CIRCULAR ACLARATORIA N 3 LICITACIÓN DE LAS OBRAS NUEVAS CONTEMPLADAS EN EL DECRETO EXENTO N 373 DE 2016 DEL MINISTERIO DE ENERGÍA

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "CIRCULAR ACLARATORIA N 3 LICITACIÓN DE LAS OBRAS NUEVAS CONTEMPLADAS EN EL DECRETO EXENTO N 373 DE 2016 DEL MINISTERIO DE ENERGÍA"

Transcripción

1 CIRCULAR ACLARATORIA N 3 LICITACIÓN DE LAS OBRAS NUEVAS CONTEMPLADAS EN EL DECRETO EXENTO N 373 DE 2016 DEL MINISTERIO DE ENERGÍA 31 de enero de 2017

2 Pág. 2 Contenido A. BASES DE LICITACIÓN... 3 B. PROYECTO: NUEVO BANCO DE AUTOTRANSFORMADORES 1X750 MVA 500/220 KV EN S/E NUEVA CARDONES, S/E NUEVA MAITENCILLO Y S/E NUEVA PAN DE AZÚCAR C. PROYECTO: NUEVA LÍNEA NUEVA MAITENCILLO PUNTA COLORADA NUEVA PAN DE AZÚCAR 2X220 KV, 2X500 MVA D. PROYECTO: S/E SECCIONADORA NUEVA LAMPA 220 KV E. PROYECTO: SUBESTACIÓN SECCIONADORA NUEVA POZO ALMONTE 220 KV; NUEVA LÍNEA 2X220 KV ENTRE S/E NUEVA POZO ALMONTE Y S/E/ POZO ALMONTE, TENDIDO DEL PRIMER CIRCUITO; NUEVA LÍNEA 2X220 KV ENTRE S/E NUEVA POZO ALMONTE Y S/E CÓNDORES, TENDIDO DEL PRIMER CIRCUITO; Y NUEVA LÍNEA 2X220 KV ENTRE S/E NUEVA POZO ALMONTE Y S/E PARINACOTA, TENDIDO DEL PRIMER CIRCUITO... 45

3 Pág. 3 A. BASES DE LICITACIÓN A.1 Solicitamos confirmar que cualquier cambio normativo posterior a la fecha de entrega de la licitación, dará opción al adjudicatario a una revisión económica y las condiciones de su propuesta en el caso que haya que adoptar dichos cambios normativos en el diseño presentado por el proponente en esta licitación. La remuneración de las Obras de Expansión se efectúa conforme lo establecido en la normativa que rige el presente proceso de licitación (ver numeral 8.4 de las Bases de Licitación). En particular, para el caso de las Obras Nuevas, la Oferta Económica del Proponente que resulte adjudicado constituirá la remuneración del Proyecto. Las Bases de Licitación y el Decreto de Plan de Expansión no incluyen la posibilidad de revisar o modificar la Oferta Económica. Respecto de cambios en el proyecto que se originen de futuros cambios normativos, estos deberán ser considerados en las instancias tarifarias o de planificación que correspondan según lo establezca la Ley y demás normativa aplicable que se encuentren vigentes. A.2 Con el fin de contar con el tiempo necesario para elaborar los diseños óptimos para los proyectos licitados, solicitamos que sean publicadas a la mayor brevedad posible las modificaciones a las bases de licitación que se refieran a cambios que puedan afectar al diseño de los proyectos. Su solicitud será enviada a la CNE para su consideración. A.3 Se solicita señalar cuánto tiempo después de la adjudicación de los proyectos, se publicará el Decreto de Adjudicación en el Diario Oficial. No existe un plazo predeterminado para la publicación del Decreto que Fija los Derechos de Explotación del Proyecto en el Diario Oficial. A título referencial podemos señalar que en procesos anteriores el Decreto que Fija los Derechos de Explotación y Ejecución del Proyecto han sido publicados en plazos de 3 a 6 meses, aproximadamente, después de adjudicado el proyecto. A.4 Se solicita confirmar que, cuando en las bases de licitación se señala que un documento debe ser "autorizado por Notario Público en Chile", se refiere a que la firma del Representante del Proponente debe ser autorizada ante un Notario Público en Chile.

4 Pág. 4 Se confirma que cuando las Bases de Licitación señalan que un documento sea autorizado por un Notario Público en Chile, se refiere a que la firma del Representante del Proponente debe ser autorizada ante un Notario Público en Chile. A.5 Pueden presentarse referencias técnicas, legales y financieras de la casa matriz o filiales del solicitante? La información acompañada en su propuesta debe ajustarse a lo solicitado en las Bases de Licitación. Cabe señalar que en el caso del Documento 12 Experiencia y Competencia Técnica del Proponente, las bases se refieren explícitamente a la posibilidad de acompañar antecedentes relativos a la casa matriz o a las filiales de la empresa proponente. A.6 Numeral 3. Se solicita confirmar que el concepto de fotocopia legalizada se refiere a aquella que ha sido certificada por un Notario Público como "copia fiel del documento que ha tenido a la vista", ya que los notarios públicos no dan fe de la autenticidad del documento salvo que sea un documento que se encuentre en su protocolo. Se confirma que fotocopia legalizada se refiere a aquella que ha sido certificada por un Notario Público como copia fiel del documento que ha tenido a la vista. A.7 Numeral En relación al literal e, se solicita confirmar que el documento de identificación otorgado en el país de un representante legal extranjero, se refiere al pasaporte. El documento de identificación otorgado en el país del representante legal extranjero indicado en el literal e. del numeral de las Bases de Licitación se refiere al documento oficial de identificación en el país de origen. A.8 Numeral En caso de que el Proponente sea un consorcio, y en atención a que en Documento 4 debe incluir una designación del Representante del Proponente; es necesario en dicho presentar de todas maneras el Documento 3: "Designación del Representante del Proponente"? La designación del Representante del Proponente a que se refiere el numeral 8.2.3, deberá hacerse en el Acuerdo de Consorcio o Asociación, en conformidad al ítem v. del numeral (Documento 4), siendo necesario, en tal caso, que se detallen todas las facultades descritas en el numeral para el Representante del Proponente. En el caso señalado en el párrafo anterior, no constituye un incumplimiento a las Bases de Licitación si no se presenta un Documento 3.

5 Pág. 5 A.9 Numeral Se solicita confirmar que las Boletas de Garantía de Seriedad de la Propuesta puede ser emitida en Chile por una sucursal de Banco Extranjero. La Boletas de Garantía deben ser emitidas de acuerdo a lo solicitado en las Bases de Licitación. Por lo tanto, no pueden ser emitidas en Chile por una institución bancaria que no cumpla, entre otros aspectos indicados en las Bases, con haber sido constituida en Chile y fiscalizada por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF). Cabe tener presente que en virtud del Capítulo 8 11 Boletas de Garantía, de la Recopilación Actualizada de Normas, de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, un banco chileno puede emitir Boletas de Garantía en calidad de mandatario de un banco del exterior, lo que es concerniente para el caso que un Proponente sea extranjero y no tenga RUT en Chile. A.10 Numeral En caso de constitución de un consorcio (por ejemplo 50/50), será posible emitir dos Boletas de Garantía de Seriedad de la Propuesta (u otras boletas de garantía, según proceda) de la mitad del valor total, una por cada empresa? Las Bases de Licitación no establecen la posibilidad señalada en su consulta, sin perjuicio de lo cual ésta será puesta en conocimiento de la CNE. A.11 Numeral Existen, y en dicho caso, cuales son los requisitos mínimos de un Banco emisor de la Garantía de Seriedad de la Propuesta? Los requisitos mínimos se encuentran establecidos en las Bases de Licitación, particular, en su Anexo 8 Bancos e instituciones financieras para boletas de garantía. Complementariamente a lo anterior, ver respuesta A.9. A.12 Numeral a.iv. En relación al Documento 6, en cuyo literal a romanillo iv se solicita "copia autorizada ante Notario Público", en atención a que el Notario guarda en su protocolo las matrices de las escrituras públicas únicamente por un año; se solicita confirmar que la copia autorizada de la escritura pública donde consta la designación del o los representantes legales puede ser una copia autorizada emitida por el Archivero Judicial. Asimismo, se solicita confirmar que no existe requisitos en relación a una fecha máxima de antigüedad que puede tener dicha escritura pública. Se confirma que la copia autorizada de la escritura pública donde consta la designación del o los representantes legales puede ser una copia autorizada emitida por el Archivero Judicial. En relación a la existencia de requisitos en relación a una fecha máxima de antigüedad para la escritura pública señalada, para el caso de Empresas Chilenas, debe ceñirse a los romanillos iv. y v. de la letra a, del numeral de las Bases de Licitación.

6 Pág. 6 A.13 Numeral En caso que el Proponente sea una sociedad extranjera cuyos Estados Financieros se encuentren en una moneda distinta a Dólares de los Estados Unidos de América o Pesos chilenos, se solicita confirmar qué tipo de cambio y de qué fecha se debe utilizar para llevar dicha moneda extranjera a Dólares de los Estados Unidos de América. Para convertir monedas distintas a pesos chilenos a Dólares de los Estados Unidos de América, se utilizará el valor promedio de junio de 2016 de la paridad de moneda extranjera (moneda/dólar de los Estados Unidos de América), contenida en la Base de Datos Estadísticos del Banco Central de Chile. Sin perjuicio de lo anterior, su consulta será enviada a la CNE para su consideración. A.14 Numeral En caso que los Estados Financieros de un Proponente constituido en el extranjero no estén ni en español ni en inglés y cuya moneda no es ni pesos chilenos ni dólares de los Estados Unidos de América, se solicita confirmar que es posible incluir en la misma traducción de los Estados Financieros a español, la conversión de moneda de euros a dólares. En relación al tipo de cambio para la conversión de la moneda de los Estados Financieros, la consulta será enviada a la CNE para su consideración. Ver respuesta A.13. El proponente deberá presentar los estados financieros en el idioma y moneda en que fueron elaborados, y además ser acompañados de su traducción al español en conformidad con lo establecido en el numeral Del Idioma de las Propuestas. Se confirma que es posible incluir una conversión de moneda de euros a dólares en la misma traducción de los Estados Financieros al español. En este último caso, se solicita indicar el tipo de cambio utilizado. A.15 Numeral En el caso que el Proponente sea una sociedad que en su país de origen, además de ser operador de líneas de transmisión, también sea el coordinador del sistema eléctrico en dicho país, se solicita confirmar que serán válidos los certificados de buena operación y ejecución emitidos por ellos mismos. En el caso en que el Proponente sea una empresa que en su país de origen, además de ser operador de líneas de transmisión, también sea el coordinador del sistema eléctrico en ese país, el Proponente deberá entregar una declaración firmada por el Representante Legal de la empresa, que indique que su empresa es la única responsable de la gestión, coordinación y/u operación las líneas de transmisión, y por ende es la única institución que puede emitir este tipo de certificados. En todo caso, esta respuesta será puesta en conocimiento de la CNE para su consideración. A.16 Numeral En relación a la concesión eléctrica para los proyectos, se solicita confirmar que únicamente se requiere obtener la admisibilidad de la solicitud de dicha concesión para el cumplimiento

7 Pág. 7 del Hito Relevante N 2, pero que no es necesario para ningún otro hito ni para la puesta en operación del proyecto respectivo haber obtenido la concesión eléctrica definitiva. La admisibilidad de la solicitud de concesión definitiva, presentada ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, es requisito para el cumplimiento del Hito Relevante N 2, y no es requisito formal para el cumplimiento de ningún otro Hito Relevante. Sin perjuicio de lo anterior, es responsabilidad del Adjudicatario del Proyecto determinar oportunamente la necesidad de obtener la Concesión Definitiva para la totalidad o parte del trazado de la línea, para resguardar el correcto desarrollo de su proyecto. La obtención de la Concesión Definitiva podría ser necesaria, por ejemplo, para imponer servidumbres durante la etapa de construcción, y con ello, dar cumplimiento a los Hitos Relevantes N 3 y N 5. A.17 Numeral 9.2. Se solicita confirmar si es que el Representante del Proponente debe concurrir personalmente a la presentación de la Oferta. El Representante del Proponente debe concurrir personalmente a la entrega de la Oferta, y firmar el Acta de Entrega de Propuestas de acuerdo a lo establecido en el numeral 9.2 de las Bases. A.18 Numeral 9.2. Se solicita confirmar que las Propuestas deberán ser entregadas en el mismo lugar, independiente de si el proyecto corresponde al SIC o al SING. La entrega de Propuestas será en un único lugar. Ver Aclaración E.1. A.19 Numeral Es posible que el informe original de abogado relativo a un Proponente extranjero se redacte en lengua extranjera, y se acompañe su traducción al español? Se confirma que es posible que el informe original emitido por un abogado relativo a un Proponente extranjero, al que hace referencia en el romanillo iii, literal b, del numeral 8.2.6, se redacte en lengua extranjera y se acompañe su traducción al español de acuerdo a lo establecido en el numeral de las Bases de Licitación. A.20 Numeral 5. En el numeral 5 de la Resolución Exenta 671 de fecha 16 de septiembre de 2016, se indica que el cierre de presentación de propuestas es el 29 de marzo de 2017, sin embargo, en la Circular Aclaratoria N 2 se indica que el cierre de presentación de propuestas es el 24 de marzo de Se solicita aclarar esta diferencia.

8 Pág. 8 De acuerdo a señalado en la Resolución Exenta 671 de fecha 16 de septiembre de 2016, el cierre para presentación de propuestas es el miércoles 29 de marzo de 2017, a las 18:00 hrs. A.21 Anexo 6. Agradeceremos confirmar que la experiencia técnica asociada a proyectos de subestaciones eléctricas seccionadoras o de tap-off, que no posean equipos transformadores o compensadores, aportará un número de kilómetros de línea equivalente a la capacidad de la línea seccionada o conectada ponderada por un factor de 0,1 km/mva. En caso de ser negativa su respuesta indicar de qué forma se ponderará dicha experiencia. Las Bases no consideran experiencia de subestaciones seccionadoras o de tap-off, que no posean equipos de transformación o de compensación. Sin perjuicio de lo anterior, cabe señalar que las presentes consultas y respuestas son puestas en conocimiento de la CNE. A.22 Numeral 8.3. Dado que eventualmente el atraso en el cumplimiento de cualquiera de los cuatro primeros Hitos derivará en el incumplimiento del Hito N 5 de entrada en operación del Proyecto, solicitamos que se faculte al Adjudicatario para pedir la prórroga del plazo de cumplimiento para cualquiera de los cinco Hitos, esto es, incluyéndose en el Hito Relevante N 5. El participante debe remitirse a lo establecido en las Bases de Licitación. Sin perjuicio de lo anterior, cabe señalar que las presentes consultas y respuestas son puestas en conocimiento de la CNE. A.23 Numeral 8.3. Las Bases contemplan la posibilidad de pedir la prórroga de los plazos por cualquier razón, a solicitud del Adjudicatario, por lo que no tiene sentido que ocurrido un evento de fuerza mayor, cuya causa no es imputable al Adjudicatario, éste no pueda pedir la prórroga de plazo si ya se le concedió una vez. Solicitamos se considere en todo caso una oportunidad adicional a la ya existente, para efectos que el Adjudicatario pueda pedir la prórroga de plazo ocurrido un evento de fuerza mayor. Las Bases no contemplan prórrogas de plazo por eventos de fuerza mayor, en este caso el participante debe remitirse a lo establecido en las Bases de Licitación. Sin perjuicio de lo anterior, cabe señalar que las presentes consultas y respuestas son puestas en conocimiento de la CNE. A.24 Numeral 8.3. Dadas las condiciones propias de todo evento de fuerza mayor relativas a la irresistibilidad e imprevisibilidad, no parece razonable que el Adjudicatario no pueda pedir la prórroga del plazo en caso que ocurriese un evento de fuerza mayor durante los 30 días anteriores al vencimiento del plazo señalado para cada Hito. Por tanto, solicitamos se incorpore un párrafo que autorice al Adjudicatario a solicitar la prórroga de plazo cuando ocurra un evento de fuerza mayor, aun durante el transcurso de los 30 días anteriores al Hito.

9 Pág. 9 Las Bases no contemplan prórrogas de plazo del hito 5 por eventos de fuerza mayor, en este caso el participante debe remitirse a lo establecido en las Bases de Licitación. Sin perjuicio de lo anterior, cabe señalar que las presentes consultas y respuestas son puestas en conocimiento de la CNE. A.25 Numeral 8.3. La facultad que se le otorga al Adjudicatario de proponer fundadamente la modificación de la fecha comprometida para los cuatro primeros Hitos y su posterior autorización por la Entidad Licitante o Coordinador, no tiene efecto alguno si el Ministerio puede cobrar igualmente las boletas de garantía, como se señala en las Bases. En virtud de lo anterior, se solicita que el Ministerio sólo pueda cobrar las boletas una vez resuelto el rechazo de la solicitud de prórroga de plazo. Cabe aclarar que la frase El Ministerio podrá endosar a la Superintendencia el cobro de la Boleta correspondiente, independientemente si la eventual ampliación de plazo que se hubiere solicitado fuese aprobada, contenida en el último párrafo del numeral de las Bases de Licitación, se refiere al cobro de la boleta de garantía entregada originalmente, en caso de haber sido otorgada la prórroga de plazo y no haber cumplido con la entrega de la nueva boleta y la correspondiente promesa de cumplimiento de plazos en los términos establecidos en el párrafo en cuestión. Sin perjuicio de lo anterior, su consulta será remitida a la CNE para su consideración. A.26 Numeral El incumplimiento de uno de los cuatro primeros Hitos Relevantes no debería acarrear el cobro de las otras boletas de garantías, ni menos el cobro de la garantía asociada a la entrada en operación, por cuanto es muy probable que se retrase el Proyecto completo. En virtud de lo anteriormente expuesto, se solicita se modifiquen las Bases, y se señale que en caso que se realice el cobro de las boletas de garantía por incumplimiento de hitos intermedios no deberán cobrarse las demás boletas por atraso. El participante debe remitirse a lo establecido en las Bases de Licitación. Sin perjuicio de lo anterior, cabe señalar que las presentes consultas y respuestas son puestas en conocimiento de la CNE. A.27 Numeral Se solicita se disponga en las Bases que si el Hito N 5 llegase a cumplirse, deberán devolverse los montos de las boletas de garantía asociadas al cumplimiento de los Hitos anteriores, o en subsidio, se establezca al menos el derecho para el Adjudicatario a solicitar la devolución de los mismos. Lo anterior, dado que la principal razón para que se suscriban estas boletas radica en darle seguridad al mandante del cumplimiento del proyecto oportunamente. Así, constituye una práctica común de la industria el que habiendo el contratista cumplido con la fecha de operación de la obra mandatada, el contrato respectivo establezca que el mandante no cobrará las boletas de los hitos intermedios, o al menos que el contratista tendrá el derecho a solicitar lo anterior. Lo dispuesto en el número 6 del anexo de la carta CNE N 791/2016 de fecha 19 de diciembre de 2016, donde se ratifica el criterio empleado por el CDEC-SIC respecto a que no se devolverán los montos correspondientes a boletas de garantías cobradas por los hitos intermedios, es contraria al principio de equivalencia de las prestaciones imperante en nuestro ordenamiento jurídico, y hace extremadamente gravoso para el Adjudicatario el

10 Pág. 10 cumplimiento del proyecto, habiendo éste cumplido con la fecha de entrada en operación señalada en el Decreto. Su solicitud será puesta en conocimiento de la CNE para su consideración, sin perjuicio de lo anterior, cabe destacar que la CNE ya se ha referido en este sentido a la imposibilidad de devolver los montos correspondientes a boletas de garantía cobradas por los Hitos Relevantes N 1 a N 4 del Proyecto. A.28 Numeral El cobro de las boletas de garantía no debería ser automático, sino enmarcarse en un procedimiento administrativo sancionatorio, en los términos de la legislación que regula dicho procedimiento, para efectos que dicha cobranza se enmarque en un proceso regulado, en el que el Adjudicatario exponga las razones que lo llevaron al incumplimiento, y el Ministerio pueda analizar las circunstancias para cada caso, y definir, al igual que como ocurre con la aplicación de otras sanciones, si procede el cobro. Se debe atener a lo establecido en las Bases de Licitación sobre esta materia. Sin perjuicio de lo anterior, su observación será puesta en conocimiento de la CNE para su consideración. A.29 Numeral En las Bases se está estableciendo una doble sanción para el Adjudicatario que no cumple con la fecha de entrada en operación, por cuanto debe pagar no sólo la Boleta de Garantía, sino que además, la multa. Ambas son sanciones pecuniarias que benefician al fisco, y que recaen sobre el mismo hecho y mismo sancionado, por lo que no deberían ser aplicadas simultáneamente. En virtud de lo anterior, se sugiere modificar las Bases en el sentido de que el monto percibido por el Ministerio como resultado del cobro de la Boleta de Garantía del Hito Relevante asociado a la entrada en operación del Proyecto, será imputable a la multa que deba pagar el Adjudicatario por el respectivo atraso que su incumplimiento conlleve. Así, si el monto de la boleta de garantía de cumplimiento del Hito N 5 fuese mayor al monto de la multa que corresponda a la suma por días de atraso, la diferencia debería devolverse al Adjudicatario. Se debe atener a lo establecido en las Bases de Licitación sobre esta materia. Sin perjuicio de lo anterior su observación será puesta en conocimiento de la CNE para su consideración. A.30 Numeral 11. Nos referimos a lo indicado en el numeral del decreto exento 373/2016: será responsabilidad de los propietarios de las diferentes instalaciones de generación y/o transporte, efectuar las adecuaciones que se requieran en sus propias instalaciones, producto de las obras nuevas descritas en el número 1 y 2 del presente artículo y que no se encuentren incorporadas en los alcances propios de cada obra nueva. Frente a la consulta N 11 de la Carta N 791/2016: Respecto de lo señalado al final del primer párrafo del numeral 3.9 de la Circular Aclaratoria N 1, en relación a que: el propietario de las instalaciones deberá realizar las ampliaciones de capacidad que correspondan, se solicita especificar cómo se remunerarán estas ampliaciones o adecuaciones normativas, ya sea vía obra de ampliación u otra, la

11 Pág. 11 CNE responde lo siguiente: El cumplimiento de las NTSyCS, tanto como de la legislación vigente es de responsabilidad del adjudicatario, así como también los costos que ello implique. Se solicita confirmar que los propietarios de instalaciones de transmisión existentes, serán responsables de efectuar las ampliaciones, adecuaciones, modificaciones y refuerzos que sean necesarios para la conexión de la obra nueva, y que los costos asociados son de cargo del adjudicatario de la obra nueva. Si lo anterior se confirma, estos costos tienen que ser conocidos por el adjudicatario antes de presentar su oferta. Por lo tanto solicitamos indicar cómo estos costos estarán disponibles para el proponente (previo a la oferta) y quién los determinará (propietario o proponente). Se aclara que es de responsabilidad y costo de los propietarios de las instalaciones existentes efectuar las adecuaciones que se requieran en ellas, producto de las obras nuevas, y que no se encuentren incorporadas en el alcance de la Obras Nueva. Por otra parte, el cumplimiento de la NTSyCS, tanto como de la legislación vigente para el Proyecto en todo momento, es de responsabilidad del adjudicatario, así como también los costos que ello implique. Sin perjuicio de lo anterior, su consulta será puesta en conocimiento de la CNE para su consideración. A.31 Numeral En la Resolución Exenta de la CNE N 671 de fecha 16 de Septiembre de 2016, que modificó el numeral de las Bases, se señala que "los aisladores de los equipos deberán ser de porcelana". Favor aclarar si esto es aplicable en aquellas instalaciones donde existan equipos que en la actualidad tienen aisladores o accesorios con aislamiento polimérico. Por nuestra experiencia, bujes de 500 kv con aislamiento cerámico no son comúnmente utilizados en equipos GIS o Autotransformadores, debido a que su desempeño sísmico es bajo la luz de las exigencias de las normas de Chile. El participante debe remitirse a lo establecido en las Bases de Licitación. Sin perjuicio de lo anterior, su consulta será remitida a la CNE para su consideración. A.32 Numeral En caso que el Proponente ya haya constituido con anterioridad la SAGET con todos los requisitos legales, pero no haya pactado la solidaridad con dicha SAGET, las Bases indican que la boleta de garantía debe ser presentada dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la publicación en el Diario Oficial del Decreto que fija los derechos de explotación y ejecución del Proyecto. Para entender bien, dicha boleta en este caso específico entonces no debe ser acompañada en la Oferta Administrativa? En otras palabras, no debiese acompañarse la boleta en la Oferta Administrativa, pero sólo haciendo mención a garantiza la constitución de la solidaridad entre el Proponente y la SAGET en caso de resultar adjudicatario el primero? Se solicitará a la CNE una modificación de las Bases en relación a aclarar que, en el caso en que el Proponente ya haya constituido con anterioridad la SAGET con todos los requisitos legales, pero no haya pactado la solidaridad con dicha SAGET, la boleta de garantía solicitada en el numeral debe ser incluida en la Oferta Administrativa haciendo mención a garantizar la constitución de la solidaridad entre el proponente y la SAGET en caso de resultar adjudicatario el primero.

12 Pág. 12 A.33 Numeral Para aquellos patrimonios totales netos establecidos en moneda extranjera (no dólar), hay algún tipo de cambio dólar especial que haya que usar para la conversión? Ver respuesta A.13. A.34 Del numeral 8.4.1, página 42 La tabla agregada al final, como nuevo párrafo (modificación introducida por Resolución Exenta N 671 de fecha 16 de septiembre de 2016), que fue modificada por la Resolución Exenta N 888, de fecha 19 de diciembre de 2016, Proyecto Subestación Seccionadora Nueva Pozo Almonte 220 KV; Nueva Línea 2X220 KV entre S/E Nueva Pozo Almonte Pozo Almonte, tendido del primer circuito; Nueva Línea 2X220 KV entre S/E Nueva Pozo Almonte Cóndores, tendido del primer circuito; y Nueva Línea 2X220 KV entre S/E Nueva Pozo Almonte Parinacota, tendido del primer circuito. Se consulta, donde se debe agregar el monto de la inversión de los paños de línea de las subestaciones Cóndores, Parinacota y Pozo Almonte, al item 1 de la Etapa 1 o al item 1, 2 y 3 de la Etapa 2, respectivamente? Los paños de las líneas mencionadas forman parte de los ítems asociados a las nuevas líneas, es decir, los ítems 1, 2 y 3 de la Etapa 2. A.35 Del numeral 8.4.1, página 42 La tabla agregada al final, como nuevo párrafo (modificación introducida por Resolución Exenta N 671 de fecha 16 de septiembre de 2016), que fue modificada por la Resolución Exenta N 888, de fecha 19 de diciembre de 2016, Proyecto Subestación Seccionadora Nueva Pozo Almonte 220 KV; Nueva Línea 2X220 KV entre S/E Nueva Pozo Almonte Pozo Almonte, tendido del primer circuito; Nueva Línea 2X220 KV entre S/E Nueva Pozo Almonte Cóndores, tendido del primer circuito; y Nueva Línea 2X220 KV entre S/E Nueva Pozo Almonte Parinacota, tendido del primer circuito. Se consulta, donde se debe agregar el monto de la inversión de los paños de las conexiones en la Subestación Seccionadora Nueva Pozo Almonte, de las líneas Nueva Pozo Almonte - Cóndores, Nueva Pozo Almonte - Parinacota y nueva Pozo Almonte - Pozo Almonte, al item 1 de la Etapa 1 o al item 1, 2 y 3 de la Etapa 2, respectivamente? Los paños de las líneas mencionadas forman parte de los ítems asociados a las nuevas líneas, es decir, los ítems 1, 2 y 3 de la Etapa 2. A.36 Del numeral 8.2.6, página 27 Respecto de exigencias contenidas en el literal i., ii. y v. de la letra a., considerando los costos de reproducir y autorizar nuestros estatutos (constitución y modificaciones) que constan en archivo físico de aproximadamente 480 páginas, solicitamos autorizar alternativamente el envío de (i) copia autorizada de la escritura de constitución de la persona jurídica de que se trata; (ii) copia autorizada de las

13 Pág. 13 escrituras públicas de modificaciones sociales efectuadas en los últimos 10 años; (iii) copia de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad con anotaciones marginales y vigencia. El participante debe remitirse a lo establecido en las Bases de Licitación. Sin perjuicio de lo anterior, cabe señalar que las presentes consultas y respuestas son puestas en conocimiento de la CNE. A.37 Del numeral página 33 Se exige como parte del Hito Relevante N 1, presentar copia de admisibilidad de la solicitud de concesión definitiva presentada ante la SEC según lo descrito en las bases. Lo anterior se replica en Anexo 7 Documento 13 "Cronograma del Proyecto" que contiene el recuadro "Tramitación Decreto Concesión". Dado que la concesión eléctrica es un procedimiento para la obtención de servidumbres eléctricas que podrían constituirse mediante vías alternativas, quisiéramos confirmar si su tramitación es un requisito esencial para participar como proponente en la licitación. Ver respuesta A.16. A.38 Del numeral página 29 En caso que el Proponente ya haya constituido con anterioridad la SAGET con todos los requisitos legales, pero no haya pactado la solidaridad con dicha SAGET, las Bases indican que la boleta de garantía debe ser presentada dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la publicación en el Diario Oficial del Decreto que fija los derechos de explotación y ejecución del Proyecto. Para entender bien, dicha boleta en este caso específico entonces no debe ser acompañada en la Oferta Administrativa? En otras palabras, no debiese acompañarse la boleta en la Oferta Administrativa, pero sólo haciendo mención a garantiza la constitución de la solidaridad entre el Proponente y la SAGET en caso de resultar adjudicatario el primero? Ver respuesta A.32. A.39 Del numeral página 36 Se solicitar confirmar que habrán dos Hitos Relevantes N 5 para cada etapa del proyecto, cada uno garantizado con sus respectivas boletas de garantía, que se cobrarán individualmente en caso de no puesta en servicio en las fechas comprometidas para cada etapa y que dichas boletas no se devolverán sino hasta el cumplimiento oportuno de la etapa 2 del proyecto De acuerdo a lo establecido en el numeral 12.1 de las Bases de Licitación, para el caso del proyecto Subestación Seccionadora Nueva Pozo Almonte; Nueva Línea 2x220 kv entre S/E Nueva Pozo Almonte Pozo Almonte, tendido del primer circuito; Nueva Línea 2x220 kv entre S/E Nueva Pozo Almonte Cóndores, tendido del primer circuito; y Nueva Línea 2x220 kv entre S/E Nueva Pozo Almonte

14 Pág. 14 Parinacota, tendido del primer circuito, se confirma que el Adjudicatario deberá entregar una boleta de garantía para el cumplimiento de cada Hito Relevante N 5 asociado a cada una de las etapas del Proyecto. El eventual cobro de cada boleta de garantía se realizaría individualmente conforme las condiciones establecidas en las Bases de Licitación para cada una de ellas, y cada una de ellas se devolverá una vez cumplidos los requerimientos establecidos en cada caso. A.40 Del numeral página 48 Para aquellos patrimonios totales netos establecidos en moneda extranjera (no dólar), hay algún tipo de cambio dólar especial que haya que usar para la conversión? Ver respuesta A.13. A.41 Del numeral y páginas 25 y 28 Para el caso de un Consorcio, favor confirmar que la Boleta de Garantía puede ser tomada por uno cualquiera de los integrantes en representación del Consorcio por cuenta de este último. Las boletas de garantía requeridas de acuerdo a las Bases de Licitación, en particular aquellas a las que se refieren los numerales Documento 5: Boleta de Garantía de Seriedad de la Propuesta y Documento 8: Boleta de Garantía de Constitución de Sociedad Anónima Abierta de Giro Exclusivo de Transmisión, de las Bases de Licitación, podrán ser tomadas por uno cualquiera de los integrantes del Consorcio, por el Consorcio, expresando, por ejemplo: Tomador: NNN (empresa integrante del consorcio), por el Consorcio WWW (nombre del consorcio), de manera que se permita ligar la respectiva boleta bancaria de garantía con el Consorcio Proponente. Al respecto, se solicitará una modificación de bases a la CNE: A.42 Del numeral letra a) i página 27 Respecto de los requisitos indicados en el número a.i, de las bases, por favor confirmar sí, en caso de que obren en poder de la autoridad las copias autorizadas de la escritura pública de constitución de la persona jurídica de que se trata y todas sus modificaciones, bastará con acompañar una fotocopia legalizada ante Notario de las mismas. Lo anterior, teniendo en especial consideración que se trata de un proponente que ha participado en diversos procesos de licitación de la misma naturaleza, habiendo presentado copias autorizadas en todas dichas oportunidades, no constando en su poder más ejemplares de las mismas. Se solicita aplicar el principio de economía procedimiental, consagrado en el artículo 9 de la ley que establece las bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Organos de la Administración del Estado, conforme al cual la Administración debe responder a la máxima economía de los medios con eficacia, evitando trámites dilatorios y, en especial, lo dispuesto en el artículo 17 letra c) del mismo cuerpo legal, de conformidad al cual las personas, en sus

15 Pág. 15 relaciones con la administración, tienen derecho a eximirse de presentar documentos que ya se encuentran en poder de la administración. El Proponente debe cumplir los requisitos establecidos en las bases, en los términos y formalidades definidos en ellas. A.43 Del numeral página 29 En la situación que el Proponente oferte proyectos en el sistema SIC y en el SING, por favor aclarar si deben ser presentadas dos "Boletas de Garantía de Constitución de Sociedad Anónima Abierta de Giro Exclusivo Transmision" una boleta para el SIC y otra boleta para SING, cada una por $2 millones de USD. En el caso que el Proponente oferte proyectos en el sistema SIC y en el SING, se requerirá una única Boleta de Garantía de Constitución de Sociedad Anónima Abierta de Giro Exclusivo Transmisión, por un monto de dos millones de dólares de los Estados Unidos de América. A.44 Del numeral letra a) página 31 En la letra a) se indica que debe ser presentado un Certificado de Clasificación de Riesgo. Por favor aclarar el tipo de certificado (ej: bonos, solvencia). El certificado solicitado es un certificado de clasificación de riesgo por solvencia. A.45 Del numeral letra b) y páginas 31 y 49 "En las bases se indica que el Patrimonio Total Neto deberá ser expresado en millones de dólares de Estados Unidos de America y que se deberá utilizar como tipo de cambio el promedio del precio del dólar observado a junio Por favor especificar el valor del tipo de cambio que deberá ser utilizado." En conformidad con las Bases de Licitación, el valor del tipo de cambio que deberá ser utilizado corresponde al promedio del precio del dólar observado de Junio de 2016, lo cual equivale a 681,07 pesos chilenos por Dólar de los E.E.U.U. de América. A.46 Del numeral página 31 Respecto del requisito de acompañar los estados financieros consolidados más actuales disponibles del oferente, confirmar que si la presentación de las ofertas se hace dentro de los primeros cuatro meses del año 2017, se podrán acompañar los estados financieros consolidados correspondientes al año Lo anterior en atención a que los correspondientes al año 2016 aún no estarían disponibles a esa fecha.

16 Pág. 16 Su consulta será puesta en conocimiento de la CNE para su consideración. A.47 Del numeral página 31 Por favor confirmar si, en caso de un Consorcio, se podrá acreditar la experiencia técnica de una sociedad en la cual cada integrante del consorcio participa en un 50% de su propiedad. Es decir, los miembros del Consorcio, en su conjunto, son dueños del 100% de la citada sociedad. No es posible. Ver respuesta A.16 de la Circular Aclaratoria N 2 emitida por el CDEC SIC. Cabe destacar que la CNE ratificó la respuesta mediante su carta N 791 del 19 de diciembre de A.48 Del numeral 9.2 página 45 En la situación que el Proponente oferte proyectos en el sistema SIC y en el SING, por favor aclarar si se presenta una única oferta administrativa para todos los proyectos ofertados o bien, se deberá presentar ofertas administrativas separadas, es decir una para sistema SIC y otra para sistema SING. Se requerirá de una sola Oferta Administrativa, independiente del sistema al cual pertenezcan los proyectos (SIC y/o SING). Para efectos de lo establecido en el numeral 9.2 Protocolo de Entrega de Propuestas, las propuestas deberán ser entregadas en una única dirección: Teatinos 280, piso 6, Santiago de Chile. Cabe señalar que se debe presentar una boleta de garantía de seriedad de la propuesta por cada proyecto al que presente una Oferta Técnica. A.49 Del numeral página 49 En la letra b) se establece un Patrimonio Mínimo Requerido por Proyecto. Por favor aclarar si el proponente oferta por más de un proyecto y si estos son uno del SIC y el otro del SING, el Patrimonio Total Mínimo deberá ser la suma de los valores de Patrimonio Mínimo Requerido del proyecto del SING y del proyecto del SIC? Se confirma que si el proponente oferta por más de un proyecto, independiente que sea uno del SING y otro del SIC, el Patrimonio Total Mínimo deberá ser la suma de los valores de Patrimonio Mínimo Requerido para cada Proyecto, establecidos en el literal b) del numeral A.50 Anexo 8 página 76 En caso que el Proponente sea un Consorcio, favor aclarar si la declaración por la que éste renuncia al ejercicio de cualquier acción o derecho con el fin de trabar embargo y/o medida precautoria respecto a la boleta de garantía entregada, debe ser firmada ante notario público por el representante legal del Consorcio que se haya designado y, además, opción a) por los representantes legales de cada una de las

17 Pág. 17 empresas que integran el Consorcio; u opcion b) solo el representante legal del integrante del consorcio quien tomó la boleta en representación del consorcio. De acuerdo al formato entregado en Anexo 8, el Representante del Proponente, designado en conformidad el numeral 8.2.4, romanillo v (Documento 4) es quien debe suscribir la correspondiente declaración [...] firmada ante notario, renunciando al ejercicio de cualquier acción o derecho con el fin de trabar embargo y/o medidas precautorias respecto de la correspondiente boleta de garantía entregada.. A.51 Del numeral 13.8 página 64 Respecto de lo señalado en el segundo párrafo del numeral 13.8, se solicita especificar una norma o guía sobre las cuales basar los criterios de diseño. : Las instalaciones deben cumplir con lo señalado en la edición vigente de la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio. En la letra a) del Artículo 3 3 de esta Norma se establece que para asegurar la calidad asísmica de las instalaciones, incluyendo los equipos, en el diseño se deben aplicar las normas chilenas, y donde no existe norma chilena se deberá usar la especificación técnica ETG 1020 de ENDESA o la IEEE Std en la condición "High Seismic Level" con "Projected performance" de factor 2,0 para los materiales frágiles como la porcelana y/o las aleaciones de aluminio. El diseño de las estructuras de soporte y fundaciones de equipos eléctricos debe cumplir con los criterios de diseño que se señalan en la publicación del Cigré Chile Lecciones y recomendaciones para el sector eléctrico derivadas del terremoto del 27 de Febrero de 2010 en Chile. Para cumplir con la responsabilidad del Adjudicatario de incluir en sus criterios de diseño las especificaciones sísmicas que la experiencia aconseja, este deberá: a) Contar al menos con un profesional con amplia experiencia en Chile, en el diseño sísmico de obras civiles para subestaciones. b) Contar con un profesional especialista en la calificación sísmica de equipos de subestaciones, con amplia experiencia en esta actividad, responsable de emitir para cada equipo, un informe donde certifique que éste califica para ser instalado en Chile y donde se justifique la necesidad de realizar o no pruebas en mesa vibratoria. c) Dar cumplimiento a las recomendaciones, tanto para el diseño como para la construcción, señaladas en el documento Lecciones y recomendaciones para el sector eléctrico derivadas del terremoto del 27 de febrero de 2010 en Chile elaborado por el Cigré Chile. Se hace hincapié en que el diseño sísmico de las fundaciones para equipos, deberá cumplir con la restricción de área comprimida 80%. d) Para las obras civiles que no correspondan a estructuras de soporte ni a fundaciones para equipos, el adjudicatario deberá cumplir con las normas chilenas NCH 433 Diseño Sísmico de Edificios, y NCH 2369 Diseño Sísmico de Instalaciones industriales.

18 Pág. 18 A.52 Del numeral página 35 Respecto de lo señalado en el romanillo iv, y dado que los costos de los ensayos indicados serán de cuenta y cargo del Adjudicatario, se solicita especificar desde ya "Los tipos y cantidad de ensayos, sus normas y laboratorios a considerar, así como la cantidad y equipos a ensayar.." de manera que puedan quedar internalizados en el precio de la Oferta. : El Hito Relevante N 4 se refiere a los ensayos y/o pruebas de los equipos primarios y mayores de subestaciones, y de los equipos de control y protecciones. Los equipos deben contar con todas las pruebas tipo, de rutina, especiales y/u otras que se establezcan en las normas bajo las cuales han sido diseñados y fabricados, y/o que sean requeridas ya sea por las condiciones propias del punto de implantación o por requerimientos del Adjudicatario. Para establecer el cumplimiento de este Hito se verificará entre otros aspectos: la realización y/o aprobación fundada por parte del Adjudicatario de las pruebas tipo; la realización y aprobación por parte del Adjudicatario de las pruebas de rutina y especiales; la validación por parte del Adjudicatario, a través de un especialista sísmico con amplia experiencia en equipos de subestaciones, de la calificación sísmica de los equipos o en su defecto, la realización de la verificación y calificación sísmica de éstos, conforme a las normas aceptadas en la NTSyCS. La documentación que sea proporcionada por al Adjudicatario al Auditor Técnico, para el cumplimiento del Hito, con las aprobaciones ya sea de las pruebas antes señaladas o de la calificación sísmica de los equipos, debe estar debidamente firmada por el o los especialistas que el Adjudicatario haya designado en cada caso. Los especialistas deberán contar con amplia experiencia en el tipo de pruebas y/o análisis que está aprobando. Las pruebas se deben realizar en laboratorios acreditados bajo las normas señaladas en la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio (Por ejemplo IEC, IEEE), por organismos reconocidos internacionalmente, para probar y certificar equipamiento para la transmisión de energía eléctrica. Previo a la aceptación o realización de pruebas en estos laboratorios, el Adjudicatario deberá proporcionar al Auditor Técnico, todos los antecedentes que certifiquen el cumplimiento de las condiciones señaladas y su vigencia.

19 Pág. 19 B. PROYECTO: NUEVO BANCO DE AUTOTRANSFORMADORES 1X750 MVA 500/220 KV EN S/E NUEVA CARDONES, S/E NUEVA MAITENCILLO Y S/E NUEVA PAN DE AZÚCAR B.1 Se solicita indicar la fecha estimada en que concluye la construcción y entre en operación de las nuevas obras que se realizan actualmente en las S/E Nueva Maitencillo, Nueva Cardones y Nueva Pan de Azúcar. Asimismo, se solicita confirmar que en caso de retrasos en tales obras será posible posponer los plazos contemplados en las presentes bases para los hitos y la puesta en operación del proyecto. De acuerdo a lo indicado en el decreto Nº 109 de 2012, que fija los derechos de explotación y ejecución de los proyectos Nueva Línea Cardones-Maitencillo 2x500 kv, Nueva Línea Maitencillo-Pan de Azúcar 2x500 kv y Nueva Línea Pan de Azúcar-Polpaico 2x500 kv, que incluyen la construcción de la subestaciones Nueva Cardones, Nueva Maitencillo y Nueva Pan de Azúcar, ellos deberán ser construidos y entrar en operación, a más tardar, el 02 de diciembre de 2017, 26 de diciembre de 2017 y 16 de enero de 2018, respectivamente. Por su parte, el decreto Nº 13T de 2014, que fija los derechos de explotación y ejecución de los proyectos Banco de Autotransformadores S/E Nueva Cardones, 500/220 kv, 750 MVA ; Banco de Autotransformadores S/E Nueva Maitencillo, 500/220 kv, 750 MVA ; y Banco de Autotransformadores S/E Nueva Pan de Azúcar, 500/220 kv, 750 MVA, establece que ellos deberán ser construidos y entrar en operación, a más tardar, el 30 de enero de El decreto Nº 373 de 2016 y las correspondientes Bases de Licitación no establecen la posibilidad de posponer el plazo para el cumplimiento para el Hito Relevante N 5. Para el caso de los hitos intermedios, situaciones de este tipo deberán analizarse en su oportunidad. B.2 Solicitamos nos confirmen si para la oferta del banco de autotransformadores en la subestación Nueva Maitencillo, Nueva Cardones y Nueva Pan de Azúcar se debe presentar una oferta técnica para las tres subestaciones o una oferta técnica por subestación. En el numeral se establece que los bancos de autotransformadores en la subestación Nueva Maitencillo, Nueva Cardones y Nueva Pan de Azúcar constituyen un solo proyecto. Adicionalmente, en el numeral 8.3 De la Oferta Técnica de las bases, se indica que Por cada Proyecto para el cual un Proponente presente un propuesta, deberá presentar una Oferta Técnica de manera independiente. De acuerdo a lo anterior, se debe presentar una Oferta Técnica que considere las obras en las tres subestaciones: Nueva Cardones, Nueva Maitencillo y Nueva Pan de Azúcar. B.3 Según circular aclaratoria #2 numeral E.2, se solicita confirmar si los nuevos bancos de autotransformadores van compartir servicios auxiliares como los autotransformadores existentes. En caso de ser negativa la respuesta se debe incluir paño de 34,5 kv y transformador zig-zag, por favor indicar su potencia.

20 Pág. 20 La información enviada por Interchile S.A. respecto de la capacidad de SSAA disponible está publicada en el archivo Antecedentes Técnicos No3 Interhcile en los siguientes enlaces web: En caso de existir capacidad disponible suficiente para su Proyecto en los servicios auxiliares existentes, el Adjudicatario podrá coordinarse con el respectivo propietario para hacer uso de ella. Alternativamente, podrá construir sus propios servicios auxiliares. B.4 En los antecedentes técnicos #1 enviaron la placa características de los bancos de autotransformadores en los cuales se indica un BIL en el terciario de 200 kv y en la circular aclaratoria # 2 en la pregunta E.2 indican un BIL en el terciario de 350 kv. Solicitamos nos confirmen cuál es el BIL en el terciario con el que se debe estructurar la oferta, teniendo en cuenta que los nuevos bancos de autotransformadores deben ser de características similares a los existentes. Se confirma que los bancos de autotransformadores deberán contar con terciario, con una capacidad de al menos un 33% de la potencia equivalente, es decir, al menos 35/43/51 MVA, y un BIL mínimo de 170 kv. Se aclara que el BIL de 200 kv fue la elección particular del respectivo propietario. En la aclaración E.2 de la Circular Aclaratoria No2 emitida por el CDEC SIC, donde dice: Los equipos de transformación, deberán contar con terciario, con una capacidad de al menos un 33% de la potencia equivalente, es decir, al menos 35/43/51 MVA, y un BIL mínimo de 350 kv Debe decir: Los equipos de transformación, deberán contar con terciario, con una capacidad de al menos un 33% de la potencia equivalente, es decir, al menos 35/43/51 MVA, y un BIL mínimo de 170 kv B.5 Solicitamos nos confirmen si se deben instalar PMU, cuántos como mínimo y si el CDEC indicará los sitios de instalación. En relación con el equipamiento asociados a las PMU que deben instalar los Coordinados y su ubicación, estos se definen anualmente en el Estudio de Implementación de Módulo de Medición Fasorial, de acuerdo a lo requerido en el Artículo 63 del Anexo Técnico Sistema de Monitoreo (se publica el 31 de julio de cada año). El último estudio de julio de 2016 asociado al SIC, donde aparecen los puntos de medición y los concentradores de datos fasoriales, está publicado en el siguiente enlace:

21 Pág Si bien por el momento no se está solicitando equipamiento para este proyecto, esto no quiere decir que en un futuro cercano, o que en el próximo estudio aparezcan puntos de medición o de concentración de datos asociados a sus instalaciones. En todo caso, será responsabilidad y costo del Adjudicatario realizar las adecuaciones que sean necesarias para que su proyecto dé cumplimiento a la normativa aplicable.

22 Pág. 22 C. PROYECTO: NUEVA LÍNEA NUEVA MAITENCILLO PUNTA COLORADA NUEVA PAN DE AZÚCAR 2X220 KV, 2X500 MVA C.1 En la circular Nº2 APARTADO E. ACLARACIONES A LAS BASES DE LICITACIÓN hay múltiples referencias a equipos de compensación. Por favor, solicitamos confirmar que todos estos equipos de compensación no son responsabilidad del proponente y no deben estar incluidos en su oferta técnico-económica, tal y como se indicó en la Circular Aclaratoria nº 1. El alcance del proyecto no incluye equipos de compensación. Sin embargo, el adjudicatario del proyecto deberá realizar todos los estudios necesarios para verificar que su proyecto cumple con los requisitos establecidos en las bases de licitación y su proceso, incluyendo la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio, y la demás normativa aplicable a dicho proyecto. C.2 En relación a esta consulta, confirmar que no hay ningún requisito normativo ni en las bases de licitación que limite algún parámetro de regulación en el cálculo de las líneas. Es responsabilidad del Proponente conocer y aplicar la normativa que corresponda al diseño de su Proyecto, del tal forma que éste de cumplimiento a los requerimientos exigidos en el proceso de licitación y la normativa aplicable. C.3 Se solicita que se haga entrega de un formato tipo para la presentación de la oferta técnica. Es responsabilidad del proponente preparar su Oferta Técnica de acuerdo a los requisitos establecidos en las Bases de Licitación, en particular, en el numeral 8.3 y el anexo 7 de las mismas Bases. C.4 Solicitamos aclaración por parte del Coordinador que las futuras tramitaciones que el adjudicatario de la Licitación tenga que realizar con otros propietarios de líneas y subestaciones, estarán respaldadas por el citado organismo, para poder cumplir los hitos establecidos en las bases de licitación. En el caso de que de dichas tramitaciones se derivase algún tipo de retraso o impacto en el diseño presentado por el Licitante adjudicatario por causas no imputables a éste, agradecemos confirmar que esta situación dará lugar a una revisión de los plazos. Es responsabilidad del Adjudicatario del Proyecto mantener una adecuada coordinación con el Propietario de las instalaciones existentes, de tal forma de materializar el Proyecto adjudicado en los

Guía de Aplicación: Administración de Contratos de Auditorías Técnicas de Obras Nuevas del Sistema Troncal. Dirección de Peajes CDEC SIC

Guía de Aplicación: Administración de Contratos de Auditorías Técnicas de Obras Nuevas del Sistema Troncal. Dirección de Peajes CDEC SIC Guía de Aplicación: Administración de Contratos de Auditorías Técnicas de Obras Nuevas del Sistema Troncal Dirección de Peajes CDEC SIC Autor Unidad de Desarrollo de Transmisión Fecha Marzo-2016 Identificador

Más detalles

Dirección de Peajes CDEC SIC

Dirección de Peajes CDEC SIC Guía de Aplicación: Ejecución de Procesos de Licitación de Obras Nuevas del Sistema Troncal Dirección de Peajes CDEC SIC Autor Unidad de Desarrollo de Transmisión Fecha Marzo-2016 Identificador GdA-DP-26

Más detalles

ANEXO III ORGANIZACIONES ADJUDICATARIAS CAPÍTULO I SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS DE EJECUCIÓN

ANEXO III ORGANIZACIONES ADJUDICATARIAS CAPÍTULO I SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS DE EJECUCIÓN 45 ANEXO III ORGANIZACIONES ADJUDICATARIAS CAPÍTULO I SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS DE EJECUCIÓN A.- La organización adjudicataria, luego de la notificación de adjudicación correspondiente debe presentarse

Más detalles

CIRCULAR ACLARATORIA N 3 - Complemento LICITACIÓN DE LAS OBRAS NUEVAS CONTEMPLADAS EN EL DECRETO EXENTO N 373 DE 2016 DEL MINISTERIO DE ENERGÍA

CIRCULAR ACLARATORIA N 3 - Complemento LICITACIÓN DE LAS OBRAS NUEVAS CONTEMPLADAS EN EL DECRETO EXENTO N 373 DE 2016 DEL MINISTERIO DE ENERGÍA CIRCULAR ACLARATORIA N 3 - Complemento LICITACIÓN DE LAS OBRAS NUEVAS CONTEMPLADAS EN EL DECRETO EXENTO N 373 DE 2016 DEL MINISTERIO DE ENERGÍA 20 de febrero de 2017 Pág. 2 Contenido A. BASES DE LICITACIÓN...

Más detalles

CIRCULAR ACLARATORIA N 2 CONSULTAS DE LICITACIÓN

CIRCULAR ACLARATORIA N 2 CONSULTAS DE LICITACIÓN CIRCULAR ACLARATORIA N 2 CONSULTAS DE LICITACIÓN CONCESIONES ONEROSAS DE INMUEBLES FISCALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE ENERGÍA RENOVABLES NO CONVENCIONALES (ERNC), EN LA REGIÓN DE ATACAMA 1 Tanto

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS PARA SU NEGOCIACIÓN Y COTIZACIÓN EN LA BOLSA BOLIVIANA DE VALORES S.A.

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS PARA SU NEGOCIACIÓN Y COTIZACIÓN EN LA BOLSA BOLIVIANA DE VALORES S.A. P á g i n a 1 PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS PARA SU NEGOCIACIÓN Y COTIZACIÓN EN LA Por medio del presente documento se establece el procedimiento a seguir por la Bolsa Boliviana

Más detalles

ANEXO I-A FORMULARIOS CONTENIDO DE LA OFERTA TÉCNICA

ANEXO I-A FORMULARIOS CONTENIDO DE LA OFERTA TÉCNICA ANEXO I-A FORMULARIOS CONTENIDO DE LA OFERTA TÉCNICA Formulario Nº 1 Identificación En este formulario el Proponente deberá presentar todos los datos y antecedentes que se solicitan, de la empresa que

Más detalles

Guía de Aplicación: Habilitación de las Instalaciones de los Coordinados para participar en la Prestación de los SSCC. Dirección de Operación CDEC SIC

Guía de Aplicación: Habilitación de las Instalaciones de los Coordinados para participar en la Prestación de los SSCC. Dirección de Operación CDEC SIC Guía de Aplicación: Habilitación de las Instalaciones de los Coordinados para participar en la Prestación de los SSCC Dirección de Operación CDEC SIC Autor Dirección de Operación Fecha Marzo-2016 Identificador

Más detalles

Julio de 2016 Santiago de Chile

Julio de 2016 Santiago de Chile BASES DE LICITACIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN DE LOS DERECHOS DE EXPLOTACIÓN Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS NUEVAS CONTEMPLADAS EN EL DECRETO EXENTO N 373 DE 2016 DEL MINISTERIO DE ENERGÍA Julio de 2016 Santiago

Más detalles

Cuadro comparativo Resolución Normativa de Directorio No.06/2014

Cuadro comparativo Resolución Normativa de Directorio No.06/2014 Resolución Normativa de Directorio No.04/2009 Cuadro comparativo Resolución Normativa de Directorio No.06/2014 Artículo 2. (Ámbito de Aplicación). La presente Normativa será de aplicación obligatoria para

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS MP-12 Programación de Corto Plazo o Programa Diario

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS MP-12 Programación de Corto Plazo o Programa Diario MANUAL DE PROCEDIMIENTOS MP-12 Programación de Corto Plazo o Programa Diario TÍTULO I ANTECEDENTES Artículo 1 La Programación de Corto Plazo o Programa Diario es el proceso mediante el cual se definen

Más detalles

Junta de Licitaciones y contratos

Junta de Licitaciones y contratos 2.1. CRONOGRAMA El proceso de selección se llevará a cabo en las fechas, sitios y horas que se establecen a continuación: ACTIVIDAD FECHA LUGAR Publicación y consulta pliego de condiciones del 24 de Noviembre

Más detalles

Cómo se hace para? 1) Descripción del trámite paso a paso para Solicitar pago diferido de IVA (Ver página 5).

Cómo se hace para? 1) Descripción del trámite paso a paso para Solicitar pago diferido de IVA (Ver página 5). SOLICITAR PAGO DIFERIDO DE IVA Importante: esta información que entrega el Servicio de Impuestos Internos, es sólo una guía de apoyo para los contribuyentes. Es deber de todo contribuyente leer la normativa

Más detalles

SANTIAGO, 31 de mayo de 2012 RESOLUCION EXENTA Nº 368

SANTIAGO, 31 de mayo de 2012 RESOLUCION EXENTA Nº 368 COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA Miraflores 222-Piso 10, Edificio Las Américas- SANTIAGO - CHILE REF: Modifica texto de las Bases de Licitación de las Obras Nuevas aprobadas mediante Resolución Exenta N 149

Más detalles

CONTRATO GENERAL DE FONDOS ECUS ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A.

CONTRATO GENERAL DE FONDOS ECUS ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. CONTRATO GENERAL DE FONDOS ECUS ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. En Santiago, a [ ] de [ ] del año [ ], en cumplimiento de lo dispuesto en la letra A de la Sección I.2 de la Norma de Carácter General

Más detalles

NORMAS SOBRE INSCRIPCIÓN DE ENTIDADES CLASIFICADORAS DE RIESGO Y DE REGISTRO EN ACTA DE SUS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE CLASIFICACION.

NORMAS SOBRE INSCRIPCIÓN DE ENTIDADES CLASIFICADORAS DE RIESGO Y DE REGISTRO EN ACTA DE SUS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE CLASIFICACION. REF.: NORMAS SOBRE INSCRIPCIÓN DE ENTIDADES CLASIFICADORAS DE RIESGO Y DE REGISTRO EN ACTA DE SUS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE CLASIFICACION. I. INTRODUCCION: El artículo 71 de la Ley Nº 18.045 de Mercado

Más detalles

Ley , Generación Ciudadana Net Billing

Ley , Generación Ciudadana Net Billing Ley 20.571, Generación Ciudadana Net Billing La ley 20.571, vigente desde el 22 de octubre de 2014, tiene como objetivo dar derecho a los clientes de EEPA a generar su propia energía utilizando fuentes

Más detalles

Ministerio de Defensa

Ministerio de Defensa DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS UNIDAD DE CONTRATACIONES PROCEDIMIENTO EN LA MODALIDAD DE CONTRATACIÓN MENOR DE BIENES (De Bs. 1.- a Bs. 20.000.-) (CASO No.1) Objetivo Establecer los pasos

Más detalles

I. INFORMACIÓN REQUERIDA Y PROCEDIMIENTO DE ENVÍO INFORMACIÓN REQUERIDA. A. Informes y Estados financieros trimestrales y anuales. B.

I. INFORMACIÓN REQUERIDA Y PROCEDIMIENTO DE ENVÍO INFORMACIÓN REQUERIDA. A. Informes y Estados financieros trimestrales y anuales. B. REF.: INFORMACIÓN QUE LAS EMPRESAS PÚBLICAS DEBEN REMITIR EN CONFORMIDAD A LA LEY N 20.285 SOBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. DEROGA CIRCULAR N 1.936 DE 12 DE AGOSTO DE 2009. Para todas las empresas

Más detalles

OFICINA DE CONTRATACIÓN Y SUMINISTROS

OFICINA DE CONTRATACIÓN Y SUMINISTROS CONSEJO DE RECTORÍ A OFICINA DE CONTRATACIÓN Y SUMINISTROS Objetivo: PROCEDIMIENTO PARA LAS GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO Todo adjudicatario de Licitación o Compra Directa que lo requiera, deberá rendir una

Más detalles

RESUMEN EJECUTIVO SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE LÍQUIDO MDO

RESUMEN EJECUTIVO SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE LÍQUIDO MDO CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE DIVISIÓN EL TENIENTE CODELCO CHILE SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE LÍQUIDO MDO LICITACION N 16/2198 DICIEMBRE 2016 1. ANTECEDENTES GENERALES División El Teniente requiere

Más detalles

DE BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS DE VALORES Y SEGUROS. XX de XXXXX de 2016

DE BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS DE VALORES Y SEGUROS. XX de XXXXX de 2016 SUPERINTENDENCIA DE BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS Circular N XXXXX SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS NCG N XXXXXX XX de XXXXX de 2016 VISTOS: Lo dispuesto en los artículos 28, 29 y 38 de la Ley

Más detalles

Montevideo, 15 de mayo de 2008 PROCEDIMIENTO DE COMPRA: LICITACION PÚBLICA NUMERO DE COMPRA: P37637 GRUPO: 110

Montevideo, 15 de mayo de 2008 PROCEDIMIENTO DE COMPRA: LICITACION PÚBLICA NUMERO DE COMPRA: P37637 GRUPO: 110 Montevideo, 15 de mayo de 2008 PROCEDIMIENTO DE COMPRA: LICITACION PÚBLICA NUMERO DE COMPRA: P37637 GRUPO: 110 OBJETO: CONTRATOS DE COMPRAVENTA DE ENERGIA eléctrica por parte de UTE a proveedores instalados

Más detalles

SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA SEDAPAL

SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA SEDAPAL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA SEDAPAL OPTIMIZACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO, SECTORIZACIÓN, REHABILITACIÓN DE REDES Y ACTUALIZACIÓN DE CATASTRO ÁREA DE INFLUENCIA

Más detalles

Los términos a los que deben ajustarse las entidades aseguradoras peticionarias de Certificación, se señalan en la presente Resolución.

Los términos a los que deben ajustarse las entidades aseguradoras peticionarias de Certificación, se señalan en la presente Resolución. RESOLUCION ADMINISTRATIVA IS N 343 La Paz, 13 de Julio del 2000 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo N 25819 de fecha 21 de junio de 2000, publicado el 7 de julio de 2000, dispone que la Superintendencia

Más detalles

LICITACION 2012 SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE SOFTWARE BASES ADMINISTRATIVAS

LICITACION 2012 SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE SOFTWARE BASES ADMINISTRATIVAS LICITACION 2012 SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE SOFTWARE BASES ADMINISTRATIVAS 1. INTRODUCCION. Fundación INTEGRA es una persona jurídica de derecho privado, sin fines de lucro, cuya misión

Más detalles

INFORMACIÓN FINANCIERA. SOLVENCIA DE LOS ACCIONISTAS CONTROLADORES.

INFORMACIÓN FINANCIERA. SOLVENCIA DE LOS ACCIONISTAS CONTROLADORES. Hoja 1 CAPÍTULO X-X INFORMACIÓN FINANCIERA. SOLVENCIA DE LOS ACCIONISTAS CONTROLADORES. 1. Antecedentes Generales Según se establece en el artículo 28 de la Ley General de Bancos, los accionistas controladores

Más detalles

ACUERDO SUGEF 7-06 REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN CREDITICIA

ACUERDO SUGEF 7-06 REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN CREDITICIA ACUERDO SUGEF 7-06 REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN CREDITICIA Artículo 1. Objeto Este reglamento tiene por objeto establecer el marco general de funcionamiento del Centro de Información Crediticia

Más detalles

ACLARACIÓN N 1 A LAS BASES DE LICITACIÓN Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

ACLARACIÓN N 1 A LAS BASES DE LICITACIÓN Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ACLARACIÓN N 1 A LAS BASES DE LICITACIÓN Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SERVICIO DE PROVISIÓN Y OPERACIÓN DE RED DE CARGA DEL MEDIO DE ACCESO AL SISTEMA DE TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS DE SANTIAGO 1. En

Más detalles

BANCO CENTRAL DE CHILE

BANCO CENTRAL DE CHILE BANCO CENTRAL DE CHILE Santiago, 29 de abril de 2016 CIRCULAR Nº 943 MODIFICA CAPÍTULO XIV DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Y FORMULARIOS DE INFORMACIÓN DEL COMPENDIO DE NORMAS DE CAMBIOS INTERNACIONALES.

Más detalles

INFORME DE EVALUACIÓN PROCESO DE SELECCIÓN SIMPLIFICADO No 03 de 2016 OBJETO:

INFORME DE EVALUACIÓN PROCESO DE SELECCIÓN SIMPLIFICADO No 03 de 2016 OBJETO: Medellín 6 de Abril de 2016 INFORME DE EVALUACIÓN PROCESO DE SELECCIÓN SIMPLIFICADO No 03 de 2016 OBJETO: SUMINISTRO DE INSUMOS BÁSICOS DE PAPELERÍA, CAFETERÍA, ASEO Y BOTIQUÍN PARA EL FUNCIONAMIENTO DE

Más detalles

CORPORACION NACIONAL DEL COBRE DE CHILE CODELCO CHILE DIVISION EL TENIENTE LICITACION PÚBLICA 15/2284

CORPORACION NACIONAL DEL COBRE DE CHILE CODELCO CHILE DIVISION EL TENIENTE LICITACION PÚBLICA 15/2284 CORPORACION NACIONAL DEL COBRE DE CHILE CODELCO CHILE DIVISION EL TENIENTE LICITACION PÚBLICA 15/2284 VENTA DE BOLONES DE ACERO DESCARTADOS DEL PROCESO DE MOLIENDA SAG 1. VENTA A LICITAR A través del presente

Más detalles

ILUSTRE MUNICIPALIDAD SAN PEDRO DE LA PAZ Dirección de Administración de Salud

ILUSTRE MUNICIPALIDAD SAN PEDRO DE LA PAZ Dirección de Administración de Salud ILUSTRE MUNICIPALIDAD SAN PEDRO DE LA PAZ Dirección de Administración de Salud BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN CASA PREFABRICADA 1 BASES ADMINISTRATIVAS ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN

Más detalles

1. MATERIA 2. ANTECEDENTES LEGALES

1. MATERIA 2. ANTECEDENTES LEGALES CIRCULAR N Fecha Emisión Versión Fecha Versión 16 16-06-2015 1.0 16-06-2015 DEVOLUCIÓN DE SALDOS ACREEDORES GENERADOS EN PROCESOS DE REBAJA DE CONTRIBUCIONES, QUE EL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS REALIZA

Más detalles

REAL DECRETO 705/2002, DE 19 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULA LA AUTORIZACION DE LAS EMISIONES DE DEUDA PUBLICA DE LAS ENTIDADES LOCALES.

REAL DECRETO 705/2002, DE 19 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULA LA AUTORIZACION DE LAS EMISIONES DE DEUDA PUBLICA DE LAS ENTIDADES LOCALES. REAL DECRETO 705/2002, DE 19 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULA LA AUTORIZACION DE LAS EMISIONES DE DEUDA PUBLICA DE LAS ENTIDADES LOCALES. EXPOSICION DE MOTIVOS. La Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas

Más detalles

PLAN EXPANSIÓN SISTEMA TRANSMISIÓN TRONCAL OBRAS DE AMPLIACIÓN (DECRETO N 373/2016) NORMALIZACIÓN SUBESTACIÓN DIEGO DE ALMAGRO 220 KV

PLAN EXPANSIÓN SISTEMA TRANSMISIÓN TRONCAL OBRAS DE AMPLIACIÓN (DECRETO N 373/2016) NORMALIZACIÓN SUBESTACIÓN DIEGO DE ALMAGRO 220 KV PLAN EXPANSIÓN SISTEMA TRANSMISIÓN TRONCAL OBRAS DE AMPLIACIÓN (DECRETO N 373/2016) NORMALIZACIÓN SUBESTACIÓN DIEGO DE ALMAGRO 220 KV 22 de Junio de 2016 1 DESCRIPCIÓN GENERAL DEL LA OBRA Descripción del

Más detalles

sistema de subtransmisión en donde se ubica el cliente respectivo, considerando la siguiente clasificación para las empresas distribuidoras presentes

sistema de subtransmisión en donde se ubica el cliente respectivo, considerando la siguiente clasificación para las empresas distribuidoras presentes Tipo Norma :Decreto 24 T Fecha Publicación :21-01-2016 Fecha Promulgación :16-12-2015 Organismo :MINISTERIO DE ENERGÍA Título :FIJA PRECIOS DE NUDO PROMEDIO EN EL SISTEMA INTERCONECTADO CENTRAL Y SISTEMA

Más detalles

REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS ENTIDADES O PERSONAS PARA SER INCORPORADAS EN LA NOMINA ESTABLECIDA EN EL ANEXO DE LA

REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS ENTIDADES O PERSONAS PARA SER INCORPORADAS EN LA NOMINA ESTABLECIDA EN EL ANEXO DE LA REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS ENTIDADES O PERSONAS PARA SER INCORPORADAS EN LA NOMINA ESTABLECIDA EN EL ANEXO DE LA NORMA DE CARÁCTER GENERAL N 385 DE LA SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS, DE FECHA

Más detalles

ACLARACIÓN DE CONSULTAS AL PLIEGO CONDICIONES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA N BMSC SEGUROS 01/2017

ACLARACIÓN DE CONSULTAS AL PLIEGO CONDICIONES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA N BMSC SEGUROS 01/2017 ACLARACIÓN DE CONSULTAS AL PLIEGO CONDICIONES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA N BMSC SEGUROS 01/2017 En cumplimiento a la Sección 3, Capitulo 3, Titulo VII, Libro 2 de la Recopilación de Normas para Servicios

Más detalles

1 08/01/ /01/2013

1 08/01/ /01/2013 CIRCULAR N Fecha Emisión Versión Fecha Versión 1 08/01/2013 1.0 08/01/2013 PAGO DE REEMBOLSO A LOS PROPIETARIOS O CONDUCTORES DE AUTOMOVILES DE ALQUILER Y VEHÍCULOS DE TRANSPORTE REMUNERADO DE ESCOLARES,

Más detalles

PROCEDIMIENTO DAP N 1 FINANCIAMIENTO DEL CDEC-SING

PROCEDIMIENTO DAP N 1 FINANCIAMIENTO DEL CDEC-SING PROCEDIMIENTO DAP N 1 FINANCIAMIENTO DEL CDEC-SING CONTENIDO. 1. INTRODUCCIÓN 3 2. CÁLCULO DE LAS PRORRATAS 4 3. APLICACION DE LAS PRORRATAS 7 4. DISPOSICIONES FINALES 8 Financiamiento del CDEC-SING Página

Más detalles

MINUTA EJECUTIVA ANTECEDENTES GENERALES SERVICIO DE INGENIERÍA ELÉCTRICA PARA ENAP REFINERÍA ACONCAGUA

MINUTA EJECUTIVA ANTECEDENTES GENERALES SERVICIO DE INGENIERÍA ELÉCTRICA PARA ENAP REFINERÍA ACONCAGUA MINUTA EJECUTIVA ANTECEDENTES GENERALES LICITACIÓN Nº AC31053376 SERVICIO DE INGENIERÍA ELÉCTRICA PARA ENAP REFINERÍA ACONCAGUA 1. INTRODUCCIÓN: ENAP REFINERÍAS S.A. en adelante ERSA; invita a presentar

Más detalles

MINUTA EJECUTIVA ANTECEDENTES GENERALES LICITACIÓN Nº AC

MINUTA EJECUTIVA ANTECEDENTES GENERALES LICITACIÓN Nº AC MINUTA EJECUTIVA ANTECEDENTES GENERALES LICITACIÓN Nº AC31050324 SERVICIOS DE MANTENIMIENTO LINEAS DE TRANSMISIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGIA ELÉCTRICA DE ENAP REFINERIA ACONCAGUA 1. INTRODUCCIÓN: ENAP REFINERÍAS

Más detalles

COMUNICACION INTERNA N

COMUNICACION INTERNA N Santiago, 25 de enero de 2016 REF.: Requisitos que deben cumplir las entidades o personas para ser incorporadas en la Nómina establecida en el Anexo de la Norma de Carácter General N 385 de la Superintendencia

Más detalles

Comisión Nacional de Energía

Comisión Nacional de Energía de Energía Mini st erio de Energía REF: Aprueba Circular Aclaratoria N 3, del Proceso "Licitación de Suministro 2015/02". Santiago, 05 de octubre de 2015 RESOLUCION EXENTA N 514 VISTOS: a) Lo dispuesto

Más detalles

HOJA DE DATOS DE LA LICITACIÓN. de Datos específicos que complementan o enmiendan las Instrucciones a los. Condición no aplicable

HOJA DE DATOS DE LA LICITACIÓN. de Datos específicos que complementan o enmiendan las Instrucciones a los. Condición no aplicable PNUDArgent-ANEXO A 4 LTI 1 ENMIENDA 1-07092017-V2 1 / 5 ANEXO A.4 ENMIENDA 1 Estimado Señor/Señora, Fecha: 7 de septiembre de 2017 Asunto: Por la presente se enmiendan los Anexos II y IV correspondientes

Más detalles

NORMA DE CARÁCTER GENERAL Nº

NORMA DE CARÁCTER GENERAL Nº REF. : ESTABLECE NORMAS QUE DEBEN CUMPLIR LAS EMPRESAS DE AUDITORÍA EXTERNA, SOCIEDADES CLASIFICADORAS DE RIESGO Y DEMÁS ENTIDADES PARA CUMPLIR LA LABOR DE CERTIFICACIÓN DE MODELOS DE PREVENCIÓN DE DELITOS

Más detalles

Nota aclaratoria No. 2

Nota aclaratoria No. 2 Ciudad de Guatemala, Guatemala. 18 de enero de 2017 Nota aclaratoria No. 2 Llamado a Licitación: UNOPS/GUA/ITB-07/2017 Adquisición de medicamentos para el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS)

Más detalles

SANTIAGO, 8 de marzo de Hoy se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN EXENTA SII N 28.-

SANTIAGO, 8 de marzo de Hoy se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN EXENTA SII N 28.- SUBDIRECCIÓN DE ASISTENCIA AL CONTRIBUYENTE ESTABLECE PROCEDIMIENTO EN QUE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE INVERSIÓN Y FONDOS MUTUOS DEBERÁN OBTENER UN NÚMERO DE ROL ÚNICO TRIBUTARIO Y MANTENER LA INFORMACIÓN

Más detalles

INFORME PRELIMINAR DE EVALUACIÓN. LICITACIÓN No. LI

INFORME PRELIMINAR DE EVALUACIÓN. LICITACIÓN No. LI LICITACIÓN No. LI-002-2014 Prestación del servicio de apoyo en tierra a las aeronaves y pasajeros de SATENA en los lugares en los que se requiera este servicio. PAG: 1-8 - DOCUMENTO SAS INTEGRADOS SAI

Más detalles

BASES DE LICITACION CARTERA DE MUTUOS HIPOTECARIOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO SEPARADO Nº3 SANTANDER SANTIAGO S.A. SOCIEDAD SECURITIZADORA

BASES DE LICITACION CARTERA DE MUTUOS HIPOTECARIOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO SEPARADO Nº3 SANTANDER SANTIAGO S.A. SOCIEDAD SECURITIZADORA BASES DE LICITACION CARTERA DE MUTUOS HIPOTECARIOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO SEPARADO Nº3 DE SANTANDER SANTIAGO S.A. SOCIEDAD SECURITIZADORA OBJETO: El objeto de la convocatoria a licitación de la Cartera

Más detalles

ADENDA No Se modifica el numeral 11 CRONOGRAMA DE LA PROPUESTA, el cual quedara así:

ADENDA No Se modifica el numeral 11 CRONOGRAMA DE LA PROPUESTA, el cual quedara así: Adenda No. 01 Invitación abierta No. 001 Inspección y Avaluó Técnico de Bienes Inmuebles Encargo Fiduciario SALUDCOOP EPS-INMUEBLES No. 3-1-60652 ADENDA No. 001 Invitación abierta No. 001 Inspección y

Más detalles

Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Procedimiento de Fiscalización de la SUNAT aprobado por el Decreto Supremo N EF

Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Procedimiento de Fiscalización de la SUNAT aprobado por el Decreto Supremo N EF Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Procedimiento de Fiscalización de la SUNAT aprobado por el Decreto Supremo N 085-2007-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: DECRETO SUPREMO Nº 207-2012-EF

Más detalles

LICITACION PÚBLICA NACIONAL. BOLETIN DE ENMIENDA No. 1 (PREGUNTAS/RESPUESTAS -ACLARACIONES)

LICITACION PÚBLICA NACIONAL. BOLETIN DE ENMIENDA No. 1 (PREGUNTAS/RESPUESTAS -ACLARACIONES) EMPRESA ELÉCTRICA PÚBLICA ESTRATÉGICA CORPORACIÓN NACIONAL DE ELECTRICIDAD CNEL EP PRIZA PLAN DE RECONSTRUCCIÓN INTEGRAL DE LAS ZONAS AFECTADAS PROYECTO EC-L1219 PROGRAMA DE RECONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA

Más detalles

BANCO CENTRAL DE CHILE

BANCO CENTRAL DE CHILE ACLARACIONES PROCESO DE LICITACIÓN 50000992 SERVICIOS DE MANTENCIÓN PREVENTIVA, CORRECTIVA Y SERVICIO DE EMERGENCIA PARA EL SISTEMA SANITARIO, DE GASFITERÍA Y SERVICIOS MENORES DE CARPINTERÍA Y CERRAJERÍA

Más detalles

INFORMACIÓN FINANCIERA. SOLVENCIA DE LOS ACCIONISTAS CONTROLADORES.

INFORMACIÓN FINANCIERA. SOLVENCIA DE LOS ACCIONISTAS CONTROLADORES. Hoja 1 CAPÍTULO 1-17 INFORMACIÓN FINANCIERA. SOLVENCIA DE LOS ACCIONISTAS CONTROLADORES. 1. Antecedentes Generales. Según se establece en el artículo 28 de la Ley General de Bancos, los accionistas controladores

Más detalles

Licitación No. IFT-4. Apéndice A. Formulario de Requisitos

Licitación No. IFT-4. Apéndice A. Formulario de Requisitos Licitación No. IFT-4 Apéndice A. Formulario de Requisitos El presente Apéndice forma parte de las Bases y tiene como finalidad establecer los requisitos que deberán presentar los Interesados para acreditar

Más detalles

Circular Informativa N 10. De las sociedades solicitantes de permisos de operación

Circular Informativa N 10. De las sociedades solicitantes de permisos de operación Circular Informativa N 10 Santiago, 15 de junio de 2005 De las sociedades solicitantes de permisos de operación El Superintendente de Casinos de Juego comunica a las sociedades interesadas en presentar

Más detalles

INFORME SOBRE POTENCIA NETA INSTALADA EN LA CENTRAL HIDRÁULICA DE LA TOBA

INFORME SOBRE POTENCIA NETA INSTALADA EN LA CENTRAL HIDRÁULICA DE LA TOBA INFORME SOBRE POTENCIA NETA INSTALADA EN LA CENTRAL HIDRÁULICA DE LA TOBA 14 de mayo de 2003 INFORME SOBRE POTENCIA NETA INSTALADA EN LA CENTRAL HIDRÁULICA DE LA TOBA Con fecha 26 de febrero de 2003 tiene

Más detalles

Dirección de Peajes CDEC SIC

Dirección de Peajes CDEC SIC Guía de Aplicación: Contabilidad de Ingresos y Gastos de los Procesos de Licitación de Obras Nuevas del Sistema Troncal Dirección de Peajes CDEC SIC Autor Unidad de Desarrollo de Transmisión Fecha Junio

Más detalles

BASES DE PRECALIFICACIÓN REGISTRO ESPECIAL INTERNACIONAL DE PRECALIFICACIÓN PARA EL PROGRAMA DE CONCESIONES DE INFRAESTRUCTURA HOSPITALARIA

BASES DE PRECALIFICACIÓN REGISTRO ESPECIAL INTERNACIONAL DE PRECALIFICACIÓN PARA EL PROGRAMA DE CONCESIONES DE INFRAESTRUCTURA HOSPITALARIA BASES DE PRECALIFICACIÓN REGISTRO ESPECIAL INTERNACIONAL DE PRECALIFICACIÓN PARA EL PROGRAMA DE CONCESIONES DE INFRAESTRUCTURA HOSPITALARIA SIN VALOR OFICIAL TEXTO REFUNDIDO CA N os 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7,

Más detalles

LISTA DE CHEQUEO DE DOCUMENTOS SOPORTE PARA LA VERIFICACIÓN DOCUMENTAL PROVEEDORES

LISTA DE CHEQUEO DE DOCUMENTOS SOPORTE PARA LA VERIFICACIÓN DOCUMENTAL PROVEEDORES 1 LISTA DE CHEQUEO DE DOCUMENTOS SOPORTE PARA LA VERIFICACIÓN DOCUMENTAL PROVEEDORES Los Proveedores es la actividad en la que se clasifican los proponentes cuando la misma no corresponde a la actividad

Más detalles

Verificar que el original de la solicitud y sus antecedentes, hayan sido ingresados al Ministerio de Energía. CONTENIDO DE LA SOLICITUD

Verificar que el original de la solicitud y sus antecedentes, hayan sido ingresados al Ministerio de Energía. CONTENIDO DE LA SOLICITUD Nombre de la solicitud : Empresa : Número Caso : Número Ingreso : Fecha Ingreso : CHECK LIST CONCESIÓN DEFINITIVA INGRESO DE LA SOLICITUD Art. 11 LGSE / Art. 30 RLGSE Art. 11 LGSE / Art. 30 RLGSE Art.

Más detalles

INSTRUCCIONES PARA LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉRMINOS TÉCNICOS DE REFERENCIAS TIPO

INSTRUCCIONES PARA LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉRMINOS TÉCNICOS DE REFERENCIAS TIPO GOBIERNO DE CHILE MINISTERIO DE HACIENDA Dirección de Presupuestos INSTRUCCIONES PARA LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉRMINOS TÉCNICOS DE REFERENCIAS TIPO LICITACION PÚBLICA PARA LA

Más detalles

Nombre del Representante Legal del Proponente. Firma del Representante Legal del Proponente

Nombre del Representante Legal del Proponente. Firma del Representante Legal del Proponente ANEXO A OFERTA TÉCNICA FORMULARIO Nº 1 IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE PROPONENTE IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE Razón Social : RUT : Constituido Legalmente en : Indicar tipo de sociedad : DOMICILIO DE LA

Más detalles

RESOLUCIÓN 17 DE 1999.

RESOLUCIÓN 17 DE 1999. RESOLUCIÓN 17 DE 1999. POR CUANTO: Mediante Resolución Conjunta No 1 de 1998, dictada por los Ministros de Comercio Exterior y del Turismo, se puso en vigor un nuevo Reglamento de Agencias de Viajes Nacionales,

Más detalles

NUEVO RÉGIMEN EN MATERIA DE INVERSIÓN EXTRANJERA, LEY

NUEVO RÉGIMEN EN MATERIA DE INVERSIÓN EXTRANJERA, LEY NUEVO RÉGIMEN EN MATERIA DE INVERSIÓN EXTRANJERA, LEY 20.848 La Ley 20.848, de 2015, estableció un nuevo marco para la inversión extranjera en Chile y creó la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera

Más detalles

CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE

CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE RESUMEN EJECUTIVO LICITACIÓN PÚBLICA Nº16/363 SERVICIO DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE OBRA DIRECCIÓN PROYECTO REDUCCIÓN DE EMISIONES MARZO 2016 1 CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE

Más detalles

PRINCIPALES, ADMINISTRADORES Y LIQUIDADORES Y SU ACTUALIZACION CONTINUA. MODIFICA OFICIO CIRCULAR N DE 9 DE JUNIO DE 2000.

PRINCIPALES, ADMINISTRADORES Y LIQUIDADORES Y SU ACTUALIZACION CONTINUA. MODIFICA OFICIO CIRCULAR N DE 9 DE JUNIO DE 2000. MAT.: REGISTRO PÚBLICO DE PRESIDENTES, DIRECTORES, GERENTES, EJECUTIVOS PRINCIPALES, ADMINISTRADORES Y LIQUIDADORES Y SU ACTUALIZACION CONTINUA. MODIFICA OFICIO CIRCULAR N 3.572 DE 9 DE JUNIO DE 2000.

Más detalles

Instructivo de trámite de ampliación de la superficie originalmente habilitada para el régimen de recinto fiscalizado estratégico, (Regla

Instructivo de trámite de ampliación de la superficie originalmente habilitada para el régimen de recinto fiscalizado estratégico, (Regla Instructivo de trámite de ampliación de la superficie originalmente habilitada para el régimen de recinto fiscalizado estratégico, (Regla 2.3.2.) Quiénes lo realizan? La persona que cuente con la habilitación

Más detalles

LICITACION PÚBLICA CS-LIC-15/1149 SERVICIOS DE ENTREGA COLACIONES Y COFFE BREAK PARA ACTIVIDADES DE CAPACITACION Y DESARROLLO EN GENERAL

LICITACION PÚBLICA CS-LIC-15/1149 SERVICIOS DE ENTREGA COLACIONES Y COFFE BREAK PARA ACTIVIDADES DE CAPACITACION Y DESARROLLO EN GENERAL LICITACION PÚBLICA CS-LIC-15/1149 SERVICIOS DE ENTREGA COLACIONES Y COFFE BREAK PARA ACTIVIDADES DE CAPACITACION Y DESARROLLO EN GENERAL RESUMEN EJECUTIVO 1. SERVICIO A LICITAR Entregar servicios de alimentación

Más detalles

INSTRUCCIONES PARA LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE BASES ADMINISTRATIVAS TIPO

INSTRUCCIONES PARA LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE BASES ADMINISTRATIVAS TIPO GOBIERNO DE CHILE MINISTERIO DE HACIENDA Dirección de Presupuestos INSTRUCCIONES PARA LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE BASES ADMINISTRATIVAS TIPO LICITACION PÚBLICA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PRECERTIFICACIÓN,

Más detalles

24 de Junio de 2013 Dirección de Peajes, CDEC-SIC

24 de Junio de 2013 Dirección de Peajes, CDEC-SIC BASES DE LICITACIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN DE LAS AUDITORIAS TÉCNICAS DE LOS PROYECTOS NUEVA LÍNEA CARDONES-MAITENCILLO 2x500 kv, NUEVA LÍNEA MAITENCILLO-PAN DE AZÚCAR 2x500 kv, NUEVA LÍNEA PAN DE AZÚCAR-POLPAICO

Más detalles

CIRCULAR 11/2010. México, D.F. a 12 de abril de 2010.

CIRCULAR 11/2010. México, D.F. a 12 de abril de 2010. CIRCULAR 11/2010 México, D.F. a 12 de abril de 2010. A LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO; CASAS DE BOLSA; CASAS DE CAMBIO; ENTIDADES DE AHORRO Y CRÉDITO POPULAR; INSTITUCIONES DE CRÉDITO; INSTITUCIONES

Más detalles

Guía de Aplicación: Transferencias de Potencia. Dirección de Peajes CDECSIC

Guía de Aplicación: Transferencias de Potencia. Dirección de Peajes CDECSIC Guía de Aplicación: Transferencias de Potencia Dirección de Peajes CDECSIC Autor Departamento de Transferencias Fecha Junio-2016 Identificador GdA - DP- 30 Versión 1.0 1.- ANTECEDENTES. 1.1 Objetivo. El

Más detalles

49. Artículo N 27. Se entiende que en el caso de existencia de multas aplicadas por la Dirección del Trabajo los contratistas mientras dichos

49. Artículo N 27. Se entiende que en el caso de existencia de multas aplicadas por la Dirección del Trabajo los contratistas mientras dichos ACLARACIÓN N 3 Estimados Proveedores participantes de la LICITACIÓN DE SEGURIDAD Y ASISTENTES PARA ESTACIONES E INTERMODALES DE METRO S.A. : Junto con saludarlos, y en el marco de la presente licitación,

Más detalles

APRUEBA REGLAMENTO DEL REGISTRO PÚBLICO DE CONSULTORES CERTIFICADOS PARA LA REALIZACIÓN DE DECLARACIONES Y ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL

APRUEBA REGLAMENTO DEL REGISTRO PÚBLICO DE CONSULTORES CERTIFICADOS PARA LA REALIZACIÓN DE DECLARACIONES Y ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL APRUEBA REGLAMENTO DEL REGISTRO PÚBLICO DE CONSULTORES CERTIFICADOS PARA LA REALIZACIÓN DE DECLARACIONES Y ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL La ley N 20.417, sustituyó el Título Final de la ley N 19.300, creando

Más detalles

Guía de Aplicación: Proceso de Cálculo de Capacidad Técnica de Sistemas. Dirección de Planificación y Desarrollo CDEC SIC

Guía de Aplicación: Proceso de Cálculo de Capacidad Técnica de Sistemas. Dirección de Planificación y Desarrollo CDEC SIC Guía de Aplicación: Proceso de Cálculo de Capacidad Técnica de Sistemas Dirección de Planificación y Desarrollo CDEC SIC Autor Departamento de Desarrollo y Gestión de Proyectos Fecha Abril-2016 Identificador

Más detalles

Concepto Jurídico 2252 del 2017 Febrero 8 Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Solicita en el escrito de la referencia, se absuelva: 1.

Concepto Jurídico 2252 del 2017 Febrero 8 Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Solicita en el escrito de la referencia, se absuelva: 1. Concepto Jurídico 2252 del 2017 Febrero 8 Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Solicita en el escrito de la referencia, se absuelva: 1. Cuál es el salario mínimo legal aplicable para el valor asegurado

Más detalles

INSTRUCTIVO Procedimiento transitorio para la modificación del registro de la huella dactilar en el Sistema RUNT

INSTRUCTIVO Procedimiento transitorio para la modificación del registro de la huella dactilar en el Sistema RUNT del registro de la huella dactilar en el Página: 1 de 6 APROBACIONES Elaborado por: Edward David Aguirre P. / Cargo: Coordinador de Operaciones Revisado por: Flor Marina Mesa / Cargo: Gerente General Aprobado

Más detalles

E-LEARNING BOLETAS DE GARANTIA BANCA PERSONAS

E-LEARNING BOLETAS DE GARANTIA BANCA PERSONAS Qué es una Boleta de Garantía? E-LEARNING BOLETAS DE GARANTIA BANCA PERSONAS Una Boleta de Garantía, es un documento que tiene el objetivo de garantizar el fiel cumplimiento de una obligación contraída

Más detalles

Saludcoop EPS OC en Liquidacio n

Saludcoop EPS OC en Liquidacio n PRIMER DOCUMENTO DE RESPUESTAS A CONSULTAS FORMULADAS POR LOS INTERESADOS RESPECTO DEL REGLAMENTO DE ACREDITACIÓN Y VENTA DE LAS ACCIONES DE CRUZ BLANCA EPS S.A. Y DE LAS CUOTAS SOCIALES DE LABORATORIOS

Más detalles

PROYECTO DESTINADO A EMPRESAS MIPYMES INVITACIÓN A PRESENTAR

PROYECTO DESTINADO A EMPRESAS MIPYMES INVITACIÓN A PRESENTAR PROYECTO DESTINADO A EMPRESAS MIPYMES INVITACIÓN A PRESENTAR DEPARTAMENTO DE COMPRAS Estimados Señores: EDESUR DOMINICANA, S. A. (EDESUR), les invita a participar al procedimiento de Comparativa de Precios,

Más detalles

ACLARACION Nº1 CONSULTAS RECIBIDAS EL

ACLARACION Nº1 CONSULTAS RECIBIDAS EL ACLARACION Nº1 CONSULTAS RECIBIDAS EL 10.11.2010 CONVOCATORIA REGISTRO ESPECIAL DEMOLICIONES DE EDIFICIOS AFECTADOS GRAVEMENTE POR EL TERREMOTO, OCURRIDO EL 27 DE FEBRERO DE 2010 CORREO ENVIADO CON FECHA

Más detalles

LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO

LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO TITULO IV.- DEL PATRIMONIO CAPITULO V.- INSCRIPCIÓN DE LAS TRANSFERENCIAS Y/O SUSCRIPCIONES DE ACCIONES EN EL LIBRO DE ACCIONES

Más detalles

EDESUR DOMINICANA, S. A.

EDESUR DOMINICANA, S. A. EDESUR DOMINICANA, S. A. INVITACIÓN A PRESENTAR DEPARTAMENTO DE COMPRAS Estimados Señores: EDESUR DOMINICANA, S. A. (EDESUR), les invita a participar al procedimiento de Comparativa de Precio, referencias

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE DIVULGACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN DE ENTIDADES EMISORAS

REGLAMENTO SOBRE DIVULGACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN DE ENTIDADES EMISORAS REGLAMENTO SOBRE DIVULGACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN DE ENTIDADES EMISORAS Al 23 de septiembre de 2011 Artículo 1 INFORMES Y ESTADOS FINANCIEROS INICIALES. 1[1] El presente reglamento se dicta sin

Más detalles

BASES DE LICITACIÓN. ChileCompra Formación.

BASES DE LICITACIÓN. ChileCompra Formación. BASES DE LICITACIÓN ChileCompra Formación OBJETIVO Dar a conocer los principales aspectos a tener en consideración al momento de elaborar unas bases de licitación Índice Contexto Legal Qué dice el Reglamento

Más detalles

SANTIAGO, 23 de noviembre de 2015 RESOLUCION EXENTA Nº 615

SANTIAGO, 23 de noviembre de 2015 RESOLUCION EXENTA Nº 615 REF: Aprueba "Plan de Expansión del Sistema de Transmisión Troncal. Período 2015-2016". SANTIAGO, 23 de noviembre de 2015 RESOLUCION EXENTA Nº 615 VISTOS: a) Lo dispuesto en el artículo 7 y 9 letra h)

Más detalles

4. Memoria Explicativa y Plano General de obras

4. Memoria Explicativa y Plano General de obras Cuerpo II - 46 Viernes 15 de Abril de 2011 Nº 39.937 SOLICITA CONCESIÓN ELÉCTRICA DEFINITIVA LÍNEA DE TRANS- MISIÓN DE 110/66 Kv, ENSENADA MELIPULLI PUERTO MONTT - PUERTO VARAS - REGIÓN DE LOS LAGOS En

Más detalles

ANEXO TÉCNICO: Determinación de Mínimos Técnicos en Unidades Generadoras

ANEXO TÉCNICO: Determinación de Mínimos Técnicos en Unidades Generadoras ANEXO TÉCNICO: Determinación de Mínimos Técnicos en Unidades Generadoras TÍTULO I. Artículo 1 ASPECTOS GENERALES Objetivo El objetivo del presente Anexo Técnico es establecer la modalidad para determinar,

Más detalles

NORMAS PARA LA COTIZACIÓN DE LOS CERTIFICADOS DE DEPOSITO ARGENTINOS. TEXTO ORDENADO

NORMAS PARA LA COTIZACIÓN DE LOS CERTIFICADOS DE DEPOSITO ARGENTINOS. TEXTO ORDENADO NORMAS PARA LA COTIZACIÓN DE LOS CERTIFICADOS DE DEPOSITO ARGENTINOS. TEXTO ORDENADO Artículo 1: La cotización de Certificados de Depósito Argentinos (CEDEAR), emitidos de conformidad con las Normas de

Más detalles

: Gobierno Regional de Los Ríos, Sala Reuniones 3er Piso.

: Gobierno Regional de Los Ríos, Sala Reuniones 3er Piso. ACTA DE EVALUACIÓN LICITACIÓN PÚBLICA - MERCADO PÚBLICO N 5418 2 LQ17 SERVICIOS DE TELEFONÍA MÓVIL, INTERNET MÓVIL Y GPS PARA VEHÍCULOS INSTITUCIONALES, PARA EL GOBIERNO REGIONAL DE LOS RÍOS En Valdivia,

Más detalles

LICITACIÓN 2013 REGALOS NAVIDAD 2013 PARA AFILIADOS AL SERVICIO DE BIENESTAR BASES Y CONDICIONES ESPECIALES

LICITACIÓN 2013 REGALOS NAVIDAD 2013 PARA AFILIADOS AL SERVICIO DE BIENESTAR BASES Y CONDICIONES ESPECIALES LICITACIÓN 2013 REGALOS NAVIDAD 2013 PARA AFILIADOS AL SERVICIO DE BIENESTAR BASES Y CONDICIONES ESPECIALES 1.- INTRODUCCIÓN Fundación Educacional para el Desarrollo Integral del Menor o Fundación Integra

Más detalles

PRIMERA PARTE Capítulo 1.3 Hoja N 1 Normas Monetarias y Financieras MERCADO PRIMARIO DE INSTRUMENTOS DE DEUDA EMITIDOS POR EL BANCO CENTRAL DE CHILE

PRIMERA PARTE Capítulo 1.3 Hoja N 1 Normas Monetarias y Financieras MERCADO PRIMARIO DE INSTRUMENTOS DE DEUDA EMITIDOS POR EL BANCO CENTRAL DE CHILE Capítulo 1.3 Hoja N 1 MERCADO PRIMARIO DE INSTRUMENTOS DE DEUDA EMITIDOS POR EL BANCO CENTRAL DE CHILE NORMAS APLICABLES A LAS OPERACIONES CON DICHOS TÍTULOS 1. El mercado primario de instrumentos de deuda

Más detalles

CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE

CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE RESUMEN EJECUTIVO LICITACIÓN PÚBLICA Nº 16/619 REPARACIÓN DE CHANCADORES PRIMARIO 1 Y 2 COLÓN MARZO 2016 1 CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE DIRECCIÓN DE ABASTECIMIENTO

Más detalles

BOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V.

BOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V. BOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V. SOLICITUD DE LISTADO DE CERTIFICADOS BURSÁTILES PARA EMPRESAS INDUSTRIALES, COMERCIALES Y DE SERVICIOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS, EN SU CARÁCTER DE FIDUCIARIAS

Más detalles

CIRCULAR N 11 SANTIAGO, 23 DE ABRIL DE

CIRCULAR N 11 SANTIAGO, 23 DE ABRIL DE CIRCULAR N 11 SANTIAGO, 23 DE ABRIL DE 2007.- CERTIFICACIÓN DE PAGO DEL IMPUESTO AL GAS LICUADO DE PETRÓLEO Y GAS NATURAL COMPRIMIDO, ESTABLECIDA EN ARTICULO 1 DE LA LEY N 18.502. 1.- MATERIA Confección

Más detalles

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL PER/193/1665 ADQUISICION DE TELEVISORES PARA EL HOSPITAL REGIONAL DE LAMBAYEQUE

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL PER/193/1665 ADQUISICION DE TELEVISORES PARA EL HOSPITAL REGIONAL DE LAMBAYEQUE LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL PER/193/1665 ADQUISICION DE TELEVISORES PARA EL HOSPITAL REGIONAL DE LAMBAYEQUE Consultas y Pedido de Aclaraciones al Contenido de las Bases de la Licitación 1. Consulta

Más detalles

**** ESPECIFICAR EL(LOS) PRODUCTO(S), CANTIDAD(ES) Y NUMERO DE IDENTIFICACION

**** ESPECIFICAR EL(LOS) PRODUCTO(S), CANTIDAD(ES) Y NUMERO DE IDENTIFICACION MANDATO SIN REPRESENTACION PARA COMPRA DE PRODUCTOS, CON ENTREGAS Y PAGOS FUTUROS (FORWARD), PARA NEGOCIAR EN EL MERCADO ABIERTO DE LA BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA. identificado con el documento de identidad

Más detalles