PREGUNTAS Y RESPUESTAS CONCURSO BIENES PÚBLICOS PARA LA COMPETITIVIDAD 2015 Fecha publicación
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- Milagros Toro Cárdenas
- hace 6 años
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1 PREGUNTAS Y RESPUESTAS CONCURSO BIENES PÚBLICOS PARA LA COMPETITIVIDAD 2015 Fecha publicación Actualmente se está trabajando en un proyecto Bien Público del área de la industria farmacéutica con opciones de que el ISP, Instituto de Salud Pública sea el mandante. La consulta es la siguiente: existe algún problema en que el asociado mandante sea el ISP, siendo además este quien regula a los laboratorios de bioequivalencia? El Beneficiario es un laboratorio de bioequivalencia. El mandante propuesto en su consulta cumple con los requisitos establecidos en el numeral 4 letra b, de las bases que rigen el presente instrumento para esta calidad de participantes. Sin perjuicio de lo anterior, el ISP deberá realizar las acciones tendientes a determinar que no se configuren conflictos de interés ni incompatibilidades. 2. En relación al Concurso de bienes públicos para la competitividad 2015, existen las siguientes preguntas: 2.1 Respecto al punto 9 Cofinanciamiento, letra b: el 15% correspondiente a los aportes que deben enterar los demás participantes (excepto beneficiarios atendidos) pueden ser 100% no pecuniarios, en particular aportados por la beneficiaria? En caso afirmativo, esto representaría una evaluación menor del proyecto frente a otros que tengan ambos tipos de financiamiento? Efectivamente, al menos el 15% del costo total del proyecto debe ser aportado por cualquiera de los participantes, a excepción de los beneficiarios atendidos, pudiendo ser, como se señala en la pregunta, sólo la entidad beneficiaria quien realice estos aportes. Respecto de los tipos de aporte (pecuniario y/o no pecuniario) dentro de las bases que regulan el presente instrumento de financiamiento, no se establece ninguna regla de ponderación que favorezca a uno u otro tipo de financiamiento. 2.2 El Coejecutor, puede recibir presupuesto para realizar alguna actividad estipulada en el proyecto a través del Beneficiario? O en forma directa de Corfo? En las Bases Administrativas Generales para los Instrumentos y Líneas de Financiamiento del Comité InnovaChile que rigen el presente instrumento se establece que el beneficiario podrá transferir fondos del subsidio de InnovaChile al coejecutor para financiar actividades de éste. Cabe hacer presente que la participación del coejecutor, la apropiación total o parcial de los resultados del proyecto y sus aportes al cofinanciamiento, en efectivo y valorado, si corresponde, de acuerdo a lo que establezcan las respectivas bases técnicas, se debe formalizar a través de un Convenio de Coejecución, el cual deberá enviarse a InnovaChile en caso de ser adjudicada la propuesta. 1
2 2.3 Respecto al punto 8 Financiamiento de Personal Preexistente: Considerando la frase vinculados directamente en el desarrollo y ejecución de las actividades que se proponen en el proyecto : de qué forma se verificará la vinculación de los trabajadores preexistentes presupuestados por la beneficiaria en el proyecto? Para verificar la vinculación directa en el desarrollo y ejecución de las actividades que se proponen en el proyecto del personal preexistente, el ejecutivo técnico debe comprobar que las obligaciones esenciales señaladas en el contrato de trabajo, tengan un correlato con las finalidades y actividades del proyecto. Con los aportes pecuniarios aportados por el(los) mandante(s), es posible financiar RRHH preexistentes de la beneficiaria que participen en actividades del proyecto? La restricción señalada en el numeral 8, de las bases que rigen el presente instrumento de financiamiento aplica sólo respecto del subsidio de InnovaChile. Cabe mencionar que las Bases Administrativas Generales para los Instrumentos y Líneas de Financiamiento del Comité InnovaChile, en el Subnumeral 10.3, definen aporte efectivo o pecuniario como el desembolso de recursos a causa de la ejecución del proyecto. En otras palabras no corresponde a este concepto la utilización de instalaciones, infraestructura, recursos humanos, etc, ya existentes en el aportante. Sin perjuicio de lo anterior, el aporte real para el proyecto sería valorizado, puesto que se estaría destinando personal preexistente para la ejecución de las actividades del proyectos y no sería un desembolso a causa del mismo (las remuneraciones se deben pagar con o sin proyecto) 2.4 Respecto a las Bases Administrativas Generales: existe algún texto refundido de estas, considerando las modificaciones?. Si es así, dónde puedo encontrarlas? Existe un texto refundido de las Bases Administrativas Generales para los Instrumentos o Líneas de Financiamiento del Comité InnovaChile, o BAG, que es sólo referencial. Sin embargo, el texto oficial de las BAG, es aquel contenido en la Resolución (A) N 277, de 17 de noviembre de 2011, modificada por la Resolución (A) N 24, de 29 de mayo de 2013, ambas de la Dirección Ejecutiva del Comité InnovaChile, que están disponibles en el link del concurso: Respecto al plazo de postulación del proyecto y los documentos necesarios para postular: Considerando que aún no se encuentran disponibles los formularios de postulación (Word), formulario de presupuesto (Excel) e Instrucciones Operativas para rendición, en el link del Concurso, se ratifica la fecha 23 de Julio a las 16 hrs. para la postulación? Para acceder a los formularios de postulación del proyecto (técnico y de presupuesto), se debe acceder con su RUT y contraseña al Sistema de Postulación, en el siguiente link: Una vez ingresado se pueden bajar los respectivos formularios en la sección Antecedentes de Postulación. La fecha de término del concurso es el 23 de julio de 2015, a las 16:00:00 hrs. 2
3 2.6 Respecto a la cuenta Gastos de Administración : Es posible presupuestar en esta cuenta, con cargo al subsidio Innovachile, personal preexistente de la beneficiaria, que trabajará en labores administrativas del proyecto? (Secretarias, Personal de RRHH, Contabilidad, Tesorería, etc) Sí, es posible presupuestar recursos humanos preexistentes en la cuenta gastos de administración del proyecto con cargo al subsidio InnovaChile, en general lo estipulado en el numeral 8, página 9 de las bases técnicas aplica para todas las cuentas del presente instrumento de financiamiento. 2.7 Es posible presupuestar con cargo al subsidio InnovaChile, el valor de la visualización de una plataforma en línea preexistente (servicio que presta actualmente la beneficiaria), para los beneficiarios atendidos, por la cantidad de tiempo que dure el proyecto?. Esto supone que la Beneficiaria emita como respaldo del gasto, una factura exenta a nombre de CORFO, con el valor de este servicio prestado a los beneficiarios atendidos, durante la ejecución del proyecto, con el objeto que éstos tengan acceso gratuito a la información que se utiliza en éste. Las Bases Administrativas Generales para Instrumentos y Líneas de Financiamiento del Comité InnovaChile, en el Subnumeral 10.3 definen aporte efectivo o pecuniario como el desembolso de recursos a causa de la ejecución del proyecto. En otras palabras no corresponde a este concepto la utilización de instalaciones, infraestructura, recursos humanos, etc, ya existentes en el aportante. Por lo tanto, la plataforma preexistente indicada en su consulta, no podría ser rendida con cargo al Subsidio de InnovaChile, pero si ser presupuestada y rendida como aporte valorizado de los participantes. 3. Respecto a las dudas que nos surgieron, luego de leer las bases, son: ( ) 3.1 Según las bases, la postulación debe ser realizada por una persona jurídica, sin embargo, en las bases no se especifican las cualidades que debe poseer esta persona jurídica, por ejemplo, antigüedad, ingresos, etc. Las bases del presente instrumento, señalan lo siguiente: Beneficiario: Es aquella persona jurídica responsable ante InnovaChile por la ejecución del proyecto. Será sujeto activo y pasivo de todos los derechos y obligaciones que se establezcan en el convenio de subsidio, incluyendo informes detallados de los gastos y actividades, realizadas por éste o terceros. Se admitirá en calidad de beneficiario a personas jurídicas de derecho público o privado, constituidas en Chile, que tributen en primera categoría del impuesto a la Renta, de conformidad a lo establecido en el artículo 20 del D.L. 824, de El beneficiario deberá poseer capacidades técnicas suficientes para ejecutar la mayor parte de las actividades planteadas, lo que será evaluado por InnovaChile. 3.2 El beneficiario debe poseer conocimiento de todas las áreas que abarca el proyecto o se pueden externalizar ciertos criterios comprendidos en el proyecto? 3
4 El beneficiario deberá poseer capacidades técnicas suficientes para ejecutar la mayor parte de las actividades planteadas, lo que será evaluado por InnovaChile. No obstante, se puede contemplar la participación de coejecutor(es) para el desarrollo de actividades que se consideren críticas, y además, de acuerdo a lo establecido en la letra b del subnumeral 3.4 de las Bases Administrativas Generales para Instrumentos y Líneas de Financiamiento del Comité InnovaChile, existe la posibilidad de presupuestar actividades externalizadas (para cuya ejecución se contrata a terceros) en la cuenta Gastos de Operación, 3.3 Del 15% que se debe aportar, no se menciona qué porcentaje debe ser pecuniario y/o no pecuniario. Efectivamente, al menos el 15% del costo total del proyecto debe ser aportado por cualquiera de los participantes, a excepción de los beneficiarios atendidos. Este aporte puede ser: a) 100% pecuniario, b) 100% no pecuniario, ó c) un porcentaje de ambos. 3.4 Debido a la índole de nuestro proyecto, son varias las áreas o sectores productivos que pueden ser beneficiados. Se debe optar por un sector en concreto, por ejemplo, minería, industria alimentaria, etc?. De acuerdo a los antecedentes presentados en el diagnóstico, que justifiquen el desarrollo del Bien Público para la Competitividad, los proyectos pueden estar focalizados en un sólo sector, o ser eventualmente multisectoriales. Fecha publicación Se puede postular como beneficiario si la institución es universidad y los mandantes un grupo de dueños de pequeñas unidades agrícolas, cuyas labores principales son agricultura y ganadería, al igual como el beneficiario que también cuenta con un predio de ovinos lecheros? El costo para comprar un equipo agrícola es alto para un solo huertero, entonces si se juntan sin ser una asociación pueden participar de este programa y verse beneficiados con el uso de la maquinaria agrícola para realizar mejoras en sus predios, como limpieza del terreno, siembra de empastadas, fertilización, corte, hilerado y enfardado de forraje, contar con forraje para la mantención de sus animales en invierno, etc.?, Las instituciones como Indap pueden ser oferentes, mandantes o coejecutores?. En relación a su consulta se sugiere revisar el numeral 2 de las bases del presente instrumento de financiamiento que se refiere al objetivo general y objetivos específicos del mismo, con la finalidad de que verifique que los objetivos de su proyecto coinciden con los objetivos del presente instrumento. Asimismo se sugiere revisar el numeral 4 de las bases, donde se señala cuál es la naturaleza y requisitos que deben reunir tanto el beneficiario como las demás entidades participantes del proyecto. 5. Respecto de proponer un sistema para el seguimiento del plan de trabajo y obtención de resultados del proyecto, punto 6, descripción de resultados esperados se refiere a proponer un sistema mediante el cual CORFO pueda dar seguimiento al proyecto o a un sistema de seguimiento interno? (que 4
5 generalmente es realizado por el director del proyecto en relación a la carta Gantt), dónde se debe especificar esa información solicitada, bajo la tabla de los resultados por etapa? El formulario de postulación y la información solicitada en éste dice relación directa con lo establecido en las bases que regulan el presente instrumento de financiamiento. La información entregada debe ser coherente con los objetivos propuestos, resultados esperados, indicadores, plan de trabajo y presupuesto comprometido, aspectos que serán evaluados de acuerdo a los criterios establecidos en las mencionadas bases. La información entregada en el punto 6 a que se refiere su consulta, en el caso de ser adjudicado el proyecto, servirá de insumo para el seguimiento técnico y financiero que realizará InnovaChile durante su ejecución. Respecto de la información que se solicita en el numeral 6, del formulario de postulación, ésta debe ser completado sólo en función de lo requerido, pues las otras secciones del formulario de postulación debieran contener, en la medida que estén completos en su formulación, la información que se indica en el numeral señalado. 6. Actualmente junto a un grupo de emprendedores, estamos realizando la planificación para la construcción de un centro de trabajo donde pequeños emprendedores de regiones al sur de chile, además de encontrar un espacio para el trabajo cooperativo, puedan adquirir conocimientos, asesoramiento personalizado y oportunidades de crecimiento para el desarrollo de sus proyectos en las distintas industrias que éstos abarcan, las cuales están fuertemente relacionadas con las industrias de la región donde operaría este centro. Dentro de ésta planificación, actualmente el modelo de negocios implica un cobro para poder mantener el centro operativo, el cual deben asumir estos emprendedores, con el fin de poder acceder a estos espacios, al conocimiento y a este flujo de información que les permita desarrollar sus empresas y con ellos las industrias en que se encuentran. Sin embargo, sería ideal que estas personas no tuviesen que pagar por lo anterior, o que sólo tuvieren que pagar el margen requerido para mantener la operación del centro. Considerando que éste proyecto permite la disminución de asimetrías de información para que los emprendedores de sectores del sur de Chile puedan adaptar mejor sus productos a los mercados que apuntan, y que éste se convirtiera en un servicio de bien público: Tiene este proyecto cabida en este programa de bienes públicos? Y si es así, los gastos derivados de la construcción y puesta en marcha de éste centro pueden ser financiados por éste programa? es posible recibir asesoría por parte de Corfo para la postulación a este programa? Cómo se puede acceder a esta ayuda en caso de existir? Se le sugiere revisar respuesta de pregunta En base al cumplimiento de los requisitos para ser beneficiaria por parte de nuestra Institución, la consulta es la beneficiaria puede ser también oferente del servicio? Existe la posibilidad de presentar el perfil a algún ejecutivo para verificar la pertinencia de la propuesta? La entidad beneficiaria también puede ser oferente, esto se encuentra establecido en el numeral 4 letra c de las bases que rigen el presente instrumento de financiamiento. En cuanto a su segunda pregunta, las Bases Administrativas Generales para los Instrumentos o Líneas de Financiamiento del Comité InnovaChile, en su numeral 2, señalan: 5
6 Los interesados en postular a los instrumentos de InnovaChile podrán solicitar orientación respecto de su iniciativa, a fin de recabar del Comité una opinión técnica previa que se materializará a través de un Informe Técnico de Perfil. Para este efecto, los interesados deberán ingresar al sitio web al vínculo que se comunicará oportunamente, y completar el formulario denominado Perfil de Proyecto. InnovaChile analizará la información remitida y fijará una reunión con el interesado a efectuarse dentro de los 10 días posteriores a la remisión del perfil. El Informe Técnico de Perfil será un antecedente tenido a la vista en la postulación posterior del proyecto de que se trate. Sin perjuicio de lo anterior, las opiniones contenidas en dicho Informe, no tendrán el carácter de vinculantes, y no obstarán a la postulación del proyecto. Adicionalmente, y para el caso de los instrumentos puestos a disposición a través de la modalidad de concurso, y una vez comunicada su apertura, durante el proceso de formulación los potenciales postulantes podrán comunicar, a través de cualquier medio idóneo, de conformidad al ordenamiento jurídico, a la subdirección respectiva que se encuentran en dicho proceso, y solicitar orientación respecto de su iniciativa, para lo cual InnovaChile dispondrá al efecto de personal idóneo. En ningún caso la orientación de los postulantes implicará la realización de una preevaluación o juicio alguno en relación a los proyectos, ni obstará a la postulación del proyecto, el cual deberá sólo ser evaluado en conformidad a los criterios que se establecen en las respectivas bases técnicas. 8. A que se refieren con: Se podrá destinar hasta un 20% del subsidio para financiar las remuneraciones y/u honorarios del personal preexistente del beneficiario y coejecutor. Con el Subsidio de InnovaChile se pueden financiar remuneraciones y honorarios del personal técnico y profesional contratado por el beneficiario, vinculado directamente a la ejecución de actividades del proyecto. Este personal puede ser contratado a causa del proyecto o ser personal existente en la beneficiaria. En el caso de corresponder a personal existente en la beneficiaria se podrá destinar hasta un 20% del subsidio de Innova para financiar sus remuneraciones y/u honorarios. 9. La etapa 2 que indican las bases se refiere a la Transferencia del Bien Público desde la Beneficiaria al Oferente. En el caso de ser la Beneficiaria el oferente como podemos hacer esta etapa para cumplir las bases. En el caso que un proyecto considere a la beneficiaria como única oferente, la etapa 2 debería concretarse en actividades o acciones de ajuste y preparación interna en la entidad beneficiaria con la finalidad de llevar a cabo la etapa de difusión a los beneficiarios atendidos. Por lo anterior, no es posible la omisión de esta etapa. 6
7 10. Estamos postulando desde un Centro de Políticas Públicas. Las bases mencionan que existen una propuesta de indicadores en la página de corfo, los cuales no hemos podido encontrar. Podrían mandarme el link o la manera de encontrar los indicadores de bienes públicos. Este documento se encuentra en el repositorio de archivos del concurso, cuyo link es: El desarrollo de nuestra propuesta depende de adquirir un instrumento altamente específico, llamado nefobasimetro, el cual nos permite medir altura de la base de las nubes, altura de la capa limite, altura de la pluma. No es posible arrendar, ya que sólo una empresa lo trae a Chile. Qué tiempo de vida útil tiene este instrumento?, hemos buscado en la lista del SII pero no encontramos el equipo ni nada similar. Podría ser herramientas livianas, dentro de activo genérico? Las Bases Administrativas Generales en el subnumeral 3.4 letra c), respecto de los gastos de inversión señala que éstos deberán justificarse en relación con su vinculación al proyecto y en el caso de adquisición, sólo se financiará en forma proporcional al uso que de ellos se contemple en el mismo. Será utilizada como referencia la tabla de vida útil normal emitida por el Servicio de Impuestos Internos de los bienes físicos del activo inmovilizado vigente a la fecha de la respectiva adquisición. Adicionalmente las bases técnicas del instrumento, en su numeral 5señalan que se considerarán sólo aquellas inversiones que estén debidamente justificadas y que no puedan ser adquiridas como servicios a un menor costo para el proyecto, y en este último caso deberán cargarse a la cuenta de operaciones. 12. En el formulario de postulación en línea, en ANTECEDENTES DEL PROYECTO, en DETALLE DE PRESENTACIÓN DEL PROGRAMA, al hacer click en "ENLACE DE DESCARGA" se exporta a word el formulario de postulación, el cual en la última página en el punto "Resumen del Programa de Gastos y por Fuente de Financiamiento", se describe la siguiente nota: "Nota: El financiamiento fuera del Aporte de InnovaChile, deberá ser aportado por cualquiera de los participantes del proyecto, a excepción de los beneficiarios atendidos del bien público. De este aporte al menos el 5% del costo total del proyecto deberá ser pecuniario (en efectivo)". Sin embargo, las bases en el punto 9 COFINANCIAMIENTO, punto b APORTE DE LOS PARTICIPANTES mencionan: "Cualquiera de los participantes del proyecto, a excepción de los beneficiarios atendido, deberá aportar el 15% restante, mediante aporte pecuniarios y/o no pecuniarios". Por lo que, de acuerdo a lo descrito en las bases los aportes de los participantes pueden ser tanto pecuniarios, como no pecuniarios. Efectivamente, el numeral 9, letra b de las bases técnicas del instrumento señala Cualquiera de los participantes del proyecto, a excepción de los beneficiarios atendidos, deberá aportar el 15% restante, mediante aportes pecuniarios y/o no pecuniarios, por lo tanto no se debe considerar la frase indicada en el formulario de postulación De este aporte al menos el 5% del costo total del proyecto deberá ser pecuniario (en efectivo)". En el formulario de postulación en línea ya se ha corregido el error indicado en su pregunta. 7
8 13. Una empresa de servicios alojamiento y alimentación pueden postular a este programa para su ampliación en la parte hotelera. Se le sugiere revisar respuestas de las preguntas 4 y 7 del presente documento. 14. Qué documento se debe presentar para dar cuenta de la facultad del SEREMI de Agricultura (Región de Coquimbo) para suscribir Carta de manifestación de intereses como mandante? En el caso de mandantes que sean entidades públicas, en relación a la autoridad que suscriba la correspondiente carta, se deberán adjuntar los documentos en los cuales consten sus facultades para comprometer a dicha entidad en calidad de mandante para la ejecución del proyecto. Por ejemplo, para el caso de los Secretarios Regionales Ministeriales (SEREMI), se deberá presentar el respectivo Decreto de nombramiento del SEREMI y, además, el (los) decreto(s) o normativa en los que consten las facultades que les han sido delegadas y les permitan comprometer la participación del mandante dentro del ámbito regional. De todas maneras, las respectivas unidades jurídicas de los servicios deberán analizar la factibilidad en cada caso, por lo que se sugiere revisarlo puntualmente entre los participantes del proyecto. 15. En el marco de la convocatoria del Concurso Bienes Públicos para la Competitividad 2015 quiero confirmar el porcentaje de gastos de administración, debido a que en las bases técnicas no mencionan este ítem de gastos, es que tenemos la duda si debemos basarnos en las bases administrativas y considerar como porcentaje de gastos de administración un 15% máximo de las otras cuentas que se cargan a INNOVA? Efectivamente, tal como se establece en el numeral 3.4 de las Bases Administrativas Generales, el monto de subsidio solicitado a InnovaChile para la cuenta Gastos de Administración en la presente línea de financiamiento, no podrá exceder el 15% de la sumatoria de los aportes solicitados a InnovaChile en las restantes cuentas. 16. Existe una carta tipo para que los Beneficiarios Atendidos manifiesten su disposición a participar del proyecto?, se debe usar la misma del mandante como base? No es un requisito de este instrumento la entrega de una carta de manifestación de interés de parte de los beneficiarios atendidos del proyecto. 8
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