VICEMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO DIRECCIÓN NACIONAL DE VIVIENDA

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "VICEMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO DIRECCIÓN NACIONAL DE VIVIENDA"

Transcripción

1 Ley que crea las Empresas Administradoras Hipotecarias Ley N /01/2007 CONCORDANCIAS: Artículo 1.- De las Empresas Administradoras Hipotecarias Las Empresas Administradoras Hipotecarias son empresas especializadas del sistema financiero, que tienen por objeto exclusivo otorgar y adquirir créditos inmobiliarios por cuenta propia y, en relación a ellos, emitir títulos valores, letras hipotecarias, cédulas hipotecarias, instrumentos hipotecarios y títulos de crédito hipotecario negociables, tanto en moneda nacional como extranjera. Las Empresas Administradoras Hipotecarias forman parte del sistema financiero nacional y se someten a la regulación y supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aplicándoseles las disposiciones contenidas en la presente Ley, en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en lo que resulte pertinente; así como en las normas complementarias que la mencionada Superintendencia emita. Estas empresas podrán, además, ser subsidiarias de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros. Artículo 2.- Requisitos mínimos Para la constitución de las Empresas Administradoras Hipotecarias, se deberán cumplir los siguientes requisitos mínimos: a) Contar con las autorizaciones de organización y funcionamiento establecidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, según lo dispuesto en el Título I de la Sección Primera de la Ley Nº 26702, en lo que resulte aplicable; y, b) Acreditar un capital social mínimo, aportado en efectivo, de S/ ,00 (Tres millones Cuatrocientos Mil y 00/100 nuevos soles), el que se actualizará trimestralmente, según el procedimiento señalado en el artículo 18 de la Ley Nº 26702, tomando como base la información correspondiente al mes en que la presente Ley entre en vigencia. Artículo 3.- Operaciones Las Empresas Administradoras Hipotecarias pueden: a) Otorgar créditos inmobiliarios en diversas modalidades y plazos; b) Realizar operaciones con el Fondo MIVIVIENDA S.A.; c) Emitir bonos, letras, cédulas hipotecarias, títulos de créditos hipotecarios y cualquier otro instrumento hipotecario, con la finalidad de 1/5

2 financiar las operaciones propias de su objeto social, en moneda nacional como extranjera; d) Adquirir, conservar y vender instrumentos representativos de deuda pública y privada e instrumentos representativos de capital que sean materia de algún mecanismo centralizado de negociación conforme a la ley de la materia; e) Adquirir, conservar y vender acciones de las sociedades que tengan por objeto brindar servicios complementarios o auxiliares; f) Comprar o vender cartera hipotecaria, u otros créditos inmobiliarios; g) Actuar como Fideicomitente en Fideicomisos normados por la Ley Nº 26702; h) Actuar como originador en procesos de titulización de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el Decreto Supremo Nº EF, y las disposiciones emitidas por la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores; i) Operar en moneda nacional y extranjera; y, j) Otras que la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones señale mediante norma de carácter general. Artículo 4.- Límites operativos y de concentración crediticia La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones establecerá los límites operativos y de concentración crediticia aplicables a las Empresas Administradoras Hipotecarias, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº Artículo 5.- Adquisición de instrumentos a cargo de las Empresas de Seguros, Empresas del Sistema Financiero y las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones Las Empresas del Sistema Financiero, del Sistema de Seguros y las Empresas Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones podrán adquirir los instrumentos emitidos por las Empresas Administradoras Hipotecarias, de conformidad con las disposiciones aplicables en materia de inversiones. Artículo 6.- Características de los créditos inmobiliarios Los créditos inmobiliarios a los que se refiere el artículo 1 de la presente Ley, son aquellos que podrán ser otorgados a personas naturales o jurídicas para fines de adquisición, refacción, construcción, ampliación, mejoramiento o subdivisión de todo tipo de bienes inmuebles; así como para refinanciar o para prepagar dichos créditos. 2/5

3 A partir de estos créditos inmobiliarios se podrán emitir títulos e instrumentos respaldados con garantía hipotecaria, si fuera el caso; también se podrá emitir títulos valores que tengan como objetivo obtener recursos para otorgar el financiamiento antes indicado. Asimismo, para el otorgamiento de los créditos inmobiliarios antes mencionados, las Empresas Administradoras Hipotecarias podrán contratar los productos y/o los servicios hipotecarios que ofrece el Fondo MIVIVENDA S.A. Artículo 7.- Modificación del literal B del artículo 16, del artículo 224 y del numeral 2 del artículo 318 de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros Modifícase el literal B del artículo 16, el artículo 224 y el numeral 2 del artículo 318 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, cuyos textos serán los siguientes: Artículo 16.- CAPITAL MÍNIMO Para el funcionamiento de las empresas y sus subsidiarias, se requiere que el capital social, aportado en efectivo, alcance las siguientes cantidades mínimas: B. EMPRESAS ESPECIALIZADAS 1. Empresas de Capitalización S/ ,00 Inmobiliaria 2. Empresas de Arrendamiento S/ ,00 Financiero 3. Empresas de Factoring S/ ,00 4. Empresa Afianzadora y de S/ ,00 Garantía 5. Empresas de Servicios S/ ,00 Fiduciarios 6. Empresas Administradoras S/ ,00 Hipotecarias Artículo OPERACIONES REALIZABLES A TRAVÉS DE SUBSIDIARIAS Para que las empresas del sistema financiero realicen las siguientes operaciones, deben constituir subsidiarias: 3/5

4 1. Establecer empresas de capitalización inmobiliaria; 2. Operar como almacenes generales de depósito; 3. Actuar como sociedades agentes de bolsa, sujetándose a la Ley del Mercado de Valores; 4. Establecer y administrar programas de fondos mutuos y de fondos de inversión, sujetándose a la Ley del Mercado de Valores; 5. Operar como Empresas de Custodia, Transporte y Administración de Numerario y Valores, siempre que cuente con autorización de la Superintendencia, del Ministerio del Interior y de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV; 6. Actuar como fiduciarios en fideicomisos de titulación, sujetándose a lo dispuesto en la Ley del Mercado de Valores. Una misma subsidiaria no puede desarrollar más de una de las operaciones o actividades reseñadas en los numerales 1 al 6 que anteceden. También pueden constituir subsidiarias para realizar las demás operaciones indicadas en el artículo 221, así como constituir como subsidiarias a las Empresas Administradoras Hipotecarias, según lo establecido en la ley que rige a estas últimas. Artículo OPERACIONES 2.- OPERACIONES DE LAS SUBSIDIARIAS DE LAS EMPRESAS DE SEGUROS Las empresas del sistema de seguros pueden constituir como subsidiarias: a) Una empresa financiera, que se regirá por las normas contenidas en las secciones primera y segunda de esta Ley; b) Una empresa prestadora de salud, a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 887; y, Ley. c) Una empresa administradora hipotecaria a que se refiere su propia Las diversas actividades y operaciones a que se contrae este artículo, estarán sujetas en su caso, a las regulaciones que dicte la Superintendencia. 4/5

5 DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.- La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones emitirá las disposiciones complementarias que sean necesarias para el adecuado funcionamiento de las Empresas Administradoras Hipotecarias en el plazo no mayor de treinta (30) días calendario. 5/5

REGLAMENTO DEL BONO DEL BUEN PAGADOR

REGLAMENTO DEL BONO DEL BUEN PAGADOR REGLAMENTO DEL BONO DEL BUEN PAGADOR Artículo 1.- Definiciones Para los fines del presente Reglamento, se establecen las siguientes definiciones: Bono del Buen Pagador - BBP Crédito MIVIVIENDA Institución

Más detalles

Intermediarios Financieros no Bancarios en América Latina. Dra. Fanny Warman D. Noviembre, 2014

Intermediarios Financieros no Bancarios en América Latina. Dra. Fanny Warman D. Noviembre, 2014 Intermediarios Financieros no Bancarios en América Latina Dra. Fanny Warman D. Noviembre, 2014 1 Objetivo Esta presentación resume nuestro trabajo de investigación realizado en CEMLA en el cual se analiza

Más detalles

CAPÍTULO 9-2 (BORRADOR PARA CONSULTA PÚBLICA)

CAPÍTULO 9-2 (BORRADOR PARA CONSULTA PÚBLICA) RECOPILACION ACTUALIZADA DE NORMAS Hoja 1 CAPÍTULO 9-2 (BORRADOR PARA CONSULTA PÚBLICA) OPERACIONES CON BONOS HIPOTECARIOS 1. Bonos hipotecarios. De conformidad con lo dispuesto en el N 2 del artículo

Más detalles

MARCO LEGAL Y REGLAMENTARIO DE LAS OPERACIONES DE TESORERIA

MARCO LEGAL Y REGLAMENTARIO DE LAS OPERACIONES DE TESORERIA MARCO LEGAL Y REGLAMENTARIO DE LAS OPERACIONES DE TESORERIA Ley 861/96 de Bancos, Financieras y Otras Entidades Ley 2794/05 de Casas de Cambio Ley Nº. 1284/98 del Mercado de Valores Res. 1, Acta 50 de

Más detalles

Resolución S.B.S. Nº 1021-98. El Superintendente de Banca y Seguros CONSIDERANDO:

Resolución S.B.S. Nº 1021-98. El Superintendente de Banca y Seguros CONSIDERANDO: Lima, 01 de octubre de 1998 Resolución S.B.S. Nº 1021-98 El Superintendente de Banca y Seguros CONSIDERANDO: Que, la Ley General de Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia

Más detalles

8.- Tabla de desarrollo de los mutuos.

8.- Tabla de desarrollo de los mutuos. Capítulo 8-4 Pág. 4 8.- Tabla de desarrollo de los mutuos. Las instituciones acreedoras deberán protocolizar en una Notaría las tablas de desarrollo de los mutuos hipotecarios de que se trata y dejar constancia,

Más detalles

LEY No. 128 QUE CREA EL FONDO DE DESARROLLO CAMPESINO EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:.

LEY No. 128 QUE CREA EL FONDO DE DESARROLLO CAMPESINO EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:. LEY No. 128 QUE CREA EL FONDO DE DESARROLLO CAMPESINO EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:. CREACION Y OBJETO Artículo 1o.- Créase el Fondo de Desarrollo Campesino (FDC), en adelante

Más detalles

Ministerio de Hacienda y Crédito Público DECRETO ( )

Ministerio de Hacienda y Crédito Público DECRETO ( ) República de Colombia Ministerio de Hacienda y Crédito Público DECRETO ( ) Por el cual se modifica el Régimen General de Inversiones de Capital del Exterior en Colombia y de Capital Colombiano en el Exterior

Más detalles

CAPITULO II EMISIÓN DE BONOS

CAPITULO II EMISIÓN DE BONOS CAPITULO II EMISIÓN DE BONOS Las Instituciones Financieras han sido autorizadas para poder emitir Bonos con el objeto de incrementar sus recursos externos, invitando a terceros a hacerles un préstamo colectivo

Más detalles

BOLETÍN CONTENIDO. No. Fecha Páginas. 052 22 de diciembre de 2008 7. Página

BOLETÍN CONTENIDO. No. Fecha Páginas. 052 22 de diciembre de 2008 7. Página BR J Oll (J BOLETÍN No. Fecha Páginas 052 22 de diciembre de 2008 7 CONTENIDO Página Resolución Externa No. 12 de 2008. "Por la cual se expiden regulaciones sobre las Cámaras de Riesgo Central de Contraparte,

Más detalles

Superintendencia de Valores y Seguros

Superintendencia de Valores y Seguros Superintendencia de Valores y Seguros TIPOLOGIA DE LOS INSTRUMENTOS DE RENTA FIJA EMITIDOS Y AGENTES INTERVINIENTES EN CHILE RAUL RAFFO ARANDA Marzo, 2007 MERCADO RENTA FIJA INVERSIONISTAS INTERMEDIARIOS

Más detalles

LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO

LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO TITULO I.- DE LA CONSTITUCIÓN CAPITULO VII.- CONSTITUCIÓN, ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y OPERACIONES DE LAS CORPORACIONES DE DESARROLLO

Más detalles

FONDOS DE INVERSION ABIERTOS EN CHILE

FONDOS DE INVERSION ABIERTOS EN CHILE FONDOS DE INVERSION ABIERTOS EN CHILE Por Sra. Vivianne Rodríguez Bravo, Jefe de División Control Intermediarios de Valores Los fondos de inversión abiertos en Chile (fondos mutuos) se definen de acuerdo

Más detalles

CAPITULO VI GARANTÍAS PREFERIDAS

CAPITULO VI GARANTÍAS PREFERIDAS CAPITULO VI GARANTÍAS PREFERIDAS Por Resolución SBS N 0 572-97 del 22 de agosto de 1997, modificada en parte por la Resolución SBS N 0 0357-2000, ha establecido una nueva clasificación de las garantías

Más detalles

REPÚBLICA DE COLOMBIA. liberlod yorden. MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PlISLlCO 22 JUN201S

REPÚBLICA DE COLOMBIA. liberlod yorden. MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PlISLlCO 22 JUN201S REPÚBLICA DE COLOMBIA liberlod yorden MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PlISLlCO. ". ~- :,....... -..,.....: 22 JUN201S Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con el régimen de

Más detalles

RECOPILACIÓN DE NORMAS DE REGULACIÓN Y CONTROL DEL SISTEMA FINANCIERO LIBRO II REQUISITOS MÍNIMOS DE LIQUIDEZ Y RELACIONES TÉCNICAS

RECOPILACIÓN DE NORMAS DE REGULACIÓN Y CONTROL DEL SISTEMA FINANCIERO LIBRO II REQUISITOS MÍNIMOS DE LIQUIDEZ Y RELACIONES TÉCNICAS RECOPILACIÓN DE NORMAS DE REGULACIÓN Y CONTROL DEL SISTEMA FINANCIERO LIBRO II REQUISITOS MÍNIMOS DE LIQUIDEZ Y RELACIONES TÉCNICAS PARTE PRIMERA: REQUISITOS MÍNIMOS DE LIQUIDEZ TÍTULO I - NORMAS GENERALES

Más detalles

Resolución S.B.S. 2015

Resolución S.B.S. 2015 Lima, 15 de julio de 2015 Resolución S.B.S. N 4174-201 2015 El Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero

Más detalles

DECRETO 1861 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA CONSIDERANDO

DECRETO 1861 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA CONSIDERANDO República de Colombia libertad VOrden DECRETO 1861 Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 25 de la Ley 1450 de 2011, en relación con el régimen de inversiones aplicable a los patrimonios autónomos

Más detalles

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Aprueban el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales RESOLUCIÓN SBS Nº 6285-2013 Lima, 18 de octubre de

Más detalles

y OfIien uoortud Ministerio de Hacienda y Crédito DECRETO NÚMEROJ e' 48 o2 DE " 2 9 D~~ 201 a Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010

y OfIien uoortud Ministerio de Hacienda y Crédito DECRETO NÚMEROJ e' 48 o2 DE  2 9 D~~ 201 a Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 República de Colombia uoortud y OfIien Ministerio de Hacienda y Crédito Público DECRETO NÚMEROJ e' 48 o2 DE " ( 2 9 D~~ 201 a Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Más detalles

BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ

BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ CIRCULAR No. 019-2011-BCRP Créditos de Regulación Monetaria CONSIDERANDO: Que el Directorio de este Banco Central, en uso de la facultad que le es atribuida en los artículos 24, 58º y 59º de su Ley Orgánica,

Más detalles

Comisión Nacional de Bancos y Seguros Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C.A.

Comisión Nacional de Bancos y Seguros Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C.A. PROYECTO DE NORMAS PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO CAMBIARIO CREDITICIO A SER OBSERVADAS POR LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO EN EL OTORGAMIENTO DE FACILIDADES EN MONEDA EXTRANJERA CAPITULO I DISPOSICIONES

Más detalles

NORMAS PARA AUTORIZAR A LOS BANCOS Y CONTROLADORAS DE FINALIDAD EXCLUSIVA A REALIZAR INVERSIONES ACCIONARIAS EN SOCIEDADES SALVADOREÑAS

NORMAS PARA AUTORIZAR A LOS BANCOS Y CONTROLADORAS DE FINALIDAD EXCLUSIVA A REALIZAR INVERSIONES ACCIONARIAS EN SOCIEDADES SALVADOREÑAS Teléfono (503) 2281-2444. Email: informa@ssf.gob.sv. Web: http://www.ssf.gob.sv NPB1-10 El Consejo Directivo de la Superintendencia del Sistema Financiero, para efectos de darle cumplimiento a los artículos

Más detalles

LEY FONDOS DE INVERSIÓN

LEY FONDOS DE INVERSIÓN LEY FONDOS DE INVERSIÓN Una alternativa financiera para dinamizar la economía salvadoreña Antigua Guatemala 26 de noviembre de 2014 El Proyecto de Ley, entregado a la Comisión de Hacienda en el mes de

Más detalles

Informe Asesoría Legislativa

Informe Asesoría Legislativa Bancada Partido Comunista Diputada Karol Cariola Oliva YVS PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL DECRETO LEY N 3500 Y LA LEY 18046 SOBRE SOCIEDADES ANÓNIMAS, ESTABLECIENDO REQUISITOS PARA LA FUSIÓN DE ADMINISTRADORAS

Más detalles

REGLAMENTO DE ENTIDADES ESTRUCTURADORAS DEL MERCADO DE VALORES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE ENTIDADES ESTRUCTURADORAS DEL MERCADO DE VALORES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE ENTIDADES ESTRUCTURADORAS DEL MERCADO DE VALORES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Alcance Las disposiciones del presente Reglamento son aplicables a las Entidades Estructuradoras,

Más detalles

RESOLUCION No. A - DO - AF 001-1998. San Salvador, 27 de Enero de 1998. LA SUPERINTENDENTE DE PENSIONES, CONSIDERANDO:

RESOLUCION No. A - DO - AF 001-1998. San Salvador, 27 de Enero de 1998. LA SUPERINTENDENTE DE PENSIONES, CONSIDERANDO: RESOLUCION No. A - DO - AF 001-1998 San Salvador, 27 de Enero de 1998. LA SUPERINTENDENTE DE PENSIONES, CONSIDERANDO: I. Que mediante decreto No. 927, de fecha 20 de Diciembre de 1996 publicado en el Diario

Más detalles

MANUAL DE TRATAMIENTO Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES EN LA GESTIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE CARTERAS DE APV DE TERCEROS

MANUAL DE TRATAMIENTO Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES EN LA GESTIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE CARTERAS DE APV DE TERCEROS MANUAL DE TRATAMIENTO Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES EN LA GESTIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE CARTERAS DE APV DE TERCEROS CONSORCIO CORREDORES DE BOLSA S.A. ÍNDICE PÁGINA N INTRODUCCIÓN. DEFINICIONES.

Más detalles

REGLAMENTO DE OPERACIONES EN RUEDA DE BOLSA Resolución CONASEV Nº 21-1999-EF/94.10 TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE OPERACIONES EN RUEDA DE BOLSA Resolución CONASEV Nº 21-1999-EF/94.10 TITULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE OPERACIONES EN RUEDA DE BOLSA Resolución CONASEV Nº 21-1999-EF/94.10 TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 2.- TÉRMINOS Y DEFINICIONES (MODIFICADO POR RESOLUCION CONASEV 069-2006-EF/94.10)

Más detalles

I. GENERALIDADES II. ENTIDADES AUTORIZADAS PARA EMITIR U OPERAR SISTEMAS DE TARJETAS DE CREDITO

I. GENERALIDADES II. ENTIDADES AUTORIZADAS PARA EMITIR U OPERAR SISTEMAS DE TARJETAS DE CREDITO COMPENDIO DE NORMAS FINACIERAS DEL BANCO CENTRAL CAPITULO III.J.1-1. NORMAS FINANCIERAS. ACUERDO Nº 363-04-940721 ( Circular Nº 3013-204) SOBRE EMISION U OPERACION DE TARJETAS DE CREDITO I. GENERALIDADES

Más detalles

Apuntes CAEF Sistema Financiero Mexicano ORGANIGRAMA DEL SISTEMA FINANCIERO MEXICANO

Apuntes CAEF Sistema Financiero Mexicano ORGANIGRAMA DEL SISTEMA FINANCIERO MEXICANO ORGANIGRAMA DEL SISTEMA FINANCIERO MEXICANO 1 SISTEMA FINANCIERO MEXICANO El puede definirse como el conjunto de organismos e instituciones que captan, administran y canalizan a la inversión, el ahorro

Más detalles

CIRCULAR 17/2014. México, D.F., a 29 de septiembre de 2014.

CIRCULAR 17/2014. México, D.F., a 29 de septiembre de 2014. 2014, Año de Octavio Paz Disposición publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2014 CIRCULAR 17/2014 México, D.F., a 29 de septiembre de 2014. A LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO,

Más detalles

Texto actualizado: Circular N 3.511 Bancos Hoja 1 TEXTO ACTUALIZADO. Disposición: CIRCULAR N 3.511 (de 04.11.2010) BANCOS. Para:

Texto actualizado: Circular N 3.511 Bancos Hoja 1 TEXTO ACTUALIZADO. Disposición: CIRCULAR N 3.511 (de 04.11.2010) BANCOS. Para: Hoja 1 TEXTO ACTUALIZADO Disposición: CIRCULAR N 3.511 (de 04.11.2010) Para: Materia: BANCOS Instrucciones relativas a las políticas y procedimientos para el pago anticipado de créditos o su refinanciamiento.

Más detalles

DE SUPERINTENDENCIA N 146-2011-SUNASA/CD

DE SUPERINTENDENCIA N 146-2011-SUNASA/CD Aprueban el "Capital Mínimo de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS Privadas" constituidas como sociedad anónima RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N 146-2011-SUNASA/CD

Más detalles

Ministerio de Hacienda y Crédito Público DECRETO NÚMERO DE 2~9 3886

Ministerio de Hacienda y Crédito Público DECRETO NÚMERO DE 2~9 3886 República de Colombia eli>e111ml Y Orden Ministerio de Hacienda y Crédito Público ( DECRETO NÚMERO DE 2~9 3886.1. k»- DI IICII$L.'.IIARI'" lualdidi - Por el cual se reglamenta el listado de valores extranjeros

Más detalles

CIRCULAR-TELEFAX 40/2000

CIRCULAR-TELEFAX 40/2000 CIRCULAR-TELEFAX 40/2000 ASUNTO: MODIFICACIONES A LA CIRCULAR 2019/95. FUNDAMENTO LEGAL: Con fundamento en el artículo 26 de la Ley del Banco de México, así como en los artículos 93 y 106, penúltimo párrafo,

Más detalles

Anexo VI. Lista de México. Sección A

Anexo VI. Lista de México. Sección A Anexo VI Lista de México Sección A 1. Almacenes generales de depósito Casas de cambio Instituciones de fianzas Instituciones de seguros Sociedades de información crediticia Administradoras de Fondos para

Más detalles

VICEMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO DIRECCIÓN NACIONAL DE VIVIENDA

VICEMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO DIRECCIÓN NACIONAL DE VIVIENDA APRUEBAN REGLAMENTO DEL BONO FAMILIAR HABITACIONAL-BFH D.S. N 008-2002-VIVIENDA DEROGADA POR: D.S. N 030-2003-VIVIENDA DEROGADA POR: D.S. N 016-2004-VIVIENDA DEROGADA POR : D.S. N 014-2005-VIVIENDA 11/10/02

Más detalles

JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO DE DECRETO QUE MODIFICA EL REGIMEN DE INVERSION DE LOS INVERSIONISTAS INSTITUCIONALES

JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO DE DECRETO QUE MODIFICA EL REGIMEN DE INVERSION DE LOS INVERSIONISTAS INSTITUCIONALES JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO DE DECRETO QUE MODIFICA EL REGIMEN DE INVERSION DE LOS INVERSIONISTAS INSTITUCIONALES I. OBJETIVO DEL PROYECTO DE DECRETO El proyecto de decreto por el cual se modifica el régimen

Más detalles

Seminario Cartera de Créditos

Seminario Cartera de Créditos Cartera de Créditos Objetivo General Analizar las normas particulares relativas al registro, valuación, presentación y revelación en los estados financieros, de la cartera de crédito de las instituciones

Más detalles

I. ANTECEDENTES. CONSTITUCIÓN Y OBJETO SOCIAL.

I. ANTECEDENTES. CONSTITUCIÓN Y OBJETO SOCIAL. Inversión Extranjera en el Negocio del Crédito en México: Reformas que permiten la creación de la Sociedad Financiera de Objeto Múltiple (SOFOM) Eduardo Ancira Lartigue y Debra F. Guajardo I. ANTECEDENTES.

Más detalles

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES:

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES: MODIFICAN EL REGLAMENTO DEL TÍTULO DE CRÉDITO HIPOTECARIO NEGOCIABLE Y EL REGLAMENTO DE LAS INVERSIONES ELEGIBLES DE LAS EMPRESAS DE SEGUROS RESOLUCIÓN SBS N 1183-2007 Lima, 27 de agosto de 2007 EL SUPERINTENDENTE

Más detalles

A V I S O Tercera Resolución 28 de abril del 2005 OIDA OIDAS VISTOS VISTO CONSIDERANDO CONSIDERANDO CONSIDERANDO R E S U E L V E:

A V I S O Tercera Resolución 28 de abril del 2005 OIDA OIDAS VISTOS VISTO CONSIDERANDO CONSIDERANDO CONSIDERANDO R E S U E L V E: A V I S O Por este medio se hace de público conocimiento que la Junta Monetaria ha dictado su Tercera Resolución de fecha 28 de abril del 2005, cuyo texto se transcribe a continuación: OIDA la exposición

Más detalles

PRODUCTOS MIFID Enero 2015

PRODUCTOS MIFID Enero 2015 PRODUCTOS MIFID Enero 2015 Contenido 1 Productos MiFID 3 2 Productos complejos. 4 Activotrade Valores, AV, S.A. 2 1 Productos MiFID Según lo previsto en MIFID (Directiva 2004/39/CE sobre Mercados de Instrumentos

Más detalles

JUNTA MONETARIA RESOLUCIÓN JM-120-2011

JUNTA MONETARIA RESOLUCIÓN JM-120-2011 JUNTA MONETARIA RESOLUCIÓN Inserta en el Punto Cuarto del Acta 39-2011, correspondiente a la sesión celebrada por la Junta Monetaria el 5 de octubre de 2011. PUNTO CUARTO: Superintendencia de Bancos eleva

Más detalles

PROPICIANDO LA INVERSION EN PROYECTOS EMPRESARIALES

PROPICIANDO LA INVERSION EN PROYECTOS EMPRESARIALES PROPICIANDO LA INVERSION EN PROYECTOS EMPRESARIALES Andrea Catalán División Análisis Impacto Regulatorio Intendencia de Regulación de Mercados de Valores Febrero 2015 MARCO JURIDICO La Ley de Mercado de

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES: CREDITOS.

PREGUNTAS FRECUENTES: CREDITOS. PREGUNTAS FRECUENTES: CREDITOS. 1. Qué requisitos necesito para acceder a un préstamo? Los requisitos varían de acuerdo al tipo de producto que tenga CREDINKA, los cuales se encuentran a su disposición

Más detalles

LEY 3/1997, DE 8 DE ENERO, DE CREACIÓN DE LA AGENCIA FINANCIERA DE MADRID

LEY 3/1997, DE 8 DE ENERO, DE CREACIÓN DE LA AGENCIA FINANCIERA DE MADRID LEY 3/1997, DE 8 DE ENERO, DE CREACIÓN DE LA AGENCIA FINANCIERA DE MADRID El pasado 17 de noviembre de 1995 se firmó el Pacto para la creación del Consejo de Madrid para el Desarrollo, el Empleo y la Formación.

Más detalles

COMISION NACIONAL DE VALORES: Oportunidades de Inversión en el Mercado de Valores

COMISION NACIONAL DE VALORES: Oportunidades de Inversión en el Mercado de Valores COMISION NACIONAL DE VALORES: Oportunidades de Inversión en el Mercado de Valores Alejandro Abood Alfaro Comisionado Presidente 14 de abril de 2011 ADVERTENCIA LEGAL Las opiniones y puntos de vista vertidos

Más detalles

COMISION CLASIFICADORA DE RIESGOS Y LIMITES DE INVERSION

COMISION CLASIFICADORA DE RIESGOS Y LIMITES DE INVERSION COMISION CLASIFICADORA DE RIESGOS Y LIMITES DE INVERSION RESOLUCION No. 63 SOBRE LAS CONDICIONES Y PARAMETROS MINIMOS A QUE ESTAN SUJETAS LAS INVERSIONES DE LOS FONDOS DE PENSIONES EN LETRAS HIPOTECARIAS

Más detalles

Estudio Financiero del Arrendamiento, sus ventajas y desventajas financieras.

Estudio Financiero del Arrendamiento, sus ventajas y desventajas financieras. Estudio Financiero del Arrendamiento, sus ventajas y desventajas financieras. Motivos del Arrendamiento: Una de las premisas fundamentales que deben de prevalecer en toda empresa que desee crecer y desarrollarse,

Más detalles

Resolución S.B.S. N 12321-2010 El Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

Resolución S.B.S. N 12321-2010 El Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones Lima, 04 de octubre de 2010 Resolución S.B.S. N 12321-2010 El Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones CONSIDERANDO: Que, conforme a lo señalado en el numeral

Más detalles

REGLAMENTO DE OPERACIÓN DEL FONDO DE GARANTÍA PARA EL FINANCIAMIENTO DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS INDUSTRIAS CAPITULO I

REGLAMENTO DE OPERACIÓN DEL FONDO DE GARANTÍA PARA EL FINANCIAMIENTO DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS INDUSTRIAS CAPITULO I REGLAMENTO DE OPERACIÓN DEL FONDO DE GARANTÍA PARA EL FINANCIAMIENTO DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS INDUSTRIAS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES: OBJETO, ALCANCE, AMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES Artículo

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS DE ASISTENCIA AID-515-0236 LÍNEA DE CRÉDITO N 2A

REGLAMENTO PARA LA UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS DE ASISTENCIA AID-515-0236 LÍNEA DE CRÉDITO N 2A BANCO CENTRAL DE COSTA RICA REGLAMENTO PARA LA UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS DE ASISTENCIA AID-515-0236 LÍNEA DE CRÉDITO N 2A APROBADO POR LA JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO CENTRAL DE COSTA RICA EN LA SESIÓN

Más detalles

Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 29064 - Ley de relanzamiento del Banco Agropecuario - AGROBANCO

Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 29064 - Ley de relanzamiento del Banco Agropecuario - AGROBANCO Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 29064 - Ley de relanzamiento del Banco Agropecuario - AGROBANCO DECRETO LEGISLATIVO Nº 995 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: Mediante Ley Nº 29157 el

Más detalles

MERCADO DE CAPITALES

MERCADO DE CAPITALES MERCADO DE CAPITALES SEPTIEMBRE 21 DE 2007 BOLETIN 63 ESTRUCTURA DEL MERCADO DE CAPITALES COLOMBIANO El mercado de valores es un componente del mercado financiero que abarca tanto al mercado de dinero

Más detalles

Resolución N CD-SIBOIF-838-1-JUN11-2014 De fecha 11 de junio de 2014

Resolución N CD-SIBOIF-838-1-JUN11-2014 De fecha 11 de junio de 2014 Resolución N CD-SIBOIF-838-1-JUN11-2014 De fecha 11 de junio de 2014 NORMA DE REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 5, 14, 23 Y 27 DE LA NORMA SOBRE GESTIÓN DE RIESGO CREDITICIO El Consejo Directivo de la Superintendencia

Más detalles

NORMAS DE ENCAJE PARA LAS EMPRESAS BANCARIAS, SOCIEDADES FINANCIERAS Y COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO

NORMAS DE ENCAJE PARA LAS EMPRESAS BANCARIAS, SOCIEDADES FINANCIERAS Y COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO III.A.1-1 NORMAS DE ENCAJE PARA LAS EMPRESAS BANCARIAS, SOCIEDADES FINANCIERAS Y COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO 1.- Las empresas bancarias, sociedades financieras y las cooperativas de ahorro y crédito

Más detalles

BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERU

BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERU BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERU CIRCULAR No.014-2006-BCRP Lima, 06 de abril de 2006 El Directorio del Banco Central de Reserva del Perú ha resuelto dejar sin efecto la Circular No. 034-99-EF/90 que establece

Más detalles

ANEXO VI LISTA DE NICARAGUA. Sección A

ANEXO VI LISTA DE NICARAGUA. Sección A ANEXO VI LISTA DE NICARAGUA Sección A Sector: Bancos Tipo de Reserva: Trato nacional (Artículo 12.06) Ley General de Bancos, Instituciones Financieras no Bancarias y Grupos Financieros. Ley No. 561, publicada

Más detalles

PROYECTO DE ORDEN EHA/XX/2008 SOBRE EL PRÉSTAMO DE VALORES DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA.

PROYECTO DE ORDEN EHA/XX/2008 SOBRE EL PRÉSTAMO DE VALORES DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA. Sleg3713 4-3-2008 PROYECTO DE ORDEN EHA/XX/2008 SOBRE EL PRÉSTAMO DE VALORES DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA. Exposición de motivos El objeto de la presente orden es desarrollar el marco normativo

Más detalles

ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS

ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS ESTADOS La posición financiera que guarda la Administración Pública Estatal es presentada a través de los estados financieros consolidados, los cuales son generados en base a la información que producen

Más detalles

Fondo de Seguro de deposito (FSD) Marco Antonio Garmendia Gallegos. Oficial de Atención al Usuario.

Fondo de Seguro de deposito (FSD) Marco Antonio Garmendia Gallegos. Oficial de Atención al Usuario. Fondo de Seguro de deposito (FSD) Marco Antonio Garmendia Gallegos. Oficial de Atención al Usuario. 1. Introducción. El Fondo de Seguro de Depósitos (FSD) fue creado mediante la Ley General de Instituciones

Más detalles

ACUERDO No.005 (10 de febrero de 2004)

ACUERDO No.005 (10 de febrero de 2004) ACUERDO No.005 (10 de febrero de 2004) Por medio del cual se aprueba y adopta el Reglamento de Crédito para el Redescuento de Créditos y Microcréditos Inmobiliarios financiados por la Financiera de Desarrollo

Más detalles

Reglamento del Fideicomiso y de las Empresas de Servicios Fiduciarios RESOLUCION SBS Nº 1010-99

Reglamento del Fideicomiso y de las Empresas de Servicios Fiduciarios RESOLUCION SBS Nº 1010-99 Reglamento del Fideicomiso y de las Empresas de Servicios Fiduciarios RESOLUCION SBS Nº 1010-99 Lima, 11 de noviembre de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, la Ley General del

Más detalles

Acciones Preferentes.

Acciones Preferentes. Acciones Preferentes. (Ley 10/2014, de 26 de junio) Requisitos para la computabilidad de las participaciones preferentes a efectos de la normativa de solvencia y régimen fiscal aplicable a las mismas así

Más detalles

LEY Nº 28587.- Ley Complementaria a la Ley de Protección al Consumidor en Materia de Servicios Financieros

LEY Nº 28587.- Ley Complementaria a la Ley de Protección al Consumidor en Materia de Servicios Financieros LEY Nº 28587.- Ley Complementaria a la Ley de Protección al Consumidor en Materia de Servicios Financieros EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:

Más detalles

NUEVO RÉGIMEN GENERAL DE INVERSIONES DE CAPITAL DEL EXTERIOR EN COLOMBIA Y DE CAPITAL COLOMBIANO EN EL EXTERIOR

NUEVO RÉGIMEN GENERAL DE INVERSIONES DE CAPITAL DEL EXTERIOR EN COLOMBIA Y DE CAPITAL COLOMBIANO EN EL EXTERIOR NUEVO RÉGIMEN GENERAL DE INVERSIONES DE CAPITAL El 29 de diciembre de 2010, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 4800, estableciendo un nuevo marco regulatorio para la inversión colombiana en el exterior,

Más detalles

MECANISMOS ALTERNATIVOS PARA EL FINANCIAMIENTO HIPOTECARIO EN EL PERÚ

MECANISMOS ALTERNATIVOS PARA EL FINANCIAMIENTO HIPOTECARIO EN EL PERÚ MECANISMOS ALTERNATIVOS PARA EL FINANCIAMIENTO HIPOTECARIO EN EL PERÚ Dr. Rafael Alcázar Socio Principal Mayo, 2009 Premisas: CRÉDITO HIPOTECARIO 1. Economía peruana. 1. Acceso ha mejorado 2. Oferta de

Más detalles

POLÍTICA DE INVERSIONES DE A.M.A. AGRUPACIÓN MUTUAL ASEGURADORA, MUTUA DE SEGUROS A PRIMA FIJA

POLÍTICA DE INVERSIONES DE A.M.A. AGRUPACIÓN MUTUAL ASEGURADORA, MUTUA DE SEGUROS A PRIMA FIJA POLÍTICA DE INVERSIONES DE A.M.A. AGRUPACIÓN MUTUAL ASEGURADORA, MUTUA DE SEGUROS A PRIMA FIJA El presente documento se confecciona con el objeto de dar cumplimiento a la normativa promulgada por el Ministerio

Más detalles

NPB3-09 NORMAS SOBRE EL OTORGAMIENTO DE CREDITOS A PERSONAS RELACIONADAS CON LOS BANCOS CAPITULO I OBJETO Y SUJETOS OBLIGADOS

NPB3-09 NORMAS SOBRE EL OTORGAMIENTO DE CREDITOS A PERSONAS RELACIONADAS CON LOS BANCOS CAPITULO I OBJETO Y SUJETOS OBLIGADOS TELEFONO (503) 281-2444. Email: informa@ssf.gob.sv. Web:http://www.ssf NPB3-09 El Consejo Directivo de la Superintendencia del Sistema Financiero en uso de la potestad que le otorga el artículo 206 de

Más detalles

DIRECTIVA ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS DEL FONDO DE INVERSION DE SEDAM HUANCAYO S.A.

DIRECTIVA ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS DEL FONDO DE INVERSION DE SEDAM HUANCAYO S.A. SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO MUNICIPAL DE HUANCAYO S.A. DIRECTIVA ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS DEL FONDO DE INVERSION DE SEDAM HUANCAYO S.A. Huancayo 2009 DIRECTIVA ADMINISTRACION DE LOS

Más detalles

La Experiencia Peruana

La Experiencia Peruana EL PROCESO DE TITULIZACIÓN DE ACTIVOS La Experiencia Peruana Armando Chappell Quintana CONASEV http://www.conasevnet.gob.pe MARCO LEGAL DE LA TITULIZACIÓN DE ACTIVOS Ley del Mercado de Valores, Decreto

Más detalles

FONDOS MUTUOS DE INVERSIÓN

FONDOS MUTUOS DE INVERSIÓN FONDOS MUTUOS DE INVERSIÓN Art. 2.5.0.1.- Inversiones. Modificado. Res. 1212 de 1995, art. 1. Además de las inversiones autorizadas en el artículo 2o. del decreto 2514 de 1987, modificado parcialmente

Más detalles

CIRCULAR 31/2009 ASUNTO: MODIFICACIONES A LA CIRCULAR 115/2002

CIRCULAR 31/2009 ASUNTO: MODIFICACIONES A LA CIRCULAR 115/2002 CIRCULAR 31/2009 ASUNTO: MODIFICACIONES A LA CIRCULAR 115/2002 FUNDAMENTO LEGAL: Artículos 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, párrafos sexto y séptimo; 24 y 26 de la Ley del

Más detalles

Nos dirigimos a Uds. a los efectos de comunicarles que con vigencia a partir del 17.12.2015 inclusive, se ha dispuesto lo siguiente:

Nos dirigimos a Uds. a los efectos de comunicarles que con vigencia a partir del 17.12.2015 inclusive, se ha dispuesto lo siguiente: 2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES COMUNICACIÓN A 5850 17/12/2015 A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LAS CASAS, AGENCIAS, OFICINAS Y CORREDORES DE CAMBIO, A LAS CASAS Y AGENCIAS

Más detalles

Circular n.º 7/2010, de 30 de noviembre. (BOE de 6 de diciembre) Entidades de crédito. Desarrollo de determinados aspectos del mercado hipotecario

Circular n.º 7/2010, de 30 de noviembre. (BOE de 6 de diciembre) Entidades de crédito. Desarrollo de determinados aspectos del mercado hipotecario CIRCULAR 7/2010 Hoja 1 Diciembre 2010 Circular n.º 7/2010, de 30 de noviembre (BOE de 6 de diciembre) Entidades de crédito Desarrollo de determinados aspectos del mercado hipotecario La aprobación de la

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL USO DE DERIVADOS EN MONEDA EXTRANJERA

REGLAMENTO PARA EL USO DE DERIVADOS EN MONEDA EXTRANJERA BANCO CENTRAL DE COSTA RICA REGLAMENTO PARA EL USO DE DERIVADOS EN MONEDA EXTRANJERA APROBADO POR LA JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO CENTRAL DE COSTA RICA MEDIANTE ARTÍCULO 11, DEL ACTA DE LA SESIÓN 5166-2003,

Más detalles

CIRCULAR No. 1. Cambios introducidos por la ley 1430 de 2010 (Reforma tributaria) respecto del GMF (Gravamen a los movimientos financieros)

CIRCULAR No. 1. Cambios introducidos por la ley 1430 de 2010 (Reforma tributaria) respecto del GMF (Gravamen a los movimientos financieros) MPV 066-011 CIRCULAR No. 1 Cambios introducidos por la ley 1430 de 2010 (Reforma tributaria) respecto del GMF (Gravamen a los movimientos financieros) La ley 1430 de 2010 establece cambios importantes

Más detalles

b) Reglas y límites sobre operaciones con vinculados en los sistemas de negociación de valores;

b) Reglas y límites sobre operaciones con vinculados en los sistemas de negociación de valores; DERIVADOS, CONFLICTOS DE INTERÉS, REGISTRO Concepto 2010066160-005 del 19 de noviembre de 2010. Síntesis: Los deberes frente a los conflictos de interés a que hace referencia el numeral 2º del artículo

Más detalles

ECONOMIA E INSTITUCIONES FINANCIERAS dirigido a maestros en el marco del Diseño Curricular Nacional articulado para la Educación Básica Regular

ECONOMIA E INSTITUCIONES FINANCIERAS dirigido a maestros en el marco del Diseño Curricular Nacional articulado para la Educación Básica Regular PROGRAMA DE CAPACITACIÓN: ECONOMIA E INSTITUCIONES FINANCIERAS dirigido a maestros en el marco del Diseño Curricular Nacional articulado para la Educación Básica Regular 23-27 febrero de 2009 PERÚ Ministerio

Más detalles

CAPÍTULO III ASPECTOS JURÍDICOS DEL SECTOR FINANCIERO PERUANO

CAPÍTULO III ASPECTOS JURÍDICOS DEL SECTOR FINANCIERO PERUANO CAPÍTULO III ASPECTOS JURÍDICOS DEL SECTOR FINANCIERO PERUANO Preparado por Diana Alejandra Porras Luna y Jorge Andrés Montero Corredor INTRODUCCIÓN A mediados de los años 90, las crisis financieras internacionales

Más detalles

Proyecto de Ley Modifica diversos cuerpos legales con el fin de estandarizar los Contratos de Adhesión

Proyecto de Ley Modifica diversos cuerpos legales con el fin de estandarizar los Contratos de Adhesión Proyecto de Ley Modifica diversos cuerpos legales con el fin de estandarizar los Contratos de Adhesión Boletín N 9.916-03 Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras mayo 2015 TAREA QUE ASUMIMOS

Más detalles

VISTA: La Ley N 1284/98 de Mercado de Valores, el Decreto del Poder Ejecutivo N 3195 de fecha 23 de marzo de 2015, y.

VISTA: La Ley N 1284/98 de Mercado de Valores, el Decreto del Poder Ejecutivo N 3195 de fecha 23 de marzo de 2015, y. Asunción - Paraguay Asunción, 27 de marzo de 2015. VISTA: La Ley N 1284/98 de Mercado de Valores, el Decreto del Poder Ejecutivo N 3195 de fecha 23 de marzo de 2015, y. CONSIDERANDO: Que, los Bonos del

Más detalles

ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS

ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS ESTADOS La posición financiera que guarda la Administración Pública Estatal es presentada a través de los estados financieros consolidados, los cuales son generados con base a la información que producen

Más detalles

Cuál es el modelo de la Integración de los Mercados de Perú, Chile y Colombia?

Cuál es el modelo de la Integración de los Mercados de Perú, Chile y Colombia? Cuál es el modelo de la Integración de los Mercados de Perú, Chile y Colombia? La integración compuesta por la Bolsa de Valores de Colombia, la Bolsa de Valores de Lima y la Bolsa de Comercio de Santiago,

Más detalles

MERCADO FINANCIERO FINANCIAMIENTO A TRAVÉS DEL MERCADO DE VALORES, ACCIONES Y TITULARIZACIÓN

MERCADO FINANCIERO FINANCIAMIENTO A TRAVÉS DEL MERCADO DE VALORES, ACCIONES Y TITULARIZACIÓN MERCADO FINANCIERO FINANCIAMIENTO A TRAVÉS DEL MERCADO DE VALORES, ACCIONES Y TITULARIZACIÓN JUNIO 2015 MERCADO FINANCIERO Mercado Financiero Mercado Financiero Partícipes Captan Recursos Cobran Tasas

Más detalles

eubertud y OnIen República de Colombia Ministerio de Hacienda y Crédito Público

eubertud y OnIen República de Colombia Ministerio de Hacienda y Crédito Público República de Colombia eubertud y OnIen ~..;_.~. --..- ó,: -_. 'Jh lrlit CI l. t ~. _. ARIII lullll_ Ministerio de Hacienda y Crédito Público Decreto NúmQ.o 3885 de 2009. Por el cual se modifica el régimen

Más detalles

LEY No. 740 LEY DE FACTORAJE

LEY No. 740 LEY DE FACTORAJE LEY No. 740 LEY DE FACTORAJE (Publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 234 del 7 de diciembre de 2010) Ley No.740 446 Banco Central de Nicaragua Otras Leyes Financieras de Nicaragua LEY No. 740 Art.

Más detalles

Política General de Habitualidad LarrainVial Asset Management

Política General de Habitualidad LarrainVial Asset Management 2015 Nombre del Documento Clasificación de la Elaborado por Fecha de última actualización Control de Documentos Política General de Habitualidad de para Operaciones Ordinarias del Giro Social con Partes

Más detalles

Una Administradora de Fondos de Inversión es una Fiduciaria? Un Fondo de Inversión es un Fideicomiso? Ley 189-11

Una Administradora de Fondos de Inversión es una Fiduciaria? Un Fondo de Inversión es un Fideicomiso? Ley 189-11 Una Administradora de Fondos de Inversión es una Fiduciaria? Un Fondo de Inversión es un Fideicomiso? Ley 189-11 Jaime Dunn De Avila Abril, 2013 Art. 189-11 Sección VII Modalidades de Fideicomiso Art.

Más detalles

Alternativas de financiamiento para el desarrollo de las Pymes. Vicepresidencia de Supervisión Bursátil Octubre de 2013

Alternativas de financiamiento para el desarrollo de las Pymes. Vicepresidencia de Supervisión Bursátil Octubre de 2013 Alternativas de financiamiento para el desarrollo de las Pymes Vicepresidencia de Supervisión Bursátil Octubre de 2013 Alternativa de Financiamiento para Pymes El Mercado de Valores mexicano, representa

Más detalles

BOLETÍN. 5zlL9Wm CONTENIDO. No. Fecha Páginas. O1 8 26 de mayo de 2006 10. Página

BOLETÍN. 5zlL9Wm CONTENIDO. No. Fecha Páginas. O1 8 26 de mayo de 2006 10. Página 5zlL9Wm BR-3-011-0 BOLETÍN No. Fecha Páginas O1 8 26 de mayo de 2006 10 CONTENIDO Página Resolución Externa No. 4 de 2006. Por la cual se expiden regulaciones sobre los sistemas de compensación y liquidación

Más detalles

NOTAS METODOLÓGICAS DEL ANEXO Nº 5 Y SUS ANEXOS COMPLEMENTARIOS:

NOTAS METODOLÓGICAS DEL ANEXO Nº 5 Y SUS ANEXOS COMPLEMENTARIOS: NOTAS METODOLÓGICAS DEL ANEXO Nº 5 Y SUS ANEXOS COMPLEMENTARIOS: Para la elaboración de los Anexos Nº 5, 5-A, 5-B, 5-C, 5-C y 5-D se incluirá la información correspondiente al monto del capital de los

Más detalles

ANEXO N. 2 OBJETIVOS, LINEAMIENTOS Y POLÍTICAS EN MATERIA DE ORIGINACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE CRÉDITO

ANEXO N. 2 OBJETIVOS, LINEAMIENTOS Y POLÍTICAS EN MATERIA DE ORIGINACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE CRÉDITO ANEXO N. 2 OBJETIVOS, LINEAMIENTOS Y POLÍTICAS EN MATERIA DE ORIGINACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE CRÉDITO DIRECCIÓN DE CRÉDITO, FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN MAYO 2015 ÍNDICE 1 OBJETIVO... 3 1.1 OBJETIVOS ESPECÍFICOS...

Más detalles

Proyecto de Ley FONDO DE GARANTÍAS PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS CAPÍTULO I NATURALEZA JURÍDICA Y OBJETO

Proyecto de Ley FONDO DE GARANTÍAS PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS CAPÍTULO I NATURALEZA JURÍDICA Y OBJETO FONDO DE GARANTÍAS PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS CAPÍTULO I NATURALEZA JURÍDICA Y OBJETO Artículo 1. Créase un "Fondo de Garantías para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas", denominado,

Más detalles

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY RESTRICTED MTN.TNC/W/52 4 de diciembre de 1990 Distribución especial Comité de Negociaciones Comerciales Original: inglés COMUNICACIÓN DE MALASIA

Más detalles

ANEXO 11-C SERVICIOS FINANCIEROS. 1. Este Anexo aplica a las medidas que afectan el comercio de servicios financieros 1.

ANEXO 11-C SERVICIOS FINANCIEROS. 1. Este Anexo aplica a las medidas que afectan el comercio de servicios financieros 1. ANEXO 11-C SERVICIOS FINANCIEROS ARTÍCULO 1: ALCANCE Y DEFINICIONES 1. Este Anexo aplica a las medidas que afectan el comercio de servicios financieros 1. 2. Para los propósitos de este Anexo: institución

Más detalles