Impulso y masificación de la Factura Electrónica (FE)
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- Alicia Vidal Fuentes
- hace 8 años
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1 Impulso y masificación de la Factura Electrónica (FE)
2 QUE ES LA FACTURA ELECTRÓNICA 1. Documento que soporta transacciones de venta de bienes y/o servicios. 2. Operativamente tiene lugar a través de sistemas computacionales y/o soluciones informáticas. 3. Comprende la expedición, recibo, rechazo, conservación y entrega.
3 MARCO NORMATIVO DE LA FACTURACIÓN ELECTRONICA Tributario Artículo 511, 615 del Estatuto Tributario - obligados a expedir factura o documento equivalente. Artículo 617 Requisitos de la factura para efectos tributarios. Artículo 618 La factura o documento equivalente, exigible por los adquirentes. Artículo La DIAN puede prescribir sistemas técnicos de control a determinados contribuyentes o sectores.
4 MARCO NORMATIVO DE LA FACTURACIÓN ELECTRONICA Comercio Electrónico Ley 527 de 1999 reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales, entidades de certificación. Decreto 2364 de 2012 reglamenta la firma electrónica
5 MARCO NORMATIVO DE LA FACTURACIÓN ELECTRONICA Factura Electrónica El Artículo del Estatuto Tributario - la factura electrónica es equivalente a la factura de venta El artículo 26 de la Ley 962 de 2005 la factura electrónica podrá expedirse, aceptarse, archivarse usando cualquier tipo de tecnología disponible, garantizando la autenticidad e integridad desde su expedición y durante todo el tiempo de conservación, aplicando así el principio de neutralidad tecnológica
6 NUEVO MODELO DE FACTURA ELECTRONICA EN COLOMBIA Factura Electrónica para fines tributarios Factura Electrónica como título valor Nuevo Modelo de factura electrónica
7 PALABRA CLAVE DEL PROYECTO Interoperabilidad Formato estándar XML UBL v2.0 Estándar ONU e-documentos comercio. Invoice, CreditNote, full e-biz XAdES Firmas Electrónicas Avanzadas
8 ACTORES 1. Obligados a facturar electrónicamente. 2. Adquirentes de bienes y/o servicios. 3. Proveedores Tecnológicos: Pueden prestar a los Obligados a Facturar Electrónicamente y/o adquirentes que lo deseen, servicios inherentes a expedición, recibo, rechazo, conservación de la factura electrónica y la entrega del ejemplar a la DIAN.
9 QUIENES FACTURAN ELECTRONICAMENTE voluntariamente por hacerlo electrónicamente Obligados a facturar según el E.T. No obligados a facturar según el E.T. Obligados a facturar seleccionados por la DIAN (Deben surtir procedimiento de habilitación ante la DIAN)
10 MAPA DE INTERACCIÓN OPERACIONES Obligado a facturar electrónicamente Adquirentes Proveedores Tecnológicos PT
11 MAPA DE INTERACCIÓN CATALOGO DIAN Obligado a facturar electrónicamente Proveedores Tecnológicos PT Adquirentes Se habilita Se inscribe Se autoriza Se inscribe Se inscribe Catalogo de Participantes
12 CONDICIONES DE LA EXPEDICIÓN (GENERACIÓN Y ENTREGA) DE LA FACTURA. 1. Condiciones de generación. a. Utilizar el formato de generación XML estándar establecido por la DIAN. b. Llevar numeración consecutiva autorizada por la DIAN. c. Cumplir requisitos del 617 ET salvo los del impresor y discriminar el impuesto al consumo cuando sea del caso. d. Incluir firma digital o electrónica que garantice autenticidad e integridad. e. Incluir el Código Único de Factura Electrónica CUFE
13 FIRMA DIGITAL Y/O ELECTRONICA Podrá pertenecer a: 1. Al obligado a facturar electrónicamente. 2. A los sujetos autorizados en su empresa. 3. Al proveedor tecnológico, según lo acuerden con el obligado a facturar electrónicamente.
14 CODIGO UNICO DE FACTURA ELECTRONICA CUFE Qué es?: Un valor alfanumérico obtenido de los datos de la factura, y la clave de contenido técnico de control generada y entregada por la DIAN El CUFE deberá ser incluido en las facturas electrónicas. El CUFE deberá visualizarse en la representación gráfica de las facturas electrónicas, y en los códigos QR
15 CONDICIONES DE ENTREGA DE LA FACTURA Reciben TIPOS DE ADQUIRENTE Entregan Facturador Electrónico NO es Facturador Electrónico- Recibe Factura Electrónica NO Recibe Factura Electrónica DIAN Obligado a facturar Electrónicamente Entrega factura en formato electrónico tipo XML Entrega una representación gráfica en la dirección electrónica o correo que establezca el adquirente o la dispone en un sitio para su consulta. En formato electrónico tipo XML Obligado a facturar por E.T. que no es facturador Electrónico Entrega FRA o documento equivalente de acuerdo con las condiciones actuales No hay entrega de ejemplar a la DIAN
16 NOTAS DEBITO Y CREDITO 1. Deben generarse en el formato electrónico XML que establezca la DIAN. 2. Numeración consecutiva propio de quien las expide 3. Identificación de la factura sobre la que se realiza el ajuste y descripción del evento que lo genera.
17 ACUSE DE RECIBO DE LA FACTURA ELECTRÓNICA Recibe acuse Envía acuse Obligado a facturar electrónicamente Recibe factura electrónica ADQUIRENTE NO Obligado a facturar electrónicamente Recibe factura electrónica NO Recibe factura electrónica Obligado a El adquirente deberá emitir acuse de recibo facturar con sus propios medios o los dispuestos Electrónicamente por el Obligado a Facturar El adquirente podrá, manifestar su recibo, en documento separado físico o electrónico, a través de sus propios medios o a través de los que disponga el obligado a facturar electrónicamente
18 VERIFICACIÓN Y RECHAZO DE LA FACTURA ELECTRÓNICA POR PARTE DEL ADQUIRENTE El adquirente verificará de la factura electrónica lo siguiente: 1. El formato XML estándar establecido por la DIAN. 2. Existencia de los requisitos aplicables del artículo 617 del Estatuto Tributario y discriminación del impuesto al consumo cuando sea del caso. 3. Existencia y validez de la firma digital o electrónica. 4. Imposibilidad de leer la factura. En la representación gráfica se verificará directamente el numeral 2 y podrá en los servicios electrónicos de la DIAN consultar las demás condiciones.
19 RECHAZO DE LA FACTURA ELECTRÓNICA Se deberá rechazar la FE cuando no cumpla alguna de las condiciones o por imposibilidad de leer la información. Generar la nota crédito correspondiente. Se podrá utilizar para este efecto el formato XML que establezca la DIAN como alternativa En la representación gráfica podrá, manifestar su rechazo, en documento separado físico o electrónico
20 CONSERVACION DE LOS REGISTROS PARA EFECTOS FISCALES Obligado a facturar electrónicamente Adquirentes La factura electrónica, las notas crédito y débito se conservarán en el formato electrónico de generación establecido por la DIAN. Por el término establecido en el artículo 632 del Estatuto Tributario
21 EJEMPLAR DE LA FACTURA ELECTRONICA, NOTAS DEBITO Y CRÉDITO PARA LA DIAN Obligado a facturar electrónicamente Adquirentes Proveedores Tecnológicos PT Máximo en 48 horas siguientes a la generación Art. 651 E.T.
22 VERIFICACIONES DE LA DIAN A LA FACTURA Obligado a facturar electrónicamente Proveedores Tecnológicos Si la información no puede ser leída por la DIAN, lo comunicara para el reenvió Servicio de consulta Para OFEs y adquirentes no OFE Recibido Recibido Uso del formato XML establecido. Numeración consecutiva autorizada por la DIAN Uso y validez del código único de factura electrónica CUFE. Requisitos del artículo 617 del ET aplicables. Firma digital o electrónica. NIT del obligado a facturar electrónicamente y del adquirente, si fuera el caso.
23 MEDIDAS EN CASO DE INCONVENIENTES TÉCNICOS Y SITUACIONES ESPECIALES Por inconvenientes técnicos, fuerza mayor o caso fortuito relacionados con: 1. Los sistemas del obligado a facturar electrónicamente o sus Proveedores Tecnológicos. 2. Los sistemas del adquirente que recibe la factura en formato electrónico de generación. 3. Los servicios informáticos electrónicos de la DIAN. 4. Cancelación o Revocación de la autorización al Proveedor Tecnológico. Temas que se reglamentarán a través de resolución.
24 INFORMACIÓN A ENTREGAR A LA DIAN- SERVICIOS ELECTRÓNICOS INFORMATICOS 1. De facturas expidan (generación y entrega) por inconvenientes técnicos, fuerza mayor o caso fortuito, articulo Registro Auxiliar de Ventas y Compras e IVA por pagar e Impuesto Nacional al Consumo, cuando la DIAN lo disponga. La DIAN podrá relevar la entrega total o parcial de información a los Obligados a Facturar Electrónicamente.
25 HABILITACIÓN PARA EXPEDIR FACTURA ELECTRÓNICA Obligados a Facturar Seleccionados por la DIAN (Dentro Sectores Económicos ) Software propio o adquirido del Obligado a Facturar o del Proveedor Tecnológico. Voluntarios Pruebas técnicas Exitosas Habilitado OFE Quién hace el trámite? El Obligado a Facturar directamente o a través de su Proveedor Tecnológico autorizado por la DIAN.
26 HABILITACIÓN PARA EXPEDIR FACTURA ELECTRÓNICA - PLAZO Seleccionados por la DIAN Mínimo 3 meses Inicio facturación electrónica Resolución comunicando selección Fecha de partida Periodo de habilitación (mínimo hasta 6 meses) Puede ser mayor Voluntarios Requiere habilitarse 3 meses luego de la postulación Inicio facturación electrónica Manifestación expresa Resolución indic fecha para iniciar FE
27 SECTORES PARA SELECCIONAR OBLIGADOS A FACTURAR ELECTRONICAMENTE Agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca Explotación minas y canteras Industrias manufactureras Suministro electricidad, gas, vapor y aire acondicionado Distribución de agua, evacuación y tratamiento de aguas residuales, gestión de desechos y actividades de saneamiento ambiental Construcción Comercio al por mayor y al por menor, reparación de vehículos automotores y motocicletas Transporte y almacenamiento Alojamiento y de servicio de comidas Información y comunicaciones Actividades financieras y de seguros Actividades inmobiliarias Actividades profesionales, científicas, técnicas Actividades de servicios administrativos y de apoyo. Educación Actividades de atención de la salud y de asistencia social Actividades artísticas, de entretenimiento y recreación Otras actividades de servicios
28 CRITERIOS DE SELECCIÓN DE OBLIGADOS A FACTURAR ELECTRONICAMENTE Entre otros: 1. Volumen de operaciones 2. Ingresos 3. Patrimonio 4. Importancia en el recaudo 5. Nivel de riesgo 6. Cumplimiento de obligaciones tributarias 7. Solicitantes de devoluciones 8. Zonas urbanas y/o rurales
29 CUANDO ACTUALIZAR LA HABILITACIÓN? a) Cambio de proveedor tecnológico. b) Cambio de la solución tecnológica. c) Por cancelación o revocatoria de la autorización al proveedor tecnológico (Aplican medidas de contingencia)
30 SERVICIO GRATUITO PARA MIPYMES La DIAN dispondrá los servicios informáticos electrónicos de facturación gratuito para micro y pequeñas empresas a más tardar en el año 2016.
31 AUTORIZACIÓN A PROVEEDORES TECNOLÓGICOS Los Proveedores Tecnológicos que ofrezcan servicios de factura electrónica, previa solicitud, deberán ser autorizados por la DIAN por periodos de 3 años. Requisitos: 1. Estar habilitado como facturador electrónico 2. Tener vigente y actualizado el RUT. 3. Ser responsable del impuesto sobre las ventas y pertenecer al régimen común. 4. Acreditación ISO o hacerlo dentro de los dos años siguiente a la autorización. 5. Patrimonio líquido igual o superior a cincuenta mil (20.000) UVT y 50% de activos fijos correspondan al patrimonio líquido. 6. Condiciones de operatividad tecnológica que señale la DIAN.
32 AUTORIZACIÓN A PROVEEDORES TECNOLÓGICOS Los requisitos son de cumplimiento permanente La autorización no podrá cederse a terceros Plazo para decidir la autorización 2 meses Renovación por igual término.
33 CANCELACIÓN Y REVOCACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN A PROVEEDORES TECNOLÓGICOS CAUSALES 1. Por decisión del proveedor tecnológico Liquidación de la persona jurídica Fusión por creación o absorción 2. Cuando no aporte la certificación ISO dentro del plazo. 3. Por no renovación de la autorización.
34 OTROS DOCUMENTOS EQUIVALENTES ELECTRÓNICOS DE LA FACTURA Se podrán utilizar los otros documentos equivalentes a la factura. Los Obligados a Facturar Electrónicamente podrán continuar usando los tiquetes de máquina registradora POS, cuando su modelo de negocio lo requiera.
35 PLAZOS PARA EXPEDIR REGLAMENTACIÓN Meses Resolución Reglamentaria Formato electrónico de generación XML factura, nota crédito y débito. 3 Política de firma. Procedimientos y condiciones de operatividad tecnológica para ser habilitados 4 como facturadores electrónicos y para la autorización a Proveedores Tecnológicos. Disposiciones sobre numeración y procedimientos. Autorización al Proveedores Tecnológicos para recibir numeración de OFE 6 Inhabilitación de numeraciones vigentes (Electrónica y computador) Procedimientos, elementos y condiciones obtener el CUFE. Disponer los servicios informáticos y tecnológicos: Recepción de facturas en la DIAN 6 Catálogo de Participantes Verificación del ejemplar suministrado a la DIAN. 6 Disponer ambiente de pruebas 4 Especificaciones de los elementos gráficos de control 4 Medidas en caso de inconvenientes técnicos y situaciones especiales. 4 Especificaciones técnicas de la información a entregar a la DIAN por los OFE, inconvenientes técnicos, fuerza mayor y caso fortuito. Luego de la publicación del Decreto
36 TRANSICIÓN Los Obligados a facturar electrónicamente que sean habilitados y deban comenzar a expedir factura electrónica, deberán cesar la expedición otros tipos de factura salvo los equivalentes. Quienes expidan factura electrónica y/o por computador de acuerdo con el Decreto 1929 de 2007 y/o el artículo 13 del Decreto 1165 de 1996, podrán continuar facturando en tales condiciones, hasta que sean seleccionados por la DIAN.
37 TRANSICIÓN Quienes estén adelantando procedimientos para ser autorizados para facturar electrónicamente con el Decreto 1929 de 2007, podrán terminarlos. Una vez elegidos u opten por expedir factura electrónica solo podrán hacerlo con las nuevas disposiciones. A partir de la publicación del Decreto no se recibirán solicitudes de para facturar electrónicamente según el Decreto 1929 de Los actuales facturadores por computador podrán seguir haciéndolo, salvo que sean seleccionados por la DIAN y deban facturar electrónicamente. La factura electrónica prevista en el Decreto 1929 de 2007, tendrá aplicación hasta el 31 de diciembre de 2016.
38 TRANSICIÓN La factura electrónica prevista en el Decreto 1929 de 2007, tendrá aplicación solamente hasta el 31 de diciembre de 2016.
39 METAS Facturador Facturadores electronicos Facturadores electrónicos exportadores Línea Base Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Total
40 PRÓXIMOS HITOS Expedición del Decreto y Resoluciones reglamentarios. Realización prueba piloto. Inicio primera fase de masificación Definición de las características para la solución Mipymes.
41 Contacto para postularse como candidato para participar en las pruebas piloto
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