE-CELEBRAN. POR UNA PARTE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN, REPRESENTADA. POR SU TITULAR EL C.P. C. ARTURO GONZÁLEZ DE ARAGÓN O. Y, POR LA
Más detallesREGLAMENTO INTERNO COMISIÓN INTERSECTORIAL DE COORDINACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA PÚBLICA NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO
REGLAMENTO INTERNO COMISIÓN INTERSECTORIAL DE COORDINACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA PÚBLICA NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO ALTA CONSEJERIA PRESIDENCIAL PARA LA EQUIDAD DE LA MUJER El presente
Más detalles8. COMPETENCIAS 8. B) MATERIAS DE LAS COMPETENCIAS 8. B) 53 SEGURIDAD PUBLICA, Y POLICIA AUTONOMICA. TÍTULO IV: Las Competencias
8. COMPETENCIAS 8. B) MATERIAS DE LAS COMPETENCIAS 8. B) 53 SEGURIDAD PUBLICA, Y POLICIA AUTONOMICA COMUNITAT VALENCIANA L.O.1/2006, de 10 de abril, de reforma de la L.O.5/1982, de 1 de julio, de Estatuto
Más detallesC O N T E N I D O. 1. Propósito. 2. Alcance. 3. Responsabilidad y autoridad. 4. Normatividad aplicable. 5. Políticas
Versión vigente No. 03 Fecha: 07 de Septiembre 2010 C O N T E N I D O 1. Propósito 2. Alcance 3. Responsabilidad y autoridad 4. Normatividad aplicable 5. Políticas 6. Diagrama de bloque del procedimiento
Más detallesDecreto 43/2004, de 29 de abril, por el que se crea el Museo Etnográfico de Castilla y León.
Decreto 43/2004, de 29 de abril, por el que se crea el Museo Etnográfico de Castilla y BO. Castilla y León 30 abril 2004, núm. 81/2004 [pág. 5841] El significado del patrimonio etnográfico para comprender
Más detallesEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE PAQUISHA CONSIDERANDO
EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE PAQUISHA CONSIDERANDO Que, la Constitución de la República del Ecuador manda (Art. 264, núm. 6) Los gobiernos municipales tendrán las siguientes competencias
Más detallesDECRETO POR EL QUE SE CREA LA PROCURADURIA PARA ASUNTOS INDIGENAS DEL ESTADO DE JALISCO
DECRETO 14156 POR EL QUE SE CREA LA PROCURADURIA PARA ASUNTOS INDIGENAS DEL ESTADO DE JALISCO Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1.- Se crea la Procuraduría para Asuntos Indígenas del gobierno
Más detallesEstatuto de autonomía de Cataluña (BOE núm. 172, )
Estatuto de autonomía de Cataluña (BOE núm. 172, 20.07.2006) TÍTULO PRELIMINAR Artículo 4. Derechos y principios rectores 1. Los poderes públicos de Cataluña deben promover el pleno ejercicio de las libertades
Más detallesPRINCIPIOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO.
PRINCIPIOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO. La estructura y organización de la Administración del Estado, o Administración Pública, se encuentra regulada en sus bases generales en la Constitución
Más detallesRESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN
RESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN por la cual se incorpora, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la Evaluación
Más detallesTest: La Comunidad Autónoma de Andalucía. Idea general de las competencias. 1. Cuántos artículos tiene el Estatuto de Autonomía para Andalucía?
Test: La Comunidad Autónoma de Andalucía. Idea general de las competencias. 1. Cuántos artículos tiene el Estatuto de Autonomía para Andalucía? a) 247 b) 250 c) 255 d) 280 2. El Estatuto de Autonomía para
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE LAS MUJERES DE XICOTEPEC.
REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE LAS MUJERES DE XICOTEPEC. ACUERDO de la Junta de Cabildo del Honorable Ayuntamiento Municipal de fecha 15 de febrero de 2014, que expide el REGLAMENTO INTERNO
Más detallesREGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO MICHOACANO DE LA JUVENTUD
REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO MICHOACANO DE LA JUVENTUD Publicado en el Periódico Oficial el 1 de Enero del 2002 PODER EJECUTIVO DEL ESTADO Víctor Manuel Tinoco Rubí, Gobernador Constitucional del
Más detallesHONORABLE CONCEJO GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE PAlOS BlANCOS
HONORABLE CONCEJO GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE PAlOS BlANCOS.O O '3 1 2 O 1 4 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El artículo 269 de la constitución política del estado Plurinacional de Bolivia define la organización
Más detallesCONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL OFICINA DEL CONTADOR MAYOR
DR. DAVID M. VEGA VERA, Contador Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 1o.; 3o., cuarto párrafo; 14, fracciones I, XVI, y XXIII; 16; 17 y demás
Más detallesGESTION PUBLICA I CONSEJOS, ENTIDADES DESCONCENTRADAS Y DESCENTRALIZADAS
GESTION PUBLICA I CONSEJOS, ENTIDADES DESCONCENTRADAS Y DESCENTRALIZADAS INTEGRANTES: FLORES YUJRA ROXANA MACUCHAPI ZARATE ANA TORREZ MANCHEGO BEATRIZ V. 3.4.1 CONSEJO DE COORDINACIÓN DS. 29894 COORDINACIÓN
Más detallesREGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO. TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales
REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales Artículo 1- La Coordinación Nacional de Autoridades Municipales
Más detallesC O N S I D E R A N D O
ARMANDO ALEJANDRO RIVERA CASTILLEJOS, Presidente Municipal de Querétaro, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 31 fracción I y 149 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro,
Más detallesANTECEDENTES C O N S I D E R A N D O
CG09/2009 ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS POLÍTICAS INSTITUCIONALES PARA LA PRESENTACIÓN O REMISIÓN DE DENUNCIAS POR LA PROBABLE COMISIÓN DE DELITOS
Más detallesREGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA TÍTULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º. El objeto del presente Reglamento es la regulación de las formas, medios y procedimientos de información y
Más detallesEl Proceso de descentralización en el Distrito de Barranquilla. Avances y retrocesos
El Proceso de descentralización en el Distrito de Barranquilla Avances y retrocesos I. Algunos apuntes acerca de la Descentralización II. Antecedentes de la descentralización local III. Ley 1617 Nueva
Más detallesACUERDO No. 013 de 2008 (18 DE SEPTIEMBRE)
ACUERDO No. 013 de 2008 (18 DE SEPTIEMBRE) POR MEDIO DEL CUAL SE CREA LA OFICINA DE COOPERACION INTERNACIONAL DEL MUNICIPIO DE GUADALAJARA DE BUGA Y SE CONCEDEN UNAS FACULTADES. EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
Más detalles3. DOCUMENTOS A CONSULTAR 3.1. Ley Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo PROMPERÚ.
Título: PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DEL BRIEF PARA SOLICITAR SERVICIOS DE COMUNICACIÓN Y MERCADEO, O PRODUCCIÓN DE EVENTOS Código: DC-PYC-PR-01 Versión: 05 Página: 2/5 1. OBJETIVO Establecer los
Más detallesTercer Año de Ejercicio Constitucional Tercer Periodo de Receso
Tercer Año de Ejercicio Constitucional Tercer Periodo de Receso Intervención de la diputada, Alicia Margarita sierra Navarro con las iniciativas de Decreto por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones
Más detallesACUERDO NUMERO 010 De 2013. (Octubre 04)
-- DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA ACUERDO NUMERO 010 De 2013 (Octubre 04) "POR MEDIO DEL CUAL SE CONFORMA Y ORGANIZA EL COMITÉ MUNICIPAL DE DISCAPACIDAD EN EL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICION ES" EL CONCEJO
Más detallesÓrgano Superior de Fiscalización del Estado de México MARCO JURÍDICO RELACIÓN DE LAS ENTIDADES FISCALIZABLES CON EL OSFEM
MARCO JURÍDICO RELACIÓN DE LAS ENTIDADES FISCALIZABLES CON EL OSFEM Artículo 116, fracción II, sexto párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 61, fracciones XXXII,
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Propuesta para establecer el Reglamento que debe contener la GACETA MUNICIPAL, para el ayuntamiento de Rio Grande, Zacatecas Reglamento de la GACETA MUNICIPAL en versión Digital y Escrita del Ayuntamiento
Más detallesQUINTA PARTE JERARQUÍA NORMATIVA Y REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN TÍTULO ÚNICO PRIMACÍA Y REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN
QUINTA PARTE JERARQUÍA NORMATIVA Y REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN TÍTULO ÚNICO PRIMACÍA Y REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN Artículo 410. I. Todas las personas, naturales y jurídicas, así como los órganos públicos,
Más detallesPUBLICADO EN EL SUPLEMENTO C DEL PERIODICO OFICIAL 6563 DE FECHA 30 DE JULIO DE 2005 C O N S I D E R A N D O
REGLAMENTO DE LA LEY QUE GARANTIZA LA ENTREGA DE ÚTILES ESCOLARES EN EL ESTADO DE TABASCO PUBLICADO EN EL SUPLEMENTO C DEL PERIODICO OFICIAL 6563 DE FECHA 30 DE JULIO DE 2005 LIC. MANUEL ANDRADE DÍAZ,
Más detallesSECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
. muidos m ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO Franqueo pagado, publicación periódica. Permiso núm. 005 1021 características: 114182816. Autorizado
Más detallesCONCEJO CANTONAL EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SIGSIG CONSIDERANDO:
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SIGSIG CONSIDERANDO: Que, el artículo 264 numeral 6 de la Constitución Política de la República establece entre las competencias exclusivas
Más detallesEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE GIRÓN CONSIDERANDO:
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE GIRÓN CONSIDERANDO: Que, para el cumplimiento de sus fines y objetivos, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Girón requiere trabajo continuo
Más detallesGOBIERNO MUNICIPAL DE PEDRO MONCAYO CONSIDERANDO:
GOBIERNO MUNICIPAL DE PEDRO MONCAYO CONSIDERANDO: QUE, el Art. 264 de Constitución de la República del Ecuador, tipifica las competencias exclusivas de los gobiernos municipales; además se hace constar
Más detallesLEY DE IMAGEN INSTITUCIONAL DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE YUCATÁN
H. CONGRESO DEL ESTADO DE YUCATÁN LEY DE IMAGEN INSTITUCIONAL DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE YUCATÁN SECRETARÍA GENERAL DEL PODER LEGISLATIVO UNIDAD DE SERVICIOS TÉCNICO-LEGISLATIVOS Nueva Publicación
Más detallesELECCIÓN DE LA FIGURA DEL DELEGADO POR LOS HABITANTES DE LAS DELEGACIONES MUNICIPALES EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA.
El Instituto de Administración Pública y Ciencias Políticas del Estado de Baja California A.C. pone a consideración de esta H. XX Legislatura del Estado de Baja California la siguiente propuesta que refiere:
Más detallesPROGRAMA DE CONSEJOS DE CUENCA. U015 Desarrollo Organizacional de los Consejos de Cuenca
PROGRAMA DE CONSEJOS DE CUENCA U015 Desarrollo Organizacional de los Consejos de Cuenca ESQUEMA DE CONTRALORÍA SOCIAL 2016 COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA COORDINACIÓN GENERAL DE ATENCIÓN DE EMERGENCIAS Y CONSEJOS
Más detallesORDENANZA METROPOLITANA No. EL CONCEJO METROPOLITANO DE QUITO CONSIDERANDO:
T ORDENANZA METROPOLITANA No. O U 3 U EL CONCEJO METROPOLITANO DE QUITO CONSIDERANDO: Que, de conformidad a la disposición contenida en el artículo 265 de la Constitución de la República "el sistema público
Más detalles