AÑO 2009 EN CATALUNYA
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- Juan López Duarte
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2 Como cada 28 de Abril, la USOC celebra el día internacional de la salud en el trabajo, siguiendo las propuestas de la Confederación Sindical Internacional 8CSI) de la que formamos parte. Desde la USOC se insta a la Autoridad Laboral para que mediante sus mecanismos de control, a través de recursos coordinados, formados y efectivos, estructure un sistema global de prevención que permita mejorar la precariedad laboral y los altos índices de siniestralidad que todavía hoy sufrimos los trabajadores y trabajadoras. Para la USOC la prioridad es la seguridad de los trabajadores y trabajadoras, a los que exhortamos, junto a sus representantes, a tomar un papel activo en materia de Seguridad y Salud exigiendo el cumplimento de la legislación vigente en sus lugares de trabajo. La USOC se propone llamar la atención a todas las instancias sobre la importancia de una visión global de la Prevención de Riesgos, es decir, que además de tener en cuenta la seguridad de nuestros puestos de trabajo, le demos la consideración que se merece a aquellos aspectos que marca la Ley 31/1995 y que no se tiene demasiado en cuenta, colocando a los trabajadores y trabajadoras en situación de indefensión. FORMACIÓN de los Delegados de Prevención como agentes indispensables nacidos del consenso de los trabajadores que tienen una capacidad de actuación y una responsabilidad a la hora de hacer cumplir a las empresas lo estipulado en la legislación vigente. Y por otro lado a los trabajadores y trabajadoras, para que conozcan a qué riesgos se ven expuestos con motivo de la realización de sus tareas profesionales y a su vez, cuando se vean afectados por enfermedades derivadas del trabajo, lo identifiquen y actúen en consecuencia. Haciendo especial hincapié en los afectados y afectadas por la temporalidad, la subcontratación, jóvenes, inmigrantes, mujeres y cualquier persona que sufra algún tipo de discapacidad. Desde la USOC exigimos formación en materia de prevención, accesible y de calidad, así como que los recursos que la Administración aporta a través de la Fundación para la Prevención de Riesgo Laborales sean repartidos con equidad, para que todos los trabajadores y trabajadoras puedan ser formados e informados.
3 Favorecer o impulsar la sensibilidad de los médicos de atención primaria del sistema público de salud con el fin de catalogar correctamente enfermedades o dolencias derivadas del trabajo para distinguirlas de una contingencia común y poder activar mecanismos de prevención en el ámbito laboral. Riesgos psicosociales. Tratar con la misma firmeza e importancia los llamados riesgos silenciosos, para prevenir y reducir los índices de siniestralidad producidos por estas situaciones que emergen cada vez con más fuerza. Seguridad vial. Los accidentes in itinere suponen un volumen importante dentro de los accidentes de trabajo. Desde la USOC, exhortamos a las empresas, Administraciones Públicas y representantes de los trabajadores a coordinar la implantación de iniciativas que estén orientadas a la disminución de la siniestralidad vial, como por ejemplo: fomentar el transporte público o mejorar los accesos a polígonos. Subcontratación y empresas obligadas. Desde la USOC exigimos coordinación en la acción preventiva, así como depuración de responsabilidades y que se ponga especial atención a la prevención en las subcontratas. La USOC seguirá trabajando en la concienciación de todas las partes implicadas en materia de Seguridad y Salud Laboral para conseguir que todos los riesgos sean tratados por igual, independientemente de cual sea su origen, además de exigir que sean utilizados todos los mecanismos que la legislación pone a nuestra disposición para que los trabajadores y trabajadoras disfruten de una buena salud laboral y de mejores condiciones de trabajo. Desde la USOC nos solidarizamos con las víctimas y sus familiares, dejando claro que, si bien se ha producido un descenso del número de accidentes y enfermedades profesionales, por desgracia, una de las principales razones de esta disminución es la destrucción de empleos, sobre todo, en sectores de mayor siniestralidad como la construcción. AÑO 2009 EN CATALUNYA ACCIDENTES EN JORNADA DE TRABAJO IN ITINERE TOTAL Con baja Graves Mortales ENFERMEDADES PROFESIONALES 3650 PARTICIPA CON LA USOC EN EL PRIMERO DE MAYO
4 BAJAS por contingencias comunes Si el subsidio económico de i.t por comunes está concertado con una mutua Quién puede controlar nuestras bajas médicas por enfermedad común o accidente no laboral? Además de nuestro médico de cabecera (responsable de emitir la baja y alta médica) la mutua (como responsable económico de la prestación) puede controlar la baja desde el día 16, debiendo acudir a sus citaciones de control. Junto con este control ordinario existen otro tipo de vías: -El empresario: desde el primer día de la baja (sólo personal médico podrá conocer nuestro diagnóstico) pudiendo delegar esta función en un tercero (nunca en una mutua). -El INSS: puede promover de oficio el alta del trabajador a través del proceso administrativo de iniciativa de alta (desde el primer día de la baja). También cabe que el INSS promueva el alta del trabajador a petición de la mutua, en este caso a través del proceso administrativo de propuesta de alta (desde el día 16 de la baja). -La Inspección de los Servicios Públicos de Salud Autonómicos: se trata de un control sanitario, que de oficio, en virtud de la información recibida por la empresa o a petición de la mutua, puede derivar en el alta del trabajador. De qué herramientas pueden valerse las mutuas para controlarme? En caso de enfermedad común y accidente no laboral, la mutua (siempre que se tenga concertado ella el subsidio económico de i.t por contingencias comunes) al ser responsable económico de la misma, puede ejercer el control/seguimiento del subsidio económico, a efectos de comprobar el mantenimiento de los hechos y de la situación que originó la baja. Para ello puede valerse de los medios que estime oportunos, incluidos los reconocimientos por parte de sus médicos. Así mismo, si la mutua entiende que el trabajador está curado, podrá solicitar el alta al INSS y a la Inspección de los Servicios Públicos de Salud Autonómicos. En caso de que la mutua elija como fórmula de control el reconocimiento médico qué pruebas pueden practicarme? Este problema viene referido a las contingencias comunes (el médico de cabecera da las bajas pero es la mutua la que paga) ya que, en profesionales, son los propios médicos de la mutua quienes emiten los partes médicos de baja y alta (con lo cual no tiene sentido que me llamen a reconocimientos de control). Por tanto, la mutua sólo nos llamará en contingencias comunes, si tenemos el subsidio económico concertados con ella. En este caso sólo podrán hacer reconocimientos: A partir del día 16 de la baja Las pruebas deberán estar relacionadas con nuestro proceso patológico Nunca podrán implicar tratamiento. Entonces es legal que las mutuas me llamen por teléfono? Aunque nada prohíbe a las mutuas que nos llamen por teléfono, este medio genera incertidumbre, al no poder identificar fehacientemente quien es el interlocutor. Por tanto, en estos casos, es recomendable negarnos a dar información por esa vía y solicitar que nos envíen por escrito cualquier requerimiento. En todo caso la mutua sólo podrá llamarnos, cuando la contingencia de la que deriva nuestra baja está concertada con ella. Y es legal que las mutuas me visiten en mi domicilio? Si, siempre que demos nuestro consentimiento expreso y previa concertación del día de la cita. Qué puede preguntarme la mutua? Tengo la obligación de contestar? La mutua tiene derecho a conocer mi historial clínico? Los reconocimientos de las mutuas deben basarse en los datos de los partes médicos de baja y confirmación baja. Por tanto, en todo caso, las preguntas deberán estar relacionadas con el proceso patológico de la i.t. En caso de enfermedad común o accidente no laboral, a pesar de que es el médico de cabecera quien emite la baja y alta, el médico de la mutua (si ésta es la responsable económica de la prestación) puede solicitarnos nuestro historial clínico y acceder a cualquier informe o diagnóstico de nuestra i.t. Junto con lo anterior, la ley establece que nuestros datos médicos sólo pueden ser conocidos por personal médico. Qué sucede si el médico de la mutua no está de acuerdo con el tratamiento prescrito por mi médico de cabecera? y si me propone adelantar pruebas? Estos problemas sólo pueden darse en contingencias comunes y a partir del día 16 de la baja. El tratamiento es competencia del médico de cabecera, por tanto, la única posibilidad de la mutua en caso de no estar de acuerdo con el tratamiento prescrito, es comunicar esta circunstancia a la Inspección de los Servicios Públicos de Salud Autonómicos. Si lo que me propone la mutua es adelantar las pruebas que me ha mandado mi médico de cabecera, tengo la libertad de negarme. En caso de que acepte, también es necesario el consentimiento de la autoridad del Servicio Público de Salud Autonómico. mutuas BAJAS por contingencias profesionales En caso de tener las contingencias profesionales concertadas con una mutua Quién puede controlar nuestras bajas médicas por accidente de trabajo o enfermedad profesional? La mutua en estos casos, además de ser la responsable económica de la prestación, es también la responsable sanitaria (emite por tanto la baja y alta médica) recayendo en ella todo el poder de control desde el primer día de la baja. Junto con este control ordinario existen otro tipo de vías: El empresario: desde el primer día de la baja (sólo personal médico podrá conocer nuestro diagnóstico) pudiendo delegar esta función en un tercero (nunca en una mutua) El INSS: puede promover de oficio el alta del trabajador a través del proceso administrativo de iniciativa de alta (desde el primer día de la baja). De qué herramientas pueden valerse las mutuas para controlarme? En caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional (siempre que se tengan concertadas con una mutua las contingencias profesionales) las En caso de que me citen para un reconocimiento médico de control tiene obligación la mutua de abonarme los gastos de transporte ocasionados? Si, debiendo distinguir entre: - Traslados dentro de mi localidad de residencia: con carácter general debemos utilizar medios de transporte colectivos. El taxi, así como la ambulancia, sólo podremos utilizarlos cuando nuestro estado de salud lo requiera y obtengamos informe favorable del facultativo de la mutua. - Traslados fuera de mi localidad de residencia: además, de los medios transporte de colectivos, podemos utilizar nuestro vehículo particular. Por su parte el taxi sólo podrá utilizarse en dos supuestos: mutuas tienen en sus manos la mayor herramienta de control: emitir los partes médicos de baja, confirmación de baja y alta. Por ello, debemos someternos a todas las pruebas, tratamientos y reconocimientos que la mutua determine como responsable de la asistencia sanitaria. Si me quedo embarazada y las características de mi puesto de trabajo ponen en riesgo mi embarazo qué debo hacer? Los pasos a seguir: - Debo solicitar al empresario un puesto compatible con mi nuevo estado. - Si el empresario me dice que no existe un puesto compatible, debo solicitar a la mutua la baja por riesgo durante el embarazo. - Si la mutua no me concede la baja o la pospone hasta más adelante, podré denunciar la decisión ante la jurisdicción social. Para estos casos es fundamental tener determinado correctamente en el Plan de Prevención de Riesgos Laborales, los puestos de trabajo exentos de riesgo para el embarazo. - Cuando no exista otro transporte, o cuando el existente no tenga servicio que se ajuste a la fecha y hora de la citación: en todo caso necesitamos la autorización previa de la mutua, y el taxi sólo cubrirá el trayecto hasta la estación de transporte colectivo más próxima, y si fuese necesario hasta el lugar de la citación. - Cuando nuestro estado de salud lo requiera y obtengamos informe favorable del facultativo de la mutua. Durante una baja Cuántas veces me puede citar la mutua o el empresario a reconocimientos de control? No existe límite ni legal ni juris-prudencial, por lo que, en principio, las veces que considere oportunas. BAJAS por contingencias comunes / profesionales Qué sucede si no puedo ir al reconocimiento de la mutua cuando la contingencia de la que deriva nuestra baja está concertada con ella? Siempre que no podamos acudir a una cita de la mutua, bien para recibir asistencia sanitaria bien para pasar un reconocimiento de control, debo avisar previamente ya que: - Dentro de las causas de extinción de la prestación se recoge la incomparecencia injustificada a sus exámenes o reconocimientos. - Dentro de las causas de suspensión, denegación y anulación, se recoge el abandono de tratamiento sin causa razonable. Y yo, puedo solicitar mi historial clínico a la mutua? Sí, ya que los trabajadores tienen derecho a conocer toda la información que sobre ellos tenga la mutua. Dónde puede la mutua prestar asistencia sanitaria así como Causística. Contingencias comunes/ profesionales Qué tengo que hacer si la mutua dice que mi contingencia es común y yo pienso que es profesional? Los pasos a seguir son los siguientes: Debo solicitar la baja por contingencias comunes a mi médico de cabecera (jurisprudencialmente se ha establecido la obligación de que los médicos de cabecera emitan la baja por comunes si valoran que estoy enfermo o accidentado, aunque tengan la seguridad de que el origen de la contingencia es laboral). Debo solicitar ante el INSS que determine si mi contingencia es común o profesional. La decisión del INSS podemos impugnarla ante la jurisdicción social. En caso de no obtener la baja por contingencias comunes por parte de nuestro médico de cabecera, podemos acudir a la de la Inspección de los Servicios Públicos de Salud Autonómicos. Si estoy de baja por accidente de trabajo o enfermedad profesional y la mutua me da el alta sin estar curado Cómo debo actuar? Debo solicitar ante el INSS que determine si estoy o no curado: la apertura del procedimiento genera automáticamente la prorroga de mi i.t por profesionales hasta que se resuelva el proceso. Simultáneamente, debo solicitar a mi médico de cabecera que me de la baja practicar los reconocimientos médicos? Por lo general, en sus propias instalaciones. Pero también lo pueden hacer en las instalaciones de otras mutuas, en centros públicos sanitarios, en centros privados sanitarios o incluso utilizar los servicios de personas físicas, si existe convenio de colaboración previamente autorizado por el Ministerio de trabajo En caso de una mala praxis médica de la mutua qué debo hacer? En función de la gravedad del perjuicio causado, podemos: - Poner una reclamación ante la propia mutua. - Solicitar que se sancione a la mutua por parte de la Inspección de los Servicios Públicos de Salud Autonómicos. - Solicitar una indemnización por los daños y perjuicios causados ante la jurisdicción contenciosa administrativa. Cualquiera de estas vías no es excluye el uso de las demás. por contingencias comunes: en estos casos dejaré de cobrar la i.t por profesionales y pasaré a cobrarla por comunes. Con este paso evitamos que, en el caso de que el INSS de la razón a la mutua, tengamos que devolver dinero de la prórroga de la i.t por profesionales. Si sufro un accidente de trabajo y la mutua no me quiere dar la baja médica por considerar que el daño producido es compatible con la vuelta al trabajo qué debo hacer? Desafortunadamente, para estos casos no existe un proceso administrativo que nos ampare. Sólo nos queda la posibilidad de: Debo solicitar la baja por contingencias comunes a mi médico de cabecera (jurisprudencialmente se ha establecido la obligación de que los médicos de cabecera emitan la baja por comunes si valoran que estoy enfermo o accidentado, aunque tengan la seguridad de que el origen de la contingencia es laboral). En caso de no obtener la baja por contingencias comunes por parte de nuestro médico de cabecera, podemos acudir a la de la Inspección de los Servicios Públicos de Salud Autonómicos. En todo caso y aunque consiga la baja por contingencias comunes, deberé denunciar ante la jurisdicción social para que determine si el daño producido debía generar o no una baja por i.t.
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