Exposición de Motivos

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Exposición de Motivos"

Transcripción

1 QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 15-A Y 75 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, SUSCRITA POR LOS DIPUTADOS RAFAEL YERENA ZAMBRANO, PEDRO ALBERTO SALAZAR MUCIÑO Y MANUEL VALLEJO BARRAGÁN, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI Los suscritos, diputados federales Rafael Yerena Zambrano, Pedro Alberto Salazar Muciño y Manuel Vallejo Barragán, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, fracción I del numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa que contiene proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 15-A y 75 de la Ley del Seguro Social, con fundamento en la siguiente Exposición de Motivos Con la reforma laboral, la subcontratación paso a ser una figura contractual de trabajo de iure en la que un patrón denominado contratista ejecuta trabajos con sus trabajadores a favor de un contratante, pudiendo esta última ser una persona moral o física la cual fija las labores del personal dependiente del contratista. La necesidad de regular este nuevo esquema de contratación, surgió ante la posibilidad real para hacer más eficientes los gastos de empresas que requieren servicios externos especializados, y con ello se pudiera aumentar la productividad. Esta modalidad mejor conocida por el anglicismo de outsourcing surge como una atractiva herramienta de gestión de negocios que procura maximización de beneficios y minimización de costos, a la vez que genera valor para la empresa contratante y sus intereses.1 La inclusión de este régimen laboral en la Ley Federal del Trabajo prescribe tres requisitos a observar: que no abarque la totalidad de las actividades iguales o similares que se desarrollen en el centro de trabajo; que se justifique por su carácter especializado y que no compensa tareas iguales o similares a las que realizan el resto de los trabajadores al servicio del contratante. Asimismo, se establece que el responsable del cumplimiento de las obligaciones laborales será el contratista, pero en caso de que éste incumpla con los salarios y prestaciones o con el entero de las cuotas y aportaciones de seguridad social, corresponderá al contratante como beneficiario de las obras ejecutadas o de los servicios prestados, responder de las obligaciones nacidas de las relaciones de trabajo. De esta forma el Estado ha regulado este esquema de contratación, atendiendo a la oportunidad expansiva para las empresas contratantes que ha generado aparentes y múltiples beneficios, por ejemplo, la posibilidad de reducir los gastos, contar con servicios de información rápida, controlar los gastos de operación, y una de las razones más importantes es disponer del personal altamente calificado y especializado, y así contar con capacidades específicas para la empresa.2 Es importante hacer un repaso a la cronología de cómo esta figura del outsourcing vino a regularse en nuestro orden jurídico: El 9 de julio de 2009, se publicó el decreto por el que se reformaba el artículo 15-A de la Ley del Seguro Social para establecer la responsabilidad solidaria entre patrón intermediario o subcontratista y el contratante o beneficiario de los servicios.

2 El 30 de noviembre de 2012, se publicó el decreto por el que reformaban y adicionaban diversas disposiciones, a la Ley Federal del Trabajo, que como ya se mencionó se reguló la subcontratación como un régimen laboral, adicionando el artículo 15-A, mismo que quedo de la siguiente forma: Artículo 15-A. El trabajo en régimen de subcontratación es aquel por medio del cual un patrón denominado contratista ejecuta obras o presta servicios con sus trabajadores bajo su dependencia, a favor de un contratante, persona física o moral, la cual fija las tareas del contratista y lo supervisa en el desarrollo de los servicios o la ejecución de las obras contratadas. Este tipo de trabajo, deberá cumplir con las siguientes condiciones: a) No podrá abarcar la totalidad de las actividades, iguales o similares en su totalidad, que se desarrollen en el centro de trabajo. b) Deberá justificarse por su carácter especializado. c) No podrá comprender tareas iguales o similares a las que realizan el resto de los trabajadores al servicio del contratante. De no cumplirse con todas estas condiciones, el contratante se considerará patrón para todos los efectos de esta Ley, incluyendo las obligaciones en materia de seguridad social. Por último, el 04 de junio de 2015, se publicó el decreto por el que se adicionaba un artículo 29 bis a la Ley del INFONAVIT, con el fin de complementar la regulación de la subcontratación en lo referente al cumplimiento de las aportaciones al Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. No obstante que el orden jurídico ha venido actualizándose y sistematizándose en la regulación de la subcontratación, la Ley del Seguro Social, que fue el primer cuerpo normativo que estableció disposiciones referentes a la tercerización de servicios, observa hoy en día ciertas inconsistencias con las reformas a la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores que se dieron ulteriormente. Y es precisamente que en tanto en la Ley Federal del Trabajo como en la Ley del INFONAVIT, si se prescribe la necesidad de justificar el carácter especializado del trabajo que realizan los trabajadores subcontratados, razón por la cual se estima pertinente que este mismo requisito debe figurar en el precepto de la Ley del Seguro Social que regula la subcontratación. En este orden, el trabajo especializado reviste el principal componente de la subcontratación en virtud de que la dinámica en la economía incita a las empresas a fortalecer su presencia en todos los mercados, lo que conduce a una especialización de la empresa en campos estratégicos, permitiendo enfrentar las dificultades en ciertas actividades accediendo a tecnologías o procesos que son dominados por las subcontratistas.3 Por ello, en muchos casos las actividades especializadas no resultan rentables para la empresa tenerlas como permanentes, es aquí donde se recurre a la contratación de empresas que realizan los trabajos especializados. Por lo anterior se considera necesario reformar el artículo 15 A de la Ley del Seguro Social a fin de homologarla con la Ley Federal del Trabajo y la Ley del INFONAVIT. Cabe destacar que la reforma a esta última Ley, atendió en gran parte a la literalidad de la Ley del Seguro Social, pero que dadas las reformas a la Ley Federal del Trabajo se incorporó el término de contratista al patrón que pone a disposición a sus trabajadores para que realicen labores a otra empresa contratante.

3 En este caso la Ley del Seguro Social no utiliza este término, en virtud de que el decreto por el que se reformó el artículo 15 A de dicha ley, fue publicado con más de tres años de antelación, razón por la cual no está actualizada con las modificaciones de la reforma laboral. Es oportuno mencionar que el carácter del patrón intermediario se respeta al principio de dicho precepto, y que sólo se viene a incorporar el término de contratista, ya que la Ley Federal del Trabajo menciona ambas figuras tanto la del intermediario como la del patrón contratista. Por último, consideramos como el punto más importante de esta homologación, la necesidad de especificar el carácter especializado en los contratos que los patrones entregan al Instituto Mexicano del Seguro Social, ya que es un requisito que estableció la Ley Federal del Trabajo en su reciente reforma para las empresas contratistas. Esta propuesta se presenta con la intención de dar certidumbre tanto a los patrones contratistas como a los beneficiarios de los trabajos que reciben por parte de los trabajadores de este, en razón a que con la reforma a la Ley Federal del Trabajo y la Ley del INFONAVIT se estableció incluir la justificación del carácter especializado del trabajo en la regulación de la subcontratación. De esta forma se intenta dar seguridad al trabajador subcontratado de que las actividades que realiza corresponden a su especialización y con ello tener la certeza de que los riesgos en dichas actividades correspondan a las actividades por las que fue contratado. Esta inclusión, permitirá al Instituto Mexicano del Seguro Social, calificar y dictaminar con más elementos los riesgos de trabajo, ya que en la subcontratación es recurrente la delegación de uno o más procesos no estratégicos del negocio a un tercero especializado, con el fin de lograr una mayor efectividad transfiriendo los riesgos a personal subcontratado que ofrezca garantías de experiencia, integridad, responsabilidad y eficiencia. Finalmente consideramos importante armonizar las tres leyes para que tanto el Instituto Mexicano del Seguro Social como el Instituto para el Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores cumplan con mayor eficacia sus funciones recaudadoras y no haya discrepancia en el intercambio de información que los patrones por ministerio de ley tienen la obligación de entregar. Por todo lo anterior se somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de Decreto Único. Se reforma el artículo 15 A y el segundo párrafo del artículo 75 de la Ley del Seguro Social para quedar como sigue: Artículo 15 A. Cuando en la contratación de trabajadores para un patrón, a fin de que ejecuten trabajos o presten servicios para él, participe un intermediario laboral o contratista, cualquiera que sea la denominación que patrón e intermediarios asuman, ambos serán responsables solidarios entre sí y en relación con el trabajador, respecto del cumplimiento de las obligaciones contenidas en esta Ley. No serán considerados intermediarios, sino patrones, las empresas contratistas establecidas que presten servicios a otras, para ejecutarlos con elementos propios y suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores, en los términos de los artículos 12, 13, 14 y 15, 15-A y 15-B de la Ley Federal del Trabajo. Sin perjuicio de lo dispuesto en los párrafos anteriores, cuando un patrón o sujeto obligado, cualquiera que sea su personalidad jurídica o su naturaleza económica, en virtud de un contrato, cualquiera que sea su forma o

4 denominación, como parte de las obligaciones contraídas, ponga a disposición trabajadores u otros sujetos de aseguramiento para que ejecuten los servicios o trabajos acordados bajo la dirección del beneficiario de los mismos, en las instalaciones que éste determine, el beneficiario de los trabajos o servicios asumirá las obligaciones establecidas en esta Ley en relación con dichos trabajadores, en el supuesto de que el patrón contratista omita el cumplimiento de las condiciones señaladas en los artículos 15-A y 15-B de la Ley Federal del Trabajo, siempre y cuando el Instituto hubiese notificado previamente al patrón contratista el requerimiento correspondiente y éste no lo hubiera atendido. Asimismo, el Instituto dará aviso al beneficiario de los trabajos o servicios, del requerimiento a que se refiere el párrafo anterior. Las empresas contratantes y contratistas deberán comunicar trimestralmente ante la Subdelegación correspondiente al domicilio del patrón o sujeto obligado, y del beneficiario respectivamente, dentro de los primeros quince días de los meses de enero, abril, julio y octubre, en relación con los contratos celebrados en el trimestre de que se trate la información siguiente: I. De las partes en el contrato: Nombre, denominación o razón social; clase de persona moral de que se trate, en su caso; objeto social; domicilio social, fiscal y, en su caso, convencional para efectos del contrato; número del Registro Federal de Contribuyentes y de Registro Patronal ante el IMSS; datos de su acta constitutiva, tales como número de escritura pública, fecha, nombre del notario público que da fe de la misma, número de la notaría y ciudad a la que corresponde, sección, partida, volumen, foja o folio mercantil, en su caso, y fecha de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio; nombre de los representantes legales de las partes que suscribieron el contrato. II. Del contrato: Objeto; periodo de vigencia; perfiles, puestos o categorías indicando en este caso si se trata de personal operativo, administrativo o profesional, la justificación de su trabajo especializado y el número estimado mensual de trabajadores u otros sujetos de aseguramiento que se pondrán a disposición del beneficiario de los servicios o trabajos contratados. El patrón contratista incorporará por cada uno de sus trabajadores, el nombre del beneficiario de los servicios o trabajos contratados en el sistema de cómputo autorizado por el Instituto. Cuando el patrón contratista se obligue a poner a disposición del beneficiario, trabajadores para prestar los servicios o ejecutar los trabajos en varios centros de trabajo ubicados en la circunscripción territorial de más de una subdelegación del Instituto, el patrón y el beneficiario deberán comunicar la información a que se refiere el quinto párrafo de este artículo, únicamente ante la subdelegación dentro de cuya circunscripción se ubique su respectivo domicilio fiscal. La información prevista en este artículo podrá ser presentada a través de los medios señalados en el último párrafo del artículo 15 de esta Ley, conforme a las reglas generales que para tal efecto emita el Consejo Técnico. Para los efectos de este artículo, el Gobierno Federal, en ningún caso, será considerado como intermediario laboral. Artículo Para efectos de la clasificación en el seguro de riesgos de trabajo, tratándose de los patrones a que se refiere el tercer párrafo del artículo 15-A, de esta Ley, a solicitud del patrón, el Instituto le asignará un registro patronal por cada una de las clases observando la justificación de su trabajo especializado, que así se requiera, de las señaladas en el artículo 73 de esta Ley, con el que realizará la inscripción de sus trabajadores a nivel nacional. Los patrones o sujetos obligados que se hayan clasificado en términos de lo dispuesto en este párrafo, revisarán anualmente su

5 siniestralidad conforme al artículo 74 de esta Ley de manera independiente por cada uno de los registros patronales asignados. Transitorio Único. El presente decreto entrara en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Notas 1 Echaiz Moreno, Daniel. El contrato de outsourcing, Boletín Mexicano de Derecho Comparado, nueva serie, año XLI, núm. 122, Mayo-Agosto de 2008, UNAM-Instituto de Investigaciones Jurídicas, México, p fecha de consulta 10 de octubre de Sánchez-Castañeda, Alfredo Reynoso Castillo, Carlos Palli, Bárbara, La subcontratación: un fenómeno global. Estudio de legislación comparada, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, México 2011, p. 8. Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de diciembre de Diputados: Rafael Yerena Zambrano, Pedro Alberto Salazar Muciño, Manuel Vallejo Barragán (rúbricas).

CIRCULAR INFORMATIVA No. 07/2015 PARA TODOS NUESTROS CLIENTES NUEVA REGULACIÓN DEL OUTSOURCING DE PERSONAL EN MATERIA DE INFONAVIT.

CIRCULAR INFORMATIVA No. 07/2015 PARA TODOS NUESTROS CLIENTES NUEVA REGULACIÓN DEL OUTSOURCING DE PERSONAL EN MATERIA DE INFONAVIT. CIRCULAR INFORMATIVA No. 07/2015 PARA TODOS NUESTROS CLIENTES NUEVA REGULACIÓN DEL OUTSOURCING DE PERSONAL EN MATERIA DE INFONAVIT 1).- Introducción. 2).- Artículo 29 de la Ley del Infonavit. Sumario 3).-

Más detalles

Servicio de Outsourcing Puro - Industria de la Construcción

Servicio de Outsourcing Puro - Industria de la Construcción Servicio de Outsourcing Puro - Industria de la Construcción El OUTSOURCING PURO es un servicio profesional que tiene el objetivo de brindar asesoría y ejecución de actividades propias del área de Recursos

Más detalles

Principales Modificaciones Fiscales y de Seguridad Social de las Empresas Outsourcing

Principales Modificaciones Fiscales y de Seguridad Social de las Empresas Outsourcing Principales Modificaciones Fiscales y de Seguridad Social de las Empresas Outsourcing Preámbulo El Outsourcing es una tendencia actual que ha formado parte importante en las decisiones administrativas

Más detalles

PRINCIPALES REFORMAS A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DEL 30 DE NOVIEMBRE DE 2012

PRINCIPALES REFORMAS A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DEL 30 DE NOVIEMBRE DE 2012 PRINCIPALES REFORMAS A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DEL 30 DE NOVIEMBRE DE 2012 A continuación se presenta un breve resumen de las principales reformas que se aprobaron a

Más detalles

CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO

CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO ACUERDO POR EL QUE SE EMITE EL CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO ANTECEDENTES El 31 de diciembre de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Contabilidad

Más detalles

APROBADAS LAS REFORMAS A LA LEY DEL SEGURO SOCIAL DIRIGIDA A LAS OUTSOURCINGS Y SUS CLIENTES

APROBADAS LAS REFORMAS A LA LEY DEL SEGURO SOCIAL DIRIGIDA A LAS OUTSOURCINGS Y SUS CLIENTES APROBADAS LAS REFORMAS A LA LEY DEL SEGURO SOCIAL DIRIGIDA A LAS OUTSOURCINGS Y SUS CLIENTES Estimados Clientes y Amigos: El día de hoy se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, las reformas

Más detalles

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 109 Y 158 DE LA LEY

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 109 Y 158 DE LA LEY Proyectos Legislativos Instancia: Cámara de Diputados Fecha: 7 de marzo, 2013. Tipo de Proyecto: INICIATIVAS INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 109 Y 158 DE LA LEY DEL IMPUESTO

Más detalles

C O R P U S I U R E. International Associated Firms A B O G A D O S REFORMAS A LA LEY DEL SEGURO SOCIAL

C O R P U S I U R E. International Associated Firms A B O G A D O S REFORMAS A LA LEY DEL SEGURO SOCIAL REFORMAS A LA LEY DEL SEGURO SOCIAL RETIROS MAYORES A LAS AFORES EN RAZON DE DESEMPLEO El Instituto Mexicano del Seguro Social publicó en el Diario Oficial de la Federación el pasado 26 de mayo de 2009

Más detalles

Villahermosa, Tabasco a 09 de febrero de 2016.

Villahermosa, Tabasco a 09 de febrero de 2016. ASUNTO: INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 10 FRACCIÓN V, 43, 44 SEGUNDO PÁRRAFO, SE ADICIONA EL ARTÍCULO 44 BIS DE LA LEY DE DESARROLLO TURÍSTICO DEL ESTADO DE TABASCO.

Más detalles

Derechos reservados conforme a la ley, por el autor y por el Colegio de. Contadores Públicos de México, A.C.

Derechos reservados conforme a la ley, por el autor y por el Colegio de. Contadores Públicos de México, A.C. Derechos reservados conforme a la ley, por el autor y por el Colegio de Contadores Públicos de México, A.C. Prohibida la reproducción total o parcial de esta obra por cualquier medio sin autorización escrita

Más detalles

LEY DEL SEGURO SOCIAL DECRETO 9-07-2009 OUTSOURCING

LEY DEL SEGURO SOCIAL DECRETO 9-07-2009 OUTSOURCING LEY DEL SEGURO SOCIAL DECRETO 9-07-2009 OUTSOURCING Outsourcing Objetivo: Seleccionar y asociar a proveedores competentes, para que se hagan cargo de todos los procesos que no forman parte de la competencia

Más detalles

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: DOMICILIO FISCAL: ACTIVIDADES PRINCIPALES (EN ORDEN DE IMPORTANCIA) 1. 2.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: DOMICILIO FISCAL: ACTIVIDADES PRINCIPALES (EN ORDEN DE IMPORTANCIA) 1. 2. INFORME I. CARACTERISTICAS GENERALES DEL PATRÓN: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES: NÚMERO DE REGISTRO PATRONAL IMSS: NÚMERO DE EXPEDIENTE INFONAVIT: _ DOMICILIO FISCAL: FECHA DE

Más detalles

CIUDADANOS DIPUTADOS DE LA HONORABLE XIII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO. C I U D A D.

CIUDADANOS DIPUTADOS DE LA HONORABLE XIII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO. C I U D A D. CIUDADANOS DIPUTADOS DE LA HONORABLE XIII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO. C I U D A D. ROBERTO BORGE ANGULO, Gobernador del Estado de Quintana Roo, en ejercicio

Más detalles

lexcorp.com.mx Enero 2013

lexcorp.com.mx Enero 2013 z Enero 2013 z Reformas a la Ley Federal del Trabajo Lic. Efrén Escobedo Flores. eescobedo@ El uno de diciembre de 2012 entró en vigor el Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O CC. SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA. P R E S E N T E S. El que suscribe Diputado Joel Jaime Hernández Ruiz integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario

Más detalles

al Fondo Metropolitano, y con ello, destinar erogaciones adicionales a las aprobadas en el

al Fondo Metropolitano, y con ello, destinar erogaciones adicionales a las aprobadas en el PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA. 09 de mayo de 2012 Comisión Permanente Iniciativa Presenta: Dip. Omar Rodríguez Cisneros (PRI- México) Objeto:

Más detalles

ANEXO DL-1 FORMATO DE LISTA DE DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA INTEGRAR LAS PROPOSICIONES CONVOCATORIA DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LA-006G1C003-N1-2013

ANEXO DL-1 FORMATO DE LISTA DE DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA INTEGRAR LAS PROPOSICIONES CONVOCATORIA DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LA-006G1C003-N1-2013 ANEXO DL-1 FORMATO DE LISTA DE DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA INTEGRAR LAS PROPOSICIONES. El que suscribe,, en mi carácter de representante legal de, personalidad que acredito en los términos de la Escritura

Más detalles

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR No. Expediente: 1495-1PO2-10 I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA 1. Nombre de la Iniciativa. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto de

Más detalles

ASEGURADOS. INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE PRESENTA LA DIPUTADA FEDERAL MARÍA BÁRBARA BOTELLO SANTIBÁÑEZ,

ASEGURADOS. INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE PRESENTA LA DIPUTADA FEDERAL MARÍA BÁRBARA BOTELLO SANTIBÁÑEZ, INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE PRESENTA LA DIPUTADA FEDERAL MARÍA BÁRBARA BOTELLO SANTIBÁÑEZ, INTEGRANTE DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL A LA LXIII LEGISLATURA,

Más detalles

Presenta: Dip. Yahleel Abdala Carmona (PRI-Tamaulipas)

Presenta: Dip. Yahleel Abdala Carmona (PRI-Tamaulipas) Proyectos Legislativos Instancia: Cámara de Diputados Fecha: 3 de febrero, 2016. Tipo de Proyecto: INICIATIVA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LAS LEYES

Más detalles

Dicho dictamen fue presentado para su primera lectura en la sesión ordinaria del Pleno Senatorial del propio 14 de diciembre próximo pasado.

Dicho dictamen fue presentado para su primera lectura en la sesión ordinaria del Pleno Senatorial del propio 14 de diciembre próximo pasado. HONORABLE ASAMBLEA: Con relación a la minuta con proyecto de Decreto remitida por la Cámara de Diputados, por el que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos

Más detalles

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR No. Expediente: 208-1PO1-15 I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA 1. Nombre de la Iniciativa. Que adiciona los artículos 83 y 84 del Código Fiscal de la Federación. 2.

Más detalles

Ley de Asociaciones Público-Privadas para el Estado de Tabasco

Ley de Asociaciones Público-Privadas para el Estado de Tabasco Ley de Asociaciones Público-Privadas para el Estado de Tabasco LIC. MANUEL RODRÍGUEZ VILLAMIL 06 de Septiembre de 2012 Villahermosa, Tab. Índice: I. Objetivo I. Incorporar una nueva Ley de Asociaciones

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. REGLAS PARA LA CELEBRACIÓN DE LICITACIONES PÚBLICAS INTERNACIONALES BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS DE LIBRE COMERCIO SUSCRITOS POR LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS (Publicado en el Diario Oficial de la Federación

Más detalles

Información al IMSS, outsourcing

Información al IMSS, outsourcing Información al IMSS, outsourcing Reformas a la LSS DOF 9 de julio de 2009 Reglas generales DOF 8 de octubre de 2009 La reforma va dirigida a los prestadores de servicios de personal (outsourcing) y a los

Más detalles

Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social

Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social PREVENCIA 2014 LEGISLACION Y MEDIDAS DE CONTROL Y VIGILANCIA SINGULAR RESPECTO A LAS SIITUACIONES DE SUBCONTRATACIONES DE EMPRESAS REGIMEN EN URUGUAY

Más detalles

Estímulos Fiscales para promover la Incorporación a la Seguridad Social.

Estímulos Fiscales para promover la Incorporación a la Seguridad Social. Estímulos Fiscales para promover la Incorporación a la Seguridad Social. Para complementar la figura tributaria denominada Régimen de Incorporación Fiscal, que formó parte de las reformas fiscales del

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Sen. Raúl Cervantes Andrade Presidente de la Mesa Directiva del del Senador de la República P r e s e n t e Las que suscriben Senadoras Ivonne Liliana Álvarez García, Margarita Flores Sánchez, Lisbeth

Más detalles

HONORABLE ASAMBLEA DE LA LXII LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES. P R E S E N T E.

HONORABLE ASAMBLEA DE LA LXII LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES. P R E S E N T E. HONORABLE ASAMBLEA DE LA LXII LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES. P R E S E N T E. DIPUTADOS LEONARDO MONTAÑEZ CASTRO, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional,

Más detalles

MIR de Impacto Moderado

MIR de Impacto Moderado MIR de Impacto Moderado Reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos. Tipo de MIR: Título

Más detalles

Luisa María Calderón Hinojosa Senadora de la República

Luisa María Calderón Hinojosa Senadora de la República de la República México, D.F 1 de octubre de 2014 Senador Luis Miguel Barbosa Huerta Presidente de la Mesa Directiva Cámara de Senadores Presente. Con fundamento en los artículos 72 fracción VIII, 73, y

Más detalles

INE/JGE96/2016 ANTECEDENTES

INE/JGE96/2016 ANTECEDENTES INE/JGE96/2016 ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN O ACTUALIZACIÓN DE MANUALES DE ORGANIZACIÓN DEL INE. ANTECEDENTES

Más detalles

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA Iniciativa con Proyecto de Decreto para reformar el primer párrafo del artículo 67 de la Ley de Procuración de Justicia del Estado de Coahuila de Zaragoza. En relación a eliminar en el precepto legal lo

Más detalles

CONSIDERANDO. Que en cumplimiento a lo disp

CONSIDERANDO. Que en cumplimiento a lo disp (1) DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS ENTIDADES Y PERSONAS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 3, FRACCIONES IV, V, VI, VII Y VIII Y 4, FRACCIÓN XXX, DE LA LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA

Más detalles

COMISIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL

COMISIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL DICTAMEN QUE PRESENTA LA COMISIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL A LA INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 26 DE LA LEY DEL HEROICO CUERPO DE BOMBEROS DEL DISTRITO FEDERAL. ASAMBLEA LEGISLATIVA

Más detalles

CONSIDERANDO. Acuerdo

CONSIDERANDO. Acuerdo ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECE EL SISTEMA ELECTRÓNICO DE PUBLICACIONES DE SOCIEDADES MERCANTILES Y LAS DISPOSICIONES PARA SU OPERACIÓN (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de junio

Más detalles

Subcontratación y Servicios Transitorios

Subcontratación y Servicios Transitorios Subcontratación y Servicios Transitorios Presentación. I. Algunas cuestiones preliminares. II. Régimen de Subcontratación. III. Régimen de Servicios Transitorios. IV. Reflexiones finales. I. Algunas cuestiones

Más detalles

REGLAMENTO DE AUTOCONTROL COOPERATIVO DECRETO SUPREMO N TR

REGLAMENTO DE AUTOCONTROL COOPERATIVO DECRETO SUPREMO N TR REGLAMENTO DE AUTOCONTROL COOPERATIVO DECRETO SUPREMO N 004-91-TR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO Que, el Artículo 116 de la Constitución Política del Perú prescribe que el Estado promueve y

Más detalles

Proyecto de Reforma a la Ley Federal del Trabajo. 10 de Octubre de 2012

Proyecto de Reforma a la Ley Federal del Trabajo. 10 de Octubre de 2012 Proyecto de Reforma a la Ley Federal del Trabajo 10 de Octubre de 2012 Bono Demográfico PEA = 49.6 millones (INEGI) PEA = 49.6 millones = 33% son jóvenes = 16.36 millones de jóvenes (INEGI) Desempleo Tasa

Más detalles

IV. VIABILIDAD JURÍDICA Y NORMATIVA DEL PROYECTO

IV. VIABILIDAD JURÍDICA Y NORMATIVA DEL PROYECTO IV. VIABILIDAD JURÍDICA Y NORMATIVA DEL PROYECTO PROYECTO Construcción del Hospital General Regional de 260 Camas en el Municipio de García, Nuevo León Versión Pública CONTENIDO 1. OBJETIVO... 3 2. VIABILIDAD

Más detalles

Instituto Nacional de Migración

Instituto Nacional de Migración En la Sala de Licitaciones del Instituto Nacional de Migración, ubicada en Homero número 1832 piso 3, Colonia Los Morales Polanco, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11510, México, Distrito Federal,

Más detalles

1. Objeto del informe

1. Objeto del informe INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE IBERDROLA, S.A. CON FECHA 12 DE ABRIL DE 2011, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS 286, 297.1.b) Y 506 DE LA LEY DE SOCIEDADES DE CAPITAL,

Más detalles

AGENDA LEGISLATIVA CONGRESO DE AGUASCALIENTES 1 LXI Legislatura Del 15/XI/10 al 14/XI/13

AGENDA LEGISLATIVA CONGRESO DE AGUASCALIENTES 1 LXI Legislatura Del 15/XI/10 al 14/XI/13 AGENDA LEGISLATIVA CONGRESO DE AGUASCALIENTES 1 LXI Legislatura Del 15/XI/10 al 14/XI/13 AGENDA LEGISLATIVA PENDIENTE. ASUNTOS CONOCIDOS POR INVENTARIO EL 22 DE NOVIEMBRE DEL 2007 POR LA LX LEGISLATURA

Más detalles

REGLAS PARA EL ENVÍO AL SAT DE LA CONTABILIDAD POR MEDIOS ELECTRÓNICOS

REGLAS PARA EL ENVÍO AL SAT DE LA CONTABILIDAD POR MEDIOS ELECTRÓNICOS REGLAS PARA EL ENVÍO AL SAT DE LA CONTABILIDAD POR MEDIOS ELECTRÓNICOS Damos continuación a nuestras circulares emitida el 16 de junio y 7 de julio de 2014 adicionadas con las publicaciones en el Diario

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS HONORABLE ASAMBLEA: El suscrito, Luis G. Serrato Castell, diputado integrante, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en esta Sexagésima Primera Legislatura, en ejercicio de mi derecho de

Más detalles

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL Martes 19 de julio de 2005 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 77 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL AVISO mediante el cual se da a conocer el formato Autorización para Recibir Servicios Médicos (SAV 009).

Más detalles

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR No. Expediente: 1380-1PO2-13 I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA 1. Nombre de la Iniciativa. Que reforma los artículos 109, 168 y 191 de la Ley del Seguro Social. 2.

Más detalles

Tercer Año de Ejercicio Constitucional Tercer Periodo de Receso

Tercer Año de Ejercicio Constitucional Tercer Periodo de Receso Tercer Año de Ejercicio Constitucional Tercer Periodo de Receso Intervención de la diputada, Alicia Margarita sierra Navarro con las iniciativas de Decreto por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones

Más detalles

QUE REFORMA EL ARTÍCULO 170 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, A CARGO DE LA DIPUTADA PATRICIA LUGO BARRIGA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

QUE REFORMA EL ARTÍCULO 170 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, A CARGO DE LA DIPUTADA PATRICIA LUGO BARRIGA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN QUE REFORMA EL ARTÍCULO 170 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, A CARGO DE LA DIPUTADA PATRICIA LUGO BARRIGA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN La suscrita, diputada Patricia Lugo Barriga, integrante del Grupo

Más detalles

INSCRIPCIÓN. Copia de la cédula del Registro Federal de Causantes y Formulario de Registro R-1.

INSCRIPCIÓN. Copia de la cédula del Registro Federal de Causantes y Formulario de Registro R-1. INSCRIPCIÓN REQUISITOS: Carta solicitud de trámite de registro dirigida al Comité Técnico Resolutivo de Obra Pública del Poder Ejecutivo y sus Organismos. Testimonio de acta constitutiva y modificaciones

Más detalles

Con base en lo expuesto y en consideración a la propuesta presentada por el Coordinador Ejecutivo, el Comité Técnico emite los siguientes:

Con base en lo expuesto y en consideración a la propuesta presentada por el Coordinador Ejecutivo, el Comité Técnico emite los siguientes: El Comité Técnico del Fideicomiso Público del Estado denominado Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, con fundamento en los artículos 7, fracción IV, y 8, fracción IX, de

Más detalles

LA HONORABLE XII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, D E C R E T A:

LA HONORABLE XII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, D E C R E T A: DECRETO NÚMERO: 166 POR EL QUE SE AUTORIZA AL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO, PARA CONTRATAR UNO O MÁS EMPRÉSTITOS HASTA POR UN MONTO TOTAL EN SUMA DE $229 656,192.28 (SON

Más detalles

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL AVISO mediante el cual se da a conocer el formato Aviso de Inscripción Patronal o de Reanudación de Actividades AFIL 01-A. Al margen un logotipo, que dice: Instituto

Más detalles

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR No. Expediente: 572-1PO1-15 I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA 1. Nombre de la Iniciativa. Que reforma los artículos 7, 9 y 10 de la Ley General de Turismo 2. Tema

Más detalles

ACUERDO DEL COMITÉ TÉCNICO DEL FIDEICOMISO DENOMINADO "FONDO PARA

ACUERDO DEL COMITÉ TÉCNICO DEL FIDEICOMISO DENOMINADO FONDO PARA INSTITUTO Fl!Dl!IUU. ELECTOIUU. ACUERDO DEL COMITÉ TÉCNICO DEL FIDEICOMISO DENOMINADO "FONDO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA INMOBILIARIA DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL", POR EL QUE

Más detalles

6.- ESTADOS FINANCIEROS ESTADO DE POSICION FINANCIERA CONSOLIDADO

6.- ESTADOS FINANCIEROS ESTADO DE POSICION FINANCIERA CONSOLIDADO 6.- ESTADOS FINANCIEROS 6.1.- ESTADO DE POSICION FINANCIERA CONSOLIDADO En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley del Presupuesto, Gasto Público y su Contabilidad; en la fracción XVI del

Más detalles

Norma para armonizar la presentación de la información adicional del Proyecto del Presupuesto de Egresos.

Norma para armonizar la presentación de la información adicional del Proyecto del Presupuesto de Egresos. Norma para armonizar la presentación de la información adicional del Proyecto del Presupuesto de Egresos. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de abril de 2013 Última reforma publicada

Más detalles

E X P O S I C I Ó N D E M O T I V O S

E X P O S I C I Ó N D E M O T I V O S DIP. PASCUAL SIGALA PÁEZ PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO PRESENTE. 1 NALLELI JULIETA PEDRAZA HUERTA, integrante del Grupo Parlamentario del Partido

Más detalles

CRITERIOS DE EVALUACIÓN PROVEEDORES

CRITERIOS DE EVALUACIÓN PROVEEDORES Código: AP Página 1 de 8 1. OBJETIVO El Sistema de Evaluación de Proveedores de la Universidad del Pacífico, hace parte de los sistemas de apoyo que forman parte del Registro de Proveedores implementado

Más detalles

TE ASESORAMOS, DECRETO 0723

TE ASESORAMOS, DECRETO 0723 TE ASESORAMOS, DECRETO 0723 En COLMENA vida y riesgos profesionales te asesoramos, por eso tenemos para ti las preguntas más relevantes y útiles que te guiarán y ayudarán en el entendimiento del decreto

Más detalles

SECRETARIA DE ECONOMIA

SECRETARIA DE ECONOMIA SECRETARIA DE ECONOMIA ACUERDO que modifica el diverso por el que se da a conocer el cupo para importar juguetes. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría

Más detalles

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR No. Expediente: 1769-2PO2-14 I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA 1. Nombre de la Iniciativa. Que reforma el artículo 198 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos

Más detalles

CONSIDERANDO TRANSITORIOS. PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

CONSIDERANDO TRANSITORIOS. PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos

Más detalles

Evite con3ngencias laborales, cerciórese que cumpla con las condiciones que marca la ley. Los que necesita saber sobre Outsourcing

Evite con3ngencias laborales, cerciórese que cumpla con las condiciones que marca la ley. Los que necesita saber sobre Outsourcing Soluciones a la medida de sus necesidades Evite con3ngencias laborales, cerciórese que cumpla con las condiciones que marca la ley. Los que necesita saber sobre Outsourcing www.rgnexus.com Qué es el La

Más detalles

Circular nº 04/2016, de 29 de enero ENTIDADES EMISORAS DE VALORES

Circular nº 04/2016, de 29 de enero ENTIDADES EMISORAS DE VALORES Circular nº 04/2016, de 29 de enero ENTIDADES EMISORAS DE VALORES REGISTRO MERCANTIL DE MADRID, TOMO 15.611, LIBRO 0, FOLIO 5, HOJA Nº M-262.818, INSCRIPCIÓN 1ª NIF: A-82.695.677 La Sociedad de Gestión

Más detalles

Prestadoras de servicios de personal: Responsabilidad solidaria y su correcta clasificación en el Seguro de Riesgos de Trabajo

Prestadoras de servicios de personal: Responsabilidad solidaria y su correcta clasificación en el Seguro de Riesgos de Trabajo SEGURIDAD SOCIAL Prestadoras de servicios de personal: Responsabilidad solidaria y su correcta clasificación en el Seguro de Riesgos de Trabajo Es conveniente realizar un análisis a fondo de los posibles

Más detalles

La Seguridad Social En el marco del trabajo digno o decente. Subsecretaría de Previsión Social Dirección General de Fomento de la Seguridad Social

La Seguridad Social En el marco del trabajo digno o decente. Subsecretaría de Previsión Social Dirección General de Fomento de la Seguridad Social La Seguridad Social En el marco del trabajo digno o decente Subsecretaría de Previsión Social Dirección General de Fomento de la Seguridad Social Objetivo Identificar los fundamentos legales de la Seguridad

Más detalles

El 8 de septiembre de 2013, el titular del Ejecutivo Federal envió al Congreso

El 8 de septiembre de 2013, el titular del Ejecutivo Federal envió al Congreso El 8 de septiembre de 2013, el titular del Ejecutivo Federal envió al Congreso de la Unión la reforma hacendaria, la cual comprende también reformas en materia de política social, entre ellas la inclusión

Más detalles

DOCTRINA DEL MINISTERIO PÚBLICO 2010

DOCTRINA DEL MINISTERIO PÚBLICO 2010 293 3. Contencioso Administrativo DOCTRINA DEL MINISTERIO PÚBLICO 2010 1.- FECHA DE ELABORACIÓN: 26-07-2010 2.- DIRECCIÓN REMITENTE: Dirección de Consultoría Jurídica 3.- MATERIA: Contrataciones Públicas

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA REPÚBLICA DE EL SALVADOR

ASAMBLEA LEGISLATIVA REPÚBLICA DE EL SALVADOR COMISIÓN FINANCIERA PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, 22 de julio del 2015 DICTAMEN No. 2 FAVORABLE Señores Secretarios y Secretarias Asamblea Legislativa Presente La Comisión Financiera se refiere al

Más detalles

El contrato de trabajo

El contrato de trabajo Es el acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección a cambio de remuneración. Formalización: El contrato

Más detalles

Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA

Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA Octubre 2012 Contenido Pág. 1. Capítulo I. 3 Disposiciones Generales...3 2. Capítulo II....4 Funciones

Más detalles

REPÚBLICA ARGENTINA INVITACIÓN A PRESENTAR EXPRESIONES DE INTERÉS: PEDIDO DE PROPUESTAS UEP /2014

REPÚBLICA ARGENTINA INVITACIÓN A PRESENTAR EXPRESIONES DE INTERÉS: PEDIDO DE PROPUESTAS UEP /2014 REPÚBLICA ARGENTINA PROGRAMA DE DESARROLLO DE LAS PROVINCIAS DEL NORTE GRANDE: INFRAESTRUCTURA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO CONTRATO DE PRESTAMO BID 2776/OC-AR INVITACIÓN A PRESENTAR EXPRESIONES DE INTERÉS:

Más detalles

Consideraciones en materia de seguro de desempleo y ley de la pensión universal Socio Francisco Godínez

Consideraciones en materia de seguro de desempleo y ley de la pensión universal Socio Francisco Godínez www.pwc.com Consideraciones en materia de seguro de desempleo y ley de la pensión universal Socio Francisco Godínez Francisco Godínez Fedenaje Socio líder de Contribuciones Locales y Seguro Social Cuenta

Más detalles

RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN

RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN RESPUESTA A LA CONSULTA PLANTEADA POR UNA EMPRESA EN RELACIÓN CON LA POSIBILIDAD DE DELEGACIÓN O SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN DE INSTALACIONES DE RÉGIMEN ESPECIAL 7 de julio de 2011

Más detalles

DEDUCCIONES EN MATERIA DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO

DEDUCCIONES EN MATERIA DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO DEDUCCIONES EN MATERIA DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO Arturo PÉREZ ROBLES* SUMARIO: I. Antecedentes. II. Disposiciones vigentes. III. La Nueva Ley del Impuesto sobre la Renta. IV. Comentarios.

Más detalles

CONSORCIO COLOMBIA, CONFORMADO POR ENRIQUE MOLANO VENEGAS Y JAIME EDUARDO LEAL ESCOBAR ENRIQUE MOLANO VENEGAS, CON C.C. No

CONSORCIO COLOMBIA, CONFORMADO POR ENRIQUE MOLANO VENEGAS Y JAIME EDUARDO LEAL ESCOBAR ENRIQUE MOLANO VENEGAS, CON C.C. No CONVOCATORIA PÚBLICA No. 1 DE 2011 LISTA MULTIUSOS PARA CONTRATAR ADECUACIONES MENORES EVALUACIÓN JURÍDICA Cumple 1.12. QUIENES PUEDEN PARTICIPAR a. ENRIQUE MOLANO VENEGAS Podrán participar todas las personas

Más detalles

Décima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal. para Publicada el 3 de febrero de 2005

Décima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal. para Publicada el 3 de febrero de 2005 Décima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2005 Publicada el 3 de febrero de 2005 El viernes pasado se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Décima Resolución

Más detalles

Tercer Año de Ejercicio Constitucional Tercer Periodo Ordinario

Tercer Año de Ejercicio Constitucional Tercer Periodo Ordinario Tercer Año de Ejercicio Constitucional Tercer Periodo Ordinario Intervención del diputado, Miguel Ángel Albarrán Almazán con la Iniciativa de Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la

Más detalles

Reglamento del Archivo del Colegio Nacional

Reglamento del Archivo del Colegio Nacional Reglamento del Archivo del Colegio Nacional El presente Reglamento tiene por objeto ser un instrumento normativo que regule el funcionamiento del Archivo, así como garantizar la organización, tratamiento,

Más detalles

DOCUMENTOS COMUNES PARA TODOS LOS LICITADORES

DOCUMENTOS COMUNES PARA TODOS LOS LICITADORES DOCUMENTOS COMUNES PARA TODOS LOS LICITADORES 1. Documentos acreditativos de la capacidad de obrar. La capacidad de obrar de los empresarios españoles se acreditará mediante escritura, documentos de constitución,

Más detalles

Diplomado Administración Óptima de Nóminas

Diplomado Administración Óptima de Nóminas Diplomado Administración Óptima de Nóminas Duración 96 horas Objetivo general: Proveer al participante de los conocimientos y herramientas legales, fiscales y administrativas para la administración óptima

Más detalles

OBRAS SANTA CRUZ INTERCONEXION SAN JULIAN PIEDRA BUENA

OBRAS SANTA CRUZ INTERCONEXION SAN JULIAN PIEDRA BUENA Buenos Aires, 17 de Julio 2014 Señores Adquirentes del Pliego de Bases y Condiciones para la Contratación de los Servicios de Asistencia Técnica e Inspección de las Obras. Licitación Pública Nacional Nº

Más detalles

Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Obras Públicas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Obras Públicas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Obras Públicas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado FICHA TÉCNICA MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 5 de febrero de 2014

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 5 de febrero de 2014 Orden EHA/3408/2009, de 17 de diciembre, por la que se crean sedes electrónicas en el Ministerio de Economía y Hacienda. Ministerio de Economía y Hacienda «BOE» núm. 305, de 19 de diciembre de 2009 Referencia:

Más detalles

NORMATIVA GENERAL SOBRE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO.

NORMATIVA GENERAL SOBRE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO. NORMATIVA GENERAL SOBRE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO. Expositora: Carolina Lastra Barrera. Abogado División Jurídica Comité Finanzas Contraloría General de la República NORMATIVA GENERAL SOBRE PRESUPUESTO

Más detalles

REGLAMENTO DE LA LEY DE ASISTENCIA Y PREVENCION DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR DEL DISTRITO FEDERAL

REGLAMENTO DE LA LEY DE ASISTENCIA Y PREVENCION DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR DEL DISTRITO FEDERAL REGLAMENTO DE LA LEY DE ASISTENCIA Y PREVENCION DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR DEL DISTRITO FEDERAL TEXTO VIGENTE (Reglamento publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 20 de octubre de

Más detalles

Informe 3/2012, de 28 de marzo, sobre comprobación del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

Informe 3/2012, de 28 de marzo, sobre comprobación del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social. Sc. Comisión Consultiva GK/. Informe 3/2012, de 28 de marzo, sobre comprobación del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social. I.- ANTECEDENTES El Secretario General Técnico de la Consejería

Más detalles

Sistema Peruano de Información Jurídica

Sistema Peruano de Información Jurídica Martes, 01 de mayo de 2007 CONGRESO DE LA REPUBLICA Resolución Legislativa que aprueba el Convenio Nº 176 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Seguridad y Salud en las Minas EL CONGRESO DE

Más detalles

PRESCRPCIONES TECNICAS SERVICIO MUNICIPAL DE COMIDAS A DOMICILIO COMIDA SOBRE RUEDAS

PRESCRPCIONES TECNICAS SERVICIO MUNICIPAL DE COMIDAS A DOMICILIO COMIDA SOBRE RUEDAS PRESCRPCIONES TECNICAS SERVICIO MUNICIPAL DE COMIDAS A DOMICILIO COMIDA SOBRE RUEDAS 1º.- CONCEPTO/OBJETO El Servicio de Comida a Domicilio para Personas Mayores y Dependientes, se concibe como una Prestación

Más detalles

Exposición de motivos.

Exposición de motivos. EL QUE SUSCRIBE, JOSÉ EVERARDO LÓPEZ CÓRDOVA, EN MI CARÁCTER DE DIPUTADO FEDERAL DE LA LXIII LEGISLATURA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS E INTEGRANTE DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, CON

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones Real Decreto 2274/1985, de 4 de diciembre, por el que se regulan los Centros Ocupacionales para minusválidos. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social «BOE» núm. 294, de 9 de diciembre de 1985 Referencia:

Más detalles

DECRETO EJECUTIVO N MTSS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DECRETO EJECUTIVO N MTSS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Ref. No. 016-2014-MTSS DECRETO EJECUTIVO N 38748-MTSS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3), 18)

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS HONORABLE XIII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE QUINTANA ROO PRESENTE. LA SUSCRITA DIPUTADA GABRIELA MEDRANO GALINDO, PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO Y MIEMBRO DEL

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CIUDADANOS DE LA HONORABLE XI LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO. CIUDAD.- LICENCIADO FÉLIX ARTURO GONZÁLEZ CANTO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano

Más detalles

lf~ IE~~ 2~1 6

lf~ IE~~ 2~1 6 ~ REPUBLICA DE COLOMBIA fj -...--------..,.,. ~------~=~-~_M~~~-=\~ 1...~ L " DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN"",J"n.#N,,*,,,t'm,_!~~,,F.';:,.-\: uu:,i 0213 DECRETO NÚMERO DE 2016 'i @~~ lf~ IE~~ 2~1

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CC. SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA LVIII LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA P R E S E N T E: Diputados Elías Abaid Kuri, Jesús Ricardo Morales Manzo y José Venancio Ojeda Hoyos; integrantes

Más detalles

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA Proyecto de decreto para reformar los artículos 21 y 30 de la Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza. Sobre El Impuesto Sobre Nóminas Planteada por el Dip. Mario Alberto Dávila Delgado,

Más detalles

AL REPUBLICANO AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE SAN PEDRO GARZA GARCÍA, NUEVO LEÓN. P R E S E N T E.

AL REPUBLICANO AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE SAN PEDRO GARZA GARCÍA, NUEVO LEÓN. P R E S E N T E. AL REPUBLICANO AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE SAN PEDRO GARZA GARCÍA, NUEVO LEÓN. P R E S E N T E. A los integrantes de la Comisión de Gobierno y Reglamentación del Republicano Ayuntamiento nos fue turnada

Más detalles

PADRON DE PROVEEDORES DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA MUNICIPAL DE SALTILLO PERSONAS FISICAS

PADRON DE PROVEEDORES DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA MUNICIPAL DE SALTILLO PERSONAS FISICAS PADRON DE PROVEEDORES DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA MUNICIPAL DE SALTILLO PERSONAS FISICAS REQUISITOS PARA ADJUNTAR A LA SOLICITUD DE REGISTRO AL PADRON DE PROVEEDORES ORDEN DOCUMENTOS INSCRIPCION REFRENDO

Más detalles