UNIDAD DE GESTIÓN DE CRECIMIENTO EMPRESARIAL TÉRMINOS DE REFERENCIA PARTE I

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1 UNIDAD DE GESTIÓN DE CRECIMIENTO EMPRESARIAL TÉRMINOS DE REFERENCIA PARTE I CONVOCATORIA PARA LA GENERACIÓN DE ENCADENAMIENTOS PRODUCTIVOS CON PROCESOS ASOCIATIVOS BAJO EL ESQUEMA DE MARCA SOCIAL JALONADOS POR EMPRESAS ANCLA PARA IMPULSAR LA COMERCIALIZACIÓN DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA FAMILIAR AFEP-17 Bogotá D.C. Febrero 17 de 2017 Página 1 de 40

2 TABLA DE CONTENIDO. 1. DEFINICIONES 4 2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA 8 3. PRINCIPIOS ORIENTADORES DE LAS PROPUESTAS 9 4. RESULTADOS DE LOS PROYECTOS COBERTURA GEOGRÁFICA QUIENES PUEDEN SER PROPONENTES REQUISITOS GENERALES PARA TODOS LOS PROPONENTES QUIENES NO PUEDEN SER PROPONENTES CANTIDAD DE PROPUESTAS POR PROPONENTE USUARIOS FINALES CONDICIONES PARA LAS UNIDADES PRODUCTIVAS CONDICIONES ESPECIALES DE PARTICIPACIÓN DE USUARIOS ASPECTOS FINANCIEROS DE LA CONVOCATORIA PRESUPUESTO TOTAL DE LA CONVOCATORIA FINANCIACIÓN DE LOS PROYECTOS PORCENTAJE Y MONTOS MÁXIMOS DE COFINANCIACIÓN CONTRAPARTIDA CONTRAPARTIDA EN EFECTIVO CONTRAPARTIDA EN ESPECIE RUBROS RUBROS NO COFINANCIABLES RUBROS DE CONTRAPARTIDA EN EFECTIVO RUBROS DE CONTRAPARTIDA EN ESPECIE OTROS ASPECTOS DE LA COFINANCIACIÓN MODELO DE OPERACIÓN DE LA CONVOCATORIA CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA FORMULACIÓN DE INQUIETUDES RESPUESTA A INQUIETUDES JORNADAS DE DIFUSIÓN Y ORIENTACIÓN CIERRE Y ENTREGA DE LA PROPUESTAS MODIFICACIONES Y AJUSTES DE LAS PROPUESTAS PRESENTADAS PROPUESTA TÉCNICA METODOLOGIA DE EJECUCIÓN DE PROYECTOS ETAPA 1. SOCIALIZACIÓN Y SELECCIÓN ETAPA 2.MEJORAMIENTO PRODUCTIVO Y FORMALIZACIÓN DE PRODUCTO 23 Página 2 de 40

3 ETAPA 3. MODELACIÓN, CREACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE LA MARCA SOCIAL Y SUS UNIDADES DE NEGOCIO ETAPA 4.POSICIONAMIENTO DE MARCA ETAPA 5.COMERCIALIZACIÓN, GESTIÓN Y MOVILIZACIÓN DE DEMANDA DURACIÓN DE LOS PROYECTOS CONTENIDO DE LA PROPUESTA ANÁLISIS DE ELEGIBILIDAD ANÁLISIS DE VIABILIDAD CAPACIDAD DEL PROPONENTE ESTRUCTURA Y COHERENCIA DE LA PROPUESTA TÉCNICA RESULTADOS Y METAS COHERENCIA Y RACIONALIDAD DE LA PROPUESTA ECONÓMICA CALIFICACIÓN DE LA PROPUESTA CRITERIOS DE DESEMPATE DEVOLUCIÓN DE PROPUESTAS PUBLICACION DE RESULTADOS ASIGNACIÓN DE RECURSOS ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS DE COFINANCIACIÓN IMPOSIBILIDAD DE ASIGNAR LOS RECURSOS SOLICITADOS RECHAZO DE PROPUESTAS DECLARATORIA DE DESIERTA INSTRUCCIONES PARA PRESENTAR LA PROPUESTA IDIOMA MONEDA DOCUMENTACIÓN DE LA PROPUESTA 35 a. DOCUMENTACIÓN EN MEDIO FÍSICO Y MAGNÉTICO TERMINOS JURIDICOS CONTRATO DE COFINANCIACION DESEMBOLSO DE LOS RECURSOS DE COFINANCIACIÓN CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DIFUSIÓN, COMUNICACIÓN Y UTILIZACIÓN DE RESULTADOS SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL CONTRATO. 40 Página 3 de 40

4 1. DEFINICIONES Para efectos de los presentes términos de referencia, se adoptan las siguientes definiciones: i. AGRICULTURA FAMILIAR: Para efectos de esta convocatoria se acoge la definición de Agricultura Familiar desarrollada por la Unidad de Planificación Rural Agropecuaria UPRA del MADR1, durante el año 2015: La Agricultura Familiar es un sistema socioeconómico y cultural sostenible, desarrollado por comunidades agrarias, bien sea campesinas, colonas, indígenas, afro o de otra índole en sus respectivos territorios, en los cuales se realizan actividades agrícolas, pecuarias, silvícolas, acuícolas y pesqueras. Se encuentra bajo la dirección y mano de obra predominantemente familiar o de una comunidad de familias rurales, cuya relación de tenencia y tamaño de la tierra es heterogénea y su sistema de producción le permite, tanto cubrir parcialmente necesidades de autoconsumo como generar ingresos al comercializar en mercados locales, nacionales e internacionales, de forma esporádica o constante, en búsqueda de condiciones estables de vida, aportando a la seguridad alimentaria propia como para la sociedad 2. De acuerdo con la Oficina Regional de la FAO para América Latina y el Banco Interamericano de Desarrollo (FAO/BID, 2007), existen tres categorías de agricultura familiar, las cuales pueden ser tomadas como referencia por el Proponente para la selección de los Usuarios Finales: La agricultura familiar de subsistencia (AFS): Caracterizada por estar en condición de inseguridad alimentaria, con escasa disponibilidad de tierra, sin acceso al crédito e ingresos insuficientes. Generalmente están ubicadas en ecosistemas frágiles de áreas tropicales y alta montaña; y forman parte de la extrema pobreza rural. La agricultura familiar en transición (AFT): Emplea técnicas para conservar sus recursos naturales, cuenta con mayores recursos agropecuarios y, por lo tanto, con mayor potencial productivo para el autoconsumo y la venta. Si bien son suficientes para la reproducción de la unidad familiar, no alcanzan para generar excedentes suficientes para desarrollar su unidad productiva, además su acceso al crédito y mercado es aún limitado. La agricultura familiar consolidada (AFC): Dispone de un mayor potencial de recursos agropecuarios que le permite generar excedentes para la capitalización de su vida productiva. Está más integrada al sector comercial y a las cadenas productivas, accede a riego y los recursos naturales de sus parcelas tienen un mejor grado de conservación y uso, pudiendo superar la pobreza rural. Esto indica que en la medida que se consolida la gestión de las fincas familiares en forma sostenible, la economía familiar consigue auto gestionarse a partir de lo que produce, no 1 Documento Incorporación de las bases conceptuales de la agricultura familiar en los POT y PDM y su articulación con las figuras de ZRC y ZRA UPRA 2015 Documento en revisión. Página 4 de 40

5 sólo para su subsistencia, sino también para el intercambio comercial, haciendo de su finca el centro mismo de desarrollo, de generación de ingresos y abastecimiento de la familia. La consolidación de la agricultura familiar, es una estrategia para la superación de la pobreza. ii. iii. iv. AGRICULTOR FAMILIAR: Corresponde a productores agropecuarios víctimas de desplazamiento forzado en Colombia cuya producción agropecuaria contribuye en al menos un 50% a los ingresos familiares o el consumo de alimentos, que participa de la operación del predio y en la toma de decisiones. Adicionalmente, se deberá cumplir con los criterios establecidas en la definición planteada en el objeto de los presentes términos de referencia. APOYO Y ACOMPAÑAMIENTO BENEFICIARIO DE MARCA SOCIAL: Además de la transferencia de conocimiento del negocio, es importante ofrecer asistencia adicional sobre la Marca social considerando que a menudo no han tenido acceso suficiente a la formación empresarial o no cuentan con la experiencia necesaria. CADENA DE VALOR: Se trata de un concepto teórico que describe la forma en que se articulan diferentes empresas (eslabones) que intervienen de manera organizada en un proceso productivo para generar valor económico para todos. v. CONTRATISTA: Corresponde a la persona jurídica que es el proponente dentro de la presente convocatoria y que una vez aprobada la propuesta presentada, es el responsable de firmar el contrato con LA UNIDAD y garantizar su adecuada ejecución. vi. vii. viii. ix. CRÉDITO: Se define como el crédito otorgado por establecimientos de crédito vigilados por la Superintendencia Financiera de Colombia, por cooperativas con actividad financiera vigiladas por la Superintendencia de la Economía solidaria, por Organismos No Gubernamentales (ONG), Micro financieras o por Cajas de Compensación Familiar. DESARROLLO DE PRODUCTO: El desarrollo de producto es un proceso que consiste de ocho elementos: Generación de la idea, visualización del producto, desarrollo conceptual y validación del producto, estrategia de marketing, análisis del negocio, construcción del producto, prueba en el mercado y comercialización. EL MINISTERIO: Alude al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. EMPAQUETADORES MARCA SOCIAL: Son las organizaciones encargas de identificar modelos de negocios con algunos grados de diferenciación en innovación o desarrollo, con el fin de desarrollar todo el proceso jurídico, técnico, financiero y comercial para la estructuración de la Marca Social. x. EMPRESA DEMANDANTE/ANCLA: Es la empresa que jalona el crecimiento empresarial de las Mipyme a través de cadenas de distribución o proveeduría relacionadas con el producto/servicio del proponente, con el objetivo de incrementar la productividad y competitividad de los actores de la cadena productiva. xi. ENCADENAMIENTO PRODUCTIVO: Los encadenamientos productivos consisten en un conjunto de empresas que deciden interactuar de forma articulada entre sí para aumentar sus niveles de productividad y competitividad. Página 5 de 40

6 xii. ENTIDADES OFERENTES DE SERVICIOS DE DESARROLLO EMPRESARIAL: constituidas en Colombia, que provean los siguientes servicios: Operación y logística Mercadeo y ventas Innovación empresarial Administración, contabilidad, tributaria, finanzas y legal Gestión te tecnología y comunicaciones O estén constituidas como Agencias de Desarrollo Local, Gremios de Productores y Comercializadores, Parques Tecnológicos y Universidades Públicas y Privadas. Y demuestren al menos dos (2) años de experiencia con proyectos relacionados con el objeto de la convocatoria. xiii. xiv. xv. INSUMOS: Son materiales empleados en la producción de un bien que durante la cadena de producción pierden sus propiedades y características para transformarse y formar parte del producto final. LA UNIDAD: Es la Unidad de Gestión de Crecimiento Empresarial, patrimonio autónomo bajo el cual se unifica el Fondo de Modernización e Innovación para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Art. 44 de la Ley 1450 de 2011) y la Unidad de Desarrollo e Innovación (Art. 46 de la Ley 1450 de 2011). MARCA SOCIAL: Es la creación e implementación de varias unidades de negocio bajo una misma identidad o marca, y con un mismo esquema de modelo de negocio. La Marca Social se caracteriza por un signo distintivo común para identificar productos elaborados y/o servicios prestados por el grupo de unidades productivas implementadas. Este esquema representa los valores del trabajo asociativo, identidades locales, métodos productivos comunes y estándares compartidos para cada uno de los productos. El objetivo principal de esta herramienta consiste en fortalecer la producción y la comercialización de los emprendimientos, otorgándoles valor agregado y mayor visibilidad, además de garantizar su calidad. Por otra parte, promueve el compromiso social, fomentando el comercio justo y el consumo responsable. Para efectos de la convocatoria, la Marca Social es un modelo de emprendimiento colectivo que permite asociar en una organización solidaria, formalmente constituida, a productores de agricultura familiar para que sumen sus capacidades productivas y fortalezcan su estrategia de comercialización, mediante la participación activa en diferentes eslabones de la cadena agropecuaria. A esta organización solidaria se le desarrolla una marca con enfoque de mercado para su posicionamiento, estandarización de procesos, productos e imagen corporativa y puesta en marcha unidades de negocio de comercialización probadas o con potencial validado en el mercado, replicables, escalables, adaptables y compatibles con la base social para la generación de ingresos sostenibles y de empleo, que poseen un menor riesgo debido a su estandarización, entrenamiento y acompañamiento. Igualmente, la Marca Social se entenderá como el activo estratégico inicial para el montaje de unidades de negocio estandarizadas en modelos de negocio de economía barrial para la comercialización de la producción agrícola familiar. La marca y su Página 6 de 40

7 funcionamiento debe ser transferida para su administración y operación a las organizaciones solidarias conformadas por los usuarios finales. En este sentido, tanto la marca social como las unidades de negocio a quienes se les permite su explotación deberán ser desarrolladas durante la ejecución del proyecto cofinanciado. xvi. xvii. MERCADO: Es el conjunto de todos los compradores reales y potenciales de un producto o servicio. También se ha definido como el ambiente social (o virtual) a través del cual los ofertantes (productores, vendedores) y demandantes (consumidores o compradores) de un determinado tipo de bien o de servicio, entran en relación a fin de realizar transacciones comerciales. MIPYME : En Colombia los parámetros vigentes para clasificar las empresas por su tamaño son las siguientes (artículo 2º de la Ley 590 de 2000, modificado por el artículo 2º de la Ley 905 de 2004). Mediana empresa: Planta de personal entre cincuenta y uno (51) y doscientos (200) trabajadores, y Activos totales por valor entre cinco mil uno (5.001) a treinta mil (30.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes. Pequeña empresa: Planta de personal entre once (11) y cincuenta (50) trabaja-dores, y Activos totales por valor entre quinientos uno (501) y menos de cinco mil (5.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes, Microempresa: Planta de personal no superior a los diez (10) trabajadores y, Activos totales excluida la vivienda por valor inferior a quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes. xviii. xix. xx. xxi. xxii. MODELO DE NEGOCIO PROBADO: Modelo de negocio que tiene valor en el mercado y ha estado mínimo seis (6) meses en funcionamiento para contar con información que demuestra su viabilidad y sostenibilidad en el mercado. Un modelo de negocio probado permite asegurar el factor de mitigación de riesgos. PRODUCTIVIDAD: Es un método evaluativo que se refiere a que una empresa logra resultados más eficientes a un menor costo, con el fin de incrementar la satisfacción de los clientes y la rentabilidad en su modelo de negocio. PROPONENTE: Corresponde a las personas jurídicas, de acuerdo con lo establecido en el numeral 7. requisitos generales para todos los proponentes de los presentes términos de referencia. PROPUESTA: Es la oferta que presenta a esta convocatoria un proponente, de conformidad con la Guía de Presentación de Propuestas los documentos anexos de la misma. PROPUESTA VIABLE: Es la propuesta que ha cumplido con los criterios de elegibilidad y viabilidad establecidos por LA UNIDAD, y a la cual se le asignan recursos de cofinanciación no reembolsables, cuyo desembolso estará sujeto al cumplimiento contractual definido. Página 7 de 40

8 xxiii. xxiv. xxv. RECURSOS DE COFINANCIACIÓN NO REEMBOSABLES: Son aportes en dinero no reembolsables destinados por LA UNIDAD para cubrir un porcentaje del total de la propuesta que haya sido declarada viable y surta todos los procesos determinados para que estos le sean desembolsados. Los recursos de cofinanciación serán entregados conforme al numeral 10 porcentaje y montos máximos de cofinanciación de estos Términos de Referencia. RECURSOS DE CONTRAPARTIDA: Son dineros en efectivo o en especie complementarios a los recursos de cofinanciación, que son aportados por el proponente o terceros, para ser utilizados en la financiación de las actividades de la propuesta. Los recursos de contrapartida pueden provenir de recursos propios del proponente o de otras entidades públicas o privadas y deberán cumplir con los lineamientos establecidos en el numeral 10.1 de estos términos de referencia. UNIDAD PRODUCTIVA: Corresponden a las siguientes: Una (1) unidad de negocio de producción agropecuaria familiar en funcionamiento, la cual debe estar encabezada mínimo por un agricultor(a) familiar víctima del desplazamiento forzado, denominado usuario final persona natural. una (1) unidad de negocio de producción agropecuaria familiar asociada, definida como organización solidaria constituida mínimo por el 50% de agricultores familiares víctimas del desplazamiento forzado, denominados usuarios finales personas naturales, la cual puede fortalecerse como marca social en desarrollo del proyecto cofinanciado, fusionarse con otra empresa fortalecida como marca social, liquidarse o asociarse a la organización solidaria marca social a través del proyecto. Las unidades de negocio puestas en marcha en zonas urbanas para jalonar la comercialización de la producción de la agricultura familiar, las cuales deberán estar vinculadas formalmente a la organización solidaria. xxvi. USUARIO FINAL: Para efectos de la presente convocatoria son las Unidades Productivas anteriormente definidas. 2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA La presente convocatoria tiene por objeto adjudicar recursos de cofinanciación no reembolsables a propuestas que desarrollen proyectos para la generación de encadenamientos productivos con Página 8 de 40

9 procesos asociativos, bajo el esquema de marca social, jalonados por empresas ancla para impulsar la comercialización de la producción agrícola familiar. De acuerdo con la definición de Agricultura Familiar contenida en el numeral 1 de la presente Convocatoria, la misma debe cumplir los siguientes requisitos: - La principal actividad económica familiar proviene de los sistemas de producción agropecuarios desarrollados en forma directa por al menos un miembro de la familia. - Uso predominante de la mano de obra familiar en los sistemas de producción agropecuarios (sistema finca), en al menos un 50% de dedicación del total de actividades. - De no ser suficiente la capacidad de generar ingresos para cubrir los gastos familiares a partir de la producción agropecuaria directa, se recurre a otras alternativas de ingreso complementarias. - Residir o vivir dentro de un perímetro funcional a la finca o medio de generación de ingresos, en la cual desarrolla la actividad agropecuaria. Toda propuesta que se presente a esta convocatoria, debe formularse como un proceso de construcción de valor, entendida como la identificación y la suma de actividades desde la producción, la relación con los proveedores, la transformación, puesta en el mercado de los productos, hasta el consumo final de los productos. Este proceso será el resultado de la movilización de diferentes agentes que participan directa e indirectamente de la cadena de la agricultura familiar para reducir y transformar la intermediación, favorecer la oferta y estimular el consumo bajo parámetros nutricionales y de calidad, los cuales deben estar contemplados de acuerdo con el Anexo No 1. Formato Guía de presentación. 3. PRINCIPIOS ORIENTADORES DE LAS PROPUESTAS En el marco de la presente convocatoria bajo el esquema de marca social jalonadas por empresas ancla se busca la creación e implementación de varias unidades de negocio propiedad de agricultores familiares, desarrolladas en diferentes eslabones de la cadena agrícola, así como de productos transformados derivados de este tipo de agricultura desde la producción, distribución, comercialización y hasta el consumo, bajo una misma identidad o marca, que son promovidos por empresas ancla en el desarrollo de su objeto social o permiten su inserción en los eslabones de la cadena de valor de dicha empresa y en la cadena de valor del sistema agropecuario del territorio. Las unidades de negocio a desarrollar, corresponden a modelos de negocio económicamente rentables, ambiental y socialmente responsables, que en una lógica de mutuo beneficio se incorporan en las cadenas de valor de las empresas ancla y de la región para impulsar la comercialización de productos de los usuarios finales de la convocatoria y mejoran su calidad de vida. Lo anterior sobre la base de modelos de negocio que tengan validación y comprobación en el mercado o estén ampliamente documentados por su costumbre y amplia difusión, disminuyan el riesgo de fracaso y sean de fácil transferencia a través del esquema de marca social definido en el numeral 1 de los presentes términos de referencia. El proponente deberá incorporar los siguientes principios a su propuesta, cuya aplicación será objeto de verificación en la presentación de la propuesta y el desarrollo de la misma. Página 9 de 40

10 - COMERCIO JUSTO: Entendido como aquellos acuerdos orientados a mejorar el acceso a los mercados y las condiciones comerciales para los agricultores familiares bajo condiciones de justicia y equidad. - ENFOQUE TERRITORIAL: Entendido como el proceso de intervención integral sobre el territorio, teniendo en cuenta sus capacidades endógenas, su potencialidad económica, social, cultural, política y ambiental dónde se deben integrar los diferentes actores públicos y privados, de las jurisdicciones político-administrativas que los conformen. - ARMONIZACIÓN CON LAS VOCACIONES PRODUCTIVAS, de la región principalmente con los sectores priorizados por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo en la Cadena Agroalimentaria. - PARTICIPACIÓN: las propuestas deberán contemplar la identificación de los diferentes actores y la interacción durante todo el proceso con el objetivo de generar confianza, relación de colaboración y el desarrollo de una estrategia compartida. - PROYECTOS SOSTENIBLES CON EL MEDIO AMBIENTE: entendidos como proyectos que se desarrollan mediante la implementación de prácticas medioambientales sostenibles. - SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL: entendida como la disponibilidad suficiente y estable de alimentos, el acceso y el consumo oportuno y permanente de los mismos en cantidad, calidad e inocuidad por parte de todas las personas, bajo condiciones que permitan su adecuada utilización biológica, para llevar una vida saludable y activa. - GENERACIÓN DE INGRESOS: son todas aquellas actividades y procesos orientados al incremento del potencial productivo de la población, a través del desarrollo de sus capacidades y la creación de oportunidades que faciliten el acceso y la acumulación de activos, para que en el mediano y largo plazo logren alcanzar la estabilización socioeconómica de manera sostenible y autónoma y contribuyan a la superación de la pobreza. - GESTIÓN DE CONOCIMIENTO: consiste en la sistematización de la experiencia; lecciones aprendidas, casos de éxito, entre otros. 4. RESULTADOS DE LOS PROYECTOS Todas las propuestas que se presenten a la convocatoria deben orientarse al logro de los siguientes resultados: 1. Asegurar la asociatividad en red y promover la integración de las cadenas de valor local con la oferta del mercado regional en función de la demanda no cubierta por la oferta local. (indicador en términos de alianzas comerciales regionales). 2. Garantizar la formación y/o desarrollo de competencias y capacidades empresariales requeridas por los usuarios finales de la convocatoria, para lograr su efectiva inclusión en cadenas productivas y/o comerciales. Página 10 de 40

11 3. Garantizar la intervención en procesos de mejoramiento de producto tales como: calidad óptima, inocuidad, seguridad, formalización de los productos de las unidades de negocio de los usuarios finales que permitan corresponder a la demanda identificada y generada a través de la creación de marcas sociales. 4. Promover, a través de la creación de unidades productivas, el desarrollo de negocios sostenibles y el restablecimiento y goce efectivo del derecho a la generación de ingresos por parte de los usuarios finales de los proyectos. La propuesta debe relacionar los resultados que se producirán con la ejecución de las etapas del proyecto, los cuales serán objeto de seguimiento por parte de la interventoría o instancia que defina la UNIDAD. Los indicadores correspondientes a estos resultados se encuentran descritos en el numeral 16.1 de RESULTADOS Y METAS. 5. COBERTURA GEOGRÁFICA Las propuestas que se presenten en el marco de esta convocatoria deben estar focalizadas en territorios afectados por alguna de las siguientes circunstancias: i. Altamente afectados por el conflicto armado y/o definidos como prioritarios dentro de los procesos de paz adelantados por el Gobierno Nacional. Para esto se tendrán en cuenta las tablas de priorización de la Unidad de Atención y Reparación Integral a las Víctimas y los listados oficiales de municipios priorizados para la implementación de los acuerdos. Anexo No 3. Municipios preliminares de Focalización. ii. Alto nivel de Necesidades Básicas Insatisfechas, altos niveles de inequidad (Indicador GINI), bajos indicadores de pobreza monetaria y pobreza multidimensional oficializados por el gobierno. Nota: Para efectos de la presente convocatoria, por territorio focalizado se entenderá el elemento geográfico que agrupa uno o más municipios, siempre y cuando estos compartan sus vocaciones y perfiles productivos agrícolas, así como la facilidad de establecer y fortalecer un sistema de producción, logística, abastecimiento y comercialización entre ellos. 6. QUIENES PUEDEN SER PROPONENTES Pueden ser proponentes en esta convocatoria: PROPONENTE TIPO I: Organizaciones asociativas y solidarias bajo la forma de cooperativas agropecuarias, mutuales del sector agropecuario y asociaciones agropecuarias 3, de ahora en adelante organizaciones solidarias, pertenecientes al régimen especial de la economía solidaria o al régimen común de las entidades sin ánimo de lucro, constituidas en más de un 50% por pequeños productores agrícolas, bajo la modalidad de agricultura familiar, víctimas del conflicto, que estén interesadas en fortalecerse mediante el esquema de marca social, en 3 Para efectos de la convocatoria se entenderá que la organización solidaria deberá contar con el registro ante la Cámara de Comercio respectiva vigente y actualizado. Página 11 de 40

12 vincular nuevos agricultores familiares a la organización solidaria y demuestren contar con una empresa ancla para el desarrollo de negocios sostenibles. PROPONENTE TIPO 2: Micro, pequeñas, medianas y grandes empresas formalmente constituidas actuando como empresas demandantes /anclas que presenten una propuesta de fomento o fortalecimiento de organizaciones solidarias (Proponente Tipo 1), mediante el esquema de marca social que garanticen acuerdos comerciales sostenibles con dichas organizaciones. Los proponentes no podrán desarrollar las marcas sociales a su favor y deberán transferir todos los desarrollos en favor de los usuarios finales, debiendo garantizar la formalización del proceso asociativo, su creación y/o fortalecimiento desde el modelo de marca social y el anclaje con los Usuarios Finales actuando como empresas demandantes de productos primarios y/o transformados de la agricultura familiar. El anclaje también puede ser desarrollado mediante el aprovechamiento conjunto de una oportunidad de negocio a realizarse con un tercero que demande productos a ser desarrollados y/o comercializados en conjunto por la empresa proponente y los usuarios finales mediante acuerdos formales entre las empresas proponentes, las organizaciones solidarias y el tercero. Una vez terminado el proyecto, los proponentes podrán vender insumos, materia prima y productos estandarizados necesarios para la operación de las unidades de negocio que operen en el modelo de marca social. PROPONENTE TIPO 3: Oferentes de servicios de desarrollo empresarial para empresas agropecuarias que además de procesos de mejoramiento productivo agropecuario provean uno o varios de los siguientes servicios: - Operación y logística - Mercadeo y ventas - Innovación empresarial - Gestión de tecnología y comunicaciones Los Oferentes de Servicios de Desarrollo Empresarial deben estar constituidos como empresas del régimen especial de la economía solidaria, entidades sin ánimo de lucro, Agencias de Desarrollo Local - ADEL, Asociaciones productoras, Gremios de Productores y Comercializadores, Parques Tecnológicos y Universidades Públicas o Privadas, estando interesadas en desarrollar el proyecto en favor de las organizaciones solidarias ya constituidas o por constituir. Los proponentes no podrán desarrollar las marcas sociales a su favor y deberán transferir todos los desarrollos en favor de los usuarios finales, debiendo garantizar la formalización de la organización solidaria, su creación desde el modelo de marcas social y el anclaje con empresas demandantes de productos primarios y/o transformados de la agricultura familiar. Para el inicio de las operaciones de las unidades productivas, los proponentes podrán suministrar insumos, materia prima y productos estandarizados necesarios para la operación de las mismas y podrán actuar como aliados, establecer acuerdos comerciales y derivados de su objeto social para apadrinar, fortalecer y sostener las organizaciones solidarias, las marcas y los anclajes en el tiempo. Página 12 de 40

13 Estos costos podrán ser parte del aporte de contrapartida en especie, como lo indica el numeral Nota: Todos los proponentes deberán establecer en la propuesta con datos cualitativos y cuantitativos, cuál(es) será(n) el(los) modelo(s) de negocio que pretende desarrollar para la Marca Social, tanto de la organización solidaria, como de las unidades de negocio de los productores y de las nuevas unidades de negocio que se creen en otros eslabones de la cadena de comercialización. El proponente deberá presentar su estrategia de crecimiento y posicionamiento de marca, su estrategia de transferencia y registro de la marca a los usuarios finales y el plan de entrenamiento y formación de quienes administrarán el modelo. 7. REQUISITOS GENERALES PARA TODOS LOS PROPONENTES Además de los requisitos específicos señalados más adelante, los proponentes deberán cumplir con los siguientes requisitos generales: Los proponentes deben tener como mínimo dos (2) años cumplidos de constitución formal (inscritos en el registro mercantil de la Cámara de Comercio), a la fecha de presentación de la propuesta. Contar con un sistema contable debidamente auditado por Contador o Revisor Fiscal. Los proponentes tipo 2 deberán demostrar experiencia en el sector en el que se desempeñarán como empresas ancla, de al menos cinco (5) años. Los proponentes tipo 3 deberán demostrar experiencia en la ejecución de proyectos relacionados con los servicios que ofrezcan de conformidad con lo señalado en la presente Convocatoria de al menos cinco (5) años. No encontrarse en proceso de liquidación. Cumplir con toda la documentación requerida en esta convocatoria. Contar con la capacidad financiera para ejecutar la propuesta. Dicha capacidad se calculará con base en el análisis de los Estados Financieros del último año fiscal exigible y contemplará el cálculo de los siguientes indicadores: a. Endeudamiento de corto plazo: Pasivo corriente / Total (Pasivo + Patrimonio) no debe ser superior al ochenta por ciento (80%). b. Razón de liquidez: Activo Corriente / Pasivo corriente, debe ser mayor o igual a uno (1). c. Capital de trabajo: Activo corriente Pasivo corriente no debe ser menor del valor total de contrapartida aportado. Los aportantes de contrapartida en efectivo (tercero - persona jurídica) diferentes al proponente deben de contar con la capacidad financiera descrita en los literales a, b y c, es decir que se realizara la medición de los siguientes indicadores de acuerdo con las condiciones establecidas en el presente numeral: Endeudamiento de corto plazo, Página 13 de 40

14 Razón de Liquidez y Capital de trabajo En este sentido, se deben suministrar los estados financieros de los dos (2) últimos años fiscales exigibles (2014 y 2015) de estos aportantes. El cálculo se realizara sobre el último año fiscal exigible (2015). Adicionalmente, el proponente debe registrar en el formato la Guía de Presentación de Propuestas cuál es su capacidad administrativa, técnica y financiera para adelantar las actividades acorde con el objeto de la convocatoria. 7.1 QUIENES NO PUEDEN SER PROPONENTES No podrán ser Proponentes: 1. Personas naturales actuando a título personal o de terceras personas. 2. Entidades públicas de cualquier naturaleza, exceptuando las universidades públicas. No obstante, las entidades públicas podrán apoyar el proyecto a través de recursos de contrapartida en efectivo, en ningún caso mayor al 50% del aporte de la contrapartida en efectivo ofrecida por el proponente. 7.2 CANTIDAD DE PROPUESTAS POR PROPONENTE Para efectos de la presente convocatoria cada Proponente podrá presentar máximo una propuesta. 8. USUARIOS FINALES Los usuarios finales de la presente convocatoria podrán ser: a) USUARIO FINAL PERSONA NATURAL Agricultor Familiar, víctima de desplazamiento forzado en Colombia, que en desarrollo de los proyectos cofinanciados se constituyen como propietarios o socios de una unidad productiva que opere bajo el modelo señalado Los usuarios finales podrán estar vinculados o ser sujetos de vinculación a organizaciones solidarias ya existentes en las zonas a intervenir y en todo caso dicha vinculación se hará de manera voluntaria, sin embargo: La no vinculación a las organizaciones solidarias, determina que no puedan ser propietarios de los activos productivos colectivos, ni de las ganancias asociativas derivadas de la actividad de la organización solidaria. En todo caso, tanto usuarios finales que se asocien voluntariamente a la organización solidaria, como aquellos que opten por no hacer parte de la misma, podrán incrementar sus ganancias de manera individual, de acuerdo con los acuerdos comerciales que establezcan con la organización solidaria como productores independientes, no asociados. Página 14 de 40

15 En todo caso cada propuesta deberá garantizar la creación o fortalecimiento de una organización solidaria que cuente con mínimo 30 usuarios finales persona natural. b) USUARIO FINAL UNIDAD PRODUCTIVA Para efectos de la presente convocatoria, serán los siguientes: Se entiende como unidad productiva a una unidad de negocio de producción agropecuaria familiar en funcionamiento, la cual debe estar encabezada mínimo por un agricultor(a) familiar víctima del desplazamiento forzado, denominado usuario final persona natural. Se entenderá también como unidad productiva a una unidad de negocio de producción agropecuaria familiar asociada, constituida mínimo por el 50% de agricultores familiares víctimas del desplazamiento forzado, denominados usuarios finales personas naturales, la cual puede fortalecerse como marca social en desarrollo del proyecto cofinanciado, fusionarse con otra empresa fortalecida como marca social o asociarse a la organización solidaria a través del proyecto. Se entenderá también como unidad productiva las unidades de negocio puestas en marcha en zonas urbanas para jalonar la comercialización de la producción de la agricultura familiar, las cuales deberán estar vinculadas formalmente a la organización solidaria. En todo caso cada propuesta deberá garantizar la creación o fortalecimiento de una organización solidaria que posibilite la suma de capacidades productivas y comerciales de las unidades productivas. Nota: El proponente deberá asegurar el cumplimiento y trazabilidad de las actividades que presenta respecto de los Usuarios Finales, para lo cual la Interventoría asignada al proyecto verificará lo que considere necesario 8.1 CONDICIONES PARA LAS UNIDADES PRODUCTIVAS Al finalizar la ejecución del proyecto las Unidades Productivas deberán cumplir además las siguientes condiciones: Que estén operando acorde con las pautas del modelo de negocio transferido. Que estén desarrollando actividades comerciales y generen ingresos directos desde su operación. Que cuenten con un contrato de uso de marca o relación directa en una organización solidaria, en el caso que aplique. 8.2 CONDICIONES ESPECIALES DE PARTICIPACIÓN DE USUARIOS Sin excepción, los usuarios finales persona natural, deberán quedar identificados al finalizar la etapa de selección de la presente convocatoria, para lo cual se deberá levantar una base de datos Página 15 de 40

16 en la que se indique: nombre, número de identificación (cédula de ciudadanía) y datos de contacto. Lo anterior igualmente, conforme las condiciones establecidas en el numeral Etapa 1 Socialización y Selección. LA UNIDAD a través de la interventoría validará la condición de los usuarios finales vinculados a las Cadenas Productivas. 9. ASPECTOS FINANCIEROS DE LA CONVOCATORIA 9.1 PRESUPUESTO TOTAL DE LA CONVOCATORIA LA UNIDAD cuenta con un presupuesto total de DOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($ ) 9.2 FINANCIACIÓN DE LOS PROYECTOS Los recursos financieros de los proyectos se obtienen de los aportes hechos por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y La UNIDAD, denominados recursos de Cofinanciación, más los aportes hechos por El Proponente para la ejecución del proyecto, denominados Contrapartida. 10. PORCENTAJE Y MONTOS MÁXIMOS DE COFINANCIACIÓN El porcentaje máximo de cofinanciación de esta convocatoria será hasta del noventa por ciento (90%) del valor total de la propuesta. En cualquier caso, el monto máximo de cofinanciación por propuesta, es de TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS M/Cte. ($ ) CONTRAPARTIDA Todas las propuestas deben incluir recursos de contrapartida que deben ser aportados por el proponente, ya sea financiado con recursos propios o con recursos provenientes de otras entidades públicas o privadas. El porcentaje mínimo de contrapartida será del diez por ciento (10%). Dicha contrapartida deberá aportarse conforme las condiciones definidas en los numerales 10.4 y CONTRAPARTIDA EN EFECTIVO Del total de la contrapartida, mínimo el cincuenta por ciento (50%) debe ser en efectivo. Los aportes de contrapartida en efectivo se sustentarán con pagos demostrables en documentos contables (contratos, facturas, comprobantes de pago, entre otros) de acuerdo con las especificaciones del rubro y servicio correspondiente y deberán realizarse dentro del periodo de ejecución del proyecto CONTRAPARTIDA EN ESPECIE Los recursos de contrapartida en especie, son aquellos recursos que el proponente o un tercero colocan a disposición para la ejecución del proyecto, que no implican necesariamente una Página 16 de 40

17 erogación adicional de recursos y que son necesarios para el cumplimiento de los objetivos del mismo. El aporte de contrapartida en especie no podrá ser superior al cincuenta por ciento (50%) del valor total de la contrapartida. Dichos recursos deberán atender a los rubros y condiciones establecidas en los presentes términos de referencia. Para ello, la verificación de los respectivos soportes se realizará de acuerdo con los lineamientos de LA UNIDAD a través de la interventoría del proyecto. Ni personas naturales ni los subcontratistas del proponente o los subcontratistas de estos (entidades contratadas por él proponente para la ejecución del proyecto cofinanciado ni los subcontratistas de estos), podrán ser aportantes de contrapartida en especie RUBROS RUBROS COFINANCIABLES Los siguientes son los rubros que se podrán cofinanciar con los recursos de cofinanciación: R01- PAGO DE RECURSO HUMANO: Honorarios de personales naturales o jurídicas que presten servicios de desarrollo empresarial a las unidades productivas usuarias finales de los proyectos, orientados al cumplimiento del objeto de la presente convocatoria. El Proponente debe tener en cuenta que la asignación del Director y de todo el recurso humano contemplado en la propuesta debe ser coherente con el tiempo de dedicación e intensidad horaria requerida para el desarrollo de las actividades a realizar, definidas en la propuesta. Igualmente debe tener en cuenta que la hora/hombre debe estar acorde con precios de mercado. Para tal efecto se requiere que cada miembro tenga un perfil de experiencia específica de mínimo dos (2) años en las actividades a desarrollar. En la descripción del equipo ejecutor (personas naturales y jurídicas), el proponente debe presentar el PERFIL MÍNIMO requerido para contratar TODAS las actividades necesarias para el desarrollo del proyecto y contar con una experiencia específica de mínimo dos (2) años en la actividad a contratar. R02 - ASISTENCIA TÉCNICA: Se refiere a la atención personalizada de los usuarios finales, orientada al cumplimiento del objeto de la presente convocatoria y en particular al mejoramiento productivo, la generación de emprendimientos y el fortalecimiento de la comercialización a través de la ejecución de un plan de acción, el acompañamiento en su implementación, así como actividades de seguimiento complementarias que aseguren su cumplimiento. R03 - PAGO DE COSTOS ASOCIADOS A LA FORMACIÒN EMPRESARIAL: Entendida como un proceso complementario al de asistencia técnica, de acuerdo con las necesidades específicas del modelo de negocio de cada unidad productiva, la cual corresponde a temas especializados para el entrenamiento de los usuarios finales del proyecto. Este rubro no podrá exceder el diez por ciento (10%) del costo total del proyecto, y se pueden incluir únicamente honorarios de personales naturales o jurídicas y transporte del equipo ejecutor. R04 - PAGO DE TARIFAS: Para la formalización de productos tales como obtención de código de barras, de codificación para fines comerciales, de evaluación farmacológica y farmacéutica, de Página 17 de 40

18 notificaciones, certificaciones y registros sanitarios ante el INVIMA, de licencias ambientales, de dictamen técnico ambiental, de registro ICA y de registro de propiedad intelectual ante la Superintendencia de Industria y Comercio. R05 - PAGO DE SERVICIOS DE LABORATORIO incluidos ensayos y pruebas de producto, de control de calidad y metrología que se adelanten en el país o en el exterior. R06 PAGO DE INSUMOS Y MATERIALES: Insumos y materiales que sean requeridos para el desarrollo e implementación de la Marca Social, y su relación funcional con las unidades productivas de los usuarios finales y las unidades de negocio que se crearán en diferentes eslabones de la cadena de valor. El monto máximo de cofinanciación será hasta del 30% del valor total del proyecto. R07 COMPRA DE MAQUINARIA Y EQUIPO 4 : determinantes para el fortalecimiento operacional y comercial de la empresa solidaria creada, el sistema de logística, abastecimiento y distribución y el montaje de las unidades de negocio bajo la marca social. El monto máximo de cofinanciación será hasta del 70% del valor total del proyecto. Siempre y cuando se cumplan, las siguientes condiciones o de lo contrario no se reconocerá el valor, a efectos de la liquidación contractual del proyecto: Toda la maquinaria y equipo comprado con recursos del proyecto deberá ser asegurado contra pérdidas, robos o daños materiales que puedan sufrir por cualquier causa. En todo caso el proponente deberá responder directamente a LA UNIDAD durante la ejecución del proyecto, por el uso inadecuado, pérdidas o robos de la maquinaria y equipo comprada para el Usuario Al finalizar el proyecto los activos que tengan impacto y usufructo colectivo deberán ser entregados a la organización solidaria de marca social creada o fortalecida en el marco del proyecto y los activos para el fortalecimiento de unidades productivas individuales deberán ser entregados a los Usuario Finales Unidades Productivas participantes en las cadenas productivas impulsadas por empresas ancla, cumpliendo con el objeto de la convocatoria; en caso contrario LA UNIDAD determinará la disposición de los mismos. R08 - PAGO DE ADECUACIONES DE INFRAESTRUCTURA necesarias para la implementación de procesos, montaje de la unidad productiva, certificaciones, normas técnicas, o reglamentos técnicos de productos objeto del proyecto. El monto máximo de recursos de cofinanciación invertidos en este rubro será hasta del 25% del valor total del proyecto. R09 - ARRENDAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA indispensable para la operación de la organización solidaria creada y de las nuevas unidades de negocio creadas en el desarrollo del proyecto. El monto máximo de recursos de cofinanciación invertidos en este rubro será hasta del 7% del valor total del proyecto. 4 Las inversiones se entregan a nombre de las entidades legales creadas, quien renuncie a dichas unidades de negocio, renuncia a los bienes. En todo caso los acuerdos contractuales para la creación de las unidades de negocio contemplarán las Clausulas y causales de liquidación de la sociedad solidaria y la constitución de la organización solidaria deberá definir los respectivos estatutos, especificando las condiciones y formas de repartición del patrimonio entre los socios en caso de liquidación. En todo caso los bienes adquiridos para el montaje de unidades de negocio deberán ser transferidos siempre a la población objeto de la convocatoria y no podrán ser propiedad de empresas no constituidas por la población objeto de la convocatoria. Página 18 de 40

19 R10 - COSTOS DE INSCRIPCIÓN EN PLATAFORMAS COMERCIALES, ALQUILER DE STANDS, material publicitario y alquiler de stand requeridos para la participación de los usuarios finales del proyecto en eventos comerciales, institucionales o especializados dentro del país a los que asistan en calidad de expositor. No se incluyen gastos de alimentación ni de, transporte u hospedaje. El monto máximo de recursos de cofinanciación invertidos en este rubro será hasta del 20% del valor total del proyecto. R11 - DISEÑO Y/O REPRODUCIÓN DE CATÁLOGOS de productos y servicios y de material publicitario de los usuarios finales. El monto máximo de recursos de cofinanciación invertidos en este rubro será hasta del 10% del valor total del proyecto. Este rubro también contemplará la sistematización del proyecto y asegurar la gestión del conocimiento en todo caso la inversión no puede superar 5% R12 - REPRODUCCIÓN DE MATERIAL DIDÁCTICO para las capacitaciones y asistencias técnicas, acorde con el número de usuarios finales del proyecto. El monto máximo de recursos de cofinanciación invertidos en este rubro será hasta del 2% del valor total del proyecto. R13 - GASTOS DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MERCANTIL de las unidades productivas que no cuenten con el registró al inicio del proyecto RUBROS NO COFINANCIABLES No se cofinanciará la ejecución de actividades diferentes a las mencionadas en el anterior numeral y en particular las siguientes: 1. Estudios y/o diagnósticos de mercado. 2. Capacitaciones que no estén asociados con el desarrollo del proyecto. 3. Capacitación del equipo ejecutor del proyecto 4. Actividades de promoción, socialización o divulgación del proyecto diferentes a los usuarios finales. 5. Estudios de aprobación de crédito o asesoría para diligenciar solicitudes de crédito. 6. Construcción de bases de datos. 7. Estudios y ejercicios de prospectiva tecnológica e industrial. 8. Estudios sectoriales. 9. Estudios de caracterización de cadenas productivas. 10. Investigación básica, pura o fundamental. 11. Publicaciones con fines comerciales como manuales, libros, etc. 12. Pago de pasivos (capital e intereses), pago de dividendos y aumento del capital social de la empresa. 13. Adquisición de materia prima, maquinaria y equipo NO determinantes para el Proyecto, 14. Adquisición de terrenos, construcciones y edificios. 15. Inversiones en bienes de capital. 16. Inversiones en otras empresas y en plantas de producción. 17. Compra de acciones, de bonos, de derechos de empresas y de otros valores mobiliarios. 18. Instalaciones llave en mano. 19. Adecuaciones o reparaciones físicas o locativas No determinantes para el Proyecto. 20. Subsidios de subsistencia o salarios para el empresario y sus empleados. 21. Gastos de overhead o comisión alguna. 22. Viáticos y manutención del equipo contratado para el desarrollo del proyecto, a nivel nacional e internacional. Página 19 de 40

20 10.4 RUBROS DE CONTRAPARTIDA EN EFECTIVO Como contrapartida en efectivo se aceptan los rubros establecidos como cofinanciables en el numeral Rubros cofinanciables y únicamente los siguientes: EF01- Gastos de legalización del contrato de cofinanciación como pólizas, y gastos de pólizas contra pérdidas, daños y robos, necesarios para el aseguramiento de activos cofinanciados. EF02- El Impuesto al Valor Agregado IVA generado por la adquisición que haga el contratista de bienes o servicios con cargo a los recursos de cofinanciación y/o contrapartida aprobados para el desarrollo del proyecto. EF03- El impuesto a las transacciones financieras del cuatro por mil (4 por mil) que se cause por virtud del uso de los recursos efectivamente entregados en cofinanciación durante el plazo de ejecución del proyecto RUBROS DE CONTRAPARTIDA EN ESPECIE ES01 Los recursos humanos pertenecientes a la nómina del proponente, requeridos para el desarrollo del objeto del proyecto, definidos como sueldos u honorarios de personal sin incluir carga prestacional. (Ejemplo: Contador, Expertos técnicos, Profesionales, Administrativos. No personal del servicio de aseo, Servicio de vigilancia, servicio de alimentos o similares). ES02 Los insumos, materia prima y productos estandarizados necesarios para la operación de las Unidades Productivas. Este rubro no podrá ser superior al 10% del costo total del proyecto. ES03 Los recursos para asegurar la gestión del conocimiento a través de la sistematización de las experiencias OTROS ASPECTOS DE LA COFINANCIACIÓN No se cofinanciarán aquellas propuestas que contengan actividades que estén siendo previamente cofinanciadas con recursos públicos operados por otras entidades públicas o privadas, para los mismos usuarios finales y con el mismo objeto. Si el costo real del proyecto, una vez concluido este, excede el presupuesto inicialmente presentado, será responsabilidad del Proponente asumir la diferencia, garantizando el cumplimiento de las actividades y objetivos del proyecto. Así mismo, si el costo real del proyecto es menor al presupuesto inicialmente presentado, una vez concluido este, el Proponente deberá reintegrar LA UNIDAD el monto de los recursos de cofinanciación no ejecutados. 11. MODELO DE OPERACIÓN DE LA CONVOCATORIA La convocatoria operara con un modelo de ventanilla abierta, en el que las propuestas se recibirán en forma permanente a partir de la fecha de apertura y hasta el cierre de la misma. Página 20 de 40

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